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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN MEDIA
MARACAIBO; ESTADO ZULIA
E. B. E. DR. RAMÓN REINOSO NUÑES
HISTORIA
Controversial limítrofe y conflicto internacionales
Realizado por:
Yeison Brochero
Sección 2
Maracaibo; Enero 2016
ESQUEMA
Introducción.
1) Tratado del Michelena –Pombo 07.
2) Laudo arbitral 1891.
Conflicto:
Conflicto con estado unido.
Conflicto con Holanda.
Conflicto con Colombia.
Conflicto con España.
Conclusión.
Bibliografía.
INTRODUCCIÓN
En este trabajo conoceremos sobre los problemas fronterizos en Venezuela en
años atrás y que algunos de ellos aún están sin resolverse, Se hablará acerca del
tratado Michelena-Pombo, El Laudo Arbitral, EL golfo de Venezuela y otros temas
principales que se tratarán a fondo y se podrán entender a medida que se van
leyendo.
EL territorio venezolano, así como el de todos los otros países del mundo, se
caracteriza por tener fronteras , que en un momento dado fueron tan imprecisas
que eran las zonas hasta donde llegaban los pueblos en sus recorridos. Se puede
decir que los problemas limítrofes de Venezuela empezaron cuando La Gran
Colombia se separó. Luego surgieron problemas con Gran Bretaña y con Brasil.
Antes del movimiento de independencia las colonias estaban divididas en
virreinatos y capitanías generales, tenían límites generales no precisos, debido a
que todo era parte del territorio español. Cuando Venezuela pasó a formar parte
de la República de Colombia en el año 1821 quedó asentado que el territorio de
esta nación era el mismo que comprendía el antiguo virreinato de Nueva Granada
y la Capitanía General de Venezuela.
Uno de los primeros problemas que tuvo que enfrentar Venezuela al separarse
de la Nueva Granada, fue fundamentalmente la delimitación de las fronteras.
Cuando determinó en la constitución de 1830 que todo el territorio de Venezuela
iba a comprender lo que le habría correspondido a la capitanía general de 1810,
no fue fácil fijar los límites. Fue entonces necesario establecer conversaciones con
Colombia, Brasil e Inglaterra (Guayana inglesa). Con cada país se han firmado
tratados, o se han sido dictados laudos o arbitrajes sobre el problema.
DESARROLLO
1) Tratado del Michelena –Pombo 07.
El Tratado Michelena-Pombo, fue un tratado de amistad, alianza, comercio,
navegación, y límites, firmado en Bogotá en 1833 entre el ministro plenipotenciario
de Venezuela, Santos Michelena, y el secretario de Relaciones Exteriores de la
República de la Nueva Granada (actual Colombia), Lino de Pombo.
Una vez ocurrida la desintegración de la Gran Colombia y la reconstitución
de Venezuela como Estado independiente y soberano, el gobierno del presidente
José Antonio Páez se propuso normalizar sus relaciones con la Nueva Granada
en torno a 2 objetivos fundamentales: la redistribución de la deuda de la Gran
Colombia y la celebración de un acuerdo que sellara de manera definitiva la
amistad entre ambos países, reglamentara su comercio y fijara formalmente sus
fronteras. Para tramitar estos asuntos, Páez designó el 6 de mayo de 1833, a su
secretario de Hacienda y Relaciones Exteriores, Santos Michelena, con el carácter
de ministro plenipotenciario en Bogotá, quien se convirtió en el primer
representante diplomático venezolano con sede fija. Al llegar a la capital
neogranadina Michelena presentó sus cartas credenciales al presidente Francisco
de Paula Santander el 29 de agosto de 1833. Por su parte, Santander designó
como ministro plenipotenciario a su secretario de Interiores y Relaciones
Exteriores Lino de Pombo O'Donnel.
Las negociaciones entre Venezuela y la Nueva Granada comenzaron el 9 de
diciembre de 1833 y culminaron el 14 de diciembre del mismo año.
