I
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
TRABAJO DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE
ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
TEMA:
“LA APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO
INTEGRAL PENAL EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS”
TUTOR:
Dr. Luis Santana Benavides Mgs.
AUTORA:
Chevez Rengifo Elina Auxiliadora
Guayaquil, Abril 2021
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FICHA DE REGISTRO DE TRABAJO DE TITULACIÓN
TITULO Y SUBTITULO:"LA APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL
PENAL EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. "
AUTOR/ES: Chevez Rengifo Elina
Auxiliadora TUTOR: DR. LUIS SANTANA MGS.
INSTITUCIÓN: Universidad de Guayaquil FACULTAD: Jurisprudencia Ciencias Sociales y Políticas
CARRERA: Derecho
FECHA DE PUBLICACIÓN: Abril, 2021 N° DE PÁGS: 40
TITULO OBTENIDO: Abogado de los Tribunales de Justicia del Ecuador
ÁREAS TEMÁTICAS: Derecho de la Justicia Indígena PALABRAS CLAVES: Plurinacionalidad, Justicia, Indígena, Derecho, Jurisdicción
RESUMEN/ABSTRACT: Nuestro proyecto pretende un análisis del sistema de la Aplicación de la Justicia Indígena y el Código Orgánico
Integral Penal ( COIP ) en la solución de los conflictos, nuestra justicia indígena en la actualidad ya se encuentra fortalecida y está establecida en
la Constitución, se evidencia en el Art. 171 donde nos garantiza los derechos de todos los pueblos y nacionalidades indígena, en razón por la que
se expone a la sociedad su jurisdicción, su justicia indígena cosa que la jurisdicción ordinaria muchas veces no ha respetado como el caso
sonado y mediático la COCHA por ende se establece la propuesta que se agregue en el Código Orgánico Integral Penal una ley en la cual se
reconozca por el Estado se acoja, se respete y poder garantizar el debido proceso de la Ley de la Justicia Indígena ya que t ienen su propia
asamblea y son lo que decidan que sanción establecer al delito cometido por ende mi propuesta es agregar la sentencia establecida por la corte
constitucional al Código Orgánico Integral Penal para que tenga referente al tema. Our project intends an analysis of the system of the Application
of Indigenous Justice and the Comprehensive Organic Penal Code (COIP) in the resolution of conflicts, our indigenous justice is currently already
strengthened and established in the Constitution, it is evidenced in Article 171 where it guarantees us the rights of all indigenous peoples and
nationalities, for the reason that its jurisdiction, its indigenous justice is exposed to society, something that the ordinary jurisdiction has often not
respected as the sounded and media case COCHA therefore establishes the proposal that a law be added to the Comprehensive Organic
Criminal Code in which the State recognizes, embraces, respects and guarantees the due process of the Indigenous Justice Law since they have
their own assembly and they are what they decide which sanction to establish the crime committed therefore my proposal is to add the sentence
established by the constitutional court to the Organic Code ico Integral Penal for you to have on the subject.
N° DE REGISTRO (en base de datos): N° DE CLASIFICACIÓN:
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CONTACTO AUTOR:[email protected] Teléfono: 0989561331
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CONTACTO CON LA INSTITUCIÓN:
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SI
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS
SOCIALES Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
UNIDAD DE TITULACIÓN
LICENCIA GRATUITA INTRANSFERIBLE Y NO EXCLUSIVA PARA EL USO NO
COMERCIAL DE LA OBRA CON FINES NO ACÁDEMICOS
Yo, ELINA AUXILIADORA CHEVEZ RENGIFO, con C.I. Nº. 0922993332- certifico
que los contenidos desarrollados en este trabajo de titulación, cuyo título es “LA
APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL
PENAL EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS”, son de mi absoluta propiedad y
responsabilidad Y SEGÚN EL Art. 144 del CÓDIGO ÓRGANICO DE LA ECONOMÍA
SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACIÓN*, autorizo el uso
de una licencia gratuita intransferible y no exclusiva para el uso no comercial de la presente
obra con fines no académicos, en favor de la Universidad de Guayaquil, para que haga uso
del mismo, como fuera pertinente.
--------------------------------------------
ELINA AUXILIADORA CHEVEZ RENGIFO
C.I. 0922993332
* CÓDIGO ÓRGANICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E IMNOVACIÓN (registro Oficial n. 899-Dic./2016) Artículo 114.- De los
titulares de derechos de obras creadas en las instituciones de educación superior y centros
educativos.- En el caso de las obras creadas en centros educativos, universidades, escuelas
politécnicas, institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los
conservatorios superiores, e institutos públicos de investigación como resultado de su actividad
académica o de investigación tales como trabajos de titulación, proyectos de investigación o
innovación, artículos académicos, u otros análogos, sin perjuicio de que pueda existir relación de
dependencia, la titularidad de los derechos patrimoniales corresponderá a los autores. Sin
embargo, el establecimiento tendrá una licencia gratuita, intransferible y no exclusiva para el uso
no comercial de la obra con fines académicos.
ANEXO VII.- CERTIFICADO PORCENTAJE DE SIMILITUD
Habiendo sido nombrado YO Dr. LUIS SANTANA BENAVIDES, MSc, tutor del trabajo de titulación,
certifico que el presente trabajo de titulación ha sido elaborado por la estudiante ELINA
AUXILIADORA CHEVEZ RENGIFO, con mi respectiva supervisión como requerimiento parcial
para la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.
Se informa que el trabajo de titulación: “LA APLICACIÓN DE JUSTICIA INDIGENA Y EL CODIGO
ORGANICO INTEGRAL PENAL EN LAS SOLUCION DE CONFLICTOS”, ha sido orientado durante todo el periodo de ejecución en el programa antiplagio URKUND quedando el 8% de coincidencia.
https://secure.urkund.com/view/92823711-931150-398022#/details/findings/matches/223
ANEXO VI. - CERTIFICADO DEL DOCENTE-TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS
CARRERA DE DERECHO
Guayaquil, 8 marzo de 2021 Dr. Jaime Hurtado Del Castillo, Mgs. DIRECTOR DE LA CARRERA DE DERECHO FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL Ciudad. -
De mis consideraciones:
Envío a Ud. el Informe correspondiente a la tutoría realizada al Trabajo de Titulación “LA
APLICACIÓN DE LA JUSTICIA INDIGENA Y EL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL EN LAS SOLUCION DE LOS
CONFLICTOS”, de la estudiante ELINA AUXILIADORA CHEVEZ RENGIFO, indicando que ha cumplido con
todos los parámetros establecidos en la normativa vigente:
• El trabajo es el resultado de una investigación.
• El estudiante demuestra conocimiento profesional integral.
• El trabajo presenta una propuesta en el área de conocimiento.
• El nivel de argumentación es coherente con el campo de conocimiento.
Adicionalmente, se adjunta el certificado de porcentaje de similitud y la valoración del trabajo de
titulación con la respectiva calificación.
Dando por concluida esta tutoría de trabajo de titulación, CERTIFICO, para los fines pertinentes,
que los estudiantes están aptos para continuar con el proceso de revisión final.
Atentamente,
Dr. LUIS SANTANA BENAVIDES, Mgs. C.I. 0903932366 FECHA: 8 marzo de 2021
ANEXO VIII.‐ INFORME DEL DOCENTE REVISOR
Guayaquil, 23 de marzo del 2021
Ab. Jaime Hurtado del Castillo, Mgs. DIRECTOR (A) DE LA CARRERA DE DERECHO FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL Ciudad. - De mis consideraciones:
Envío a Ud. el informe correspondiente a la REVISIÓN FINAL del Trabajo de Titulación “La aplicación de la justicia indígena y el Código Orgánico Integral Penal en la solución de conflictos” de la estudiante: Chevez Rengifo Elina Auxiliadora. Las gestiones realizadas me permiten indicar que el trabajo fue revisado considerando todos los parámetros establecidos en las normativas vigentes, en el cumplimento de los siguientes aspectos:
Cumplimiento de requisitos de forma: El título tiene un máximo de 17 palabras. La memoria escrita se ajusta a la estructura establecida. El documento se ajusta a las normas de escritura científica seleccionadas por la Facultad. La investigación es pertinente con la línea y sub líneas de investigación de la carrera. Los soportes teóricos son de máximo 5 años. La propuesta presentada es pertinente.
Cumplimiento con el Reglamento de Régimen Académico: El trabajo es el resultado de una investigación. El estudiante demuestra conocimiento profesional integral. El trabajo presenta una propuesta en el área de conocimiento. El nivel de argumentación es coherente con el campo de conocimiento.
Adicionalmente, se indica que fue revisado, el certificado de porcentaje de similitud, la valoración del tutor, así como de las páginas preliminares solicitadas, lo cual indica el que el trabajo de investigación cumple con los requisitos exigidos.
Una vez concluida esta revisión, considero que el estudiante está apto para continuar el proceso de titulación. Particular que comunicamos a usted para los fines pertinentes.
Atentamente,
Dra. María del Carmen Vera Rivera, Ph.D.
REVISOR DE TESIS C.I: 0917973547
DEDICATORIA
El presente trabajo se lo dedicó a Dios por prestarme vida para culminar una de
mis metas que ha sido en esta ocasión la terminación de mi estudio para la obtención del
título de Abogada de los tribunales de justicia del Ecuador.
A mis padres, quienes me dieron la vida, la educación, los consejos, por su amor,
por su trabajo y sacrificio, por su apoyo moral y económico en todo estos años, gracias a
ustedes hemos logrado llegar hasta aquí,.
