REGLAMENTO INTERNO
Convivencia Escolar
2020
INDICE
IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO .................................................................................................... 4
INFRAESTRUCTURA ......................................................................................................................................... 4
RECURSO HUMANO ......................................................................................................................................... 4
RESEÑA HISTORICA ......................................................................................................................................... 5
MATRICULA ....................................................................................................................................................... 5
HORARIO DE FUNCIONAMIENTO ................................................................................................................... 6
VISION ................................................................................................................................................................ 7
MISION ............................................................................................................................................................... 7
a) CENTRO GENERAL DE ALUMNAS……………………………………………………………………….9
b) ESTATUTO DEL CENTRO DE PADRES Y/O APODERADOS……………………………………..…13
c) CENTRO DE RECURSOS DE APRENDIZAJE (CRA)………………………………………………….17
d) COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD (CPHS)………………………………………….17
INTRODUCCION .............................................................................................................................................. 18
a) DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ........................................................................................................... 19
b) DEL CONSEJO ESCOLAR ...................................................................................................................... 20
3. PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.......................................................................... 21
1. EN EL ESTABLECIMIENTO .................................................................................................................... 21
2. DE LOS DERECHOS Y DEBERES ............................................................................................................. 24
2.1 DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES……………………………………………………………………24
2.2 DEBERES Y/O RESPONSABILIDADES DEL / LA ESTUDIANTE……………………………………25
2.3 DERECHOS DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN………………………….28
2.4 DEBERES DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.……………………………28
2.5 PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.……………………29
2.6 DEBERES DE DOCENTES O PERSONAL FORANEO………………………………………………..30
2.7 DERECHOS DEL PERSONAL FORÁNEO……………………………………………………………………….30
2.8 DERECHOS DE ALUMNOS/AS EN PRACTICA………………………………………………………...30
2.9 DEBERES DE ALUMNOS/AS EN PRACTICA…………………………………………………………..31
2.10 DERECHOS DE LOS APODERADOS……………………………………………………………………31
2.11 DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS………………………………………………………..32
3 FALTAS A LA NORMA, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES SEGÚN GRAVEDAD.............................. 32
3.1. FALTAS LEVES……………………………………………………………………………………………..33
3.2. FALTAS GRAVES…………………………………………………………………………………………..34
3.3. FALTAS GRAVISIMAS……………………………………………………………………………………..35
4. PRESENTACIÓN DE RECLAMOS, DENUNCIAS, SUGERENCIAS O FELICITACIONES .................... 37
5. PROTOCOLO DE APELACIÓN: .............................................................................................................. 37
6. NORMATIVA VIGENTE PARA PROTOCOLOS ...................................................................................... 37
A. LEY DE VIOLENCIA ESCOLAR .............................................................................................................. 37
B. PROYECTO DE LEY AULA SEGURA. .................................................................................................... 38
7.1. RESOLUCIÓN EFICAZ DEL CONFLICTO A TRAVÉS DE LA MEDIACIÓN………………………...39
7.2. DERIVACION DE CONFLICTOS………………………………………………………………………….40
7.3 PROTOCOLO DE ENTREVISTAS……………………………………………………………………......42
7.4 PROTOCOLO FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES……………………………………………….42
7.5 PROTOCOLO PARA EL USO DE REDES SOCIALES………………………………………………...44
7.6 PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL ACOSO ESCOLAR ............................................................ 44
7.7 PROTOCOLO USO DE EQUIPOS TECNOLOGICOS PERSONALES (CELULARES, TABLETS,
ETC) DENTRO AULAS DE CLASES.………………………………………………………………………………….46
7.8 PROTOCOLO FRENTE A CRISIS CONDUCTUALES, EN ALUMNA.………………………………..46
7.9 PROTOCOLO FRENTE AL ABUSO SEXUAL INFANTIL………………………………………………49
7.10 PROTOCOLO FRENTE AL MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO EN EL LICEO……………..50
a) Entre estudiantes. ........................................................................................................................... 50
b) Entre personal del establecimiento: ................................................................................................ 51
c) De estudiantes hacía docentes o asistente de la educación. .......................................................... 51
d) De un adulto integrante de la comunidad educativa hacia estudiantes. .......................................... 52
e) Del apoderado/a hacia docente o asistente de la educación. ......................................................... 52
f) Del docente o asistente de la educación hacia apoderado/a. ......................................................... 53
g) Entre apoderados/as durante jornada escolar y dentro del establecimiento ................................... 53
h) De personas externas al establecimiento. ....................................................................................... 53
7.11 PROTOCOLO FRENTE A VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CONTRA MENORES DE EDAD…..…..54
7.12 PROTOCOLO DE LA AFECTIVIDAD, SEXUALIDAD Y GÉNERO……………………………………56
7.13 PROTOCOLO FRENTE A ALUMNAS EMBARAZADAS……………………………………………….57
7.14 PROTOCOLO CONSUMO DE DROGAS Y ESTUPEFACIENTES (FUERA Y DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO).…………………………………………………………………………………………………..58
7.15 PROTOCOLO ANTE DETECCIÓN DE RIESGO, INTENTO O CONSUMACIÓN DE SUICIDIO…60
7.16 PROTOCOLO PORTE DE ARMAS (DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO)…………………………61
7.17 PROTOCOLO USO DE ESPACIOS COMUNES EN EL ESTABLECIMIENTO.…………………….62
7.18 PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS…………………………………………………………..63
7.19 PROTOCOLO RETIRO DE ALUMNOS DURANTE LA JORNADA DE CLASES……………………63
7.20 PROTOCOLO DE SITUACIONES EXCEPCIONALES DE RETIRO DE ESTUDIANTES EN
JORNADA DE
CLASES…………………………………………………………………………………………………………………...65
7.21 PROTOCOLO DE CAMBIO DE ROPA (MUDA) PARA ESTUDIANTES DE EDUCACION
PARVULARIA O DE PRIMER CICLO BÁSICO.……………………………………………………………………...65
7.22 PROTOCOLO EN CASOS EXCEPCIONALES DE CONTROL DE
ESFINTER………………………………………………………………………………………..……………………….66
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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR LICEO ANITA SERRANO
IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
Nombre Del Establecimiento: Liceo Anita Serrano Sepúlveda
Directora (e): Sra. Andrea Saéz Pinto
Ubicación: David Fuentes n° 81, Sector Arenal, Talcahuano
Dependencia: Municipal
Tipo de Educación que Imparte: Humanista-Científica
Representante Legal: Ilustre Municipalidad de Talcahuano
El Liceo Anita Serrano cuenta con una matrícula actual de 218 estudiantes de los cuales son 216 mujeres y 2 son hombres, distribuidos en 13 cursos.
INFRAESTRUCTURA
Cuenta con una infraestructura destinada a aulas, talleres, laboratorios, oficinas, patios, servicios higiénicos,
camarines y áreas verdes. Destaca de la infraestructura la biblioteca CRA, laboratorio de ciencias, laboratorio
de inglés, sala de computación, sala PIE, sala de arte y gimnasio. Además de comedores.
RECURSO HUMANO
Se organiza en los niveles de dirección, planificación, ejecución, evaluación y coordinación de su proceso
educativo.
Nuestro liceo está formado por una planta docente de 30 personas dentro de los cuales se encuentran:
Directivo, Inspectoría General, Equipo Técnico Pedagógico, Encargadas de Convivencia, Coordinadora PIE,
Educadoras Diferenciales y docente de talleres deportivos.
Además, cuenta con un número de 20 asistentes de la educación, clasificados como: profesionales: Asistente
Social, Psicólogas, Psicopedagoga, fonoaudióloga, Técnico Informático. Y Asistentes No profesionales:
secretarias, inspectoría, biblioteca y asistentes de servicio, encargada de cruz roja.
Se integran también otros profesionales que desarrollan actividades deportivas y artístico culturales
provenientes de MINEDUC o DAEM, departamento de Extraescolar. Y un número no determinado de
alumno/as en prácticas educativas de distintas universidades e instituto profesionales, que se insertan en las
diversas actividades y acciones que se programan y/o desarrollan en el establecimiento.
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RESEÑA HISTORICA
El Liceo Anita Serrano Sepúlveda, fue fundada el 26 de abril de 1885 como Escuela Superior de Niñas N°7 de
Talcahuano, funcionando en calle Colón. Luego en 1940 se traslada a Avenida David Fuentes N° 81 de esta
comuna puerto. Cabe destacar que, por Resolución exenta 2125 del 1 de agosto del año 2012, inicia su
funcionamiento como Liceo de Niñas. Científico Humanista, dependiente del Departamento de Educación
Municipal de Talcahuano.
Nuestra unidad Educativa, nace por la necesidad de servir a una población de apoderados que optan por un
establecimiento de SEÑORITAS, donde la educación y su formación están dadas de acuerdo a lo Planes y
Programas de Estudio del Ministerio de Educación y los Valores vertidos en los Objetivos Transversales, de
aquella época.
Actualmente el establecimiento desarrolla su trabajo académico bajo las directrices ministeriales, entregadas
en las bases curriculares, el refuerzo del desarrollo de las actitudes, en ellas emanadas, aboga por la
formación de mujeres empoderadas de su rol.
Al día de hoy, con sus 135 años de trayectoria, es un establecimiento por el que han transitado miles de
alumnas de las cuales hoy tenemos profesionales de diversas áreas, funcionarias de empresas públicas,
privadas, microempresarias, uniformadas, además de dueñas de casa. Todas ellas dan fe de la buena
calidad de la enseñanza impartida, que reconocida es también, por la comunidad y autoridades
educacionales.
MATRICULA
El establecimiento posee una matrícula de 218 estudiantes aproximadamente distribuidos en 13 cursos los
cuales se dividen en:
Nivel de Párvulo: Tercer nivel
General Básica: 1° a 8° año
Educación Media: 1° a 4° año
Nuestro establecimiento presenta un alto índice de vulnerabilidad 98%. Además 85 estudiantes con N.E.D.,
de las cuales sólo 76 de ellos están integrados en plataforma, siendo los demás atendidos como excedentes
por el programa de Integración. Otra característica es el 70% de familias prioritarias, beneficiarias del
Programa Chile Seguridades y oportunidades, siendo el 30% restante familias preferenciales. Para fortalecer
el vínculo familiar y aumentar oportunidades de desarrollo, es que, el establecimiento ofrece diversas
actividades que les permita involucrarse junto con sus hijos/as, en la participación de distintos talleres
extraescolares.
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HORARIO DE FUNCIONAMIENTO
Nuestro establecimiento abre sus puertas a las 07:30 A.M cerrando a las 20:00 horas. Funcionando en dos
jornadas de clases. En los siguientes horarios.
Horario Párvulo, tercer nivel.
Lunes a viernes desde las 13:15 hasta las 17:00 hrs.
Horario enseñanza básica de 1° a 4° básico
Lunes y martes desde las 13:15 hasta las 19:00 hrs.
Miércoles, jueves y viernes desde las 14:00 hasta las 19:00 hrs.
Horario enseñanza básica de 5° y 6° básico
Lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 13:00 hrs.
Horario enseñanza básica de 7° y 8° básico
Lunes, martes y miércoles desde las 08:00 hasta las 13:45 hrs.
Jueves y viernes desde las 08:00 hasta las 13:00 hrs.
Horario enseñanza media
Acogida a régimen de jornada escolar completa.
Lunes y martes desde las 08:00 hasta las 16:00 hrs.
Miércoles, jueves y viernes desde las 08:00 a las 15:15 hrs.
Horarios de recreos jornada mañana
Primer recreo desde 09:30 a 09:45 hrs.
Segundo recreo desde las 11:15 a 11:30 hrs.
Horario recreos jornada tarde
Primer recreo desde las 15:30 hasta las 15:45 hrs.
Segundo recreo desde las 17:15 hasta las 17:30 hrs.
Horario de almuerzo
Enseñanza media de lunes a viernes desde las 13:00 hasta las 13:45 hrs.
Enseñanza básica lunes y martes desde las 14:00 hasta las 14:45 hrs. Miércoles a viernes desde las
13:15 hasta las 14:00 hrs.
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VISION
Desarrollar en las alumnas, habilidades y competencias, a través de metodologías activo-participativas
que les permitan acceder a la enseñanza superior, formando de esta manera a una persona
comprometida y con alto sentido del deber cívico.
MISION
Entregar a sus estudiantes una formación integral, con aprendizaje de calidad, sólidos principios, valores
éticos y morales, para practicar en su convivencia diaria.
SELLOS INSTITUCIONALES
1. Liceo Científico-Humanista.
2. Impulsor del rol de la mujer y su aporte a la sociedad.
3. Liceo gestor de seguridad socio afectivo.
4. Liceo con valor agregado en las áreas Artístico, deportivo y cultural.
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ORGANIGRAMA
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ESTAMENTOS INSTITUCIONALES
a) CENTRO GENERAL DE ALUMNAS
De los Objetivos/fines Generales
Artículo 1º
a- Defender equitativamente los intereses y derechos de las estudiantes en particular y en su conjunto.
b- Actuar como puente de comunicación y acción directa entre las autoridades institucionales y el resto de la
comunidad educativa.
c- El Centro de Estudiantes actuará de manera autónoma respecto de cualquier autoridad dentro y fuera del
establecimiento.
d- Accionar con el fin de mejorar el sistema educativo, procurando un mejoramiento del nivel académico.
e- Fomentar la participación, el debate y el espíritu crítico, contribuyendo al desarrollo de una cultura
pluralista, donde las cuestiones de interés público estén directamente relacionadas a la búsqueda de
consenso y armonización a través de la deliberación.
f- Promover la realización de actividades culturales, recreativas, artísticas, deportivas y sociales en pos de
los ideales de igualdad, solidaridad, libertad, democracia y justicia.
De los integrantes
Artículo 2º
Podrán participar de los centros de estudiantes todas aquellas personas que acrediten ser estudiantes
regulares del establecimiento educativo respectivo, como único requisito.
De la comisión Directiva
Artículo 3º
La comisión Directiva estará conformada por la lista ganadora y como mínimo por los siguientes integrantes:
Una Presidenta Una Tesorera
Una Vicepresidente Una Vocera
Una Secretaria General Un Profesor Asesor
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Funciones
Artículo 4º
Las funciones de los integrantes de la Comisión Directiva son:
- Llevar adelante la conducción del Centro de Estudiantes.
- Tomar decisiones en representación de las estudiantes en situaciones emergentes, en las que no
exista posibilidad de la instancia extraordinaria, para asamblea general.
- Ejercer y hacer cumplir el Estatuto y las resoluciones de la asamblea.
- Firmar actas y/u otro documento del Centro de Estudiantes.
- Participar de reuniones de Consejo escolar del establecimiento.
Presidenta
- Dirigir la Comisión Directiva.
- Convocar asambleas generales, extraordinarias y reuniones de Comisión Directiva.
- Participar de reuniones de Consejo escolar del establecimiento.
- Mantener canales de comunicación abiertos con Dirección de la Unidad Educativa
Vicepresidenta
- Remplazar a la presidenta en sus funciones en caso de ausencia temporal.
- Coordinará las tareas y supervisará su funcionamiento.
- Participar de reuniones de Consejo escolar del establecimiento.
- Asistir a las reuniones del Consejo Escolar en las cuales se requiere la presencia de la Presidenta de
Centro de Alumnas y en ausencia de este.
- Coordinar las secretarías existentes.
- Deberá, en conjunto con el resto de los miembros (en el caso que sean más de uno), proponer y llevar
adelante acciones que respondan a las funciones propias de la Secretaria a la que pertenece/n.
- Redactar, registrar y leer actas al comienzo y al final de cada reunión junto con el presidente, como así
también las comunicaciones, correspondencias y toda otra documentación.
- Redactar comunicados emanados desde a Directiva del Centro de alumnas.
Tesorera
- Administrar las finanzas del centro de estudiantes, teniendo como objetivo la contabilidad del fondo social.
- Recibir el dinero que se ingrese siendo responsable de lo que se recaude y de los gastos que se efectúen.
- Deberá presentar ante el estudiantado un balance económico trimestral que detalle los ingresos y egresos
del Centro de Estudiantes.
Secretaría General
- Coordinar las secretarías existentes.
- Deberá, en conjunto con el resto de los miembros (en el caso que sean más de uno), proponer y llevar
adelante acciones que respondan a las funciones propias de la Secretaria a la que pertenece/n.
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- Redactar y firmar las actas de reuniones junto con el presidente, como así también las comunicaciones,
correspondencias y toda otra documentación.
- Redactar comunicados emanados desde a Directiva de Centro de alumnas.
Secretarías
- Deberá redactar acuerdos del centro general de alumnas: Asuntos Estudiantiles, Cultura, Difusión, Actas.
Profesora encargada de la coordinación
- Será el nexo entre dirección y el consejo estudiantil.
- Acompañar a las alumnas en las distintas actividades, organizadas fuera del establecimiento.
