El problema municipal.
La encuesta que sobre el estado de cier· tos servicios públicos en Jos Municipios practicó a principios de este año el Ministerio de Hatienda, con la colabora-
ción esencial de la Sección de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Trabajo, puso de presente, con cifras realmente impresionantes, la magnitud del problema municipal en Colombia. No nos detendremos a recordar aquí los datos de esa encuesta, cuyo resumen aparece publicado en el número 4 de la Revista de Hacienda. Nos contentaremos apenas con indicar que de ellos se desprende la necesidad de intensificar, hasta un grado máximo, los esfuerzos que e l país venía realizando, con bastante desorden e irregularidad, no sólo para dotar a los centros urbanos de servicios sanitarios indispenables, como los acueductos y alcantarillodos, sino para aliviar
el estado de la población rural con un completo servicio hos-pitalario técnicamente coordinado, y con la dotación de localeA escolares higiénicos y en número su6ciente, complementando así a campaña emprendida con el mejoramiento de la vivienda campesina. Al mismo tiempo se puso de relieve la cuestión de la fuerza eléctrica, en cuya resolución venían comprometiendo muchos Distritos sus escasos haberes, con un criterio equivocado, para montar pequeñas plantas de escasa potencia, incapaces de suministrar energía suficiente a las pequeñas industrias caseras o al beneficio de productos agrícolas y que significan una injustificable dispersión de esfuerzos.
De otro lado, el estudio de las estadísticas fiscales mostró un panorama desolador, poniendo en evidencia la incapacidad de los Distrito~ para realizar la transformación que semejante estado de cosas hace cada día más urgente.
Pero, sobre todo, la encuesta demostró cómo los Departamentos se habían olvidado en su mayor parte de so función esencial de tutela de los Municipios. Sobre el particular ex· pusimos en otro sitio los siguientes conceptos:
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.. El Departamento debe, sobre todo, proveer en primer término al cumplimiento adecuado de las funciones que los Municipios no pueden cumplir por sí solos. En otras palabras, para volver sobre una frase ya dicha hace algún tiempo al comentar este mismo tema, al Departamento le corresponde sobre todo la tutela del Municipio y una misión de ayuda y coordinación en la labor de satisfacer las necesidades locales de la mejor manera posible. Si no podemos desconocer que el Municipio e~. en el 95°/ o de los casos, un menor de edad, hay que aceptar que requiere un tutor que no solamente vigile sus actos impidiéndole que perjudique sus propios intereses, sino que también le ayude efectivamente, y con su organización técnica y sus recursos cumpla las funciones que el Municipio no podría realizar por sí solo. Sin olvidar que el Departamento debe llenar también una misión de coordinación de actividades regionales absolutamente indispensable.
Desgraciaqamente, los Departamentos, en su gran mayoría, no se han preparado para cumplir su misión de tutela municipal, en lo que a la parte técnica se refiere. En ocho de los Departamentos del pais no existe ninguna oficina departamental encargada de dirigir técnicamente las obras de los ~Iunicipios, y las que e:ldsten en los otros son por lo regular bastante imperfectas ...
La deficiencia de los recursos rentísticos El sistema de auxi- municipales se tradujo durante mucho lios a los Munici- tiempo en la política de auxilios votados
pzos. por la ley e incluidos luégo, casi siem-pre fragmentariamente, en los presu·
puestos nacionales. Hoy todo el mundo está de acuerdo para reconocer los errores e inconvenientes de semejante sistema. El es, en primer lugar, caprichoso y arbitJ·ario. Los auxilios se votan sin tener en cuenta la necesaria prelación que debe observarse en la satisfacción de las necesidades seccionales. Pero además, muy pocas veces se observó en los congresos la norma que obligaba a presentar, antes de votar un au>d.lio, os presupuestos y planos completos de la obra para la cual
quería destinársele. El resultado fue, casi siempre, el de votar o apropiar partidas insuficientes, que se pagaban, si acaso se pagaban, repar tidas en varias vigencias, con Jo cual, o bien no se realizaba la obra, o se la llevaba a cabo imperfectamente, con un costo desproporcionado a su magnitud e importancia.
