Download - Responsabilidad penal del adolescente
Responsabilidad Penal Responsabilidad Penal del Adolescentedel Adolescente
Participante:Abg. Gracia Chirinos
La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente es el resultado final de la aprobación de la "Convención Internacional sobre los Derechos del Niño", por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el día 20 de Noviembre de 1.989, aprobada por unanimidad por todos los miembros presentes representantes de cada país.
esta ley dio un giro de ciento ochenta grados al tratamiento de la conducta delictual del adolescente, quien en el viejo paradigma de la "SITUACION IRREGULAR", contenido en la derogada Ley Tutelar del Menor, era considerado como un "IRRESPONSABLE PENAL“
En este sistema penal, el adolescente es responsable penalmente por sus actos delictivos, sometido a juicio y condenado en sentencia definitivamente firme.
¿Qué es el Sistema Penal de ¿Qué es el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes? Responsabilidad de Adolescentes? Articulo 526Articulo 526
Conjunto de Órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la
responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurran, así
como de la aplicación y control de las sanciones correspondientes.
Integrantes. Articulo 527Integrantes. Articulo 527
a) La sección de Adolescentes del Tribunal Penal.b) La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de
Justiciac) El Ministerio Publicod) El servicio Autónomo de la Defensa Publicae) La Policía de Investigaciónf) Los Programas y entidades de atención.
Niños y Niñas. Articulo 532Niños y Niñas. Articulo 532
Flagrancia
Ministerio Público.
CPNNA
Garantías Garantías FundamentalesFundamentales
De la InvestigaciónDe la Investigación
Las Investigación tiene por objeto Las Investigación tiene por objeto confirmar o descartar la sospecha confirmar o descartar la sospecha fundadas de la existencia de un fundadas de la existencia de un
hecho puniblehecho punible Art. Art. 551551
Formulas de Solución Formulas de Solución anticipadaanticipada
CONCILIACIÓCONCILIACIÓNN
Art. 564Art. 564
Cuando se trate de hechos punibles para los Cuando se trate de hechos punibles para los que sea procedente la privación de libertad que sea procedente la privación de libertad como sanción, el o la Fiscal del Ministerio como sanción, el o la Fiscal del Ministerio Público promoverá la conciliación. Público promoverá la conciliación.
REUNIÓN
El agraviante, los padres (representantes o responsables) y la victima.
Contenido de la Resolución. Art. Contenido de la Resolución. Art. 566566
1.1. Fundamentos de hecho y derecho de la Fundamentos de hecho y derecho de la suspensión.suspensión.
2.2. Datos generales del o la adolescente, Datos generales del o la adolescente, hechos que se le atribuye, su clasificación hechos que se le atribuye, su clasificación legal y la posible sanción.legal y la posible sanción.
3.3. Obligaciones pactadas y el plazo para su Obligaciones pactadas y el plazo para su cumplimiento.cumplimiento.
4.4. Advertencia al o la adolescente de que Advertencia al o la adolescente de que cualquier cambio de residencia, domicilio, cualquier cambio de residencia, domicilio, lugar de trabajo o instituto educacional, lugar de trabajo o instituto educacional, deberá ser comunicada al o a la fiscal del deberá ser comunicada al o a la fiscal del ministerio público.ministerio público.
5.5. Orden de orientación y supervisión Orden de orientación y supervisión decretada, el ante que la ejecutará y las decretada, el ante que la ejecutará y las razones que la fundamentan.razones que la fundamentan.
Gracias Gracias por su atenciónpor su atención