Del cuerpo de delegadas y sub-delegadas
Artículo 5º
a) Está conformado por una delegada y una sub delegada por curso, elegido por los estudiantes del mismo
que represente mediante el voto secreto y directo. Es incompatible ser miembro de la comisión directiva y
delegado del curso.
b) Traslada las opiniones de los cursos a las sesiones del centro de estudiantes, canalizando de esta manera
las inquietudes y a la vez asesorando a la Comisión Directiva.
c) Informa a los representados las resoluciones y medidas adoptadas por el centro de estudiantes.
d) Asiste a las reuniones con la Comisión Directiva, con voz y sin voto, cuando esta las convoca o en
situaciones extraordinarias.
e) Los delegados tienen derecho a participar en la creación y modificación del estatuto del centro de
estudiantes.
f) Teniendo como deber y derecho auto convocarse, estableciendo su reglamento interno; discutirá y
resolverá propuestas que surjan en las reuniones.
De las asambleas
Artículo 6º
a) Es el órgano máximo del centro de estudiantes.
b) Habrá dos tipos de asambleas: ordinarias y extraordinarias.
1. La asamblea general ordinaria, será convocada por la comisión directiva.
2. La asamblea extraordinaria, podrá ser convocada por cualquier estudiante del establecimiento,
(incluyendo Centro de Estudiantes) y será evaluada y aprobada, según su urgencia, por la comisión
directiva.
c) Conformada por un delegado titular de cada curso, un representante de cada comisión y los vocales
integrantes de la comisión directiva.
d) Será coordinada por el presidente del centro de estudiantes, pudiendo ser elegido un secretario de la
misma, por única vez en la primera reunión de la asamblea.
e) Las reuniones son abiertas a todos los estudiantes, teniendo voz, pero sin voto.
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f) Las decisiones se tomarán por mayoría simple, de votos de los vocales, representantes y delegados
titulares.
Junta electoral
Artículo 7º
a) Estará compuesta por una presidenta, nombrada por el cuerpo de delegados el cual no podrá ser
candidato. Dos secretarias, sorteados de la lista de estudiantes regulares e imparciales del
establecimiento. Un profesor y un directivo perteneciente al establecimiento por cada una de las listas.
b) La junta se encargará de legitimar la instancia electoral, asegurando un normal desempeño eleccionario.
c) Debe estar presente en la instancia de escrutinio.
Del régimen electoral
Artículo 8º
a) La elección se deberá convocar con un mínimo de 20 (veinte) días hábiles de anticipación.
b) Las listas se conformarán con los candidatos mencionados en el Artículo 3, presentándose 10 (diez) días
antes del acto eleccionario.
c) Las estudiantes del establecimiento educativo participaran de la elección mediante la emisión de su voto,
en forma directa y secreta.
d) El voto deberá ser emitido conscientemente y con responsabilidad por parte del estudiantado. Este tomara
un carácter obligatorio y universal.
e) Las autoridades del establecimiento deberán confeccionar el padrón electoral con los datos de todos y
todas los y las estudiantes regulares (nombre, apellido, DNI, año y curso al que pertenecen).
f) La Institución deberá ceder un espacio físico, el cual será utilizado como “cuarto oscuro”. También deberá
encargarse de la impresión de las boletas de las listas postuladas.
g) La campaña será difundida durante 10 (diez) días hábiles previos a la elección. Dejando a criterio de las
listas la manera de llegar al cuerpo estudiantil.
h) Se declarará veda electoral 1 (un) día hábil antes del acto eleccionario. En la misma no se permitirá
difusión por ningún medio y se podrá colocar llamados de atención a las listas que no la cumplan.
Del escrutinio
- Es la instancia donde la junta electoral se encargará de contabilizar y oficializar los votos al fin del acto
eleccionario.
- Abrirán los sobres y los separarán en votos válidos, nulos (boletas no oficializadas, con inscripciones, dos
o más boletas de distintas listas y/o cuando en el sobre se hayan introducido elementos extraños junto con
las mismas) y en blanco (vacío).
- Al finalizar el escrutinio, se realizará el acta correspondiente, la cual firmarán los presentes, especificando:
cantidad de votos, hora y fecha, distribución del centro de estudiantes, y desarrollar si el acto eleccionario
se concretó con éxito.
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Del Centro de Estudiantes
- Una vez electo el Centro de Estudiantes se encargará de poner en funcionamiento y cumplir sus
propuestas, respetando el interés de todos y todas los y las estudiantes.
- Según la cantidad de listas y votos, se dividirán las secretarias mediante el sistema D’Hont, asegurando
que las minorías tengan participación y estén incluidas.
- El mandato del centro electo tiene 1 (un) año de duración.
- En el caso de la disolución del mismo, se deberá llamar a una “Asamblea Disolutoria”, para rendir cuentas
a todo el estudiantado.
- Si el presidente decide renunciar, el centro de estudiantes quedará encabezado por el vicepresidente
electo.
b) ESTATUTO DEL CENTRO DE PADRES Y/O APODERADOS
El Decreto 565 del 06 de junio, 1990 en el marco de la Ley N° 19.418 Promulga reglamento de los centros
padres y apoderados.
El Centro de Padres y Apoderados, es una agrupación voluntaria que reúne a todas aquellas personas,
que cumplan con la calidad de tal, que deseen participar y contribuir en la comunidad educativa. Siendo
elegidos democráticamente, como representantes ante la Dirección del establecimiento.
Artículo N° 1. Se constituye una organización denominada Centro de Padres y Apoderados del Liceo
Anita Serrano S. con Personalidad Jurídica N° 1.637, del 17 de octubre, 2006 otorgada por la Ilustre
Municipalidad de Talcahuano.
Directiva Centro General De Padres Y Apoderados
Presidenta: Marcela Elgueta Solar
Secretaria: Miriam Fernández Santander
Tesorera: Patricia Bastías Sanhueza
Profesor asesor: Paula Herrera Vilches
Para postular a la directiva la persona debe tener al menos un año de permanencia en el establecimiento y
además puede permanecer tres años mínimo y puede ser reelegido.
Funcionamiento:
a. Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación integral de sus hijas (o) promoviendo las acciones necesarias para el mejor desarrollo de las responsabilidades educativas de la familia.
b. Establecer y fomentar los vínculos de respeto y unidad entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
c. Trabajar de común acuerdo con la Dirección en la consecución de los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional diseñado por la comunidad educativa.
d. Apoyar la labor educativa del Establecimiento aportando esfuerzos y recursos para favorecer el
desarrollo de las alumnas(o)
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS
Los integrantes del Centro de Padres y Apoderados tendrán las siguientes obligaciones:
a) Asistir regularmente a todas las reuniones y Asambleas Generales a las cuales será citado, sean estas ordinarias o extraordinarias.
b) Acatar los acuerdos adoptados por la Asamblea General y/o la Directiva. Representar a un solo curso como miembro del Consejo de Delegados.
c) Los miembros que hayan pertenecido a la directiva del CGPA cuya gestión fuera sometida a investigación o sancionada por el Consejo de delegados o por algún agente externo, no podrán asumir cargos directivos dentro de este organismo por un período de 5 años.
d) Cancelar puntualmente la cuota social acordada por la asamblea de subcentros. e) Asistir puntualmente a las reuniones del Centro de Padres.
LA ASAMBLEA GENERAL
Éstas pueden tener carácter de ordinarias o extraordinarias.
Las asambleas generales ordinarias se celebrarán una vez al año en la cual se dará cuenta pública de la
gestión y balance correspondiente.
Las citaciones a asamblea general se notificarán a los apoderados por escrito con una semana de
anticipación por medio de la agenda del alumno, indicando la tabla a tratar.
Las asambleas generales extraordinarias serán convocadas por la Directiva cada vez que se estime
necesario. A las asambleas antes mencionadas deben asistir, en representación del curso, el Presidente y
Delegado.
Se considera legalmente constituida la Asamblea con la concurrencia de la mayoría de los asistentes los
cuales adoptarán los acuerdos tomados en la asamblea. Las personas ausentes acatarán estos acuerdos.
LA DIRECTIVA
La Dirección del Centro de Padres corresponde a una Directiva debidamente elegida por votación secreta
universal, salvo que la comisión Electoral determine otro mecanismo.
La Directiva estará compuesta por: Un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Directores los
que permanecerán en sus cargos por tres años pudiendo ser reelegidos solo por una vez.
El director (a) del Establecimiento o la persona designada por él (Ella) podrá participar en las reuniones de
directiva y subcentros en calidad de asesor o coordinador con derecho a voz.
La Directiva será elegida por votación universal, secreta y en asamblea general cada tres años. Esta
modalidad dependerá de la reglamentación que la comisión electoral determine. Podrán postular como
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candidatos al directorio los apoderados que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 21 años b) Saber leer y escribir c) Ser apoderado del establecimiento. d) Tener antigüedad como apoderado de a lo menos un año e) No haber sido condenado por crimen o simple delito, en los 5 años anteriores a la fecha de la
elección del Directorio.
La Directiva se reunirá una vez al mes citado por el profesor asesor, en caso de fallecimiento, ausencia,
renuncia o imposibilidad definitiva o parcial de uno de los miembros del directorio, se nombrará un
reemplazante que durará en sus funciones solo el tiempo que falte para completar el período. La directiva
motivara la participación de padres y apoderados en las actividades propias del CGPA. Mantendrá una
estrecha relación con la dirección del establecimiento de modo que se guarde coherencia respecto de los
propósitos del CGPA y el Proyecto Educativo del establecimiento y Convocar las asambleas.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
El Presidente representará judicial y extrajudicialmente al establecimiento
Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las asambleas ordinarias y/o extraordinarias. b) Ejecutar los acuerdos de las asambleas y Directorio. c) Rendir cuenta anualmente a la asamblea de los recursos. d) Velar por el cumplimiento de estatutos y normas que rijan las acciones que este CGPA emprenda. e) Supervisar y controlar las comisiones ó funciones encomendadas a los apoderados. f) Firmar la documentación propia de su cargo.
El vicepresidente tendrá los siguientes derechos y deberes:
a) Reemplazar al presidente en su ausencia. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la asamblea y comisiones de trabajo. c) Colaborar con el presidente en todas sus obligaciones. d) Mantener un control periódico de las actividades de los demás miembros del directorio.
Atribuciones y deberes del secretario:
a. Llevar al día los libros de actas de la asamblea general, subcentros y Directorio. b. Despachar oportunamente las citaciones y correspondencia ordenadas por directorio. c. Confeccionar y publicar citaciones a reunión en forma oportuna. d. Resguardar firma de actas en las reuniones del directorio, asamblea y subcentros. e. Gestionar y realizar funciones encomendadas por directorio o presidente. f. Actuar como ministro de fe en todas las actuaciones que le corresponda.
Atribuciones y deberes del tesorero.
a. Recibir cuota voluntaria anual de centro de padres y entregar los recibos correspondientes. b. Llevar libro de registro de cuentas, por concepto de ingresos y egresos.
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c. Realizar rendición semestral. d. Mantener documentación al día: archivo de facturas, recibos, libreta de cuenta corriente y demás
comprobantes. e. Presentar un balance anual para ser entregado y revisado en asamblea de subcentros. f. Mantener al día el inventario de los bienes de la organización. g. Realizar las demás gestiones relacionadas con sus funciones que el Directorio o el Presidente le
encomiende. h. Asumir la responsabilidad jurídica y contable al momento de producirse diferencias de fondos que
estén a su cargo.
LOS DELEGADOS DE CURSO
Cada curso estará representado por su presidente quien a su vez será delegado del centro e padres, su
función se extenderá por un año pudiendo ser reelegido por 2 períodos consecutivos. Los delegados de
curso o subcentros serán elegidos en la primera reunión de Apoderados durante el mes de marzo.
Profesora encargada de la coordinación
- Será el nexo entre dirección y el centro general de padres y apoderados.
- Acompañar en las distintas actividades, organizadas fuera y dentro del establecimiento al centro general
de padres y apoderados.
ACTIVIDADES ORGANIZADAS POR EL CENTRO DE PADRES
Las Actividades planificadas por el directorio del Centro de Padres tienen como fin último ofrecer a los Padres
y Apoderados del establecimiento un espacio de cultura y recreación. Asimismo, estos servirán para
incrementar los fondos.
DEL PATRIMONIO DE LA ORGANIZACIÓN.
El patrimonio de la organización estará integrado por:
a) La cuota social o aporte ordinario o extraordinarios que acuerde la asamblea. b) Los bienes muebles o inmuebles que adquieren a cualquier título. c) La renta obtenida por la organización por la gestión de la misma y cualquier otro bien de uso que la
comunidad posea. d) De los ingresos provenientes de beneficios, rifas, fiestas sociales y otros de naturaleza similar. e) Las subvenciones, aportes o fondos fiscales o municipales que se otorguen. f) Las multas cobradas a sus miembros en conformidad a los estatutos. g) Los demás ingresos que perciba a cualquier título.
Los fondos de la organización deberán mantenerse en un banco o instituciones financieras legalmente
reconocidas y nombre del Centro General de Padres. No podrá mantenerse en caja o dinero efectivo una
suma mayor a dos unidades tributarias mensuales. El Directorio deberá confeccionar anualmente un balance
o cuenta de los resultados, según el sistema contable que opere y someterlo aprobación de la asamblea de
subcentro.
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c) CENTRO DE RECURSOS DE APRENDIZAJE (CRA)
Se inició oficialmente en 1994. Busca promover la lectura que, los y las niños y jóvenes puedan encontrar la
motivación necesaria para leer por placer, desarrollar sus habilidades de información y aprender de manera
autónoma, en espacios creativos de encuentros y aprendizajes.
El proyecto del centro de recursos de aprendizajes permite acceder a más recursos. Se complementó con la
biblioteca que instaló Fundación CAP, dentro del programa AILEM. La encargada del centro es la Sra. Jessica
Natalia Santuber Valdebenito, quien colabora con 2 coordinadoras: Daniela Toledo y María Victoria
Avendaño.
Este centro realiza diversas actividades para promover el interés y acercamiento de las alumnas a la
biblioteca, el cual debe ser apoyado por todos los docentes y funcionarios del establecimiento. Por este
motivo, el objetivo de la biblioteca este año es que cada profesor lleve al curso, por lo menos una vez al mes.
d) COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD (CPHS)
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad en conformidad al Decreto Supremo N°54 de la Ley N° 16744,
sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales tiene las siguientes funciones:
Instruir sobre la correcta utilización de equipos de protección personal
Vigilar el cumplimiento de medidas de prevención de higiene y seguridad
Investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales en la empresa
Decidir negligencia inexcusable
Adoptar medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos profesionales
Cumplir funciones encomendadas por el organismo administrador
Promover la capacitación
Importancia de la Constitución y Funcionamiento del Comité Paritario de Higiene y Seguridad:
Deber moral: Guardar la vida, salud física y psíquica de los trabajadores.
Responsabilidad Empresarial: Prevención de siniestros laborales.
Obligación Legal establecida según: Art. 184 Código del Trabajo. Art 66 Ley 16.744
El incumplimiento de la constitución y funcionamiento de los “CPHS” puede significar además de una multa, el
aumento del costo del seguro.
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MEDIDAS ORIENTADAS A LA HIGIENE DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
1. El establecimiento se mantendrá limpio y ordenado en todo momento, lo cual está a cargo de las
auxiliares de nuestro liceo.
2. Los usos de los servicios higiénicos se mantendrán aseados y son exclusivo uso de los estudiantes y
el personal del liceo Anita Serrano.
3. La supervisión del aseo general del establecimiento en todos los ámbitos se encuentra a cargo de
toda la comunidad educativa.
4. El uso de microondas, escritorios, papeleros, pisos, salas de clases, taller de arte, oficinas de
administración, inspectoría, comedor, aula de recursos, computación, dupla psicosocial, laboratorios
de idiomas y ciencias, biblioteca y otras dependencias del establecimiento se mantendrán limpias a
cargo de las auxiliares de nuestro liceo.
5. En relación a uso de sala de profesores/as, cocina y baño de los mismos. La mantención y aseo de
estos será de responsabilidad de cada uno de los docentes y asistentes que hagan uso de estas
dependencias.
6. Se realizarán dos veces al año fumigaciones en todas las dependencias de nuestro establecimiento
educacional.
7. Se realizarán desratizaciones en todas las dependencias de nuestro establecimiento educacional,
mínimo cuatro veces al año.
1. FUNDAMENTOS Y OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
INTRODUCCION
La ley Nª 20.536, sobre Violencia Escolar, publicada el 17 de septiembre de 2011, define Convivencia escolar,
como “La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación
positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el
desarrollo integral de los estudiantes.”
Además, aborda la temática de la violencia escolar, el acoso escolar, la buena convivencia y la necesidad de
la existencia de un Reglamento Interno que aborde dichas temáticas. Entendiéndose como Violencia Escolar
toda acción que se realice u omita, la cual interfiera o afecte negativamente en la convivencia de la
comunidad estudiantil.
La ley sobre Violencia Escolar en su artículo 46 letra F, señala claramente que las Normas de Convivencia
deben estar incluidas en el Reglamento Interno del establecimiento con el fin de “regular las relaciones entre
19
el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar en un marco de respeto mutuo y solidaridad
recíproca”.
