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Tutela de Personas Adultas Gua de Informacin y Recursos Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos
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Presentacin
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L a Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos de la Consejera de Familia y Asuntos Sociales asume la tutela de aquellas personas que han sido incapacitadas judicialmente con el objetivo de garantizarles la seguridad jurdica, patrimonial y personal que necesitan.
De esta manera la Agencia da respuesta a las necesidades reales de los ciudadanos, ofreciendo un servicio social indispensable para aquellas familias que por motivos diversos no pueden afrontar la tutela de alguno de sus miembros.
Adems, la Agencia tambin tiene que ser un organismo complementario 05 de una sociedad moderna y solidaria, como es la madrilea, que tiene que asumir la responsabilidad de ejercer la tutela de los ciudadanos que lo necesitan a travs de fundaciones y entidades tutelares preparadas para ello.
Por eso es importante que se divulgue de una manera adecuada cmo se plantea y se articula el procedimiento de incapacitacin, qu papel desempean en l las instituciones, qu escritos y formularios hay que dirigir a la administracin de justicia y toda la informacin que pueda demandar la sociedad para hacer frente a esa responsabilidad tan importante como es el ejercicio de la tutela.
Agradezco por tanto el esfuerzo de todos los que han intervenido en la elaboracin de esta Gua de Informacin y Recursos de la Tutela en la confianza de que con su distribucin se lograr acercar y facilitar su ejercicio a las familias y a las dems instituciones.
Carlos Zor Director AMTA
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SU
MA
RIO
Sumario
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II
I
SU
MA
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IILa Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos ................................................................................................................................................................................................................ 15
IIILegislacin Bsica acerca del Procedimiento de Incapacidad y la Tutela............................................................................................................................................................................................................ 23
Entidades tutelaresIIIIdel territorio espaol AIRecursos pblicos para la tutela de adultos .............................................................................................................................. 39
BIRecursos Privados para la tutela de adultos
1IDe personas con trastorno mental grave .......................................................................................................................... 50
2IDe personas con discapacidad intelectual.................................................................................................................... 58 9 3IDe personas mayores.............................................................................................................................................................................................................. 73
IVIDirecciones de inters AIConsejeras de las Comunidades Autnomas con
competencias en Servicios Sociales ................................................................................................................................................................ 79
BIJuzgados y Fiscalas de la Comunidad de Madrid...................................................................................................... 85
CIServicios de Orientacin Jurdica de la Comunidad de Madrid .............................................. 95
DICentros base de la Comunidad de Madrid ................................................................................................................................ 102
EIOrganismos de la Seguridad Social en la Comunidad de Madrid.............................. 106
FIOtros datos y direcciones de inters.................................................................................................................................................................. 111
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VIModelos y formularios para el desempeo de una funcin tutelar AIFormulario y modelos de inters general .......................................................................................................................................... 115
1IEscrito a la fiscala a fin de comunicar la necesidad
de proteccin legal de una persona dependiente................................................................................ 118
2IInventario judicial .............................................................................................................................................................................................................................. 121
3IRendicin anual acerca de la situacin personal y
patrimonial del tutelado.................................................................................................................................................................................................. 125
BIFormularios para la solicitud de autorizaciones judiciales.................................................................. 129
1IAutorizacin judicial para gastos extraordinarios.................................................................................... 132
2IAutorizacin para comparecer en juicio.......................................................................................................................... 134
3IAutorizacin judicial para dar dinero a prstamo.................................................................................. 136
4IAutorizacin judicial para tomar dinero a prstamo ...................................................................... 138 10 5IAutorizacin judicial para la enajenacin de bienes inmuebles.................... 140
6IAutorizacin judicial para gravar bienes inmuebles ...................................................................... 143
7IAutorizacin judicial para enajenar, gravar y adquirir bienes inmuebles............................................................................................................................................................................................................................ 145
8IAutorizacin judicial para adquirir y gravar bienes inmuebles.......................... 148
9IAutorizacin judicial para entablar demanda .................................................................................................... 150
10IAutorizacin judicial para la aceptacin de la herencia sin beneficio de inventario...................................................................................................................................................................................... 152
11IAutorizacin judicial para ceder bienes en arrendamiento por tiempo superior a 6 aos........................................................................................................................................................................ 155
12IAutorizacin judicial para la renuncia de derechos.......................................................................... 157
13IAutorizacin judicial para disponer a ttulo gratuito de bienes o derechos ........................................................................................................................................................................................................ 159
14IAutorizacin judicial para enajenar valores mobiliarios ........................................................ 161
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15IAutorizacin judicial para la esterilizacin, promovido por quienes ejercen la patria potestad rehabilitada ........................................................................ 163
16IAutorizacin judicial para la esterilizacin, promovido por quienes ejercen la tutela .......................................................................................................................................................................... 165
CIAprobaciones judiciales ...................................................................................................................................................................................................................... 167
1IAprobacin judicial de la particin hereditaria practicada ............................................ 168
2ISolicitud de nombramiento de defensor judicial con
aprobacin judicial de la particin hereditaria practicada.............................................. 170
3IAprobacin judicial de la divisin de la cosa comn.................................................................. 172
DIOtros modelos y formularios de inters tutelar.................................................................................................................... 174
1IExcusa de la patria potestad rehabilitada y
nombramiento de tutor .................................................................................................................................................................................................... 175
2IExcusa de la tutela y nombramiento de tutor .................................................................................................... 177
3IEscrito a la fiscala con la finalidad de iniciar proceso para reintegracin de la capacidad a solicitud del incapaz.............................................................. 179 11
4IEscrito a la fiscala con la finalidad de iniciar proceso para reintegracin de la capacidad a solicitud del tutor.............................................................................. 181
5ISolicitud de internamiento en base al 271.1 del Cdigo Civil ................................ 183
6ISolicitud de internamiento en base al 763 de la L.E.C. .......................................................... 185
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I La Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos
I. L
A
A.M
.T.A
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l La Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos 1lAntecedentes: La Comisin de Tutela y Defensa Judicial de Adultos La reforma del Cdigo Civil en materia de tutela, realizada por Ley 13/1983, de 24 de octubre, permiti el ejercicio de las funciones tutelares por personas jurdicas. Su base normativa se encuentra en el artculo 242 del cuerpo legal:
Podrn ser tambin tutores las personas jurdicas que no
tengan finalidad lucrativa y entre cuyos fines figure la
proteccin de menores e incapacitados .
Dentro de las personas jurdicas se incluye las de carcter pblico. Y en virtud de la distribucin de competencias que recoge nuestro texto constitucional, corresponde a las 15 Comunidades Autnomas el ejercicio de las mismas.
En el mbito de la Comunidad de Madrid se crea la Comisin de Tutela y Defensa Judicial de Adultos. El nacimiento de este servicio fue provocado principalmente por la demanda surgida desde distintos sectores y estamentos judiciales.
La Comisin de Tutela y Defensa Judicial de Adultos fue creada por Decreto 93/1990, de 4 de octubre, de la Consejera de Integracin Social como un rgano ad hoc sin personalidad jurdica propia, dependiente de su Viceconsejera, a travs del cual la Comunidad de Madrid tiene el fin de prestar la asistencia y proteccin social precisas para hacer frente a la defensa de los derechos y garantas de las personas necesitadas de tutela.
Paulatinamente se detect que el marco autonmico adoleca de alguna deficiencia de carcter funcional. El tutor tena que desplegar una ingente actividad en el orden civil para el correcto desempeo de sus funciones. Tales actividades se incardinan en el derecho privado y escapan del tradicional mbito de la Administracin Pblica y por tanto de la clsica estructura administrativa.
Todo esto aconsej la conversin de la Comisin en un Ente de Derecho Pblico con personalidad jurdica propia, plena capacidad pblica y privada para el cumplimiento de sus fines y que ajusta su actividad al ordenamiento jurdico privado.
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2l La Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos: Fines Por Ley 4/1995, de 21 de marzo, se crea la Agencia Madrilea para la Tutela de Adultos.
La propia ley fundacional establece como principio inspirador de la Agencia promover la sensibilizacin social en orden a fomentar el respeto de los derechos de las personas mayores de edad con capacidad legal limitada y su mayor integracin y normalizacin en la sociedad.
En este sentido, la Agencia cumple los siguientes fines:
a) El ejercicio inexcusable de la Tutela y Curatela de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente, residentes en la Comunidad de Madrid, en los trminos fijados por el Cdigo Civil, cuando as lo determine la autoridad judicial competente.
b) La asuncin, en su caso, de la Defensa Judicial de los residentes en la Comunidad de Madridsobre los que se haya iniciado un proceso de incapacitacin, as como el ejercicio de cuantas funciones determine la autoridad judicial en medidas provisionales de defensa y proteccin personal y patrimonial de presuntos incapaces en situacin de desamparo.
16 c) El fomento y realizacin de acciones encaminadas a la integracin y normalizacin de los tutelados por la Agencia, facilitando recursos sociales, la atencin personal del incapacitado, su cuidado, rehabilitacin o recuperacin y el afecto necesario.
d) La administracin de los bienes del tutelado, actuando en su beneficio, bajo los principios de prudencia, conservacin y mejora de aqullos, con arreglo a las previsiones contenidas en el Cdigo Civil al respecto.
e) Informacin, orientacin, asesoramiento y asistencia a padres, familiares y otros tutores.
En cualquier caso lo debe establecer la autoridad judicial competente, la Agencia no puede asumir nombramientos o ejercer la funcin tutelar respecto de personas si no es por expreso mandato judicial, sin que quepa, la actuacin de oficio ni a solicitud de parte.
Es importante sealar el doble papel de complementariedad y de garanta que cumple la Agencia.
La complementariedad debe predicarse, en todo caso, de esas personas llamadas a ser tutores en primer trmino, cindose a casos puntuales y cuyas circunstancias personales y sociales as lo indican. El aspecto garantista hace referencia en ltima instancia a la existencia de una Entidad que pueda prestar el apoyo necesario cuando no sea posible el nombramiento de tutor respecto de las personas llamadas a ejercer la tutela, bien por inexistencia, no idoneidad o inhibicin de los mismos.
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3lrganos Rectores y Estructura Interna Los rganos rectores de la Agencia son:
Presidente. Consejo de Administracin. Director.
