Para el caso de la liberación al ambiente
(artículos 42 al 59 LBOGM)
Para obtener el permiso de liberación experimental. Se requiere
Autorización la Secretaría de Salud en los casos en el que el
OGM tenga finalidades de salud pública o biorremediación.
Para obtener el permiso de liberación en programa piloto, se
requiere Autorización en los casos de uso o consumo humano.
Para el permiso para liberación comercial al ambiente
Conlleva la Autorización de comercialización expedida por la
Secretaría de Salud.
Usos de los OGM -según la LBOGM-
INOCUIDAD DE LOS ORGANISMOS GENÉTICAMENTE
MODIFICADOS DESTINADOS PARA SU USO Y
CONSUMO HUMANO
“Webinar sobre el Régimen de Avisos y Fomento a la Investigación con
Investigadores Nacionales”
1 de septiembre 2015, Ciudad de México, D.F.
ÁMBITO DE COMPETENCIA (producción, comercialización, importación, exportación y publicidad)
Medicamentos y
tecnologías
para la salud
• Aparatos y dispositivos• Medicamentos• Tejidos• Trasplantes• Servicios de Salud
Salud ocupacionalRiesgos derivados de
factores ambientales
Saneamiento básico
SISTEMA FEDERAL DE PROTECCIÓN SANITARIA
Sustancias tóxicas o
peligrosas
• Plaguicidas• Fertilizantes• Precursores químicos• Químicos esenciales
Productos diversos
• Alimentos• Bebidas• Tabaco• Perfumería y belleza
• Biotecnológicos
¿De dónde emana el marco regulatorio en Salud
relacionado con la Bioseguridad de los Organismos
Genéticamente Modificados?
1963
CODEX ALIMENTARIUS
Creado por la Organización para la
Agricultura y la Alimentación (FAO) y la
Organización Mundial de la Salud (OMS).
Propósito protección de la salud de los
consumidores, asegurar unas prácticas
de comercio claras y promocionar la
coordinación de todas las normas
alimentarias acordadas.Principales consultas internacionales sobre evaluación de la
inocuidad de las alimentos obtenidos de plantas ADN
recombinante (1990-2003) COMISIÓN DEL CODEX 2000, 2001,
2002, 2003 EN CHIBA Y YOKOHAMA JAPÓN. INFORME DE
REUNIÓN DEL GRUPO DE ACCION INTERGUBERNAMENTAL
SOBRE ALIMENTOS OBTENIDOS POR MEDIO
BIOTECNOLÓGICOS
(www.codexalimentarius.net/input/download/report/46/al0334As
.pdf)
2003. Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología.. Establece en su
artículo 11 y anexo II el procedimiento para OVMs destinados a consumo humano
animal y el procesamiento.
Marco regulatorio en Salud relacionado con los Organismos Genéticamente Modificados aNivel Internacional.
AÑO ANTECEDENTES
1984.
1989-
1994
Ley General de Salud. Artículo 282 bis 1.- Se deberá notificar a la Secretaría de
Salud, de todos aquellos productos biotecnológicos o de los derivados de éstos, que se
destinen al uso o consumo humano.
Plan Nacional de Desarrollo. Señala que el objetivo mas amplio de la política de la
Salud, asistencia y seguridad social persigue impulsar la protección a todos los
mexicanos.
1999. Decreto de formación de (CIBIOGEM). SAGARPA, SEMARNAT, SALUD SEP, SHCP,
ECONOMÍA Y CONACyT
2005. Ley de Bioseguridad de OGM. se publica en el DOF el 18 de marzo. Adecuación
de regulación de instancias competentes
2008. Reglamento de la LBOGM. Con el objeto de reglamentar la Ley de Bioseguridad de
OGMs, a fin de proveer a su exacta observancia.
Marco regulatorio en Salud relacionado con los Organismos Genéticamente
Modificados a Nivel Nacional.
