ediciÓn 02 2020 cadena de guadua · 2020. 7. 24. · el congreso de la repÚblica de colombia...

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B O L E T Í N EDICIÓN 02 2020 SECRETARIO TECNICO: : ANSTRONG ALBERTO GOMEZ RIOS PRESIDENTE MESA: MESA:WILSON ARISTIZABAL MEJIA-FEDEGUADUA #Conectando CADENA DE GUADUA

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Page 1: EDICIÓN 02 2020 CADENA DE GUADUA · 2020. 7. 24. · EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DECRETA: Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene como objeto adoptar un marco de

B O L E T Í NEDICIÓN 02 2020

SECRETARIO TECNICO: : ANSTRONG ALBERTO GOMEZ RIOS PRESIDENTE MESA: MESA:WILSON ARISTIZABAL MEJIA-FEDEGUADUA

#Conectando

Sectores

CADENA DE GUADUA

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PROTOCOLO DE BISEGURIDAD SECTOR

AGRICOLA

NO OLVIDES IMPLEMENTAR LOS PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD.

ANEXO TÉCNICO- RESOLUCION N 796 DE 2020.

PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD PARA LA PREVENCIÓN DEL CORONAVIRUS COVID-19 EN EL SECTOR AGRÍCOLA

1. Objetivo

Orientar, en el marco de la pandemia por el nuevo Coronavirus COVID-19, las medidas generales de bioseguridad que deben adoptar los predios delsector agrícola, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano durante el desarrollo de todas sus actividades queincluyen los procesos de preparación de terrenos, nivelación y adecuación de parcelas, aplicación de fertilizantes previamente a la siembra, selecciónde semillas, riego, control de plagas y mantenimiento de los cultivos, tales como: aporques, entresacas, así como en los procesos de cosecha,recolección, empaque y almacenamiento.2. Medidas adicionales para el sector agrícola

2.1. Medidas locativas, preventivas y de desinfección

2.2. Medidas aplicables a los trabajadores, contratistas y conductores

2.3. Bioseguridad para el ingreso a predios agrícolas

2.4 Medidas preventivas frente al uso de herramientas, maquinaria y equipos

2.5. Medidas preventivas para el transporte de personal

2.6. Interacción social con clientes, productores, proveedores.

2.7. Manipulación de productos o de sustancias como detergentes y desinfectantes

2.8. ¿Qué se debe hacer al interior del predio con el trabajador posiblemente contagiado con COVID-19?

RESOLUCION N 796 DE 2020 Y ANEXO TECNICO. Documento completo anexo al presente boletín.

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PLAN DE ACCION DE 2020

BIENVENIDOS NUEVOS PARTICIPANTES

COBERTURA

• FUNDACION TERRITORIOS PARA LA GESTION SOCIAL TURISTICA Y AMBIENTAL• CABLAZQUEZ SAS• CORPORACION SURAMERICANA PARA EL DESARROLLO• JUAN SEBASTIAN GALINDO LEAL• ENNY LILIAN FINNO MORA

PLAN DE ACCION 2020 APROBADO

MESA SECTORIAL CADENA DE GUADUA

ACUERDOS META Mayo de

2020% de

ejecucionNúmero de organizaciones 80 100 125%Sector gubernamental 9 9 100%Sector productivo 65 83 128%Sector académico 6 8 133%

CENTROS ASOCIADOS META Regionales 6 5 83%N. de centros de formacion 9 5 56%

NORMALIZACION META Mapa funcional actualizado 1 0,5 50%

elaboracion y/o actualizacion de NSCL 5 1 20%

Elaboracion y/o actualizacion de EFO 2,5 1 40%

LEGISLACION META

N. de consejos ejecutivos 4 1 25%

N. de reuniones generles de mesa 1 0 0%

DIVULGACION META

N. de boletines 4 2 50%

participacion de evento multisectorial 1 0 0%

CURSO VIRTUALES POR AISLAMIENTO META

curso de linkedin learnig 53 38 72%

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#Conectando Sectores

ACTUALIDAD EN EL SECTOR

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CENTRO NACIONAL PARA EL ESTUDIO DEL BAMU-GUADUA

La Corporación Autónoma Regional del Quindío CRQ, implementó

desde 1986 el Centro Nacional para el Estudio del Bambú Guadua,

ubicado en el kilómetro 22, vía Armenia-Córdoba, Vereda

Bellavista, municipio de Córdoba, Quindío, con el objetivo de

investigar, fomentar y difundir conocimientos sobre la Guadua a

nivel regional, nacional e internacional.