A mi HIJA por ser parte fundamental de mí ser.
A mis amigos, compañeros por su apoyo moral.
A todos aquellos que aunque dudaron de cada paso o cosa que realizaba, a todos
los que supusieron que no lo lograría, a todos ellos les dedico esta tesis.
AGRADECIMIENTO
Quiero expresar mi gratitud a Dios quien con su bendición llena siempre mi vida.
Gracias a mis padres AUXILIADORA y JACINTO por ser los principales motores
de mis sueños por confiar y creer en mi expectativa, por los consejos, valores y principios
que me han inculcado, agradecerle la paciencia, amor y dedicación que le han brindado a
mi hija CARELIS y a su vez por tenerme profunda paciencia en no estar presente cuando
me necesitaba.
Les agradezco a mis amigos, compañeros y futuros colegas: Angélica, César,
Ronald, Geovanny por su apoyo moral y a todos quienes contribuyeron con un granito de
arena para culminar con éxito la meta propuesta.
ÍNDICE GENERAL
RESUMEN DEL TRABAJO DE TITULACIÓN ................................................................... 1
ABSTRACT OF THE DEGREE WORK................................................................................ 2
Introducción ............................................................................................................................. 2
Capítulo 1: El problema ........................................................................................................... 4
Planteamiento del problema .................................................................... 4
El problema de investigación .................................................................. 4
1.2.1. Formulación del problema ....................................................................... 4
Formulación de objetivos ........................................................................ 5
1.3.1. Objetivo General...................................................................................... 5
1.3.2. Objetivos específicos ............................................................................... 5
Justificación ............................................................................................. 5
Delimitación del problema ...................................................................... 6
Idea a defender......................................................................................... 6
1.6.1. Variable dependiente ............................................................................... 6
1.6.2. Variable independiente ............................................................................ 6
1.6.3. Operacionalización de las variables ......................................................... 5
Capítulo 2: Marco referencial .................................................................................................. 6
Antecedentes de la investigación ............................................................. 6
2.1.1. Pueblos indígenas .................................................................................... 6
2.1.2. Plurinacionalidad ..................................................................................... 6
2.1.3. Estado Plurinacional del Ecuador ............................................................ 7
2.1.4. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas .............................................................................................................. 7
2.1.5. Justicia indígena ...................................................................................... 8
2.1.6. La justicia indígena y los Derechos Humanos......................................... 8
2.1.7. Jurisdicción de la justicia indígena .......................................................... 9
2.1.8. Código Orgánico Integral Penal (COIP) ................................................. 9
2.1.9. Derechos humanos ................................................................................... 9
Antecedentes referenciales .................................................................... 10
Procedimientos en el gobierno de la Justicia Indígena .......................... 11
2.3.1. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) . 12
Análisis de la justicia indígena de acuerdo con el caso “La Cocha” ..... 13
Capítulo 3. Marco metodológico .......................................................................................... 17
Diseño de la investigación ..................................................................... 17
3.1.1. Tipo de la investigación ......................................................................... 17
• Exploratorio ........................................................................................... 17
• Descriptivo............................................................................................. 18
3.1.2. Técnicas e instrumentos de investigación ............................................. 18
Población y muestra............................................................................... 18
3.2.1. Población ............................................................................................... 18
3.2.2. Muestra .................................................................................................. 18
3.2.3. Selección del tamaño de la muestra ....................................................... 19
Análisis e interpretación de resultados. ................................................. 20
Capítulo 4. propuesta ............................................................................................................ 30
Tema ...................................................................................................... 30
Justificación de la propuesta .................................................................. 30
Objetivos de la propuesta ...................................................................... 30
4.3.1. Objetivo principal .................................................................................. 30
4.3.2. Objetivo específico ................................................................................ 31
Desarrollo de propuestas ....................................................................... 31
4.4.1. Análisis de la propuesta en el marco jurídico ........................................ 31
Idea jurídica para realizar la propuesta .................................................. 32
4.5.1. Decisión ................................................................................................. 33
4.5.2. Sentencia ................................................................................................ 33
4.5.3. La iniciativa popular .............................................................................. 35
Propuesta del investigador ..................................................................... 36
Conclusiónes .......................................................................................................................... 39
recomendaciones.................................................................................................................... 40
Bibliografía ............................................................................................................................ 41
Apendice ................................................................................................................................ 44
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1 Existencia Diferentes Jurisdicciones ............................................................... 20
Figura 2 Comparación de la Justicia Indígena con Justicia por Mano Propia ............... 21
Figura 3 Informados Sobre la Jurisdicción de la Justicia Indígena ............................... 22
Figura 4 Coexistencia de la Justicia Indígena con la Ley Ordinaria ............................. 23
Figura 5 La Justicia Indígena obliga a devolver lo robado ............................................ 24
Figura 6 Conocer los Procesos de Autoridades Indígenas ............................................ 25
Figura 7 Jurisdicción para Aplicar la Ley a miembros y Extraños a la Comunidad Indígena
......................................................................................................................................... 26
Figura 8 Es más eficiente la Justicia Indígena o la Ordinaria ........................................ 27
Figura 9 Es Mejor la Rehabilitación de la Justicia Indígena o la Ordinaria .................. 28
Figura 10 La Justicia Indígena Debe estar Contenida en el Código Orgánico Integral Penal
......................................................................................................................................... 29
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1- Operacionalización de las variables ................................................................... 5
1
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS
SOCIALES Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
RESUMEN DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
FACULTAD
CARRERA
“LA APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO
INTEGRAL PENAL EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS”
Autor: CHEVEZ RENGIFO ELINA AUXILIADORA
Tutor: DR. LUIS SANTANA BENAVIDES Mgs.
Nuestro proyecto pretende un análisis del sistema de la Aplicación de Justicia Indígena y el Código Orgánico
Integral Penal ( COIP ) en la solución de conflictos, nuestra justicia indígena en la actualidad ya se encuentra
fortalecida y está establecida en la Constitución, se evidencia en el Art. 171 donde nos garantiza los derechos de
todos los pueblos y nacionalidades indígena, en razón por la que se expone a la sociedad su jurisdicción, su
justicia indígena cosa que la jurisdicción ordinaria muchas veces no ha respetado como el caso sonado y
mediático la COCHA por ende se establece la propuesta que se agregue en el Código Orgánico Integral Penal
una ley en la cual se reconozca por el Estado se acoja, se respete y poder garantizar el debido proceso de la Ley
de la Justicia Indígena ya que tienen su propia asamblea y son lo que decidan que sanción establecer al delito
cometido por ende mi propuesta es agregar la sentencia establecida por la corte constitucional al Código
Orgánico Integral Penal para que tenga referente al tema e involucrar a la Jurisdicción Ordinaria.
Palabras claves: Plurinacionalidad, Justicia, Indígena, Derecho, Jurisdicción
2
UNIVERSITY OF GUAYAQUIL
FACULTY OF JURISPRUDENCE SOCIAL AND
POLITICAL SCIENCES
LAW SCHOOL
ABSTRACT OF THE DEGREE WORK
FACULTIVY
CARRERA
"THE APPLICATION OF INDIGENOUS JUSTICE AND THE COMPREHENSIVE
ORGANIC CRIMINAL CODE IN THE RESOLUTION OF CONFLICTS"
Author: CHEVEZ RENGIFO ELINA AUXILIADORA
Tutor: DR. LUIS SANTANA BENAVIDES, Mgs.
Our project intends an analysis of the system of the Application of Indigenous Justice and the
Comprehensive Organic Penal Code (COIP) in the resolution of conflicts, our indigenous
justice is currently already strengthened and established in the Constitution, it is evidenced in
Article 171 where it guarantees us the rights of all indigenous peoples and nationalities, for
the reason that its jurisdiction, its indigenous justice is exposed to society, something that the
ordinary jurisdiction has often not respected as the sounded and media case COCHA
therefore establishes the proposal that a law be added to the Comprehensive Organic
Criminal Code in which the State recognizes, embraces, respects and guarantees the due
process of the Indigenous Justice Law since they have their own assembly and they are what
they decide which sanction to establish the crime committed therefore my proposal is to add
the sentence established by the constitutional court to the Organic Code ico Integral Penal so
that it has reference to the subject and involve the Ordinary Jurisdiction.
Keywords: Plurinationality, Justice, Indigenous, Law, Jurisdiction
3
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación denominado, La aplicación de Justicia
Indígena y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en la resolución de conflictos en el que
se considera la legalidad e independencia en la resolución de conflictos internos dentro de las
comunidades indígenas del Ecuador, quienes presentan sus propias leyes basadas en sus
experiencias ancestrales, tradiciones y expresiones de su cultura la misma que se expresa en
los siguientes principios fundamentales como son:
• Solidaridad.
• Reciprocidad.
• Colectividad.
La constitución del 2008 de la República en el Artículo 171. Reconoce a la Justicia
Indígena para la aplicación de normas y procedimientos propios para la resolución de
conflictos internos, sin sea causales de controversias dentro del derecho de la Constitución y
los derechos humanos reconocidos internacionalmente.
En el presente proyecto se encontrará el desarrollo de la problemática de
investigación, posterior a esto se presenta la formulación y sistematización, la misma que
ayudará a establecer el objetivo general y específico; la justificación y la hipótesis o una idea
a defender, con sus respectivas variables de ser necesarias. Se desarrolla también el marco
teórico, donde se presentan los antecedentes; base teórica relacionada con las dificultades que
presenta el proyecto.