Objeto de la Ley LEY DE BIOSEGURIDAD
DE OGMs en Salud:
Regular las actividades con OGMs para
prevenir, evitar o reducir los posibles
riesgos a la salud humana que puedan
ocasionar los alimentos obtenidos de
Organismos Genéticamente Modificados.
El artículo 16 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente
Modificados señala:
Corresponde a la Secretaría de Salud el ejercicio de las siguientes
facultades en relación con los OGMs:
Fracción II. Evaluar caso por caso los estudios que elaboren y presenten los
interesados sobre la inocuidad y los posibles riesgos de los OGMs sujetos a
Autorización en los términos de Título Quinto de la Ley sobre la Protección de la
Salud Humana en relación con los OGMs. (Requisitos artículo 31 del reglamento de
la LBOGM).
Fracción III. Resolver y expedir las Autorizaciones de OGMs a que
se refiere la fracción II.
Contenido
De acuerdo a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
(LBOGMs), la Inocuidad es la evaluación sanitaria de los Organismos
Genéticamente Modificados que sean para uso o consumo humano o para
procesamiento de alimentos para consumo humano, cuya finalidad es garantizar que
dichos organismos no causen riesgos o daños a la salud de la población. (Art. 3
numeral XIV de la LBOGM)
• La evaluación de la inocuidad es, fundamental, el primer paso en la
identificación de cualquier peligro asociado a los alimentos, tras lo cual se evalúan
los riesgos para la salud humana con bases científicas y en el enfoque de
precaución.
Contenido
La Evaluación del Riesgo es el proceso por el cual seanalizan caso por caso, con base en estudios fundamentadosen la evidencia científica y técnica actualizada, que deberánelaborar los interesados; de los posibles riesgos a la saludhumana, dirigida a la comparación entre el alimentogenéticamente modificado y su homólogo convencional, yestudios de toxicidad, alergenicidad, moleculares ynutricionales.
Artículo 60 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados(LBOGM).
Análisis de
riesgos
Evaluación de
riesgos
Manejo de
riesgos
Comunicación
de riesgos
Identificación del peligro
Caracterización de la
exposición
Evaluación de los efectos
adversos
Estimación de los riesgos
Reducir el riesgo.
Vigilancia
Consumidores, industria
y otras partes interesadas
¿Por qué es importante evaluar
los riesgos de los OGMs?
13
Importante evaluar los riesgos de los OGMs
• Proteína de la nuez de
Brasil (albumina 2S)
rica en metionina.
Ocasionó reacciones
alérgicas muy fuertes.
Nunca se comercializó.
Nordlee et al 1996. The New England Journal of Medicine 234, 688-692.
Reacciones de los extractos de soya
transgénica, de soya no transgénica y
de la nuez de Brasil en un individuo
alérgico a las nueces de Brasil.
Soya Glycine max
OGMs DE POSIBLE RIESGO A LA SALUD
Existe consenso en la comunidad científica nacional que las
plantas comestibles y de manera específica el maíz, no debe
modificarse genéticamente para que produzca: sustancias de
interés industrial, tales como plásticos productos
farmacéuticos (vacunas, hormonas, anticuerpos).
Riesgos:
• Contaminación a cultivos destinados para la alimentación humana
• toxicidad a los consumidores
Beneficios previstos:
• mayor producción
• menor costo
Decker y Reski. 2007. Bioprocess Biosyst Eng (en prensa). DOI 10.1007/s00449-007-0151-y
19
• Nivel Molecular: Caracterización de la modificación
genética. Introducción del material genético. Métodos de
Detección e Identificación.
• Consiste en analizar la estabilidad del inserto cuyas
características genotípicas y fenotípicas deseadas
permanecen en varias generaciones con herencia de
tipo Mendeliano. Número de copias
• Se da seguimiento a la planta en varias generaciones
para identificar que el gen insertado está presente.