El Centro recibió el premio Bavaria al Medio Ambiente en 1988,

por la importancia que ya representaba este Centro para

Colombia, en el campo de la investigación, y por los logros que se

habían obtenido con los estudios en propagación de este Bambú

Americano, a partir de este año empezó a contribuir en la mejora

del conocimiento sobre la especie en las comunidades mediante: la

transferencia tecnológica, los recorridos técnicos guiados y la

capacitación a profesionales, universitarios, estudiantes, gremios,

agricultores, asociaciones, entidades estatales y Ong”s, en temas

relacionados con la silvicultura del bambú americano Guadua

angustifolia kunth, logrando llegar, en estos 34 años, a más de

500.000 personas.

Entre las investigaciones en guadua, realizadas están: Composición

estructural de los Guaduales, Cualificación y cuantificación

biométrica de la Guadua, Mejoramiento en la reproducción

asexual, Estudio fenológico de la especie, Evaluación de

metodologías de transporte a raíz desnuda, Evaluación de

abonamiento orgánico, Aportes de biomasa área, Variabilidad

anatómica y morfológica de los biotipos de la guadua, Colección de

recursos filogenéticos de bambús de alta montaña, Métodos de

propagación, Reproducción por “Chusquines”, Estudio de

propagación In vitro, Estudio de la Fauna y Flora presente en los

guaduales, Bienes y servicios ambientales de la Guadua, Diseño de

paquetes tecnológicos.

ACTUALIDAD EN EL SECTOR

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El Centro posee un componente de producción de plántulas o “chusquines” de guadua a través del vivero con sus bancos de propagación, contribuyendo

con material vegetal para proyectos de reforestación a nivel local, nacional e internacional como México, Costa Rica, Guatemala, Ecuador, Panamá, entre

otros países.

La CRQ a través de sus programas difunde en las comunidades la cultura y la importancia de esta especie que es reconocida por sus propiedades físicas y

mecánicas para la construcción y por sus valores, bienes y servicios ecosistemicos para la conservación de cuencas hidrográficas entre otros.

Actualmente se atienden consultas a la comunidad en general o mediante visitas programadas con cinco (5) días de anticipación, reserva que se puede

hacer a través del correo electrónico: [email protected]

Néstor Jairo Rodriguez/ Coordinador Técnico y de Investigación del Centro Nacional para el Estudio del Bambú-Guadua.

Fotografía área del CNEBG

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PROMOCIÓN DEL USO DE BAMBÚ Y RATÁN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

BAMBUZONÍA EN COLOMBIA - HISTORIAS DEL BAMBÚ Y EL RATÁN

La Oficina Regional para América Latina y El Caribe – LAC de la Organización Internacional del Bambú y el Ratán – INBAR, la Gobernación de Caquetá, laUniversidad Tecnológica de Pereira – UTP y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola – FIDA, realizaron el lanzamiento del proyecto: “Innovación ypromoción del bambú a través de procesos de investigación-acción para una agricultura resiliente en Colombia, Ecuador y Perú (CEP)”, llamado Bambuzonía,el 13 de marzo de 2020. Además, en el marco de este evento se realizó la conformación de la Mesa Departamental de la Guadua del Caquetá. El evento fuetodo un éxito, se realizó en el Hotel Andinos Plaza de la Ciudad de Florencia (Caquetá); contó con la presencia de Arnulfo Gasca Trujillo, Gobernador delCaquetá; Ancízar Marín Correa, Secretario de Planeación Departamental del Caquetá; Carlos Alberto Sánchez Perdomo, Coordinador Nacional LAC, JuanCarlos Camargo, Docente Investigador de la UTP y otras entidades públicas y privadas del orden Nacional e Internacional.Colombia es el segundo país con mayor diversidad de bambú en América, con 20 géneros y 115 especies de bambú, de las cuales 26 son endémicas. Tan sólola guadua cubre un área aproximada de 51,500 Has. Tomando en cuenta que, en los Departamentos de Putumayo, Caquetá, Meta y Guaviare existen las másaltas tasas de deforestación en el país; el bambú es un recurso estratégico para el desarrollo sustentable en la región amazónica colombiana.

