dr04_lectura

Upload: veronica-gordillo

Post on 06-Jul-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    1/10

     

    DERECHO ROMANO

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    2/10

    DERECHO ROMANO  1

    Sesión No. 4

    Nombre: La Familia Romana

    Contextualización

    El derecho romano comprende diferentes ámbitos de la vida humana, siendo

    una de las más importantes el área familiar, que contiene las figuras jurídicas del

    matrimonio, la patria potestad, la tutela y la curatela, mismas que le dieron origen

    a las instituciones de nuestro sistema jurídico pero tienen característicaspeculiares y distintas a las vigentes en el derecho en México. Por lo anterior, es

    importante que el alumno conozca el concepto de familia en el derecho romano,

    así como las formas de pertenecer a ésta o de ser excluido de ella.

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    3/10

    DERECHO ROMANO  2

    Introducción al Tema

    La familia romana tiene una estructura diferente a la que ahora se conoce,

    puesto que incluye no solamente a la familia inmediata, es decir, papá, mamá e

    hijos, como en la actualidad, sino que se conforma por un ascendiente que

    detenta la autoridad sobre todos los miembros, incluyendo en ocasiones a las

    esposas de los hijos y a los nietos, e incluso algunas personas no relacionadas

    por sangre que acuerdan someterse a la potestad del jefe de familia para

    obtener su protección, y de la misma manera se encuentran dentro de la familia

    los esclavos, aunque éstos no gozan de la calidad de persona y se equiparan en

    principio a las cosas.

    En esta sesión el estudiante identificará a las instituciones de derecho familiar en

    el derecho romano como antecedentes de las figuras vigentes en México, para

    comprender sus alcances y contenido.

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    4/10

    DERECHO ROMANO  3

    Explicación

    V.1 La familia

    El jefe de familia se conoce como  pater familias, es un ciudadano romano sui

    iuris, es decir, no está sometido a ninguna autoridad familiar y ejerce algunos

    poderes sobre las personas a su cargo, como son la patria potestad, la manus,

    que se ejerce sobre la mujer casada, y el mancipium que se ejerce sobre otro

    hombre libre en ciertas circunstancias.

    Por tanto, todos los demás miembros de la familia se consideran alieni iuris, es

    decir, personas sujetas a la potestad del jefe de familia, y con las limitaciones en

    su capacidad jurídica que ello implica, como la incapacidad para adquirir bienes

    para sí mismos, puesto que todo entra al patrimonio de la familia cuyo titular es

    el pater  familias. 

    La familia romana es patriarcal y monógama, y se ajusta al derecho natural,

    castigando el adulterio, y se distingue entre los hijos legítimos e ilegítimos o

    habidos fuera de matrimonio. Posteriormente, por influencia del derecho de

    gentes se admite el divorcio.

    Los rasgos característicos de la familia moderna son: tiene como base el

    matrimonio; el parentesco se basa en los lazos de sangre; el parentesco se

    transmite tanto por las mujeres como por los hombres; la patria potestad es para

    protección e interés del hijo, no una fuente de derechos y ventajas del padre; la

    patria potestad se ejerce por ambos progenitores; el círculo de personas bajo la

    potestad es reducida, incluyendo solamente a los descendientes de primer grado

    hasta su mayoría de edad.

    Parentesco

    La relación que une a los miembros de la familia se llama parentesco, y puede

    ser originado por la sangre (consanguíneo), por adopción, y en Roma, se

    determina incluso dependiendo del ascendiente a que se refiere.

    Será parentesco por consanguinidad aquel que se refiere a las personas que

    tienen la misma línea de ascendencia, es decir, coincide el padre o la madre, o

    un ascendiente en común. En este sentido serán parientes cognados los

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    5/10

    DERECHO ROMANO  4

    hermanos, tíos, primos, sin importar si se está bajo la potestad del mismo pater

    familias, y el pariente cognado lo será en virtud del vínculo de sangre por un

    ascendiente en común que los une, y puede darse tanto por vía paterna como

    por vía materna.