Requisitos: Información que deberá adjuntarse (Art. 31 del Reglamento de la
LBOGM).Información científica y técnica relativa a la inocuidad del OGM:
• Estudios completos de Toxicidad aguda, subcrónica y crónica,
que cumplan con los lineamientos de la OECD.
• Aguda: Calculando la DL50 para conocer si la proteína a
través de un mecanismo agudo provoca toxicidad.
• Subcrónica: Calculando NOEL y/o NOAEL
• Crónica: Se requiere cuando se suponga o evidencie algún
riesgo a largo plazo en la salud.
• Estudios completos de Alergenicidad: Homología de secuencia aa;
efecto pH; Estabilidad frente al calor.
• Homología de secuencias de la proteína recombinante expresada y
alérgenos conocidos (base de datos).
• Efecto del pH o digestión enzimática, donde se compara la
velocidad de degradación de la proteína recombinante, donde se
asegura que se degrada la proteína en un menor tiempo (factor de
alergenicidad).
• Estabilidad frente al calor, se analiza que la proteína se degrade
(que no sea estable) ante ciertas temperaturas (factor de
alergenicidad).
• Modificación postraduccional.
• Análisis de reactividad cruzada de IgE, entre la proteína
recombinante y un alergeno conocido.
SÍ NO
¿La nueva proteína tiene homología con proteínas alergénicas?
¿El organismo donante es fuente de proteínas alergénicas?
PARAR: Se requiere OGM no
alérgeno
Alérgeno
Continúa con la evaluación
No Alérgeno
¿Existe un riesgo importante de que la nueva proteína sea alergénica?
Reactividad cruzada de IgE entre la proteína de nueva expresión y un alérgeno conocido
SÍNO
a) Resistencia a la pepsinab) Resistencia al pH
c) Resistencia al calor
SÍ NO
SÍ NO
SÍ NO
• Árbol de decisión
para la evaluación
de alergenicidad
• Principio de Equivalencia Substancial: Misma composición entre el OGM y su
equivalente no modificado genéticamente
Ley de bioseguridad de Organismos Genéticamente ModificadosARTÍCULO 101.- “Los OGMs o productos que contengan organismos genéticamente modificados, autorizados
por la SSA por su inocuidad en los términos de esta Ley y que sean para consumo humano directo, deberán
garantizar la referencia explícita de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta la
información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales, en aquellos casos en que estas
características sean significativamente diferentes respecto de los productos convencionales…”
• La política de la FDA sobre etiquetado de un alimento, se aplica si la ausencia de la información
conlleva un riesgo para la salud. La FDA no requiere el etiquetado de un alimento basado en el
procedimiento de modificación genética usado en el desarrollo de cultivos, debido a que tal
etiqueta sólo puede servir para confundir y generar falsa alarmar a los consumidores.
http://www.aaas.org/sites/default/files/AAAS_GM_statement.pdf
Estudios de composición nutricional
• Garantizar que un alimento, así como cualquier substancia que haya sido
introducida en él como resultado de la modificación genética, sea tan inocuo y
no menos nutritivo que su homólogo convencional
COMPOSICIÓN QUÍMICA DEL
PRODUCTO
MineralesÁcidos grasos
AminoácidosMetabolitos secundarios
Vitaminas
AntinutrientesÁcido fítico, flavonoides
Forraje
Grano
HumedadCenizas
Carbohidratos Fibra contenido de
lignida y celulosa
Demostrar que no ha habido cambios no intencionales de los niveles de los principales nutrientes esenciales,
sustancias tóxicas naturales o antinutrientes, ni de la biodisponibilidad de nutrientes.
