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INDICE
Introducción
1.- Definición
1.1. Características de la empresa
1.2. Elementos de la empresa
1.3. Funciones de la empresa
1.4. Clases de empres
1.4.1 Según la propiedad del capital
2.- Como se constituye una empresa
2.1. Reserva de nombre en registros públicos
2.1.1. Documentos personales
2.1.2. Descripción Actividad económica
2.2. Capital social
2.3. Estatutos
2.4. Accionistas
2.5. Escritura Pública
2.6. Constitución de la empresa
2.6.1. Constitución Simultánea
2.6.2. Constitución de oferta a terceros
2.6.3. Costos para constituir empresas
3.- Conclusione
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INTRODUCCIÓN
El presente trabajo trata sobre la Constitución y puesta en funcionamiento de una empresa la información que contiene servirá como guía para los alumnos y de conocimiento y capacitación para toda persona interesada en constituir una empresa.
Mediante la realización de un trabajo bibliográfico se pretende en términos generales conoce distintos pasos a llevar a cabo para la constitución de una empresa, así como las características que le son propias.
Para tales efectos se realizaron actividades como: Investigación bibliográfica, extracción de los contenidos principales relacionados con el tema e integración de los conocimientos encontrados.
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LA EMPRESA
La empresa es una organización, de duración más o menos larga, cuyo objetivo es la
consecución de un beneficio a través de la satisfacción de una necesidad de mercado. La
satisfacción de las necesidades que plantea el mercado se concreta en el ofrecimiento de
productos (empresa agrícola o sector primario, industrial o sector secundario, servicios o
sector terciario), con la contraprestación de un precio.
Las empresas, bajo la dirección y responsabilidad del empresario, generarán un conjunto de
bienes y servicios con la finalidad de satisfacer las necesidades del mercado mediante la
contraprestación del precio.
Para determinar o fijar con precisión los límites del mercado debemos distinguir entre:
1. Ámbito geográfico: como delimitación geográfica del entorno de actividad de la
empresa. Ej.: local, interior, exterior, de un país o región, etc.
2. Ámbito conceptual: como delimitación conceptual del mercado, relativa a la definición
del producto o servicio (informático, financiero, etc.) o bien, delimitación referida al
colectivo de personas o entidades potencialmente usuarias de los productos o servicios
(infantil, profesional, etc.).
1.1 Características de la Empresa:
A. Desde una perspectiva económica, la empresa se caracteriza como una entidad autónoma
de producción de bienes o servicios, en la que se integran de forma coordinada diversos
medios productivos (trabajo humano y elementos materiales e inmateriales), bajo la
dirección del empresario.
B. Desde un punto de vista jurídico, el concepto de empresa no está claramente establecido,
debiéndose llegar al mismo, de forma indirecta, a través de la noción de empresario.
El empresario es la persona física o jurídica que, de forma habitual y no ocasional, ejercita
en nombre propio una actividad productiva dirigida al mercado, es decir, aquél que realiza
una actividad empresarial.
Desde el punto de vista jurídico mercantil, puede definirse a la empresa como una unidad
patrimonial autónoma y compleja, en la que se integra un conjunto organizado de bienes,
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derechos y obligaciones, bajo la titularidad y dirección del empresario. La finalidad
inmediata de la empresa es producir bienes y servicios para el mercado y su finalidad
mediata, suponiendo que se trate de empresas mercantiles, obtener alguna clase de utilidad
o lucro para sus propietarios.
1.2 Elementos de la empresa.
La empresa, para cumplir sus objetivos y desarrollar el conjunto de sus actividades, ha de
disponer de unos medios o factores, que podemos reunir en dos grandes grupos:
Personas o factores activos
Bienes económicos o factores pasivos.
Los segundos, son denominados restrictivos, por ser factores en sí mismo limitados.
Los primeros, forman la dinámica de la empresa, actuarán sobre los factores pasivos para
intentar alargar sus límites y mejorar sus resultados.
La empresa precisa de una organización, impuesta por quien posee la facultad de dirigir: el
empresario.
Genéricamente, la clasificación de los elementos constituyentes de la estructura de la
empresa sería la siguiente:
El grupo humano o las personas.
Dentro del grupo humano podemos señalar la existencia de grupos diferenciados por sus
intereses y relaciones con los grupos restantes, estos son:
- Los propietarios del capital o socios.
- Los administradores o directivos.
- Los trabajadores o empleados.
Entre los dos primeros grupos, y básicamente en el segundo, surge la figura del empresario
tal y como hoy se le concibe.
