Download - RECIRCULACION FISICA
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1. OBJETIVO Fijar las condiciones de trabajo para el tratamiento y monitoreo de residuos lquidos contaminados en el Campo La Vertiente, enmarcados en la ley 133 de medio ambiente y en concordancia con el Reglamento Ambiental del Sector de Hidrocarburos (RASH) a fin de prevenir accidentes e impactos ambientales propios de la actividad. 2. ALCANCE Realizar el tratamiento y monitoreo de residuos lquidos contaminados con: hidrocarburos, aminas, glicoles y productos qumicos obsoletos en base amina. 3. RESPONSABILIDADES
El Sub Gerente de Medio Ambiente es el responsable de elaborar este procedimiento. El Coordinador de C-SSMA es el responsable de revisar este procedimiento. El Gerente General de SESIGA BUHOS S.A. es el responsable de aprobar este
procedimiento. Es responsabilidad del Encargado del Campo La Vertiente divulgar este procedimiento y
capacitar al personal de SESIGA BUHOS S.A. Es responsabilidad del Supervisor de Medio Ambiente controlar y verificar el cumplimiento
de este procedimiento. 4. DESCRIPCIN DE ACTIVIDADES
4.1. OPERACIONES DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS LQUIDOS Las siguientes operaciones deben efectuarse para el tratamiento de residuos Lquidos:
- OXIGENACION: Se realiza extrayendo los lquidos mediante una moto bomba del fondo de
la pileta y reinyectndola a la misma pileta mediante monitores o difusores con el objeto de separar la fase liquida liquida (Hidrocarburo agua) y que el agua tome el oxigeno atmosfrico.
- DECANTACION: En un tiempo de retencin no menor a 5 horas, al termino del cual se
debe presenciar la separacin fsica de las fases liquida liquida. - REUTILIZACION POR ASPERSION: El agua oxigenada en la pileta No 1 ser descolgada
(drenada) hacia la pileta No 2, para que luego a travs de una moto bomba se inserte por aspersin a las celdas que estn a mitad de su tratamiento para mantener su humedad y reutilizar dicha agua en el proceso de la aplicacin de la tcnica del Land Farming, deber ser debidamente registrado.
4.2. MONITOREO AMBIENTAL
Para el monitoreo de los lquidos contaminados es necesaria realizar un muestreo al inicio (Esta muestra ser tomada al instante de hacer la recepcin del residuo) y otro al final del tratamiento de dichos lquidos, para sus respectivos anlisis de laboratorio de los parmetros de TPH y BTEX en cumplimiento de las exigencias del RASH (Reglamento Ambiental del Sector de Hidrocarburos);
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FFeecchhaa :: 2277--0044--0099
PPggiinnaa :: 22 ddee 22
PPOOSSIIGG--001122 RREECCIIRRCCUULLAACCIINN FFSSIICCAA DDEE RREESSIIDDUUOOSS LLQQUUIIDDOOSS CCOONNTTAAMMIINNAADDOOSS
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Los resultados de laboratorio deben ser registrado en la Ficha tcnica Tratamiento de Residuos Contaminados con HCB`S (ROGI-012-01) 4.3. INTERPRETACIN DE RESULTADOS
De acuerdo al Articulo 20 de la Ley del Medio Ambiente N 1333, establece que se consideran actividades y/o factores susceptibles de degradar el medio ambiente aquellos que contaminen el aire, las aguas en todos sus testados, el suelo y subsuelo, cuando excedan los lmites permisibles.
En Concordancia con el Decreto Supremo N 26171 en su anexo 7, cuadro 7.1 que son los lmites Mximos permisibles a cuerpos de agua segn su aptitud de uso (g/l). 5. ANEXOS
Ficha tcnica Tratamiento de Residuos Contaminados con HCB`S (ROGI-012-01) Ficha tcnica Disposicin Final de Residuos Tratados (ROGI-012-02)