“Aprender a vivir juntos” es el desafío del ciudadano del siglo XXI planteado por la UNESCO, y es a la vez, la
base de la convivencia escolar y social. Por lo tanto, la convivencia escolar constituye una construcción
colectiva y de responsabilidad de todos los actores de la comunidad educativa en un proceso de enseñanza
aprendizaje, pero los adultos somos los llamados a proporcionar oportunidades a los niños, niñas y
adolescentes para relacionarse socialmente mediante acciones autorregulables, inclusivas y orientadas al
bien común. Por tanto, la socialización en la escuela afecta las actitudes que los y las estudiantes tienen hacia
el aprendizaje, condicionando su rendimiento académico.
El Liceo Anita Serrano Sepúlveda tiene como misión “Formar alumnas integrales a través del desarrollo del
pensamiento crítico, logrando el proceso de metacognición, manifestado en el cumplimiento del deber
ciudadano”. Del mismo modo, nuestra visión es “Lograr que nuestras alumnas sean reconocidas por su
sólida formación integral, a través de estrategias diversificadas y fortaleciendo el desarrollo de habilidades y
competencias que les permitan alcanzar la educación Superior”.
Velar por gestionar la seguridad socio afectiva y disciplina de nuestras alumnas es el principal foco de este
reglamento. Además, pretende ordenar y normar los derechos y deberes tanto de los profesores y asistentes
de la educación del establecimiento, como así también de las y los estudiantes y sus familias, tratando de
interpretar la normativa vigente de las Políticas Educacionales respecto a Convivencia Escolar.
Considera también un enfoque de Formación y Prevención, en tanto se trata de lograr aprendizajes
enmarcados en Objetivos de Aprendizajes Transversales que desarrollan valores, actitudes y una nueva
consciencia respecto al significado de vivir con otros.
a) DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Funciones de la Encargada
Elaborar e implementar un Plan de Gestión ante el Consejo Escolar, previo análisis del mismo, en
conjunto con la comunidad escolar, el cual contemple orientaciones que promuevan la buena
convivencia y el manejo de situaciones de conflicto.
Mantener actualizaciones del Plan de Gestión, cuando la normativa lo exija.
Socializar Plan de Gestión con todos/as los integrantes de la comunidad educativa.
Recopilar información de los casos derivados e informar al equipo directivo sobre cualquier asunto
que atente contra la sana convivencia.
Aplicar protocolos de acción detallados, más adelante, en este manual.
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Diseñar en conjunto con Equipo de Gestión, la conformación de grupos de trabajo (por niveles, por
cursos, etc.) con el fin de llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Reglamento de
Convivencia.
Mantener una comunicación eficaz y oportuna con todos y todas las integrantes de la Unidad
Educativa.
Socializar los protocolos a todos los estamentos de la comunidad escolar.
b) DEL CONSEJO ESCOLAR
Se crea el Consejo Escolar de forma obligatoria, en cumplimiento a ley 19.979 de Jornada Escolar Completa
Diurna.
El objetivo de dicho consejo será:
“Estimular y canalizar la participación inclusiva de los miembros de la comunidad escolar en el proyecto
educativo y en las áreas que estén dentro de la esfera de sus competencias”.
El Consejo estará integrado por los siguientes representantes:
Representante Sostenedor Juan Carlos Escrivá
Directora Andrea Saéz Pinto
Inspectoría General Jacqueline Ramírez Parra
Jefa de UTP Gabriela Ruiz Montalba
Coordinadora Convivencia Escolar Cindy Nicole Añazco Correa
Dupla Psicosocial
Psicólogo Claudio Cabrera
Asistente Social Cynthia Carolina Provoste Pérez
Coordinadora Equipo PIE Lorena Valdés Sarmiento
Educadora Tercer Nivel Transición Vivian Ivette Agurto Alarcón
Profesora Educación Básica Paula Soledad Herrera Vilches
Profesora Educación Media Cindy Nicole Añazco Correa
Asistente de la educación Jessica Natalia Santuber Valdebenito
Pdta. Centro de Alumnas Catalina Meza Correa
Vice Presidenta centro de Alumnas Catalina Noemí Riquelme Cabrera
Secretaria Centro de Alumnas Millaray Fabiana Ramírez Bustos
Vocera Centro de Alumnas Yessica Camila Ramírez Bustos
21
Prof. Coordinadora centro de Alumnas
Paula Soledad Herrera Vilches
Presidenta Centro de Padres Evelyn Dayan Nova Riffo
Tesorera Centro de Padres Yessica Paola Bastias Jara
Secretaria Centro de Padres Sandra Pérez Navarro
El Consejo Escolar se reunirá, a lo menos, en cuatro oportunidades durante el año. Registrándose dos en el
transcurso del primer semestre y dos en el transcurso del segundo semestre, según el siguiente calendario:
FECHA HORA
1 MARTES 14 DE ABRIL 10:00 HORAS
2 MARTES 28 DE JULIO 10:00 HORAS
3 MARTES 19 DE OCTUBRE 10:00 HORAS
4 MARTES 15 DE DICIEMBRE 10:00 HORAS
No obstante, se reunirá en forma extraordinaria cuando las necesidades y temáticas emergentes lo ameriten.
El mecanismo que se usará para informar a la comunidad escolar del trabajo realizado y los acuerdos
adquiridos será vía publicación en el Diario Mural de Convivencia Escolar.
3. PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
1. EN EL ESTABLECIMIENTO
De acuerdo a la ley 20.536 la convivencia escolar se define como: “…la coexistencia pacífica de los miembros
de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”
(Artículo 16º letra A).
1.1. ENFOQUE FORMATIVO
Para trabajar la convivencia, en nuestro liceo, como factor preventivo de la violencia escolar debemos
mantener y fortalecer las acciones cotidianas que favorecen la forma de relacionarnos sanamente. En este
contexto, consideramos como factor protector el Buen Trato.
Entendemos como Buen Trato:
Reconocimiento de la persona (normas de cortesía, cordialidad y respeto hacia el otro).
Empatía (deferencia, consideración, aceptar las diferencias).
Colaboración y Participación (ambiente democrático, consensuado, constructivo).
Comunicación efectiva (información oportuna y permanente retroalimentación).
Negociación y Mediación (resolver conflictos mediante el diálogo).
22
1.2. ENFOQUE PREVENTIVO
1.2.1. Objetivos alianza escuela-hogar
OBJETIVOS PERMANENTES. LICEO HOGAR ACCIONES
Mantener informada a la comunidad educativa de toda acción que la afecte.
X Circular Mensual Pizarra Informativa
Generar espacios de distención con todos los miembros de la comunidad educativa, apuntando a la reflexión empática de la convivencia escolar.
X Participación en actividades recreativas
Generar y consensuar pautas de comportamiento que les permita optimizar el clima pedagógico al interior del aula.
X
Normas escritas
Potenciar en la alumna, competencias que permitan mejorar su autoestima.
X X Anotaciones positivas
Fortalecer la comunicación entre actores claves: profesor, alumna y apoderados, en forma clara y respetuosa.
X X Actividades extracurricular y de convivencia
Estimular el trabajo colaborativo fortaleciendo la autodisciplina y la constante autoevaluación.
X X Participación Trabajo Equipo
Hacer uso del reforzamiento positivo social (felicitaciones, sonrisas, comentarios explícitos de lo que la alumna o alumno esté haciendo bien, etc.) considerando que es el mejor medio para lograr cambios a largo plazo.
X X Reconocimiento público y Registro
Validar opiniones y acuerdos entre profesores y padres apoderados, sin caer en la descalificación
X X Refuerzo verbal Reuniones Registro
Procurar que las medidas reparatorias verbales lleven a la alumna a comprender su error, sin perjudicar su autoestima.
X X Diálogo permanente
Monitorear y evaluar los avances en cuanto a relaciones interpersonales y familiares de toda la comunidad educativa
X X Pautas de cotejo
1.2.2. Programas estructurados y redes de apoyo
Se desarrolla el tema de la Prevención de la Violencia en el marco de la Convivencia Escolar de manera
sistemática a través de diversos programas orientados a profesores, estudiantes y apoderados.
Comisión Mixta de Salud y Educación (COMSE)
Habilidades para la vida (HPV)
Educación Sexual y Reproductiva
Prevención del Abuso Sexual Infantil
Prevención del consumo de drogas y alcohol (SENDA)
Elige Vivir sin drogas.
Elige vivir sano
JUNAEB
Apoyo social y Becas
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Programa de alimentación
Programa de útiles escolares (PUE)
Servicios médicos
Oficina de protección de los derechos de niños y adolescentes (OPD)
Oficina municipal de prevención de consumo de drogas
Programa de Protección de Focalizada (PPF)
Preuniversitario CEPECH
CARABINEROS DE CHILE: 2º Comisaria
BOMBEROS: 3º compañía de bomberos
CESFAM SAN VICENTE
TELETÓN CONCEPCIÓN
PIE AYEN
CENTRO EL FARO
HOSPITAL DE DIA
HOSPITAL HIGUERAS
RESIDENCIA SANTA VICTORIA: Hogar de niñas del SENAME
REDES UNIVERSITARIAS
Universidad Católica de la Santísima Concepción (USCS)
Universidad San Sebastián (USS)
Universidad Andrés Bello (UNAB)
Universidad del Bio Bio (UBB)
Universidad de Concepción (UDEC)
Universidad del Desarrollo (UDD)
Universidad Tecnológica INACAP
Universidad Federico Santa María (USM)
Universidad Santo Tomas (UST)
CFT Pro Andes
REGISTRO DE CONDUCTORES DE FURGONES ESCOLARES.
1.2.3. RECONOCIMIENTO Y ESTIMULOS
Se destacarán permanentemente las buenas conductas y cualidades positivas de las alumnas en la
convivencia diaria.
Se reconocerá públicamente a todas aquellas alumnas que participen en actividades extra
programática, considerándose en la apertura del lunes siguiente a la participación de ellas.
Al finalizar el primer semestre, se reconocerá públicamente, a todas las alumnas que hayan obtenido
los rendimientos académicos más altos de cada curso (los tres más altos).
Reconocimiento público a fin de año, mediante un acto académico destacando a las alumnas por los
siguientes méritos: esfuerzo, logros académicos, participación, además de sello educativo, para
aquellas alumnas que cierran primer, segundo o tercer ciclo de enseñanza.
24
Reconocimiento a las familias que apoyan constantemente la labor escolar de sus hijas y que se
muestran comprometida con el Proyecto educativo del liceo. Se les destaca en reuniones de
apoderados, reuniones generales, entrevistas individuales.
Se destacará de manera especial durante Celebración Día del Apoderado.
2. DE LOS DERECHOS Y DEBERES
2.1 DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES
El reconocimiento de los Derechos del Niño nos plantea el desafío de entender que niños, niñas y
adolescentes son ciudadanos y sujetos de derecho con necesidades y requerimientos propios. De ahí el
compromiso de nuestra comunidad educativa por lograr una aceptación incondicional de cada niña como
persona única y digna con sus propias características, pensamientos, sentimientos y capacidades.
TODO ESTUDIANTE TIENE DERECHO A:
Recibir una formación integral y de calidad, en términos educativos.
Recibir trato digno, respetuoso y oportuno por parte de todos los miembros de la comunidad
educativa.
Ser apoyada en su aprendizaje, según sus Necesidades Educativas Diferentes, por equipo PIE.
Recibir informe académico y conductual al término de cada semestre.
Solicitar copia o fotocopia de certificado anual de estudios, validado con firma y timbre de Dirección,
cuando lo requiera.
Recibir información académica, conductual y/o de interés personal, con respecto de si misma,
cuando él o ella lo solicite.
Que sus padres sean informados con rapidez en caso de accidente o enfermedad.
Ser orientadas en el proceso de desarrollo personal-social, tanto por profesores como por otros
profesionales del liceo (psicólogo educacional, fonoaudiólogo y asistente social).
Ser informada sobre las consecuencias de las transgresiones a las normas vigentes en el
establecimiento.
Organizarse como estudiantes, según Decreto Supremo N° 524 del 1990, del Ministerio de
Educación.
Recibir apoyo académico y administrativo durante etapa de embarazo y maternidad, en caso de
enfermedad y/o problemáticas personales que resguarden su desempeño académico.
Ser respetada en su libertad de expresión (opiniones, orientación sexual, religión, étnicas culturales,
nacionalidad, etc.).
Ser autorizada por docente o inspector, en el caso que presente algún malestar, que le signifique uso
de baño durante hora de clases.
Participar de la ceremonia de licenciatura siempre y cuando no tenga una condición médica
invalidante ni haya incurrido en una falta gravísima.
25
2.2 DEBERES Y/O RESPONSABILIDADES DEL / LA ESTUDIANTE
Presentación personal:
El uniforme identifica al estudiante con su establecimiento, es por eso que consideramos la buena
presentación personal como un valor formativo. Una presencia sobria, limpia y sencilla es un valor que todo
estudiante debe respetar, dentro y fuera del liceo.
El uso del uniforme es obligatorio durante la jornada y durante todo el año escolar desde Pre básica hasta
cuarto año medio. Al participar en actividades cívicas, licenciaturas, actividades deportivas, salidas
pedagógicas y recreativas, desfiles u otras que impliquen representar el establecimiento.
En los actos formales los estudiantes deberán llevar su uniforme completo, el cual consiste en:
a) Damas
Blusa blanca y corbata del liceo correspondiente.
Falda gris con franjas rosadas, con el largo de 10 cm arriba de la rodilla como máximo.
Chaleco gris con insignia del liceo.
Zapatos color negro, con calcetas color gris.
Durante el periodo de invierno podrán utilizar pantalón de tela (no jeans, no calzas) corte recto gris o negro.
Solo las estudiantes de cuarto año medio podrán utilizar poleron distinto al del buzo del establecimiento, a excepción de presentaciones formales. El buzo deportivo oficial del establecimiento es de uso obligatorio en clases de Educación Física y
para estudiantes de Pre kínder y kínder.
Delantal blanco uso obligatorio para todos los estudiantes desde Pre kínder hasta 8° año básico.
Además, será de uso obligatorio, para las alumnas de enseñanza media, en el ingreso a
laboratorio de ciencias, sala de artes o cuando algún docente así lo solicite.
b) Del uniforme de educación física.
Buzo oficial: pantalón color gris, poleron color gris con franja rosada con insignia del liceo, polera
color gris manga corta con insignia, calcetas deportivas y zapatillas deportivas color sobrio (azul,
negro, gris o blanco).
Observación: Se permitirá el uso de calza durante la clase de educación física, previa autorización de
Inspectoría o Dirección del Establecimiento, la cual debe solicitarse personalmente por el apoderado(a) titular
o suplente, días antes del desarrollo de la clase.
En el caso de ser autorizada, el uso de calza, será sólo para la clase de educación física y
mientras ésta se realice. La alumna deberá concurrir al establecimiento con su tenida formal de uniforme y
cambiarse al momento de la clase.
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c) Tenida informal
Se autoriza el uso de tenida informal en los días definidos por la Dirección, previa petición escrita del Centro
General de Alumnas.
Observación: En caso de que una estudiante no cuente con su uniforme escolar se dará un plazo de un mes
al apoderado(a) para cumplir con la presentación del uniforme. Si el apoderado(a) manifiesta dificultad en la
adquisición del uniforme escolar, profesor jefe deberá dar aviso a: Inspectoría General, Inspectoría y encarga
de convivencia escolar para solucionar situación revisando el ropero escolar.
d) Puntualidad
Ingreso a clases 08:00 horas, toda estudiante que llegue después de este horario, será registrada en
libro de atrasos.
Atraso: será considerada toda situación en que la alumna llegue después de la hora de ingreso a la sala
de clases, computación, talleres, laboratorios o clases de educación física. Tanto al inicio de jornada como
después de cada recreo o cambio de hora
Se considera que las estudiantes deben cumplir los siguientes deberes dentro y fuera del
establecimiento cuando se encuentren con uniforme.
Demostrar respeto por los derechos de los demás.
Hacer buen uso de las dependencias e instalaciones que ofrece el liceo, (baños, salas de clases,
biblioteca, sala de computación, gimnasio, camarines, comedores, etc.).
Utilizar un correcto vocabulario y adecuado tono de voz para dirigirse a sus pares y adultos.
Referirse a las personas por su nombre.
Erradicar la burla hacia los demás incluyendo sobrenombres.
Comunicar los conflictos acudiendo en primer lugar al profesor jefe. (Si no estuviese se comunicará
al profesor de turno, inspectores, asistentes de la educación, convivencia escolar e inspectoría
general).
Practicar el diálogo, la negociación y la no violencia en todo momento y en todo lugar.
No portar armas u objetos corto punzantes que puedan causar daño a sí misma u otra persona.
Aprovechar al máximo el tiempo en clases, mostrando una actitud acorde con el contexto.
El uso del celular o tablet durante la clase estará determinado por el profesor, sólo con fines
pedagógicos.
En caso de daños o pérdidas de aparatos tecnológicos personales, el Establecimiento no se hará
responsable.
Cuidar y mantener el buen estado del mobiliario de la sala y del establecimiento en general.
Hacer entrega de objetos encontrados (y que no le pertenecen) a cualquier profesor o inspectores.
Pedir la palabra para participar de diálogos.
Solicitar autorización al profesor(a) para salir de la sala de clases en caso necesario.