Respecto de su organizacin interna, la Agencia se estructura en tres reas de trabajo, que se corresponden con los tres mbitos que rodean a la persona:
a) rea de Trabajo Social
Su labor se concentra fundamentalmente en:
Planificacin y obtencin, en su caso, de los recursos sociales y prestaciones asistenciales y sanitarias que pudieran necesitar los usuarios de la Agencia, en funcin del plan individualizado de intervencin que para cada uno se hubiere diseado.
Conocimiento de los aspectos psicolgicos, mdicos y sociales que rodean a la persona. 17
Colaboracin con la iniciativa social con el objetivo de cubrir las necesidades afectivas y de integracin social de todas las personas incapacitadas o en proceso de incapacitacin.
Prestar el apoyo y la orientacin a padres, familiares, as como otras personas, fsicas o jurdicas sobre aspectos sociales relacionados con la incapacitacin y la tutela.
b) rea Jurdica
La intervencin de la Agencia se centra en las siguientes cuestiones:
Actuaciones en los procedimientos de incapacitacin y tutela, as como en aquellas otras piezas que pudieran abrirse para acordar medidas cautelares de proteccin personal y/o patrimonial en relacin con el presunto incapaz.
Intervencin y defensa en aquellos asuntos en los que los intereses y derechos de los tutelados estn afectados.
Asesoramiento e informacin en aquellas cuestiones jurdicas que pudieran suscitarse en el ejercicio de los cargos tutelares.
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C. rea Econmico-Administrativa
Las actuaciones se concretan en:
Planificacin, gestin y administracin del patrimonio de las personas tuteladas por la Agencia.
Realizacin de aquellas actuaciones de carcter patrimonial acordadas judicialmente en medidas cautelares, como medida de proteccin de presuntos incapaces.
Conformacin de inventarios y rendiciones de cuentas para su presentacin ante la autoridad judicial competente como garanta del desempeo de la funcin tutelar.
Informacin y asesoramiento sobre recursos econmicos y administracin patrimonial a aquellas personas que lo requieran.
Estas reas, integradas por diferentes profesionales, desarrollan sus funciones partiendo del principio de coordinacin. El inicio y aspecto ms importante de todo expediente es el diseo de un Plan individualizado de intervencin, que ser el que ms se ajuste a las necesidades personales del tutelado, realizado por un equipo multidisciplinar en el que deben intervenir tcnicos de cada una de las reas a fin de que las decisiones a
18 tomar integren todos los aspectos que puedan afectar a la persona. El diseo y puesta en marcha de este plan no es un acto mecnico que se realice exclusivamente y de manera puntual en los primeros estadios de la intervencin, por el contrario, se trata de un autntico proyecto de trabajo personalizado que es necesario adecuar continuamente segn los cambios que se vayan produciendo en la situacin del tutelado a fin de conseguir en la medida de lo posible su normalizacin e integracin en la sociedad, por lo que podemos considerarlo un plan dinmico de intervencin.
rea Jurdica
rea Social
Coordinadora rea
Jurdica
Coordinador rea Econmico-
administrativa
Coordinadora rea
Social
Secretara
Director
Rendicin de Cuentas
rea Econmico-
administrativa
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Total de expedientes: 6.858
En la actualidad, la Agencia cuenta con 2.295 nombramientos, aceptados y jurados,
Tutela: ..........................................................................................1.311 Defensa judicial: ................................................................751 Curatela: ........................................................................................155
Otros
Tutela provisional
Administracin provisional
Curatela
Defensa judicial
Tutela
Administracin provisional: ..................................65 Tutela provisional:....................................................................4 Otros:..........................................................................................................9
9
4
65
155
751
1.311
0 300 600 900 1.200 1.500
Distribucin por edades:
18-29 aos: ................................................................................6% 30-39 aos: ............................................................................13% 40-49 aos: ............................................................................17% 50-59 aos: ............................................................................17%
19
60-69 aos: ............................................................................15% 70-79 aos: ............................................................................13% 80-89 aos: ............................................................................14% > 90 aos: ................................................................................ 5%
0%
2%
4%
6%
8%
10%
12%
14%
16%
18%
18-29 30-39 40-49 50-59 60-69 70-79 80-89 >90
6%
13%
17% 17%
15%
13%
14%
5%
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En cuanto a las patologas, tenemos la siguiente distribucin:
Demencia senil ................................................................15% Demencias ..............................................................................21% Enfermedad mental....................................................19% Otras enfermedades mentales ....................3% Demencia tipo Alzheimer ....................................4% Demencia alcohlica ..................................................2% Otro tipo de demencias ..........................................2%
Psicosis
Sndrome de Down
Patologas asociadas
Trastorno personalidad conducta
Deficiencia mental........................................................10% Otras deficiencias mentales..............................2% Esquizofrenias ....................................................................13% Trastorno personalidad conducta ............4% Patologas asociadas ..................................................1% Sndrome de Down........................................................1% Psicosis ............................................................................................3%
20
3%
1%
1%
4%
13%
2%
10%
2%
2%
4%
3%
19%
21%
15%
0% 5% 10% 15% 20% 25%
Esquizofrenias
Otras deficiencias mentales
Deficiencia mental
Otro tipo de demencias
Demencia alcohlica
Demencia tipo Alzheimer
Otras enfermedades mentales
Enfermedad mental
Demencias
Demencia senil
*Datos referidos a 30 de septiembre de 2007.
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II Legislacin bsica acerca del procedimiento de incapacidad y la tutela
II.
LEG
ISLA
CI
N
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l Legislacin Bsica acerca del Procedimiento de Incapacidad y la Tutela La normativa bsica acerca del procedimiento de incapacidad y la tutela, se contiene en el Libro I, del ttulo IX del Cdigo Civil y en Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
A continuacin se exponen las cuestiones ms importantes que nos debemos plantear cuando tengamos constancia de la existencia de una persona que pensemos necesitada de proteccin legal o cuando valoremos la posibilidad de asumir su tutela, as como las normas legales que fundamentan las respuestas.
QU ES EL PROCEDIMIENTO DE INCAPACIDAD?
Este proceso, tiene como nico objeto revisar la capacidad jurdicamente se nos presume a todos, para comprobar si es necesario o no establecer medidas de proteccin.
Deberemos tomar siempre en cuenta que independientemente de la gravedad de la enfermedad 23 o deficiencia padecida, no existe limitacin alguna en la capacidad de obrar de la persona sin que exista una sentencia judicial que as lo declare.
As se seala en las siguientes disposiciones del Cdigo Civil:
Artculo 199:
Nadie puede ser incapacitado sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la Ley.
Artculo 200:
Son causas de incapacitacin las enfermedades o deficiencias persistentes de carcter fsico o psquico que impidan a la persona gobernarse por s misma.
QUIN PUEDE INICIAR EL PROCEDIMIENTO?
El procedimiento slo puede ser iniciado por el cnyuge o quien se encuentra en situacin de hecho asimilable, los descendientes, ascendientes o hermanos de la persona sobre la que se solicite alguna medida de proteccin. Puede tambin iniciarlo la persona necesitada de proteccin.
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Adems, el Ministerio Fiscal debe promoverlo cuando las personas mencionadas no existieren o no lo hubieren promovido.
Ninguna otra persona, fsica o jurdica est legitimada para iniciarlo. Ello no obstante cualquiera persona est facultada para poner en conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos que pudieran indicar que una persona necesita de alguna medida de proteccin.
As se regula en el artculo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el que bajo la rbrica de la Legitimacin en los procesos de incapacitacin y de declaracin de prodigalidad se afirma:
1) La declaracin de incapacidad puede promoverla el presunto incapaz, el cnyuge o quien se encuentre en una situacin de hecho asimilable, los descendientes, los ascendientes, o los hermanos del presunto incapaz.
2) El Ministerio Fiscal deber promover la incapacitacin si las personas mencionadas en el apartado anterior no existieran o no la hubieran solicitado.
3) Cualquier persona est facultada para poner en conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos que puedan ser determinantes de la incapacitacin. Las autoridades y funcionarios pblicos que, por razn de sus cargos, conocieran la existencia de posible
24 causa de incapacitacin en una persona, debern ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal.
4) No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, la incapacitacin de menores de edad, en los casos en que proceda conforme a la Ley, slo podr ser promovida por quienes ejerzan la patria potestad o la tutela.
5) La declaracin de prodigalidad slo podr ser instada por el cnyuge, los descendientes o ascendientes que perciban alimentos del presunto prdigo o se encuentren en situacin de reclamrselos y los representantes legales de cualquiera de ellos. Si no la pidieren los representantes legales, lo har el Ministerio Fiscal.
QU ES LA TUTELA?
La tutela es una institucin concebida para la guarda y proteccin de aquellas personas que han perdido total o parcialmente su capacidad de autogobierno.
La tutela puede tener por objeto a la propia persona, su patrimonio o ambas cosas.
As se recoge en el Cdigo Civil:
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Artculo 215:
La guarda y proteccin de la persona y bienes o solamente de la persona o de los bienes de los menores o incapacitados, se realizar, en los casos que proceda, mediante:
1) La tutela.
2) La curatela.
3) El defensor judicial.
QUIN PUEDE SER NOMBRADO TUTOR?
Aun cuando el Cdigo Civil establece un orden de preferencia para el nombramiento de tutor, en atencin al superior inters de la persona necesitada de proteccin, el Juez puede designar tutor a cualquier persona fsica o jurdica que considere idnea.
As se recoge en los siguientes artculos del Cdigo Civil:
Artculo 223:
25 Los padres podrn en testamento o documento pblico notarial nombrar tutor, establecer rganos de fiscalizacin de la tutela, as como designar las personas que hayan de integrarlos u ordenar cualquier disposicin sobre la persona o bienes de sus hijos menores o incapacitados.
Asimismo, cualquier persona con la capacidad de obrar suficiente, en previsin de ser incapacitada judicialmente en el futuro, podr en documento pblico notarial adoptar cualquier disposicin relativa a su propia persona o bienes, incluida la designacin de tutor.
Los documentos pblicos a los que se refiere el presente artculo se comunicarn de oficio por el notario autorizante al Registro Civil, para su indicacin en la inscripcin de nacimiento del interesado.
En los procedimientos de incapacitacin, el juez recabar certificacin del Registro Civil y, en su caso, del registro de actos de ltima voluntad, a efectos de comprobar la existencia de las disposiciones a las que se refiere este artculo.