Los bienes económicos.
Los bienes económicos se suelen clasificar en inversiones o duraderos y en corrientes o no
duraderos, según su vinculación al ciclo productivo de la explotación, ya que si los mismos
no se consumen o transforman en el mismo estaremos ante el primer caso.
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La organización.
La organización aparece como el conjunto de relaciones de autoridad, de coordinación y de
comunicación que forman la actividad del grupo humano entre sí y con el exterior. Esta
estructura organizativa es definida por el empresario.
1.3 Funciones de la empresa.
La empresa en una economía de mercado cumple con las siguientes funciones generales:
a) Organiza y dirige básicamente el proceso de producción, si bien, a veces, se le
marcan o regulan ciertos aspectos y líneas de actuación de su actividad por los
organismos estatales de planificación y dirección económica.
b) Asume ciertos riesgos técnico-económicos inherentes a la anterior función,
riesgos que se matizan por los principios de responsabilidad y control de la empresa.
El riesgo se ve atenuado, entre otras, por las causas siguientes:
1. El progreso de las técnicas de gestión, permitiendo mejorar la planificación,
programación, presupuestario y control.
2. La posición de privilegio de la empresa en el mercado.
3. La dispersión del riesgo al aplicar los fondos financieros a explotaciones
diversificadas.
4. La constitución de empresas multinacionales, así como acuerdos y conciertos de
actuación con las mismas.
El desarrollo de la actividad empresarial supone el desempeño de numerosas tareas, muchas
de las cuales se han convertido en campos especializados del conocimiento. A estas áreas de
trabajo especializadas también se les suele denominar “funciones empresariales”.
Las funciones empresariales genéricas más importantes son las siguientes:
1. La dirección de empresas: define los objetivos, los recursos y la organización de la
empresa a largo, medio y corto plazo.
2. La gestión económica y financiera: se encarga de los temas relacionados con la
contabilidad, las finanzas y los temas fiscales.
3. La comercialización: entre otras cuestiones se dedica a la investigación de
mercados, la gestión de ventas y el marketing.
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4. La dirección de producción: que diseña el producto, el proceso para realizarlo, y
controla la calidad de los materiales y procesos utilizados.
5. La dirección de recursos humanos: que se encarga, entre otras cuestiones, de
seleccionar y formar al personal y de las relaciones laborales.
Cada empresa las define y las lleva a cabo de una forma determinada. Así, en una empresa
pequeña, puede que una persona absorba varias funciones (por ejemplo, el gerente de una
pequeña empresa puede asumir las funciones de dirección y la gestión económica y
financiera.
1.4. Clases de empresa.
Las diversas clasificaciones de las empresas atienden, normalmente a variados criterios:
productivos, funcionales, organizativos, etc.
1.4.1 Según la propiedad del capital.
En función de si el capital está en manos de particulares u organismos públicos nos
encontramos con empresas:
Privadas, cuando la propiedad de la empresa es de esta naturaleza. Algunas tienen la
peculiaridad de que sus propietarios son también trabajadores de la misma, quienes en
algunos casos se convierten también en clientes o proveedores.
Públicas, cuando el capital pertenece al Estado, comunidades autónomas, diputaciones,
ayuntamientos o algunos de los organismos dependientes de estas instituciones.
2.- COMO SE CONTITUYE UNA EMPRESA
Lo primero que debes considerar es si constituirás tu empresa como persona natural o como
persona jurídica. Con personería natural sólo se pueden constituir EMPRESAS
UNIPERSONALES; en cambio con personería jurídica, existen diferentes tipos: La
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L.),
constituyendo algún tipo de sociedad: SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD DE LIMITADA (S.R.L.) o SOCIEDADES ANÓNIMAS que a su
vez pueden ser de dos tipos: SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (S.A.C) o SOCIEDAD
ANÓNIMA ABIERTA (S.A.A.), esta última no se ajusta a los requisitos para constituir una
micro o pequeña empresa.
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Si decides constituirla como persona natural estarás comprometiendo tu patrimonio
personal en el negocio, mientras que, como persona jurídica, la empresa responde por sus
deudas y obligaciones.
Pasos para la constitución de una empresa unipersonal
Se constituye gestionando personalmente la siguiente documentación:
1. Tramitar el registro único del contribuyentes (RUC) en la Sunat . (Incluye selección de
régimen tributario y solicitud de emisión de tickets, boletas y/o facturas.
2. Inscribir a los trabajadores en Essalud.
3. Solicitar permiso, autorización o registro especial ante el ministerio respectivo en caso lo
requiera su actividad económica.