Contenido
Los que se destinen
a su uso o consumo
humano, incluyendo
granosLos que se
destinen al
procesamiento de
alimentos para consumo humano
Los que tengan
finalidades de salud pública
Los que se
destinen a la biorremediación
OGMs objeto de autorización
(LBOGM Art. 91)
• Quienes pretendan obtener una Autorización para Comercialización
e Importación para su comercialización de OGMs a que se refiere el
artículo 91 al 98 de la Ley de Bioseguridad de OGMs deberán
presentar ante SALUD, una solicitud por escrito acompañada de la
información a que se refiere los artículos 23 al 32 del Reglamento
de la Ley de Bioseguridad de OGMs. (Requisitos)
Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, México D.F., C.P. 03810Tel. 5080-5200 , 01 800 033 50 50, www.cofepris.gob.mx
Proceso de Autorización
(Ruta crítica)
Recepción
CENTRO INTEGRAL DE
SERVICIOS
(CIS)
Recepción y Revisión (30 días hábiles Art. 28
RLBOGM)
Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos
(CEMAR)
¿Información
Completa?
Evaluación de Riesgo caso por caso, y Entrega de
Reporte Técnico, en 6 Meses máximo, Art. 95
LBOGM (CEMAR)
Ingreso de Solicitudes
(PROMOVENTE)Envío a CIS para Prevenir a
Promovente, (Respuesta en 20 días
hábiles, Art. 29 RLBOGM)
¿Se atendió
la
prevención?
Se reinicia el plazo de
6 meses para emitir
Autorización
(Art. 29 RLBOGM)
Se desecha el
trámite
(Art. 29
RLBOGM)
Emisión de Autorización
(CAS)
Recepción de
Autorización
(CIS)
Obtención de Autorización para
Comercialización e Importación
para su comercialización de
OGMs
(PROMOVENTE)
Envío para su registro a
CIBIOGEM
(Art. 94 LBOGM, Art. 55, 56
frac. I, Art. 58 RLBOGM)
CEMAR* recibe Autorización
y envía a CIS
Si
Si
No
No
*CEMAR actualiza la lista de autorizaciones y la publica en http//www.cofepris.gob.mx
DOCUMENTO:
“AUTORIZACIÓN PARA LA COMERCIALIZACION E IMPORTACIÓN PARA SU
COMERCIALIZACIÓN DE ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS”
EMITIDA POR LA SECRETARIA DE SALUD
• El particular cubre el costo del tramite (Formato Oficial: cofepris-09-013)
• La Autorización se emite en un plazo equivalente a 6 meses
• Los formatos de solicitud pueden ser consultados en la siguiente liga:
• http://www.cofepris.gob.mx/TyS/Paginas/Tramites%20y%20Servicios%20por%20tipo/A
utorización/Autorizacion.aspx .
PREVENCION EN EL CASO:
• Si falta algún estudio que demuestre su
inocuidad.
• si le faltan los protocolos de identificación y
detección y primers
• Los controles positivos y negativos (500 gr
de harina)
• La carta de autorización del país de origen
• Solicitud de autorización
DESECHO:
• Si se demuestra que existe riesgo a la
salud
• Si contiene información falsa
• Si no está completa, la respuesta a la
prevención.
Desde 1995 a la fecha, al Secretaria de Salud ha evaluado
la inocuidad alimentaria de 146 eventos Genéticamente
modificados, de los cuales 70 son de maíz (Zea mays), y
otorgado la autorización para su comercialización con fines
de uso o consumo humano.
70
33
22
91 1 3 3 4
CULTIVOS UTILIZADOS PARA LA GENERACIÓN DE OGMS, AUTORIZADOS POR LA
COFEPRIS, 1995-2015*
Maiz (Zea mays) Algodón (Gossypium hirsutum)
Soya (Glycine max) Canola (Brassica napus)
Remolacha (Beta vulgaris) Arroz (Oryza sativa)
Alfalfa (Medicago sativa) Jitomate (Lycopersicum esculentum)
Papa (Solanum tuberosum)
* Datos a Septiembre de 2015.
Fuente: Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos de la COFEPRIS..
