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RESPUESTA COMENTARIOS PLAN DE ACCIÓN 2012
Enero de 2012
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COMENTARIOS PRESENTADOS POR TIGO
1. ASIGNACIÓN DE ESPECTRO PARA IMT
Previa cualquier recomendación, es importante sugerir a la ANE, de manera muy
respetuosa, la posibilidad de considerar que la asignación de Espectro IMT se otorgue
preferencialmente a los operadores actualmente establecidos dada la poca cantidad de
espectro con que se cuenta, y en la medida en que los terminales no se desarrollan por
los fabricantes sino cuando existe un gran número de clientes, condición que hoy día
sólo pueden cumplir los operadores móviles establecidos, con los usuarios actuales que
poseen y con la asignación de un porcentaje mayor de espectro.
El crecimiento de las redes no puede detenerse, y mucho menos puede privarse a los
actuales usuarios con los que cuentan los operadores establecidos, de la posibilidad de
acceder a nuevos y mejores servicios en aras de buscar nuevos entrantes.
Adicionalmente, la posibilidad de upgrade en la asignación de espectro IMT a los
operadores establecidos ofrece la oportunidad de proporcionar a los usuarios, calidad y
diversidad de productos que al final se traducen en una mejor calidad de vida para cada
uno de ellos.
En el mismo sentido, la calidad y condiciones del servicio a los usuarios de los
operadores establecidos, también debe considerarse en la planeación y asignación de
espectro.
Observamos que los cronogramas de asignación de espectro IMT, no tienen precisiones
específicas frente a su desarrollo, por lo cual sugerimos se detalle un poco más las
fechas en las que se van a realizar las diferentes actividades, como seguimiento de
migraciones, establecimiento de condiciones del proceso de asignación,
especificaciones sobre el proceso subasta (técnicas y económicas), pues estos datos
son indispensables para la planeación de un operador que este aspirando obtener
Espectro dentro de este proceso.
De otra parte, se contempla dentro de los objetivos estratégicos, numeral 1.1.1.
“asegurar la disponibilidad de espectro necesario para la masificación de internet móvil,
y la ampliación de la cobertura y servicios como obligaciones de hacer de parte de
los proveedores de redes y servicios” subrayas y negrilla fuera de texto.
Frente a este punto, consideramos de manera respetuosa que no se limite el pago a
obligaciones de hacer sino que se contemple el pago del valor del permiso igualmente
en dinero efectivo.
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RESPUESTA:
Durante 2012, la Agencia Nacional del Espectro apoyará al Ministerio de TIC con la
estructuración del proceso de selección objetiva para asignación de espectro en las
bandas 1900MHz, AWS y 2,5GHz, la cual además de buscar la entrada de un nuevo
operador, tendrá como objetivo el garantizar que los proveedores de redes y servicios
con tenencia actual de espectro para servicios IMT puedan participar de los procesos de
asignación de nuevo espectro que se lleven a cabo con el fin que cuenten con la
posibilidad de garantizar una adecuada prestación de los nuevos servicios a sus
usuarios.
Conscientes de la importancia que tiene para los diferentes actores del sector realizar
una adecuada planeación de sus inversiones, se incluirá en el borrador de Resolución
para la estructuración de los procesos de asignación un artículo con el cronograma más
probable para el desarrollo del proyecto. Para el proceso en cuestión, dicho borrador se
estará publicando próximamente.
Finalmente, en relación con la forma de pago como contraprestación por la asignación
del permiso para uso, acceso y explotación del espectro radioeléctrico, es importante
mencionar que ésta se determina por las necesidades del gobierno al momento de
estructuración del proceso, enmarcado dentro de las metas propuestas por el plan de
gobierno, las cuales, para este periodo se encuentran plasmadas en el Plan Nacional de
Desarrollo 2010 - 2014 “Prosperidad Para Todos” de la Presidencia de la república, y en
el Plan de Tecnología Vive Digital Colombia del Ministerio de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
2. MIGRACIONES
Frente al numeral 1.1.2 denominado migraciones, observamos que durante el 2012, se
trabajará en el cumplimiento de seguimiento al plan de migración de distintas bandas,
con lo cual estamos de acuerdo, sin embargo respetuosamente sugerimos que el
objetivo se plantee en realizar las acciones necesarias para alcanzar y lograr dichas
migraciones estableciendo por ejemplo fechas que se traduzcan en no solo hacer
seguimiento que se logre efectivamente la migración.
Consideramos que la ANE, como experto técnico del sector y en la medida en que tiene
a cargo la gestión y administración del espectro, y como garante del pluralismo para su
acceso, debería impulsar acciones que permitan el acceso no discriminatorio de
operadores tanto en bandas altas como en bandas bajas en iguales momentos de
tiempo, con la finalidad de que no se generen, ni aumenten, las condiciones desiguales
de competencia, hoy ya presentes en el mercado móvil.
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RESPUESTA:
El artículo 18 de la ley 13411 de 2009 establece que la función de asignar los permisos
para el uso del espectro es potestativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones. Por su parte, el Decreto 41692 de 2011 adiciona la función de
“Planear y atribuir el espectro radioeléctrico con sujeción a las políticas y lineamientos
que determine el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
para lo cual establecerá y mantendrá actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de
Bandas de Frecuencias (CNABF), con base en las necesidades del país, en el interés
público, así como en los planes técnicos de radiodifusión sonora que establezca el
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.”.
Por lo anterior, las acciones pertinentes a la Agencia Nacional del Espectro en materia
de reorganización del espectro radioeléctrico están limitadas a brindar el soporte técnico
para incentivar el proceso de migraciones, a planear y atribuir el espectro radioeléctrico
en el ámbito de su gestión y planeación y a verificar que los proveedores de redes y
servicios operen su red de acuerdo con las características técnicas autorizadas.
Ahora bien, en relación con la posibilidad de los operadores de servicios móviles de
acceder al espectro en bandas altas y en bandas bajas, la ANE y el Ministerio TIC
vienen trabajando en los procesos de asignación de las diferentes bandas de
frecuencias que al momento se encuentran disponibles y se considera que lo
establecido en el Plan Vive Digital en este sentido constituye una propuesta integral que
atiende a las necesidades planteadas.