Presentarse diariamente con uniforme y delantal (pre kínder a 8° básico).
Llegar puntualmente a la sala al toque de timbre.
27
Cuidar diariamente la higiene y aseo personal (cabello limpio, uniforme sin manchas, uñas limpias)
Mantener uñas cortas y sólo con brillo (sin esmalte de colores fuertes).
Se permitirá un maquillaje sutil (brillo labial) y un delineado de ojos fino.
Se permitirá sólo el piercing nostril (punto de luz) en la nariz durante todo el periodo escolar.
No se permitirá el cabello tinturado con colores de fantasía (azul, amarillo, verde, naranjo, rojo
encendido, rosado, etc).
Cumplir con sus obligaciones escolares diariamente asistiendo a clases e interclases.
Las estudiantes una vez que ingresan al establecimiento no lo podrán abandonar sin autorización de
Inspectoría General o Dirección, previa justificación personal del apoderado.
Los permisos parciales por causas justificadas, para ausentarse o retirarse de clases durante la
jornada, lo deberá solicitar personalmente el apoderado/a o apoderado suplente, presentando su
carnet de identidad en secretaria del establecimiento, quien autorizará previa firma del apoderado en
el libro de Registro de Salidas.
En caso de salidas reiteradas por citaciones judiciales, controles de salud, atención psicológica u
otras, el apoderado deberá autorizar y justificar con documento que avale la salida de la alumna del
establecimiento.
Toda inasistencia de una alumna deberá ser justificada personalmente por el apoderado el día de
ingreso a clases de la estudiante.
Si una alumna falta a una evaluación por enfermedad o duelo, dicha inasistencia deberá ser
justificada personalmente por el apoderado.
Presentar certificado médico en caso de inasistencia consecutiva de 3 días o mas.
La ausencia a una evaluación sin certificado médico, conllevará a una exigencia del 70 % de
exigencia de ésta.
Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades.
Seguir las orientaciones del profesor respecto de su aprendizaje y mostrar el debido respeto y
consideración.
Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
Respetar el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
En caso de salidas a terreno, curriculares o extra programáticas, traer autorización firmada por el
apoderado y entregarla al profesor encargado de la actividad, a más tardar el mismo día de la salida.
En caso contrario la alumna no podrá salir del establecimiento.
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2.3 DERECHOS DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
El personal del establecimiento tiene derecho a:
Recibir respeto y consideración hacia su persona y hacia la labor que desempeña.
Participar de todas las actividades del establecimiento de acuerdo a su rol.
Apelar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la toma de conocimiento del reclamo o denuncia
que lo afecte.
Hacer uso de recursos materiales que se encuentren en óptimas condiciones para complementar la
realización de su labor profesional.
Tener instancias de reflexión para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la
normativa interna y ministerial.
Proponer al equipo directivo realización de actividades extraescolares o complementarias para
enriquecer la labor educativa.
Ser reconocido/a y respetado/a según roles emergentes dentro de la comunidad educativa, tanto
verbal como escrito, registrándose en hoja de vida individual.
Ser informado oportunamente de las actividades, reuniones y resoluciones que competen
directamente el ejercicio de su labor, mediante canal de comunicación directo y oral, escrito (mail) o
circular, con mínimo 24hrs de anticipación.
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo de la integridad física y moral, no pudiendo ser
objeto de trato vejatorio o degradante por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.
Ser respetados según horarios de trabajo, horas complementarias y lectivas de cada persona que
conforma la Comunidad Educativa o responsabilidades distintas a las estipuladas en el contrato de
trabajo.
Recibir facilidades para participar de capacitaciones profesionales inherentes a su especialidad, rol o
función; ya sea por iniciativa propia o bajo exigencia del establecimiento.
2.4 DEBERES DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.
Todo el personal del establecimiento debe:
Ser respetuoso(a) con todos los miembros de la unidad educativa, sin excepciones.
Educar, impartir conocimientos y corregir conductas.
Relacionarse con las estudiantes de manera respetuosa y cordial.
Reconocer y respetar los roles establecidos y emergentes.
Favorecer el compañerismo y trabajo en equipo.
Atender las necesidades de las estudiantes de acuerdo a sus funciones y rol que le corresponde.
Colaborar con el cuidado, orden y mantención del material, medios e infraestructura del
establecimiento.
Colaborar en conjunto con inspectoría en mantener el correcto comportamiento de las estudiantes
dentro del recinto escolar o actividades extracurriculares.
29
No hacer uso de celular en horas de clases, actividades pedagógicas, tales como actos cívicos,
licenciaturas, a excepción de ser utilizado en beneficio del aprendizaje.
El profesor jefe debe comunicar las inasistencias reiteradas, para que trabajadora social proceda a
citar y/o visitar a apoderados con el fin de comprometerlos en la educación de su pupila y remediar la
conducta.
Citar al apoderado al inicio del año escolar, con el fin de actualizar informaciones relevantes de sus
hijas. Además de ser citados por profesor jefe cuando se ausentan a reunión de apoderados.
Mantener una presentación personal semiformal, acorde al rol, para así modelar con el ejemplo (no
jeans rasgados o con aplicaciones, no zapatillas).
Asistencia y puntualidad a su jornada de trabajo.
Los docentes deben cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a los procesos de
aprendizaje y su programación.
Los docentes deben planificar y entregar a tiempo planificaciones a jefe de UTP.
Los docentes deben orientar a las alumnas respecto de sus hábitos de estudio (saber dónde, qué, y
cómo pueden estudiar las alumnas).
Reconocer el éxito y el esfuerzo de sus alumnas.
Propiciar una buena relación entre docentes y alumnas ya que es un aspecto clave para el clima de
aula.
Asumir su misión de educador y promover la excelencia con su actuación profesional y humana.
Activar protocolo de salidas a terreno curriculares y extra programáticas.
Registrar las observaciones, anotaciones o felicitaciones en forma detallada especificando cómo, qué
y cuándo sucedió en el libro de clases.
En caso de contar con un permiso administrativo el profesor(a) debe dejar las actividades
pedagógicas para los cursos en unidad técnico pedagógica.
2.5 PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.
Causar daño voluntario a instalaciones del establecimiento educacional.
Correr listas u organizar colectas sin autorización del Director de Establecimiento.
Cometer actos ilícitos, inmorales o prohibiciones por las leyes de cualquier clase o naturaleza.
Entregar información Institucional, que le compete sólo a dirección, por cualquier medio a Docentes,
apoderados, y/o alumnas, sin la autorización de ésta.
Disponer de los demás funcionarios para beneficio personal, en tareas ajenas a las del
establecimiento educacional y las contratadas por la Dirección de educación Municipal.
Ejecutar cualquier tipo de discriminación política, religiosa, étnica o pensamiento divergente al interior
del establecimiento educacional.
Ejecutar facultades, atribuciones o representación de las que no está legalmente investido.
Usar el tiempo de la jornada de trabajo, ocupar material o usar información reservada o confidencial
para ejecutar actividades con fines ajenos a la institución.
Realizar proselitismo político dentro de la unidad educativa o usar su cargo o bienes del
establecimiento para fines ajenos a sus funciones.
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Incurrir en alguna de las conductas sancionadas por las leyes N° 16.618 (Ley de Menores), 19.325
(Ley sobre Violencia Intrafamiliar), 19.366 (Ley sobre Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias
sicotrópicas), 20.005 (Ley sobre Acoso Sexual).
2.6 DEBERES DE DOCENTES O PERSONAL FORANEO
Se considerará docente o personal foráneo aquella persona que enviada desde Mineduc, Daem, centros
culturales, servicios de salud, etc, brinden servicios a la comunidad educativa, siendo estas, charlas, talleres,
jornadas, etc. Quienes deben cumplir con los siguientes deberes:
Completar ficha tipo, de antecedentes del establecimiento.
Entregar documento de inhabilidad.
Acatar normas de buen trato a todas las personas del establecimiento.
Solicitud de materiales con anticipación.
Presentarse a tiempo a cada actividad a realizar y cumplir puntualmente con su horario de
llegada y salida.
Atender las necesidades de las estudiantes de acuerdo a sus funciones y rol que le corresponde.
Colaborar con el cuidado, orden y mantención del material, medios e infraestructura del
establecimiento.
Colaborar por mantener el correcto comportamiento de las estudiantes dentro y fuera del
establecimiento.
Informar a profesor, inspector o dirección en caso de una situación de riesgo presentada por una
estudiante.
Cumplir con lo establecido en el punto 2.5, referido a las Prohibiciones De Docentes Y Asistentes
De La Educación.
2.7 DERECHOS DEL PERSONAL FORÁNEO
Recibir respeto y consideración hacia su persona y hacia la labor que desempeña.
Apelar considerando los medios de prueba cuando exista reclamo o denuncia que lo afecte.
Utilizar los medios pedagógicos, tecnológicos e instalaciones del establecimiento para una mejor
realización de su labor.
2.8 DERECHOS DE ALUMNOS/AS EN PRACTICA
Todo alumno en práctica tendrá derecho a:
Ser acogido y respetado por todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
Utilizar todas las dependencias del establecimiento para el correcto desarrollo de su práctica
estudiantil.
Hacer uso de recursos tecnológicos y materiales previa solicitud a su profesor guía.
31
Apelar considerando los medios de prueba cuando exista reclamo o denuncia que lo afecte.
2.9 DEBERES DE ALUMNOS/AS EN PRACTICA
Presentarse a tiempo a cada actividad a realizar y cumplir puntualmente con su horario de
llegada y salida.
Registrar diariamente asistencia, mediante firma en carpeta individual de práctica.
Colaborar por mantener el correcto comportamiento de las estudiantes dentro y fuera del
establecimiento.
Informar a profesor, inspector o dirección en caso de una situación de riesgo presentada por una
estudiante.
Cumplir con lo establecido en el punto 2.5, referido a las Prohibiciones De Docentes Y Asistentes
de La Educación.
Participar en todas las actividades que se realizan dentro y fuera del establecimiento, dentro de
su jornada de práctica.
Mantener un trato formal con todos los miembros de la comunidad educativa.
Mantener una presentación personal acorde a su rol profesional.
Cumplir con exigencias académicas, dadas por profesor/a guía, según objetivos y/ lineamientos
de práctica de su institución educacional.
2.10 DERECHOS DE LOS APODERADOS
Todo(a) apoderado(a) de nuestro liceo tiene derecho a:
Ser informado sobre los procesos de aprendizaje, desarrollo personal, social y conductual de su
hija(o).
Ser atendido(a) por la persona requerida, según horarios establecidos.
Ser tratado(a) con respeto y consideración de parte de todos los miembros del liceo.
Ser informado(a) sobre las normas del liceo y las transgresiones a ellas.
Apelar ante la Dirección del establecimiento por sanciones aplicadas a la estudiante.
Ser invitados a participar de actividades académicas y extracurriculares.
Ser informado oportunamente, previa cita, en entrevistas reuniones y encuentros programados por el
establecimiento.
Participar en la elaboración o corrección del PEI, PME, y Manual de Convivencia Escolar.
Ser recibido y escuchado por cualquier miembro de la comunidad educativa, al presentar inquietudes
o dudas con respecto a su pupilo(a).
Participar en dos beneficios al año por cada curso (uno por semestre), gestionando la autorización
con el profesor jefe, quien deberá solicitar el permiso a Dirección.
32
2.11 DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS
Conocer, apoyar y participar del Proyecto Educativo Institucional.
Brindar apoyo y acompañar a su pupilo(a) en el proceso de enseñanza aprendizaje.
Supervisar y exigir la asistencia a clases y puntualidad en la hora de llegada de su pupilo/a.
Mantener informada/o al profesor(a) jefe, ya sea en forma personal, oral o escrita, de las
necesidades más urgentes de su pupila en relación al entorno escolar.
Asistir oportunamente a citaciones realizadas por profesores, inspectores, asistentes de la
educación, jefa de UTP y dirección del liceo, en caso contrario justificar previa o posteriormente de
manera personal.
Asistir a las reuniones de apoderados, charlas, talleres. En caso de ausencia, este debe presentarse
en el establecimiento con un máximo de tres días para tomar conocimiento de la situación actual de
su pupilo.
Justificar personalmente la inasistencia a clases de su pupilo(a) en secretaria u oficina de
Inspectoría.
Justificar personalmente, en inspectoría atrasos reiterados, sean éstos al inicio de la jornada o
después de recreos.
Actuar con respeto y cordialidad con todo el personal de la comunidad educativa.
Evitar descalificaciones hacia el personal del establecimiento.
Responsabilizarse de la atención médica integral de su pupila(o) (controles oftalmológicos, dentales,
junaeb, etc).
Facilitar la información necesaria al equipo PIE cuando sea requerida.
Informar de la ausencia prolongada a clases, de su hija, de manera anticipada y entregar licencias
médicas en forma oportuna.
Los padres y/o apoderados deberán responder por la eventual responsabilidad de su pupila en el
daño o deterioro del material mobiliario o instalaciones del liceo, como así también por daños
causados a la propiedad de otra estudiante.
3 FALTAS A LA NORMA, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES SEGÚN GRAVEDAD
CLASIFICACIONES DE TIPOS Y GRADOS DE FALTA
Puesto que la conducta es educable tanto en sus manifestaciones como en motivaciones, es muy difícil
establecer un código que contenga todas las faltas y sus respectivas sanciones, sin embargo, con el objetivo
de producir un ordenamiento las faltas se clasificarán en LEVES, GRAVES Y GRAVÍSIMAS.
Se deberá:
Tener presente en cada caso las atenuantes o agravantes que tiene el/la estudiante para sancionar
en forma proporcional, formativa y justa de acuerdo al conflicto.
Presumir la inocencia antes de aplicar la sanción.
Tener presente el derecho a la apelación.
Aplicar técnicas alternativas de solución de problemas, ya sea, a través de negociación, mediación, o
conciliación y arbitraje.
33
A los estudiantes de Pre-básica no se le podrán aplicar como medidas sancionatorias la suspensión
de clases.
Observación: Aquellas conductas, faltas o acciones negativas que no se encuentren explícitas en el presente
reglamento, serán resueltas en conjunto por la Dirección, los mediadores y profesores.
3.1. FALTAS LEVES
Se considerarán faltas leves (FL), actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no
involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad
1. Presentarse sin uniforme.
2. Presentarse sin equipo de Educación Física.
3. Usar zapatillas con el uniforme.
4. Atrasos.
5. No uso del delantal (enseñanza básica y 7°- 8° año).
6. No devolver libros a la Biblioteca.
7. No entrar a tiempo a clases.
8. Usar el celular en clases si no correspondiese.
9. Escuchar música en clases.
10. Comer durante la clase.
PROCEDIMIENTO
Al primer incumplimiento de algunas de las faltas leves se deberá realizar un llamado de atención
verbal.
Si la misma falta se vuelve a repetir, se deberá realizar un registro en la hoja de vida del o la
estudiante.
Si existiera una tercera vez de la falta en cuestión, se informará a profesor jefe quien deberá citar al
apoderado(a) para buscar una solución consensuada, a la situación presentada.
Ante la persistencia de la falta se considerará FALTA GRAVE y se aplicará protocolo
correspondiente a ésta.
MEDIDAS REPARATORIAS
Dialogar y buscar solución en conjunto con el alumno/a.
Buscar solución consensuada con el apoderado.
RESPONSABLES
- Profesor(a)
- Asistentes.
- Estudiantes
- Padres y/o apoderados
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3.2. FALTAS GRAVES
Se considerarán faltas graves (FG) actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y/o
psicológica de cualquier miembro de nuestra comunidad educativa.
1. Abandonar la sala de clases sin la autorización del profesor(a).
2. Negarse a realizar pruebas, trabajos o actividades pedagógicas.
3. Decir apodos, burlarse y/o hacer gestos de desprecio a cualquier miembro de la Unidad
Educativa.
4. Hacer caso omiso de las indicaciones de los profesores.
5. Vociferar groserías.
6. Dañar pertenencias de un compañero(a).
7. Causar daños al material, mobiliario e infraestructura del establecimiento.
8. Venta o adquisición de artículos a beneficio personal.
PROCEDIMIENTO
Registro en la hoja de vida del /la alumna, de la acción errada realizada, por quien presencie la falta
o sea informado de ésta.
Citación al apoderado, ante reiteración de la falta, por parte del profesor responsable (quien
presencia o es informado de la misma).
En caso de que el apoderado no se presentara a la citación realizada, el/la estudiante ingresará a
clases en horario normal registrando en su hoja de vida la ausencia del apoderado/a. Se insiste en
citación al apoderado.
Si la situación persiste en el tiempo se realizará una derivación al equipo de Convivencia Escolar,
quien interviene según protocolos.
Citación por Inspectoría General en caso de reiterar la falta grave e implementados protocolos
anteriores.
Se informará a Inspectoría General, de situación anterior, quien realizará una nueva citación de
carácter urgente,
Si el apoderado se negara a asistir a dicha citación por parte de Inspectoría general, será citado por
Dirección mediante carta certificada.
En caso de incumplir con la falta n° 8, Profesor/a requisará mercadería y entregará a Inspectoría
General, quien citará al apoderado(a), para informar la falta y protocolo siguiente en caso de
repetición. Si la estudiante volviese a incurrir la falta, ésta no será devuelta, sino que será repartida
entre sus compañeras, tras previo aviso al apoderado(a).
En el caso de reiterar situación anterior, la falta se considerará FALTA GRAVÍSIMA, implementando
procedimiento de la misma.
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MEDIDAS REPARATORIAS
Entrevistar para comprometer al apoderado a participar activamente del proceso de enseñanza-
aprendizaje de su hijo(a) mediante una carta de compromiso.
Se procurará que el estudiante tome conciencia del tipo de falta cometida, que pida disculpas y
proceda a reparar el daño ocasionado, mediante: mediación y trabajo de formación valórica, el cual
deberá ser presentado ante sus compañeras de curso, en hora de orientación, previo acuerdo con la
estudiante involucrada.
RESPONSABLES
- Profesor (a)
- Asistentes
- Padres y/o apoderados
- Equipo de Convivencia Escolar.
- Inspectores
- Inspectoría General.
3.3. FALTAS GRAVISIMAS
Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de
nuestro liceo, que se repitan en más de una ocasión, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas que
conforman un delito: robos, abuso sexual, porte de drogas y/o estupefacientes y sustancias psicotrópicas,
acoso escolar, porte o uso objetos o armas de cualquier tipo.
La gradualidad de la sanción estará sujeta a la gravedad de la falta y legislación vigente.
Será de exclusiva responsabilidad del director, evaluar medidas reparatorias hasta la reubicación de
establecimiento, si fuera necesario, previo al trabajo realizado por los distintos responsables de la comunidad
educativa (profesor jefe, asistentes de la educación Inspectoría general, convivencia escolar y dirección).
SE CONSIDERARÁN FALTAS GRAVISIMAS
Amenazas a otra/s persona/s de la comunidad educativa dentro del establecimiento.
Agredir verbalmente a otra/s persona/s de la comunidad educativa dentro del establecimiento.
Ingresar cualquier tipo de bebidas alcohólicas, ya sea para su ingesta o venta de las mismas.
Abandonar el liceo en horas de clases.
Agredir físicamente a otra persona de cualquier índole, incluso causándole daño físico.
Agredir verbalmente, usando lenguaje soez, gestos obscenos, insultos y/o garabatos a cualquier
integrante de la comunidad educativa.
Copiar en evaluaciones y trabajos de investigación (entre estudiantes, plagio de cuadernos, libros e
internet).
Plagiar trabajos de otros estudiantes.
Adulterar firmas o sustraer documentos públicos (Libros de Clases, Actas, Certificados de Estudios,
Justificativos).
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Publicar o difundir fotografías, videos o información, que dañen la imagen y la honra de las personas.
Participar de situaciones, mediante comentarios anónimos descargas de opinión ofensivas, que atenten
a la integridad psicológica de cualquier miembro del establecimiento.
Publicar o difundir fotografías, videos o información, que dañen la imagen y la honra de las personas.
Participar de situaciones, mediante comentarios anónimos descargas de opinión ofensivas, que atenten
a la integridad psicológica de cualquier miembro del establecimiento.
Apropiarse indebidamente de objetos ajenos (robo, hurto).
Portar, vender o consumir sustancias alucinógenas, tóxicas, drogas, alcohol y/o tabaco.
Amenazar a cualquier integrante de la comunidad educativa por medios tecnológicos redes sociales
Facebook, twitter, WhatsApp, Instagram, messenger, mensajes de textos, etc.)
Grabar y difundir en redes sociales con el fin de denostar a las personas dentro del establecimiento.
Agredir, acosar o violar sexualmente a una persona dentro de la comunidad educativa.
PROCEDIMIENTO
Las acciones a seguir en caso de incumplir alguna de las faltas gravísimas son las siguientes.
1. Se apartará/n a la/s alumna/s involucradas en la falta gravísima, para recopilar información en
relación al hecho sucedido.
2. Registrar causa de la falta gravísima en libro de clases.
3. Derivación inmediata a Convivencia Escolar, para su intervención en el hecho ocurrido.
4. Citación por parte de Inspectoría General, al apoderado titular o suplente, en forma inmediata, con
asistencia el mismo día.
5. Registro de la situación en la hoja de vida del estudiante.
6. Denunciar a Carabineros o PDI en el caso de tratarse de delitos (hurtos, robos, agresión física con
arma).
7. Informar a Equipo Convivencia, DAEM (según gravedad del hecho), vía oficio.
8. Informar a Superintendencia de educación (según gravedad del hecho), vía oficio.
9. Se envía citación al apoderado posteriormente, para informar disposición de la alumna al DAEM,
previa elaboración de informe detallado con el procedimiento ya realizado y su reubicación.
MEDIDAS REPARATORIAS
Dependiendo de la situación y la gravedad del hecho:
1. Se aplicarán protocolos según normativa vigente.
2. Suspensión de clases de manera gradual de uno a cinco días.
3. Se considerará instancias de reflexión de manera interna, durante recreos, horas de asignaturas
eximidas, guiadas por profesional de la unidad educativa.
4. Firma de carta de compromiso.
5. En caso de cometer otra falta gravísima, el apoderado deberá someterse a las decisiones de
Dirección.
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RESPONSABLES
- Director
- Equipo de Convivencia Escolar
- Inspectores
- UTP
- Profesor (a)
- Padres y/o apoderados
4. PRESENTACIÓN DE RECLAMOS, DENUNCIAS, SUGERENCIAS O FELICITACIONES
Toda persona que presente reclamo, denuncia, sugerencia o felicitación, por conductas contrarias o a favor
de la sana convivencia podrá evidenciar en forma escrita su propósito, en carta dirigida a quienes estime
conveniente y entregada en secretaría. Dándose un plazo máximo de cinco días hábiles para su respuesta.
5. PROTOCOLO DE APELACIÓN
Toda apelación que una estudiante o apoderado quiera presentar, deberá realizar el siguiente conducto:
- Solicitud escrita dirigida a Dirección del establecimiento.
- Carta deberá contener todos los antecedentes necesarios de identificación del estudiante y los motivos por
los que se realiza tal apelación. No debe incorporar informes de profesores u otros miembros de la unidad
educativa.
-La carta de apelación deberá presentarse dentro de los 5 primeros días de aplicada la sanción
- El director tendrá dos semanas para dar respuesta a dicha solicitud. La respuesta será informada por escrito
previa citación del estudiante con su apoderado.
- El o la estudiante cuya apelación sea aceptada deberá firmar obligatoriamente un compromiso en el cual se
indicará que la reiteración de una falta disciplinaria de carácter grave o gravísima, permitirá dejar a disposición
del DAEM su matrícula.
6. NORMATIVA VIGENTE PARA PROTOCOLOS
A. LEY DE VIOLENCIA ESCOLAR
La LVE N° 20.536 del 17/09/2011 (Ley de Violencia Escolar) Art. 16, letra B dice: “Se entenderá por acoso
escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizado dentro o fuera del
establecimiento educacional, por estudiantes que, en forma individual o colectiva atente/n en contra de otro/s
estudiante/s valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado,
que provoque en éste último maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter
grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”.
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B. PROYECTO DE LEY AULA SEGURA.
La L.A.S N° 21.128 27/12/2018 (Ley de Aula Segura) plantea en su párrafo sexto “Se entenderá que afecta
gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa que
causen daño a la integridad física o psíquica de cualquier miembro de la comunidad o de terceros que se
encuentren en las dependencias del establecimiento”.
Violencia física: Agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos,
mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto.
Violencia psicológica: Incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados,
aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, física, étnica o religiosa.
Violencia Sexual: Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual,
violación, intento de violación
Violencia a través de medios tecnológicos: Agresiones o amenazas a través de correo electrónico,
whatsapp, chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o
electrónico que puede constituirse en ciber-bullying, sexting.
Cualquiera de estas formas de violencia constituye acoso sistemático. Ya sea bullying o mooving cuando:
A) Se produce entre pares
B) Existe asimetría de poder
C) Es sostenida en el tiempo
7. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
El Liceo por naturaleza en su quehacer pedagógico concentra a personas adultas, niños, niñas y jóvenes
que cumplen distintas funciones y responsabilidades dentro del establecimiento; y es de especial relevancia
resguardar los derechos de nuestras estudiantes por todos y cada uno de los miembros que laboramos en él.
En este contexto, en nuestra comunidad educativa se elaboraron los siguientes Protocolos de Actuación:
7.1 De resolución de conflictos
7.2 Derivación de conflictos
7.3 De entrevistas
7.4 Ante accidentes escolares
7.5 De Uso de redes sociales
7.6 De acoso escolar
7.7 De Uso de material audiovisual
7.8 Ante alumnas en crisis
7.9 Ante el maltrato y abuso sexual infantil
7.10 Ante maltrato físico y psicológico
a) Entre estudiantes
b) Entre docentes
c) De estudiantes hacía docentes o asistente de la educación
d) De docentes, asistente de la educación o apoderado/a hacia estudiantes
e) Del apoderado/a hacia docente o asistente de la educación
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f) Del docente o asistente de la educación hacia apoderado/a
g) Entre apoderados/as
h) De personas externas al establecimiento
7.11 De actuación frente a violencia intrafamiliar contra menores de edad
7.12 De la afectividad y sexualidad
7.13 Ante embarazo de una alumna
7.14 De Consumo problemático de drogas o bebidas alcohólicas
7.15 Protocolo ante detección de riesgo, intento o consumación de suicidio
7.16 De porte de armas
7.17 Uso de espacios comunes
7.18 De Salidas pedagógicas
7.19 De retiro de alumnos durante la jornada escolar
7.20 De situaciones excepcionales de retiro de estudiantes en jornada de clases
7.21 De cambio de ropa (muda) para estudiantes de educación parvularia
7.22 De acuerdo en casos excepcionales de control de esfínter
7.1. RESOLUCIÓN EFICAZ DEL CONFLICTO A TRAVÉS DE LA MEDIACIÓN
Los mediadores inmediatos ante cualquier conflicto, son los profesores que visualicen la situación dentro del
establecimiento educacional.
Procedimiento:
1) Entrevistar alumnas involucradas (Aclarar que es lo que cada uno desea o necesita).
2) Generar y analizar alternativas de solución.
3) Seleccionar mejor alternativa de solución.
4) Ejecutar acciones consensuadas.
5) Monitorear el cumplimiento de acciones de solución.
6) Registrar en bitácora, proceso de entrevista y solución acordadas.
7) Derivar a Convivencia Escolar, en caso de no resolución del conflicto. Quién implementará
protocolos vigentes.
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7.2. DERIVACION DE CONFLICTOS
a) ACCIONES DEL DOCENTE
Observación: Es responsabilidad del profesional que realizó la mediación, informar inmediatamente al
profesor jefe, y en caso de tratarse de un conflicto que involucra faltas graves, el adulto que recibe la
información debe remitirla de manera inmediata a Inspectoría General.
Si incurren más de 3 veces la misma falta u otra similar, se deberá realizar derivación a encargada de
convivencia del ciclo correspondiente, para implementación de protocolo.
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b) ACCIONES DE LA ENCARGADA
Se firmará carta de compromiso, tanto por la estudiante como apoderado/a.
En un plazo de 15 días se observará conducta del/la estudiante, para verificar cambios en ella.
Si se observa una complejidad mayor en el caso se derivará a:
Observación: El establecimiento se reserva el derecho de entregar copias de evidencias escritas a
apoderados ya sea titular o suplente de manera particular. Lo anterior por resguardo de situaciones
confidenciales que ahí se describen. Salvo que sean estos antecedentes sean solicitados por una orden
judicial.
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7.3 PROTOCOLO DE ENTREVISTAS
Con el objetivo de acompañar, monitorear y apoyar permanentemente a nuestros alumnos, padres y apoderados de nuestra comunidad educativa, es que se establecen los siguientes protocolos de Entrevista y Reuniones de Apoderados.
1. Los(as) apoderados(as) deberán recibir o solicitar la citación a una reunión con el profesor jefe o profesor de asignatura sólo mediante comunicación escrita en Agenda Institucional.
2. Los(as) apoderados(as) deberán recibir o solicitar la citación a una reunión con Inspector General, Orientación, Convivencia, PIE o Dirección, vía telefónica o de forma presencial con Secretaría de Dirección.
3. Los(as) Profesores(as), Inspectora y Directivos, deberán dar aviso a la Secretaría de Dirección de su entrevista.
4. El/la apoderado(as) deberá confirmar su entrevista vía Agenda Institucional para tener el registro. 5. Los(as) apoderados(as) deberán registrarse al momento de llegar a una entrevista en el Colegio, en
el Libro de Registro que se encuentra en Secretaría. 6. El profesor, Inspectora o Directivo que solicitó entrevista debe hacerse cargo de buscar al apoderado
citado en portería y luego de concluida debe acompañarlo hasta la misma para su salida. 7. Cada entrevistador se hará cargo de sus respectivas pautas de registro, las cuales archivará en el
lugar indicado para ello según corresponda. 8. Si el apoderado no se presenta a la entrevista, esta deberá ser llenada de igual manera, con los
motivos del porque se estaba solicitando y en acuerdos se deja el registro que no asistió y adjuntar justificativo en caso de que exista.
9. Si el apoderado citado no se presenta a la entrevista Inspectoría General debe citar nuevamente a apoderado para que justifique su inasistencia.
10. Se debe hacer un registro de la entrevista en el libro de clase, de manera escueta, indicando que el registro amplio está en la carpeta de entrevistas.
11. La ficha personal será llenada y completadas con los datos sólo en proceso de matrícula. 12. El tiempo aproximado de la entrevista no excederá los 40 minutos. 13. Las entrevistas que se realicen a alumnas por parte de docentes o directivos deben realizarse con la
puerta abierta, siempre mostrando evidencia, a modo de evitar malos entendidos y/ o acusaciones posteriores de cualquier tipo. Es importante dejar registro en el libro de acta u hoja de entrevista, firmada por los participantes de esta.
7.4 PROTOCOLO FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES
“Se define un accidente escolar como: toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo
de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de
esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y
hasta sus establecimientos educacionales.”
1) Ley N° 16.744 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece normas sobre
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Art. 3º, especifica que “estarán protegidos
todos los estudiantes de Establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con
ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional.”
3) Ord. N°0156 del 26.03.2014 de la Superintendencia de Educación. “Exigencias de seguridad en
establecimientos educacionales”.
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4) Orientaciones a la comunidad educativa sobre prevención de accidentes escolares.
Cabe señalar que en caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia,
básica o Media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que el estudiante ha sido matriculado en
nuestro colegio.
PROCEDIMIENTO ANTE UN ACCIDENTE ESCOLAR:
1. Atención primaria a la estudiante, resguardando su bienestar, por parte del profesor/a o asistente que
recibe denuncia de accidente, registrando en libro de clases y dando aviso inmediato al inspector de
turno.
2. Derivar a encargada cruz roja o inspector o profesor/a de turno o secretaria.
3. Informar a padres y/o apoderados vía telefónica, de accidente ocurrido.
4. Tramitar el seguro escolar en quintuplicado en secretaría.
TIPOS DE ACCIDENTES.
Leves: Rasmilladura, contusión leve y esguince. Se le otorgará primeros auxilios a través de cruz
roja.
Observación: Sólo se podrá hacer curaciones simples. En ningún caso suministrar medicamentos
para el dolor, aplicar pomadas. Finalmente, el apoderado será el encargado de decidir si la
estudiante continúa en el establecimiento, se retira al hogar o centro médico.
El apoderado deberá tomar conocimiento y firmar su decisión en caso de dejar o retirar a la alumna
del establecimiento.
Graves: esguinces, luxaciones, fracturas, traumatismo, asfixia por ingesta de alimento u otros,
pérdida de conocimiento, intoxicación por alcohol, ingesta de medicamentos.
FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES DE TRAYECTO:
Se entenderá por accidente de trayecto:
Los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación del estudiante y el
establecimiento educacional.
PROCEDIMIENTO EN ACCIDENTE DE TRAYECTO:
Será responsabilidad de los padres y/o apoderados el traslado de su pupilo(a) al Hospital.
Padre y/o Apoderado deberán comunicar al establecimiento, lo sucedido, para la elaboración del
formulario de accidentes escolares, el cual deberá retirar de secretaria, como máximo dentro de las
primeras 24 horas ocurrido el accidente.
El apoderado, posteriormente, deberá hacer entrega copia del formulario de atención del hospital
dentro de las próximas 48 horas.
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En el caso que la alumna llegue sola al establecimiento, y el accidente sea de carácter grave, se
llamará a carabineros y al mismo tiempo a los padres o apoderados de la afectada para informar el
hecho y la derivación correspondiente.
7.5 PROTOCOLO PARA EL USO DE REDES SOCIALES
El establecimiento no reconoce el uso de WhatsApp, Facebook u otras redes sociales inalámbricas como vía
oficial de comunicación, sólo se aceptará comunicación directa, escrita y llamada telefónica.