Autorizaciones OGMs en México
Cultivar
Número de
solicitudes
Autorizadas
Cultivar
Número de
solicitudes
Autorizadas
Maíz
(Zea mays )70
Algodón
(Gossypium spp)33
Soya (Glycine
max)22
Canola (Brassica
napus)9
Jitomate
(Lycopersicum
esculentum)
3Papa (Solanum
tuberosum)3
Alfalfa (Medicago
sativa)4
Arroz (Oryza
sativa)1
Remolacha (Beta
vulgaris) 1 Total
146
Autorizaciones
http://www.cofepris.gob.mx/AZ/Paginas/OGMS/OGMS.aspx
La información de las Autorizaciones, el Procedimiento de Evaluación y la lista
de inocuidad de Organismos Genéticamente Modificados destinados al uso o
consumo humano, Procesamiento de alimentos, Biorremediación y Salud
Pública, pueden ser consultados en la página de la COFEPRIS en la siguiente
liga:
Compañía Nombre, identificación del evento y
característica conferida
Organismo
receptor
Organismos
donantes
Genes introducidos Fecha de
Autorización
1.- Calgene, S.A. de C.V. Jitomate (Lycopersicum esculentum) de
maduración retardada y resistencia a
kanamicina
Jitomate Flavr Savr™
Jitomate (Lycopersicum
esculentum)
a) Lycopersicum
esculentum
b) E. coli
a) Gen pg., de
poligalacturonasa en anti
sentido, del jitomate
b) Gen ntpII (neomicina fosfo-
transferasa tipo II)
Febrero 14,1995
2.- Monsanto
Comercial,
S.A. de C.V.
Papa (Solanum tuberosum) resistente a
coleópteros
Papa (Solanum
tuberosum)
a) Bacillus thuringiensis
subsp tenebrionis
b) E. coli
a) Gen cryIIIA de Bacillus
thuringiensis subsp
tenebrionis
b) Gen ntpII (neomicina fosfo-
transferasa tipo II)
Marzo 20, 1996
3.- Monsanto
Comercial,
S.A. de C.V.
Algodón (Gossypium hirsutum) resistente a
insectos lepidópteros
Algodón Bollgard
Identificador OECD: MON-531-6
Algodón (Gossypium
hirsutum)
a) Bacillus thuringiensis
subsp kurstaki
b) E. coli
a) Gen cryIAc de Bacillus
thuringiensis subsp kurstaki
b) Gen ntpII (neomicina fosfo-
transferasa tipo II)
Septiembre 18, 1996
4.- Monsanto
Comercial,
S.A. de C.V.
Canola (Brassica napus) tolerante al herbicida
glifosato
Canola Roundup Ready®
RT73 Canadá/GT73 EU
Identificador OECD: MON-73-7
Canola (Brassica
napus)
a) Agrobacterium sp.
cepa 4
b) E. coli
a) Gen epsps (5-
enolpiruvilshikimato 3-fosfato
sintasa de Agrobacterium sp.
cepa 4.
b) Gen ntpII (neomicina fosfo-
transferasa tipo II)
Septiembre 18, 1996
LISTA DE EVALUACIÓN DE INOCUIDAD CASO POR CASO DE LOS ORGANISMOS
GENÉTICAMENTE MODIFICADOS. COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA
RIESGOS SANITARIOS, COFEPRIS-SECRETARÍA DE SALUD.
Primera generación (1990 al presente):
Control de insectos y malezas en maíz, soya, algodón, canola , alfalfa etc).
• Cultivos resistentes a herbicidas (glifosato, glufosinato entre otros)
• Cultivos Bt (expresan a la toxina Cry de la bacteria Bacillus thuringiensis)
Modificaciones genéticas a los cultivos agrícolas comerciales
0
10
20
30
40
50
60
70
8071
57
49
31
84 4 3 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1N
úm
ero
de
solic
itu
des
rec
ibid
as
Fenotipo de interés
Fenotipos utilizados en la construcción de OGMs
Roundup = glifosato
¿Qué es el glifosato?
Es un aminofosfonato, análago de la glicina, un aminoácido protéico.