3. ASIGNACIÓN ESTRATÉGICA DEL ESPECTRO
Ahora bien, frente a la Estructura e Implementación de Mecanismos que Agilicen el
Acceso al Uso del ERE, consideramos de gran importancia y vemos como beneplácito
que se desarrolle rápidamente el mecanismo que permita la simplificación de pasos
para otorgar permisos, para el crecimiento de las compañías, con el fin de beneficiar al
usuario final.
1 Ley 1341. Por la cual se definen principios y conceptos sobre la Sociedad de la información y la
organización de las Tecnologías de la información y las comunicaciones - tic-, se crea la agencia
nacional de espectro y se dictan otras disposiciones. Congreso de Colombia. 2009.
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Para tal efecto, se debe asignar espectro, buscando formas de otorgarlo de manera
objetiva, especialmente el espectro microondas.
En lo que respecta al Plan Maestro de Administración de Espectro, específicamente
en el tema del Comité Nacional de Espectro, se recomienda, tener una participación
más amplia permitiendo el acceso de representantes de la industria como la de
proveedores de redes y servicios.
En el punto de Planeación Internacional del Espectro, y sobre todo para la
preparación del CMR16, entendemos que la ANE debe ser el ente que centralice,
realice y coordine las propuestas, pero sugerimos que dicha labor se realice de la mano
con el Comité Nacional de Espectro.
Frente al Manual de Gestión de Espectro, consideramos que esta debería ser una
herramienta que permita una actualización total de los procesos y procedimientos, y
recomendamos, que se realicen capacitaciones al sector con el fin de efectivamente sea
una herramienta útil para los destinatarios.
RESPUESTA
De antemano agradecemos su interés y apoyo en la implementación de mecanismos
ágiles para el acceso al uso del ERE y lo invitamos a hacer parte activa de las
actividades que se llevarán a cabo este año para actualizar las bases de datos de
espectro asignado.
En relación con el Comité Nacional de Espectro, como parte de la creación del mismo
se estableció que la participación en éste no obedecería a una representación a nombre
de la empresa u organización a la cual pertenece sino al conocimiento y experiencia
individual. Sin embargo, le invitamos a usted y a todos sus colegas a participar
directamente en el Comité Nacional de Espectro a través de las consultas públicas
sobre los documentos en discusión, realizadas en la página www.ane.gov.co.
Las actividades de planeación internacional del espectro está interconectada con las
actividades del Comité Nacional de Espectro toda vez que a la consideración del Comité
Nacional del Espectro se elevan directamente, o por intermedio de las consultas
internas de cada entidad participante en él, los temas más relevantes derivados de las
actividades preparatorias reuniones de carácter internacional. En efecto, la Agencia
Nacional del Espectro diseñó e implementó durante 2011 una estrategia de participación
internacional y preparación de conferencias internacionales de radio, con base en una
convocatoria abierta, en la cual participaron personas de todos los sectores interesados
en el espectro radioeléctrico en Colombia: Academia, entidades gubernamentales y
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privadas expertas, usuarias o con funciones de administración de este recurso. De esta
manera nacieron los Grupos Técnicos de Trabajo en Radiocomunicaciones, de cuyas
reuniones se obtuvieron importantes insumos para la preparación de la Conferencia
Mundial de Radiocomunicaciones de 2012 (CMR-12). La preparación de la CMR-15
comenzará en Marzo de este año, así que esperamos contar con su activa participación
durante el ciclo de trabajo que se desarrollará en el país hasta la siguiente CMR. Los
resultados que se vayan obteniendo a partir del trabajo de los GTT-R se socializarán
también en el Comité Nacional de Espectro.
Finalmente, en relación con el Manual de Gestión de Espectro Radioeléctrico, existe en
este momento algunos títulos que están finalizados, los cuales serán publicados en los
próximos meses para consulta del sector, y durante 2012 se llevará a cabo la
finalización de los títulos que aún están pendientes. Con base en ello, se diseñarán y
programarán las capacitaciones necesarias para dar a conocer la versión final de dichos
documentos de forma que se constituya en una herramienta de consulta útil para todos
los interesados.
4. DESARROLLO DE IMPLEMENTACIÓN DEL RUC
Frente a este acápite tan importante, consideramos necesario tener en cuenta los
lineamientos para definir el régimen de contraprestaciones en materia de espectro, por
ejemplo, debe tenerse en cuenta las necesidades del mercado y los aspectos sociales,
en el mismo sentido, se considera que se debe realizar un esquema de pagos que
tenga en cuenta las realidades de las compañías, así como la revisión de las fórmulas
para que no resulten excesivas.
RESPUESTA
Dentro de los objetivos previstos para plantear la nueva propuesta del Régimen
Unificado de Contraprestaciones, se establecieron los siguientes:
Definir reglas que permitan constituir un marco objetivo y neutral que ofrezca
simetría de tratamiento a los diferentes PRS, lo que considerará la situación del
mercado y las realidades de las compañías.
Lograr la financiación de los planes y programas de carácter social que permita la
ampliación de las coberturas y la masificación de servicios.
Incentivar las inversiones y asegurar estabilidad jurídica para los inversionistas.
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Se espera que durante el primer semestre de 2012 se de inicio a la socialización de los
resultados de este estudio en donde se generarán los espacios para que haya una
participación activa de todos los interesados y se discutan las necesidades tanto del
gobierno como de los usuarios del espectro.
5. CORRECTA VIGILANCIA Y CONTROL DEL ESPECTRO
Teniendo en cuenta que de acuerdo con la ley, corresponde a la ANE ejercer la vigencia
y control del espectro radioeléctrico, con la excepción en lo dispuesto en el artículo 76
de la CP, así como adelantar las investigaciones a que haya lugar de acuerdo con su
competencia y ordenar el cese de operaciones autorizadas en la red, respetuosamente
solicitamos incluir dentro del plan de acción 2012, un mecanismo que permita revisar
ágilmente las interferencias denunciadas por los operadores para que se puedan
verificar las mismas de manera rápida a fin de evitar que al final terminan afectando
directamente a los usuarios.
RESPUESTA
La ANE en desarrollo de su programación de visitas de control técnico del espectro da
prioridad a la verificación de interferencias. Así mismo dentro de las quejas recibidas
por interferencia, la ANE hace una clasificación de acuerdo con el servicio de
radiocomunicaciones afectado, de manera tal que se prioriza aún mas la atención a
aquellos que afectan directamente a la ciudadanía en general.