Así, por medio del proyecto Bambuzonía se busca aumentar la resiliencia al cambio climático de 2,200 familias ubicadas en Perú (Departamentos de Junín,Pasco y San Martín), Colombia (Departamento del Meta y Caquetá) y Ecuador (Provincias de Napo, Pastaza y Morona Santiago). En Colombia se busca conmejorar la gobernanza en la región, desarrollando procesos y mecanismos con el fin de elaborar un plan estratégico nacional para el sector del bambú,también se realizarán capacitaciones para fortalecer prácticas climáticas inteligentes, dentro de un marco de diversificación productiva, para mejorar ingresoseconómicos de los beneficiarios posicionando al bambú el mercado nacional e internacional.

Este proyecto es financiado gracias al aporte del FIDA y tiene la asistencia técnica de INBAR

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TEXTO APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN QUINTACONSTITUCIONAL PERMANENTE DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES EL

DÍA 03DE JUNIO DE 2020, REALIZADA MEDIANTE LA PLATAFORMA GOOGLE MEET.

PROYECTO DE LEY No. 276 DE 2019-CÁMARA, 068 DE 2018- SENADO:“POR MEDIO DE LA CUAL SE INCENTIVA EL USO PRODUCTIVO DE LA

GUADUA YEL BAMBÚ Y SU SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL EN EL TERRITORIO NACIONAL”

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIADECRETA:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene como objeto adoptar un marco de política que incentive eluso productivo de la guadua y bambú en los diferentes sectores de la economía, tales como:industria, construcción, agroindustria y otros, en armonía con la sostenibilidad ambiental y susservicios ecosistémicos en la mitigación de los efectos del cambio climático.

El documento completo se puede descargar del link: pagina oficial del senado de la republica http://leyes.senado.gov.co/proyectos/index.php/proyectos-ley/cuatrenio-2018-2022/2018-2019/article/68-por-medio-de-la-cual-se-incentiva-el-uso-productivo-de-la-guadua-y-el-bambu-y-su-sostenibilidad-ambiental-en-el-territorio-nacional

Nota aclaratoria:el proyecto no procedió en el congreso este primer semestre del año, y que de acuerdo con la información obtenida por representantes de la comisión quinta, se volverá a presentar el proyecto en la nueva legislación del congreso a partir del 20 de julio.

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“Política de Conservación, Aprovechamiento y Uso”

Artículo 3°. Clasificación. Para efectos de su conservación, aprovechamiento y uso, la guadua y el bambú se clasifican así: Categoría 1:Guaduales y bambusales naturales dentro de áreas protectoras: Son aquellos ubicados dentro de la faja no inferior a 30 metros de anchoparalelo a cada lado de los cauces de los ríos, quebradas y arroyos; o ubicados dentro de la faja de 100 metros de ancho adyacente alperímetro de los afloramientos de agua. Categoría 2: Guaduales y bambusales plantados con carácter protector/productor: Son aquellosplantados en zonas de protección de suelos, otros requerimientos y los que se encuentran dentro de la faja no inferior a 30 metros de anchoparalelo a cada lado de los cauces de los ríos, quebradas y arroyos; o ubicados dentro de la faja de 100 metros de ancho adyacente alperímetro de los afloramientos de agua. Categoría 3: Guaduales y bambusales naturales fuera del área con carácter productor de naturalezaagroforestal. Categoría 4: Guaduales y bambusales plantados con carácter productor. Parágrafo 1°. Todos los guaduales y bambusales podránser objeto de aprovechamiento con fines agroforestales y la intensidad de este para aquellos de categoría 1 y 2 dependerá del régimen deaprovechamiento establecido por la autoridad ambiental. Parágrafo 2°. Los guaduales y bambusales naturales en áreas protectoras y aquellosplantados con carácter protector no podrán ser erradicados; sólo tendrán manejo para su preservación. Parágrafo 3°. Si un rodal de guaduaubicado dentro del área protectora supera la faja de 30 metros para cauces y de 100 metros para afloramientos, la extensión excedente seráconsiderada como guaduales y/o bambusales categoría 3.