El liceo no se hace responsable del uso personal del whatsapp, Facebook, y otras redes sociales, por tanto,
sólo se sancionará si se comprueba su utilización para menoscabar la integridad de cualquier persona de la
comunidad escolar. En este contexto, queda prohibido grabar, subir, divulgar y/o traspasar al internet
cualquier tipo de imagen o video que haya sido capturado al interior o fuera del establecimiento que denigre o
menoscabe a cualquier integrante de la comunidad escolar, todo lo anterior será considerado una falta
gravísima y deberá someterse a las sanciones de dicha normativa.
A MODO DE MEDIDA REPARATORIA
- Según protocolo de faltas gravísimas (pág. 36)
- Entrevista con alumna y apoderado para asumir y crear compromiso de cambio de conducta.
- Mediar entrevista entre alumna agresora y alumna agredida, de manera consensuada entre las
partes.
- La alumna agresora prestará ayuda en la biblioteca por una semana en el segundo recreo de su
jornada.
- Ayudar a mantener la limpieza del patio incentivando a sus compañeras que no boten basura y
recogiendo la que ya esté en el suelo, durante 5 días en los recreos.
7.6 PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL ACOSO ESCOLAR
La ley de Violencia Escolar N° 20.536 del 17/09/2011 En su Art. 16, letra D plantea que: “Revestirá especial
gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un
estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea
director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la
comunidad educativa en contra de un estudiante”.
El acoso escolar se ejerce de múltiples formas (violencia física, sicológica, sexual, exclusión social,
Cyberbullying, etc.); mediante actos repetidos en el tiempo, por periodos extensos, que inclusive pueden durar
meses y años. Cuando la situación es esporádica no se puede interpretar como bullying, pues estas
situaciones puntuales son más bien producto de malos entendidos y episodios propios de la interacción
escolar.
Cyberbullying Se denomina como "cualquier forma de maltrato psicológico, verbal producido entre escolares
de forma sistemática y reiterada a lo largo de un tiempo determinado", el cual implica el uso de la tecnología
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para ejercer dichas agresiones y/o amenazas. Éstas pueden ser mediante redes sociales como: mail,
WhatsApp, Facebook, chat, blogs, Instagram entre otros. Siendo considerado una falta gravísima.
Cabe destacar que, la modificación de la Ley N°20.370, General de Educación, en materia de Ciberacoso o
Cyberbullying” en el Artículo 16 F dice que “El que siendo menor de edad y, valiéndose de la utilización del
soporte de Internet, por medio de redes sociales cualesquiera estas sean, telefonía móvil o video, juegos
online, amenace, intimide, acose o abuse de otro menor de edad, con el propósito de ocasionar hostigamiento
o amedrentamiento será denunciado por el Director del establecimiento educacional ante el Ministerio Público
para la realización de una investigación y la respectiva toma de medidas para el caso de tratarse de un menor
de edad, resguardando especialmente la dignidad y derechos fundamentales de cada menor”
PROCEDIMIENTOS
Junto con las actividades de prevención del acoso escolar y de promoción del buen trato. El establecimiento
considera el siguiente protocolo en caso de detectarse situaciones de hostigamiento:
A.) De un adulto hacia una estudiante:
Implementación de protocolo para falta gravísima.
Aplicación de normativa vigente.
B.) Entre alumnas:
1. Acoger y dar importancia a toda denuncia que se reciba, la que deberá informarse a la Encargada de
Convivencia Escolar.
2. Citación individual, desde Inspectoría general, a los apoderados de los alumnos involucrados
(víctima y agresor).
3. El equipo de Convivencia Escolar, serán los/las encargados/as de investigar, reuniendo
antecedentes en carpeta de Convivencia Escolar, mediante la recopilación de evidencias (impresión
de los mensajes, grabación de audios o videos expuestos en las redes sociales) y entregar de
informe a Dirección, Inspectoría y profesor/a jefe. Cumpliendo plazos establecidos en protocolo de
derivación.
4. Entrevistar, por separado, a todos los involucrados y testigos.
5. Encargada de Convivencia Escolar en conjunto con el (la) Profesor(a) Jefe citará e informará a los
padres de las alumnas involucradas, dando a conocer la denuncia realizada hacia sus pupilas,
además del protocolo correspondiente al hecho. Registrando entrevista en libro de clases y carpeta
de Convivencia Escolar.
6. El Equipo de Convivencia Escolar, terminada investigación, citará al alumno/a agresor junto a su
apoderado, para dar a conocer resultado de investigación y medida reparatoria correspondiente.
7. Tanto el alumno/a agresor/a como su apoderado/a podrán formular sus descargos de manera verbal
y/o por escrito, así como acompañar cualquier antecedente que apoye su versión.
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8. También será citada la alumna afectada, tanto para ser informada de los resultados de la
investigación como para ser atendida y acogida favoreciendo así un clima de acompañamiento.
9. Cuando se trate de situaciones que revistieren características de delito (por la gravedad de los
hechos o la edad de los involucrados) se citará a los padres para informarles y se efectuará la
denuncia a Carabineros, Tribunales de Familia o Fiscalía según corresponda. Deberá dejarse
registro escrito del nombre de los funcionarios o profesionales que reciben la denuncia y los N º de
parte, RIT o RUC., en Carpeta C.E.
Se dará trato digno y deferente a ambas partes, respetando su honra y privacidad. Una vez agotada la
investigación, el Equipo de Convivencia Escolar procederá a intervenir con las medidas consideradas en
FALTA GRAVÍSIMA.
7.7 PROTOCOLO USO DE EQUIPOS TECNOLOGICOS PERSONALES (CELULARES, TABLETS,
ETC) DENTRO AULAS DE CLASES.
1. Al inicio de la clase, el profesor informará si es necesario o no el uso de equipos tecnológicos.
2. Profesor/a invitará a guardar equipo, si la alumna lo tuviera sobre la mesa, o en uso.
3. Si el profesor ha llamado la atención en reiteradas veces, dejará registro en libro de clases por la
falta cometida.
4. En caso que la estudiante insista en ocuparlo pese al llamado de atención, se requisará el equipo
tecnológico y se entregará al finalizar la clase.
5. En caso que la estudiante insista en ocuparlo, en segunda instancia, se requisará el equipo
tecnológico y se entregará en Inspectoría General para su retiro, al final de la jornada.
6. En caso que alumna reincida nuevamente en la falta en una siguiente clase, se derivará a
Inspectoría General quién citará al apoderado para entrega del objeto tecnológico. Además de
informar que, si se repitiese la falta, se hará entrega al finalizar el semestre o año escolar.
Observación: el uso de celular estará sujeto a la responsabilidad de cada estudiante, debido a que el establecimiento no se hará responsable por pérdidas o daños.
7.8 PROTOCOLO FRENTE A CRISIS CONDUCTUALES, EN ALUMNA.
Se entenderá por crisis conductuales toda aquella situación en que la alumna presente episodios
tales como crisis de pánico y/o descompensaciones socio afectivas.
7.7.1 Cualquier persona integrante de la comunidad puede y debe avisar de situación que afecte
notoriamente a alguna alumna, a profesor/a en sala, profesor/a de turno, Psicóloga, asistente
Social, inspector, inspector General o Dirección.
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Una vez realizada la notificación, el adulto informado procederá a:
1. Acudir al lugar donde se encuentra la alumna, separarla del grupo curso, para dar atención
personalizada, en otro espacio donde ella se sienta segura.
2. Si la alumna, rechaza la salida del lugar, se debe desalojar el espacio físico para realizar la
contención, intentado que la crisis o descompensación no empeore (es decir, que la alumna no se
agreda, no intente salir de la escuela, etc.).
3. Solicitar apoyo de otro docente o asistente, para realizar proceso de contención.
4. Llamar al apoderado/a de la alumna para solicitar que asista al establecimiento, lo más pronto
posible.
5. Entregar información completa, una vez que el apoderado llegue, explicar el protocolo iniciado.
6. En caso que la situación lo amerite, personal de apoyo realizará llamado a Urgencia de Salud Mental
del Hospital Higueras, (41-2687271 o al 41-2687230), y carabineros.
7. A continuación, el adulto asistente debe llamar al apoderado de la alumna, con el fin de informar la
crisis que está sufriendo y explicar el llamado a Unidad de Salud Mental realizado.
8. Posteriormente, el apoderado deberá concurrir al establecimiento educacional para informar medidas
dadas por el facultativo.
7.7.2 Implementación de “CÓDIGO NEWEN” (FUERZA)
En el caso que la crisis presentada se diese en espacios comunes, se aplicaran las siguientes
medidas:
Activar código NEWEN, avisando sala por sala si fuera necesario.
Inspector General e Inspector, distribuirán información entre docentes y asistentes para su difusión a
todos los espacios del establecimiento.
Contactar redes de apoyo (PDI, Carabineros; Bomberos, Cruz Roja, AURA, FARO…) si fuera
necesario.
Inspector General, una vez informado, reprogramará horarios de recreos si fuera necesario.
Redistribuirá salidas a espacios comunes, evitando la exposición de la alumna afectada.
Finalizar activación del código, mediante secuencia de timbre: corto – largo – corto.
7.7.3 Protocolo de Contención en Situaciones de Crisis para estudiantes con Trastorno del
Espectro Autista u otro trastorno emocional o de la conducta
Frente a situaciones de crisis que pudiesen presentarse en alumnos con Trastorno del Espectro Autista
(TEA) u otro trastorno de tipo emocional o de la conducta, se adoptará como protocolo de contención las
siguientes actuaciones o técnicas, dependiendo de los requerimientos e intensidad de la situación de
crisis y de las características de cada alumno
Técnicas “No Invasivas”: Recomendables al inicio de una situación de crisis o en manifestaciones
menos intensas:
a) Desviar la atención de la niña(o): Por ejemplo, en el caso de una niña que llora por un objeto en
particular, ofrecer otros objetos, realizar otras actividades en frente de la niña, donde el adulto
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manifieste interés y placer por el nuevo foco de atención y así lentamente la niña se puede ir
interesando en lo novedoso y perder atención a lo que lo altera.
Es bueno y recomendable que la persona que realice la contención tenga conocimiento de la
estudiante y en lo posible manejar objetos de su agrado para utilizar en casos de emergencia. Esta
persona puede ser profesor de aula, diferencial, psicóloga.
b) No atender: Al inicio de la situación de crisis, por ejemplo, de una situación de llanto, sobre todo
cuando la niña parece buscar los ojos del adulto, no atender a la manifestación hasta que cese o
disminuya por sí sola. Ofrecer un objeto o pedirle realizar otra acción y reforzar socialmente a la niña
por la nueva conducta, para que “aprenda” a obtener atención mediante comportamientos
socialmente adecuados.
EL ideal es que solo una persona atienda la situación y evitar comentarios de otros adultos, ya que
podría ocasionar mayor frustración.
c) Disminuir la exigencia o la complejidad de actividades en el aula: En caso de oposicionismo o
fatiga durante una actividad es recomendable ir disminuyendo la exigencia, requiriendo acciones
más simples, pero no dejar de hacer la actividad.
d) Referencia Social: El rostro humano es una importante fuente de información. Nuestras
expresiones comunican a los niños no sólo cómo nos sentimos en relación al mundo (algo es bueno
o malo, peligroso o seguro), sino que, sobre todo, cómo nos sentimos frente a su propia conducta.
Un niño debe entender si nos provoca alegría o molestia. Al inicio de una dificultad o ligera molestia,
es importante mantener un rostro tranquilo o alegre para que el niño no se contamine con la
ansiedad del adulto. A lo más un rostro más severo al inicio, seguido por cambios favorables frente a
la más mínima modificación de la conducta infantil. Si la conducta es muy desagradable, es bueno
tomar el rostro del niño (suavemente), decirle NO con energía (con tono grave, nunca agudo) y
señalar nuestra molestia. Cuando el niño cambia algo de su conducta, nuestra cara también debe
cambiar, mostrándole ahora nuestra sonrisa y diciéndole algo simple como “muy bien”, “excelente”,
etc.
Técnicas “Invasivas”: Recomendadas en situaciones de crisis más intensas o de mayor duración,
algunas de ellas pueden ser:
a) Time out/aislamiento: En caso de llanto extremo, para prevenir o disminuir la “pataleta” o situación
de crisis, el docente o asistente de la educación que aborde al niño buscará un lugar en el que él
pueda llorar, sin dañarse, por ejemplo, alfombra, silla o un lugar apartado de los demás estudiantes,
y así, prevenir que dañe a otro, acompañándolo y evitando que se retire de ahí o que se autoagreda.
O al contrario se solicitará al curso que se retire del aula quedándose con la niña (o) hasta que se
calme.
b) Contención física: El abrazo intenso, por más de 20 segundos, tiende a generar sustancias
químicas (dopamina, serotonina) que aquietan la reacción. En el peor de los casos, el abrazar y dejar
que el niño llore, le permite manifestar sus emociones. El docente o asistente de la educación que
aborde al niño procurará resguardar tanto la integridad física del niño como la de sus pares y de él
mismo, para lo cual intentará impedir el libre movimiento del niño, ya sea, por medio de un abrazo o
sujetándole las manos y/o piernas, esto puede resultar desagradable para el niño, sin embargo, la
riqueza de estimulación táctil y corporal funciona también como modulador sensorial de la rabia o la
angustia bajando la ansiedad. Una vez que desciende un poco la intensidad de la manifestación, se
deja al niño y se intenta incorporarlo a una actividad.
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c) Se le informará respecto del protocolo de contención en situación de crisis a la comunidad a través
de la difusión del Manual de Convivencia de nuestro establecimiento, además de socializar las
técnicas con todos los integrantes de la comunidad para lograr un lineamiento común .
c) Intervención con el apoderado:
1) Se citará al apoderado para que tome conocimiento de la situación y pueda ayudar a regular la
conducta de su pupilo.
2) Se le informará y dará a conocer el protocolo de contención en situación de crisis
3) Si las situaciones de crisis persisten, se entregará informe psicoeducativo al apoderado para que
pueda solicitar ayuda externa con el especialista que corresponda, dentro de un plazo no mayor a un
mes. Dicho informe será redactado por el equipo de aula de la estudiante quienes recopilarán la
información con los actores correspondiente de la comunidad que hayan abordado a la niña frente a
un episodio de crisis y será revisado por dirección y unidad técnica pedagógica del establecimiento.
4) En los casos que amerite se buscará ayuda con redes de apoyo, tales como CESFAM, hospital,
programas del SENAME, u otros.
5) Se comprometerá al apoderado a hacer llegar la retroalimentación del especialista a la unidad
técnica pedagógica del establecimiento para que se puedan compartir las sugerencias con el
profesor jefe, equipo de aula y coordinación del programa de integración escolar con el fin de apoyar
a la estudiante.
6) Se aplicará Manual de Convivencia Escolar otorgando las medidas reparatorias de acuerdo con la
gradualidad de la falta. En caso de que las situaciones de crisis persistan y no se pueda regular al
estudiante resultando como consecuencia de ello lesiones a miembros de la comunidad se llevará a
instancias de dirección del establecimiento.
7.9 PROTOCOLO FRENTE AL ABUSO SEXUAL INFANTIL
LEY 16.618
En caso de víctimas menores de 18 años la comunidad educativa tiene la obligación de poner los hechos en
conocimiento del sistema judicial. El artículo 175 del Código Procesal Penal (2005) establece el deber de
denuncia obligatoria para ciertas personas, en razón de las funciones que desempeñan. De este modo, se
dispone que están obligados a denunciar Directores, Inspectores y Profesores de establecimientos
educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el
establecimiento.” Esto implica que no es necesario que el hecho haya ocurrido en el establecimiento para
que deba efectuarse la denuncia a PDI, o carabinero, y la derivación a OPD.
Las víctimas tienen los siguientes derechos:
Derecho a ser atendida, a ser escuchada, recibir un trato digno; a denunciar el delito; ser informada;
solicitar protección; obtener reparación, interponer querella, participar en el proceso y el derecho a
reclamar.
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Asimismo, con la intención de proteger a víctimas y testigos, el ministerio público, tiene unidades
especializadas que se encargan de asesorar y acompañar a las víctimas durante todo el proceso penal,
evaluar el riesgo y apoyar la adopción de medidas de protección para ellas.
Ante la sospecha de un abuso sexual en nuestro establecimiento el procedimiento será el siguiente:
1. Poner de inmediato en conocimiento a Dirección.
2. Citar al apoderado para dar conocimiento de la denuncia y protocolos de acción del establecimiento.
3. El Director hará la denuncia a las instituciones competentes: PDI- Carabineros de Chile o
directamente a la Fiscalía del lugar, dentro de las 24 horas siguientes conocido el hecho por
constituir un delito.
4. En caso de ausencia del director le corresponderá a Inspector General o profesora encargada de
Convivencia escolar.
5. Acoger y escuchar a la niña(o) o adolescente haciéndole sentir segura y protegida.
6. Resguardar la identidad e intimidad del niño (a) en todo momento, sin exponer su experiencia frente
al resto de la comunidad educativa.
7. Derivación a OPD, por parte de Convivencia escolar.
8. Realizar seguimiento de denuncia por encargada de Convivencia.
7.10 PROTOCOLO FRENTE AL MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO EN EL LICEO
Las siguientes conductas serán consideradas como agresión
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar en forma reiterada o burlarse de
cualquier integrante de la comunidad educativa.
