Download - Sesión 10 11-12 [acto administrativo] (2)
Los actos de administración (interna o
material), están referidos a la regulación
de la administración, organización o
funcionamiento de una Entidad,
reteniendo sus efectos
exclusivamente al ámbito de la
Administración Pública (aunque podrían producir
efectos indirectos en el ámbito externo de la entidad).
Los actos de administración, por
constituir actuaciones administrativas
que no afectan directamente derechos o
intereses legítimos de los
administrados, no son impugnables por
los administrados; por lo que la
Administración Pública desestima los
cuestionamientos planteados contra
ellos o sus alcances.(1.2.1 Ley nº 27444)
acto administrativo
Es la declaración de una entidad de la
Administración Pública que, en el marco de las
normas de derecho público, está destinada a
producir efectos jurídicos sobre los intereses,
obligaciones o derechos de los administrados,
dentro de una situación concreta.
Artículo 1º Ley 27444
acto administrativo
Constituye una manifestación del
Poder Público que se exterioriza a
través de alguna Entidad de la
Administración Pública.
Posee fuerza VINCULANTE para la
Administración Pública y para los
administrados.
acto administrativo
Es una declaración UNILATERAL que no
requiere de la voluntad concordante o
discrepante del administrado.
La autoridad requerirá CONVICCIÓN para
su emisión, expresando su declaración al
margen de la acción y “deseos” o
intenciones del administrado.
acto administrativo
Existen hasta tres tipos de declaraciones,
como base del acto administrativo:
DECLARACIÓN DECISORIA
Cuando constituyen la expresión de una voluntad de la administración dentro de su finalidad
Vgr. Emisión de una Resolución Administrativa o el otorgamiento de una licencia.
acto administrativo
Existen hasta tres tipos de declaraciones,
como base del acto administrativo:
DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO
Cuando Certifica el conocimiento de un hecho o la aceptación de declaraciones particulares de interés administrativo
Vgr.:Conocimiento de un hecho: Notificación de una sanción. Aceptación de Declaraciones: Actas de nacimiento inscripciones registrales y certificaciones
acto administrativo
Existen hasta tres tipos de declaraciones,
como base del acto administrativo:
DECLARACIÓN DE OPINIÓN
Cuando valora y emite un juicio positivo o negativo respecto de un hecho comprobado administrativamente
Vgr.: Certificación administrativa de Antecedentes Penales; Certificados de salud; Etc.
acto administrativoEntre los requisitos para la VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO, se tienen:
COMPETENCIA
Solo el órgano administrativo (facultado por
materia, territorio, grado , tiempo o cuantía) a través de la autoridad designada; o el órgano colegiado (cumpliendo los requisitos de sesión, quórum, y deliberación)
acto administrativoEntre los requisitos para la VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO, se tienen:
OBJETO O CONTENIDO
Los actos administrativos deben precisar su objeto a fin de determinar inequívocamente sus efectos jurídicos. Su contenido debe ajustarse a ley y ser lícito, preciso, posible física y jurídicamente y comprender una motivación.
acto administrativoEntre los requisitos para la VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO, se tienen:
FINALIDAD PÚBLICA
Debe adecuarse a las finalidades del interés público. No se deben perseguir finalidad personal de la autoridad, a favor de un tercero u otra finalidad distinta.
acto administrativoEntre los requisitos para la VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO, se tienen:
MOTIVACIÓN
Todo acto administrativo debe estar debidamente motivado en función al contenido y conforme al ordenamiento jurídico
acto administrativoEntre los requisitos para la VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO, se tienen:
PROCEDIMIENTO REGULAR
Antes de su emisión, el ACTO debe haberse conformado mediante el cumplimiento de un procedimiento administrativo, aquel previsto para su emisión.
acto administrativo
EN CUANTO A LA FORMA
Los actos administrativos deben expresarse por escrito, salvo la previsión de otra forma por la naturaleza y circunstancia de algún caso en particular (en cuyo caso, deberá dejarse constancia del acto).
El Acto Administrativo debe indicar fecha y lugar de emisión, la denominación del órgano que lo emite, así como el nombre y firma de la autoridad que interviente.
acto administrativo
OBJETO O CONTENIDO DEL ACTO
Es aquello que decide, declara o certifica la autoridad.
No puede estar prohibido por el ordenamiento jurídico.
No debe ser incompatible con la situación de hecho prevista en las normas.
No debe ser impreciso, oscuro o imposible de realizar
acto administrativo
OBJETO O CONTENIDO DEL ACTO
No puede contravenir en el caso concreto, disposiciones constitucionales, legales, mandatos judiciales firmes, ni infringir normas administrativas de carácter general, provenientes de autoridad de igual, inferior o superior jerarquía, e incluso de la misma autoridad que dicte el acto
acto administrativo
MOTIVACIÓN
Debe constar de manera expresa, mediante una relación concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso específico.