Artculo 224:
Las disposiciones aludidas en el artculo anterior vincularn al Juez, al constituir la tutela, salvo que el beneficio del menor o incapacitado exija otra cosa, en cuyo caso lo har mediante decisin motivada.
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Artculo 225:
Cuando existieren disposiciones en testamento o documento pblico notarial del padre y de la madre, se aplicarn unas y otras conjuntamente en cuanto fueran compatibles. De no serlo, se adoptarn por el Juez, en decisin motivada, las que considere ms convenientes para el tutelado.
Artculo 226:
Sern ineficaces las disposiciones hechas en testamento o documento pblico o notarial sobre la tutela si, en el momento de adoptarlas, el disponente hubiese sido privado de la patria potestad.
Artculo 234:
Para el nombramiento de tutor se preferir:
1) Al designado por el propio tutelado, conforme al prrafo segundo del artculo 223.
2) Al cnyuge que conviva con el tutelado.
26 3) A los padres. 4) A la persona o personas designadas por stos en sus disposiciones de ltima voluntad.
5) Al descendiente, ascendiente o hermano que designe el juez.
Excepcionalmente, el Juez, en resolucin motivada, podr alterar el orden del prrafo anterior o prescindir de todas las personas en l mencionadas, si el beneficio del menor o del incapacitado as lo exige.
Se considera beneficiosa para el menor la integracin en la vida familiar del tutor.
Artculo 235:
En defecto de las personas mencionadas en el artculo anterior, el Juez designar tutor a quien, por sus relaciones con el tutelado, y en beneficio de ste, considere ms idneo.
Artculo 240:
Si hubiere que designar tutor para varios hermanos, el Juez procurar que el nombramiento recaiga en una misma persona.
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Artculo 241:
Podrn ser tutores todas las personas que se encuentren en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y en quienes no concurra alguna de las causas de inhabilidad establecidas en los artculos siguientes.
PUEDEN SER TUTORES LAS PERSONAS JURDICAS?
Despus de la reforma llevada a cabo en el ao 1983, no slo pueden ser tutores las personas fsicas, sino tambin las jurdicas, siempre y cuando cumplan los requisitos recogidos en el artculo 242 del Cdigo Civil:
Podrn ser tambin tutores las personas jurdicas que no tengan finalidad lucrativa y entre cuyos fines figure la proteccin de menores e incapacitados.
Asimismo, deber tomarse en cuenta lo dispuesto en el artculo 239 del mismo texto, conforme al cual:
Artculo 239:
La tutela de los menores desamparados corresponde por Ley a la Entidad a que se 27 refiere el artculo 172.
Se proceder, sin embargo, al nombramiento de tutor conforme a las reglas ordinarias, cuando existan personas que, por sus relaciones con el menor o por otras circunstancias, puedan asumir la tutela en beneficio para ste.
La entidad pblica a la que, en el respectivo territorio, est encomendada la tutela de los incapaces cuando ninguna de las personas recogidas en el artculo 234 sea nombrado tutor, asumir por ministerio de la Ley la tutela del incapaz o cuando ste se encuentre en situacin de desamparo.
Se considera como situacin de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes que le incumben de conformidad a las Leyes, cuando stos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.
EXISTEN PERSONAS QUE NO PUEDEN SER NOMBRADAS TUTORES?
S, el Cdigo Civil advierte que hay determinadas personas que no pueden ser designadas como tutores:
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Artculo 243:
No pueden ser tutores:
1) Los que estuvieran privados o suspendidos en el ejercicio de la patria potestad o total u parcialmente de los derechos de guarda y educacin, por resolucin judicial.
2) Los que hubieren sido legalmente removidos de una tutela anterior.
3) Los condenados a cualquier pena privativa de libertad, mientras estn cumpliendo la condena.
4) Los condenados por cualquier delito que haga suponer fundadamente que no desempearn bien la tutela.
Artculo 244:
Tampoco pueden ser tutores:
1) Las personas en quienes concurra imposibilidad absoluta de hecho.
28 2) Los que tuvieren enemistad manifiesta con el menor o incapacitado. 3) Las personas de mala conducta o que no tuvieren manera de vivir conocida.
4) Los que tuvieren importantes conflictos de intereses con el menor o incapacitado, mantengan con l pleito o actuaciones sobre el estado civil o sobre la titularidad de los bienes, o los que le adeudaren sumas de consideracin.
5) Los quebrados y concursados no rehabilitados, salvo que la tutela lo sea solamente de la persona.
Artculo 245:
Tampoco pueden ser tutores los excluidos expresamente por el padre o por la madre en sus disposiciones en testamento o documento notarial, salvo que el Juez, en resolucin motivada, estime otra cosa en beneficio del menor o del incapacitado.
QUIN EJERCE EL CONTROL DE LA TUTELA?
Tras la reforma del Cdigo Civil llevada a cabo en el ao 1983 se cambi el sistema tutelar en nuestro derecho, pasndose de una tutela de familia a una tutela de autoridad, ya que
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en atencin al superior inters de la persona protegida, su ejercicio est siempre sometido al control por parte del Juez y del Ministerio Fiscal.
Los mecanismos de control son fundamentalmente cuatro:
1) La presentacin de un inventario de todos los bienes y derechos del tutelado en el plazo de 60 das desde la aceptacin del cargo.
2) La presentacin de un informe anual sobre la situacin personal y patrimonial del tutelado.
3) La posibilidad que tiene el Ministerio Fiscal para exigir al tutor que le informe en cualquier momento sobre la situacin del tutelado y el estado de administracin de la tutela.
4) Al cesar en sus funciones el tutor debe rendir en un plazo de tres meses cuenta general justificada de su administracin
As se recoge en las siguientes disposiciones del Cdigo Civil:
Artculo 232:
La tutela se ejercitar bajo la vigilancia del Ministerio Fiscal, que actuar de oficio o a instancia 29 de cualquier interesado.
En cualquier momento podr exigir del tutor que le informe sobre la situacin del menor o del incapacitado y del estado de la administracin de la tutela.
Artculo 233:
El Juez podr establecer, en la resolucin por la que se constituye la tutela o en otra posterior las medidas de vigilancia y control que estime oportunas en beneficio del tutelado, Asimismo podr en cualquier momento exigir del tutor que informe sobre la situacin del menor o del incapacitado y del estado de la administracin.
Artculo 262:
El tutor est obligado a hacer inventario de los bienes del tutelado dentro del plazo de sesenta das, a contar de aquel en que hubiese tomado posesin de su cargo.
Artculo 266:
El tutor que no incluya en el inventario los crditos que tenga contra el tutelado, se entender que los renuncia.
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QU NO PUEDE HACER EL TUTOR?
Durante el ejercicio de su cargo y de conformidad con lo dispuesto en el artculo 221 del Cdigo Civil, se prohbe a quien desempee algn cargo tutelar:
1) Recibir liberalidades del tutelado o de sus causahabientes, mientras que no se haya aprobado definitivamente su gestin.
2) Representar al tutelado cuando en el mismo acto intervenga en nombre propio o de un tercero y existiera conflicto de intereses.
3) Adquirir por ttulo oneroso bienes del tutelado o transmitirle por su parte bienes por igual ttulo.
CULES SON LAS OBLIGACIONES DEL TUTOR?
Adems de las obligaciones derivadas del control de la tutela por parte del Juez y del Ministerio Fiscal, el tutor queda obligado a:
Velar por el tutelado.
30 Procurarle alimentos.
Promover la adquisicin o recuperacin de su capacidad de tutelado, as como su mejor insercin en sociedad.
Administrar sus bienes con la diligencia de un buen padre de familia.
As se establece en los siguientes artculos del Cdigo Civil:
Artculo 267:
El tutor es el representante del menor o incapacitado, salvo para aquellos actos que pueda realizar por s slo, ya sea por disposicin expresa de la Ley o de la sentencia de incapacitacin.
Artculo 268:
Los sujetos a tutela deben respeto y obediencia al tutor, los tutores podrn, en el ejercicio de su cargo, recabar el auxilio de la autoridad. Podrn tambin corregir a los menores razonable y moderadamente.
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Artculo 269:
El tutor est obligado a velar por el tutelado y, en particular:
1) A procurarle alimentos.
2) A educar al menor y procurarle una formacin integral.
3) A promover la adquisicin o recuperacin de la capacidad del tutelado y su mejor insercin en la sociedad.
4) A informar al Juez anualmente sobre la situacin del menor o incapacitado y rendirle cuenta anual de su administracin.
Artculo 270:
El tutor nico y, en su caso, el de los bienes es el administrador legal del patrimonio de los tutelados y est obligado a ejercer dicha administracin con la diligencia de un buen padre de familia.
UNA VEZ ACEPTADO EL CARGO, ES POSIBLE EXCUSARNOS DEL 31 EJERCICIO DE LA TUTELA?
S, an cuando la tutela debe suponer un compromiso serio y a largo plazo por quien est llamado a ella, circunstancias sobrevenidas pueden ser tomadas en cuenta para la persona inicialmente nombrada pueda dejar su cargo y procederse a la designacin de otra para desempearlo. A este procedimiento se le denomina excusa del cargo y sus posibles causas se recogen en los siguientes artculos del Cdigo Civil:
Artculo 217:
Slo se admitir la excusa de los cargos tutelares en los supuestos legalmente previstos.
Artculo 251:
Ser excusable el desempeo de la tutela cuando por razones de edad, enfermedad, ocupaciones personales o profesionales, por falta de vnculos de cualquier clase entre tutor y tutelado o por cualquier otra causa, resulte excesivamente gravoso el ejercicio del cargo, las personas jurdicas podrn excusarse cuando carezcan medios suficientes para el adecuado desempeo de la tutela.
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Artculo 252:
El interesado que alegue causa de excusa deber hacerlo dentro del plazo de quince das a contar desde que tuviera conocimiento del nombramiento.
Artculo 253:
El tutor podr excusarse de continuar ejerciendo la tutela, siempre que hubiera persona de parecidas condiciones para sustituirle, cuando durante el desempeo de aqulla le sobrevenga cualquiera de los motivos de excusa contemplados en el artculo 251.
Artculo 255:
Si la causa de excusa fuera sobrevenida, podr ser alegada en cualquier momento.
Artculo 256:
Mientras se resuelva acerca de la excusa, el que la haya propuesto estar obligado a ejercer la funcin.
No hacindolo as, el Juez nombrar un defensor que le sustituya, quedando el
32 sustituido responsable de todos los gastos ocasionados por la excusa si sta fuera rechazada.