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Contra ese sistema se intentó r eaccionar por medio de diver~as leyes votadas en los últimos años. La Ley 65 de 1936 sobre acueductos, la 107 de 1938 sobre alcantarillados, la 126 del mismo año sobre plantas eléctricas, representan todas esfuerzos encaminados a introducir mayor orden y método en la destinación de fondos nacionales para las obras de los l\1unicipios. Pero esos estatutos, de innegable u tilidad, resultaban todavía insuficientes. Primero, porque los recursos que en desarrollo de ellos se apropiaban en el Presupuesto Nacional eran demasiado escasos, desproporcionados a la magnitud del problema. Y segundo, porque, sobre todo las dos primeras de entre las leyes ci tadas, no daban base para el estudio y desarrollo de planes de conj unto que atendieran a ]a satisfa cción de las nece8idades de una sección, otor~nndo la debida prelación a las más considerables y urgentes. Era, pues, indi~pensable reformarlas, para que el criterio que lac¡ in~pir6 pudiera tradurir,..c rápidamente en resultado3 apreciables, y para que la camp<tña de tran~formadón de los DiHrito:s adquiriera toda la intensidad que rl!clama el e'taflo l.:mL ntabJc en que ~e encuentran lo::. servicios más íntimamente ' ineulado:o; con la :::alud y el bicne--tar de lo~ bab it:..:u te~.
El problema tiene dos a~pectos bac;tante definido~. , 1 económi•·o y el técnico. De un lado está la ~: uc-:- tiém de Jos recur3o:5. que deben ser abundante-., dudos la natur.1leza y el n.-.rn ero de las obras por realizar. De otro, la de montar una organizacitm técnica adecuada, que asc~urc le.~ inversión económiru <.le los fondos y la técnica c r1 lu realiznciém de los tr::~hajos . .Junto a esos dos <! Spectos del u~uuto' rcsalt:l también la conveniencia de asegurar, dentro cJel sistema C[LlC se csroja, lu fonuc.J~ión de planes de conjunto, que se vayan dcs.,rrollando gradualmente y en el orden que indique la süuación peculiar de las diferentes regiones. Esos fueron los puntos que el Decreto 503 de 1940 se propuso re:olvcr.
Los recursos para el Fomento 1ll uni
cipal.
La reorganización rentística de los ~Iunicipios colombiauos debe llevarse a cabo en lo futuro sobre la base del impuesto a la propiedad inmueble, tal como acontece en otras partes y como lo recomen
dó para nuestro país, en un estudio intel igente, la misión Kemmerer. Pero esa es una obra len ta y dP. compleja realización. Entre tanto, y ante la imposibilidad de crear nuevos
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impuestos, era preciso pensar en destinar para el fomen to de los Distritos una parte de Jos actuales recursos dd Erario Nacional y de los departamentales. Algunos sugirieron entonces la cesión de algunas rentas a los Municipios. P ero esta fórmula es en nuestro entender equivocada, porque e l producto de las rentas cedidas, distribuído entre los Municipios, según el lugar del reca1.1do, o bien se fraccionaría en forma inconveniente no bastando a cada uno para satisfacer cumplidamente ninguna necesidad importante, o bien se concentraría en unas pocas poblaciones, dejando de lado a los Distritos más pobres y que, de consiguiente, necesitan más de la ayuda de las restantes entidades públicas. Así, por ejemplo, laE rentas de la Ley 12 de 1932, que e l Gobierno destinó al Fondo de Fomento, de haber sido cedidas pura y llanamente a los Municipios, habrían venido a ser recaudadas en su 90% por seis o siete ciudades importantes. Departamentos enteros habrían sido excluídos de todo beneficio, como tuvimos ocasión de mostrarlo en la Comisión de Hacienda de la honorable Cámara, cuando se discutió el proyecto de ley sobre estas mismas materias que tuvimos el honor de presentar en las pasadas sesiones del Congreso y que es el origen de la organización adoptada posteriormente en el Decreto 503.