Luego se determina el marco metodológico, en el cual se mencionan el tipo y diseño
de la investigación que se realizará; la población y muestra, métodos, técnicas e instrumentos
de investigación, análisis, interpretación de resultados y la conclusión.
4
CAPÍTULO 1: EL PROBLEMA
Planteamiento del problema
En base a la Constitución de la República del Ecuador, la presente investigación se
acoge al estudio de referentes teóricos en el marco jurídico de las leyes ecuatorianas y de
acuerdo con el enunciado siguiente:
EL TÍTULO VIII DE LA VIGENTE CONSTITUCIÓN Política trata sobre LA
FUNCION JUDICIAL y en el último inciso del Art. 191 se dice expresamente "Las
autoridades de los pueblos indígenas ejercerán funciones de justicia, aplicando normas y
procedimiento propios para la solución de conflictos internos de conformidad con sus
costumbres o derecho consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitución y
las leyes. La ley hará compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial nacional".
Razón por la que se expone a la sociedad el reconocimiento del Pluralismo Jurídico en
la Constitución de la República del Ecuador, como aporte de lectura y conocimiento del
porque existe una justicia ejercida por comunidades indígenas en el Ecuador, y reconocida
plenamente en el Derecho Constitucional e Internacional, específicamente dentro de los
acuerdos de los derechos humanos, lo que conlleva a plantearse una interrogante y a su vez es
como se planteara el problema a considerar en la presente investigación.
El problema de investigación
El presente proyecto de investigación para su estudio se plantea el siguiente problema.
1.2.1. Formulación del problema
¿Cómo se resuelven los conflictos internos en las comunas a través de la aplicación de la
Justicia Indígena y/o dentro del marco legal de la justicia ordinaria del Ecuador?
5
Formulación de objetivos
1.3.1. Objetivo General
Porque el Estado ecuatoriano reconoce la importancia de la Justicia Indígena, y en
muchos casos presenta mayor jerarquía que la Justicia Ordinaria; en su forma de resolver
conflictos internos bajo costumbres propias.
1.3.2. Objetivos específicos
• Determinar los referentes teóricos que aporten para la investigación del proyecto.
• Establecer los elementos en Derecho para la aplicación de las sanciones impuestas por
la justicia indígena y garantizar el debido proceso respetando la vigencia de los
principios, derechos y garantías constitucionales.
• Precisar los enunciados de la interpretación constitucional aplicados en el estudio de
esta sentencia de los imputados.
Justificación
El aporte al conocimiento y comprensión de la existencia de una justicia paralela a la
justicia ordinaria del Ecuador, temática que aborda diversas opiniones con respecto a sus
funciones y si está o no jurídicamente las sanciones que se impone en el marco de ley que
rige a las comunidades indígenas
Un punto a tener presente radica entre lo que está escrito y lo que se practica dentro
del derecho en dichas comunidades indígenas que amparadas por el Derecho Internacional y
Nacional se desconoce en muchas ocasiones los derechos humanos de acuerdo con relatos de
los mismos implicados tanto en ejercer como en recibir los dictámenes de dicha justicia
debido a las prácticas de procedimientos denigrantes con previo al momento de la decreto de
sanción imputada frente a las pruebas del delito cometido y la culpabilidad del involucrado o
procesado en estos actos de juzgamiento bajo la normativa indígena ante la certeza de la
existencia del delito y de la culpabilidad del imputado, por esta razón el presente trabajo se
6
justifica al presentar un análisis de la injerencia en muchos casos objetos de acción penal de
acuerdo con el derecho procesal contemplado en el Código Integral Penal (COIP).
Al momento de la presente investigación no se ha dispuesto una oportuna ley que
regule el grave pero trascendental talante de lo que implica la justicia indígena en Ecuador,
por tanto es novedoso puesto que la Justicia Indígena es una realidad que constituye un
problema social no contemplado en el COIP, y de acuerdo con la Constitución de la
Republica todos los ciudadanos tenemos los mismos derechos y somos iguales.
Delimitación del problema
Línea de investigación: Instituciones del ordenamiento jurídico
Sub líneas de investigación: Instituciones del ordenamiento jurídico
Área: Legal
Periodo: 2020 - 2021
Sector: Derecho Constitucional
Tema: LA APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO
INTEGRAL PENAL EN LAS SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Idea a defender
Se considera que, al aplicar los procedimientos pertinentes al análisis de la justicia
indígena en el país con respecto a el derecho ordinario en la resolución de conflictos internos.
Justicia indígena y Código Orgánico Integral Penal (COIP)
1.6.1. Variable dependiente
Justicia Indígena en resolución de conflictos
1.6.2. Variable independiente
Justicia mediante el Código Orgánico Integral penal (COIP)
5
1.6.3. Operacionalización de las variables
Tabla 1- Operacionalización de las variables
Elaborado por: La autora
Diferentes maneras de
resolver los conflictos
Mediación.
Recomposición.
Compensación.
Remediación.
Variable
Independiente
Código Orgánico
Integral Penal
Regulan las leyes garantizando el debido
proceso sin vulnerar los Derechos
fundamentales de las personas,
El COIP, es el compendio sistemio y
ordenado que contiene las normas
juridicas de indole punitiva, vigentes
dentro del marco legal del Derecho Penal
Principios de derecho
conservando normas
juridicas
Principios juridicos y de
deracho penal
Variable
Dependiente
Resolución de
conflictos en la
Justicia Indígena
Soluciones a conflictos internos dentro de
las comunidades indígenas de acuerdo a
costumbres ancestrales o apegandose al
Derecho consuetudinario.
Siempres que no sean contrarios a las
leyes que se establecen en la Constitución
del Ecuador
Desde la perspectiva de Paz(2002), la
Justicia Indígena es un sistema de
administración de justicia perteneciente a
los pueblos indígenas reconocidos y
autodefinidos como provinientes de raices
ancestrales (Paz, 2002, págs. 80-82)
VARIABLESDEFINICIONES
CONCEPTUALESDEFINICIÓN OPERATIVA DIMENSIONES INDICADORES
6
CAPÍTULO 2: MARCO REFERENCIAL
Antecedentes de la investigación
2.1.1. Pueblos indígenas
Para lograr un acercamiento con base teórica referente a los pueblos indígenas, resulta
vital ampararse en los dos últimos cánones constitucionales del Ecuador. En la Constitución
del Ecuador del año 1998 se reconocía a este grupo como “Los pueblos indígenas que se
autodefinen como nacionalidades de raíces ancestrales”.
Posteriormente en la Constitución Montecristina del Ecuador del año 2008 establece
dos artículos de base, a nivel del reconocimiento y de los derechos de los pueblos indígenas
artículos 56 y 57:
Art. 56.- Las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afro
ecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e
indivisible.
Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los
pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de
derechos humanos. (Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
2.1.2. Plurinacionalidad
Según (José, y otros, 2015), Son derechos adquiridos de gobernar de manera
autónoma los territorios donde habitan y tener una representación a nivel nacional por medio
de instituciones representativas y específicas de los pueblos indígenas, tal como la
Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) que presento este
proyecto político en 1994 y que básicamente y en resumen dice que la plurinacionalidad de
los pueblos recoge mayores derechos para las llamadas minorías étnicas, adquiriendo mayor
participación en la vida democrática de los pueblos.
7
2.1.3. Estado Plurinacional del Ecuador
En Ecuador la base para existir un Estado plurinacional parte de la plurinacionalidad
de los pueblos “Conjunto de Nacionalidades diversas, asentadas en un territorio definido de
un país y regidos por un solo gobierno. Estas Nacionalidades están unidas por vínculos
históricos, económicos, políticos y culturales” (Llacta, 2001).
Es decir dentro de la pluralidad de un estado, la ideología es plural, o para el efecto
intervienen varias naciones que forman una unidad dentro de una nación organizada y
estructurada políticamente.
Para comprender de mejor manera que son pueblos y nacionalidades, de acuerdo con
la definición que presenta la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador, se
definen así:
“Nacionalidades indígenas, son colectividades milenarias anteriores a la existencia
del Estado, que vive en un territorio determinado, tienen una identidad histórica, idioma,
cultura, sus instituciones propias como es la organización social, económica, política, jurídica
y el ejercicio de autoridad propia” (Proyecto politico de la conaie, 1997).
“Pueblos Indígenas, son colectividades originarias conformadas por comunidades
con identidades culturales e historias propias, que les hacen diferentes de otros sectores de la
sociedad; tienen sus sistemas propios de organización social, económica, política y sistemas
jurídicos particulares”. (Proyecto politico de la conaie, 1997).
2.1.4. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas
En este contexto, la justicia de los pueblos indígenas auténticamente siempre han
existido, la diferencia se da al contar con el aval jurídico de la Constitución y los
instrumentos internacionales que autoriza su aplicación, porque legalizan y garantizan la
presencia de los derechos individuales y paralelamente exige acatamiento de jurisdicción y
competencia por parte de las autoridades gubernamentales. Para efecto de justicia estos
derechos se firmaron en septiembre del 2007 y se resalta los siguientes artículos:
8
Artículo 34. “Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y
mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones,
procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad
con las normas internacionales de derechos humanos”. (Asamblea General de las Naciones
Unidas, 2007)
Artículo 35. “Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las
responsabilidades de los individuos para con sus comunidades”. (Asamblea General de las
Naciones Unidas, 2007)
2.1.5. Justicia indígena
De la perspectiva de Paz (2002) la justicia indígena es un sistema de administración
de justicia perteneciente a los pueblos indígenas reconocidos y autodefinidos como
provenientes de raíces ancestrales. Paz además plantea una similitud de la administración de
justicia indígena, con el sistema jurídico anglosajón, en el cual los jueces (en el contexto del
Ecuador este rol lo ejercen las autoridades de los pueblos indígenas) son quienes hacen el
derecho (Paz, 2002, págs. 80-82).
