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Unidad Educativa Municipal Experimental Quitumbe
Nombre: Xavier Sanabria P. Curso: 1º “C”Tema: LOEI
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DerechosConstan en el artículo 7 del capitulo tercero : Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen lossiguientes derechos:a. Ser actores fundamentales en el proceso educativoRecibir gratuitamente servicios de carácter social,psicológico y de atención integral de salud en suscircuitos educativos
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Conclusión:
Es la primera constitución que nos da tantos derechos para la pluriculturalidad y prioriza la educación gratuita y nos protege ante toda agresión y casos de vulnerabilidad no solo por parte de los profesores sino también por parte de los alumnos.
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Obligaciones Se encuentra en el articulo 8 del capitulo tercero:Art. 8.- Obligaciones.- Las y los estudiantes tienen lassiguientes obligaciones:a. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas yobligaciones derivadas del proceso de enseñanza yaprendizaje, de acuerdo con la reglamentacióncorrespondiente y de conformidad con la modalidadeducativa, salvo los casos de situación devulnerabilidad en los cuales se pueda reconocerhorarios flexibles
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Conclusiòn:
Así como deben cumplir nuestros derechos nosotros debemos cumplir con nuestras obligaciones planteadas por la ley orgánica de educación intercultural (LOEI)Cubre desde la asistencia a clase como cumplimiento y entrega de trabajos e incluso nos introduce al sistema de evaluación.
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Sistema de evaluaciónArticulo 222:La evaluación del comportamiento de los estudiantes en las instituciones educativas cumple un objetivo formativo motivacional y está a cargo del docente de aula o del docente tutor. La evaluación del comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa, no afectar la promoción de los estudiantes y regirse a la siguiente escala:
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Articulo 330:Las faltas de los estudiantes son las que se establecen en el artículo 134 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Estas faltas pueden ser leves, graves o muy graves:
FALTAS LEVES
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Faltas Graves:
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Faltas muy graves:
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Sanciones: