30.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓNY VIGILANCIA DE LA SALUD DE TRABAJADORES EXPUESTOS A
El día 27 de Julio de 2001 entró en vigor el Real Decreto 783/2001,por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra las
Radiaciones Ionizantes, que deroga el anterior Reglamento establecido
por el R. D. 53/1992, que había quedado obsoleto por el desarrollo de los
conocimientos científicos sobre protección radiológica.
RADIACIONESIONIZANTES
169_A6 16/9/04 12:58 Página 30
ÍÍNNDDIICCEE
1.- Introducción
2.- Objetivos
3.- Alcance
4.- Funciones y Responsabilidades
4.1.- Servicio de Prevención
4.2.- Unidad Técnica de Protección Radiológica
4.3.- Directora de la Instalación de radiodiagnós-tico del CSAP
4.4.- Comisión de compras
4.5.- Los Mandos
4.6.- El Personal
5.- Definiciones
6.- Procedimiento
6.1.- Normas de protección radiológica
6.2.- Clasificación del riesgo, límites de dosis
6.3.- Dosimetría personal y de área
6.4.- Equipos de protección individual (EPI,s)
6.5.- Actuación ante la mujer gestante
6.6.- Protocolo de vigilancia de la salud
6.7.- Gestión de residuos
6.8.- Formación e información
7.- Aprobación, revisión y difusión
8.- Bibliografía
31.
GENIS CERVANTES ORTEGAJefe del servicio de Prevención
de Riesgos Laboralesdel Consorci Sanitari de l’Alt
Penedès (CSAP)
CARMEN ÁLVAREZ SÁNCHEZDirectora de la Instalación de
Radiodiagnóstico del CSAP
ÁLVARO FRANCÉS FONDEVILAEnfermero del Trabajo y Técnico
Superior en Prevenciónde Riesgos Laborales del CSAP
MARIANO MARTÍN FOREROMIR de Medicina del Trabajo
PATRICIA MILLAS TOBOSOTécnico en Radiodiagnóstico del
CSAP
EULALIA MESTRES BERTRÁNSupervisora de Radiodiagnóstico
y Urgencias del CSAP
MARÍA DÍEZ SERRATSupervisora del bloque
quirúrgico del CSAP
RA
DIA
CIO
NE
S
IO
NIZ
AN
TE
S
COLABORACIONES Y APORTACIONES
Este procedimiento cuenta con la aprobación y aportaciones de Dña. Anna Gallissà de ACPRO (Unidad Técnica de Protec-ción Radiológica.- UTPR) y de todos los trabajadores/as de nuestro hospital, representados por sus delegados de preven-ción en el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Dña. Iolanda Vendrell, Dra. Montse González, Dra. María Angels Subi-rana, D. Lluís Pérez Sedo y D. David Barrera Torné.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 31
1.- INTRODUCCIÓNLa normativa de prevención
expresa en todo momento elderecho de consulta y participa-ción de los trabajadores, repre-sentados por sus Delegados dePrevención, en el desarrollo delos protocolos que hacen referen-cia a la protección y mejoras de lasalud en el trabajo.
El resultado de la aplicación deeste criterio en nuestro centro detrabajo, es el procedimiento queaquí presentamos, consensuadopor todos, que nos permite unconocimiento del peligro real delas radiaciones ionizantes (RI) yun uso racional de las medidaspreventivas, tanto colectivas co-mo individuales.
2.- OBJETIVOSEl día 27 de Julio de 2001
entró en vigor el Real Decreto783/2001, por el que se apruebael Reglamento sobre protecciónsanitaria contra las RadiacionesIonizantes, que deroga el anteriorReglamento establecido por elR.D. 53/1992, que había quedadoobsoleto por el desarrollo de losconocimientos científicos sobreprotección radiológica.
Mediante esta nueva normati-va se formaliza la transposiciónde la Directiva 96/29/2001/EURA-TOM del Consejo, por la que seestablecen las normas básicasrelativas a la protección sanitariade los trabajadores y de la pobla-ción, contra los riesgos de lasradiaciones ionizantes.
El Reglamento en vigor esta-blece, entre otros puntos, el límitede dosis para los trabajadores
expuestos, con una especial aten-ción a las mujeres embarazadas oen periodo de lactancia. Tambiénestablece el límite de dosis parapersonas en formación, estudian-tes y público en general.
El objetivo de nuestro procedi-miento es adecuar a la normativalas condiciones particulares denuestro centro sanitario y esta-blecer:
Previa evaluación de las condi-ciones de trabajo, la clasifica-ción y delimitación de los luga-res de trabajo en diferenteszonas (Zona controlada, Zonavigilada).
La clasificación de los trabaja-dores expuestos en categorías(A y B).
La planificación y aplicación delas normas de vigilancia y con-trol de la radiación en elambiente de trabajo, tanto anivel de zona como de dosime-tría personal.
Asegurar la vigilancia sanitariade los trabajadores expuestos,a partir de exámenes de saludiniciales, en el momento de suincorporación, y en periodosdeterminados.
La difusión del protocolo, ase-gurando una formación conti-nua en protección radiológica.
32.
JULIO-SEPTIEMBRE PREVENCIÓN Nº 169
El objetivo del procedimiento es adecuar a la normativa las condiciones de
nuestro centro sanitario, clasificar y delimitar los lugares de trabajo, clasi-
ficar a los trabajadores expuestos y garantizar su vigilancia sanitaria, plani-
ficar y aplicar las normas de control de la radiación, difundir el protocolo, y
asegurar la formación continua sobre protección radiológica.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓN
RRAADD IIAACC IIOONNEESS IIOONN IIZZAANNTTEESS
Y VIGILANCIA DE LA SALUD DETRABAJADORES EXPUESTOS A
Equipo radiológico de trabajo TAC.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 32
3.- ALCANCESon sujetos del procedimiento,
en primer lugar, los trabajadoresdel Consorci Sanitari de l’AltPenedés (CSAP); los pacientes,familiares y acompañantes, queen situaciones concretas pudieranestar sometidos al riesgo de lasradiaciones ionizantes; y por últi-mo, el personal de empresasexternas, contratadas y autóno-mos, siempre que esté expuestoa riesgos propios de nuestra acti-vidad y que podrían afectarles.
4.- FUNCIONES Y RESPONSA-BILIDADES
4.1.- SERVICIO DE PREVENCIÓN
Es el responsable, previa infor-mación de ACPRO (Asesoría yControl en Protección Radioló-gica), de identificar la necesidadde uso de dosímetría personal,EPI,s, o la necesidad de realizarexámenes de salud.
Participa en la selección yadquisición de los EPI,s con losServicios, Comisiones y Comitéscorrespondientes. Colabora tam-bién en la información y formaciónde los trabajadores.
4.2.- UNIDAD TÉCNICA DE PROTECCIÓNRADIOLÓGICA
La Unidad Técnica de Protec-ción Radiológica (UTPR) cuyasfunciones son ejercidas por laentidad Asesoría y Control enProtección Radiológica (ACPRO).
Efectúa mediciones radiológi-cas en el lugar en que se encuen-
tra el personal profesionalmenteexpuesto (PPE), y en los lugarescon factor de ocupación NO nulas(público). Realiza también medi-ciones de fuga de radiación.
Asesora sobre la reducciónde la dosis al personal profesio-nalmente expuesto y a los miem-bros del público general (nivelesde radiación). Asesora asimismosobre la forma de conseguir imá-genes de mejor calidad some-tiendo al paciente a la mínimadosis.
Verifica los parámetros delos diferentes equipos (controlde calidad).
4.3.- DIRECTORA DE LA INSTALACIÓNDE RADIODIAGNÓSTICO DEL CSAP
Bajo la supervisiónde ACPRO, realiza e-xámenes críticos pre-vios de los proyectosde instalación, desdeel punto de vista de laradioprotección.
Autoriza la puestaen servicio de nuevasfuentes radioactivas omodificaciones de las yaexistentes, desde el puntode vista de la radioprotección.
Comprueba periódicamente laeficacia de los dispositivos y téc-
nicas de protección así como elbuen estado de los equipos detrabajo, a partir de los datos sumi-nistrados por los instrumentos demedida de la Unidad Técnica deProtección Radiológica (UTPR).
4.4.- COMISIÓN DE COMPRAS
La Comisión de Compras seasegura de que los EPI,s que seadquieran cumplan la normativalegal exigida en cada caso. Unavez determinado el tipo y caracte-rísticas del EPI que se requiere,examina las disponibilidades queofrece el mercado.
4.5.- LOS MANDOS
Los Mandos participan en laidentificación y selección de losEPI,s y los dosímetros, y gestio-nan el cambio mensual de losdosímetros de su área.
33.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD DE TRABAJADORES EXPUESTOS A RRAADDIIAACCIIOONNEESSIIOONNIIZZAANNTTEESS
El Servicio de Prevención es el res-
ponsable, previa información de
ACPRO (Asesoría y Control en Pro-
tección Radiológica), de identifi-
car la necesidad de uso de dosí-
metría personal, EPI, o la necesi-
dad de realizar exámenes de salud.
Equipo radiológico de trabajo portátil.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 33
4.6.- EL PERSONAL
Todo el personal, representa-do por sus Delegados de Preven-ción, participa en el diseño y revi-sión del procedimiento, y vigila ycumple los principios de radiopro-tección en él expuestos.