COMENTARIOS PRESENTADOS POR TELEFONICA
6. DIMENSIÓN ESTRATÉGICA I: ASIGNACIÓN DE ESPECTRO PARA IMT
En relación con el objetivo estratégico “Asegurar la disponibilidad del espectro necesario
para la masificación de internet móvil, y la ampliación de la cobertura y servicios como
obligaciones de hacer por parte de los proveedores de redes y servicios”, es importante
que se defina cómo se adelantará el proceso de liberación de espectro asignado que se
encuentra ocupado, con plazos, responsables, metas, etc.
Consideramos que debería incluirse una iniciativa estratégica adicional, destinada a
revisar los topes actuales de espectro, dado que los mismos no permitirían la
participación de Telefónica en los futuros procesos en la banda de 700 MHz, impidiendo
la implementación de las tecnologías actuales y las que se desarrollen en dicha banda.
Así mismo, solicitamos respetuosamente se aumente el tope actual a 95 MHz para el
proceso en las bandas de AWS y 2500 MHz, dado que con el límite de 85 MHz sólo
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permitiría optar por 2 x 15 MHz, ancho de banda que no sería suficiente para
implementar una solución óptima del estándar LTE3, la cual requeriría de por lo menos 2
x 20 MHz en FDD4 para lograr una verdadera banda ancha móvil.
RESPUESTA
El año precedente se llevó a cabo el estudio de topes de espectro que dieron
fundamento a la expedición del Decreto respectivo. En dicho estudio se consideraron
aspectos tales como las metas del Plan Vive Digital, la disponibilidad de espectro en las
nuevas bandas a subastar y el espectro necesario para implementación de servicios
que garanticen las calidades requeridas en los procesos de asignación. Con base en
esto, y debido a que la disponibilidad de espectro no ha cambiado se considera
adecuado continuar con la ejecución de las actividades de la forma en que se ha
planeado dentro del marco del Plan Vive Digital. En el momento en que alguno de los
factores que fueron soporte para la realización del estudio se modifique, será necesario
adaptar la normatividad a las nuevas condiciones existentes. En relación con la
necesidad de contar con portadoras de 2x20 MHz para el despliegue de LTE, es claro
que la velocidad con este tamaño de portadoras es mayor. Sin embargo, no hay que
olvidar que el espectro radioeléctrico es un recurso escaso que debe ser administrado
con base en criterios de mercado, por lo menos para el caso de espectro para IMT. La
experiencia internacional muestra que debido a la limitación de la cantidad de espectro
disponible en las diferentes bandas de frecuencias para IMT, en todos los casos se ha
asignado bloques de tamaños diversos de forma que se logre maximizar el uso del
espectro con la mayor cantidad de beneficios socioeconómicos posibles.
En próximos días se publicará el documento Preliminar del Proyecto de Resolución que
contendrá las condiciones de participación en los procesos de selección objetiva y las
condiciones de asignación de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico IMT
que se subastará en el presente año, con el fin de recibir los comentarios y
observaciones de fondo debidamente sustentadas que tengan los potenciales
participantes en los procesos.
7. DIMENSIÓN ESTRATÉGICA II: PLANEACIÓN ESTRATÉGICA DEL ESPECTRO
a. Estructura e implementación de mecanismos que agilicen el acceso al uso del
ERE Los plazos previstos en esta iniciativa son muy largos. Consideramos que
debería darse una nueva revisión a Resolución 2118 de 2011 con el fin de dar mayor
3 LTE: Long TermEvolution, identifica las tecnologías de cuarta generación móvil
4 FDD: Duplexación por División de Frecuencia
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celeridad a los procesos de asignación de espectro diferente a IMT y que no es
altamente disputado. A manera de ejemplo encontramos cómo a finales de 2011 se
invitó a manifestar interés por este tipo de frecuencias y a la fecha aún no se
publican los interesados y tampoco se ha dado inicio al proceso de selección objetiva
y nos preocupa que los procesos de asignación de espectro IMT ocupen toda la
capacidad operativa del Ministerio y la ANE. Es preciso entonces revisar qué
aspectos pueden mejorarse del procedimiento adoptado.
RESPUESTA
Para este proyecto se ha realizado una planeación a largo plazo, que envuelve además
de la implementación de procedimientos eficientes, el desarrollo de planes que permitan
actualizar las bases de datos donde se aloja la información del uso del ERE.
Adicionalmente, es fundamental para lograr agilizar los procesos, la puesta en
funcionamiento de herramientas de gestión del ERE que optimicen los estudios de
viabilidad y arrojen resultados confiables sin necesidad de recurrir a estudios por parte
de los PRS.
Pensando en ello, se está considerando adicionalmente la revisión de los
procedimientos vigentes en relación con la asignación de espectro lo cual requiere del
concurso del Ministerio TIC, entidad encargada de llevar a cabo la asignación con el
apoyo técnico de la ANE.
Es claro que los procedimientos actuales pueden mejorarse, pero en la medida en que
se cuente con las herramientas y el personal adecuado para ello. En este sentido, uno
de los elementos más importantes es la actualización de las bases de datos de
asignación y para el cual esperamos contar con la participación activa de todos los
proveedores de redes y servicios.
b. Comité Nacional del Espectro: En relación con esta iniciativa manifestamos desde
ya el interés de Telefónica de formar parte del mismo para lo cual estaremos atentos
a la convocatoria prevista para mayo.
RESPUESTA
Como parte de la creación del Comité Nacional de Espectro se estableció que la
participación en éste no obedecería a una representación a nombre de la empresa u
organización a la cual pertenece sino al conocimiento y experiencia individual. Sin
embargo, le invitamos a usted y a todos sus colegas a participar directamente en el
Comité Nacional de Espectro a través de las consultas públicas sobre los documentos
en discusión, realizadas en la página www.ane.gov.co.
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c. Desarrollo e implementación del nuevo RUC: En este caso los plazos previstos
también son muy amplios y está planteado de manera muy general. Solicitamos
respetuosamente que se adelante una iniciativa para valorar el costo de los permisos
que se deben expedir en el caso que los operadores de telefonía móvil celular
decidiera acogerse a la ley 1341 de 2009, pues el artículo 5º de la resolución 290 de
2010, modificada por el artículo 1º de la Resolución 2877 de 2011 señala en el
parágrafo que: “La valoración y forma de pago de la contraprestación económica por
la utilización del espectro radioeléctrico identificado para las Telecomunicaciones
Móviles Internacionales – IMT (por sus siglas en inglés), de los servicios móviles
terrestres, será definida previo el respectivo estudio”.