Artculo 257:
El tutor designado en testamento que se excuse de la tutela al tiempo de su delacin perder lo que, en consideracin al nombramiento, le hubiere dejado el testador.
QU ACTOS NO PUEDE EL TUTOR REALIZAR
EN NOMBRE DEL TUTELADO?
Pese a ser el representante legal del tutelado, existen determinados actos que el tutor no podr hacer sin expresa autorizacin judicial. As se recoge en los artculos 271 y 272 del Cdigo Civil:
Artculo 271:
El tutor necesita autorizacin judicial:
1) Para internar al tutelado en un establecimiento de salud mental o de educacin o formacin especial.
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2) Para enajenar o gravar bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales, objetos preciosos y valores mobiliarios de los menores o incapacitados, o celebrar contratos o realizar actos que tengan carcter dispositivo y sean susceptibles de inscripcin. Se excepta la venta del derecho de suscripcin preferente de acciones.
3) Para renunciar derechos, as como transigir o someter a arbitraje cuestiones en que el tutelado estuviese interesado.
4) Para aceptar sin beneficio de inventario cualquier herencia, o para repudiar sta o las liberalidades.
5) Para hacer gastos extraordinarios en los bienes.
6) Para entablar demanda en nombre de los sujetos a tutela, salvo en los asuntos urgentes o de escasa cuanta.
7) Para ceder bienes en arrendamiento por tiempo superior a seis aos.
9) Para dar y tomar dinero a prstamo.
9) Para disponer a ttulo gratuito de bienes o derechos del tutelado.
33 10) Para ceder a terceros los crditos que el tutelado tenga contra l, o adquirir a ttulo
oneroso los crditos de terceros contra el tutelado.
Artculo 272:
No necesitarn autorizacin judicial la particin de herencia ni la divisin de cosa comn realizadas por el tutor, pero una vez practicadas requerirn aprobacin judicial.
ES POSIBLE QUE UNA PERSONA SEA CESADA EN EL CARGO DE TUTOR?
S, a esto se le llama remocin del cargo y se regula en el siguiente artculo del Cdigo Civil:
Artculo 247:
Sern removidos de la tutela los que despus de deferida incurran en causa legal de inhabilidad, o se conduzcan mal en el desempeo de la tutela, por incumplimiento de los deberes propios del cargo o por notoria ineptitud de su ejercicio, o cuando surgieran problemas de convivencia graves y continuados.
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SE EXTINGUE LA TUTELA?
La tutela de las personas mayores de edad se extingue por el fallecimiento de la persona sometida a tutela y por sentencia que ponga fin a la situacin de la incapacidad o sustituya la tutela por una curatela.
As se establece en los siguientes artculos del Cdigo Civil:
Artculo 276:
La tutela se extingue:
1) Cuando el menor de edad cumple los dieciocho aos, a menos que con anterioridad hubiera sido judicialmente incapacitado.
2) Por la adopcin del tutelado menor de edad.
3) Por fallecimiento de la persona sometida a tutela.
4) Por la concesin al menor del beneficio de la mayor edad.
34 Artculo 277: Tambin se extingue la tutela:
1) Cuando habindose originado por privacin o suspensin de la patria potestad, el titular de sta la recupere.
2) Al dictarse la resolucin judicial que ponga fin a la incapacitacin, o que modifique la sentencia de incapacitacin en virtud de la cual se sustituye la tutela por la curatela.
QU ES LA CURATELA?
La curatela es otra institucin de guarda y proteccin de la persona, que al igual que la tutela se constituye por resolucin judicial para proteger a la persona que hubiera perdido su capacidad de autogobierno.
La diferencia entre tutor y curador viene dada por la amplitud de esa prdida de autogobierno, de tal forma que el tutor es el representante de la persona en el ejercicio de todos sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones. Al contrario, el curador slo le asiste, complementa su capacidad, slo en aquellos actos que en la sentencia expresamente se hubiere sealado que no puede realizar por s slo.
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La mayora de las disposiciones de la tutela, son tambin aplicables a la curatela, si bien expresamente para regular esta figura se recogen los siguientes artculos del Cdigo Civil:
Artculo 287:
Igualmente procede la curatela para las personas a quienes la sentencia de incapacitacin o, en su caso, la resolucin judicial que la modifique coloque bajo esta forma de proteccin en atencin a su grado de discernimiento.
Artculo 288:
En los casos del artculo 286, la curatela no tendr otro efecto que la intervencin del curador en los actos que los menores prdigos no puedan realizar por s solos.
Artculo 289:
La curatela de los incapacitados tendr por objeto la asistencia del curador para aquellos actos que expresamente imponga la sentencia que la haya establecido.
Artculo 290:
Si la sentencia de incapacitacin no hubiese especificado lo actos en que deba ser 35 necesaria la intervencin del curador, se entender que sta se extiende a los mismos actos en que los tutores necesitan, segn este Cdigo, autorizacin judicial.
Artculo 293:
Los actos jurdicos realizados sin la intervencin del curador, cuando sta sea preceptiva, sern anulables a instancia del propio curador o de la persona sujeta a curatela, de acuerdo con los artculos 1.301 y siguientes de este Cdigo.
ES POSIBLE QUE UNA PERSONA INCAPACITADA RECUPERE SU CAPACIDAD DE OBRAR?
No slo es posible, sino como hemos visto es una obligacin del tutor promover la adquisicin o recuperacin de la capacidad del tutelado y su mejor insercin en la sociedad.
Adems de dicha disposicin del Cdigo Civil, tambin se refiere a ello la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Artculo 761:
Reintegracin de la capacidad y modificacin del alcance de la incapacitacin:
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1) La sentencia de incapacitacin no impedir que, sobrevenidas nuevas circunstancias, pueda instarse un nuevo proceso que tenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance de la incapacitacin ya establecida.
2) Corresponde formular la peticin para iniciar el proceso a que se refiere el apartado anterior, a las personas mencionadas en el apartado 1 del artculo. 757, a las que ejercieren cargo tutelar o tuvieran bajo su guarda al incapacitado, al Ministerio Fiscal y al propio incapacitado.
Si se hubiera privado al incapacitado de la capacidad para comparecer en juicio, deber obtener expresa autorizacin judicial para actuar en el proceso por s mismo.
3) En los procesos a que se refiere este artculo se practicarn de oficio las pruebas preceptivas a que se refiere el artculo. 759, tanto en la primera instancia como, en su caso, en la segunda.
La sentencia que se dicte deber pronunciarse sobre si procede o no dejar sin efecto la incapacitacin, o sobre si deben o no modificarse la extensin y los lmites de sta.
QU ES LA GUARDA DE HECHO? 36
El guardador de hecho es la persona que sin estar nombrado por el Juzgado por el Juzgado, como tutor o curador, est asumiendo de hecho la proteccin de la persona o los bienes de otra de cuya capacidad de obrar se dude, fundamentalmente por razones de edad o de enfermedad.
La nica regulacin existente al respecto la tenemos en el Cdigo Civil:
Artculo 303:
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artculos 203 y 22 cuando la autoridad judicial tenga conocimiento de la existencia de un guardador de hecho podr requerirle para que informe de la situacin de la persona y los bienes del menor o del presunto incapaz y de su actuacin en relacin con los mismos, pudiendo establecer asimismo las medidas de control y vigilancia que considere oportunas.
Artculo 304:
Los actos realizados por el guardador de hecho en inters del menor o presunto incapaz no podrn ser impugnados si redundan en su utilidad.
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III Entidades tutelares del territorio espaol
III.
EN
TID
AD
ES
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l Recursos pblicos para la tutela de adultosA ANDALUCA
INSTITUTO ALMERIENSE DE TUTELA
Direccin: Navarro Rodrigo, 17 Localidad: 04001 Almera Telfono: 950 21 14 74 / 10 99 Fax: 950 21 15 64 E-mail: [email protected]
Responsable: Da. Carmen Gonzlez Espinosa Dependiente: Diputacin de Almera
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental 39 Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Almera
FUNDACIN JIENENSE DE TUTELA
Direccin: Arquitecto Berges, 9, bajo izquierda Localidad: 23007 Jaen Telfono: 953 25 63 40 Fax: 953 22 53 46 E-mail: [email protected]
Diputado delegado: D. Manuel Fernndez
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Jaen
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ANDALUCA
FUNDACIN GRANADINA DE TUTELA
Direccin: Portn de Tejeiro, 6, 6-A Localidad: 18005 Granada Telfono: 958 08 37 59 Fax: 958 08 37 72 E-mail: [email protected]
Gerente: D. Sebastin Cuesta Snchez Dependiente: Junta Andaluca, Diputacin de Granada,
Ayuntamiento de Granada Patronato: Entidades Pblicas y Critas.