5.- DEFINICIONESRadiación Ionizante. Es toda
radiación capaz de producir ioni-zación, es decir, liberar electronespor ruptura de enlaces atómicos.
Rayos X (Rx). Radiación muypenetrante, que además crea uncampo electromagnético. El dañocelular es producido por la acciónde la onda, mientras que elcampo electromagnético producedaño en la función.
Efectos Estocásticos. Sonaleatorios, tardíos y no dependende la dosis recibida. Pueden sersomáticos, por ejemplo la leuce-mia, o genéticos, por ejemplo lasmalformaciones.
Efectos NO Estocásticos, odosis – dependientes. Son efec-tos somáticos que pueden serprematuros o tardíos, por ejemplocataratas, abortos, quemaduras,etc.
Equipo de Protección Indivi-dual. Según el R.D. 773/1997, escualquier elemento o equipo des-tinado a ser llevado o sujetado porel trabajador, para que lo protejade uno o de varios riesgos quepuedan amenazar su seguridad osu salud, así como cualquier com-
plemento o accesorio destinadopara tal fin.
Límite de dosis para los tra-bajadores expuestos (Art.9 R.D.783/2001). El límite de dosis efec-tiva para trabajadores expuestosserá de 100 mSv durante el perio-do de 5 años oficiales consecuti-vos, sujeto a una dosis efectivamáxima de 50 mSv en cualquieraño oficial.
Sin perjuicio de lo dicho en elapartado anterior:
Límite de dosis equivalentepara el cristalino: 150 mSv/añooficial.
Límite de dosis equivalentepara la piel: 500 mSv/año ofi-cial.
Límite de dosis equivalentepara las manos, antebrazos,pies y tobillos: 500 mSv/año ofi-cial.
Categorías de los trabajado-res expuestos (Art. 20 R.D.783/2001). Son las siguientes:
Categoría A: Trabajadores quepueden recibir una dosis efecti-va > 6 mSv/año oficial, ó > 3/10de los límites de la dosis equi-valente establecidos para cris-talino, piel, etc., según el Art. 9.
Categoría B: Trabajadores quees muy improbable que recibanlas dosis anteriormente descri-tas.
Categorías de las zonas y loslugares de trabajo (Art. 17 R.D.783/2001). Son las siguientes:
Zona Controlada: es aquella enla que es posible recibir unadosis efectiva > 6 mSv/año ofi-cial, o una dosis equivalentesuperior a 3/10 de los límitesde la dosis equivalente estable-cidos para el cristalino, piel,etc., según el Art. 9 (que hacereferencia a la categoría A).
Zona Vigilada: es aquélla en laque, no siendo controlada, esposible recibir dosis efectivassuperiores a 1 mSv/año oficial,ó > 1/10 de los límites de ladosis equivalente establecidospara el cristalino, piel, etc.,según el Art. 9.
6.- PROCEDIMIENTONuestro procedimiento de ra-
dioprotección y vigilancia de lasalud de los trabajadores expues-tos a radiaciones ionizantes cons-ta de los siguientes apartados:
6.1.- NORMAS DE PROTECCIÓNRADIOLÓGICA
6.1.1.- En general
Se tendrán en cuenta los pos-tulados de la ICRP (ComisiónInternacional de Protección Ra-diológica) y el Real Decreto815/2001, de 13 de julio, sobrejustificación del uso de las radia-ciones ionizantes para la protec-ción radiológica de las personascon ocasión de exposicionesmédicas.
Justificación. Toda prácticadebe ofrecer un importantebeneficio al individuo o a lasociedad. El beneficio diagnós-tico ha de superar al riesgo quecomporta cualquier exploración.
Debe evitarse solicitar pruebasradiológicas por complacencia.
34.
JULIO-SEPTIEMBRE PREVENCIÓN Nº 169
Todo el personal, representado por sus delegados de prevención , participa
en el diseño y revisión del procedimiento, y vigila y cumple los principios de
radioprotección en él expuestos.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 34
Buscar, si es posible, técnicasalternativas como la RNM y laEcografía.
Optimización. Delante de cual-quier fuente de radiación, lasdosis individuales y el númerode personas expuestas, debenmantenerse tan bajas comosea razonablemente posible, ycompatibles con un buen diag-nóstico.
Limitación de dosis y riesgosindividuales. Los destinatariosson las personas más expues-tas, para garantizar que no lle-gan a niveles inaceptables, conriesgo de afectación de susalud.
6.1.2.- En la práctica diaria
Se debe tener en cuenta:
El blindaje, individual y/o es-tructural. Utilización de mate-riales para frenar la radiación yreducir su intensidad.
La disposición del foco en laradioscopia.