La falta de definición de estos valores y de las condiciones para acogerse a la nueva ley
dificultan el análisis de los operadores en relación con las alternativas previstas por la
Ley 1341 de 2011, generando tratos inequitativos en el mercado debido a que hay unos
operadores que estando en el mismo mercado pagan la contraprestación del 2,2%,
mientras que los demás operadores no contamos con todos los elementos de juicio para
poder hacer las evaluaciones correspondientes.
De otra parte vemos que una de las iniciativas de este objetivo corresponde a la revisión
de los procedimientos para simplificar los pasos para asignar espectro, la cual se
terminaría en octubre de 2012. Al respecto, reiteramos los comentarios remitidos al
Ministerio en relación con el proceso de asignación de espectro durante la discusión del
proyecto que terminaría en la expedición de la resolución 2118 de 2011 y es que se
subestima el alcance dado por la Corte Constitucional a la etapa de verificación de
pluralidad de interesados, que si se adelantara con toda la información completa sobre
los rangos de frecuencias, equipos y demás datos empleados en las solicitudes de
espectro, haría que la verificación de la pluralidad fuera más completa, logrando omitir el
paso de iniciar un proceso de selección objetiva en las condiciones en las que fue
prevista por dicha resolución si es que se demuestra que hay suficiente recurso para
aquellos que manifestaron interés por la banda correspondiente.
Así mismo, la falta de plazos y términos para que el Ministerio inicie los procesos de
selección objetiva generan incertidumbre sobre el tiempo que se demora la asignación
del mismo.
RESPUESTA
La práctica común en la asignación de espectro para servicios móviles es permitir que
sea el mercado el que determine el valor por el uso del espectro dentro de la subasta o
el mecanismo de selección objetiva respectiva que se utilice para llevar a cabo la
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asignación. Sin embargo, la mayoría de administraciones adelantan estudios con el fin
de estimar el valor asignado por el mercado al espectro con el fin de contar con este
insumo como soporte para el diseño y la realización de estos procesos de selección
objetiva.
Con base en esto, las contraprestaciones asociadas con el espectro para IMT se fijan
en cada uno de los procesos de asignación y únicamente se ha fijado el pago asociado
con la habilitación general. Las condiciones y los valores asociados con esta
contraprestación son definidos por el Ministerio TIC con base en las facultades
otorgadas por la Ley 1341 de 2009.
d. Régimen unificado de espectro: Es importante esta compilación y en particular que
se determine rápidamente cuál es la posición del Ministerio y de la ANE en relación
con la vigencia de normas expedidas bajo la vigencia de la Ley 72 de 1989 y 1900 de
1990 como ocurre en el caso del decreto 1136 de 1997 sobre provisión de segmento
satelital, el cual estaría derogado como resultado de lo señalado en el artículo 73 de
la Ley 1341 de 2009.
RESPUESTA
Como usted lo señala, este es un proyecto importante, necesario y oportuno. Dentro de
los beneficios que traería un régimen único vale la pena resaltar la transparencia, la
facilidad de consulta y de actualización, en el corto plazo. Como parte del estudio se
llevará a cabo el análisis de toda la normatividad vigente sobre espectro, y en la medida
en que se considere necesario se hará la revisión y actualización de dicha normatividad.
e. Campos electromagnéticos, salud y medio ambiente: En esta iniciativa se plantea
la revisión de la reglamentación sobre campos electromagnéticos, así como el
adelantamiento de mediciones.
En relación con este punto es importante tener en cuenta que Telefónica no ha previsto
en su presupuesto adelantar mediciones dado el cumplimiento de lo previsto en el
decreto 195 de 2005, por lo que solicitamos a la ANE que precise cómo se adelantarán
las mediciones y que se establezca si es del caso que se adelantarán con recursos de
esa entidad.
De otra parte, no se señala en qué sentido serían modificadas las normas actuales con
respecto a la emisión de radiaciones electromagnéticas o porque se considera
necesaria la modificación de la normatividad vigente. Preocupan mucho a Telefónica
estas posibles modificaciones por el impacto en costos que éstas puedan tener, por lo
que solicitamos a la ANE revise la necesidad de incluir esta iniciativa en el plan.
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RESPUESTA
Lo primero es aclarar que el Código de Buenas Prácticas – donde se plantean las
mediciones - es un documento que busca consensos entre los distintos grupos de
interés y, en razón a los resultados obtenidos sobre el particular en diferentes países,
ver los casos de Argentina y España, la aplicación del mismo, una vez sea adoptado,
será de carácter auto regulatorio.
Segundo, las políticas exitosas que se han implementado en otros países como España
y Argentina para la implementación de infraestructura en telecomunicaciones han tenido
un componente fuerte para cambiar la percepción social sobre la instalación de estas
redes donde las mediciones juegan un papel fundamental. Este componente lo resalta
la Corte Constitucional en la Sentencia T-360 de 2010 quien le pide al gobierno
“establecer canales de información y comunicación con la comunidad relacionada con
los campos electromagnéticos y la salud.”
Tercero, aunque el artículo 3 de la Resolución 1645 de 2005 clasifica la telefonía móvil y
siete servicios más como no obligados a realizar las mediciones que trata el Decreto
195 de 2005, ni a presentar la Declaración de Conformidad de Emisión
Electromagnética, hace la siguiente salvedad: “Sin embargo, esto no impide al Ministerio
de Comunicaciones de revisar periódicamente estos valores e incluir alguno de estos
servicios cuando lo crea conveniente o los niveles se superen debido a cambios en la
tecnología u otros factores.” (Lo resaltado no es parte del texto original).
Finalmente, en caso de considerarse necesario modificar la normatividad vigente, se
llevará a cabo los procesos de discusión necesarios con el fin de presentar las
propuestas para discusión con el sector. Sin embargo, vale la pena resaltar que el
Código Argentino fue firmado por la Federación Argentina de Municipios (FAM) y los
cuatro operadores celulares móviles (OCM), incluyendo Telefónica.
8. DIMENSIÓN 4. VIGILANCIA Y CONTROL EFICIENTE DEL ESPECTRO
En relación con la iniciativa de monitoreo del espectro consideramos que se debería
incluir además la implementación de un proceso estándar de medición y definir criterios
de indicación de ocupación del espectro, esto debido a que en el pasado se han
encontrado diferencias entre las mediciones realizadas por la ANE y los operadores lo
cual dificulta corregir las interferencias que puedan presentarse.
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RESPUESTA
La ANE cuenta con procedimientos para llevar a cabo el monitoreo del espectro
radioeléctrico. Los criterios de indicación de ocupación del espectro utilizados son:
· Los definidos en las normas nacionales para los servicios que lo tengan establecido
(Ejemplo: Radiodifusión Sonora).
· Para los servicios que en las normas nacionales no tienen establecidos criterios de
ocupación (Relaciones de protección o umbrales de interferencia aceptable) se
recurre lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT y si el
servicio tiene definido un estandar particular se utilizan los valores allí establecidos.
No obstante es de interés para la ANE, que indicara específicamente a qué casos se
refiere cuando menciona que en el pasado se han encontrado diferencias entre las
mediciones realizadas por la ANE y las realizadas por los operadores.
9. Con respecto a los objetivos específicos contemplados en la Introducción del
plan de acción 2012, se sugiere que se precise en el punto i) que la meta es lograr, no
solo la mayor disponibilidad, sino también asignación del “recurso”, entendiéndose éste
último como electromagnético, ya que podría tratarse de otro tipo de recurso
(económico, personal calificado, etc.). Así mismo es importante precisar en el punto iii)
de qué tipo de “recursos” se pretende obtener la maximización, dado que podría tratarse
de recursos económicos, de infraestructura y/o tecnología, de espectro radioeléctrico u
otros.
RESPUESTA
La ANE agradece la aclaración presentada y la considera pertinente, por lo cual, se
revisará y se realizará el ajuste respectivo en el plan de acción.
10. En concordancia con el cuarto eje expuesto en la parte introductoria del
documento, el cual se refiere a los esfuerzos de la ANE para lograr espectro para todos
los colombianos, es importante que esta entidad establezca una iniciativa encaminada a
satisfacer las necesidades de un grupo significativo de usuarios en el país, quienes
tienen necesidades adicionales que no se limitan a los servicios soportados en
tecnologías IMT, esto es, servicios diferentes a los contemplados en el Plan Vive Digital,
para los cuales es importante igualmente contar con asignación de ERE no IMT.
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RESPUESTA
La ANE desde el 2011 ha venido trabajando en el desarrollo de un proyecto que
determine las mejores posibilidades de atribución del espectro para todos los servicios
radioeléctricos de manera que se establezcan estrategias que aseguren decisiones
objetivas y predecibles en el corto, mediano y largo plazo. En este sentido, durante el
2012 el proyecto llamado “Plan Maestro de Administración de Espectro” incluirá diversas
discusiones con el sector que ayudarán a la toma de decisiones mediante la activa
participación de los usuarios y los interesados y en donde existirá la oportunidad para
presentar las necesidades de espectro por parte de los diferentes usuarios del espectro.
11. En cumplimiento con los principios orientadores de la Ley 1341 de 2009,
específicamente en el de neutralidad tecnológica, es importante que la ANE alinee
sus pilares, objetivos e iniciativas con el espíritu de dicha Ley, el cual es habilitar de
manera general la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, evitando
condicionar el espectro asignado a alguna clasificación de servicios o tecnologías a las
cuales ya no se refieren las normas de telecomunicaciones.
En este último aspecto es importante mencionar que la ANE explore mecanismos de
asignación de ERE (no catalogado como IMT por el Ministerio), dentro del marco de la
ley, los cuales permitan su asignación de manera ágil y accesible para aquellos
proveedores que están interesados en operar redes y prestar servicios diferentes a los
clasificados como IMT, esto es, aquellas franjas del espectro que no presentan una alta
demanda en el mercado nacional. De esta forma se eliminaría la discriminación actual
para proveedores de tecnologías en lo referente a las contraprestaciones por uso de
espectro catalogado como no IMT, las cuales resultan mayores a las denominadas IMT.
RESPUESTA:
La ANE, en conjunto con el Ministerio de TIC está trabajando en la implementación de
mecanismos que agilicen el acceso al uso del ERE en las diferentes bandas de
frecuencias. Para ello, se está trabajando tanto en la modernización de los
procedimientos, así como en el desarrollo de herramientas de gestión y administración
que permitan realizar estudios de ingeniería de espectro confiables, de forma que se
optimice la asignación de frecuencias.
Es importante resaltar, que si bien es cierto la habilitación general permite que los
concesionarios provean tanto redes como servicios de telecomunicaciones, dicha
autorización está sujeta a la atribución que estipula el Cuadro Nacional de Atribución de
Bandas de Frecuencias (CNABF) en concordancia con las recomendaciones de la
Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
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12. Con el fin de asegurar la libre competencia es importante que la ANE revise los
mecanismos de adjudicación del ERE, evitando la concentración en aquellos
participantes que tienen una gran capacidad financiera y aún se encuentran por debajo
del límite de espectro asignado por el Ministerio, lo que impide en la práctica la
participación de nuevos actores en el sector de las telecomunicaciones en el país.
RESPUESTA:
Teniendo en cuenta que la asignación de espectro IMT podría tener alguna incidencia
en las condiciones del mercado, el Ministerio TIC, la CRC y la ANE hemos venido
trabajando en conjunto para el análisis y la definición de los requisitos para participar en
los procesos de asignación del espectro para IMT. Cada entidad, desde sus
competencias, experiencia y conocimientos apoyan a esta entidad para que la forma en
que se estructuran los procesos para asignación de los permisos resulten beneficios
para el sector y particularmente se vean reflejados en beneficios para el usuario final.
13. Numeral 1.1.1. Dimensión estratégica I: asignación de espectro para IMT,
Objetivo Estratégico: Se debe tener en cuenta el efecto que tiene en el mercado la
asignación de espectro IMT con la presencia de un operador dominante. En esta
medida, además de masificación se debería incluir competencia, calidad y precio de los
servicios como parte del objetivo de asignar nuevas bandas, lo cual redundaría en el
beneficio del consumidor.
RESPUESTA:
Teniendo en cuenta que la asignación de espectro IMT podría tener alguna incidencia
en las condiciones del mercado, el Ministerio TIC, la CRC y la ANE hemos venido
trabajando en conjunto para el análisis y la definición de los requisitos para participar en
los procesos de asignación del espectro para IMT. Cada entidad, desde sus
competencias, experiencia y conocimientos apoyan a esta entidad para que la forma en
que se estructuran los procesos para asignación de los permisos resulten beneficios
para el sector y particularmente se vean reflejados en beneficios para el usuario final.