Artículo 4°. Registro. Los guaduales y bambusales Categoría 1, 2 y 3 que sean objeto de intervención deberán registrarse ante la CorporaciónAutónoma Regional de su jurisdicción y contar con el respectivo plan de manejo proyectado a 10 años cuando este se requiera. El registro seefectuará por una sola vez, previa verificación de la información aportada y visita al predio. La autoridad encargada de este proceso contarácon los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 para formalizar el registro. Los guaduales y bambusales categoría 4 seránregistrados ante el ICA de conformidad con la resolución 240 de 2008 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y serán tratados como uncultivo agroforestal comercial de acuerdo con el Decreto 1498 del 7 de mayo de 2008 expedido por el Ministerio de Agricultura y DesarrolloRural o aquel que haga sus veces o lo sustituya.

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Parágrafo 1°. Ningún registro tendrá costo, salvo para aquellos productores deguaduales y/o bambusales Categoría 2 cuyas plantaciones sean superiores a 50hectáreas. Parágrafo 2°. El Plan de Manejo a cargo de los productores deguaduales y/o bambusales deberá ser reglamentado por el Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural.Artículo 5°. Incentivos. El Gobierno nacional a través del Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural definirá la política de incentivos, de fomento,manejo y uso de guaduales y bambusales naturales y de plantaciones con finescomerciales con el propósito de diversificar la producción agropecuaria; reducirel impacto de la deforestación; contribuir a la mitigación de los efectos delcambio climático, y generar alternativas de producción y desarrollo productivoen zonas productoras. Parágrafo 1. Con el fin de fomentar la cultura deprotección, manejo y uso sostenible de los guaduales y bambusales naturales,los municipios establecerán incentivos de pago por servicios ambientales paraproyectos productivos, con planes de manejo, que aprovechen guaduales ybambusales naturales con fines comerciales, dando prioridad para losproductores de economía campesina y agricultura familiar. Parágrafo 2. ElMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el marco de la estrategia dePago por Servicios Ambientales, deberá estimular la protección de los guadualesy bambusales que se encuentren en áreas de conservación.Artículo 6°. Movilización. Para efectos de la movilización de los productos de losguaduales y bambusales de las categorías 1, 2 y 3 descritas en la presente leyrequerirán Salvoconducto Único Nacional de acuerdo con la Resolución 438 de2001 o la norma que haga sus veces. Para la movilización de los productos delos guaduales de la categoría tipo 4 requerirá remisión de movilización en lostérminos del Decreto 1498 de 2008. Parágrafo 1. Si se trata de guadua secaproveniente de plantas de preservación que apliquen productos para el controlfitosanitario, se requerirá remisión o factura. El salvoconducto es opcional.Parágrafo 2. Con el fin de garantizar la trazabilidad del material aprovechado enlos guaduales de categorías 1, 2 y 3, la autoridad ambiental competente podráexigir, en las visitas de control, copia de los salvoconductos que avalen lalegalidad de los materiales transportados. Con ellas se podrá cotejar elinventario disponible según el régimen de aprovechamiento autorizado.