La justicia indígena para Gartambel (2006) es un sistema de plurilaridad jurídica que
surge desde un plano histórico y hereditario de los pueblos y que no está detallado dentro de
códigos jurídicos que lo sustenten, sino que se auto sustenta desde la misma riqueza de los
pueblos ancestrales (Guartambel, 2006, pág. 93).
2.1.6. La justicia indígena y los Derechos Humanos
Ecuador es una sociedad definida como intercultural y plurinacional en la cual se
reconoce derechos de justicia y jurisdicción de los pueblos indígenas, de acuerdo con la
Constitución de la República del año 2008:
Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social,
democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera
descentralizada. La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el
9
fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder
público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución.
Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su
patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible. (Asamblea Nacional
Constituyente de Ecuador de 2007-2008, 2008, 28 de Septiembre).
De acuerdo (María, Raquel, & Ana, 2020) Con respecto al reconocimiento de los
derechos humanos universales existe un conflicto respecto a legitimación de la jurisdicción
indígena y la aplicación de la justicia puesto que la dignidad de las personas no puede ser
administrada ni entendida en todos los tiempos y culturas, que según la concepción universal
de los derechos humanos los valores jurídicos son absolutos; pero ahí radica un conflicto
profundo puesto que son derechos creados por culturas occidentales, dejando de fuera
aquellos pueblos que tiene una visión étnica particular cuya visión de la cosmovisión y
cosmo-vivencia son diferentes.
2.1.7. Jurisdicción de la justicia indígena
El Estado ecuatoriano se reconoce como pluricultural y multinacional, presenta
conflictos dentro de los órganos regulatorios para emitir una justicia particular no
contemplada en el COIP, en la cual se hace necesario una regularización y estandarización
con respecto a los derechos de los ciudadanos (María, Raquel, & Ana, 2020)
2.1.8. Código Orgánico Integral Penal (COIP)
El Código Orgánico Integral Penal reconocido con las siglas COIP es el compendio
sistémico y ordenado que contiene las normas jurídicas de índole punitiva, vigente dentro del
marco del presente estudio del caso. Dentro de este conjunto legislativo se establecen a partir
de un marco de derecho positivo los delitos y penas establecidos como derecho penal.
2.1.9. Derechos humanos
Los Pueblos Indígenas no solamente gozan de reconocimiento nacional e
internacional, sino que además tienen como alcance segmentado de la Declaración de las
10
Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. En dicha declaración, se
reconoce sus derechos, tanto como pueblos así como individuos.
Es pertinente citar el artículo 4 dentro del marco del caso, en el cual se aborda acerca del
ejercicio de los derechos por parte de los pueblos indígenas:
Artículo 4
Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación,
tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas
con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de medios para
financiar sus funciones autónomas. (Naciones Unidas, 2007, pág. 5)
Antecedentes referenciales
Uno de los principales referentes dentro del marco del estudio del presente caso es el
compendio de aportes recogidos por la Universidad Andina Simón Bolívar, en los cuáles se
aborda la temática en torno a la Justicia Indígena sobre una base de aportaciones de diferentes
autores, expuestas como un debate jurídico y contextualizados en los marcos legales a nivel
nacional y contrastados con los amparos legales internacionales (Universidad Andina Simón
Bolívar , 2002).
De igual manera se considera (Andrade, 2017) en la tesis presentada en la
Universidad Central la cual trata sobre el alcance que tiene la justicia indígena en el Ecuador,
y sus alcances con la justicia ordinaria, otorgando la identidad a los pueblos considerados
pluriculturales y multiétnicos, en los cuales la dirigencia indígena tiene la potestad de ejercer
dicha justicia dentro de los parámetros otorgados por la Constitución de la República del
Ecuador, sin violentar los derechos humanos dictados por el derecho universal de los pueblos.
11
Procedimientos en el gobierno de la Justicia Indígena
La soberanía en los grupos, comunidades y pueblos indígenas donde administran
justicia ancestral, se basan en ordenamientos señalados desde tiempos antiguos, es así que
desde el punto de vista de la cosmovisión de las comunidades y pueblos indígenas, para la
resolución de los conflictos internos y no contraindicados en la justicia ordinaria del país, se
considera que de manera general los siguientes procesos para ejecutar la ley y la justicia
dentro de los pueblos donde se administra dicha justicia entre los que se mencionan:
• Aviso o demanda (Willachina), el proceso tiene como primer paso que se debe tener
presente para iniciar un proceso de intervención de la justicia ejercida por los
indígenas, el cual es que los involucrados deben poner en conocimiento a la Asamblea
de manera oral y concisa lo sucedido y que esté en condiciones de dar solución sea
esta robo, agresión, muerte, peleas, o cualquier tema, como se encuentra en el
siguiente enunciado. “Es un acto mediante el cual el ofendido realiza la petición de
formulación de solución, que posteriormente será el tema central de resolución en la
Asamblea Comunal.” (Tibán, 2011, pág. 13)
• Investigación del conflicto (Tapuycuna), es decir es la etapa de indagación e
investigación donde se emplean diferentes métodos de inquisición, tal como el
reconocimiento visual o verificación para determinar la gravedad del conflicto
• Confrontación entre las partes involucradas (Chimbapurana), de acuerdo con
(Tibán, 2011, pág. 13) Es la reclamación y confrontaciones entre los involucrados en
el conflicto en la instancia de juzgamiento, siendo este el paso de mayor importancia
durante el proceso, puesto que aquí no hay abogados que representen a uno u otro
como se da en un juicio de la ley ordinaria, ya que en la ley indígena son los propios
involucrados los que se representan y discuten las veces necesarias para dejar en claro
y no dejen para que de ser el caso no exista dudas para determinar las
responsabilidades y sanciones.
• Imposición de la sanción (Killpichirina), “Las sanciones son establecidas de
acuerdo a la gravedad del caso; y estas sanciones no se basan en las señaladas por las
leyes de la justicia mestiza, se basan en las leyes consuetudinarias de la comunidad.”
(Tibán, 2011, pág. 14) . Dentro de las comunidades y respetando la jurisdicción
12
indígena se ha observado que existen varias maneras de sanción de acuerdo con la
infracción o delito cometido entre algunas se pueden mencionar las siguientes:
o Multas.
o Devolución del objeto, dinero o bien lo sustraído.
o Baños con agua fría y flagelos con ortiga, fuete o látigo.
o Trabajos sociales con la comunidad.
o En casos excepcionales se da hasta la expulsión de la comunidad del o los
individuos involucrados en la infracción.
• Ejecución de la sanción (Paktachina), “Las personas que aplican la sanción son las
personas mayores de edad, los padres, los familiares, el padrino de bautizo o de
matrimonio, el presidente del cabildo u otras autoridades indígenas locales.” (Tibán,
2011, pág. 14). Con el cumplimiento de la sanción se deja sin efecto culpa alguna y
no pueden ser juzgados ni tener diferencias y venganzas posteriores.
Dentro del lenguaje indígena no existe el vocablo o hecho punible tal cual se lo
conoce en la justicia ordinaria contemplado en el Código Orgánico Integral Penal.
En el derecho indígena se puede juzgar a sus propios integrantes, así como también a
otros individuos no pertenecientes al grupo indígena, que hayan cometido algún delito en la
comunidad, puesto que la Constitución no es excluyente permitiendo tácitamente, así de igual
manera el Convenio 169 de la OIT responde por la aplicación de la justicia sin distinción del
individuo involucrado.
2.3.1. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Confirmado por Ecuador en abril de 1998, en lo referente a la justicia indígena
garantiza su vigencia y su práctica y establece de acuerdo a (Organización Internacional del
Trabajo, 2014) en los siguientes numerales dice:
Artículo 8:
Numeral 1 “Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados (pueblos
indígenas), deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho
consuetudinario”.
13
Numeral 2 “Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e
instituciones propias, siempre que estas no sean incompatibles con los derechos
fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional, ni con los derechos humanos
internacionales reconocidos. Siempre que sea necesario, deberán establecerse procedimientos
para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio”.
Artículo 9:
Numeral 1. “En la medida que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y
con los derechos humanos internacionales reconocidos, deberán respetar los métodos a los
que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos
cometido por sus miembros”.
Numeral 2. “Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre
cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia”.
Artículo 10:
Numeral 2. “Deberá darse la preferencia a tipos de sanciones distintos del
encarcelamiento”.
Análisis de la justicia indígena de acuerdo con el caso “La Cocha”
Un claro ejemplo de la aplicación de la justicia indígena amparado por la Constitución
se constituyó en un referente para realizar el análisis del fundamento necesario para aplicar la
ley en las comunidades indígenas, ya que delimita la competencia de los pueblos,
nacionalidades, comunidades indígenas.
Dentro del contexto jurídico, el caso La cocha alcanzo relevancia social y de
conocimiento general, al ser referido por los medios de comunicación, convirtiéndolo en
mediático, al ser un caso juzgado y sancionado por la Asamblea Indígena, y posteriormente
interviene la Justicia Ordinaria al ser trasladados de la comunidad para ser amparados y
dejados en libertad bajo la figura jurídica de “Amparo de Libertad”.