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Granada
40 FUNDACIN CORDOBESA DE TUTELA
Direccin: Infanta Da. Mara, 53, Local Localidad: 14005 Crdoba Telfono: 957 76 14 55 Fax: 957 76 11 71 E-mail: [email protected]
Trabajadora Social: Da. Mara Jos Bogas Patronato: Entidades Pblicas
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Crdoba
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ANDALUCA
FUNDACIN GADITANA DE TUTELA
Direccin: C/ Eguiluz, 2, 1a planta Localidad: 11402 Jerez de la Frontera (Cdiz) Telfono: 956 33 20 22 Fax: 956 33 20 22 Web: www.fundaciongaditanadetutela.com E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Mara Azores Castaeda Dependiente: Junta de Andaluca y Diputacin de Cdiz Patronato: Asociaciones de familiares y entidades pblicas
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Cdiz
41 FUNDACIN MALAGUEA DE TUTELA
Direccin: Fresca 2, 1o-Dcha. Localidad: 29005 Mlaga Telfono: 952 60 77 02 Fax: 952 60 77 02 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Pilar Ariza Moreno Dependiente: Junta Andaluca, Diputacin de Mlaga y
Ayuntamiento de Mlaga Patronato: Organismos pblicos
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Mlaga
mailto:[email protected]:[email protected]:www.fundaciongaditanadetutela.com
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ARAGN
COMISIN TUTELA Y DEFENSA JUDICIAL DE ADULTOS DE ARAGN
Direccin: Cesreo Alierta, 9-11 Pasaje Localidad: 50008 Zaragoza Telfono: 976 71 56 00 Fax: 976 71 56 01 Web: www.portal.aragob.es/iass/iass.htm
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
Delegaciones: Zaragoza, Huesca y Teruel mbito territorial: Aragn
CANARIAS
CABILDO INSULAR FUERTEVENTURA 42
Direccin: 1Ode Mayo, 39 Localidad: 35600 Puerto Rosario Telfono: 928 86 23 00 Fax: 928 85 18 12 Web: www.cabildofuer.es E-mail: [email protected]
Jefa de Servicio: Da. Luz Cabrera Dependiente de: Cabildo Fuerteventura
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito Territorial: Fuerteventura
mailto:[email protected]:www.cabildofuer.eswww.portal.aragob.es/iass/iass.htm
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CANARIAS
INSTITUTO INSULAR DE ATENCIN SOCIAL Y SOCIOCOMUNITARIA
Direccin: Valentn Sanz, 25 Localidad: 38002 Santa Cruz de Tenerife Telfono: 922 84 33 00 Fax: 922 84 32 60 Web: www.iass.es
Presidenta: Da. Cristina Valido Dependiente de: Cabildo de Tenerife
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Tenerife, Hierro y Gomera
INSTITUTO DE ATENCIN SOCIAL Y SOCIOCOMUNITARIA 43
Direccin: Triano, 58, 1o
Localidad: 25002 Gran Canaria Telfono: 928 38 09 52 Fax: 928 38 39 70 E-mail: [email protected]
Gerente: D. Roberto Ramrez Ramrez Dependiente de: Cabildo de Gran Canaria
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Gran Canaria
mailto:[email protected]:www.iass.es
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CANTABRIA
FUNDACIN MARQUS DE VALDECILLA
Direccin: Avda. Valdecilla, s/n. Localidad: 39008 Santander Telfono: 942 33 10 77 Fax: 942 34 40 00 Web: www.fmdv.org E-mail: [email protected]
Coordinadora Servicio tutelar: Da. Sara Hortelano Dependiente: Gobierno Cantabria
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Cantabria Delegaciones: Santander
44 EXTREMADURA
COMISIN DE TUTELA DE ADULTOS DE EXTREMADURA
Direccin: Avda. Extremadura, 43 Localidad: 06800 Mrida Telfono: 924 00 60 57 Fax: 924 00 59 88 E-mail: [email protected]
Jefa de Seccin: Da. Isabel Cuesta Franco Dependiente: Consejera de Sanidad y Dependencia
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Comunidad de Extremadura Delegaciones: Mrida
mailto:[email protected]:[email protected]:www.fmdv.org
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GALICIA
FUNDACIN GALEGA PARA IMPULSO DA AUTONOMA PERSOAL E ATENCION AS PERSOAS EN SITUACI DE DEPENDENCIA (FUNGA)
Direccin: Avda. San Lzaro, 85 Localidad: 15707 Santiago de Compostela Telfono: 981 95 71 12 Fax: 881 99 91 44 E-mail: [email protected]
Directora Tcnica: Da. Ma Pilar Couce Freire Dependiente: Vicepresidencia de Igualdad y Bienestar
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Comunidad de Galicia
LA RIOJA 45 FUNDACIN TUTELAR DE LA RIOJA
Direccin: Jorge Vign, 15, 1o Izquierda Localidad: 26003 Logroo (La Rioja) Telfono: 941 24 33 32 Fax: 941 24 34 44 Web: www.fundaciontutelardelarioja.org E-mail: [email protected]
Responsable: Da. Victoria Dez Martnez Dependiente: Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Comunidad de la Rioja
mailto:[email protected]:www.fundaciontutelardelarioja.orgmailto:[email protected]
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MADRID
AGENCIA MADRILEA PARA LA TUTELA DE ADULTOS (AMTA)
Direccin: Gran Va, 12, 1a y 2a planta Localidad: 28013 Madrid Telfono: 915 80 94 64 Fax: 914 20 85 63 Web: www.madrid.org E-mail: [email protected]
Director: D. Carlos Zor Moll Dependiente: Consejera de Familia y Asuntos Sociales
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Comunidad de Madrid
MURCIA 46 FUNDACIN MURCIANA DE TUTELA Y DEFENSA JUDICIAL DE ADULTOS
Direccin: Alonso Espejo, 7 Localidad: 30007 Murcia Telfono: 968 36 57 02 Fax: 968 36 57 02 E-mail: [email protected]
Director Tcnico: D. Mariano Olmo
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito Territorial: Murcia
mailto:[email protected]:[email protected]:www.madrid.org
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NAVARRA
FUNDACIN NAVARRA PARA LA TUTELA DE PERSONAS
ADULTAS (FNTPA)
Direccin: Gonzlez Tablas, s/n Localidad: 31005 Pamplona Telfono: 948 24 63 75 / 34 85 Fax: 948 24 42 99 Web: www.fundacionnavarratutelar.com E-mail: [email protected]
Directora Gerente: Da. Minerva Acedo Superviola Dependiente: Gobierno de Navarra
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Navarra
47PAS VASCO
INSTITUTO TUTELAR DE BIZKAIA
Direccin: Ugasko, 5 bis, 1o
Localidad: 48014 Bilbao Telfono: 946 08 37 40 Fax: 946 08 36 79 Web: www.tuporetza.bizkaia.net E-mail: [email protected]
Director Gerente: D. Aitor Artaraz Romero Dependiente: Diputacin Foral de Vizcaya
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Bizkaia (Vizcaya)
mailto:[email protected]:www.tuporetza.bizkaia.netmailto:[email protected]:www.fundacionnavarratutelar.com
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PRINCIPADO DE ASTURIAS
FUNDACIN ASTURIANA DE ATENCIN Y PROTECCIN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD O DEPENDENCIAS (FASAD)
Direccin: San Melchor Garca Sanpedro, 8, bajo Localidad: 33009 Oviedo (Asturias) Telfono: 985 22 44 79 Fax: 985 21 71 29 Web: www.fasad.org
Gerente: Da. Aida Bartolom Dependiente: Consejera Bienestar
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Asturias
VALENCIA 48 UNIDAD TCNICA TUTELAS UTT
Direccin: Avda. Barn de Carcer, 36 Localidad: 46001 Valencia Telfono: 963 86 98 71 / 76 Fax: 963 86 95 89
Directora territorial: Da. Ma Jess Sancho
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Valencia
http:www.fasad.org
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VALENCIA
DEPARTAMENTO CONSEJERA BIENESTAR SOCIAL
Direccin: Hermanos Bou, 81 Localidad: 12071 Castelln Telfono: 964 72 62 40 Fax: 964 72 62 04 Web: www.bsocial.gva.es E-mail: [email protected]
Jefe de Servicio: D. Enrique Carceller Dependiente: Consejera de Bienestar Social
Poblacin a la que se dirige: Personas con deterioro cognitivo Personas con trastorno mental Personas con discapacidad intelectual
mbito territorial: Castelln
49
mailto:[email protected]:www.bsocial.gva.es
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l Recursos privados para la tutela de adultosB 1lRecursos Privados para la tutela de adultos. De personas con trastorno mental grave ASOCIACIONES DE ENTIDADES TUTELARES DE PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE
FUNDACIONES TUTELARES DE PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL ASOCIADAS (FUTUPEMA)
Direccin: C/Hernndez Mas, 20-24 Localidad: 28053 MADRID Telfono: 913 71 72 72
50 Fax: 913 71 72 35 E-mail: [email protected]
Presidente: FUNDACIN MANANTIAL D. Francisco Sardina Ventosa
mbito: Todo el territorio nacional
ASSOCIACI DENTITAS TUTELARS DE PERSONES AMB MALALTIA MENTAL (ENCAIX)
Direccin: Plaza Tetun, 19-20, 1o, 2a
Localidad: 08010 Barcelona Telfono: 932 44 09 90 Fax: 932 44 09 92
Presidenta: Da. Anna Camprubi Torroella
mbito territorial: Catalunya (Catalua)
mailto:[email protected]
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ENTIDADES TUTELARES
ANDALUCIA
FUNDACIN TUTELAR NADIR