El tratado Michelena-Pombo: En este tratado se establecía la línea fronteriza
a partir del cabo Chichivacoa, en la costa norte de la guajira, hasta su extremo
meridional en la frontera con Brasil. La descripción de la línea fronteriza en el
referido tratado dice textualmente.
ARTÍCULO 27º: La línea limítrofe entre las dos repúblicas comenzará en el
cabo Chichivacoa, en la costa del atlántico, con dirección al cerro denominado de
las tetas: de aquí a la sierra de aceite, y de está a la teta de Goajira: desde aquí
rectamente a buscar las alturas de los montes de oca, y continuará por sus
cumbres y las de Perijá hasta encontrar con el origen del río de Oro, diferente del
que corre entre la parroquia del mismo nombre y la ciudad de Ocaña; bajará
Catatumbo; seguirá por las faldas orientales de las montañas y pasando por los
ríos tarra y Sardinata por los puntos hasta ahora conocidos como límites, irá
rectamente a buscar la embocadura del río de la Grita en el Zulia; desde aquí por
la curva conocida actualmente como fronteriza continuará hasta la quebrada de
Don Pedro y bajará por este al río Táchira; por éste seguirá hasta sus cabeceras;
desde aquí por las crestas de las montañas de donde nacen los ríos tributarios del
Torbes y Uribante, hasta las vertientes del Nula, y continuará por sus aguas hasta
donde se encuentra el desparramadero del Sarare; de aquí se dirigirá al sur a
buscar la laguna de Sarare, y rodeándola por la parte oriental seguirá con el
derrame de sus aguas al río Arauquita; por éste continuará al Arauca, y por las
aguas de éste hasta el paso del Viento; desde este punto rectamente a pasar por
la parte más occidental de la laguna del Término; de aquí al apostadero sobre el
río Meta; y luego continuará en dirección Norte-Sur hasta encontrar con las
fronteras del Brasil.
2) LAUDO ARBITRAL 1891.
Tanto en la integración del tribunal de Arbitraje como en el reglamento que
aprobó Para resolver la cuestión, se nota la manipulación de las grandes
potencias, encabezadas por Inglaterra, para despojar a Venezuela de una porción
considerable de su territorio. En efecto, el tribunal quedo constituido por cinco
miembros: Dos de parte de Venezuela, nombrados por el gobierno de los Estados
Unidos (uno el presidente y otro la corte suprema); dos de parte de Inglaterra,
nombrados por el gobierno inglés; y el quinto escogido de común acuerdo por los
cuatro. En cuanto a las reglas que manejaron los árbitros, para resolver el caso, la
primera de ellas considera como buen título la posesión efectiva de tierras durante
50 años. Era precisamente lo que más convenía a Inglaterra, que valiéndose de la
ausencia de establecimientos venezolanos en la región, y del inveterado descuido
de nuestros gobiernos en aquellas tierras en gran parte desconocidas por las
autoridades nacionales, había iniciado des de la época de la Gran Colombia, la
usurpación de un territorio que históricamente pertenece a Venezuela.
No hay duda que el gobierno Venezolano cometió en 1844 el error de no
aceptar la línea de demarcación propuesta por el gobierno inglés, a partir de la
boca del Río Moroco. Fue el mismo error cometido en el caso de la frontera con
Colombia al no haber aceptado la delimitación del tratado Michelena-Pombo.
En los 50 años siguientes, los apetitos colonialistas de una gran potencia
como Inglaterra, aprovecharon la debilidad e inestabilidad de nuestros gobiernos
para apoderarse imponentemente, con el apoyo de otras potencias, de las tierras
de la Guayana Esequiba.
El Laudo Arbitral de Paris en 1899 fue el resultado de una componenda de
Inglaterra y Estados unidos para despojar a Venezuela del territorio Esequibo. Del
compromiso negociado por ellas fue excluida Venezuela, que siendo parte no
pudo estar representada en tribunal por sus propios juristas.