La distancia. Es importante co-nocer el hecho de que la dosisrecibida es inversamente pro-porcional al cuadrado de la dis-tancia de la fuente.
Dosimetría personal, de los tra-bajadores/as profesionalmenteexpuestos/as, así como dosi-metría de área para las ZonasVigiladas.
El tiempo de exposición. Tanimportante como la distancia.En la utilización de la radiosco-pia es un factor esencial.
6.1.3.- Hoja informativa para usuariasen edad fértil
La figura 1 muestra el conteni-do de una hoja informativa para
usuarias en edad fértil que esténembarazadas o tengan posibilida-des de estarlo.
6.2.- CLASIFICACIÓN DEL RIESGO,LÍMITES DE DOSIS
Diferenciemos dos escenariosde uso de los equipos de trabajo:
35.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD DE TRABAJADORES EXPUESTOS A RRAADDIIAACCIIOONNEESSIIOONNIIZZAANNTTEESS
¿Qué peligros puedo correr si me hago una radiografía o cualquierotra prueba que utilice radiaciones ionizantes (Rayos X), si estoy emba-razada?
El peligro de los Rx (Rayos X), que es el método que se utiliza para reali-zar radiografías simples (muñeca, manos, tórax...) y otras pruebas que se rea-lizan en el servicio de radiodiagnóstico, consiste en que puede provocar alte-raciones en el feto.
¿Qué podemos hacer para evitarlo?
En el caso de que pudiera estar embarazada, informar siempre al médicoque prescribe la prueba.
Si este paso no se produce, avisar siempre al personal que va a realizarla prueba.
¿Qué pasa si me hago una Ecografía?
No hay riesgos conocidos, ya que no se utilizan radiaciones ionizantes(Rayos X), sino ultrasonidos.
¿Qué me puede pasar en el caso de estar embarazada y haber estado den-tro del servicio de radiodiagnóstico donde se realizan las pruebas?
El servicio cumple todas las medidas de seguridad y protección (todas lassalas están emplomadas). Estas medidas no permiten que pase la radiaciónfuera de las salas de exploración.
Por ello no supone ningún peligro haber permanecido en el servicio deradiodiagnóstico estando embarazada.
¿Qué pasa si el Médico cree que es necesaria una exploración radiológica?
Es necesario asegurarse de que le han informado suficientemente sobrela prueba que le han propuesto, y dar su consentimiento para poder realizarla.
El servicio de radiodiagnóstico dispone de elementos para proteger al feto,minimizando el riesgo de malformaciones o cualquier otro tipo de alteración,siempre y cuando no sea el abdomen la zona irradiada.
¿Qué debo hacer en el caso de estar embarazada y desear hacerme laradiografía?
Si es por voluntad propia y quiere hacerse la radiografía, debe firmar undocumento de consentimiento informado.
Figura 1.- Hoja informativa para usuarias en edad fértil
El cambio de dosímetro se realiza
cada mes; el dosímetro es perso-
nal e intransferible; la responsabi-
lidad del manejo, cambio, y pérdi-
da (si ocurriera) corresponde a
cada trabajador de la categoría A.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 35
6.2.1.- Radiología Intervencionista
Se trata del personal quedurante la exposición queda situa-do a menos de dos metros de dis-tancia de la zona de incidencia delrayo sobre el paciente, sin dispo-ner de blindajes estructurales quelo protejan tanto de la radiacióndispersa procedente del paciente,como de la radiación de fuga pro-cedente del cabezal donde estáemplazado el tubo de rayos X.
Estos trabajadores debenllevar dosímetro personal, sersometidos a un programa devigilancia de la salud y utilizarEPI,s adecuados.
6.2.2.- Radiología no Intervencio-nista
En este apartado tendríamosdos grupos:
Todas las situaciones en lasque haya una barrera estructu-ral protectora entre el trabaja-dor y el paciente.
Personal de quirófanos, urgen-
cias y áreas de hospitalización,que en el momento de la exposi-ción, no deba permanecer a unadistancia menor de dos metros dela zona de incidencia de losRayos X.
Para estos trabajadores nose considera necesario llevardosímetro personal, ser someti-dos a un programa de vigilan-cia de la salud, ni utilizar EPI,s.
Consideramos como radiolo-gía no intervencionista los si-guientes grupos profesionales:
Personal del Servicio de Radio-diagnóstico que no entra en lassalas mientras se dispara.
Personal que usa equipos por-tátiles (Urgencias, Hospitaliza-
ción) con las siguientes consi-deraciones:
- Permanecer a una distanciasuperior a dos metros de la zonade incidencia del rayo sobre elpaciente. (Pulsador de cable).
- No estar alineado con el hazprimario del rayo.