O
O
OP CH2 NH CH2 COO
N-(fosfonometilo) glicina
Cultivos resistentes a herbicidas
¿Resultado?… agotamiento de las
reservas de amino ácidos aromáticos,
vitaminas, ligninas, alcaloides,
compuestos fenólicos y muerte.
triptofano
fenilalanina
tirosina
Williams et al. 2000. Regulatory Toxicology and Pharmacology 31: 117-165.
Eritrosa 4-fosfato Fosfoenol
-piruvato3-dehidroxiarabino-
heptulosonato-7-fosfato
5-dehidroshiquimatoshiquimato3-enolpiruvilshiquimato-
5-fosfato
EPSPS
Corismato
Antranilato
Prefenato
5-dehido-
quinato
~20% del carbono fijado
El glifosato inhibe a la enzima
enol-piruvil-shiquimato fosfato
sintasa (EPSPS)
y, por lo tanto, la síntesis de los
aminoácidos aromáticos esenciales en
las plantas. No se encuentra presente
dentro de la planta
El mecanismo de acción del glifosato en lasplantas.
Herbicida
Paraquat
Triclopyr
2,4-D
Pendimethalin
Atrazine
Glifosato
Imazaquin
LD50 *
100
630
666
1050
3090
4900
> 5000
Químicos de uso común
para la población general
Nicotina
Cafeína
Blanqueador
Paracetamol
Amonia (10%)
Codeína
Sal de mesa
LD50 *
9
192
192
338
350
427
3000
Ferrel et al. 2006. Documento PI-133, Pesticide Information Office, Florida Cooperative Extension Service, Institute of
Food and Agricultural Sciences, University of Florida.(http://edis.ifas.ufl.edu/PI170)
* mg/Kg de peso.
Gra
do d
e to
xic
idad
menor
mayor
¿Qué es la toxina Bt?
Es una proteína producida en forma de cristal por Bacillus thuringiensis (Bt) denominada Cry,
y es utilizada como insecticida biológico para el control de plagas en la agricultura y en el
control de mosquitos vectores de enfermedades como la malaria y el dengue. Una
característica importante de la proteína Cry es que son altamente específicas e inocuas para
vertebradas y otros insectos no blanco.
Estudio en Sudáfrica entre pequeños propietarios que cultivan
algodón Bt1:
• Disminuyó la aplicación de piretroides
• No disminuyó la aplicación de organofosfatos
• Los aspectos económicos mejoraron ligeramente
Estudio en Argentina y algodón Bt2: Disminuyó la aplicación
de insecticidas en 50%
• Aumentó significativamente el rendimiento
• Los pequeños propietarios podrían tener mayores ventajas1 Hofsa et al. 2006. Crop Protection 25: 984-988
2 Qaim y Dejanvry. 2005. Environment and Development Economics 10: 179-200
Ventaja Menor aplicación de insecticidas químicos
Bravo et al .Appl Environ Microbiol. 1998 Dec; 64(12): 4965–4972.
La toxina Bt se ha usado ampliamente en la agricultura orgánica de los
USA durante más de cuarenta años
Se asperja en
las hojas
Se degrada
en el ambiente
en unos cuantos
días
Mecanismo de acción de las Proteínas Cry
Evidencia científica de la inocuidad de los
OGMs
Evidencias
• Pusztai et al, 2003: Alteraciones en peso corporal y nivel de triglicéridos en ratas
por el consumo de maíz genéticamente modificado: El maíz fue administrado a
dosis mayores a las cuales está expuesta la población.
• Séralini et al., 2012: Toxicidad del maíz línea NK603 por formación de tumores en
ratas. Retractado en 2013 por fallas metodológicas.
• Carman et al., 2013: Cerdos alimentados únicamente con maíz y soya transgénica
durante 22.7 semanas, La dieta con OGMs fue asociada con mayor irritación
gástrica y un ligero aumento de peso en el útero. Sin embargo, no demostraron
diferencias en la mortalidad, bioquímica sanguínea, peso, o consumo de alimento.
