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QUÉ ES LA IATA Y SUS OBJETIVOS
OBJETIVOS DE LA UNIDAD
Reconoce los objetivos y funciones de la OACI. Reconoce los objetivos, funciones y normas de la
IATA. Reconoce Alianzas Comerciales entre AerolíneasIdentifica las aéreas de tráfico. Identifica el Convenio de Varsovia y el Convenio de
ChicagoReconoce la clasificación de las compañías aéreas
según la IATA.Define el Sistema Aeronáutico nacional
1919. Nace IATA., en la ciudad de la Haya en Holanda.
1945. Se establece la nueva IATA en la Habana, Cuba.
1947. El sistema de conferencias fue cambiado y tres áreas de conferencia fueron establecidas TC1, TC2, TC3, las cuales cubrían todo el mundo. Este sistema está aun en operación
La IATA se compone de dos categorías de miembros:
MIEMBROS ACTIVOSCualquier empresa de transporte aéreo que preste
servicios entre los territorios de dos o más Estados.
MIEMBROS ASOCIADOSCualquier empresa de transporte aéreo que
mantenga un servicio aéreo sólo a nivel nacional.
Objetivo de la IATA es ayudar a las compañías aéreas ayudarse a sí mismos mediante la simplificación de los procesos y aumentar la comodidad de los pasajeros mientras reduce los costos y mejora la eficiencia.
La seguridad es una prioridad, y el objetivo de la IATA es mejorar continuamente los estándares.
Otra preocupación es la de minimizar el impacto del transporte aéreo sobre el medio ambiente.
En 1947 el sistema de conferencias fue cambiado y tres áreas de conferencia fueron establecidas tc1, tc2, tc3, las cuales cubrían todo el mundo.
TC1 o área 1 de IATA :comprende la parte continental de:
América del norte, centro y sur, así como las islas adyacentes
-Groelandia -Bermudas-Indias occidentales y las islas del mar
caribe -las islas Hawaii
TC2 o Área 2 de IATA : comprende toda Europa Continental (incluyendo la parte de Rusia europea) y las islas adyacentes
-Islandia-Islas azores-Toda la parte continental de África y las
islas adyacentes -La parte asiática del oeste de Irán
TC3 o Área 3 de IATA : comprende toda la parte continental de Asia al este de Irán y las islas adyacentes
-Indias orientales -Australia y nueva Zelanda -Islas del Océano Pacífico
AEREAS DE LA IATA
QUÉ ES LA OACI Y SUS OBJETIVOS
La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI o ICAO, correspondiente a International Civil Aviation Organization en sus siglas en inglés) es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas creada en 1944 por la Convención de Chicago para estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los reglamentos y normas únicos en la aeronáutica mundial. La dirige un consejo permanente con sede en Montreal (Canadá).
El órgano supremo de OACI es la Asamblea, y el ejecutivo el Consejo (formado por treinta y tres estados); ambos tienen su sede permanente en Montreal (Canadá).
En la Asamblea están representados todos los Estados contratantes de la OACI.
Fue creada con el fin de que sea más seguro y fácil viajar en avión de un país a otro. La OACI establece normas y regulaciones internacionales necesarias para garantizar la seguridad y eficiencia y regularidad del transporte aéreo y sirve de catalizador para la cooperación en todas las esferas de la aviación civil entre sus 185 Estados contratantes.
CONVENIO DE CHICAGO
La Convención de Chicago de 1944, verdadera “Carta Magna” de la aviación civil internacional, constituye la base normativa de los principales temas que regulan esta actividad.
Algunos principios que recoge el Convenio de Chicago se pueden resumir de la siguiente manera:
1) la aviación civil internacional debe desarrollarse en forma segura y ordenada.
2) los Estados pueden establecer servicios aéreos internacionales mediante el principio de igualdad de oportunidades.
3) dichos servicios aéreos internacionales deben cumplirse de manera eficaz y económica.
El desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional y en consecuencia, del transporte aéreo internacional, posee categoría de principio esencial, ya que para que el transporte sea seguro, es necesario que la técnica implementada sea perfecta y que su explotación comercial tenga bases seguras, lo que implica regularidad.
El Convenio de Chicago, contienen los "Standars Internacionales" y las "prácticas recomendadas", relacionadas a:· certificaciones del personal navegante · reglas de aire · meteorología · cartas aeronáuticas · estandardización de las comunicaciones tierra / aire · operaciones de los aviones · nacionalidad y registros de los aviones · certificados de navegación · telecomunicaciones aeronáuticas · servicios para el tráfico aéreo · servicios de búsqueda · investigación sobre accidentes · aeródromos · servicios de información aeronáuticas
Libertades del aire
La Convención de Chicago confirma el principio del total y exclusiva soberanía de cada Estado sobre el espacio aéreo que cubre sus territorios, los cuales comprenden las regiones terrestres y las aguas jurisdiccionales sobre los cuales el Estado ejerce su propia soberanía, autoridad, protección y mandato. De tal principio se deduce que el derecho a sobrevolar o hacer escalas técnicas o comerciales en el territorio de cualquier País debe ser solicitada o negociada con el Estado interesado.