No se podrían disgregar los fondoA disponibles, repartiéndotos en pequeñas porciones, sino que todo indicaba, por el contrario, la conveniencia de concentrarlos en un organismo único, que permitiera ir invirtiéndolos adecuadamente, r ealizando obras completas y en orden de urgencia y necesidad. Esa concentración presenta además la ventaja de permitir financiaciones de mayor alcance, por la apelación al crédito público, lo que significa a su vez la posibilidad de acelerar el proceso de transformación municipal.
Los organismos técnicos.
Comprobado el hecho de que la mayor parte de los Departamentos carecían de oficinas técnicas capaces de planear y dirigir las obras municipales, era preciso
eonser var un cierto control de los organismos nacionales, mejor preparados para cumplir estas funciones. Pero ello, no con carácter definitivo sino transitorio, mientras los Departamento~, estimulados por el Gobierno central, se habilitaban para cumplir su misión tutelar de los Distritos. En efecto, el futuro de esta organización debe ser el descentralismo. A la satis-
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facción de las necesidades estrictamente locales, deben acudir las autoridades locales, porque ~ éstas están más compenetradas con las características de los problemas que tienen inmediatamente ante sí y con las peculiaridades de cada comarca. Por buena que sea una organización centrali ta, por dinámicos que resulten sus propulsores, por grande que sea el interés que éstos pongan en todos y cada uno de los problemas que les están encomendados, nunca podrá aquélla igua lar los resultados de 1 ~ acción local estimulada por la visión constante del problema. Bien entendido que ese desceotr:.tlismo no excluye, sino antes reclama, la oportuna asesoría técnica y un cierto control científico y administrativo.
Que el rlesarroHo de ]a acción ser.cional es perfectamente posib le, lo demuestra el h echo de que, apenas corridas unas poca$ ~emana3 desde la expedición del Decreto 503, todos los Departamentos se apresuraron a tomar, en mayor o menor grado, medidas encaminadas a crear oficina .., y fond os de fomento municipal. Es éste, quizá. uno de los re~ultados más halagüefios de la campaña emprenrlirla por el Gobierno y e l que confirma con mayor eridencia el acierto de su orientación. Las :\..;ambleas departamentales, sin Pxcepción a l!!una, volvieron en su~ sc-ionc;) de e~te año su;; ojo" a Jo.; ,\lun idpios~ y lo hicieron yn con criterio nuevo, acPptam.lo la necesidad de planes df• conjunto, :;iguiendo en sus línea:; e:-enciales el rumbo trazado por el Gobierno ~aciooal. Claro que todavía los or aoismos departamentales que apenas comienzan a fun cionar, adolecen de defectos y no tienen la ~uficientc cxperieocia técnica. Pero todo ell o se remediará con el tiempo. Lo im¡JOrtaote es no dejar que ese entusiasmo de la~ seccit>nea dccai_,¡a para voJver a ceder el paso a la vieja indolencia. ú ese espíritu perezoso que todo lo espera del Gobierno central y que se siente autorizado para renunciar al propio esfurrzo y a la directa responsabilidad. Qué error tremendo se comete cuando ~e cree poder reemplazar la fuerza, a ,·cccs la tente pero no por ello extinguida, del interés local~ por el impubo cxdusivo de los poderes directivos. Y en Colombia e:-laruos <Hlopt•t udo con de · masiada frecuencia e5a orientación equivocada. Creemos que la inteligencia o la energía de un funcionario, transitoriamente aplicadas a una rama de la admini:,tración, sólo pueden dar pleno fruto concentrando en sus manos todos los poderes y todos los medios de actuar, sin comprender que a~í estamos es-
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terilizando la iniciativa y el entusiasmo secciona les y reem pla zando fuerzas múltiples, que obran al mismo tiempo, por un solo dinamo cuya energía se pierde o debilita con el tiempo, o no alcanza a transmitirse intensamente a las regioneE apartadas, al través de organismos complejos, pesados, y cuya competencia es por lo menos tan discutible como la de las orgamzactones locales.