En un extracto breve del caso La Cocha, se presentan los siguientes acontecimientos:
14
“El señor Víctor Manuel Olivo presento una acción extraordinaria de protección, sobre una
decisión tomada por la justicia indígena, adoptadas el 16 y 23 de mayo del 2010 por parte de
las autoridades indígenas pertenecientes al pueblo de Panzaleo 46 de nacionalidad kichwa, de
la provincia de Cotopaxi, con relación al asesinato de su hermano Marco Antonio Olivo
Palio” (Corte constitucional del Ecuador, 2014).
Proceso
El domingo 9 de mayo del 2010, en el centro urbano de la parroquia Zumbahua, cantón de
Pujilí, provincia de Cotopaxi, se produjo el asesinato de Marco Antonio Olivo Palio, hecho
que se dio a conocer a las autoridades indígenas el domingo 16 de mayo del año 2010, siendo
el mismo día
Este hecho fue conocido por las autoridades indígenas tanto de la comunidad La Cocha como
la de Guantoplo, el domingo 16 de mayo y el domingo 23 del mismo mes y año se estableció
la culpabilidad de cinco jóvenes residentes de la comunidad Guatopolo y se administraron
sanciones en conformidad con la justicia indígena reconocida por la Constitución basado en
el Articulo 171 y el 343 del Código de la Función Judicial
“Posteriormente de presentada la acción extraordinaria de protección, interpuesta por el
hermano del extinto, el día 19 de mayo del 2010 el Fiscal General del Estado y Ministro de
Gobierno apoyados por la fuerza pública, de manera inconveniente e improcedente pretende
ingresar a la comunidad para “rescatar” a uno de los principales implicados, junto con los
otros cuatro implicados autores del asesinato, se iniciaron acciones en contra de las
autoridades indígenas. Los involucrados fueron apresados el 10 de junio del 2010 y liberados
por la Corte de Justicia de Latacunga mediante un “amparo de libertad” que se interpuso” en
la Corte Constitucional del Ecuador.
En la demanda presentada por el hermano del asesinado, declara que los comprometidos en el
homicidio se sometieron libre y voluntariamente para ser juzgados por las leyes de la justicia
indígena y acoger la sanción que determinen autoridades de Guantopolo a donde los cinco
jóvenes pertenecían, y que los familiares de la víctima de igual manera solicitaron
voluntariamente la intervención de las leyes dentro de la jurisdicción indígena. “Lo que
aplico de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 171 de la Constitución de la República, el
343 del Código Orgánico de la Función Judicial, el 8, 9 y 10 del Convenio 169 de la OIT. Las
15
autoridades indígenas solucionaron el caso y los familiares de la víctima estuvieron de
acuerdo con la resolución” (Corte constitucional del Ecuador, 2014) .
Análisis
De acuerdo a lo observado en el proceso y el fallo Constitucional en el caso La Cocha
hay que poner en evidencia los vacíos legales históricos en relación con los ámbitos de
competencia y jurisdicción que existe entre la justicia ordinaria y la justicia indígena que no
solo se da en el ordenamiento jurídico nacional, en una apreciación particular del
investigador se considera que la Corte Constitucional le correspondía resolver la sentencia a
favor de la soberanía jurisdiccional indígena, tal cual se planteó dentro del Voto Salvado de la
Sentencia, teniendo en cuenta además criterios de libre reciprocidad de entre las culturas para
hacer visible las argumentaciones planteadas por alguna otra cultura para que se consideren
creíbles en otra cultura, esta para fortalecer y fomentar la interculturalidad de los pueblos, y
empezar a mirar como un hecho que cada nación indígena tiene sus propios preceptos de
juzgamiento y sanciones propias que les otorga el derecho de ser pueblos ancestrales.
En consecuencia de la falta de definición de independencia y respeto intercultural se
presenta el problema jurídico del caso La Cocha puesto que para determinar la competencia y
quien es la autoridad entre los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador, se debe
considerar que en el Artículo 191 dice expresamente que "Las autoridades de los pueblos
indígenas ejercerán funciones de justicia, aplicando normas y procedimiento propios para la
solución de conflictos internos de conformidad con sus costumbres o derecho
consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitución y las leyes. La ley hará
compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial nacional" (García, 2005). Por
ende se debe considerar el campo del pluralismo jurídico, dentro del cual se puede concluir
que la autoridad competente en el caso concreto es la Asamblea General y/o Comunal, que
ostenta una naturaleza colectiva. Por tal razón las actuaciones donde se ejerció el debido
proceso de juzgamiento cuenta una normativa de procedimientos establecidos, los cuales
contienen normas de prevención claras y de conocimiento público debidamente socializadas y
respetadas por toda la comunidad, pese, a que la justicia indígena todo el proceso es de forma
verbal, se someten a normas, procedimientos y derecho propio, respetando la Constitución y a
los Convenios Internacionales de Derechos Humanos.
16
Finalmente en concordancia con la última parte del Art. 191. De la Constitución Política, la
cual dice: "La ley hará compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial nacional"
(García, 2005).
17
CAPÍTULO 3. MARCO METODOLÓGICO
Diseño de la investigación
De acuerdo a la naturaleza de la presente investigación, es conveniente aplicar los
siguientes métodos de investigación:
• Método Deductivo, es una forma de explicar los elementos desde lo general tales
como las legislaciones y principios a determinado como son los hechos en concreto.
De tal manera que el presente trabajo hace una reflexión generalizada como se
establece la justicia indígena arraigados en el pensamiento ancestral y plurinacional,
hasta alcanzar y determinar de modo especifico como se logró alcanzar el
fortalecimiento y reconocimiento Constitucional de la justicia indígena en el Ecuador,
aceptando el modelo de estado Plurinacional.
• Método Histórico – Lógico, como mejoramiento complementario del presente estudio
y partiendo de información registrada en archivos y documentos existentes que
aporten veracidad al proyecto propuesto, fundamentado en la comprensión lógica del
proceso, y analizando cómo se ha sostenido la cultura indígena al momento de
impartir justicia se hace un análisis del porque coexiste con la justicia ordinaria del
país desde la óptica de su propia cosmovisión.
3.1.1. Tipo de la investigación
Para el presente proyecto se estableció que los tipos de investigación empleados en
este estudio son el exploratorio y el descriptivo.
• Exploratorio, el trabajo prepara efectuar un sondeo exploratorio, ya que se plantea
utilizar un diseño de estrategias de información que faciliten el proceso de trabajo
de campo mediante el levantamiento de datos que se conseguirá en diferentes
fuentes referenciales y estadísticos conseguidos de medios digitales, así como de
revistas, artículos, periódicos y textos con contenido respecto al fortalecimiento y
plurinacionalidad de la justicia indígena en Ecuador.
18
• Descriptivo, en el presente estudio, se describe el contexto y características del
delito, el mismo que se analiza, registra e interpreta el plurinacionalismo q presenta
leyes que fortalecen el sistema de justicia indígena observados de diferente
perspectiva.
• Explicativa, “La investigación explicativa que se encarga de buscar el porqué de
los hechos o fenómenos que se producen en determinadas condiciones, explicando
su significatividad dentro de una teoría o referencia” (César Bernal Torres, 2014),
“. Es una investigacion explicativa ya que trata de identificar los principios y
efectos que se originan en el las comunidades regidas bajo una ley indígena
reconocida por la Constitución ecuatoriana y los derechos humanos a nivel
internacional.
3.1.2. Técnicas e instrumentos de investigación
Al ampliar el presente estudio se lo realiza desde un enfoque cuantitativo para lo cual
se escoge a la encuesta como instrumento de investigación la misma que se compone por
preguntas cerradas permitiendo la representación de los resultados en forma numérica,
facilitando su procesamiento e interpretación, cuyo propósito es recopilar información
importante realizada varios sujetos, siendo, instrumento ideal para conocer opiniones o
experiencias de personas involucradas directamente con la investigación dada.
Población y muestra
3.2.1. Población
De acuerdo con el Censo de población y vivienda realizado en Ecuador por
(INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS, 2010) en el Cantón Pujilí y en
específico en la parroquia Zumbahua, se cuenta con un registro oficial de 11.895 habitantes,
de los cuales las mujeres son 6.440 y los hombres son 5.455.
3.2.2. Muestra
Del total de 11.895 habitantes de la parroquia Zumbahua, se seleccionó primeramente
un número en base al factor de cálculo tomando los datos del volumen de la población, de ese
19
grupo se opera un filtro secundario orientando el estudio hacia el grupo discrecional de
hombres que de acuerdo al censo del 2010 son el 46% para la ecuación necesaria y obtener la
cantidad de personas a ser encuestadas.
3.2.3. Selección del tamaño de la muestra
Como ya se conoce el tamaño de la población que es finita, los cálculos estadísticos se
los realizara utilizando la siguiente fórmula:
𝑛 = 𝒏 = 𝑵 ∗ 𝒁𝒂
𝟐 ∗ 𝒑 ∗ 𝒒
𝒆𝟐 ∗ (𝑵 − 𝟏) + 𝒁𝒂 𝟐 ∗ 𝒑 ∗ 𝒒
𝒏 = 𝟓𝟒𝟓𝟓 ∗ 𝟏. 𝟗𝟔 𝟐 ∗ 𝟎. 𝟓 ∗ 𝟎. 𝟓
𝟎. 𝟎𝟑𝟐 ∗ (𝟓𝟒𝟓𝟓 − 𝟏) + 𝟏. 𝟗𝟔 𝟐 ∗ 𝟎. 𝟓 ∗ 𝟎. 𝟓
𝒏 = 𝟓𝟐𝟑𝟖, 𝟗𝟖
𝟓, 𝟖𝟕= 𝟖𝟗𝟑
Del cálculo anterior, se requiere realizar la encuesta a una población de 893 personas
para obtener un nivel de confianza del 95% con un margen de error de +/- 3.
