RgimendeRentaAtribuida
Profesor:MarioCayupn Epul
IntegranteComitTributarioCmaradeComerciodeSantiago
Santiago,19Agostode2016
Nuevosregmenesdetributacin
A partir del ao 2017 tendrn pleno vigor los nuevos sistemas de tributacin para todoslos contribuyentes de la Primera Categora obligados a la renta efectiva mediante unacontabilidad completa.
La mayora de ellos deber elegir, en el segundo semestre de este ao 2016, cul ser elsistemams convenientepara ellos.
Existirn dos sistemas: A) Renta Atribuida; B) Renta Parcialmente Integrada;
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RentaAtribuida- Definiciones
Este sistema se define como aquel en que la tributacin aplicable a la empresa y suspropietarios quedan totalmente cumplida en el mismo ejercicio en que las utilidadestributarias sean percibidas o devengadas, con absoluta prescindencia si han efectuadoretiros o distribuciones.
Las empresas quedarn afectas al impuesto de primera categora con la tasa vigente (25% prevista paraal ao 2017 en adelante);
Las personas propietarias se afectarn con el IGC o IA con el crdito del Impuesto de Primera Categora(Tasa 25%) por el 100%.
RentaAtribuida Quinespuedenoptar?.
Los que pueden optar a este sistema son todas las empresas, constituidas por personasnaturales residentes en Chile y/o personas naturales o jurdicas residentes en elextranjero; es decir pueden optar por este rgimen: Empresario Individual; Empresario Individual de Responsabilidad Limitada; Comunidades, y Sociedad por Acciones; y Agencias o Establecimiento Permanente, del Art 58 N 1 de la LIR; y Sociedades de Personas;
Este grupo de contribuyentes tambin pueden optar por el rgimen de RentaParcialmente Integrada, letra B) del Artculo 14 de la Ley de la Renta.
Las Sociedades Annimas (SA) (abiertas o cerradas) y en las Sociedades en Comanditapor Acciones (CPA), no pueden optar por este rgimen, por tanto deben estar en elRgimen Parcialmente Integrado, rgimen B).
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PNResidenciaChile
PN/PJResidenciaExtranjero
Empresa(NoSAniCPA)
Ejerce Opcin:OpcinAoB
RentaAtribuida- Qupasasinoejercenlaopcin?
El grupo de contribuyentes, compuesto por propietarios personas naturales condomicilio o residencia en Chile que teniendo la opcin de elegir el sistema A) o B) no lohicieren en la forma que lo establece la Ley, slo debern sujetarse a las reglasestablecidas para la tributacin de la Renta Atribuida. Este grupo lo componen: EmpresarioIndividual; EmpresarioIndividualdeResponsabilidadLimitada; Comunidades, y SociedadesdePersonas(excluidasCPA);
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PNResidenciaChile
PN/PJResidenciaExtranjero
Empresa(NoSAniCPA)
Si no ejerce Opcin:
PN
Empresa(NoSAniCPA)
DefectoB DefectoA
RentaAtribuida- Qupasasinoejercenlaopcin?Continuacin..
El segundo grupo compuesto por todas las sociedades (excepto las SA y CPA que debentributar por el sistema Renta Parcialmente Integrada) compuesta por propietariospersonas naturales y adems socios contribuyentes domiciliados en el extranjero; comolas SpA y las Agencias y EP, del art 58 N1, que pudiendo optar por el rgimen A) deRenta Atribuida, no lo hacen de la forma establecida en la Ley quedarnautomticamente obligados a la tributacin establecida en la letra B) Renta ParcialmenteIntegrada.
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RentaAtribuida Cmoseejercelaopcin?InformaralSII
EmpresariosIndividuales
EmpresaIndividualdeResponsabilidadLtda
AgenciasyEstablecimientosPermanantes(Art58N1)
Comunidades Declaracinsuscritaporlaunanimidaddeloscomuneros
SociedadesdePersonas
SociedadporAcciones
InformaralSIIdeclaracinsuscritaconladecisindel
sistemaoptado.
EscrituraPblica,queconsteelacuerdounnime
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CmooperaelsistemadeRentaAtribuida?
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
Existirn dos niveles integrados de tributacin: A nivel de empresas: se afectar con el IDPC; bse devengada. A nivel de personas con impuestos finales: se afectar IGC-IA baseatribuida.
Tributacin a nivel de empresa: Tasa 25% sobreBase Imponible.
Base Imponiblede las empresas: Determinada segn contabilidadcompleta, segn Balance General. RLI- segn mecanismode los artculos 29 al 33 Ley de la Renta.