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Parágrafo 3. En concordancia con el Artículo 6 de la Ley 962 de 2005 y los artículos 4, 5 y 6 del Decreto 19 del 10 de enero de 2011 las autoridadesambientales en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible deberán implementar una plataforma virtual que permita diligenciar,cancelar, expedir e imprimir en línea el Salvoconducto Único Nacional. La habilitación de la plataforma deberá funcionar en un plazo no mayor a tres (3)meses a partir de la promulgación de la presente ley.Artículo 7°. Importación de maquinaria. Con el fin de promover el uso de guaduales y bambusales naturales y plantados en diferentes sectoreseconómicos, el Gobierno nacional reglamentará los criterios de importación de maquinaria que permita el desarrollo de procesos de transformación convalor agregado en toda la cadena productiva para reducir costos de producción, mejorar la competitividad, el ingreso de los productores en el sector ruraly el cumplimiento de los principios de la presente ley. Parágrafo. La Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), reglamentará lorelacionado con las partidas arancelarias y demás requisitos necesarios para la importación de la maquinaria de que trata el presente artículo.Artículo 8°. La guadua y el bambú como elemento de cadena productiva. Corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la inscripción de laguadua y bambú en la política de cadenas productivas de acuerdo con la Ley 811 de 2003. Esto para que se propicie el desarrollo integral de los eslabonesde la cadena de valor, y los actores productivos e instituciones de apoyo tengan acceso a los instrumentos de política definidos por el Gobierno nacionalpara la competitividad de las cadenas productivas agropecuarias.Artículo 9º. Las instituciones financieras incluirán en sus planes de crédito y fomento los proyectos de siembra, manejo, aprovechamiento y uso en losdiferentes sectores económicos de guaduales y bambusales. Igualmente, las compañías de seguros incluirán la guadua y bambú en sus planes decubrimiento. “La Guadua y el Bambú en el paisaje cultural cafetero y en zonas con usos ancestrales”Artículo 10. Identidad cultural para el uso y manejo de la guadua y el bambú. Con el fin de crear una base educativa y cultural, se impulsarán los valoresambientales y productivos del Paisaje Cultural Cafetero Colombiano, al igual que los de otras zonas, que se traduzca en incentivar el uso de la guadua y elbambú, de forma que se recuperen los saberes tradicionales y el conocimiento de manejo y uso en la arquitectura rural y urbana, y en la protecciónambiental, contenidos que se podrán integrar en las líneas educativas de los Planes de Desarrollo y en los diferentes niveles educativos.

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Artículo 11. Lineamientos de sistemas tradicionales de construcción con la guadua yel bambú. El Ministerio de Cultura en coordinación con el Ministerio de Viviendadefinirá los lineamientos de fomento a la arquitectura y sistemas tradicionales deconstrucción con guadua y bambú, que contribuya a recuperar los saberestradicionales y las artes y oficios relacionados y que son propios de las zonas delPaisaje Cultural Cafetero Colombianos, y de otras zonas con uso ancestral.

Artículo 12. Protección de cuencas, microcuencas, laderas y suelos. Corresponde alMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la dirección y coordinación de losinstrumentos que incentiven el manejo, establecimiento y uso sostenible deguaduales y bambusales naturales y plantados para la protección de cuencas ymicrocuencas y recuperación de laderas y suelos degradados.

Artículo 13. Plan de capacitación ambiental y contenidos didácticos. Corresponde alMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible conjuntamente con lasCorporaciones Autónomas Regionales y/u organismos no gubernamentales y/oterceros interesados en la materia, la elaboración de contenidos y materialesdidácticos, para uso de los entes territoriales sobre las funciones de la guadua en lamitigación de los efectos del cambio climático. En todo caso, las entidadesmencionadas en el presente artículo podrán delegar las funciones aquí dispuestas enterceros que cuenten con las capacidades técnicas para desarrollarlo. Lasautoridades ambientales o quienes sean delegados por estas capacitarán a lasentidades territoriales y usuarios, en el manejo, establecimiento y uso sostenible deguaduales y bambusales naturales y plantados; así como en los serviciosecosistémicos que prestan. Parágrafo. El SENA incluirá en sus planes de formación ycertificación programas y material pedagógico sobre siembra, manejo,aprovechamiento y uso dirigidos a funcionarios municipales, institucionesrelacionadas, productores y empresarios.