Descripción de la formula.
N= n (total de habitantes de Zumbahua)
Za= Nivel de Confianza 1,962 al cuadrado si es 95%
p= proporción esperada 5% =0,05
q= 1-p (en este caso 1-0,05=0,95)
e= precisión 3%
n= 893 encuestados
20
Análisis e interpretación de resultados.
Pregunta 1. ¿Conoce usted la existencia de diferentes jurisdicciones dentro del país?
Figura 1
Existencia Diferentes Jurisdicciones
Elaborado por: La autora
Análisis
Respecto a la respuesta dada por los encuestados de saber si tienen conocimiento
sobre las diferentes jurisdicciones existentes en el país en un 51,18% asevero que SI conoce,
la respuesta NO con un 37,63%, mientras que un 11,20% dice saber algo al respecto de la
justicia un porcentaje aceptable sabe sobre el tema.
457
336
100
893
51.18% 37.63% 11.20% 100%0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
1000
SI NO ALGO TOTAL
¿Conoce usted la existencia de diferentes
jurisdicciones dentro del país?
POBLACIÓN PORCENTAJE Linear (POBLACIÓN )
21
Pregunta 2. ¿Considera usted que la gente compara a la justicia indígena con justicia hecha
por mano propia?
Figura 2
Comparación de la Justicia Indígena con Justicia por Mano Propia
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados respecto a la comparación de la justicia indígena con justicia hecha
por mano propia el 63.61% asevero que SI es así, la respuesta NO con un 13,77%, mientras
que un 22,62% considera que con frecuencia es justicia por mano propia.
0 100 200 300 400 500 600 700 800 900
SI
NO
FRECUENTEMENTE
TOTAL
568
123
202
893
63.61%
13.77%
22.62%
100%
¿Considera usted que la gente compara a la justicia indígena con justicia hecha por mano
propia?
PORCENTAJE POBLACIÓN
22
Pregunta 3. ¿Cree usted que la mayoría de los ecuatorianos está informada sobre los
alcances y jurisdicción de la justicia indígena?
Figura 3
Informados Sobre la Jurisdicción de la Justicia Indígena
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados respecto a la pregunta en cuestión respondieron un 41.10% que SI,
mientras que la respuesta NO con un 58.90%,
POBLACIÓN
PORCENTAJE
0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
SI NO TOTAL
367
526
893
41.10% 58.90% 100.00%
¿Cree usted que la mayoría de los ecuatorianos está
informada sobre los alcances y jurisdicción de la
justicia indígena?
POBLACIÓN PORCENTAJE
23
Pregunta 4. ¿Considera necesario la coexistencia de la aplicación de la ley de justicia
indígena y la ley ordinaria en Ecuador?
Figura 4
Coexistencia de la Justicia Indígena con la Ley Ordinaria
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados respecto a la pregunta respondieron un 77,22% que SI, mientras que
la respuesta NO con un 22,28%, esto se debe a que las encuestas se realizaron en su mayoría
a individuos indígenas.
694
199
893
77.72%
22.28%
100.00%
0.00%
20.00%
40.00%
60.00%
80.00%
100.00%
120.00%
0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
1000
SI NO TOTAL
¿Considera necesario la coexistencia de la aplicación de la ley de justicia indígena y la ley
ordinaria en Ecuador?
POBLACIÓN PORCENTAJE Linear (POBLACIÓN )
24
Pregunta 5. ¿Tiene conocimiento que dentro de la justicia indígena existe sanciones que
obligan a devolver el objeto o valor sustraído para solucionar los conflictos?
Figura 5
La Justicia Indígena obliga a devolver lo robado
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados respecto a la pregunta respondieron un 77,16% que SI, mientras que
la respuesta NO con un 22,84%, esto se da a que la mayor parte de la población encuestada
es de origen indígena.
POBLACIÓN
PORCENTAJE0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
SINO
TOTAL
689
204
893
77.16%22.84%
100%
¿Tiene conocimiento que dentro de la justicia indígena existe sanciones que obligan a devolver
el objeto o valor sustraído para solucionar los conflictos?
POBLACIÓN
PORCENTAJE
25
Pregunta 6. ¿Sabe usted cómo son los procesos y/o procedimientos por parte de las
autoridades indígenas durante la asamblea de juicio?
Figura 6
Conocer los Procesos de Autoridades Indígenas
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados respecto a la pregunta respondieron un 26,43% que SI, mientras que
la respuesta NO con un 73,57%, Esto refleja que el desconocimiento de la ley no exime de la
sanción en cualquier ley que se aplique.
POBLACIÓN
PORCENTAJE
0
200
400
600
800
1000
SI NO TOTAL
236
657
893
26.43% 73.57% 100%
¿Sabe usted cómo son los procesos y/o procedimientos por parte de las autoridades
indígenas durante la asamblea de juicio?
POBLACIÓN PORCENTAJE
26
Pregunta 7. ¿Conoce usted que en las comunidades se pueden juzgar tanto a miembros, así
como extraños?
Figura 7
Jurisdicción para Aplicar la Ley a miembros y Extraños a la Comunidad Indígena
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados respecto a la pregunta respondieron un 87,68% que SI, mientras que
la respuesta NO con un 12,32%, Esto refleja que el desconocimiento de la ley no exime de la
sanción en cualquier ley que se aplique.
783
110
893
87.68%
12.32%
100.0%
0.00%
20.00%
40.00%
60.00%
80.00%
100.00%
120.00%
0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
1000
SI NO TOTAL
¿Conoce usted que en las comunidades se pueden juzgar tanto a miembros, así como
extraños?
POBLACIÓN PORCENTAJE
27
Pregunta 8. ¿Considera usted si la aplicación de la justicia indígena es más eficiente y
efectiva al contrario de la justicia ordinaria en la forma de impartir justicia?
Figura 8
Es más eficiente la Justicia Indígena o la Ordinaria
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados con respecto a la pregunta respondieron un 53,86% que SI, mientras
que la respuesta NO con un 40,20%, y una minoría respondió que en algunos caso con un
porcentaje de 5,95% Esto refleja que quien sea que imparta justicia son medianamente
eficientes.
481
359
53
893
53.86% 40.20% 5.94% 100%
SI NO EN ALGUNOS CASOS TOTAL
0
200
400
600
800
1000
SI NO EN ALGUNOS CASOS TOTAL
¿Considera usted si la aplicación de justicia indígena es más
eficiente y efectiva al contrario de la justicia ordinaria en la forma de
impartir justicia?
POBLACIÓN PORCENTAJE Linear (POBLACIÓN )
28
Pregunta 9. ¿Considera si la rehabilitación que otorga la justicia indígena es más eficiente
que la que se da dentro de la justicia ordinaria?
Figura 9
Es Mejor la Rehabilitación de la Justicia Indígena o la Ordinaria
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados con respecto a la pregunta respondieron un 43,61% que SI, mientras
que la respuesta NO con un 44,84%, y una minoría respondió que en algunos caso con un
porcentaje de 11,55% Esto refleja que la rehabilitación en el sistema que administre la justicia
es medianamente eficiente.
0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
SI NO TAL VEZ TOTAL
389 400
103
892
43.61% 44.84% 11.55% 100%
¿Considera si la rehabilitación que otorga la justicia indígena es más eficiente que la que se da
dentro de la justicia ordinaria?
POBLACIÓN PORCENTAJE
29
Pregunta 10. ¿Considera que la justicia indígena debe subordinarse y acatar las leyes que
contempla el Código Orgánico Integral?
Figura 10
La Justicia Indígena Debe estar Contenida en el Código Orgánico Integral Penal
Elaborado por: La autora
Análisis
Los encuestados con respecto a la pregunta respondieron un 72,90% que SI, mientras
que la respuesta NO con un 17,81%, y una minoría respondió que DEPENDE con un
porcentaje de 9,29%
POBLACIÓN
PORCENTAJE
0
500
1000
SI NO DEPENDE TOTAL
651
15983
893
72.90% 17.81% 9.29% 100%
¿Considera que la justicia indígena subordinarse y acatar las leyes que contempla el Código
Orgánico Integral?
POBLACIÓN PORCENTAJE
30
CAPÍTULO 4. PROPUESTA
Tema
“LA APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO
INTEGRAL PENAL EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS”
Justificación de la propuesta
El presente estudio se justifica plenamente ya que es factible la propuesta, puesto que
La Constitución del Ecuador es clara y en la cual se establece las condiciones en las que se
desenvuelven las actividades cotidianas de un país por ser un Estado de derecho y justicia
social, democrático, plurinacional y pluricultural, de manera que se presentan diferentes
formas de administrar justicia, basadas en aspectos culturales y ancestrales.
Razón por la cual se ha motivado a la creación de tribunales encargados de interpretar
la interculturalidad en los que se ve involucradas comunidades indígenas, respetando el
derecho a la diversidad, es decir cada individuo de la sociedad tiene derecho hacer como él
desea, sin dejar de respetar los derechos fundamentales, por lo que se debe
Anexar en el Código Orgánico Integral Penal una ley en la cual los pueblos y
nacionalidades indígenas reconocidos por el Estado acojan y respeten.