14. 1.1.2. Dimensión estratégica I: asignación de espectro para IMT, Iniciativas
estratégicas, Migraciones y Asignación de Espectro IMT: Cuando se abrió el
proceso de asignación adicional de espectro en la banda de 1900 MHz, en la cual sólo
participaron los incumbentes, la ANE publicó fechas y metas específicas para los
procesos de 2.5 GHz y AWS en el documento “Políticas de Asignación de Espectro IMT”
de julio de 2011, mientras que en este nuevo documento se habla de periodos abiertos
y extensos. Avantel solicita que se vuelva a especificar claramente cuáles son las
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fechas y no se dilate la asignación adicional en beneficio de los operadores
establecidos.
RESPUESTA:
Conscientes de la importancia que tiene para los diferentes actores del sector realizar
una adecuada planeación de sus inversiones, el Ministerio de TIC incluirá en el borrador
de Resolución para la estructuración de los proceso un artículo con el cronograma más
probable para el desarrollo del proyecto, para el proceso en cuestión, dicho borrador se
estará publicando próximamente. Hay que tener en cuenta que la definición del
cronograma no se genera en beneficio de algunos actores. Por el contrario, la misma
responde a los tiempos requeridos por el Ministerio de TIC y la ANE para adelantar el
proceso con los análisis requeridos, con la publicación de los borradores de las
condiciones de participación y con los mecanismos de participación del sector que
permitan la asignación del recurso en condiciones de transparencia.
15. Numeral 1.2.1 Dimensión estratégica II: Objetivo Estratégico: Circunscribir el
objetivo estratégico sólo a lo social, deja de lado factores como lo económico y
productivo. Avantel considera que “las políticas, lineamientos y estrategias” tengan en
cuenta igualmente en cuenta dichos factores y en esta medida faciliten la entrada de
nuevos jugadores que impulsen nuevas tecnologías con mejor calidad y servicio.
RESPUESTA:
La Agencia Nacional del Espectro busca desarrollar proyectos integrales que
contemplan diversas perspectivas desde un punto de vista técnico, económico, político y
social con el fin de promover un uso eficiente del espectro que beneficie a los usuarios
del espectro y a la comunidad en general. Es así, como se estructuran sus procesos de
asignación de espectro, buscando mecanismos que garanticen igualdad de
oportunidades tanto para nuevos proveedores de redes y servicios como para los ya
establecidos, para lo cual también genera los espacios necesarios para la realización de
un trabajo conjunto con otras entidades como la CRC y el Ministerio de TIC.
COMENTARIOS PRESENTADOS POR UNE
16. La generación de una política de manejo de espectro radioeléctrico es esencial
para el país en la medida en que permitirá la masificación de banda ancha, la garantía
de continuidad de servicios de los usuarios y el desarrollo eficiente del mercado de
telecomunicaciones en Colombia. Esta se vuelve el derrotero fundamental que debe
guiar el plan de acción en materia de espectro.
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Esta visión enmarcó la consulta elevada por la ANE del Documento de Política ERE en
el pasado mes de junio de 2011; proceso de consulta que, con la consideración de los
comentarios del sector, sería la base para el establecimiento de la política de espectro
radioeléctrico desde la identificación de unos objetivos estratégicos sobre cuatro puntos:
(i) Perspectiva, planeación y gestión del ERE; (ii) Enfoque regulatorio y de Mercado; (iii)
Vigilancia y Control; (iv) Espectro para todos los colombianos. La consolidación y
expedición de la política ERE es el trabajo previo que debe desarrollar la ANE.
En el corto plazo (un año) se espera la asignación de concesiones en las bandas 1,7-
2,1 GHz y 2,5 GHz y, en el mediano plazo (3 años), de la banda de 700 MHz. Estos
procesos representan la potencial asignación de 240 MHz de espectro, una cantidad
mayor al total de 222,5 MHz de espectro móvil asignado hasta ahora en Colombia. En
vista de ello, este es un momento idóneo para la política de administración de espectro
en el país refleje una visión estratégica a largo plazo.
En la pasada consulta y en varias oportunidades hemos mostrado como el enfoque
regulatorio y de mercado es un vector esencial para la definición de una visión de largo
plazo de la política ERE, aspecto en el cual nos permitimos profundizar en el documento
adjunto.
RESPUESTA:
Los comentarios del sector recibidos en la consulta pública para definir la política del
ERE, fueron tomados en consideración, razón por la cual la estructura planeada
inicialmente en la consulta pública, se modificó con el propósito de responder
adecuadamente a las necesidades del sector en temas relacionados con la optimización
de procesos de asignación, la agilización al acceso del uso del ERE, el crecimiento de la
infraestructura, el uso eficiente del ERE, la armonización y gestión de conocimiento del
mismo, el desarrollo de la banda ancha, mejores prácticas en los procesos de vigilancia
y control del ERE, revisión de la normatividad respectiva y el ERE como soporte para la
innovación, desarrollo técnico, social y económico del país.
El documento final trabajado en conjunto con el Ministerio de TIC y que presenta la
Propuesta de modelo de política de espectro radioeléctrico para Colombia será
enviada al ministerio, quien tiene la potestad para decidir sobre su adopción y
posteriormente será publicado en la página WEB de la ANE para conocimiento de todo
el sector.
17. Con base en este análisis, insistimos, debe revisarse el impacto potencial
de la entrega adicional de espectro sobre la dinámica competitiva del mercado de
telecomunicaciones, ya que una posición establecida en el mercado de voz es la
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puerta de entrada para que un operador móvil sea fuerte en el mercado de acceso a
Internet. Si se utilizan las necesidades de los operadores como el principal criterio para
la entrega adicional de espectro, se genera un ciclo vicioso que contribuye a la
perpetuación de fallas existentes en los mercados de servicios minoristas y/o que
pueden contribuir al surgimiento de nuevos problemas.
RESPUESTA
Teniendo en cuenta que la asignación de espectro IMT podría tener alguna incidencia
en las condiciones del mercado, el Ministerio TIC, la CRC y la ANE hemos venido
trabajando en conjunto para el análisis y la definición de los requisitos para participar en
los procesos de asignación del espectro para IMT. Cada entidad, desde sus
competencias, experiencia y conocimientos apoyan a esta entidad para que la forma en
que se estructuran los procesos para asignación de los permisos resulten beneficios
para el sector y particularmente se vean reflejados en beneficios para el usuario final.