Lo primero que caracteriza la organizaLa organización ción del Fondo de Fomento Municipal del Fondo de Fo- es la asignación que en su favor se ha mento Jll unicipal. hecho de ciertas rentas especiales, fijas
unas, eventuales otras. Son las primeras:
u) El producto de los impuestos establecirlos por la Ley 12 de 1932. Como se recordará, estos impuestos estaban destinados al servicio del denominado EmprésLiLo Patriótico de Ja Defensa Nacional. Desde el mes de mayo del presente año están ingresando al Fondo, por haberse terminado ya la amortización de dicho emprésti to.
b) Las utilidadts que corresponden al Estado como accionista del Ban~o de la República.
e) El producto de los impuestos de grasas y lubricantes y de primas de seguros.
Eventualmente, eEtos ingresos ordinarios del Fondo se pueden aumentar:
1.° Con el 20 por 100 de cualquier suma q ue se liquide como superávit fiscal en cada "igencia.
:2.o Con las sumas que se incluyan en el Presupuesto Nacional ordinario con destino al Fondo.
:to Con el monto de los intereses y reembolsos de las sumas que el Fondo otorgue en préstamo.
~1. o Con el producto de las operaciones de crédito que se celebren por el Fondo.
5.° Con las sumas que los Departamentos, Intendencias, Co11isaríae y .Municipios consignen como apor te para la ejecución de obras, cuando de die ha ejecución haya de encargarse el Gobierno Nacional.
El manejo financiero del Fondo corresponde al l\linisterio de Hacienda y Crédito Público, y la respectiva ofici na funciona anexa a la Sección de Presupuesto y Contabil idad.
Antiguamente~ los contra tos sobre construcción de obras mu-
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nicipales que celebrara el Gobierno con los Departamentos o .1\lunicipios tenían que ir al Consejo de Ministros. De acuerdo con el Decreto 503, de ellos conoce ahora una Junta integrada por los Ministros de Hacienda, Obras Públicas, Educación, Economía y Trabajo, Higiene y Previsión Social. La misma Junta estudia los planes de conjunto que se someten a su consideración y autoriza las operaciones lina•.1cieras que proponga el 'finhterio de Hacienda, sin pcrj uicio del concepto que, en ma teria de empréstitos, debe solicitarse de la Junta Nacional del Ramo designada por el Congreso.
Se pueden celebrar operaciones de crédito interno, o exlel·no, a corto o a largo plazo, con :¡araotía de los recursos propios del Fondo.
De con formidad con el artículo 12 del Decreto, la nueva organización tiene por objeto fa cilitar a los Departam entos, Inten rle ucias. Comisarías y Municipios, la realización de las &iguientcs obras:
Acued ucto~. Alcantariliados. Local~~ escolares para la enseñanza pnmarta. TI tJ:.-pi ta l c!:i P lantas eléctricas.
El apoyo del Fondo se presta por dos medios distintos: la ~ubven ció n y Jos pré3tamos que es posible otorgar a las entidades interesadas a un interés no mayor del 4% anual.
Las subven ciones se gradúan por lo {!cncral de acuerdo con la población de los centros urbanos, en lo que respecta a acueductos y alcantarillados. Pero no pueden exceder el 60% del costo de las obras, ni pasar de $ 150.000 para los acueductos y de $ 120.000 para los a lcantarillados. Las subvenciones a lus plantas eléctricas continúan rigiéndose pnr las normas de la Ley 126 de 1938. Para los locales escolares o los bospitale las reglas establecidas son más elásticas, pero las subYencioncs se condicionan a la formación y aprobación de planes de conjunto para cuya formación deben contribuír también los D epartamentos y en ocasiones los Municipios.