Es importante destacar que se habla de dos tipos de derechos humanos de acuerdo con
su naturaleza siendo el primero dice que los Derechos Humanos son otorgados a las personas
por el Estado. Mientras que un segundo enunciado destaca que los Derechos Humanos
únicamente los reconoce y garantiza de acuerdo a un orden jurídico.
Objetivos de la propuesta
4.3.1. Objetivo principal
Considerar la instauración de una normativa donde se instaure elementos para la
cooperación y coordinación que establezca verdaderamente el reconocimiento y aplicación de
la Justicia Indígena, para defender su paralelismo y relación con la justicia ordinaria,
considerando las sanciones que sean reciprocas con el derecho a la dignidad humana.
31
4.3.2. Objetivo específico
• Lograr el reconocimiento pleno de la Justicia Indígena como un medio
alternativo para resolver conflictos mayores y sea reconocida con igual valor a
la justicia Ordinaria.
Desarrollo de propuestas
4.4.1. Análisis de la propuesta en el marco jurídico
La justicia indígena intrínsecamente en el estricto marco del pluralismo jurídico es
considerados un sistema admitido legalmente para administrar justicia, basado en el artículo
171 de la Constitución de la República del Ecuador y Convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo(OIT) normado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los
derechos de las naciones indígenas, pilares que sirven como fuentes del derecho indígena;
que por experiencias de conocimiento general de igual forma existen controversias probas de
irregularidades entre la jurisdicción indígena y la ordinaria, puesto que no existe una ley que
constituya en norma legal los elementos de coordinación y cooperación entre dichas partes
jurídicas.
Las regulaciones de la Justicia indígena están establecidas en la Constitución de la
República de acuerdo con artículo 171 la cual establece. “Las autoridades aplicarán las
normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos y que no sean
contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en los instrumentos
internacionales” (CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR 2008).
En el Código Orgánico General de Procesos, en el artículo dos hace referencia a los
principios regidores y dice: “En todas las actividades procesales se aplicarán los principios
previstos en la Constitución de la República, en los instrumentos internacionales de derechos
humanos, en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, en el Código
Orgánico de la Función Judicial y los desarrollados en este código” (Corte constitucional del
Ecuador, 2014), y en artículo 150, declara que “La jurisdicción consiste en la potestad
pública de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, potestad que corresponde a las juezas y jueces
establecidos por la Constitución y las leyes, y que se ejerce según las reglas de la
32
competencia.” (Asamblea Nacional 2009, 2015).Dentro del derecho procesal de acuerdo al
sistema se consideran tres elementos de la jurisdicción:
• La notio, consiste en la facultad de conocer los argumentos, guardando las
reglas de competencia corresponden a cada juez, lo cual da la facultad de citar
a las partes involucradas, recolectar pruebas, enviar notificaciones, etc.
• El iudicium, Es la fase para resolver el asunto sujeto a consideración del juez
encargado de la causa.
• El imperium, consiste en la “potestad del uso de la fuerza pública para hacer
firmes las providencias judiciales.
Por tal motivo si la Constitución no prohíbe la administración de la justicia indígena y
de acuerdo con el Convenio 169 de la OIT “deberán respetarse los métodos a los que los
pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por
sus miembros” (Naciones Unidas, 2007), cabe decir que la justicia indígena, tal como la
justicia ordinaria respeta los principios vigentes como son, el debido proceso, la celeridad, el
derecho a la defensa, economía procesal, oralidad entre otros.
Idea jurídica para realizar la propuesta
Para el estudio realizado en el presente proyecto, y con conocimiento cabal que un
individuo no puede solicitar la creación de una ley por sí solo, y para hacerlo debe presentar
un proyecto de ley como iniciativa ciudadana y contar con el respaldo del 0,25% de los
inscritos en el Padrón Electoral Nacional. Se consideró de forma responsable y por ser un
caso mediático y de conmoción nacional en el cual no se ponían de acuerdo en la jurisdicción
de quien debería ser el ente indicado para que dictamen justicia en el sonado caso La Cocha,
lo cual dio pautas al investigador para que la resolución de sentencia en su parte medular sea
incorporada en una reforma legal y se incluya como un artículo de la ley del Código Orgánico
Integral Penal, tal cual se expresa.
Para que se sirva de referente para penalizar y judicializar las causas consideradas
punibles de índole mayor dentro de las comunidades indígenas del Ecuador, sin necesidad de
recurrir a una norma abierta o buscar su aplicación en otra instancia legal.
En el siguiente caso N° 0731-10-EP
33
Tipo de proceso: Acción Extraordinaria de Protección contra Decisiones de la
Justicia Indígena.
Demandante: Víctor Manuel Olivo Pallo (hermano del difunto Marco Antonio Olivo
Pallo).
Fecha de la sentencia: 30 de julio de 2014.
Por lo expresado el investigador pone a consideración lo siguiente:
4.5.1. Decisión
Siendo que el desarrollo del contenido constitucional responde a una de las
obligaciones primordiales que tiene esta Corte y una de sus principales preocupaciones es
garantizar la vigencia plena y eficaz del orden jurídico y político aprobado por el
Constituyente en Montecristi, en mérito de lo expuesto, administrando justicia constitucional
y por mandato de la Constitución de la República del Ecuador (Sentencia N° 073 1-10EP).
La Corte Constitucional Expide la siguiente:
4.5.2. Sentencia
1. Que no se han vulnerado derechos constitucionales, tanto en el
ejercicio de la administración de justicia indígena por parte de la Asamblea
General Comunitaria de La Cocha, como tampoco por parte del Ministerio
Público y la judicatura penal ordinaria.
2. Que la Asamblea General Comunitaria del pueblo kichwa Panzaleo es
la autoridad de justicia indígena habilitada y competente para resolver los
conflictos internos en sus territorios.
3. Que la Asamblea General Comunitaria del pueblo kichwa Panzaleo,
cuando conoció este caso de muerte, no resolvió respecto de la protección del
bien jurídico vida como fin en sí mismo, sino en función de los efectos
sociales y culturales que esa muerte provocó en la comunidad, estableciendo
diversos niveles de responsabilidad que son distribuidos, en distinto grado,
entre los directamente responsables y sus respectivas familias, mientras que
34
por su lado, el ministerio público y la justicia penal ordinaria actuaron bajo la
obligación constitucional y legal de investigar y juzgar, respectivamente, la
responsabilidad individua] de los presuntos implicados en la muerte, por lo
que esta Corte declara que no se ha configurado el non bis in ídem o doble
juzgamiento.
4. De confinidad con los artículos 11 numeral 8, y 436 numerales 1 y 6 de
la Constitución de la República, la Corte Constitucional establece las
siguientes reglas de aplicación obligatoria que las autoridades indígenas,
autoridades administrativas y jurisdiccionales, así como los medios de
comunicación públicos, privados y comunitarios, observarán de manera
obligatoria, a partir de la publicación de la sentencia, bajo los siguientes
términos:
a) La jurisdicción y competencia para conocer, resolver y sancionar los,
casos que atenten contra la vida de toda persona, es facultad exclusiva y
excluyente del sistema de Derecho Penal Ordinario, aun en los casos en que
los presuntos involucrados y los presuntos responsables sean ciudadanos
pertenecientes a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así los
hechos ocurran dentro de una comunidad, pueblo o nacionalidad indígena.
La administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para conocer y
dar solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembros
dentro de su ámbito territorial y que afecten sus valores comunitarios.
b) Las autoridades de la justicia penal ordinaria, en el procesamiento y
resolución de casos penales que involucren a ciudadanos indígenas, aplicarán
lo establecido en el Convenio 169 de la OIT.
c) Es obligación de todo medio de comunicación público, privado o
comunitario que para la difusión de casos de justicia indígena, previamente se
obtenga autorización de las autoridades indígenas concernidas y comunicar los
hechos asegurando la veracidad y contextualización, reportando de manera
integral los procesos de resolución de conflictos internos y no solo los actos de
sanción, al tenor de los razonamientos desarrollados en la parte motiva de esta
sentencia. De igual forma se aplicará a los funcionarios públicos judiciales o
no y particulares que deberán tomar en cuenta estos aspectos propios.
35
5. Que el Consejo de la Judicatura organice un proceso sistemático de
difusión de esta sentencia con todos los operadores de justicia relacionados,
debiendo diseñar una política institucional apropiada para lograr una eficaz y
generalizada implementación administrativa y financiera de las instancias de
cooperación y coordinación intercultural a nivel nacional, tanto en el ámbito
del Ministerio Público como en las instancias judiciales pertinentes.
6. Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en conjunto con la
Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública y la Secretaria Nacional de Gestión
de la Política, organicen a la brevedad posible un proceso nacional de difusión
de esta sentencia en el nivel local, provincial y nacional con las personas,
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, en su propia lengua. Caso
N.0 073 1-lO-EP Página 36 de 36
7. Notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas y a las
autoridades referidas en la parte resolutiva de la misma, de conformidad con lo
establecido en la Constitución y la ley, debiendo traducirse la parte resolutiva
al idioma Kichwa para ser divulgada entre las comunidades del pueblo
Kichwa Panzaleo de la provincia de Cotopaxi.
8. Publíquese una gaceta exclusiva en español y Kichwa, y, la parte
resolutiva publíquese en español y Kichwa en un diario de circulación
nacional.
(Sentencia N° 073 1-10EP, p.34).