El personal de quirófanos me-rece una consideración individualy se debe tener en cuenta, ade-más, el tiempo de exposición(Figura 2).
6.3.- DOSIMETRÍA PERSONAL Y DEÁREA
En función de lo expuesto enel apartado anterior, indicamos acontinuación las bases para laclasificación del personal, uso dedosímetros personales y/o deárea, y vigilancia de la salud.
Las valoraciones reflejadasson para personal fijo. Para per-sonal eventual no hay ningunareferencia legislativa, por lo queadoptamos el criterio de facilitarun dosímetro extra a los trabaja-
Dosímetro personal
36.
JULIO-SEPTIEMBRE PREVENCIÓN Nº 169
D <0,3 metrosDistancia
DFracciónde tiempo*
D: 0,3 a 2metros
D: 2 a 4metros D > 4 metros
Ocasional(<20%)
Usual(20 a 100%)
Categoría A
Categoría A
Categoría B
Categoría A Categoría B
No exposiciónprofesional
No exposiciónprofesional
No exposiciónprofesional
Figura 2.- Clasificación del riesgo en función del tiempo de exposición y de la distancia
(*) Fracción de tiempo en referencia a la totalidad del tiempo de emisión del tubo
El personal de Radiología Interven-
cionista debe llevar dosímetro
personal, ser sometido a un pro-
grama de vigilancia de la salud y
utilizar EPI adecuados.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 36
dores de categoría A, a partir de laprevisión de dos meses de traba-jo como profesional expuesto aradiaciones ionizantes (Figuras 3 y 4).
6.3.1.- Conceptos generales para eluso de dosimetría personal
El cambio de dosímetro se rea-liza cada mes.
El dosímetro es personal eintransferible.
La responsabilidad del manejo,cambio, y pérdida (si ocurriera)corresponde a cada trabajadorde la categoría A.
La gestión y tramitación deldosímetro con el centro de lec-tura, corresponde al supervi-sor/a de enfermería del Área deUrgencias y Radiodiagnóstico.
6.3.2.- Circuitos de dosimetría para elpersonal profesionalmente expuesto
Personal fijo: Deberá hacer elcambio del dosímetro cada mes.
Personal de nueva incorpora-
ción: Si el contrato es superioro igual a dos meses de dura-ción, el/la supervisor/a deUrgencias y Radiodiagnósticorealizará el trámite para propor-cionarle un dosímetro nuevo.
Cambio de dosímetro:
- El trabajador es el responsa-ble del recambio mensual deldosímetro.
- El cambio se hará cada vezque el/la supervisor/a respon-sable lo indique.
- En el momento de la llegadade los dosímetros nuevos, el/lasupervisor/a se preocupará deque el personal profesional-mente expuesto (PPE) procedaa cambiarlo en el periodo detiempo más breve posible.
- El PPE dispone de un armariocon su dosímetro correctamen-te identificado y procederá alcambio.
- La supervisión recibirá la lectu-ra acumulada del periodo ante-
rior: el original lo enviará al Servi-cio de Prevención y conservaráuna copia, que estará a disposi-ción del trabajador expuesto.
6.4.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVI-DUAL (EPI,s)
El Consorci Sanitari de l’AltPenedés dispone de diferentesEPI,s:
Delantales emplomados: de0,50 mm y 0,35 mm de espe-sor, faldas emplomadas ymodelos infantiles.
Guantes emplomados.
Protección tiroidea (collarín).
Protección gonadal.
Gafas emplomadas.
Respecto de su utilización, dis-tribución y control, seguimos lospreceptos del R.D. 773/97, sobredisposiciones mínimas de seguri-dad y salud relativas a la utiliza-ción de equipos de protección in-dividual.
6.5.- ACTUACIÓN ANTE LA MUJERGESTANTE
Hemos revisado las dosis reci-bidas por el personal femeninodel servicio de radiodiagnósticode nuestro hospital en los dos últi-mos años, y la mayoría recibieron
37.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD DE TRABAJADORES EXPUESTOS A RRAADDIIAACCIIOONNEESSIIOONNIIZZAANNTTEESS
D <0,3 metrosDistancia
DFracciónde tiempo*
D: 0,3 a 2metros
D: 2 a 4metros D > 4 metros
Ocasional(<20%)
Usual(20 a 100%)
Categoría A
Categoría A
Categoría B
Categoría A Categoría B
No exposiciónprofesional
No exposiciónprofesional
No exposiciónprofesional
Lugar de trabajo Categoría Dosimetría Vigilancia de la salud
Médico COT
DUE Instrumentadora o deurgencias que haga COThabitualmente
Resto de personal (DivisiónMédica y Enfermería)
A
A
B
Individual
Individual
Área
Obligatoria
Obligatoria
Opcional
Figura 3.- Personal del Servicio de Radiodiagnóstico
Figura 4.- Personal del Bloque Quirúrgico, de Urgencias o de otros servicios
Desde el momento en que se diag-
nostique la gestación y hasta el
final de la misma, no se pueden
hacer exploraciones con tubo por-
tátil, incluidas radioscopias del
área quirúrgica, urgencias o plan-
ta de hospitalización.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 37
una dosis anual aproximada de0,5 mSv.