Debe incluir las razones jurídicas y normativas que –con referencia directa a los anteriores- justifican el acto adoptado.
acto administrativo
MOTIVACIÓN
Existen actos que no requieren motivación:
Decisiones de mero trámite (impulsan el
procedimiento).
Estiman procedente una petición (sin perjudicar
derechos de terceros).
Aquellos que forman parte de una gran cantidad de Actos sustancialmente iguales (basta la existencia de una motivación única).
acto administrativoEFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
REGLA GENERAL:A.A. es eficaz a partir de que la notificación legalmente realizada produce sus efectos.
EXCEPCIÓN:A.A. que otorga derechos a los administrados, es eficaz desde la fecha de su emisión.
acto administrativoEFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La autoridad puede disponer en el mismo acto, que tenga eficacia anticipada a su emisión, siempre que fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, debiendo existir el supuesto de hecho que justifique tal decisión en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del Acto.
acto administrativoEFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La NOTIFICACIÓN debe ser practicada de oficio.
La autoridad está dispensada de notificar actos emitidos en presencia del administrado (siempre que
conste en Acta).
Tampoco es necesaria la notificación, si el administrado a tenido acceso directo y espontáneo al Expediente (debe haber recabado una copia y
existir constancia de ello en el expediente).
acto administrativoEFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La NOTIFICACIÓN puede ser practicada bajo las siguientes modalidades:
NOTIFICACIÓN PERSONAL, en el domicilio del administrado interesado o afectado por el acto.
MEDIOS ALTERNATIVOS, es decir, telegrama, correo certificado, telefax y cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente acuse de recibo e identidad de la persona (el
administrado debe haber sido solicitado expresamente por el administrado).
acto administrativoEFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La NOTIFICACIÓN puede ser practicada bajo las siguientes modalidades:
PUBLICACIÓN, en el diario oficial El Peruano y en uno de mayor circulación , salvo disposición distinta.
OTROS, como el correo electrónico (siempre que el administrado lo hubiere señalado expresamente en algún escrito suyo y lo hubiere
autorizado. No será necesario el orden establecido anteriormente).
acto administrativoEFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La NOTIFICACIÓN surte efectos:
NOTIFICACIÓN PERSONAL, el día que fuera realizada.
MEDIOS ALTERNATIVOS, el día que conste haber sido recibida (incluida la notificación email).
PUBLICACIÓN, a partir del día de la última publicación en el Diario Oficial.Los Actos que, a la vez, deben ser notificados personalmente y por publicación, producen efectos desde la última notificación.
acto administrativoNULIDAD Y CONSERVACION DEL ACTO
TODO ACTO SE CONSIDERA VALIDO MIENTRAS NO SE DECLARE SU NULIDAD
V I C I O S D E L A C T O A D M I N I S T R A T I V Oa) Contravención a la Constitución, a las leyes y las normas
reglamentarias
b) El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez (salvo los supuestos de “conservación del acto”)
c) Los actos expresos o que resulten como consecuencia de la aprobación automática o por SAP, por los que se adquiere facultades o derechos, cuando son contrarios al ordenamiento jurídico o cuando no se cumplen con los requisitos, documentos o trámites esenciales para su adquisición.
d) Los Actos Administrativos constitutivos de infracción penal , o que se dicten como consecuencia de la misma.
acto administrativoNULIDAD Y CONSERVACION DEL ACTO
TODO ACTO SE CONSIDERA VALIDO MIENTRAS NO SE DECLARE SU NULIDAD
El pedido de nulidad será conocido y declarado por autoridad
superior de quien dictó el acto (cuando no exista subordinación jerárquica, la
nulidad la declara la misma autoridad, por Resolución).
La declaración de nulidad tendrá efecto declarativo y retroactivo
a la fecha del acto.
De haberse adquirido derechos de buena fe, por terceros, la
declaración opera a futuro. Si el acto se hubiere consumado o no es
posible retrotraer sus efectos, dará lugar a la responsabilidad de la
autoridad y la indemnización al administrado.
acto administrativoNULIDAD Y CONSERVACION DEL ACTO
TODO ACTO SE CONSIDERA VALIDO MIENTRAS NO SE DECLARE SU NULIDAD
Cuando el vicio no sea trascendente se conservará el Acto
procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora.
Son Actos Administrativos afectados por vicios no
trascendentes:
a) El acto con contenido impreciso o incongruente con la
motivación.
b) El acto con motivación insuficiente o parcial.
c) El acto que infringe formalidades no esenciales del
procedimiento
d) Cuando no exista duda de que el acto IGUAL hubiese tenido
el mismo contenido.
e) El acto emitido con omisión de documentación no esencial.