Además de la subvención, se pueden hacer préstamos hasta por una cantidad equivalente al 50% del monto de la subvención, en el caso de los acueductos y alcantari1lados. También se pueden hacer adelantos para los estudios, planos y presupuestos.
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Prevé el artículo 30 del Decreto que la destinación de los recursos disponibles entre las distintas clases de obras se hará acordando planes que respondan de la mejor manera a las necesidades peculiares de cada sección, oyendo el concepto de los Gobernadores, Intendentes y Comisarios. En la práctica, los funcionarios citados están presentando a la Junta Directiva del Fondo los respectivos planes de conjunto, los que, una vez aprobados en principio, se ponen en ejecución en la forma que se acuerde con los Ministerio3 interesados.
Prospecto de . . znverswnes.
El Fondo de Fomento proyecta invertir, en el curso de este año y del entrante, la cantidad de $ 7.300.000. Es posible que las entradas fijas no alcancen a com
pletar totalmente esta suma, en cuyo caso se harán las operaciones de crédito necesarias. De conformidad con las normas del Decreto, se ha señalado un cupo a cada Departamento, Intendencia o Comisaría, dentro del cual se podrán conceder a esas entidades o a Jos Municipios de su jurisdicción subvenciones y prestamos. La cuantía de los correspondientes cupos está indicada en el cuadro siguiente:
ENTIDAD
Ciudad de Bogotá .................... ................ ................ $ Anttoqwa ........................................................................ .. Atlántico ....................................................................... .. Bolívar ............................................................................ . Boyacá ............................................................................ . Caldas ......................... .. ........ ............................................. . Cauca ....................................................... .. ..................... .. Cundina marca ............... ............ ..................................... .. Huila ........................................ ........................................ .. Magdalena ................ ............. ........ ........ ........................... . Nariño ............................................................................. .. Santander del Norte ...................................... ............. .. Santander del Sur ...................................................... . ·ro lima ......... ............................................................... .. ... . Valle del Canea ................ .. ........................................... .. Intendencia del Amazonas ................................. .. ...... .. Intendencia del Chocó ............. .. ........ .. .. .. .................. .. Intendencia del Meta ................................ ................. . Intendencia de San Andrés ............... .. .......... .. .. .. .... ..
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Cupo partt 19J0-1941
1.095.000 00 782.351 22 236.718 27 531.296 92 514.796 98 534.126 40 288.681 42 578.196 79 206.045 70 280.545 44 353.804 14 282.833 83 442.654 77 402.386 80 441.185 43
7.187 58 124.654 80 57.922 58 7.318 98
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ENTIDAD
Comisaría de Arauca .................................................... . Comisaría del Caquetá .... .. .. ..................... .. .. ............... . Comisaría de La Goajira ............................................ .. Comisaría del Putomayo .................... ....................... . Comisaría del Vaupés .................................... .. .......... .. Comisaría del Vichada ......................................... .. ...... .
Cupo para 1940-1911
12.507 82 23.438 84 59.864 38 17.583 51 8.707 4.4
10.190 07
Total.. ......................................... $ 7.300.000 00
Respecto del Municipio de Bogotá, el Decreto extraordinario número 1350 de 1940 (julio 12) dispuso que el cupo asignado a esta ciudad se destine en primer término a adelantar las siguientes obras: continuación hacia el Sur de la Avenida Caracas; ampliación de la Plaza de Nariño; arreglo de 19 Avenida Jiménez de Quesada y pavimentación de la ciudad. Estas destinaciones especiales se justi fican ampliamente si se toma en consideración la necesidad en que Bogo· tá se encuentra de terminar aquellas obras antes de la reunión de la próxima Conferencia Panamericana. Pero como el cupo que corresponde a la capital en los dos ai'ios no bastaría para realizarlas, se emitirán por e l Fondo bonos de deuda interna cuyo servicio correrá a cargo del mismo cupo.
Contrato con el Banco de la
República.