Discriminar a cualquier miembro de la comunidad escolar, ya sea por su condición social, situación
económica, pensamiento político, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual,
situación de discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
Agredir físicamente.
a) Entre estudiantes.
PROCEDIMIENTO
Las acciones a seguir en caso de incumplir alguna de las faltas gravísimas son las siguientes.
1. Se apartará/n a la/s alumna/s involucradas en la falta gravísima, para recopilar información en
relación al hecho sucedido.
2. Registrar causa de la falta gravísima en libro de clases.
3. Derivación inmediata a Convivencia Escolar, para su intervención en el hecho ocurrido.
4. Citación por parte de Inspectoría General, al apoderado titular o suplente, en forma inmediata, con
asistencia el mismo día.
5. Informar al apoderado de situación que causa falta gravísima, además de su derecho a apelación en
la misma.
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6. Registro de la situación en la hoja de vida del estudiante.
7. Denunciar a Carabineros o PDI en el caso de tratarse de delitos (hurtos, robos, agresión física con
arma blanca u objeto contundente).
8. Informar a Equipo Convivencia, DAEM (según gravedad del hecho), vía oficio.
9. Informar a Superintendencia de educación (según gravedad del hecho), vía oficio.
10. Dependiendo de la situación y la gravedad de la agresión se considerará días de reflexión en el
hogar, previo conocimiento y aceptación mediante citación a Inspectoría y carta de compromiso por
parte de padre y/o apoderado.
b) Entre personal del establecimiento:
Procedimiento
1. Se deberá poner al tanto del altercado al encargado/a de convivencia escolar. Este tendrá que
comunicar lo ocurrido a Dirección y solicitar una reunión con las partes involucradas.
2. De la reunión desarrollada, se analizarán los antecedentes para llegar a un acuerdo resolutivo.
3. El acta de constancia de los acuerdos deberá ser firmado por las partes involucradas, previa lectura,
y toma de conocimientos.
4. Si se reiteren la/s falta/s por cualquiera de las partes involucradas, Director/a enviará informe escrito
al director DAEM, con los antecedentes y protocolos desarrollados, según reglamento de convivencia
escolar, interno. Con respaldo a equipo de C.E DAEM.
5. En caso de que la agresión emanase por parte cualquier persona con mayor responsabilidad hacia
otra de menor responsabilidad, se avisa la problemática al equipo de convivencia escolar, quienes
tendrán la responsabilidad de enviar oficio a Director DEAM.
6. Derivar situación a comité de Riesgo Psicosocial para su intervención, según protocolos y será este
equipo quien enviará antecedentes a IST, en caso que el adulto vea afectada su salud.
c) De estudiantes hacía docentes o asistente de la educación.
Procedimiento
1. Dejar registro de lo ocurrido en el libro de clases.
2. Comunicar a encargada de convivencia quien dará aviso a profesor jefe, inspector general y dirección.
3. Tomar declaraciones de todas las partes involucradas, encargada de convivencia en conjunto de la
dupla psicosocial.
4. Citar a apoderado a través del equipo de convivencia escolar para reflexionar sobre lo sucedido y pedir
disculpas correspondientes.
5. Dependiendo de la situación y la gravedad de la agresión se considerará días de reflexión en el hogar,
previo conocimiento y aceptación mediante citación a Inspectoría y carta de compromiso por parte de
padre y/o apoderado.
6. El acta de constancia de los acuerdos deberá ser firmado por las partes involucradas, previa lectura, y
toma de conocimientos.
7. En caso de cometer otra falta gravísima, el estudiante deberá someterse a las decisiones de dirección y
consejo de profesores.
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d) De un adulto integrante de la comunidad educativa hacia estudiantes.
Procedimiento
1. Profesor jefe se informa del caso y se derivará a encargada de convivencia mediante pauta de
derivación.
2. Encargada de convivencia le realizara entrevistas a todos los involucrados en conjunto con dupla
psicosocial.
3. En caso de tratarse de estudiantes de pre básica, se solicitará a la brevedad autorización de
apoderado/a para realizar entrevista al/la estudiante por parte de psicóloga de convivencia escolar.
4. Realizar citación de apoderado/a de estudiante involucrado, para ponerlo en antecedentes.
5. El acta de constancia de los acuerdos deberá ser firmado por las partes involucradas, previa lectura,
y toma de conocimientos.
6. Mientras dura la investigación el docente o asistente de la educación, será cambiado de sus
funciones, para evitar el contacto con la estudiante afectada.
7. Una vez finalizada la investigación, Dirección aplicará medida reparatoria o sancionatoria para el
adulto involucrado.
8. En caso de tratarse de una agresión física la Dirección del establecimiento efectuará las denuncias
respectivas a Carabineros o PDI.
e) Del apoderado/a hacia docente o asistente de la educación.
Procedimiento
En caso de agresión verbal
1. La afectada debe comunicar directamente a dirección o inspectoría general para activar el protocolo.
2. Dirección en conjunto con la encargada de convivencia escolar o dupla psicosocial entrevistaran de
forma inmediata a los involucrados.
3. En caso de que él o los agresores se retiren del establecimiento antes de la entrevista, se tomara la
declaración del afectado y se citara con calidad de “urgente” al o los agresores.
4. Dependiendo del resultado de la entrevista se tomarán las medidas remediales y los involucrados
firmarán una carta de compromiso.
5. El acta de constancia de los acuerdos deberá ser firmado por las partes involucradas, previa lectura,
y toma de conocimientos.
6. En caso de que apoderado/a no reconozca su error o no se disculpe, se comunicara mediante un
informe al DAEM por parte de Dirección y se solicitará el cambio de apoderado/a.
En caso de agresión física
1. Dirección realizará la denuncia correspondiente a PDI o carabineros.
2. Cambio inmediato de apoderado/o del estudiante.
3. Envió de informe para poner en antecedentes a DAEM por parte de Dirección.
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f) Del docente o asistente de la educación hacia apoderado/a.
Procedimiento
1. El apoderado o testigo de la acción de maltrato verbal y/o físico, dejará constancia en inspectoría
general, dentro de las 24 hrs próximas ocurrido el hecho. (inspectoría informará de la denuncia al
docente involucrado).
2. Desde inspectoría general se solicitará a las partes involucradas, si es que hubiera, evidencias
presenciales (testigos, a lo menos dos) que deberán dejar su relato por escrito dentro de las 24 hrs
próximas.
3. Con la información de la agresión recopilada se conversará con el docente desde Dirección y Equipo
de convivencia escolar para luego conversar con ambas partes involucradas (docente y apoderado).
4. Como medida remedial se intervendrá con equipo de convivencia escolar y se dará alternativas al
apoderado agredido como el no contacto directo con el profesor, sino que a través de convivencia
escolar (informes de notas, acuerdos de reunión de apoderados, etc).
5. El acta de constancia de los acuerdos deberá ser firmado por las partes involucradas, previa lectura,
y toma de conocimientos.
g) Entre apoderados/as durante jornada escolar y dentro del establecimiento
Maltrato verbal
1. En caso de que el maltrato sea dentro del establecimiento, en reunión de apoderados, entrevistas u
otros, el profesor jefe o un miembro de la comunidad educativa que se encuentre al momento del
hecho, será el mediador de la situación.
2. Profesor jefe deberá registrar en el libro de clases la situación ocurrida en la hoja del alumno
incorporando a los testigos de la situación en caso de que existan.
Maltrato físico
1. Cualquier miembro de la comunidad educativa que observe el hecho, deberá informar a inspectoría,
dirección o al encargado del establecimiento, quién será el responsable de llamar a carabineros.
2. El profesor/a o Educadora junto a asistentes de la educación presentes, resguardarán la seguridad
de los y las alumnas en dicha situación.
3. Cambio inmediato de apoderados de ambos estudiantes.
4. Se registrará situación en acta, firmando persona a cargo del procedimiento.
h) De personas externas al establecimiento.
1. El funcionario que presencie una situación de maltrato físico o psicológico deberá detener la
situación dentro de ser posible, o dar aviso inmediato a Dirección o Inspectoría general.
2. En caso de agresión física, Dirección realizará denuncia inmediata a Carabineros o PDI.
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3. Las partes involucradas con el establecimiento serán aisladas del agresor o los agresores, para
realizar contención o brindar primeros auxilios en caso de ser necesario.
4. Se registrará situación en acta, firmando persona a cargo del procedimiento.
7.11 PROTOCOLO FRENTE A VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CONTRA MENORES DE EDAD
A. DEFINICION DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
En la Ley 20.066."La violencia intrafamiliar es definida como todo maltrato que afecte la vida o la integridad
física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia
con él; ósea, pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer
grado inclusive del ofensor, su cónyuge o su actual conviviente, o bien, cuando esta conducta ocurre entre los
padres de un hijo común, o sobre un menor de edad, adulto mayor o discapacitado que se encuentre bajo el
cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar." Aclaraciones con respecto a la
Ley:
Los Tribunales de familia, cuando los actos de violencia intrafamiliar no constituyan delito.
La Fiscalía, cuando los actos de violencia intrafamiliar constituyan un delito. El Ministerio Público
dará curso a la investigación pertinente en caso de que se presente el delito de maltrato habitual, si
el respectivo Juzgado de Familia le ha remitido los antecedentes.
B. TIPOLOGÍA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ABORDABLE POR EL ESTABLECIMIENTO
Los actos que pudieran ser constitutivos de violencia intrafamiliar se encuentran comprendidos dentro de los
ámbitos que se señalan a continuación.
- Abuso físico: Cualquier acción, no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque
daño físico o sea causal de enfermedad en los niños (as) o jóvenes. La intensidad puede variar
desde una contusión leve hasta una lesión mortal.
Esto puede ser también pasivo, como el abandono físico, en el que las necesidades básicas no son
atendidas temporal o permanentemente.
- Abuso psicológico: Hostilidad verbal reiterada en forma de insulto, burla, desprecio o amenaza de
abandono o constante bloqueo de las iniciativas y de las interacciones infantiles por parte de
cualquier miembro adulto del grupo familiar. El ser testigo de violencia entre los padres es otro tipo
de abuso psicológico.
- Negligencia o abandono: Falta de protección y cuidados físicos al niño (a) por parte de los padres o
cuidadores, así como la falta de respuesta a las necesidades de afecto y estimulación cognitiva,
indiferencia y ausencia de contacto corporal.
- Abuso Sexual: (Se incluye en protocolo específico de manejo de abuso sexual).
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C. ASPECTOS GENERALES
En el manejo de situaciones de violencia intrafamiliar, se garantizarán a todos los involucrados los siguientes
derechos:
- El derecho a la presunción de inocencia.
- El derecho a la protección y apoyo para la víctima.
- El derecho de todos los involucrados a ser escuchados y a presentar sus descargos.
- El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas.
RECEPCION DE LA DENUNCIA
Toda persona que trabaje en el establecimiento educacional y reciba un reporte de posible violencia
intrafamiliar contra un estudiante deberá acoger el relato y contener emocionalmente al denunciante, no
profundizar en el relato del hecho, sino que este debe ser conducido inmediatamente con su profesor jefe,
encargada de convivencia escolar, Inspectoría general o Dirección.
Si un profesional del establecimiento educacional posee antecedentes o tiene la duda de una posible violencia
intrafamiliar deberá reportarlo a profesor jefe, encargada de convivencia escolar o en su defecto Dirección,
para realizar la entrevista correspondiente.
NOTA: Los funcionarios del establecimiento educacional no estarán autorizados para investigar acciones u
omisiones presuntamente constitutivas de violencia intrafamiliar en las cuales pudieran verse involucradas
estudiantes del liceo. Por lo anterior, el rol del Liceo frente al conocimiento de casos de tal naturaleza será
acoger los antecedentes que les sean reportados, poniéndolos a disposición de las autoridades competentes.
Cumpliendo especialmente con lo señalado en la Ley 20.066 en los artículos, del código procesal penal
N°175 Denuncia obligatoria. Estarán obligados a denunciar:
e) Los Directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los
delitos que afectaren a los alumnos o que hubieran tenido lugar en el establecimiento.
La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto.
N°176 Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las
veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal.
PROCEDIMIENTO DE LA DENUNCIA
- Una vez recepcionada la denuncia, se procederá a llamar al padre, apoderado y/o tutor del
estudiante para poner en antecedente la situación y protocolo de acción por parte del
establecimiento educacional.
- Se informará en Dirección o en su defecto a Inspectoría general para que conozcan la información y
respalden el procedimiento a seguir. Además, el profesor jefe será informado oportunamente por
encargada de convivencia escolar.
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- Ya entrevistado el apoderado se procederá a llamar a carabineros para reportar la agresión del
estudiante sufrido por algún familiar.
- Carabineros continúa con procedimiento.
- Se deriva estudiante a OPD.
7.12 PROTOCOLO DE LA AFECTIVIDAD, SEXUALIDAD Y GÉNERO
La Convivencia Escolar se fortalece en la medida en que se promueven la relación interpersonal basándose
en el respeto mutuo, la aceptación y la tolerancia, ello implica superar toda práctica discriminatoria y
reconocer en cada niño, en cada niña, en toda mujer y en todo hombre, a un sujeto integral, digno y con
derechos que deben ser resguardados.
En este contexto, los integrantes de la comunidad educativa deberán expresar sus actitudes y
manifestaciones de connotación sexual fuera del establecimiento educacional, entendiendo que corresponden
a la intimidad y deben realizarse de manera privada, a fin de resguardar el respeto mutuo.
Quienes insistan en transgredir esta disposición, incurrirán en faltas de diferente gravedad y serán
sancionadas como tal. Se considerará:
FALTA LEVE
Aquellas alumnas de segundo y tercer ciclo de enseñanza, que caminen o deambulen por el
establecimiento tomadas de la mano o abrazadas en forma reiterada y permanente en el tiempo y/o
acariciándose.
Aquellas alumnas que innecesariamente se sienten sobre las piernas de alguna compañera.
PROCEDIMIENTO:
Llamado de atención por parte de quien presencie o sea informado de la falta, docente,
asistentes o inspectores.
Si la conducta persiste, se citará al o los apoderados de la/s estudiante/s involucrada/s.
Quedará registrado el procedimiento en libro de clases.
FALTA GRAVE
Besarse en la boca.
Tocaciones íntimas.
Utilizar un lenguaje soez, para manifestar interés o molestar otra compañera.
Tener actitudes y lenguaje sexual explícito fuera de contexto.
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PROCEDIMIENTO
1. Llamado de atención hacia la alumna y registro en hoja de vida, en libro de clases.
2. Citación al apoderado, junto con la alumna, para dar a conocer la falta.
3. Implementación de protocolo según Manual C.E
7.13 PROTOCOLO FRENTE A ALUMNAS EMBARAZADAS
El propósito de éste es entregar orientaciones claras sobre las acciones a seguir frente a situaciones de
embarazo y maternidad en alumnas de nuestro establecimiento, con el único objetivo de colaborar en la
formación escolar de la estudiante.
Este protocolo se enmarca en la normativa legal vigente, Ley N° 20.370/2009 (LGE), la cual señala en su
artículo 11: “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para permanecer e
ingresar a los establecimientos de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar facilidades académicas y
administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”
Periodo de Embarazo
Toda alumna que presente Embarazo podrá continuar y terminar el proceso educativo iniciado.
Deberá seguir asistiendo a clases si su salud se lo permite.
Deberá respetar las normas del establecimiento y cumplir con sus deberes escolares.
El Establecimiento, respetando las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación para las
alumnas embarazadas, ofrecerá opciones de término del proceso, que serán evaluadas por el
apoderado. Siendo éste quien decida.
La estudiante tiene derecho al permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal
y del cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el
médico tratante o matrona emitido por el Centro de Salud Familiar o consultorio correspondiente.
Además, cada vez que falte a clase por razones asociadas al embarazo, o maternidad deberá mantener
informado a su profesor jefe.
La institución educativa velará por el derecho de ir al baño cuantas veces lo requiera, sin tener que
reprimirse por ello, previendo el riesgo de producir infección urinaria (primera causa de síntoma de
aborto).
El establecimiento resguardara su estado físico y emocional en la medida de lo posible, evitando la
discriminación de sus pares.
En caso que la estudiante no pueda asistir regularmente a clases por indicación médica, el consejo de
profesores y UTP evaluara la situación y tomará acuerdos que favorezcan el término del año escolar.
Periodo de Maternidad
Se brindará el derecho de la madre adolescente a decidir el horario de alimentación del hijo o hija, que
debiera ser como máximo una hora, la que no considera los tiempos de traslado. Este horario debe ser
comunicado formalmente al Inspector General del establecimiento durante la primera semana de ingreso
de la alumna a su jornada escolar.
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Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite del cuidado de su madre,
según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el establecimiento dará a la madre
adolescente, las facilidades pertinentes para ausentarse.
Se recalendarizarán, al reingreso de la alumna, evaluaciones necesarias para su formación.
Considerando lo anterior, una causa frecuente de deserción escolar post parto.
Responsabilidades del apoderado(a)
Informar al establecimiento educacional o éste al apoderado, de la condición de embarazo de la alumna.