El tribunal su fallo sin tomar en cuenta las reglas convenidas de antemano,
en particular el principio de uti possidetis juris que es la base histórica de la
posición venezolana. Tampoco investigó el tribunal los derechos ingleses sobre
los territorios usados a España y Holanda desde 1814, cuando se fundó la colonia
inglesa en Guayana.
CONFLICTO
Consumada la disolución de Colombia y la separación de Venezuela y Nueva
Granada en 1830 y bajo la Presidencia del General en Jefe José Antonio Páez, los
cancilleres Santos Michelena y Lino de Pombo en representación de dichos
países, suscribieron el primer Tratado de Límites el 14 de diciembre de 1833,
acogiéndose al principio del "Uti Possidetis juris" para 1810. Sancionado por el
Congreso neogranadino el 09 de mayo de 1834, no así por el Congreso
venezolano, alegando nuestros parlamentarios que la línea limítrofe debía iniciarse
en el Cabo de La Vela, en la Guajira, y no en el Cabo Chichivacoa, haciéndonos
perder 62 millas de costas venezolanas. Igualmente perdíamos el territorio al sur
del río Arauca que formaba parte de la Provincia de Barinas. Pero al trazar la línea
desde el Apostadero del Meta hasta la frontera con el Brasil, hacia nuestros
territorios del Meta, Vichada y Guainía al oeste del Orinoco.
Hoy la línea limítrofe se inicia en Castilletes, cediendo toda la Guajira al país
vecino, e hizo a Colombia ribereña del Orinoco, en virtud del Laudo Arbitral de
1891, cediendo los nombrados territorios. Una historia de negligencia y torpezas
ha sido nuestra delimitación con Nueva Granada, vecino que se quedó con el
nombre de Colombia desde 1863.
CONFLICTO CON ESTADO UNIDO.
El Laudo Arbitral de París del 3 de octubre de 1899 fue la sentencia emitida
por un tribunal arbitral reunido en París, creado dos años antes según lo
establecido en el Tratado Arbitral de Washington D.C. del 2 de febrero de 1897, en
el cual Estados Unidos (en representación de Venezuela) por una parte y el Reino
Unido (como propietario de la colonia de Guayana Británica, actual República
Cooperativa de Guyana) por la otra, habían convenido someter a arbitraje
internacional la disputa sobre la frontera al oeste de la colonia británica y el este
de la independiente Venezuela, como mecanismo de solución amistosa al
diferendo territorial.
La posición venezolana partía de que la frontera debía ser línea media del río
Esequibo en virtud del principio Uti possidetis iure (como poseías, seguirás
poseyendo) por el cual le correspondía los territorios de la ex Capitanía General
de Venezuela al momento de su independencia en 1810, la cual tenía como
frontera este el río Esequibo; en contraste, la posición de Reino Unido se basaba
en un mapa de 1840 (aunque con algunas modificaciones posteriores) del
naturalista prusiano Robert Schomburgk cuya línea fronteriza llegaba hasta Punta
Barima en las bocas del río Orinoco (en el actual estado Delta Amacuro) y los
montes de Upata (en el actual estado Bolívar) abarcando un área aproximada de
203.310 km² al oeste de río Esequibo.
El dictamen fue favorable a Reino Unido al adjudicarle el territorio denominado
por Venezuela como Guayana Esequiba de 159.500 km², al oeste del río
Esequibo, aunque no en su máxima aspiración de abarcar hasta las bocas del río
Orinoco y controlar su navegación. Venezuela inmediatamente protestó el laudo
resuelto por el tribunal arbitral por considerar que habían existido vicios de nulidad
en la decisión; sin embargo, no fue sino hasta 1962 cuando logró un avance
tangible al denunciarlo ante la ONU, después del hallazgo de documentos que
comprometieron la legalidad del mismo.[cita requerida]
La demanda venezolana fue admitida en el marco de la ONU, poniendo así en
tela de juicio la validez del laudo.[cita requerida] Este evento conllevó a la firma del
denominado Acuerdo de Ginebra, el 17 de febrero de 1966, entre ambas partes
más la presencia del gobierno local de Guayana Británica, próxima a recibir la
independencia, momento en el cual sustituiría a Reino Unido en la cuestión del
diferendo territorial con Venezuela.