Direccin: Manuel Halcn, 6 A, ACC Localidad: 41018 Sevilla Telfono: 954 41 89 98 Fax: 954 53 13 03 E-mail: [email protected]
Gerente: Da. Francisca Pastor Pareja
mbito territorial: Sevilla Delegaciones: Su sede
BALEARES
FUNDACIN ALDABA 51
Direccin: Cardenal Pou, 3, entresuelo Localidad: 07003 Palma de Mallorca Telfono: 971 42 52 25 Fax: 971 42 53 25 E-mail: [email protected]
Delegada: Da. Elisabeth Raya
Ambito territorial: Islas Baleares Delegaciones: Palma, Menorca e Ibiza
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CASTILLA LA MANCHA
FUNDACIN FAMILIA
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: E-mail:
Travesa de la Igualdad, 3 02006 Albacete 967 21 00 11 967 21 00 11 [email protected]
Gerente: D. Julio Moreno Castillejos
Patronato: mbito territorial:
Asociaciones de familiares Albacete
FUNDACIN MADRE
52
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: E-mail:
Vicente Alexandre, 2, bajo 19004 Guadalajara 949 20 20 51 / 23 43 949 20 30 55 [email protected]
Coordinador: Patronato:
D. Pedro Llanos Quintana Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Delegaciones:
Comunidad de Castilla-La Mancha Guadalajara, Ciudad Real, Cuenca y Toledo
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CASTILLA LEN
FUNDACIN TUTELAR FECLEM
Direccin: Alfonso V, 7, 1 bajo 2 Localidad: 24001 Len Telfono: 987 21 88 51 Fax: 987 21 88 66 Web: www.feclem.com E-mail: [email protected]
Gerente: D. Luis Ignacio Garca Vidal Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad de Castilla-Len Delegaciones: Salamanca, Valladolid y Burgos
CATALUA
FUNDACI MALALTS MENTALS DE CATALUNYA 53
Direccin: Plaza Tetuan, 19-20, 1o, 2o
Localidad: 08010 Barcelona Telfono: 932 44 09 09 Fax: 932 44 09 92 Web: www.fundaciomalaltsmentals.org E-mail: [email protected]
Gerente: Da. Anna Camprubi Torroella Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Barcelona
mailto:[email protected]:www.fundaciomalaltsmentals.orgmailto:[email protected]:www.feclem.com
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CATALUA
FUNDACIN LAR
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: Web: E-mail:
Avda. Llinars, 32 08459 San Antoni de Vilamajor (Barcelona) 938 42 70 46 938 42 70 49 www.fundaciolar.com [email protected]
Presidente: D. Alfonso Navarro Alfaro
mbito territorial: Catalunya (Catalua)
FUNDACI PERE MATA
54
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: Web: E-mail:
Ctra. Institut Pere Mata s/n 43206 Reus 977 92 05 32 977 92 05 33 www.fundacioperemata.cat [email protected]
Gerente: Patronato:
D. Enric Cards Personas fsicas, de prestigio y empresas
mbito territorial: Delegaciones:
Tarragona Reus y Amposta
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CATALUA
FUNDACI GERM TOMS CANET FGTC
Direccin: Sant Benito Menni, 2 Localidad: 08830 Sant Boi de Llobregat (Barcelona) Telfono: 936 52 47 90 / 40 63 50 Fax: 936 52 44 49 Web: www.ohsjd.es E-mail: [email protected]
Directora: Da. Anna Prats Malras Patronato: Personas de prestigio y entidades religiosas
mbito territorial: Comunidad Catalana Delegaciones: Sant Boi de Llobregat (Barcelona) y Almacelles (Lrida)
FUNDACIO NOU CAM (F.N.C)
Direccin: Doctor Antoni Pujadas, 38 Localidad: 08830 Sant Boi del Llobregat (Barcelona) 55 Telfono: 936 52 99 84 Fax: 936 52 88 65 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Silvia Balio Garca Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Catalua Delegaciones: Sant Boi del Llobregat
mailto:[email protected]:[email protected]:www.ohsjd.es
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CATALUA
FUNDACI PRIVADA TUTELAR DE LES COMARQUES GIRONINES
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: Web: E-mail:
Santander, 1, bajos 17005 Girona 972 24 91 10 / 618 12 30 16 972 40 27 59 www.fundaciotutelar.org [email protected]
Gerente: D. Joseph M. Sol i Chavero
mbito territorial: Girona
MADRID
FUNDACIN MANANTIAL
56 Direccin: Localidad: Telfono: Fax: Web: E-mail:
Avda. Arroyo del Santo, 12 28042 MADRID 913 71 72 72 913 71 72 35 www.fundacionmanantial.org [email protected]
Presidente: Patronato:
D. Francisco Sardina Ventosa Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Delegaciones:
Estatal Madrid
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PAS VASCO
FUNDACIN HURKOA
Direccin: Po rbol de Guernica, 16, bajo Localidad: 20006 Donostia (San Sebastin) Telfono: 943 46 89 56 Fax: 943 46 67 14 Web: www.hurkoa.org E-mail: [email protected]
Responsable: Da. Evelia Cantera Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Guipzkoa (Guipzcoa)
FUNDACIN TUTELAR BEROA
Direccin: Koldo Michelena, 13, bajo Localidad: 01008 Vitoria (lava) Telfono: 945 21 43 63 57 Fax: 945 00 12 11 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Mnica Fernndez Borobio Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: lava
mailto:[email protected]:[email protected]:www.hurkoa.org
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2lRecursos Privados para la tutela de adultos. De personas con discapacidad intelectual ASOCIACIONES DE ENTIDADES TUTELARES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL
ASOCIACIN ESPAOLA DE ENTIDADES TUTELARES
Direccin: Teresita Gonzlez Quevedo, 4, bajo Localidad: 28020 MADRID Telfono: 915 71 87 30 Fax: 915 71 15 29 E-mail: [email protected]
ENTIDADES TUTELARES
ANDALUCIA
FUNDACIN TUTELAR TAU 58
Direccin: Plaza Olimpia, 15 (entrada por calle Hochey, 3) Localidad: 41020 Sevilla Telfono: 954 56 32 31 Fax: 954 50 01 09 E-mail: [email protected]
Patronato: Personas de prestigio
FUNDACIN TUTELAR FUTURO
Direccin: Avda. Colmenar, s/n Localidad: 18500 Guadix (Granada) Telfono: 958 66 06 00 Fax: 958 66 06. 00 E-mail: [email protected]
Presidente: D. Ambrosio Prez Vera Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Granada
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ARAGN
FUNDACIN TUTELAR ARAGONESA LUIS DE AZUA
Direccin: Plaza de los Sitios, 10, 2o-Dcha. Localidad: 50001 Zaragoza Telfono: 976 23 93 32 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Pilar Faci Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Zaragoza
BALEARES
FUNDACIN TUTELAR DE MENORCA
Direccin: Cam Trepuc, s/n Localidad: 07713 Mahn (Menorca) Telfono: 971 36 36 77 59 Fax: 971 35 3 80 Web: http://ftutmenorca.portalsolidario.net E-mail: [email protected]
Presidente: D. Manuel Sola Pretus Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Menorca
mailto:[email protected]:http://ftutmenorca.portalsolidario.netmailto:[email protected]
-
BALEARES FUNDACIN ALDABA
Direccin: Cardenal Pou, 3, entresuelo Localidad: 07003 Palma de Mallorca Telfono: 971 42 52 25 Fax: 971 42 53 25 E-mail: [email protected]
Delegada: Da. Elisabeth Raya
mbito territorial: Islas Baleares Delegaciones: Palma, Menorca e Ibiza
FUNDACIN TUTELAR PARA PERSONAS CON DISMINUCIN PSQUICA
Direccin: Bosch, 2 Localidad: 07002 Palma de Mallorca Telfono: 971 71 16 27 Fax: 971 72 23 32
60 E-mail: [email protected] Patronato: Asociaciones familiares mbito territorial: Illes Balears (Islas Baleares)
-
CANARIAS
FUNDACIN TUTELAR SONSOLES SORIANO BUGNION
Direccin: Juan Romeo Garca, 28 Localidad: 38008 Santa Cruz de Tenerife Telfono: 922 20 96 90 / 629 68 40 46 Fax: 922 59 50 30 E-mail: [email protected]
Presidenta: Da. Jorget Bugnion Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad Canaria
FUNDACIN TUTELAR CANARIA FUTUCAN
Direccin: Lomo la Plana, 28, Urbanizacin Siete Palmas Localidad: 35019 Las Palmas de Gran Canaria Telfono: 928 41 44 84 Fax: 928 41 37 84 61 E-mail: [email protected]
Presidente: D. Oscar Gutirrez Ojeda Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad Canaria
-
CANTABRIA
FUNDACIN TUTELAR DE CANTABRIA
Direccin: Ruiz de Alda, 13, bajo Localidad: 39009 Santander Telfono: 942 21 85 37 Fax: 942 07 58 54 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Marisa Bustamante Presidente: D. Jos de Luis Marcos Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Cantabria
CASTILLA LA MANCHA
FUNDACION TUTELAR DE CASTILLA-LA MANCHA, FUTUCAM
62 Direccin: Plaza Repblica Dominicana, 2, 1o-B Izquierda Localidad: 45004 Toledo
Apartado de correos 677 Telfono: 925 25 50 39 Fax: 925 25 50 39 Web: www.futucam.org E-mail: [email protected]
Responsable: Da. Carmen del Valle Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad de Castilla-La Mancha Delegaciones: Toledo, Ciudad Real, Guadalajara, Albacete, Tomelloso
mailto:[email protected]:www.futucam.orgmailto:[email protected]
-
CASTILLA LEN
FUNDACIN TUTELAR CASTELLANO LEONESA DE DEFICIENTES MENTALES