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
BASELEGAL Monto$IngresosBrutos,artculo29 +Menos:CostosDirectos,artculo30 -
MargenBrutoGastosnecesarios,artculo31 -
RentaLquida+/-CorreccinMonetaria +/-
RentaLiquidaAjustada+/-AjustesArtculo33 +/-
RentaLquidaImponible =
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
AjustesenRLI- GastosNecesarios: GastosSupermercados; RegulacinderemuneracionesdelArt59Lir,conrelacionados; TratamientodelosIntereses,reajustes; TratamientodelGoodwill;
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
= Resultadosegnbalance $xxx +/-+ Agregados:
-Gastosrechazadosatribuidosalaempresa xxx-Gastosrechazadosatribuidosalospropietarios xxx-Provisionesyestimacionesnoaceptadas xxx-Ajustesfinancieros,etc xxx xxx (+)
- Deducciones:-Utilidadesdevengadas xxx-Dividendosoretirospercibidos xxx xxx (-)-Ajustesfinancieros,etc
- Desagregados-Gastosrechazadosatribuidosalaempresa xxx-Gastosrechazadosatribuidosalospropietarios xxx xxx (-)
= RentaLquida,antesdeajustesN5,Art33LIR+ Reposicin:
Dividendosoretirospercibidos,afectosIGC-IA xxxIncrementoporcrditoIDPC xxx xxx (+)
= RentaLquidaImponible xxx +/-
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
ReposicindeRetirosyDividendosafectosalIGCoIApercibidosdesdeotrasempresas:
DebenformarpartedelaRLIdelejercicio,losretirosydividendospercibidosdesdeotrasempresas;
Tambinsedebeadicionarelincrementorespectivo,equivalentealIDPC; Cuandoelrepartodelasutilidadesprovenganempresasacogidasalrgimenderentaparcialmenteintegrada,deberdescontarseaquellapartesujetaarestitucin.
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
RentaLquidaImponible
Resultadosegnbalance 12.000Agregados:Gastosrechazadosnoafectos 800ProvisinIncobrable 1.000 1.800Deducciones:Dividendopercibido 2.000-RentaLquida 11.800Reposicin:Dividendopercibido,rgimenB 2000Incrementodividendo(tasa25,5%) 685 2.685RentaLquidaImponible 14.485
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
ElIDPCcomoCREDITO: El IDPC se utilizar como crdito en contra del impuesto (IDPC) del mismo ejercicio, conpreferencia de cualquier otro crdito. No podr ser utilizado con otros impuestos, ni enejercicios siguientes y tampoco solicitar su devolucin.
El crdito proveniente de retiros y dividendos afectos a IGC o IA, provengan de empresasacogidas al sistema Semi-integrado se imputar el 65%.
Cmooperaelsistemaderentaatribuida?
Resultadosegnbalance 12.000Agregados:Gastosrechazadosnoafectos 800ProvisinIncobrable 1.000 1.800Deducciones:Dividendopercibido 2.000-RentaLquida 11.800Reposicin:Dividendopercibido,rgimenB 2000Incrementodividendo(tasa25,5%) 685 2.685RentaLquidaImponible 14.485
DeterminacindelImpuesto 25% 3.621CrditosporIDPC:DividendoprovenienteRgimenB 445-Impuestoapagar 3.176
IncentivoalahorroenlasPymes
Las pymes obligadas a la renta efectiva segn contabilidad completa y sujeta al rgimende Renta Atribuida, podrn deducir de la RLI afecta al IDPC hasta un 50% que semantenga invertida en la empresa.
Elbeneficiodel50%tieneuntopedeUF4.000alao.
Ejercerlavoluntadenformaanualeirrevocable.
IncentivoalahorroenlasPymes
I) DeterminacinPre-RLI MontoUtilidadsegnbalance 90.000Ms:Gastosrechazadosnoafectosart21 10.000Pre-RLIAfectaalIDPC 100.000
II) DeterminacinmontomximorebajaMenos:Retirosactualizados 40.000-RLIInvertidaenlaempresa 60.000
Beneficio50%topedeUF4000 30.000
III) DeterminacinRLIPre-RLIAfectaalIDPC 100.000Menos: 30.000-RLI-DefinitivaafectaalIDPC 70.000
ClculoBeneficioIncentivoalaInversin
IncentivoalahorroenlasPymes
RLIinvertidaenlaempresa: Determinada conforme del 29 al 33 de LIR, menos los retiros, remesas ydistribuciones del ao, estos ltimos afectos o no a la renta;
Tener ingresos del giro no superior a UF 100.000 en los 3 ltimos ejercicio,considerando las realizadaspor las relacionadas;
Que los ingresos no superen el 20% del total de ingresos del ejercicio de la empresa,por todos los beneficios o rendimientos obtenidos por la tenencia o explotacin deinversionesen: Accionesyderechossociales; Cuotasdefondosmutuosyfondos deinversin; Rentasobtenidasporlaparticipacinencontratosdeasociacinocuentasenparticipacin;o Instrumentosderentafija.
ImputacindePrdidasTributarias
En ningn caso las PT se imputarn utilidades acumuladasen la empresa;
LasPTdelejercicioseimputarnenelsiguienteorden: Rentas o cantidades percibidas a ttulo de retiros o dividendos afectos a IGC o IA,proveniente de otras empresas o sociedades. A esta suma se le debe adicionar losincrementos por crdito del IDPC, asociados a los referidos retiros o dividendos.
Las PT no absorbidas deber imputarse en el ejercicio inmediatamente siguiente y assucesivamente.
ImputacindePrdidasTributarias
PagoProvisionaldeUtilidadesAbsorbidasporPrdidas(PPUA).
Cuando resulten prdidas absorbidas total o parcialmente por utilidades percibidas en elejercicio, originar un beneficio en favor del contribuyente,denominadoPPUA.
EsteserdevueltoencalidaddePPUA,poraquellautilidadabsorbidaporPT.
LadevolucincorresponderalIDPCdebidamenteincrementado.
Culessonlasrentasqueseatribuyen?
Rentasqueseatribuyen
I) RentasAtribuidasPropias $1)SaldopositivoRLI,determinadaArts29al33,Lir
2)RentasocantidadesafectasIGCoIA,percibidascomoretirosodividendosenelejercicio.MssuincrementoporelIDPC(Art33N5)
3)RentaspercibidasodevengadasexentasdelIDP