En complemento a lo anteriormente indicado, la estructuración de las requisitos de
participación en la asignación de espectro también tienen en cuenta los lineamientos y
objetivos del Plan Vive Digital, el cual, dentro de la dimensión Infraestructura del
Ecosistema Digital, incluye múltiples iniciativas orientadas a que los proveedores de
redes y servicios en Colombia cuenten con los insumos necesarios para cumplir con la
meta de número de conexiones a Internet y dentro de dichos insumos se encuentra el
acceso al espectro radioeléctrico.
18. Adicionalmente, consideramos que la ANE es un agente primordial en la
estructuración, concertación y comunicación de una política de despliegue de
infraestructura TIC, que en la medida en que compagine la competitividad regional, la
reducción de la pobreza, el desarrollo urbano, el papel fundamental de las TIC como
impulsor de la reducción de la brecha digital, puede efectivamente convertirse en un
derrotero a seguir por las entidades nacionales y territoriales y en una base para que los
operadores de telecomunicaciones podamos seguir colaborando en el progreso
urbanístico y en la penetración de servicios para la reducción de la brecha digital y
social. Este proyecto consideramos debe tener una disposición de recursos en tiempo y
personas por parte de la ANE y catalogarse como una acción prioritaria en su programa
de trabajo.
RESPUESTA
Teniendo en cuenta la importancia del despliegue de infraestructura TIC, La Agencia
Nacional del Espectro (ANE), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (Ministerio TIC) y la Comisión de Regulación de Comunicaciones
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(CRC), han decidió unir esfuerzos para construir con las autoridades locales y con la
comunidad, una estrategia que permita el despliegue de inhfraestructura a través de un
Código de Buenas Prácticas, a través del cual se busca que los municipios ajusten su
normatividad y procesos de forma que faciliten la obtención de permisos para la
instalación de infraestructura TIC.
19. Finalmente, un tema que consideramos que se vuelve primordial para que
puedan cumplirse los objetivos del Gobierno en la masificación de servicios, es la
determinación de medidas que faciliten los procesos de migración del espectro, lo
que conlleva a que el MINTIC adopte dentro del ámbito de sus facultades, como se ha
realizado previamente, medidas que faciliten la asunción de los costos de reubicación y
el desarrollo de los procesos de migración, lo que sin lugar a dudas redundará en que
dichos procesos tomen un tiempo menor, considerando adecuadamente los derechos y
perjuicios que puedan sufrir los adjudicatarios de permisos en el uso del espectro
radioeléctrico y permitiendo asegurar la continuidad del servicio a los usuarios,
obligación de la cual es garante el Estado.
RESPUESTA
El Ministerio TIC, con el apoyo de la ANE, ha venido adelantando actividades tendientes
a fijar las condiciones necesarias para garantizar la limpieza de las bandas de
frecuencias que son reubicadas de forma que la ejecución de estos procesos. Se prevé
que en la medida en que se definan nuevas bandas que requieren ser reubicadas se
definan los procesos de migración más adecuados y acordes con las características de
ocupación de dichas bandas.
COMENTARIOS PRESENTADOS POR MOBILE MANUFACTURERS FORUM
20. En la página 11, incluído en e) párrafo "Campos Electromagnéticos, Salud y
Medio Ambiente" como una delas actividades principales, llama nuestra tención el
punto "Modificación de Ia normatividad sobre campos electromagnéticos (Ene - Jun
2012)", que interpretamos como una propuesta para cambio de Ias normas actualmente
vigentes en Colombia.
Así, teniendo en cuenta Ia lectura del Plan de Acción mencionado y tomados de cierta
preocupación, nos gustaría poder hacer algunos comentarios:
• En 7 de Mayo de 2004 MMF tuvo oportunidad de participar de un Foro promovido por
el Gobierno Colombiano, en Bogotá. Este seguramente fue el primero paso concreto
para Ia discusión abierta del tema, cuando se presentó para discusión un Proyecto de
Decreto Normativo.
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Después de amplia discusión con los varios componentes del extracto social del país,
ese Proyecto de Decreto Normativo resultó en el Decreto 195 de 31 de enero de 2005,
que fijó los procedimientos y trámites que deben ser tenidos en cuenta por Ias empresas
de telecomunicaciones a Ia hora de instalar estaciones radioeléctricas, con el fin de
limitar Ia exposición de Ias personas a los campos electromagnéticos.
En Ia elaboración del decreto participaron los Ministerios de Medio Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, Protección Social y Comunicaciones.
• Para Ia elaboración del decreto los Ministerios tuvieron en cuenta un estudio realizado
por Ia Universidad Javeriana sobre Ias principales nociones, conceptos, regulaciones
internacionales y recomendaciones en materia de radiación electromagnética producida
por servicios de telecomunicaciones.
EI estudio recomendó la adopción delos niveles de referencia de emisión de campos
definidos por Ia Comisión Internacional para la Protección de Ia Radiación lonizante,
ICNIRP (por sus siglas en inglés).
La ICNIRP es una entidad asesora de Ia Organización Mundial de la Salud (OMS), Ia
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Ia Unión Europea. En 1998 expidió y
revisa con frecuencia las pautas para limitar la exposición a campos eléctricos,
magnéticos y electromagnéticos. Estos mismos: límites máximos de exposición fueron
adoptados por Ia Unión Internacional de Telecomunicaciones y expedidos en su
recomendación UIT-T K52.
Después de su definición en 1998, Ia recomendación formal inicial de Ia OMSIICNIRP
ha pasado por frecuentes revisiones de alto rigor científico y ha sido reiteradamente
confirmada.
• Desde 2004 Colombia ha seguido Ias normas y límites de exposición de Ia ICNIRP
recomendadas por Ia OMS, Ia mayor y más independiente autoridad internacional ligada
al tema y de Ia cual Colombia es miembro formal Después de esas revisiones Ia OMS,
así como otras organizaciones científicas internacionales independientes, sigue
afirmando textualmente que: 'Teniendo en cuenta los muy bajos niveles de exposición y
los resultados de investigaciones reunidos hasta el momento, no hay ninguna prueba
científica convincente de que Ias débiles señales de RF procedentes de Ias estaciones
de base y de tas redes inalámbricas tengan efectos adversos en Ia salud."
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• Los límites de exposición de IGNlRP recomendados por la OMS ya incluyen una
margine de seguridad de 50 veces, el que resulta de Ia adopción del Principio
Precautorio, aplicado cuando de su definición.