    Otro tipo de parentesco que los romanos reconocen es el agnaticio que se

    refiere a los parientes únicamente por línea masculina, es decir, a los miembros

    de la familia que están sujetos al mismo pater familias2. Se consideran agnati a

    todos aquellos que estarían bajo la misma patria potestad de no haber fallecido

    el antecesor común.

     Asimismo se reconoce el parentesco por afinidad, es decir, aquel que se

    adquiere respecto de los parientes del cónyuge. Respecto a este parentesco sediscute entre los autores si se refiere también a la relación entre ambos

    cónyuges y no solamente con los parientes consanguíneos de éstos.

    Formas de pertenecer a la famil ia

    En Roma, se podía pertenecer a la familia no solamente por sangre o por

    matrimonio, sino que existen otras figuras jurídicas que conceden esta sumisión

    a la potestad del jefe de familia y conllevan su protección, como es la adopción.

    Nacimiento: El nacimiento es la forma normal de pertenecer a una familia, sin

    embargo, para el derecho romano se distingue entre hijos habidos dentro de un

    matrimonio legítimo y los habidos en concubinato o fuera de matrimonio, lo que

    implica diferentes derechos para la persona, de tal manera, “se hace miembro

    familiar el procreado en iustae nuptiae por individuo varón de la familia, sea pater

    o filius. 

    Adopción: La adopción es otra manera de pertenecer a la familia y se distingue

    entre dos grandes tipos atendiendo a la calidad del adoptado, es decir, si se trata

    de una persona sui iuris se denomina adrogatio y si se trata de un alieni iuris se

    llama adoptio.

    Manus: Otra forma de pertenecer a la familia es mediante un matrimonio cum

    manus, Manus es decir, aquél en el cual la mujer se sujeta a la potestad de su

    marido o de quien ejerce la patria potestad sobre él, y pierde el vínculo con su

    familia originaria. Se denomina “Conventio in manum” el acto jurídico por el cual

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    6/10

    DERECHO ROMANO  5

    la mujer ingresa a la familia del marido; puede realizar de tres maneras: farreo o

    confarreatio, coemptione y usu. 

    La primera manera en que se puede realizar se denomina confarreatio, en virtud

    de la ofrenda que media para su realización que consiste en pan de trigo (panis 

    farreus). Consiste en una ceremonia religiosa con diez testigos y un sacerdote o

    el Pontífice Máximo en la cual se pronuncian ciertas palabras solemnes y se

    realiza la ofrenda antes mencionada. Esta figura es exclusiva de los patricios,

    por lo que quedó en desuso al crecer el imperio romano.

    Otra manera es la llamada coemptio, que es puramente civil, ya que se realiza a

    manera de una venta, fingiendo la compra de la mujer mediante una mancipatio.

    La manera tradicional y más antigua es elusus

    , por el cual la mujer entra a lafamilia del esposo únicamente por el transcurso del tiempo, si existe una

    convivencia ininterrumpida por un año entonces el marido tiene el derecho de

    manus sobre la mujer.

    Mancipium Otra forma de sujetarse a la potestad de un  pater familias, es el

    mancipium, mediante el cual un hombre libre se sujeta a la potestad de otro, por

    un tiempo determinado. El pater familias tiene disposición tanto de bienes como

    de personas, por lo que puede dar a sus hijos o su esposa en mancipium, sin

    embargo, por algunos abusos que ocurrieron en un principio este derecho se

    limitó a partir de la regulación de las xii Tablas, por lo que si se es mancipado

    por tres veces queda fuera de la patria potestad y se convierte en sui iuris

    automáticamente10. 

    También es posible que un hijo sea mancipado por haber causado un daño a un

    tercero y el pater en lugar de pagar por el daño, para repararlo entrega al hijo por

    el tiempo que sea necesario.

    La persona mancipada tiene una condición similar al esclavo, sin embargo, es

    temporal, además de que permanece como una persona libre y conserva su

    ciudadanía, y todo le es restituido al concluirse el tiempo por el cual fue

    mancipado. 