4. Obtener la autorización del Libro de Planillas ante el ministerio de trabajo y promoción
del empleo.
5. Tramitar la licencia municipal de funcionamiento ante el municipio donde estará ubicado
tu negocio
6. Legalizar los libros contables ante notario público. (Dependiendo del tipo de régimen
tributario)
2.1 Reserva de Nombre en Registros Públicos
Realizar la búsqueda mercantil de la razón social para verificar si no existe un nombre
similar o igual al de la empresa que se va a constituir. La reserva de denominación social
permite retener un nombre por un plazo de 30 días. El trámite se realiza en las oficinas de
registros públicos de Lima y Callao.
2.1.1 Documentos Personales
Fotocopia simple y legible del Documento Nacional de Identidad del Titular y/o cada uno
de los socios y sus cónyuges, en caso de ser casados.
2.1.2 Descripción de la Actividad Económica
Identificar y describir las ACTIVIDADES que va a desarrollar la empresa a constituir.
2.2 Capital Social
Indicar el CAPITAL SOCIAL a aportar, especificando el aporte por cada socio.
Este aporte puede ser:
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Bienes Dinerarios (efectivo), con la apertura de un depósito en una Cuenta Corriente
Bancaria indicando el nombre de la empresa.
Bienes No Dinerarios (muebles, enseres, maquinarias y equipos), mediante un Informe de
Valoración.
Bienes Dinerarios y Bienes No Dinerarios.
2.3 Estatutos
Se debe incluir el Estatuto que regirá a la empresa. En este debe estar detallado el régimen
del directorio, la gerencia, la junta general, los deberes y derechos de los socios y
accionistas.
Con todos estos requisitos elabora la Minuta de Constitución. La Minuta contiene el tipo de
sociedad en la que ha sido constituida, los estatutos que la rigen, datos de los representantes,
facultades de los mismos y el tipo de aportes que van a realizar. La minuta debe ser firmada
por los socios y un abogado.
2.4. Accionistas
El número de accionistas no puede ser menor a 2 personas naturales o jurídicas, residentes o
no residentes, mientras que el número máximo es ilimitado. Salvo el caso de la S.A.C. en
donde el número máximo de accionistas es veinte.
2.5. Escritura Pública
La Escritura Pública es un documento legal elaborado por un notario público para la
inscripción de la empresa en Registros Públicos.
El notario da fe del contenido y la envía a Registros Públicos para su inscripción.
Deberás presentar en la Notaría:
Una copia de la minuta redactada, adjuntando la boleta de búsqueda mercantil y copia
simple del DNI de los titulares, de los cónyuges en caso de aporte de bienes muebles como
capital social para elevarla a Escritura Pública.
Pagar los derechos notariales.
2.6.- CONSTITUCION DE LA EMPRESA
La constitución de la empresa se realiza primero siguiendo los siguientes pasos:
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1. Elaborar la Minuta de Constitución
2. Escritura Pública
3. Inscripción en los Registros Públicos
4. Tramitar el REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTES (RUC) en la SUNAT.
(Incluye selección de régimen tributario y solicitud de emisión de tickets, boletas y/o
facturas.
5. Inscribir a los trabajadores en ESSALUD.
6. Solicitar permiso, autorización o registro especial ante el ministerio respectivo en caso lo
requiera su actividad económica.
7. Obtener la autorización del Libro de Planillas ante el MINISTERIO DE TRABAJO Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO.
8. Tramitar la licencia municipal de funcionamiento ante el municipio donde estará ubicado
tu negocio
9. Legalizar los libros contables ante notario público. (Dependiendo del tipo de régimen
tributario)
Se presenta en dos tipos:
2.6.1 Constitución Simultánea
El aporte de capital social debe ser depositado en una cuenta abierta en una entidad bancaria
que opere en el Perú. Los fundadores suscribirán una Minuta de Constitución, la cual deberá
estar debidamente refrendada por un abogado colegiado, y deberá ser elevada a Escritura
Pública ante Notario, con la finalidad de que se inscriba en el Registro de Personas Jurídicas
de la Zona Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -SUNARP,
correspondiente al lugar donde se constituya.
2.6.2 Constitución por Oferta a Terceros
Los fundadores deberán redactar un programa de constitución que llevarán al Notario para
efectos de legalizar sus firmas. Una vez legalizadas las mismas, se depositará en el Registro
de Personas Jurídicas de la Zona Registral de la SUNARP, correspondiente al lugar donde
se constituya a efectos de proceder a su publicación posterior, con la finalidad de encontrar
potenciales suscriptores.