Las normas nacionales vigentes en Colombia están hoy en perfecta armonía con Ias
recomendaciones formales de Ia OMS, UIT - Unión Internacional de
Telecomunicaciones y CITEL - Comisión Interamericana de Telecomunicaciones.
• Más de 30 países en todo el mundo, incluyendo aquellos reconocidos como los más
avanzados en temas relacionados a la de salud y el medio ambiente, adoptaran y
mantienen las normas recomendadas por Ia OMS/lCN'IRP.
Considerando Ias observaciones arriba enunciadas, estamos seguros que Colombia
tiene hoy normas y límites avanzados, en perfecta consonancia con Ias últimas
revisiones elaboradas por organizaciones científicas reconocidas como Ia OMS, el que
torna desnecesaria la "Modificación de Ia Normatividad sobre campos
electromagnéticos" apuntada en el plan.
De Ia lectura del Plan nos fue posible notar una aparente y legitima preocupación con
una mayor diseminación de información sobre el tema, tanto al nivel del público en
general como de Ias autoridades federales, provinciales y municipales no
especializadas.
Hemos encontrado ese tipo de preocupación en varios países de latinoamérica y
proporcionado apoyo voluntario a sus respectivos oficiales de gobierno, para la
elaboración de bien sucedidos programas de actividades de comunicación.
Básicamente, eses programas consisten en visitas de científicos de Ia OMS -lCNIRP,
además de su intensiva exposición a los diferentes públicos interesados (oficiales
federales, provinciales, municipales, público en general), a través de seminarios
dirigidos y de los medios de comunicación social.
Nos colocamos a disposición de los oficiales de ANE y esperamos con interés por una
oportunidad para discutir en detalle nuestros comentarios.
RESPUESTA
Las actividades que se ha previsto llevar a cabo como parte del proyecto mencionado
obedecen a la necesidad de implementar mecanismos novedosos para llevar a cabo el
control de las radiaciones electromagnéticas con el concurso de las entidades
municipales y departamentales con el objetivo que su aplicación sea mucho más
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eficiente y unificada en todo el territorio. Con esto se busca promover el despliegue de
infraestructura y para ello se tiene como base la normatividad vigente sobre la materia.
COMENTARIOS PRESENTADOS POR NOKIA
21. En representación de Nokia Siemens Networks, nos gustaría de felicitar a la
Agencia Nacional del Espectro (ANE) por su iniciativa de elaborar un Plan de
Acción para el año de 2012, en actualización a las actividades del pasado Plan de
2011, alineado a las directrices presentadas en el Plan Vive Digital del Ministerio de
Tecnologías de Información y las Comunicaciones (MinTIC) para el periodo de 2010-
2014 con fines de soportar el desarrollo del sector de comunicaciones.
El espectro radioeléctrico es un insumo esencial en el desarrollo del sector de
comunicaciones móviles y notoriamente en la banda ancha móvil. La planeación
estratégica del uso eficiente del espectro a lo largo de los años refleja la seriedad del
trabajo del gobierno para garantizar la disponibilidad del espectro necesario para la
permanente evolución de las redes de comunicaciones y la masificación de sus
servicios, fundamentales en el desarrollo de las naciones.
La asignación de bandas IMT alineadas a la Unión Internacional de Telecomunicaciones
(UIT), permite el mejor uso del espectro, garantizando la existencia de desarrollos
tecnológicos futuros y las economías de escala que al final se traducen en menores
costos para los operadores y mejores tarifas para los usuarios, contribuyendo así a la
masificación del acceso en banda ancha móvil.
La clara definición de los planes de acción y estrategia de corto y mediano plazo para
las comunicaciones ofrece total transparencia al mercado, así como transmite seguridad
y confianza a los diferentes jugadores del mercado para que desarrollen con la
necesaria anticipación sus propios planes y proyectos, y de esta manera atiendan
óptimamente los requerimientos del gobierno.
Con relación al punto “Modificación de la normatividad sobre campos
electromagnéticos”, presentado en la página 11, como una de las principales
actividades a ser desarrollada hasta Junio de 2012, dentro del ítem “Campos
electromagnéticos, salud y medio ambiente” del numeral “1.2.2. Iniciativas estratégicas”,
mismo sin saber en detalles las implicaciones de la propuesta, gustaríamos de expresar
nuestros comentarios y preocupaciones:
· En 1998, la Comisión Internacional para la Protección de las Radiaciones No-
Ionizantes (ICNIRP), entidad asesora de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y
de la organización Internacional del Trabajo (OIT), publicó las pautas con los límites
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máximos seguros a los seres humanos con relación a la exposición a campos eléctricos,
magnéticos y electromagnéticos.
· Los límites de OMS/ICNIRP han incorporado el Principio de Precaución, incluyendo
una margen de seguridad de 50 veces, o sea, los límites máximos recomendados son
50 veces abajo del límite máximo seguro para los seres humanos.
· Desde 1998, periódicamente, la OMS/ICNIRP revisa los límites, cuyos valores han
sido confirmados a través de los años.
· Los mismos límites fueron adoptados por la Unión Internacional de telecomunicaciones
(UIT) en su Recomendación UIT-T K 52.
- La Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) por su Recomendación
12 del Comité Consultivo Permanente II (VI/2005) he también indicado la adopción de
los límites de OMS/ICNIRP por los países de las Américas. La mayoría de los países de
la región han seguido esta recomendación.
· Colombia sigue los límites de OMS/ICNIRP, alineada al estado de la arte de los
estudios realizados dentro del más alto rigor científico, siempre verificados
periódicamente.
Creemos por lo tanto que los límites máximos de emisiones electromagnéticas hoy
adoptados en Colombia no deberían ser cambiados.
Desde ya manifestamos nuestro interés en participar del congreso de espectro
organizado por la ANE bien como colaborar con el Comité Nacional del Espectro donde
sea posible.
RESPUESTA
Las actividades que se ha previsto llevar a cabo como parte del proyecto mencionado
obedecen a la necesidad de implementar mecanismos novedosos para llevar a cabo el
control de las radiaciones electromagnéticas con el concurso de las entidades
municipales y departamentales con el objetivo que su aplicación sea mucho más
eficiente y unificada en todo el territorio. Con esto se busca promover el despliegue de
infraestructura y para ello se tiene como base la normatividad vigente sobre la materia.