Director/a o profesor/a responsable le informará sobre los derechos y obligaciones, de la estudiante,
como de la familia y del establecimiento educacional.
Se firmará un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para que
la alumna asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud,
cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o total durante la jornada de
clases.
Cada vez que la alumna se ausente, el apoderado deberá concurrir al establecimiento a presentar el
certificado médico correspondiente.
En caso de ausencia por prescripción médica, el apoderado/a, debe solicitar entrevista con el profesor/a
y/o Jefe UTP, para informar situación y solicitar calendario de evaluaciones.
El apoderado solicitará entrevista para la entrega de trabajo/s pedagógico/s de la estudiante.
Notificar al establecimiento educacional situaciones como cambio de domicilio o si la hija en condición
de embarazo, o maternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.
Toda alumna en estado de gravidez gozará de los mismos derechos de toda estudiante.
Deberá respetar las normas del Liceo y cumplir con sus deberes escolares asistiendo regularmente a
clases ya que su condición no amerita fuero maternal.
El liceo resguardará su estado físico y emocional en la medida de lo posible, evitando la discriminación
de sus pares.
7.14 PROTOCOLO CONSUMO DE DROGAS Y ESTUPEFACIENTES (FUERA Y DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO).
Según Ley N° 20.000, “Tráfico ilícito” Artículo 3º.- Las penas establecidas en el artículo 1º se aplicarán también a quienes trafiquen, bajo cualquier título, con las sustancias a que dicha disposición se refiere, o con las materias primas que sirvan para obtenerlas y a quienes, por cualquier medio, induzcan, promuevan o faciliten el uso o consumo de tales sustancias. Se entenderá que trafican los que, sin contar con la autorización competente, importen, exporten, transporten, adquieran, transfieran, sustraigan, posean, suministren, guarden o porten tales sustancias o materias primas... Artículo 4º.- El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas... En igual pena incurrirá el que adquiera, transfiera, suministre o facilite a cualquier título pequeñas cantidades de estas sustancias, drogas o materias primas, con el objetivo de que sean consumidas o usadas por otro...
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Artículo 5º.- El que suministre a menores de dieciocho años de edad, a cualquier título, productos que contengan hidrocarburos aromáticos, tales como benceno, tolueno u otras sustancias similares.
Ley N° 20.084 “Responsabilidad Penal Adolescente”
Artículo 1º.- La presente ley regula la responsabilidad penal de los adolescentes por los delitos que
cometan… Artículo 58.- Restricción de libertad de menores de catorce años. Si se sorprendiere a un menor de catorce años en la ejecución flagrante de una conducta que, cometida por un adolescente constituiría delito…
Ley N° 20.105 “Consumo de tabaco”
Artículo 4º.- Se prohíbe la comercialización, el ofrecimiento, distribución o entrega a título gratuito de los
productos hechos con tabaco a las personas menores de 18 años de edad…
Se considerará:
FALTA LEVE
Consumo no problemático: fumar cigarrillo, marihuana u otras drogas, consumir bebida alcohólica fuera del
establecimiento durante jornada de clases y/o usando el uniforme.
PROCEDIMIENTO
1) Se conversa con alumna y se evalúa la situación, dejando el registro de la entrevista en el libro de
clases.
2) Se implementa protocolo de faltas leves.
3) Si la conducta se reitera se considerará falta grave y se derivará a convivencia escolar.
4) Se activará protocolo conforme a la ley 20.105 que establece un rango mínimo de 100 metros del
establecimiento educacional.
FALTA GRAVE
Cuando una alumna reitera en falta leve.
PROCEDIMIENTO
1) Profesor/a educadora asiste a la alumna e informa a Inspectoría.
2) Docente registra situación en libro de clases, observaciones de la alumna.
3) Encargada de enfermería asume atención de la alumna según protocolo de acción.
4) Inspectoría cita al apoderado de manera inmediata.
5) Inspectoría llama a carabineros o PDI.
6) Solicitar ambulancia, si fuera necesario, para atención de la alumna
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7) Comunicar a dirección y convivencia escolar.
8) Se realiza un segundo llamado al apoderado para entrevista y firma de compromiso, en relación a la
falta grave cometida.
FALTA GRAVISIMA
Consumo, venta y porte de alguna sustancia clasificada como droga, estupefaciente o sustancia ilícita, en el
establecimiento o fuera de éste vistiendo el uniforme.
PROCEDIMIENTO
1) Profesor/a educadora asiste a la alumna e informa a Inspectoría.
2) Docente registra situación en libro de clases, observaciones de la alumna.
3) Encargada de enfermería asume atención de la alumna según protocolo de acción.
4) Inspectoría llama a carabineros o PDI.
5) Comunicar a dirección y convivencia escolar.
6) Citar, desde Dirección, con carácter de urgencia al apoderado, para informar sobre suspensión de
clases.
7) Quedará a disposición del DAEM, la alumna, si la falta se repite, se elaborará un informe detallado
con el procedimiento ya realizado.
7.15 PROTOCOLO ANTE DETECCIÓN DE RIESGO, INTENTO O CONSUMACIÓN DE SUICIDIO
I. Detección de estudiantes con riesgo de suicidio
a. Evaluación de riesgo de suicidio
b. Reporte de la situación a la persona encargada
c. Citación a los padres y/o apoderados
d. Derivación a profesional área salud mental
e. Acompañamiento psicosocial
II. Intento de suicidio
a. Intervención en crisis
b. Traslado al centro asistencial
c. Reporte del intento de suicidio al establecimiento educacional
d. Reunión o visita domiciliaria a la familia del estudiante
e. Derivación a profesional área salud mental
f. Informar a las instituciones de Educación Municipal y Salud
g. Acompañamiento psicosocial
h. Información a la comunidad educativa
i. Intervención grupal de carácter preventivo en el aula
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III. Suicidio
a. Información a los estudiantes
b. Generar informe de lo ocurrido
c. Informar a las instituciones de Educación Municipal y Salud
d. Intervención, en pequeños grupos, de los estudiantes más afectados por el impacto
emocional del suicidio
e. Conversación con los padres y/o apoderados de estudiantes en riesgo
f. Derivación de estudiantes en riesgo a profesional área salud mental
g. Acompañamiento psicosocial
h. Información a los docentes
i. Información a los padres y/o apoderados del curso del estudiante que cometió suicidio
j. Comunicación del equipo directivo a la comunidad educativa
k. Informe final para casos de detección de riesgo, intento o consumación de suicidio
Informe de actuación (anexos al final del escrito)
7.16 PROTOCOLO PORTE DE ARMAS (DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO)
De acuerdo a la normativa legal, el uso de armas esta tratado en el código penal y en la ley de control de
armas cuyo texto refundido está en el decreto supremo 400 de 1978, en todo establecimiento educacional
está prohibido portar todo tipo de armas (blancas y/o de fuego), instrumentos, utensilios u objetos cortantes,
punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho
uso de ellos.
Según código penal artículo 132: define concepto de armas.
Artículo 288 bis: sanciones por uso de porte de armas corto punzantes en establecimientos educacionales y
otros.
Se considerará:
FALTA LEVE
Ingreso de armas que atenten y/o amenacen con provocar daño físico o psicológico a
miembros de la comunidad.
Portar armas corto punzantes (cartonero, compás, cuchillo, cortapluma)
PROCEDIMIENTO
1) Se conversa con alumna, requisando el objeto
2) Se deja registro de la situación ocurrida en el libro de clases.
3) Citación al apoderado.
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FALTA GRAVE
Amenazar a algún integrante de la comunidad educativa con cualquier tipo de arma, dentro del
establecimiento. (Definida “ARMA” según art. 132 del Código Penal).
PROCEDIMIENTO
1.- Docentes o asistentes de la educación, presentes al momento de la situación resguardarán seguridad
de las alumnas evitando la confrontación con agresor/a.
2.- Se informa a dirección o inspectoría general, quien dará aviso a carabinero y activará procedimientos.
3.- Inspectoría cita al apoderado de manera inmediata vía telefónica.
4.- Posteriormente se envía una segunda citación al apoderado del agresor/a para determinar solucione,
según protocolos de C.E.
FALTA GRAVISIMA
Usar arma que amenacen la integridad física de sí misma y de otros del establecimiento.
PROCEDIMIENTO
1) Docentes o asistentes de la educación, presentes al momento de la situación resguardarán
seguridad de las alumnas evitando la confrontación con agresor/a.
2) Director/a, Inspector General, Inspector o docente a cargo del liceo, activará código NEWEN.
3) Posteriormente se envía una segunda citación al apoderado del agresor/a para determinar solución,
según protocolos de C.E.
7.17 PROTOCOLO USO DE ESPACIOS COMUNES EN EL ESTABLECIMIENTO.
Se define espacio común, como toda superficie al interior de la unidad educativa en la que, cualquier
integrante de ésta puede ingresar sin necesidad de autorización previa o supervisión de la actividad a
realizar. Se entenderán como espacios comunes del Liceo, los siguientes lugares. Gimnasio,
biblioteca, comedores, patios, etc.
a) Orden y limpieza: se deberá cautelar que todas las dependencias y áreas del establecimiento
educacional, sin excepción se mantengan siempre ordenadas y limpias. No obstante, los encargados
deberán mantener limpias y ordenadas las dependencias que usan a diario, sean éstas: Gimnasio,
biblioteca, comedores, patios, pasillos, etc.
b) Aseo en las áreas de enseñanza-aprendizaje: Al finalizar cualquier actividad educativa, tanto
los(as) profesores(as) como los(as) alumnos(as) velarán por el orden y la limpieza del lugar aun
cuando se utilicen diferentes modalidades de enseñanza.
c) Se mantendrá un trato digno y respetuoso entre todos los integrantes de la comunidad educativa
que comparten y utilizan los espacios comunes.
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7.18 PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS
En caso de salidas pedagógicas, curriculares o extra programáticas:
Docente responsable de la actividad gestionará procedimiento de salidas:
Solicitar y completar, formato tipo de autorización de salidas, con los antecedentes necesarios.
Completar listado de alumnas con datos personales, para control de asistencia.
Entregar autorizaciones a las alumnas participantes con al menos 3 días de anticipación, al día
de la salida.
Recepcionar al día siguientes cada autorización verificando FIRMA DEL APODERADO.
Entregar todas las autorizaciones a inspectoría, el día anterior a la salida, para revisión de éstas.
De no cumplir los plazos establecidos por parte del docente, se anulará autorización de salida.
Inspector, el día de la salida, con listado en mano, revisará asistencia real.
Inspector autoriza finalmente salida.
En caso de no presentar autorización, la alumna no podrá salir del establecimiento (no es válido la
llamada telefónica o comunicación escrita del apoderado ni fotografía de la autorización).
Alumna asistente, no participante de la salida, desarrollará otras actividades pedagógicas, al interior
del establecimiento, a cargo de otro/a docente o asistente, que se designará en el momento.
7.19 PROTOCOLO RETIRO DE ALUMNOS DURANTE LA JORNADA DE CLASES
El protocolo de retiro de alumnos durante la jornada de clases es un documento que norma la salida de los
estudiantes entre las horas de jornada escolar en el Colegio. La normativa es una necesidad que garantiza la
seguridad a los estudiantes, a los padres y apoderados y está en concordancia con normativa vigente,
reglamento de convivencia escolar y reglamento de promoción y evaluación escolar.
ALCANCES GENERALES:
Sólo el apoderado titular, apoderado suplente, tercer apoderado o apoderado designado podrá
realizar retiro de su pupila durante la jornada de clases, de manera personal y presencial.
Se realizará verificación de antecedentes del apoderado, que retira, mediante comparación de datos
registrados en FICHA INDIVIDUAL DE MATRÍCULA del alumno/a.
En el caso que no existiera formalmente un apoderado suplente informado, excepcionalmente el
apoderado podrá solicitar retiro de su hija, vía telefónica, explicando la situación.
Apoderado/ deberá enviar “poder simple de autorización de retiro” completando
nombre completo y RUT de quién autoriza y de quien retirará al alumno, fecha y
firma.
Ningún alumno/a será autorizado para retirarse del colegio vía llamada telefónica o comunicación
escrita.
El apoderado sólo podrá retirar a su pupilo/a, durante la jornada de clases, por razones de fuerza
mayor, tales como:
Asistencia a médico.
Fallecimiento de un familiar directo.
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Estudiantes que son madres, por enfermedad o control de salud de sus hijos.
También podrán ser retirados las estudiantes que durante la jornada de clases presenten síntomas de
alguna enfermedad, incontinencia, accidente, caídas, vómitos u otra situación que requiera atención de
su apoderado y/o médico.
Se sugiere evitar el retiro de alumnos/as por trámites personales u otros motivos de menor relevancia
(reemplazo en el cuidado de los niños, compras u otras funciones domésticas…) que sean informados
por los apoderados.
En el caso que la alumna tenga citaciones a control de salud, matrona, dentista, tribunales, salud
mental…durante la jornada de clases, el apoderado firmará autorización tipo de salida, por única vez.
La alumna presentará carnet de citación para respaldar hora de salida y hora de regreso a clases.
PROCEDIMIENTO DE RETIRO DE ALUMNOS/AS DURANTE JORNADA DE CLASES.
El apoderado titular o suplente solicita retiro de la alumna/o
Apoderado deberá identificarse frente a secretaria.
Secretaria en libro “Registro de Salida de Alumnos” completará antecedentes.
Apoderado firma en el libro de registro de retiros.
Secretaria informa a inspector o asistente de apoyo para entregar pase de retiro, al docente o
asistente con quien se encuentre la alumna.
Inspector hará entrega de alumna al apoderado.
7.20 PROTOCOLO SITUACIONES EXCEPCIONALES DE RETIRO DE ESTUDIANTES EN JORNADAS DE CLASES
Cuando el apoderado solicite reducción horaria de jornada, sugerida por especialista externo, deberá
presentar documentación que respalde su petitorio. UTP en conjunto con profesor/a jefe entregarán
antecedentes a Dirección, para establecer acuerdos beneficiosos para el alumno/a. Se informará al
apoderado sobre resolución dictada.
El documento de “AUTORIZACIÓN DE REDUCCIÓN HORARIA DE JORNADA” contendrá el nombre
del apoderado (titular, suplente o tercer apoderado) RUT, Nombre alumna, curso, fecha de firma,
firma.
En el caso que la estudiante participe en actividades de representación del Colegio, en: actos de
premiación de concursos, debates, talleres científicos, artísticos, deportivos...y sea el apoderado
quien lo acompañe, éste firmará libro de registro de salidas.
Este protocolo podrá tener modificaciones dependiendo de las necesidades del Colegio, las
que serán oportunamente informadas.
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7.21 PROTOCOLO DE CAMBIO DE ROPA (MUDA) PARA ESTUDIANTES DE EDUCACION PARVULARIA
O DE PRIMER CICLO BÁSICO.
Los párvulos que se matriculan en el establecimiento de preferencia deberían controlar el esfínter
(sin pañales), en caso de no ser así se implementará el siguiente protocolo:
1. El apoderado(a) solicitará activación de protocolo, respaldando necesidad con documentación de
especialista.
2. Apoderado en conjunto con educadora definirán acciones y tiempo de aplicación, para desarrollar
capacidad de control de esfínter. (3 meses de adaptación)
3. Apoderado firmará carta compromiso para reforzar y estimular la autonomía y control del esfínter de
su pupilo/a, desde su hogar.
4. Apoderado firmará autorización de muda de pañales, en la que constará que educadora de párvulos
o asistente de párvulos serán las responsables de dicha acción. Además de enviar elementos
necesarios.
5. En el caso de exceder el tiempo acordado, se solicitará reevaluación y certificación de especialista.
6. En el caso que el apoderado rehúse firmar autorización de muda de pañales, deberá firmar carta
compromiso que manifieste asistencia de éste al establecimiento para atender personalmente a su
hija/o.
7. La educadora del niño/a informará a través de la agenda o cuaderno que el estudiante de párvulos
necesitó un cambio de muda.
7.22 PROTOCOLO DE ACUERDOS, EN CASOS EXCEPCIONALES DE CONTROL DE ESFÍNTER U
OTRAS SITUACIONES EMERGENTES.
En ciertas situaciones las alumnas podrían presentar conductas como consecuencia de hechos
complejos vividos por ellas, los que pueden alterar su comportamiento habitual. Dichas situaciones
presentadas de manera esporádica, excepcional como: cistitis, shocks emocionales, vómitos,
hemorragias u otras.
PROCEDIMIENTO EN OTRAS SITUACIONES DE INCONTINENCIA.
1. Llamar al apoderado de manera inmediata.
2. Informar a Inspectoría General para dejar constancia del hecho e insistir en llamado telefónico.
3. Si el apoderado no pudiera concurrir de manera inmediata, él o la alumna permanecerá en
inspectoría, para su resguardo hasta que el apoderado llegue.
4. En caso que la alumna porte muda extra, será acompañada al baño por profesora, educadora o
asistente, la misma alumna realizará auto atención.
Nota: Manual en constante actualización, por lo que cualquier modificación se comunicará formalmente vía
memorándum en reuniones de apoderados, entrevistas, ficheros o enviadas individualmente al hogar.