Por contrato de '27 de marzo de 1940, el Banco de la República se obligó a atender el servicio de intereses y amortización de los empréstitos a corto o a largo plazo que en cualquier forma tome el
Gobierno para el Fondo de Fomento Municipal, en las condiciones que el mismo instrumento estipula. Para tal efecto, el Gobierno en tregará al Banco el producto de las rentas destinadas de manera permanente al Fondo, o sean las de la Ley 12, las utilidades en el Banco de la República y los impuestos sobre grasas y lubricantes y primas de seguros. El Banco atiende el servicio de las deudas del Fondo y consigna los sobrantes en la Tesorería. Se estipula que los r ecursos de que acaba de hablarse no podrán limitarse en forma alguna, ni destinarse a otros fines de los previstos en el Decreto 503 de 19·10, mientras esté pendiente el pago de alguna deuda del Fondo de Fomento Municipal cayo servicio de amortizaci9n e intereses hubiere asumido el Banco de la República.
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Esta organización garantiza plenamente la estabilidad del Fondo y da a sus operaciones un absoluto respaldo. Puede, pu es, tenerse la seguridad de que los bonos que llegue a e mitir tendrán amplia acogida en el mercado de valores, facili tándose asi una labor más intensa ele la que pudiera conseguirse con la simple aplicación de las en tradas propias de cada año. En estos momentos en que el presupuesto ordinario se ve reducido por efectos de l a crisis, la posibilidad de mantener un gran volumen de obras públicas por la aplicación de recursos extraordinarios fruto de Jos empréstitos del Fondo, represent a una ventaja en extremo apreciable. Hasta el momento, como ya se dijo atrás, sólo se ha trazado un plan que contempla la inversión de $ 7.300.000 en dos años; pero si las condicion es del mercado lo permiten y la or~anización técnica se muestra capaz de acometer la realización de un prospecto más extenso, podrá pensarse en aumentar considerablemente esa cifra.
Las entradas del Fondo en el presente Entradas en el año son naturalmente inferiores a aqu e-presente año. Has de que gozará en las venideras vi-
~encias. Ello se debe en primer término a que el presupuesto ordinario había computado ya como ingresos comunes las utilidades del Gobiern o derivadas de las acciones en el Banco de la República y los impuestos sobr e ~sas lubricantes y primas de seguros. No era posible trasladar esos renglones al presupuesto extraordinario del Fondo, sin producir un desequilibrio, a m enos de que se contracreditara simultáneamente una cantidad igual de las apropiaciones ordinarias. Esta última solución no pudo lograrse sino parcialmente y, de consiguiente, se optó por conservar, durante esta vigen cia, las rentas citadas en el presupuesto ordinario. En cambio, se abrió en ese mismo presupuesto una apropiaci ón con destino al Fon do, por la cantidad total de $ 452.000, la cua l se formó con los traslados de cier tas partidas que fi guraban en los presu puestos de Obras P úblicas, Economía N acional y Educación para obras de la misma naturaleza de las que corresponde fin an ciar al Fondo de Fomento.
Por Decreto número 1195 de 1940 se apropió también en el Presupuesto ordinar io, con deatino al Fondo, la cantidad de -$ 208.733.62 que equivale al 10% del superávit fiscal liquidado en la vigencia de 1939 y que no hahia sido distribuído d e ...
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antemano por el Congreso. El Decreto 503 dispone que en los años siguientes se apropie el 20% del superávit; pero el por· centaje se fijó menor para el presente año, en atención a las gr avés circunstancias fiscales del momento.
Por último, ingresan al Fondo los productos de las rentas de la Ley 12. a partir del momento en que quedó totalmente amortiz<1do el empréstito patriótico, es decir, en 10 de mayo del corriente año. En 10 de junio se abonaron por este concepto S 93.240.36 y en el mes de julio (entradas de junio), $ 2~5.4:~5.17. De las apropiaciones abiertaa en el Presupuesto ordinario enumeradas arriba, se ha ~irado a favor del Fondo la ca ntidad de $ 204.295.60, con lo cual Jos it1~resos efectivos de éste, basta fines de julio, suben ya a $ 532.971.13.