Artículo 14. Fortalecimiento de las competencias laborales en las zonas deproducción de guadua y bambú. En las regiones productoras de guadua y bambú, lassecretarías de educación promoverán posibilidades de articulación entre el sectoragrícola, el SENA y las instituciones educativas con modalidad de media técnica parael desarrollo de programas técnicos asociados con el uso y producción de la guaduay el bambú, como respuesta a las necesidades contextuales y respetando laautonomía institucional definida en los proyectos educativos institucionales.

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Artículo 15. Fortalecimiento de los lineamientos de conservación, construcción yuso de la guadua y bambú. Corresponde a los Ministerios de Cultura y al deComercio, Industria y Turismo, en coordinación con el Ministerio de Vivienda ladefinición de las políticas de fomento del desarrollo y uso industrial de la guadua ybambú en la construcción de vivienda, infraestructuras, mobiliario, fabricaciónindustrial de elementos utilitarios y fomento a la bioingeniería, en los cuales ambosmateriales puedan cumplir su función estructural y estética de conformidad con lanormatividad vigente, con especial atención al desarrollo de capacidades localesque permitan la apropiación de conocimientos, que recuperen las artes y oficios, enespecial los tradicionales de las regiones productoras de guadua y bambú delPaisaje Cultural Cafetero y de otras zonas donde haya uso ancestral. Parágrafo. Porlo menos el 30% de las nuevas construcciones para viviendas rurales que haganparte de los programas de gobierno y que se realicen dentro del territorio queconforma el PCC deberán ser en guadua y/o bambú; conforme a la reglamentaciónvigente contenida en las normas colombianas.

Artículo 16. Implementación de políticas de investigación, desarrollo tecnológico einnovación que fomenten el uso de la guadua y bambú. Corresponde al Ministeriode Ciencia, Tecnología e Innovación la definición de las políticas que fomenten lainvestigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el uso de la guadua ybambú tanto para la arquitectura como para otros usos industriales. Para lo cualpromoverá semilleros de investigación en colegios y universidades que genereemprendimiento innovador y apropiación de los valores y atributos de la guaduacomo generador de empleo y desarrollo rural, y de los valores y serviciosambientales asociados al manejo sostenible que permita que estas y las nuevasgeneraciones puedan seguir disfrutando de la belleza escénica del paisaje.

Artículo 17. El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, Agrosavia y elMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural aunarán esfuerzos y voluntades con elsector privado para desarrollar programas establecidos por el Gobierno nacionalenfocados en la creación o fomento de Centros de Investigación de desarrollotecnológico e innovación de excelencia para la generación y difusión deconocimiento, desarrollo, apropiación y transferencia de tecnologías, con el objetode fortalecer el desarrollo productivo, aumentar la competitividad, consolidar lacadena de valor sostenible y potenciar el talento humano en los temas de guadua ybambú. Parágrafo 1. El gobierno nacional reconocerá, promoverá, fortalecerá ycontribuirá al financiamiento del Centro Nacional para el Estudio del BambúGuadua – CNEBG ubicado en el municipio de Córdoba, Quindío como un modelopara el desarrollo del tipo de centros de investigación señalados en este artículo.

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“El nuevo proyecto de ley que incentiva la sostenibilidad ambiental y el uso productivo de la guadua

representa un importante avance para la Colombia rural”. Así lo expresó Ximena Londoño, presidenta

de la Sociedad Colombiana del Bambú y una de las mayores expertas en bambú y guadua de América

Latina.

“La ley quiere que la guadua se transforme y deje de ser mirada solo con ojos conservacionistas, que

pueda traer beneficios económicos y sociales a las comunidades rurales del país. Es una ley que

anhelamos las personas que amamos y tenemos guaduales, es una política que incentiva el uso de la

guadua para reactivar la economía rural”, sostuvo la agrónoma.

Sobre la importancia de la guadua como material de uso, la experta dijo: “La guadua es usada desde

épocas precolombinas, en construcción, puentes, para hacer instrumentos musicales, etc; en todas

partes del mundo los bambúes tiene muchas aplicaciones, se pueden comer, hacer telas, y muchos

productos que compiten con la madera, como aglomerados, bloques y tableros prensados. La guadua

ha tenido muchas aplicaciones desde tiempos ancestrales, es un eco-material importante para

desarrollarlo con las tecnologías modernas”.