4.5.3. La iniciativa popular
El derecho de presentar y formular proyecto de leyes a la Asamblea Nacional, como
iniciativa popular como derecho político está amparado en la Constitución de la Republica
según, (Art. 26, inc. 1). Pero por un lado, la iniciativa no sólo involucra la jurisdicción o el
derecho de presentar proyectos para que sean reconocidos como ley, sino también tienen el
derecho de que estos proyectos sean tratados por la Legislatura ecuatoriana, mas no
necesariamente podrán o deberán ser aprobados.
36
Propuesta del investigador
De la sentencia ejecutoriada se puede observar que la Corte Constitucional es el ente
rector para impartir normativas legales cuando la coexistencia de dos jurisdicciones no aporta
beneficios legales a un caso grave el cual es tipificado como asesinato.
Por tal razón como en la sentencia de la Corte Constitucional ya queda plenamente
establecido que el en caso de delitos graves la justicia ordinaria es la encargada de juzgar y
sentenciar de ser el caso incluso si dichos delitos ocurren dentro de la jurisdicción donde
predomina la Justicia Indígena, y que están reguladas por la Constitución de la República.
Por lo citado respecto al caso en la que existe una resolución de la sentencia por parte
de la Corte Constitucional en la cual se deja sentado que los de delitos de asesinato sean
sancionados por la justicia ordinaria y para que surta efecto legal se debe incorporar al
Código Orgánico Integral penal (COIP), para que quede en firme como un artículo más para
sentenciar y ejecutar las sanciones respectivas de acuerdo a la normativa, por tal razón el
investigador propone:
CONSIDERANDOS
1. Que, de acuerdo con la Constitución en el Art. 171, se reconoce ampliamente la
independencia de la jurisdicción indígena y sus respectivas autoridades, pero
deben estar sujetas al control constitucional, ahí es donde existe un vacío legal y
crea dudas respecto a la aplicación de la Justicia Indígena.
2. Que, en virtud de lo establecido y juagado con sentencia en firme del caso N° 073
1-10EP sucedido en un Estado reconocido como plurinacional, lo cual hace
necesario la regularización de la Ley para establecer jurisdicción y competencia
para que sea reconocido todos los puntos de la sentencia en un artículo dentro del
Código Orgánico Integral Penal (COIP).
37
EL INVESTIGADOR RESUELVE
Presentar el siguiente punto de vista en forma de un Artículo para que sea considerado
como un aporte de la iniciativa ciudadana para normar fundamentalmente la aplicación de la
Justicia Ordinaria en casos tipificados como delitos mayores en los cuales amerita medidas de
penas y seguridad contempladas en el (COIP)
Se agregue un numeral en los Artículos 14 en el “CAPÍTULO QUINTO DELITOS
ÁMBITOS DE APLICACIÓN” dentro del Ámbito de la Ley penal del Ecuador (COIP,
2014).
Cuyo contenido textual dice:
Art. 14.- Ámbito espacial de aplicación.- Las normas de este Código se aplicarán a:
1. Toda infracción cometida dentro del territorio nacional.
2. Las infracciones cometidas fuera del territorio ecuatoriano, en los siguientes casos:
a) Cuando la infracción produzca efectos en el Ecuador o en los lugares sometidos a
su jurisdicción.
b) Cuando la infracción penal es cometida en el extranjero, contra una o varias
personas ecuatorianas y no ha sido juzgada en el país donde se la cometió.
c) Cuando la infracción penal es cometida por las o los servidores públicos mientras
desempeñan sus funciones o gestiones oficiales.
d) Cuando la infracción penal afecta bienes jurídicos protegidos por el Derecho
Internacional, a través de instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador, siempre
que no se haya iniciado su juzgamiento en otra jurisdicción.
e) Cuando las infracciones constituyen graves violaciones a los derechos humanos,
de acuerdo con las reglas procesales establecidas en este Código.
3. Las infracciones cometidas a bordo de naves o aeronaves militares o mercantes de
bandera o matrícula ecuatoriana.
38
4. Las infracciones cometidas por las o los servidores de las Fuerzas Armadas en el
extranjero, sobre la base del principio de reciprocidad. (REPUBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL, 2018)
Numeral Propuesta en la Ley
Lo que el investigador propone:
Se aumente un numeral en el cual se establezca que la sentencia del caso N° 073 1-
10EP, citado en el presente estudio sea anexado y considerado como parte integral del
Articulo 14 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual se propone de la siguiente
manera:
Art. 14.- Ámbito espacial de aplicación.
…5. La jurisdicción y competencia para conocer, resolver y sancionar los, casos que
atenten contra la vida de toda persona, es facultad exclusiva y excluyente del sistema de
Derecho Penal Ordinario, aun en los casos en que los presuntos involucrados y los presuntos
responsables sean ciudadanos perteneciente a comunidades, pueblos y nacionalidades
indígenas, así los hechos ocurran dentro de una comunidad, pueblo o nacionalidades
indígena.
La administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para conocer y dar
solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembros dentro de su ámbito
territorial y que afecten sus valores comunitarios
39
CONCLUSIÓNES
La estructura del presente estudio se basó en la recolección de la búsqueda necesaria
de elementos que aporten información importante para poder conformar y cumplir los
objetivos programados de acuerdo con las siguientes conclusiones:
• La base teórica investigada contribuyó con las preparaciones necesarias para
recabar información sobre lo que sucede con la Justicia Indígena en el país
identificando las acciones y análisis pertinentes para poder comprender la
estructura y formas culturales y sistemas jurisdiccionales que coexistes en un
Ecuador plurinacional
• Identificar los pueblos y naciones indígenas existentes en el país, quienes
logran obtener justicia, a través de procesos verbales para resolver los
conflictos de las comunidades haciendo prevalecer su cultura ancestral.
• En total acuerdo con la Constitución, queda claro que la justicia indígena no
puede conocer asuntos de interés público en los que el Estado tiene la potestad
y responsabilidad legal y directa de inmiscuirse, como es el caso de un
asesinato.
40
RECOMENDACIONES
• Concientizar y socializar que el Ecuador es un Estado Plurinacional en el cual
coexisten diferentes sistemas de administrar justicia y una de ellas es la Justicia
Indígena, para la cual se debe presentar un pedido formal para que se jerarquice a un
nivel igual que la del Código Orgánico Integral Penal.
• Se debe profundizar en el estudio para conocer la realidad de la aplicación de la
Justicia Indígena, y si deber o nos ser normada bajo la ley de justicia Ordinaria y
regirse a la Ley del Código Orgánico Integral Penal.
• Garantizar el debido proceso de la Ley de Justicia Indígena, la cual se basa en las
decisiones de una asamblea de ancianos conocedores de sus leyes ancestrales.
41
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José.
44
APENDICE
Apéndice A
Encuesta realizada en la Parroquia Zumbahua
1.- ¿Conoce usted la existencia de diferentes jurisdicciones dentro del país?*
o Si
o No
o Algo
2.- ¿Considera usted que la gente compara a la justicia indígena con justicia hecha por mano
propia?*
o Si
o No
o Frecuentemente
3.- ¿Cree usted que la mayoría de los ecuatorianos está informada sobre los alcances y
jurisdicción de la justicia indígena? *
o Si
o No
4.- ¿Considera necesario la coexistencia de la aplicación de la ley de justicia indígena y la ley
ordinaria en Ecuador? *
o Si
o No
5.- ¿Tiene conocimiento que dentro de la justicia indígena existe sanciones que obligan a
devolver el objeto o valor sustraído para solucionar los conflictos? *
o Si
o No
6.- ¿Sabe usted cómo son los procesos y/o procedimientos por parte de las autoridades
indígenas durante la asamblea de juicio? *
o Si
45
o No
7.- ¿Conoce usted que en las comunidades se pueden juzgar tanto a miembros, así como
extraños? *
o Si
o No
8.- ¿Considera usted si la aplicación de la justicia indígena es más eficiente y efectiva al
contrario de la justicia ordinaria en la forma de impartir justicia? *
o Si
o No
o En algunos casos
9.- ¿Considera si la rehabilitación que otorga la justicia indígena es más eficiente que la que
se da dentro de la justicia ordinaria? *
o Si
o No
o Tal vez
10.- ¿Considera que la justicia indígena debe subordinarse y acatar las leyes que contempla el
Código Orgánico Integral? *
o Si
o No
o Depende
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS
SOCIALES Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
UNIDAD DE TITULACIÓN
Guayaquil,
Sr. (Sra.) Dr. HURTADO DEL CASTILLO JAIME, PHD.
Director (a) de Carrera
Ciudad.-
De mis consideraciones:
Envío a Ud. El Informe correspondiente a la tutoría realizada al Trabajo de Titulación LA
APLICACIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y EL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL
PENAL EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, de la estudiante ELINA
AUXILIADORA CHEVEZ RENGIFO, indicando ha cumplido con todos los parámetros
establecidos en la normativa vigente:
✓ El trabajo es el resultado de una investigación.
✓ El estudiante demuestra conocimiento profesional integral.
✓ El trabajo presenta una propuesta en el área de conocimiento.
✓ El nivel de argumentación es coherente con el campo de conocimiento.
Adicionalmente, se adjunta el certificado de porcentaje de similitud y la valoración del
trabajo de titulación con la respectiva calificación.
Dando por concluida esta tutoría de trabajo de titulación, CERTIFICO, para los fines
pertinentes que los estudiante (s) está (n) apto (s) para continuar con el proceso de revisión
final.
Atentamente,
------------------------------------------------------
Dr. HURTADO DEL CASTILLO JAIME, PHD
C.I.