No demostraron la unión de la proteína con algún receptor de los tejidos en
estudio que determinara que el causante de los sintomas de irritación y aumento
de peso se debiera a la proteínas recombinantes.
Evidencias
• Snell et al., 2011: Un análisis de 12 estudios a largo plazo (Estudios
de toxicidad subcrónica), de OGMs demuestra que no hay evidencia
de riesgos a la salud asociados a su consumo.
• Ricroch et al., 2013: El análisis de 60 artículos sobre riesgos a la
salud por el consumo de OGMs y 16 estudios generacionales,
confirma que no existen nuevos riesgos por su consumo.
En ambas revisiones se consideraron como riesgos a la salud:
alergenicidad, toxicidad, carcinogenicidad, y mortalidad.
Tanto la Organización Mundial de la Salud, la Asociación Médica
Americana, la Academia de Ciencias de los Estados Unidos y la
Sociedad Real Británica, han llegado a la conclusión:
• Consumir alimentos que contienen ingredientes derivados de OGMs no es más
riesgoso que consumir los mismos alimentos que contienen ingredientes de
cultivos modificados por técnicas de mejoramiento convencional.
Así mismo, La Unión Europea:
• Ha invertido más de 300 millones de euros en investigación referente a
bioseguridad de OGMs, financiando más de 130 proyectos de investigación,
cubriendo un periodo de 25 años e involucrando más de 500 grupos independientes
de investigación a lo largo de los diferentes estudios, y también ha llegado a la
misma conclusión de que la Biotecnología, y en particular los OGMs, no son más
peligrosos que las técnicas convencionales de cruzamiento. (Snell et al., 2012)
• La Evaluación de riesgos previa a la comercialización, determina que el alimento es tan
seguro como su homólogo convencional. Por consiguiente, la posibilidad de que los efectos
a largo plazo fueran específicamente atribuibles a los alimentos genéticamente modificados
sería muy improbable. De hecho no habido casos de reporte sobre muertes provocadas por
OGMs.
• Esta Comisión analiza la aplicación de técnicas y desarrollo científicos en la generación de
los OGMs para garantizar un uso responsable y seguro de la biotecnología moderna.
• Esta Comisión evalúa el riesgo a la salud humana y No autoriza para la comercialización
OGMs que representen posibles daños a la salud, de conformidad con la Ley de Bioseguridad
de Organismos Genéticamente Modificados y su Reglamento, por lo que no se considera
como factor de riesgo el consumo de productos que contengan OGMs autorizados por la
COFEPRIS. Esta Autoridad se reserva las facultades que le otorga la ley para la revisión
posterior de esta autorización y evaluación del producto, de conformidad con los artículos 69
y 98 de la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados; 37 y 40 del
Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, en cuanto
a la reconsideración de las resoluciones, en cualquier momento y sobre la base de nueva
información científica o técnica acerca de los posibles que puedan provocar los OGMs a la
salud, podrán revisar las autorizaciones otorgadas y, en su caso, suspender o revocar dichas
autorizaciones.
Conclusiones
RETOS PARA LA EVALUACIÓN:
• La evaluación de OGMs generados a partir de nuevas tecnologías
como por ejemplo el RNA de interferencia (RNAi)
• La evaluación de riesgos de OGMs de consumo como: peces, y
mamíferos, entre otros.
• Sistemas de automatización de la evaluación de riesgos.
• Ampliar la comunicación de riesgos.
Cabe destacar que recientemente, las empresas
generadoras de los OGMs, presentan nuevos
desarrollos tecnológicos en donde utilizan genes
de interés de origen vegetal, usos de promotores
de origen vegetal, la eliminación de los genes que
codifican proteínas para la resistencia a
antibióticos y aplicación de nuevas tecnologías de
mejoramiento en el desarrollo de los OGMs