Ximena Londoño aclaró que la guadua no es un árbol, es una gramínea, como la caña, el maíz, el trigo,

la cebada, el arroz. “En Colombia hay una mala interpretación porque se cree que la guadua es un

árbol, y no lo es. Por falsas interpretaciones, pasó a ser un recurso protegido. “Debemos entender que

son gramíneas gigantes, versátiles, que me las puedo comer o hacer con ellas una edificación”.

También explicó que la guadua tiene una doble connotación y a eso le apunta la nueva ley, que

además de ser proteccionista, también tiene un uso agrícola. “Queremos que se pueda aclarar con la

ley, que es un producto no maderable del bosque, es un recurso agroforestal, recurso que tiene poder

agrícola y forestal. No es un árbol, es un pasto gigante, la clasificación que hemos propuesto para

limar las asperezas entre lo ambiental y lo agrícola es la de producto no maderable del bosque.

“De manera que podemos tener los guaduales toda la vida si hacemos un manejo sostenible de ellos”

La nueva ley sobre la guadua es un avance para la Colombia rural”: Ximena Londoño

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Quién es Ximena Londoño?

Nació en Cali, de papá bogotano, Héctor Londoño Convers y de mamá quindiana, Sofíade la Pava de Londoño, quienes a la edad de 3 meses la llevaron a vivir a la Finca LaEsmeralda, ubicada en el municipio de Montenegro, Quindío. Allí pasó su infanciarodeada de cultivos de café, cacao, plátano y guaduales. Hasta la edad de 8 años estudióen la Escuela Santa Sofía fundada en 1960 por sus padres con el fin de contrarrestar elanalfabetismo rural tan elevado en esa zona. El contacto con el campo desde tantemprana edad la marcó para el resto de su vida y la sensibilizó con la guadua, plantaque admiró por su versatilidad y belleza y por la contribución al desarrollo cultural demuchas regiones, sobre todo la del eje cafetero.

Ingeniera agrónoma de la Universidad Nacional de Colombia, sede Palmira. Cuenta conmás de 50 artículos de investigación publicados en revistas indexadas, relacionados conbotánica sistemática de los bambúes del neotrópico, autora y coautora de varios libros ycartillas. Ha descrito, en colaboración con otros colegas 5 géneros, 45 especies, 2variedades y 2 subespecies nuevas de bambúes para América, y tiene 4 especies debambúes dedicadas en su nombre. Fundadora y presidente de la Sociedad Colombianadel Bambú (1999-2019), organización sin ánimo de lucro creada con el fin deintercambiar y difundir información, promover investigación, transferir tecnología ypromocionar el uso, transformación y comercialización de la guadua/bambú enColombia y en el mundo. Preside el Comité Técnico No.178 "Bambu-Guadua” encargadode desarrollar los documentos que constituyen las Normas y Guías Técnicas Colombianaspara la Guadua angustifolia Kunth. Es promotora de diversas investigaciones sobreGuadua y otros bambúes, co-investigadora en proyectos nacionales e internacionales, ylíder en la inclusión de los bambúes como recurso agrícola en Colombia. Es gerente ypropietaria de “El Paraíso del Bambú y la Guadua” un destino de turismo educativoubicado en Montenegro, Quindío, en donde promueve la valoración ambiental, cultural,social y económica de los bambúes, dentro de un esquema de agricultura amigable conel medio ambiente.

Publicación: El quindiano.com junio 2020.

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PROYECTO INVESTIGACION

Las Mesas Sectoriales son el espacio natural de concertación con elsector productivo, gubernamental y académico para desarrollar lagestión del talento humano por competencias generandoconocimiento transferible a la formación profesional.

Contribuyen al mejoramiento de la cualificación del talento humanoy la pertinencia de la formación para el trabajo y la competitividad delos sectores productivos

FUNCIÓN DE LA MESA SECTORIAL CADENA DE LA GUADUA EN EL DESARROLLO DEL SECTOR PRODUCTIVO

QUIENES COFORMAN LA MESA SECTORIAL?