El aún vigente Acuerdo de Ginebra es en sí un procedimiento o acuerdo
transitorio para llegar a un acuerdo final, por lo tanto, hasta no llegar a un arreglo
práctico para una solución satisfactoria definitiva, como lo establece su texto, se
mantiene el statu quo plasmado en el Laudo Arbitral de París en 1899, donde la
autoridad de administración y ocupación permanece ligada al Reino Unido (poco
después sucedido por la independiente Guyana) sobre toda el área que le
adjudicó el dictamen de París y que desde entonces es reclamada por Venezuela.
No obstante, se reconoce la salvaguarda de los derechos de soberanía
venezolanos sobre dicha zona, por lo que ambos países se obligan a encontrar
una solución concluyente, pacífica y honorable para las partes.
CONFLICTO CON HOLANDA.
En 1799, el general Francisco de Miranda, publica el mapa de "Cruz Cano",
impreso en Londres, bajo el patrocinio del gobierno británico. En él aparece el río
Esequibo como línea divisoria entre el territorio español y las colonias holandesas
mencionadas. Nuestros próceres están conscientes de los límites geográficos.
HOLANDA CEDE ANTE GRAN BRETAÑA
En junio de 1803, Gran Bretaña ocupa la región situada entre los ríos Esequibo
y Demerara y se mantiene allí hasta que el 13 de agosto de 1814, se firma el
Tratado de Londres, por el que Holanda se ve obligada a ceder los
establecimientos de Demerara, Esequibo y Berbice, aproximadamente unas
20.000 millas cuadradas, alrededor de 51.700 kilómetros cuadrados.
Estos tres territorios cedidos, todos al este del río Esequibo. son fusionados
bajo el nombre de "Guayana Británica" el 31 de julio de 1831.
En 1810, se publica en Londres un mapa donde consta el territorio de la
Guayana venezolana y el de la holandesa, teniendo como línea fronteriza el río
Esequibo.
El interés del mapa se centra en que fue editado "en una época cuando la Gran
Bretaña no tenía oficialmente ninguna propiedad sobre estos territorios, y además,
porque el mapa fue publicado en Londres. No había interés en extender los límites
de la Guayana más allá del Esequibo, en donde realmente le correspondía a los
Países Bajos".
VENEZUELA SE INDEPENDIZA Y PROTESTA
El 5 de julio de 1811, las Provincias Unidas de Venezuela se independizan. En
su primera Constitución, decretada en ese mismo año se establecen los límites en
su artículo 5: "Los límites de los Estados Unidos de Venezuela son los mismos
que el año de 1810 correspondían a la antigua Capitanía General de Venezuela".
Delimitación que va a aparecer en posteriores Constituciones.
En 1819, se incorporan a la Nueva Granada para formar la República de
Colombia. Tres años después, se ve obligada a protestar las continuas invasiones
de colonos ingleses a territorio venezolano
Desde su nacimiento, nuestro país está consciente de sus limites geográficos y
de la necesidad de defenderlos.
El Ministro venezolano en Londres, doctor José Rafael Revenga, por
instrucciones del Libertador Simón Bolívar, presentó la denuncia oficial a las
autoridades británicas, en los siguientes términos:
"Los colonos de Demerara y Berbice tienen usurpada una gran porción de tierra
que según los últimos tratados cutre España y Holanda nos pertenece del lado del
río Esequibo. Es absolutamente indispensable termina diciendo el diplomático
venezolan que dichos colonos o se pongan bajo jurisdicción y obediencia de
nuestras leyes, o se retiren a sus antiguas posesiones" Todo quedó dentro del
ámbito de un incidente más.