Direccin: Vinos de Rueda, 22 (entrada por C/ Yanguas) Localidad: 47008 Valladolid Telfono: 983 39 95 66 Fax: 983 39 94 66 Web: www.ftcldm.org E-mail: [email protected]
Gerente: D. Pedro Mara Fernndez Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Castilla Len Delegaciones: vila, Palencia, Burgos y Zamora
CATALUA
FUNDACIN CATALANA TUTELAR ASPANIAS 63 Direccin: Sant Fructus, 84-86, local 2 Localidad: 08004 Barcelona Telfono: 932 98 03 01 Fax: 932 98 01 12 Web: www.fundaspanias.org E-mail: [email protected]
Patronato: Asociaciones de familiares
mbito territorial: Catalunya (Catalua)
mailto:[email protected]:www.fundaspanias.orgmailto:[email protected]:www.ftcldm.org
-
CATALUA
FUNDACI PERE MATA
Direccin: Ctra. Institut Pere Mata, s/n Localidad: 43206 Reus Telfono: 977 92 05 32 Fax: 977 92 05 33 Web: www.fundacioperemata.cat E-mail: [email protected]
Gerente: D. Enric Cards Patronato: Personas de prestigio y personas jurdicas
mbito territorial: Tarragona Delegaciones: Reus y Amposta
FUNDACIO NOU CAM (F.N.C)
Direccin: Doctor Antoni Pujadas, 38
64 Localidad: 08830 Sant Boi del Llobregat (Barcelona) Telfono: 936 52 99 84 Fax: 936 52 88 65 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Silvia Balio Garca Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Catalua Delegaciones: Sant Boi del Llobregat
-
EXTREMADURA
FUNDACIN TUTELAR DE EXTREMADURA
Direccin: Plaza Santamara 5, apartado de correos 84 Localidad: 06100 Olivenza (Badajoz) Telfono: 924 49 19 14 Fax: 924 49 20 51 Web: www.futuex.com
Director: D. Alejandro Patronio Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad de Extremadura
GALICIA
FUNDACIN TUTELAR ANCORA
Direccin: Cangas, 14 Localidad: 36209 Vigo 65 Telfono: 986 29 70 00 Fax: 986 23 26 93 E-mail: [email protected]
Director: D. Carlos Antonio Ortiz Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Galicia
mailto:[email protected]:www.futuex.com
-
GALICIA
FUNDACIN TUTELAR GALEGA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL SALVORA
Direccin: Marqus de Valladares, 14, 1o Of. 9 Localidad: 36201 Vigo Telfono: 986 22 80 74 Fax: 986 22 80 74 E-mail: [email protected]
Presidente: D. Alfonso Zulueza de Haz Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Galicia
LA RIOJA
FUNDACIN TUTELAR FUTURIOJA
66 Direccin: La Cigea, 27 Localidad: 26004 Logroo Telfono: 941 14 66 64 Fax: 941 24 14 03 E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da. Virginia Bravo de Castro Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad de la Rioja Delegaciones: Ngera, Calahorra
-
MADRID
FUNDACIN TUTELAR DE MADRID PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL - FUTUMAD
Direccin: Teresita Gonzlez Quevedo, 4, bajo Localidad: 28020 Madrid Telfono: 915 70 23 09 Fax: 915 79 55 03 E-mail: [email protected]
Gerente: Da. Marta Suer Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad de Madrid
FUNDACIN TUTELAR APANID - PARA LA TUTELA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL
Direccin: Avda. Gibraltar, 6-8, local 2 Localidad: 28903 Getafe (Madrid) 67 Telfono: 916 65 19 25 Fax: 916 65 19 25 E-mail: [email protected] Web: www.apanid.c.telefonica.net/fundacion_tutelar.htm
Directora: Da. Lorea Fdez-Baldor Sanz de La Maza
Patronato: Personas de prestigio
www.apanid.c.telefonica.net/fundacion_tutelar.htmmailto:[email protected]:[email protected]
-
MADRID
FUNDACIN SER
Direccin: C/ Va Carpetana, 180, bajo local Localidad: 28047 Madrid Telfono: 915 54 36 37 Fax: 915 34 27 59 Web: www.fundacion-ser.org E-mail: [email protected]
Presidente del patronato: D. Aurelio Gonzlez Romera Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Comunidad de Madrid
FUNDACIN TUTELAR DE DISCAPACITADOS (FUNDISCAP)
Direccin: C/ Jose Mara Usandizaga, 34 Localidad: 28409 Los Negrales-Villalba (Madrid)
68 Telfono: 918 50 63 92 Fax: 918 50 65 21 E-mail: [email protected]
Responsable: Da. Teresa Snchez
FUNDACIN TUTELAD APMIB
Direccin: Crtra. Colmenar a Miraflores, Km. 33,600 Localidad: 28700 Colmenar Viejo (Madrid) Telfono: 918 46 34 88 Fax: 918 45 83 93 Web: www.ftapmib.org
Presidente: D. Jess Mara San Romn Tern Patronato: Personas de prestigio
http:www.ftapmib.orgmailto:[email protected]:[email protected]:www.fundacion-ser.org
-
MELILLA
FUNDACIN TUTELAR FUTUMELILLA
Direccin: Msicos Granados, s/n Localidad: 52004 Melilla Telfono: 606 36 10 94
Presidenta: Da. Ana Isabel Madinabeitia Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Melilla
NAVARRA
FUNDACIN TUTELAR NAVARRA
Direccin: Pintor Maeztu, 2, bajo trasera Localidad: 31008 Pamplona Telfono: 948 27 50 00 Fax: 948 17 03 75 69 E-mail: [email protected]
Presidente: D. Ramn Loitgegui Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Navarra
PAS VASCO
FUNDACIN TUTELAR ATZEGUI
Direccin: Oquendo, 6, bajo Localidad: 20004 Donostia (San Sebastin) Telfono: 943 42 39 42 Fax: 943 42 39 45 E-mail: [email protected]
Patronato: Asociaciones de familiares
mbito territorial: Guipuzkoa (Guipzcoa)
-
PAS VASCO
FUNDACIN TUTELAR GORABIDE FUTUBIDE
Direccin: Coln de Larrategui, 26, Bajo C Localidad: 48009 Bilbao Telfono: 944 24 55 62 Fax: 944 23 29 04 Web: www.futubide.org E-mail: [email protected]
Gerente: D. Mikel de Barrn Patronato: Asociaciones de familiares
mbito territorial: BizKaia (Vizcaya)
FUNDACIN TUTELAR USOA DE LAVA
Direccin: La Paloma, 1, bajo Localidad: 01002 Vitoria-Gasteiz
70 Telfono: 945 25 89 66 Fax: 945 25 80 99 E-mail: [email protected]
Secretario: D. Ignacio Loza Aguirre Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: lava
mailto:[email protected]:[email protected]:www.futubide.org
-
PRINCIPADO DE ASTURIAS
FUNDACIN TUTELAR HORIZONTE
Direccin: C/ Foncalda, 5, bajo izquierda Localidad: 33002 Oviedo Telfono: 985 24 18 02 Fax: 985 24 58 16 E-mail: [email protected]
Responsable: Da. Casilda Sabn Fernndez Patronato: Personas de prestigio
mbito territorial: Asturias
VALENCIA
FUNDACIN ALICANTINA PRO TUTELA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Direccin: Italia, 30, bajo, esc. 1 Localidad: 03003 Alicante 71 Telfono: 965 92 64 47 Fax: 965 92 57 72 Web: www.ftutelacv.com E-mail: [email protected]
Coordinadora: Da Mara del Mar Quintana Patronato: Asociaciones de familiares y personas de prestigio
mbito territorial: Alicante
mailto:[email protected]:www.ftutelacv.commailto:[email protected]
-
VALENCIA
FUNDACION TUTELAR DE LA COMUNIDAD VALENCIANA FUNDISVAL
Direccin: Plaza Capitanes Galn y Garca Hernndez, 10, bajo Localidad: 46020 Valencia Telfono: 963 69 78 13 / 39 10 80 Fax: 963 89 21 82 E-mail: [email protected]
Presidente: D. Daniel Pla de Tormo Patronato: Asociaciones familiares
mbito Territorial: Valencia y Castelln
72
-
3lRecursos Privados para la tutela de adultos. De personas mayores CATALUA
FUNDACI PERE MATA
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: Web: E-mail:
Ctra. Institut Pere Mata, s/n 43206 Reus 977 92 05 32 977 92 05 33 www.fundacioperemata.cat [email protected]
Gerente: Patronato:
D. Enric Cards Personas fsicas, de prestigio y empresas
mbito territorial: Delegaciones:
Tarragona Reus y Amposta
BALEARES 73
FUNDACIN ALDABA
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: E-mail:
Cardenal Pou, 3, entresuelo 07003 Palma de Mallorca 971 42 52 25 971 42 53 25 [email protected]
Delegada: Da. Elisabeth Raya
mbito territorial: Delegaciones:
Comunidad de Mallorca Palma, Menorca e Ibiza
-
CASTILLA LA MANCHA
FUNDACIN MAYORES
Direccin: c/ Silleria, 14, 1o B Localidad: 45001 Toledo Telfono: 925 25 55 59 Fax: 925 22 38 34 E-mail: [email protected]
Secretaria Tcnica: Da. Ma Sacramento Fernndez de Alba
mbito territorial: Comunidad de Castilla la Mancha Delegaciones: Ciudad Real
MADRID
FUNDACIN TUTELAR DE MAYORES
74 Direccin: Localidad: Telfono: Fax: E-mail:
Coordinadora: Patronato:
mbito territorial:
FUNDACIN AFAL FUTURO
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: E-mail:
Polvoranca, 17, 1o-A 28901 Getafe 916 82 97 14 916 95 33 38 [email protected]
Da. Paloma Chaminade Antn Profesionales de prestigio
Estatal
C/ General Daz Porlier, 36 28001 Madrid 902 99 67 33 913 09 18 92 [email protected]
mbito territorial: Comunidad autnoma de Madrid
-
PAS VASCO
FUNDACIN HURKOA
Direccin: Localidad: Telfono: Fax: Web: E-mail:
Po rbol de Guernica, 16, bajo 2006 San Sebastin 943 46 89 56 943 46 67 14 www.hurkoa.org [email protected]
Responsable: Patronato:
Da. Evelia Cantera Personas fsicas
mbito territorial: Delegaciones:
Guipzcoa Su sede
75
-
IV Direcciones de inters
IV.
DIR
ECC
ION
ES
-
III.