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La asamblea de suscriptores deberá realizarse en el lugar y hora establecida en el programa,
o en su defecto, en los que señale la convocatoria que hagan los fundadores. Dentro de los
30 días siguientes a la celebración de la asamblea, la persona o personas designadas,
otorgarán la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad, la cual deberá inscribirse en
el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP del domicilio de la sociedad.
2.6.3 COSTOS PARA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS
3. FORMALIDADES ADMINISTRATIVAS
En adición a los requisitos legales mencionados anteriormente, existen ciertas formalidades
que deben ser cumplidas por las empresas que deseen establecer empresas nuevas o
sucursales como:
La Licencia Municipal de Funcionamiento
Se requiere para que la sociedad pueda funcionar en un determinado local y puede ser
provisional o indefinida.
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Licencia Provisional:
Requisitos:
Constitución Social
R.U.C.
Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Usos.
Duración o vigencia de la Licencia Provisional.
Un año calendario; es decir, 12 meses.
Esta licencia se requiere, en un supuesto que la empresa cambie de giro o la situación
económica del país.
Licencia Indefinida.
También llamada definitiva por que no tiene plazo de vigencia.
Requisitos:
Si eres persona jurídica con la Constitución Social
Si eres persona natural solo con la copia de tu DNI
Copia de la ficha R.U.C.
Certificado Zonificación y Compatibilidad de Usos
Plano de Distribución
Certificado de Defensa civil.
Llenar la solicitud de Declaración Jurada
Registro Único de Contribuyentes (RUC)
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es el órgano
administrador de tributo y tiene, entre otras funciones, la de registrar a los contribuyentes,
otorgándoles el certificado que acredite su inscripción en el Registro Único de
Contribuyentes.
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el padrón que contiene los datos de
identificación de las actividades económicas y demás información relevante de los sujetos
inscritos.
El Número RUC es único y consta de once dígitos y es de uso obligatorio en toda
declaración o trámite que se realice ante la SUNAT.
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Para su obtención se deberá presentar lo siguiente:
Testimonio de Constitución Social, debidamente inscrito ante el Registro
correspondiente.
Recibo de agua o luz del domicilio fiscal.
Formato de inscripción de RUC de la SUNAT
Documento de identidad en original del representante legal
Si el trámite lo realiza una tercera persona deberá presentar una carta poder simple otorgada
por el representante legal con firma legalizada notarialmente y el documento de identidad
en original de la tercera persona.
PASOS PARA FORMALIZAR O CONSTITUIR UNA EMPRESA
1. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en los Registros Públicos (sólo para Persona Jurídica)
Debemos en primer acudir a la Oficina de Registros Públicos, y verificar que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que le queremos poner a nuestra empresa.
Al buscar los nombres existentes, debemos asegurarnos de que éstos no se parezcan ni suenen igual al que vamos a usar, debe haber un mínimo de 3 letras diferentes.
Una vez realizada la búsqueda y confirmado de que no existen nombres iguales o similares al que vamos a usar, debemos reservar nuestra razón social para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la reserva por un plazo de 30 días.
2. Elaboración de la minuta (sólo Persona Jurídica)
La minuta es un documento previo en el cual los miembros de sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos.
La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta.
Los elementos fundamentales de una minuta son:
los generales de ley de cada socio: sus datos personales, nombres, edad, documentos de identificación, etc.
giro de la sociedad. tipo de sociedad: por ejemplo, S.R.L, S.A, etc. tiempo de duración de la sociedad: si es plazo fijo o indeterminado. cuándo se van a empezar las actividades comerciales. dónde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial). cuál es la denominación o razón social de la sociedad.
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dónde van a funcionar las agencias o sucursales, si es que las hubieran. quién va a administrar o representar a la sociedad. los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser:
o bienes dinerarios: dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, letras de cambios, etc.
o bienes no dinerarios: inmuebles o muebles tales como escritorios, sillas, etc. otros acuerdos que establezcan los socios. el capital social o patrimonio social (aporte de los socios)
Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza.
3. Elevar la minuta a escritura pública (sólo Persona Jurídica)
Consiste en acudir a una notaría y llevarle la minuta a un notario público para que la revise y la eleve a Escritura Pública.
Por lo general los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:
minuta de constitución. constancia o comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a
nombre de la empresa. inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios. certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos de
la inexistencia de una misma o similar razón social.
Una vez elevada la minuta, no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que la minuta es legal. Ésta debe ser firmada y sellada por el notari
4. Elevar la escritura pública en los Registros Público (sólo Persona Jurídica)
Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a los Registros Públicos, en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa en los Registros Públicos.