Ha t:l ahora comienzan a efectuarse los primeros desembolso~. por r<IZÓD rle las sumas des tinadas a los estudios de la Central Hidroeléctrica de Tota y a la construcció n de acueductos t· n el Departamento de Caldas.
La mayor parte de los D epartamentos ha /Jesarrollo de [a, presentado ~a los planes de inYer;,iones
operacwne~. en las di:=~tintas obra~. algu nos de los cua-les han !'ido uprobaelos y otros se encuen
tr.m en c-tudio. Sin entrar a hacer una enumeración derna ~ i ado pn>l ija. nos referiremos a las operaciones más iruporLautr. ·:
a ) .\\·ueductos de las capitales ele los 0Pparlarnentos.
Para el acued ucto de 1\Ianizales se celebró uo contrato que estipula un aporte del Fondo por valor de $ 150.000. El costo tota l de la obra es de S 600.000, y aparte de la subvenciún nacional, el Departamento invertirá $ 150.000, y el lVI unicipio $ 300.000. El Fondo cubrirá S 50.000 al iniciarse la vigencia de 1941; $ 50.000 cuando se haya invertido el SO o/o del monto de los aportes del Departamento y del Municipio, y los $ 50.000 restantes cuando las inversiones de ]as mencionadas entidade3 alcancen las cuatro quinta., partes de lo que deben gastar en total.
La planta de purificación del acueducto ele .Medellín tiene un presupuesto de S 569.451.2.3. Para llevarla a cabo se decretó un aporte del Fondo por S 150.000 pagaderos en quince con tado~ mensuales de S 10.000 cada uno, que se comenzarán a girar tan pronto como quede definitivamente perfeccionado
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el contrato, cuya póliza se halla al estudio del Municipio. Este invertirá de eus propios fondos el saldo que falta para comple· tar el valor presupuesto.
Para el ensanche del acueducto de Cali, el Fondo contri· huirá con la suma de $ 128.000.40, pagadera en doce cuotas mensuales de $ 10.666.71 cada una. El contrato respectivo se encuentra a la aprobación del honorable Concejo Municipal de esa ciudad.
b) Planes de conjunto. La Junta Directiva del Fondo ha aprobado en principio los
planes de conjunto correspondientes a varias seccionf!S del país, para que los Ministerios de los respectivos ramos proce· dan a celebrar los contratos correspondientes a las obras. Para la Intendencia del Meta, tal plan comprende: el acue· dueto de Vi1lavicencio, la ampliación del hospital de la mis· ma ciudad, construcciones escolares, el alcantarillado de Restrepo y la planta eléctrica de San Martín. La Intendencia y los Municipios aportan $ 26.300 para completar la suma total qne debe invertirse en este bienio.
También fue aprobado en principio el plan del Departa· mento del Magdalena. Se prevé la inversión de $ 504.000, de los.cuales corresponde a las subvenciones del Fondo $ 280.000; $ 100.000 al Departamento y $ 123.000 a los l.lunicipios.
La distribución por obras es la siguiente:
Escuelas ............................................. $ Hospitales ........................ ... .. .............. . Acueductos ................................. ....... . Plantas eléctricas ................ ............. ..
99.000 45.000
188.000 172.000
El Departamento de Bolívar ha solicitado una subvención de $ 100.000 para el desarrollo de un plan hospitalario ya aprobado por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Para el Departamento de Boyacá se han aprobado en principio apor tes por $ 126.773.54 para acueductos, $ 19.595 para alcantarillados, $ 104.000 para escuelas y $ 9.631.46 para el estudio de obras. El Departamento y los Municipios invertirán una cantidad sensiblemente igual a la que aporta el Fondo Se ha p rocedido ya a la celebración de varios contratos relativos a las obras comprendidas por el plan, para los acueductos de Pesca, Chita, Boavita, Samacá y Chinavita. Dichos-
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contratos están actualmente a la aprobación de la Junta de Gobierno Departamental.