En 1824, José Manuel Hurtado es nombrado Enviado Extraordinario y
Ministro Plenipotenciario de Colombia, en reemplazo del doctor Rafael Revenga,
con la especial misión de obtener el reconocimiento botánico.
En la "Memoria acerca de los límites, territorio y comercio, ventas, población,
etc, de la República de Colombia", el diplomático venezolano afirma:
"La República de Colombia, compuesta hoy en día de los pueblos conocidos
antes bajo los nombres de Venezuela y Nueva Granada, está situada en el
corazón de la zona tórrida en la América meridional. Este bello y rico país se
extiende por la mar del norte, desde el río Esequibo o confines de la provincia de
Guayana, hasta el río de las Culebras que la separa de Guatemala. Por la Mar del
Sur, desde el Golfo Dulce, que está al Norte de la provincia de Veraguas en sus
límites con Costa Rica, hasta la ensenada de Túmbez, lindante con las provincias
del Perú. Desde Túmbez por un arco no bien determinado va al Amazonas más
arriba de Jaén de Bracamoros, sigue por la orilla meridional de este río hasta
Loreto; aquí se cambia a la del Norte, y en la embocadura del Iza separándose del
Marañón se interna en el continente hasta los límites de lo que antes era Guayana
Holandesa".
No hubo reparos británicos a la línea expresada. Gran Bretaña estaba más
preocupada en continuar su lento, pero seguro avance al través del territorio
venezolano. En 1825, Venezuela da a conocer a Gran Bretaña que la frontera con
la Guayana Británica estaba situada en el río Esequibo. Tampoco, esta vez, hubo
protesta inglesa.
Ese mismo año, Venezuela y el Reino Unido firman un Tratado de Amistad.
Lejos de aprovechar la coyuntura para intentar solucionar el incipiente problema
limítrofe, el Gobierno de Bogotá está atento única y exclusivamente a los
preparativos del Congreso de Panamá, que va a desarrollarse del 22 de junio al 15
de julio de 1826
CONFLICTO CON COLOMBIA.
El Golfo de Venezuela, además de ser un enlace entre el Lago de Maracaibo y
el Mar Caribe es poseedor de grandes reservas de gas natural y petróleo. La
disputa por su posesión entre Venezuela y Colombia data desde 1830,
acentuándose en la actualidad.
Al norte de Sudamérica se encuentra el Golfo de Venezuela, el cual en gran
parte pertenece a las aguas territoriales de los venezolanos. Sin embargo, una
pequeña porción del Golfo se ubica frente a las costas de La Guajira colombiana,
lo que ha provocado un diferendo limítrofe entre ambas naciones.
Los problemas limítrofes entre Venezuela y Colombia inician con la separación
de Venezuela de la Gran Colombia en 1830. Al momento de independizarse
Venezuela, ésta por “Utis possidetis juris” ocupa el territorio que antes poseía la
Capitanía General de Venezuela. La disyuntiva entre ambas naciones surge
debido a que la Corona Española no fijó los límites fronterizos de la Capitanía.
CONFLICTO CON ESPAÑA.
Laudo Español (Reina Regente María Cristina Habsburgo, Fallece Alfonzo XII,
1883 ) de 1891: explícito interés por El Golfo de Venezuela Acuerdan ambas
naciones someterse a un arbitraje internacional porque las negociaciones estaban
estancadas, Colombia propone al Rey de España como Arbitro, es entonces
cuando en 1891 se firma en Madrid el Laudo Español que establece que la línea
fronteriza en ambas naciones debía partir del Mogote de Los Frailes, en la Costa
Occidental del Golfo de Venezuela.
Así se le concede acceso a los colombianos al Golfo de La República, con lo
cual desconocía dicho arbitraje el principio “Uti possidetis iuris” y El Tratado
Michelena-Pombo, ambas realidades colocan al Golfo de nuestra Patria bajo
nuestra exclusiva soberanía. Además dolorosamente, el Laudo Español coloca al
Río Orinoco como un río fronterizo en gran parte de su trayecto desconociendo el
“Uti possidetis iuris” y El Tratado Michelena-Pombo, este Laudo Español despoja a
nuestra nación de 150.000 kilómetros cuadrados en nuestra zona sur.