El nuevo Reglamento sobreprotección sanitaria contraradiaciones ionizantes (R.D.783/2001), permite una dosismáxima de 1 mSv durante todo elembarazo (la misma dosis quepara el público en general). Portanto, aunque el personal femeni-no trabajara durante toda la ges-tación en condiciones normales,no recibiría, de media, una dosissuperior a la mitad del máximopermitido.
Del anterior comentario sedesprende que el riesgo es míni-mo, pero se debe cumplir, por unlado, el criterio general de radio-protección en lo referente a quela dosis recibida debe ser tanbaja como sea posible, y por otro,el actual convenio 2001-2004 dela XHUP (Xarxa Hospitalaria d’Uti-lització Pública) cuyo artículo 50habla de cambio de puesto de tra-bajo por riesgo durante el emba-razo o parto reciente, por lo que lomencionamos en nuestro procedi-miento:
Desde el momento en que sediagnostique la gestación yhasta el final de la misma, nose pueden hacer exploracionescon tubo portátil, incluidasradioscopias del área quirúrgi-ca, urgencias o planta de hos-pitalización.
Según la tabla de Distan-cia/Tiempo de exposición, elmáximo riesgo se da a distan-cias inferiores a 30 cm. Debetenerse muy en cuenta en elcaso de exposiciones esporádi-cas.
Durante la primera mitad de lagestación (máximo riesgo deafectación fetal), se reducirá almáximo la exposición:
-Trabajando en zonas sin ex-posición.
- Rotando o cambiando tempo-ralmente de lugar de trabajo.
- Aumentando la protección,mediante la utilización de delan-tal emplomado tipo faldilla.
A partir de la segunda mitad dela gestación, ya se podrá traba-jar en condiciones normales,en lo referente al riesgo deexposición a radiaciones ioni-zantes. En cambio, deberátenerse en cuenta el riesgo decarga dorsolumbar, reguladopor el R.D. 487/1997 sobre dis-posiciones mínimas de seguri-dad y salud en el trabajo relati-
vas a la manipulación de car-gas que comporten riesgo delesión dorsolumbar de los tra-bajadores:
- No levantar en general cargasde más de 15 kg.
- Movilizar enfermos mediante laayuda de compañeros o me-dios mecánicos (grúas).
- Valoración, por parte del de-partamento de Medicina delTrabajo, que emitirá el informepertinente si se requiere.
6.6.- PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE LASALUD
Según interpretamos del R.D.783/2001; Reglamento de Protec-ción Sanitaria contra las Radiacio-nes Ionizantes:
Toda persona clasificada comocategoría A se deberá sometera un examen de salud previo ala exposición... (Artículo 40).
Los exámenes de salud periódi-cos de los trabajadores ex-puestos de categoría A seránadaptados a las característicasde la exposición. constarán deun examen clínico general yotros exámenes necesariospara determinar el estado delos órganos y sus funciones.Lavigilancia de la salud podráalargarse en el tiempo a criterio
38.
JULIO-SEPTIEMBRE PREVENCIÓN Nº 169
Delantal protector emplomado, de quirófano.
Según el artículo 17 del R.D. 783/
2001, Zona Controlada es aquélla
en la que es posible recibir una
dosis efectiva > 6 mSv/año oficial,
o una dosis equivalente superior a
3/10 de los límites de la dosis e-
quivalente establecidos para el
cristalino, piel, etc. por el artículo 9.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 38
del Médico del Trabajo, inclusoaunque haya dejado el serviciopor ineptitud o baja de laempresa (Artículo 42).
No se podrá poner a un trabaja-dor en un lugar clasificadocomo categoría A durante elperiodo en que las conclusio-nes médicas no lo considerenapto para este lugar de trabajo(Artículo 43).
A partir de aquí se elabora elsiguiente protocolo:
Los exámenes de salud tendránun carácter de obligatoriedad,condicionada a la evaluacióndel riesgo y a la realización demediciones higiénicas, en lossupuestos de categoría A y enlos siguientes casos:
- Inicial, después de la incorpo-ración al trabajo, mediantecarta que se entrega en elmomento de firmar el contrato.
- Periódicos, específicos deriesgo profesional, en funciónde la planificación anual devigilancia de la salud.