DIR
ECC
ION
ES
l Consejeras de las Comunidades Autnomas con competencias en Servicios SocialesA ANDALUCA
CONSEJERA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Direccin: Avda. de Hytasa, 14 Localidad: 41005 Sevilla Telfono: 955 04 80 00 Fax: 955 04 82 34
ARAGN
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Y FAMILIA
Direccin: Camino de las Torres, 73 79 Localidad: 50008 Zaragoza Telfono: 976 71 40 00
ASTURIAS
CONSEJERA DE VIVIENDA Y BIENESTAR SOCIAL
Direccin: C/ Alfrez Provisional, s/n, 1a Planta
Telfono: 985 10 65 51 Fax: 985 10 65 78
BALEARES
CONSELLERA DAFERS SOCIALS, PROMOCI I INMIGRACI
Direccin: Pl. de la Drassana, 4 Localidad: 07012 Palma de Mallorca Telfono: 971 17 74 00
-
CANARIAS
CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA TENERIFE
Direccin: Leoncio Rodrguez, 3 Edificio El Cabo, 5a Planta
Localidad: 38071 Santa Cruz de Tenerife Telfono: 922 47 70 00 Fax: 922 47 70 56
CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA GRAN CANARIA
Direccin: Profesor Agustn Millares Carl, 18 Edificio Usos Mltiples II, 3a Planta
Localidad: 35071 Las Palmas de Gran Canaria Telfono: 928 30 60 00 Fax: 928 30 63 95
80 CANTABRIA
CONSEJERA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL
Titular: Excma. Sra. D Dolores Gorostiaga Saiz Direccin: Pea Herbosa, 29 Localidad: 39003 Santander Telfono: 942 20 72 23 / 26 Fax: 942 20 72 24
CASTILLA - LA MANCHA
CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL
Titular: D. Toms Muas Gonzlez Direccin: Avda. de Francia, 4 Localidad: 45071 Toledo Telfono: 925 26 72 00 Fax: 925 26 71 54
-
CASTILLA Y LEON
CONSEJERIA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Direccin: C/ Las Mieses, 26 Localidad: 47009 Valladolid Telfono: 983 41 09 00 Fax: 983 41 09 86
CATALUA
DEPARTAMENT ACCI SOCIAL I CIUTADANIA
Direccin: Pl. Pau Vila, 1 Localidad: 08039 Barcelona Telfono: 934 83 10 00 Fax: 934 83 16 22 Web: www.gencat.net/benestar
CEUTA 81 CONSEJERIA DE SERVICIOS SOCIALES
Direccin: Carretera San Amaro, 12 Localidad: 51001 Ceuta Telfono: 856 20 06 80 Fax: 856 20 07 23
COMUNIDAD VALENCIANA
CONSELLERA DE BIENESTAR SOCIAL
Direccin: Paseo Alameda, 16 Localidad: 46010 Valencia Telfono: 963 42 85 00 Fax: 963 42 49 94
www.gencat.net/benestar
-
EXTREMADURA
CONSEJERIA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA
Direccin: C/ Adriano, 4 Localidad: 06800 Mrida (Badajoz) Telfono: 924 00 41 00 Web: www.juntaex.es
GALICIA
CONSEJERA DE IGUALDAD E DO BENESTAR DA XUNTA DE GALICIA
Direccin: San Caetano, s/n Localidad: 15781 Santiago de Compostela (A Corua) Telfono: 900 33 36 66 Fax: 981 95 76 97
LA RIOJA 82
CONSEJERA DE SERVICIOS SOCIALES
Direccin: C/ Vara del Rey, 41 bis, 7o Planta Localidad: 26071 Logroo Telfono: 941 29 16 20 Fax: 941 29 13 33 E-mail: [email protected]
MADRID
CONSEJERA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES
Titular: Excma. Sra. Doa Mara Gdor Ongil Cores Direccin: C/Alcal, 63 Localidad: 28014 MADRID Telfono centralita: 914 20 69 00 Telfono informacin: 914 20 69 04 Web: www.madrid.org
http:www.madrid.orgmailto:[email protected]:www.juntaex.es
-
MADRID
DIRECCIN GENERAL DE COORDINACIN DE LA DEPENDENCIA
Direccin: C/ Espartinas, 10, 3o planta Localidad: 28001 MADRID Telfono Informacin y Orientacin sobre la Dependencia: 012
MELILLA
CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL Y SANIDAD
Direccin: C/ Ramrez de Arellano, 10 Telfono: 952 69 93 01 Fax: 952 69 93 02 E-mail: [email protected]
MURCIA 83
CONSEJERA DE POLTICA SOCIAL, MUJER E INMIGRACIN
Direccin: Avenida de la Fama, 3 Localidad: 30003 Murcia Telfonos: 968 36 26 42 / 43 Fax: 968 36 62 19
NAVARRA
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE
Direccin: C/ Yanguas y Miranda, 27, Bajo Localidad: 31003 Pamplona Telfono: 848 42 63 03 E-mail: [email protected]
-
PAIS VASCO
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES DELEGACIN TERRITORIAL DE ALAVA
Direccin: C/ Samaniego, 2 Localidad: 01008 Vitoria-Gasteiz Telfono: 945 01 77 01 Fax: 945 01 77 01
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES DELEGACIN TERRITORIAL DE BIZKAIA
Direccin: Gran Va, 85 Localidad: 48011 Bilbao Telfono: 944 03 13 00 Fax: 944 03 12 97
DELEGACIN TERRITORIAL DE GIPUZKOA 84 Direccin: C/ Anda, 13
Localidad: 20004 Donostia-San Sebastin Telfono: 943 02 28 10 Fax: 943 02 28 11
-
l Juzgados y Fiscalas de la Comunidad de MadridB JUZGADOS
DECANATO JUZGADOS
Direccin: Plaza de Castilla, 1 Localidad: 28071 Madrid Telfono: 914 93 20 00 Fax: 914 93 26 52
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NO 30
Direccin: Francisco Gervs, 10 Localidad: 28071 Madrid Telfono: 914 93 63 21 85 Fax: 914 93 63 22
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NO 65
Direccin: Francisco Gervs, 10 Localidad: 28071 Madrid Telfono: 914 93 63 15 Fax: 914 93 63 17
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NO 78
Direccin: Francisco Gervs, 10 Localidad: 28071 Madrid Telfono: 914 93 61 58 Fax: 914 93 61 61
-
JUZGADOS
EQUIPO PSICOSOCIAL 1 DE LOS JUZGADOS DE 1A INSTANCIA NO 30 Y 78 DE MADRID
Direccin: C/ Francisco Gervas, 10, 2a planta Telfono: 914 93 63 29
EQUIPO PSICOSOCIAL 1 DE LOS JUZGADOS DE 1A INSTANCIA NO 65 Y 78 DE MADRID
Direccin: C/ Francisco Gervas 10, 10a planta Telfono: 914 93 63 29
FISCALAS
FISCALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SECCIN DE INCAPACIDADES Y TUTELAS
86 Direccin: C/ Francisco Gervs, 10 Localidad: 28020 Madrid Telfono: 914 93 63 64 / 65 / 66 / 67 / 68 Telfono Trabajador Social: 914 93 61 65 Fax: 914 93 63 71
FISCALA/ADSCRIPCIN PERMANENTE - ALCAL DE HENARES
Direccin: Plaza De San Diego, 2 Localidad: 28800 Alcal de Henares Telfono: 918 77 18 90 Fax: 918 83 75 09 Partidos de: Alcal de Henares, Torrejn de Ardoz, Coslada y Arganda
FISCALA/ADSCRIPCIN PERMANENTE - ALCOBENDAS
Direccin: Santiago de Compostela, 96 Localidad: 28100 Alcobendas Telfono: 914 93 47 09 Fax: 914 93 47 14 Partidos de: Alcobendas, Colmenar Viejo, Torrelaguna
-
FISCALAS
FISCALA/ADSCRIPCIN PERMANENTE - COLLADO VILLALBA
Direccin: Santiago de Compostela, 96 Localidad: 28400 Collado Villalba Telfono: 914 93 47 09 Fax: 914 93 47 14 Partidos de: Collado Villalba, El Escorial
FISCALA/ADSCRIPCIN PERMANENTE - GETAFE
Direccin: Avda. Juan Carlos I, s/n Localidad: 28900 Getafe Telfono: 916 49 94 25 Fax: 916 81 25 35 Partidos de: Getafe, Aranjuez, Legans, Parla, Valdemoro
FISCALA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA 87
Direccin: Santiago de Compostela, 96 Localidad: 28071 Madrid Telfono: 914 93 46 62 Fax: 914 93 46 37 Partidos de: Madrid, Pozuelo de Alarcn, Majadahonda
FISCALA/ADSCRIPCIN PERMANENTE - POZUELO/MAJADAHONDA
Localidad: 28220 Majadahonda Partidos de: Pozuelo de Alarcn, Majadahonda
FISCALA/ADSCRIPCIN PERMANENTE - MSTOLES
Direccin: Luis Jimnez de Asua, s/n Localidad: 28930 Mstoles Telfono: 916 64 72 85 Fax: 916 64 72 93 Partidos de: Mstoles, ALcorcn, Fuenlabrada, Navalcarnero
-
PARTIDOS JUDICIALES
PARTIDO JUDICIAL - ALCAL DE HENARES
Localidad: Alcal de Henares Direccin Decanato: C/ Colegios, 4-6
28800 Madrid Telfono: 918 88 56 18 Fax: 918 88 54 20
Localidades: Alcal de Henares, Anchuelo, Camarma de Esteruelas, Corpa, Meco, Pozuela de las Torres, Santorcaz, Los Santos de la Humosa, Valdeavero, Valverde de Alcal, Villalbilla
PARTIDO JUDICIAL - ALCOBENDAS
Localidad: Alcobendas Direccin Decanato: C/ Joaqun Rodrigo, 3
28100 Madrid Telfono: 916 53 95 21
88 Fax: 916 51 92 40 Localidades: Alcobendas, El Molar, Pedrezuela, San Agustn de Guadalix,
San Sebastin de los Reyes, Salamanca de Jarama, Valdepilagos
PARTIDO JUDICIAL - ALCORCN
Localidad: Alcorcn Direccin Decanato: C/ Carballino, esq. Timanfaya
28920 Madrid Telfono: 916 11 97 11 Fax: 916 11 95 51
Localidades: Alcorcn
-
PARTIDOS JUDICIALES
PARTIDO JUDICIAL - ARANJUEZ
Localidad: Aranjuez Direccin Decanato: C/ Patio de los Caballeros, s/n
28300 Madrid Telfono: 918 91 01 67 Fax: 918 91 15 14
Localidades: Aranjuez, Belmonte del Tajo, Colmenar de Oreja, Villaconejos
PARTIDO JUDICIAL - ARGANDA DEL REY
Localidad: Arganda del Rey Direccin Decanato Avda. del Ejrcito, 5
28500 Madrid Telfono: 918 71 02 14 Fax: 918 70 40 32
89 Localidades: Ambite, Arganda del Rey, Brea de Tajo, Campo Real,
Carabaa, Estremera, Fuentiduea de Tajo, Loeches, Morata de Tajua, Nuevo Baztn, Olmeda de las Fuentes, Orusco de Tajua, Perales de Tajua, Pozuelo del Rey, Rivas-Vaciamadrid, Tielmes, Torres de la Alameda, Vadaracete, Valdilecha, Villamanrique de Tajo, Villar del Olmo, Villarejo de Salvans
PARTIDO JUDICIAL - COLLADO VILLALBA
Localidad: Collado Villalba Direccin Decanato: C/ Virgen de la Cabeza, s/n
28400 Madrid Telfono: 918 51 66 69 Fax: 918 51 67 38
Localidades: Alpedrete, Cercedilla, Collado Mediano, Collado Villalba, Galapagar, Guadarrama, Los Molinos, Torrelodones
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PARTIDOS JUDICIALES
PARTIDO JUDICIAL - COLMENAR VIEJO
Localidad: Colmenar Viejo Direccin Decanato: C/ Muralla, 1
28770 Madrid Telfono: 918 45 75 16 Fax: 918 46 19 59
Localidades: Becerril de la Sierra, El Boalo, Colmenar Viejo, Guadalix de la Sierra, Hoyo de Manzanares, Manzanares el Real, Miraflores de la Sierra, Moralzarzal, Navacerrada, Soto del Real, Tres Cantos
PARTIDO JUDICIAL - COSLADA
Localidad: Coslada Direccin Decanato: C/ Colombia, 29
28820 Madrid
90 Telfono: 916 73 18 26 Fax: 916 69 70 97
Localidades: Coslada, Mejorada del Campo, San Fernando de Henares, Velilla de San Antonio
PARTIDO JUDICIAL - FUENLABRADA
Localidad: Fuenlabrada Direccin Decanato: C/ Gerona, 2
28954 Madrid Telfono: 916 90 43 17 Fax: 916 15 02 14
Localidades: Fuenlabrada, Humanes de Madrid
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PARTIDOS JUDICIALES
PARTIDO JUDICIAL - GETAFE
Localidad: Getafe Direccin Decanato: Avda. Juan Carlos I, s/n
28900 Madrid Telf