CONVENIO DE VARSOVIA
El Convenio, fue firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929
CAPITULO I: Aplica a todo transporte internacional de personas
CAPITULO II: Títulos de transporte
CAPITULO III: Responsabilidad del porteador
CAPITULO IV: Disposiciones relativas a los transportes combinados
CAPITULO V: Disposiciones generales y finales
CAPITULO I
El presente Convenio se aplica a todo transporte internacional de personas, equipajes o mercancías efectuado, contra remuneración, en aeronave. Se aplica igualmente a los transportes gratuitos efectuados en aeronave por una Empresa de transportes aéreos.
CAPITULO II
SECCIÓN I. BILLETES DE PASAJE
En el transporte de viajeros el porteador está obligado a expedir un billete de pasaje
CAPITULO II
SECCIÓN II. TALON DE EQUIPAJES1. Para el transporte de equipajes que no
sean los objetos menudos personales que el viajero conserva bajo su custodia, el porteador está obligado a expedir un talón de equipajes.
2. El talón de equipajes estará constituido por dos ejemplares: uno para el viajero y otro para el porteador.
CAPITULO II
SECCIÓN III. CARTA DE PORTE AÉREO
La carta de porte aéreo se extenderá por el expedidor en tres ejemplares originales y se entregará con la mercancía.
CAPITULO III
El porteador es responsable del daño ocasionado, en caso de muerte, herida o cualquier otra lesión corporal sufrida por cualquier viajero, cuando el accidente que ha causado el daño se haya producido a bordo de la aeronave o en el curso de todas las operaciones de embarque y desembarque.
El porteador es responsable del daño ocasionado en caso de destrucción, pérdida o avería de equipajes facturados o de mercancías, cuando el hecho que ha causado el daño se produzca durante el transporte aéreo.
CAPITULO IV
En el caso de transportes combinados efectuados en parte por el aire y en parte por cualquier otro medio de transporte, las estipulaciones del presente Convenio no se aplicarán más que al transporte aéreo
CAPITULO V
Nada en el presente Convenio podrá impedir al porteador rehusar la conclusión de un contrato de transporte o formular reglamentos que no estén en contradicción con las disposiciones del presente Convenio, etc.
LEY DE CIELOS ABIERTOS
El Sistema Aeronáutico Nacional (SAN) se sustenta en tres pilares básicos: el Ministerio de Obras Públicas, el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, el Ministerio de Defensa Nacional, junto con la Fuerza Aérea de Chile y la DGAC.
LIBERTADES DEL AIRE
La política aerocomercial Chilena se denomina de cielos abiertos. Se basa en los principios de libre mercado, y ella está contenida en la ley de aviación comercial. De acuerdo a esta ley, los objetivos de esta política son contar con servicios aéreos de la mejor calidad, eficiencia y al menor costo.
LIBERTADES DEL AIRE
Para conseguir estos objetivos se establece: 1.-Libre ingreso a los mercados 2.-Libertad de precios 3.-Mínima intervención de la autoridad
1. El libre ingreso a los mercados se basa en que las empresas tanto chilenas como extranjeras pueden operar libremente en el país, siempre que cumplan con requisitos técnicos y de seguros.
2. La libertad de precios permite a las empresas aéreas establecer libremente las tarifas que aplicarán, debiendo solamente registrarlas ante la JAC. La autoridad carece de atribuciones para fijar y objetar precios.
3. La mínima intervención de la autoridad se refleja en que la ley no otorgó a la JAC facultades amplias para intervenir en los mercados, sino puntuales y específicas: controlar seguros y negociar reciprocidad
CODIGOS AERONAUTICOS
AIRIMP, es un lenguaje codificado de comunicaciones usado para todas las transacciones comerciales en el ámbito del transporte aéreo civil; que sirve fundamentalmente para reservas.
AIRIMP, presenta tres características fundamentales. 1. Es utilizado por todas las compañías aéreas, permitiendo
por lo tanto superar todas barreras de idiomas. 2. Todos los mensajes resultan claros y comprensibles en su significado. 3. Reducciones de los costos de telecomunicaciones como consecuencia de lo abreviado de los códigos.
Códigos de clases de servicios
CÓDIGOS DE FRECUENCIAS:
Días de la semana 1 LUNES
2 MARTES
3 MIERCOLES
4 JUEVES
5 VIERNES
6 SABADO
7 DOMINGO
CÓDIGOS DE LOS MESES DEL AÑO
JAN = EneroFEB = FebreroMAR = MarzoAPR = AbrilMAY = MayoJUN = JunioJUL = JulioAUG = AgostoSEP = OctubreOCT = SeptiembreNOV = NoviembreDEC = Diciembre