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    7/10

    DERECHO ROMANO  6

    Conclusión

    La familia en el derecho romano constituye el núcleo de la sociedad, le da

    estructura, incluso la ciudad es gobernada en buena medida por los jefes de

    familia, es por ello que es de gran importancia para esta asignatura.

    El derecho romano posibilita comprender el fundamento social y jurídico de los

    alcances y contenidos de la aplicación de las figuras institucionales del ámbito

    familiar vigentes en nuestro país. Del mismo modo, establece las características,

    tipología y condiciones para pertenecer a una familia.

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    8/10

    DERECHO ROMANO  7

    Para aprender más

     ¿Sabes cual es son las maner as en las que se ex t ingue la patr ia potes tad ?

     A lo largo de esta unidad hemos mencionado algunas de las formas en las que

    se extingue la patria potestad de un  pater familias por transferirse a otro, como

    sucede en el matrimonio cum manus, mediante el cual la mujer que se casa

    pasa a formar parte de la familia del marido y en consecuencia la patria potestad

    es ejercida ahora por otra persona extinguiéndose la primera.

     Asimismo, mediante la adopción se transfiere la potestad, por lo que se extingue

    la potestad que ejercía el pater familias del adoptado y a partir de ese momento

    la ejercerá el adoptante.

    Existen otros casos en los cuales la patria potestad se extingue, sin embargo, no

    implica la transmisión a otra persona, por lo que la persona que estaba sujeta a

    ésta se convierte en sui iuris, aunque en algunos casos se quede sujeto a una

    tutela, como es el caso de la mujer que al no contar con alguien que ejerza la

    patria potestad se encontrará sujeta a una tutela permanente.

    Estos casos son los siguientes: “1º muerte o capitis deminutio – máxima o media

     – del que ejerce la patria potestas; 2º capitis deminutio – máxima o media – delfilius; 3º emancipación, que opera una capitis deminutio minima del filius; 4º

    entrada en el sacerdocio  –  flamines diales, vestales  –  en la época pagana, y

    acceso a la dignidad de obispo, en el derecho cristiano; 5º colación de la

    dignidad de patricio, y nombramiento de cónsul, prefecto del pretorio, praefectus

    urbi , magíster   militium, en la época justinianea; 6º exposición del hijo y

    prostitución de la hija; 7º celebración de un matrimonio incestuoso por parte del

    padre.

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    9/10

    DERECHO ROMANO  8

    Actividad de Aprendizaje

    Instrucciones:

    Con la intención de fortalecer los conocimientos ganados a lo largo de ésta

    sesión, realiza una actividad en la cual a través de un resumen extraigas lo más

    relevante sobre la Familia Romana.

    Puedes realizarlo en cualquier programa especializado, al final tendrás que

    guardarlo como PDF, con la finalidad de que no existan modificaciones y así

    subirlo a la plataforma de la asignatura.

  • 8/17/2019 DR04_Lectura

    10/10

    DERECHO ROMANO  9

    Bibliografía

    Bernal, B.; Ledesma, J. J. (1981). Historia del Derecho Romano y de los

    derechos neoromanistas. Tomo I. De los orígenes a la alta edad media. México: 

    Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones 

    Jurídicas. 

    D’Ors, A. (1997). Derecho privado romano (9a. ed.) Pamplona: Universidad de

    Navarra.

    Gutiérrez-Alviz y Armario, F. (1995). Diccionario de Derecho Romano. (4a. ed.)

    Madrid: Reus.

    Iglesias, J. (1972). Derecho Romano. Instituciones de Derecho Privado. (6a. ed.)

    Barcelona: Ariel.

    Kunkel, W. (1994). Historia del Derecho Romano (9a. ed.) Barcelona: Ariel.

    Morineau Iduarte, M.; Iglesias González, R. (1993). Derecho Romano Colección

    de Textos Jurídicos Universitarios (3a. ed.) México: Harla.