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MINISTERIO DEL INTERIOR

Por el cual se encarga a un gobernador del departamento de Boyacaacute

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En uso de las atribuciones constitucionales legales y reglamentarias en particular las conferidas por el artiacuteculo 115 de la Constitucioacuten Poliacutetica 66 de la Ley 4a de 1913 en concordancia con el artiacuteculo

55 de la Ley 909 de 2004 y

CONSIDERANDO

Que mediante comunicado de fecha 13 de julio de 2016 radicado en el Ministerio del Interior mediante EXTM116-0035597 del 14 del mismo mes y antildeo la secretaria general de la gobernacioacuten de Boyacaacute doctora Ana Carolina Espitia Jerez solicitoacute la designacioacuten de gobernador encargado para ese departamento teniendo en cuenta la incapacidad meacutedica prescrita al sentildeor gobernador de Boyacaacute ingeniero Carlos Andreacutes Amaya Rodriacuteguez por el teacutermino de treinta (30) diacuteas calendario expedida por la IPS Cliacutenica Medilaser SA de la ciudad de Tunja ycertificada por la EPS SANITAS el diacutea 15 de julio de 2016 a la cual se encuentra afiliado el sentildeor gobernador Carlos Andreacutes Amaya Rodriacuteguez de conformidad con el artiacuteculo 2251013 del Decreto 1083 de 2015 en concordancia con el artiacuteculo 206 de la Ley 100 de 1993

Que mediante radicado EXTM116-0035660 del 14 de julio de 2016 el abogado del despacho del gobernador de Boyacaacute doctor Clinton Reneacute Saacutenchez Candela dio alcance al comunicado anterior solicitando la designacioacuten como gobernador encargado a la ingeniera Ana Carolina Espitia Jerez

Que el artiacuteculo 115 de la Constitucioacuten Poliacutetica en el inciso final consagra que las gobernaciones y las alcaldiacuteas forman parte de la Rama Ejecutiva y el artiacuteculo 189 ibiacutedem atribuye al Presidente de la Repuacuteblica la condicioacuten de Jefe de Estado Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa

Que el artiacuteculo 303 inciso 2 de la Constitucioacuten Poliacutetica de Colombia atribuyoacute a la ley la determinacioacuten de las faltas absolutas y temporales de los gobernadores asiacute como la forma de proveer estas uacuteltimas sin que hasta la fecha la referida ley se haya expedido

Que el artiacuteculo 66 del Coacutedigo de Reacutegimen Poliacutetico y Municipal establece Todo lo relativo a la administracioacuten general de la Repuacuteblica que no esteacute especialmente atribuido a otros poderes puacuteblicos conforme a la Constitucioacuten y las leyes corresponde al Presidente

Que el artiacuteculo 55 de la Ley 909 de 2004 prescribe que las disposiciones sobre el reacutegimen de personal contenidas en ella yen los Decretos 2400 y3074 de 1968 y las normas que los modifiquen adicionen o reglamenten son aplicables a los empleados del Estado que prestan sus servicios en las entidades de la Rama Ejecutiva de los niveles departamental distrital y municipal

Que teniendo en cuenta que la incapacidad meacutedica prescrita al gobernador del departamento de Boyacaacute no excede el teacutermino de 180 diacuteas por tanto constituye una falta temporal en virtud de lo dispuesto por el artiacuteculo 98 de la Ley 136 de 1994 aplicable por analogiacutea ante el vaciacuteo normativo que regule la faltas temporales de los gobernadores se hace necesario que el Presidente de la Repuacuteblica encargue aun funcionario para garantizar la continuidad en la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos que corresponde al departamento y evitar vaclos de poder o de autoridad conforme a lo indicado por la Corte Constitucional en la sentencia C-448 de 1997

DECRETO NuacuteM~- 1165 DE 2016 HOJA No ___

Continuacioacuten del decreto Por el cual se encarga a un gobernador del departamento de Boyacaacute

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Encargo Encaacutergase como gobernadora del departamento de Boyacaacute a la doctora ANA CAROLINA ESPITIA JEREZ Secretaria General de la Gobernacioacuten de Boyacaacute identificada con la ceacutedula de ciudadaniacutea nuacutemero 23691580 de Villa de Leiva sin separarse de las funciones de su cargo

Artiacuteculo 2 Comunicacioacuten Comunicar el contenido del presente decreto al sentildeor CARLOS ANDREacuteS AMAYA RODRiacuteGUEZ gobernador de Boyacaacute y a la doctora ANA CAROLINA ESPITIA JEREZ gobernadora encargada

Artiacuteculo 3 Vigencia Este decreto rige apartir de la fecha de su expedicioacuten

PUBLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE Y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute D C a los

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El Ministro del Interior

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DECRETO NuacuteM~- 1165 DE 2016 HOJA No ___

Continuacioacuten del decreto Por el cual se encarga a un gobernador del departamento de Boyacaacute

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Encargo Encaacutergase como gobernadora del departamento de Boyacaacute a la doctora ANA CAROLINA ESPITIA JEREZ Secretaria General de la Gobernacioacuten de Boyacaacute identificada con la ceacutedula de ciudadaniacutea nuacutemero 23691580 de Villa de Leiva sin separarse de las funciones de su cargo

Artiacuteculo 2 Comunicacioacuten Comunicar el contenido del presente decreto al sentildeor CARLOS ANDREacuteS AMAYA RODRiacuteGUEZ gobernador de Boyacaacute y a la doctora ANA CAROLINA ESPITIA JEREZ gobernadora encargada

Artiacuteculo 3 Vigencia Este decreto rige apartir de la fecha de su expedicioacuten

PUBLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE Y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute D C a los

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El Ministro del Interior


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