La Persona Jurídica existe a partir de este paso, es decir, a partir de su inscripción en los Registros Públicos.
5. Obtención del número de RUC
El RUC (Registro Único de Contribuyentes) es lo que identifica a una persona o a la empresa ante la SUNAT para el pago de los impuestos
Toda persona natural o jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de lo contrario serán sancionadas de acuerdo con el Código Tributario, igual que los inscritos en el RUC que no presenten la declaración.
Para obtenerlo debemos acudir a la SUNAT, llenar un formulario de justificación, y esperar notificación.
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6. Elegir régimen tributario
En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención de nuestro RUC, debemos determinar a cuál régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General.
Una vez que contamos con nuestro número de RUC, y elegido el régimen tributario al cual acogernos, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar.
7. Comprar y legalizar libros contables
En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen tributario al cual nos hayamos acogido; y posteriormente, acudimos a una notaria para que sean legalizados por un notario público.
8. Legalizar el Libro de Planillas en el Ministerio de Trabajo (si fuera el caso)
Según la ley, todos los trabajadores de una empresa, no importa las horas que trabajen, deben estar en planilla (lo que implica recibir beneficios tales como gratificaciones, compensación por tiempo de servicio, etc.).
Para este paso, debemos acudir al ministerio de Trabajo, en donde se legalizarán las planillas.
9. Inscribir a los trabajadores en ESSALUD (si fuera el caso)
Igualmente debemos registrar a los trabajadores en las oficinas de ESSALUD para que puedan acceder a sus servicios.
Los trámites se realizan en las oficinas de ESSALUD correspondiente a la jurisdicción.
Por lo general, los documentos a presentar son:
Fotocopia del RUC. Planillas en blanco legalizadas. Fotocopia del DNI del representante. Formulario llenado en la oficina del ESSALUD para la inscripción de los
trabajadores.
10. Solicitud de licencia municipal
Consiste en acudir a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicado el negocio, y tramitar la obtención de la licencia de funcionamiento.
Por lo general, los documentos a presentar son:
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Fotocopia del RUC. Certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, zona residencial, etc.). Croquis de la ubicación de la empresa. Copia de contrato de alquiler o título de propiedad. Fotocopia de la escritura pública. Recibos de pago por derecho por licencia. Formulario de solicitud
Notas adicionales
Como dato adicional queremos señalar que en la actualidad existen centros o instituciones que nos pueden ayudar a realizar todos los pasos descritos anteriormente para constituir nuestra empresa, a un mínimo costo y en un corto periodo de tiempo.
Uno de estos centros o instituciones es el Centro Cofide, el cual ofrece el servicio de búsqueda y reserva de nombre en los Registros Públicos, elaboración de la minuta y su legalización ante un notario público, obtención de RUC (sus oficinas cuenta con un stand de la SUNAT), etc.
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CONCLUSIONES
Hemos observado que para constituir una empresa es requisito indispensable tener en
cuenta la existencia del capital, posteriormente la formalización esta asociación a través de
la minuta de constitución donde está contenida los cargos, funciones, vigencias de cargos,
etc. de los socios. Posteriormente se debe de elevar esta minuta al notario quien da fe y
legalidad de que la constitución cumple con los requisitos establecidos por la ley, en caso de
ser observado por el Notario se deberá de corregir y modificar la minuta constitutiva. En
todo caso si no hay observación de por medio el Notario lo envía a la SUNARP para su
inscripción; posteriormente para que la sociedad pueda funcionar debe de cumplir con
requisitos de tipo administrativo como la obtención de su Registro Único de Contribuyentes
(R.U.C.), el cual deberá de solicitarlo a través de la SUNAT, y qué régimen le corresponde
para que pueda hacer sus contribuciones tributarias, así mismo asegurar a los trabajadores
en ESSALUD, Solicitar permiso, autorización o registro especial ante el ministerio
respectivo (en caso lo requiera su actividad económica ) y obtener la autorización del Libro
de Planillas ante el MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO.
Finalmente se debe de solicitar a la Municipalidad la autorización de funcionamiento o
apertura de establecimiento, el cual le entregarán bajo la denominación de Licencia de
Funcionamiento ya sea permanente o provisional, Legalizar los libros contables ante el
notario público. (Dependiendo del tipo de régimen tributario).
Cumplidos con estos requisitos las empresas quedan establecidas formalmente y listas para
iniciar sus actividades empresariales.
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