Dentro del plan de inversiones en Boyacá fueron también incluidos los estudios de la centra l hidroeléctrica del lago tle Tota, para los cuales destinó e l Fondo $ ·tO.OOO y que actualmente se están IJevando a cabo.
E l plan del Departamento de Santander contempla inversiones por valor de $ 820.454.77. El Fondo aporta $ 442.654.77; $ 247.800 el Departamento y $ 130.000 los 1\iunicipios. Quedan comprendidos los alcantarillados de Bucaramanga, Málaga, P uente Nacional, Vélez y Zapatoca; los acueductos del Socorro, Piedecuesta, Floridablanca, Oiba, San Gil, Ríonegro y Mogotes; los hospitales de Bucaramanga y Ríonegro (mejoras); y cien locales escolares. Hay ya contratos celebrados para el alcantarillado de un sector de Bucaramanga, y para otros de los de Vélez. Málaga y Puente Nacional. Se con trataron también \'arias obras de ensanche y ampliación del Hospital de San Juan de Dios, de Bucaramanga.
Los Departamentos de Cundinamar ca, Tolima y Nariño han sometido también planes de conjunto a la consideración del Fonrlo.
e) Contratos especiales. El Departamento de Caldas está adelantando uD vasto plan
de con3truccióD de acueductos. Para facilitarlo, la Junta Directiva aprobó uD contrato de financiación por valor de $ 384.126.40, que comenzaron a pagarse en el presente mes de agosto.
Con la Cooperativa de A1unicipa lidades de An tioquia se celebró otro contrato, a virtud del cual esta entidad asume con respecto al Fondo la representación de los Municipios cooperados, hace a nombre de ellos las respectivas solicitudes y garantiza los préstam os.
d ) Otras obras subvencionadas. Se contrataron varios trabajos del acueducto de Pamplona,
con aporte por parte del Fondo de $ 146.000 y aportes departamental y municipal por $ 98.796. Igualmente se han contratado obras para los Municipios de Mutiscua, Cácota, Laha· teca, Toledo y Cbitagá en el mismo Departamento del Norte de Santander.
La planta de aguas negras de la población de Armero contará con una subvención de $ 15.000. Para la población del Car-
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meo, en el Chocó, se ha celebrado un contrato referente a la construcción de la primera etapa del acueducto.
Aprobados se encuentran igualmente el aporte de $ 42.000 para la planta eléctrica de Sevilla y de $ 13.000 para la de Caramanta.
Como puede apreciarse por la rápida enumeración de las operaciones ya formalizadas o a punto de formalizarse, el Fondo de F omento l\l unicipal está adquiriendo un movimiento realmente extraordinario. Debemos indicar además que hay en la actualidad muchas solicitudes pendientes de estudio por la Junta Directiva. Era natural que en un principio se presentaran ciertas dificultades en la tramitación dP. los asuntos; pero ellas se están eliminando rápidamente. Pasado el período en que el ejercicio de las facultades extraordinarias y la realizadón de las fundamentales reformas que dicho ejercicio trajo consigo embargaron buena parte de la atención del Gobierno, se entra ahora en una etapa de acción cuyos resultados podrán apreciarse muy pronto.
La Sección de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social ha quedado encargada de todo lo relacionado con acueductos, alcantarillados y hospitales. Dicha Sección, a cargo de personal muy competente, está trabajando con una actividad digna de todo encomio. Por su parte, las autoridades departamentales se han dado cuenta exacta de la trascendencia de la campaña emprendida y están dando desarrollo a las recientes ordenanzas que crearon o modificaron los oficinas de obras municipales en los Departamentos o establecieron fondos especinle5 para financiar, junto con el Fondo Nacional, la realización de las obras. De todas maneras, los resultados obtenidos en los pocos meses que lleva de vigencia la iniciativa del Gobierno, son en extremo alentadores y justifican las esperanzas que el Ejecutivo Nacional ha abrigado acerca de los beneficios que para los Municipios del país se derivarán de las reformas que consagró el Decre· to 503.
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