El 16 de marzo de 1891 se dictó en Madrid el Laudo Arbitral de la Reina María
Cristina de España, por medio del cual se determinó gran parte de las fronteras
entre los dos países.El territorio que cubrió el Laudo fue: Guajira, Serranías Perijá
y Motilones, San Faustino, Serranía Tama, Ríos Sarare, Arauca, Meta, Orinoco y
Negro.13 Dicho laudo, sin embargo no dirimió por completo ciertos inconvenientes
en el trazado (además de algunas falencias del mismo tratado, tales como la
ubicación exacta del hito nº 1, hoy en Castilletes), por lo cual fue necesario que se
llevara la cuestión frente al Consejo Federal Suizo, el cual dictó sentencia el 24 de
mayo de 1922 en lo referente a los territorios de San Faustino, Catatumbo, Zulia,
Yavita, Pimichin, Arauca y Meta.
CONCLUSIÓN
A través de los años Venezuela sufrió numerosas pérdidas; en este caso fueron
enormes pérdidas territoriales, que al pasar de los años se recuperaron poco a
poco.
En la actualidad, aun quedan ciertos límites por discutir. Venezuela y Colombia
mantiene una controversia en torno a los límites marinos y submarinos en el área
del golfo de Venezuela. En cuanto a Brasil podemos decir que los problemas
limítrofes han sido menores debido a que las divisoras de las aguas determinan
los límites entre los dos países, no obstante sufre la invasión de mineros ilegales
de este país en busca de oro. Nuestro país sufre igualmente la explotación de su
riqueza aurífera por parte de mineros brasileños, quienes en número significativo
ocupan el territorio.
Pero, no hay que olvidar que las problemas limítrofes entre Venezuela y Gran
Bretaña son muy importantes. Hoy en día se sigue reclamando el territorio, se
sigue exigiendo la pérdida de 159.500 km² de territorio de la Guyana Esequiba;
que fueron los territorios arrebatados por Inglaterra en el siglo XIX mediante
diferentes maniobras legales y usando la fuerza.
Al finalizar esta investigación sobre el problema limítrofe de Venezuela
podemos concluir en lo siguiente:
El origen de este conflicto fue la avaricia por parte de Gran Bretaña de
apoderarse de una gran extensión de terreno, que legalmente le pertenece a
Venezuela; sustentando esa arbitrariedad bajo un procedimiento totalmente nulo,
en donde el gobierno de Estados Unidos dejando por fuera a una representación
venezolana, firmando un Laudo a espaldas de nuestro país, decide entregar ese
territorio al gobierno de Gran Bretaña.
Es increíble la irresponsabilidad del Gobierno de Gran Bretaña, cuando al
obligársele en un período de cuatro años a buscar una solución efectiva al
problema, opta por lavarse las manos, y otorgar la independencia al territorio de
Guayana.
Nuestro país ha dejado de percibir recursos económicos derivados de la
explotación de las riquezas que allí se encuentran.
En los últimos años Venezuela se había caracterizado por mantener
relaciones con Guayana. El Laudo de París ha sido considerado no válido y no
obligante por nuestra parte y entre las argumentaciones más importantes se
encuentra que el mismo fue firmado a espaldas de nuestro país.
En conclusión Venezuela a modificado sus limites cronológicamente, mediante
tratados y acuerdos que permitieron la convivencia entre Colombia, Brasil y Gran
Bretaña, aun así quedan pendientes problemas por resolver.
BIBLIOGRAFÍA
VARGAS PONCE, José; Geografía de la República Bolivariana de
Venezuela, Caracas, Editorial Romor, primera edición, 2003, 224 páginas.
URBÁEZ, Luis; Atlas Escolar de Venezuela CO-BO, Caracas, Editorial CO-
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www-cgsc.army.mil/milrev/Spanish/SepOct00/salaz.htm