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Certificación de Competencias Laborales

La Certificación de Competencias Laborales es un proceso gratuitoque el SENA desarrolla con el propósito de verificar y certificar lashabilidades, destrezas y conocimientos que tiene una persona paradesarrollar una función o labor determinada.

Es un proceso voluntario en el cual un candidato debe demostrar sudesempeño en las funciones que realiza en su contexto laboral,cumpliendo con una Norma de Competencia Laboral.El certificarse proporciona a los candidatos reconocimiento deaprendizajes previos, mejoramiento del perfil ocupacional ymejoramiento de la cualificación de su talento humano para procesosde certificación y acreditación.El proceso consta de las siguientes fases:

• El mínimo de aspirantes requerido para iniciar un proceso son 20.• Sensibilización e inducción al proceso.• Ilustra a los candidatos las fases del proceso y da a conocer en

detalle la competencia en la cual un candidato se va a certificar.

Formalización de la inscripción.

En esta fase el aspirante se registra en el sistema de informacióndispuesto y entrega los requisitos exigidos para la inscripción.

• Fotocopia de la cédula (clara y legible)• Certificado o constancia laboral que demuestre mínimo 6 meses

de experiencia en la labor a certificar• Ficha de inscripción (suministra el SENA)

Evidencia de Conocimiento (Cuestionario).Permite evidenciar los conocimientos que debe tener el candidatopara el desempeño de la función en la que se va a certificar.

CERTIFICACION

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CERTIFICACION

Evidencia de desempeño (Lista de chequeo).

Son acciones reales que se evidencia directamente en la ejecuciónde la función productiva por parte del candidato.

Las evidencias de desempeño de las normas solicitan:• Escenarios laborales reales.• Ambientes de trabajo.• Herramientas, máquinas, equipos, etc.• Insumos, recursos adicionales, etc.

Los indicadores de la lista de chequeo de desempeño solicitan:

El “hacer” del candidatoProcedimientosLa conducta del candidato (criterios de desempeño generales:seguridad y salud en el trabajo y gestión ambiental).

Evidencia de producto (Documento físico)Corresponde al resultado del desempeño observado y valorado enla norma que se va a certificar el candidato.

Verificación.

Acción a través de la cual el, SENA tomando una muestrarepresentativa de los candidatos verifica que el proceso se hallallevado a acabo de acuerdo a los parámetros establecidos por elsistema.

Finalmente el verificador aprueba el proceso y se expiden por partede la subdirección los certificados respectivos.

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NORMAS

NORMAS DE LA MESA SECTORIAL CADENA DE LA GUADUA .Para certificación de competencias laborales.

RECUERDA: Las Mesas Sectoriales son el espacio natural de concertación con el sector productivo,gubernamental y académico para desarrollar la gestión del talento humano por competencias generandoconocimiento transferible a la formación profesional.

Contribuyen al mejoramiento de la cualificación del talento humano y la pertinencia de la formación para eltrabajo y la competitividad de los sectores productivos

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PROXIMOS CONSEJOS EJECUTIVOS

• 20 DE AGOSTO 2020• 30 DE NOVIEMBRE 2020• 14 DE DICIEMBRE – CONSEJO GENERAL

NO OLVIDES VINCULARTE.

QUE BENEFICIOS TRAE HACER PARTE DE LA MESASECTORIAL CADENA DE LA GUADUA?

Si eres el sector productivo uno de los beneficioses contar con información relacionada yactualizada en aspectos tecnológicos, ambientales,ocupacionales y organizacionales.

Si eres del sector académico uno de los beneficioses contar con instrumentos validados y disponerprogramas de formación.

Si eres del sector gubernamental uno de losbeneficios es identificar necesidades de primeramano en el sector y contar con políticas deregularización del sector.

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UNA NUEVA MIRADA

La mesa sectorialacompaña y realizawebimar, charlas ycursos paraaprovechar lavirtualidad.#conectando sectores.

"La esperanza significa que uno nose rinde a la ansiedad,el derrotismo o la depresióncuando tropieza con dificultades ycontratiempos". Daniel Goleman