- Durante la semana siguientea un periodo prolongado debaja laboral, que como normageneral es de dos meses, peroque queda a criterio médico en
función de la etiología ysu relación con los ries-gos profesionales.
- Con motivo de cualquieraccidente de trabajo,enfermedad profesional oenfermedad relacionadacon el trabajo.
Se salvaguardará entodo momento el dere-cho fundamental a laintimidad. Si el traba-jador está formado einformado de susriesgos profesiona-les y NO deseasometerse al e-xamen de salud,podrá firmar lahoja de renunciavoluntaria (Figura 5).
Las citaciones serán:
- Inicial, al incorporarse al tra-bajo, realizada por el departa-mento de RRHH en el momen-to de firmar el contrato.
- Periódicas específicas y des-pués de un periodo prolongadode baja laboral, mediante cartapersonalizada al trabajadorenviada por el Servicio de Pre-vención.
6.6.1.- Protocolo de aplicación
En general, se aplicarán lospreceptos del Protocolo de Vigi-lancia de la Salud del Consejo deSeguridad Nuclear, expuestos ensu guía 7.4, si bien prevalecerá elcriterio médico del responsablede vigilancia de la salud.
Anamnesis clínica y laboralespecífica.
Revisión del estado vacunal
VHB, VAT, Varicela-Zoster.
Revisión del estado vacunalBCG y prueba de tuberculina.
Exploración física por aparatos.
Exploración, si se requiere, porexistir historia actual o antiguade dolencias relacionadas conel trabajo: dorsolumbar si exis-te manipulación de enfermos,tendinopatías, entesopatías,neuropatías, si existen postu-ras forzadas.
Analítica básica con recuento yfórmula leucocitaria, reticuloci-tos, TSH y T4 libre.
39.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD DE TRABAJADORES EXPUESTOS A RRAADDIIAACCIIOONNEESSIIOONNIIZZAANNTTEESS
Los exámenes de salud periódicos
de los trabajadores expuestos de
categoría A, serán adaptados a las
características de la exposición...
constarán de un examen clínico
general y otros exámenes necesa-
rios para determinar el estado de
los órganos y sus funciones...”
(Artículo 42 del R.D. 783/2001).
Falda protectora emplomada.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 39
Formación básica: Pinchazosaccidentales, aislamientos enbiológicos, plan de emergen-cias, movilización de cargas,circuito de accidentes de traba-jo y enfermedades profesiona-les.
Para el personal de nuevaincorporación se agregaráelectrocardiograma, espirome-tría, audiometría y exploraciónoftalmológica, que se repetirácada cinco años o según crite-rio médico.
6.7.- GESTIÓN DE RESIDUOS
El revelado fotográfico se llevaa cabo en un pequeño recinto de6 m2, con acceso restringido a tra-bajadores autorizados. Está sufi-cientemente ventilado, con unarenovación de aire superior a 50m3 por hora, mediante un extrac-tor que funciona las 24 horas deldía.
A este espacio le llamamos“cuarto oscuro” debido al filtro quesólo permite el paso de luz delespectro rojo, con el fin de evitarque se velen las placas fotográfi-cas. La puerta para el personal esgiratoria y está diseñada para evi-tar en todo momento la entradade luz blanca al interior. Tambiéndispone de dos ventanas protegi-das con doble puerta. Con todoello, se puede realizar el inter-cambio de chasis sin exposición ala luz.
Actualmente este espacio aúnes imprescindible, pero en unosaños desaparecerá, gracias a ladigitalización e informatización delos procesos de trabajo.
En el Consorci Sanitari de l’AltPenedés funciona un procedi-miento para tratar los residuoslíquidos y sólidos del servicio deradiodiagnóstico:
Residuos líquidos: Revelador yfijador fotográfico. Durante el2003 se recogieron 7.000 litros
(químicos mezclados conagua), que fueron transporta-dos a plantas especiales dondepor un procedimiento dedecantación se recupera el
40.
JULIO-SEPTIEMBRE PREVENCIÓN Nº 169
Se salvaguardará en todo momen-
to el derecho fundamental a la inti-
midad. Si el trabajador está forma-
do e informado de sus riesgos pro-
fesionales y no desea someterse
al examen de salud, podrá firmar la
hoja de renuncia voluntaria.
Figura 5.- Hoja de citación y/o renuncia voluntaria al examen de salud.
Gafas de protección, emplomadas.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 40
residuo metálico (plata) quecontienen.
Residuos sólidos de las pelícu-las fotográficas: Cada año serechazan 200 kg sólidos proce-dentes de placas radiográficas.Estas placas son recogidas poruna empresa especializada ytransportadas a plantas dondesiguen todo un proceso derecuperación de la plata quecontienen (trituración, baños deoxidación y precipitación, elec-trólisis, neutralización, evapo-ración e inertización).
6.8.- FORMACIÓN E INFORMACIÓN
El plan de formación sobreprevención de riesgos laborales,específico en radioprotección,para los trabajadores del CSAPtiene dos líneas:
Formación interna:
- Sesiones periódicas de radio-protección y protocolos de vigi-lancia de la salud, a cargo delgrupo de trabajo firmante deeste procedimiento.
- Cursos periódicos de inter-pretación de placas radiológi-cas y radioprotección, dentrodel plan de formación continua-da en enfermería.
Formación externa: Avalada porel Consejo de Seguridad Nu-clear. Se implementará de for-
ma progresiva y estará dirigidaa los trabajadores clasificadoscomo categoría A (Figura 6).
7.- APROBACIÓN, REVISIÓN YDIFUSIÓNEl protocolo descrito fue revi-
sado durante el mes de febrero de2004 por las diferentes partesimplicadas en la materia:
Servicio de Prevención de Ries-gos Laborales.
Servicio de Radiodiagnóstico yBloque Quirúrgico.
Asesoría y Control en Protec-ción Radiológica (ACPRO).-Unidad Técnica de ProtecciónRadiológica.
Los trabajadores representadospor sus Delegados de Pre-ven-ción en el Comité de Segu-ridad y Salud en el trabajo.
Posteriormente se presentó a
41.
PROCEDIMIENTO DE RADIOPROTECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SALUD DE TRABAJADORES EXPUESTOS A RRAADDIIAACCIIOONNEESSIIOONNIIZZAANNTTEESS
Portada del procedimiento de radioprotección y vigilancia de la salud, con las firmas de
todos los parcitipantes en su confección
La directora de la instalación de
radiodiagnóstico del CSAP, bajo la
supervisión de la ACPRO, realiza
exámenes críticos previos de los
proyectos de instalación, desde el
punto de vista de la radioprotección.
169_A6 16/9/04 12:58 Página 41
todos los trabajadores mediantesesiones de formación e informa-ción, con el objeto de que pudie-ran hacer aportaciones y conside-raciones. Finalmente quedó apro-bado el 24 de marzo de 2004.
La revisión se realizará por indi-cación de cualquiera de las partes,o por indicación de la autoridadcompetente en la materia.
A partir de su publicación en laIntranet del CSAP queda aproba-do y su difusión se llevará a cabosegún el criterio de seguridadintegrada, iniciándose en las jun-tas y servicios implicados.
8.- BIBLIOGRAFÍAReglamento sobre ProteciónSanitaria contra RadiacionesIonizantes (Real Decreto 783/2001).
Directiva 96/92/EURATOM, delConsejo, por que se establecenlas normas básicas relativas ala protección sanitaria de lostrabajadores y de la poblacióncontra los riesgos de las radia-ciones ionizantes.
VI Jornadas de Prevención deRiesgos Laborales en el ámbito
hospitalario: Radiaciones Ioni-zantes, Hospital de SantaCaterina. Girona, Octubre de1999.
Guía de Seguridad 7.4 (Rev.2)del Consejo de Seguridad
Nuclear: Bases para la vigilan-cia médica de los trabajadoresexpuestos a radiaciones ioni-zantes.
INSHT. Condiciones de trabajoen centros sanitarios, Minis-terio de Trabajo y AsuntosSociales, año 2000.
CURSO PARA LA OBTENCIÓN DE LA ACREDITACIÓN PARA DIRIGIR/OPERAR INSTALACIONES DE RADIODIAGNÓSTICO
MÉDICO GENERAL
El objetivo del curso es proporcionar la formación necesaria para que elalumno pueda alcanzar la Acreditación del Consejo de SeguridadNuclear, Para dirigir u operar instalaciones de radiodiagnóstico médicogeneral, según establece el Real Decreto 1891/1991 (B.O.E. Nº3 de 03-01-92) sobre instalación y utilización de aparatos de Rayos X con final-idad médica.
La acreditación que emite el Consejo de Seguridad Nuclear se refiere a Protección Radiológica.
42.
JULIO-SEPTIEMBRE PREVENCIÓN Nº 169
Figura 6.- Objetivo del curso para la obtención de la acreditación para dirigir/operar ins-
talaciones de radiodiagnóstico médico general.
Según el artículo 20 del R.D.
783/2001, los trabajadores clasifi-
cados en la Categoría A son aqué-
llos que pueden recibir una dosis
efectiva > 6 mSv año/oficial, ó >
3/10 de los límites de la dosis e-
quivalente establecidos para cris-
talino, piel, etc. por el artículo 9.
Equipo radiológico de trabajo, basculante.
169_A6 16/9/04 12:59 Página 42