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PROTOCOLOS DE OPERACIÓN
FRENTE AL COVID-19
VERSIÓN 1
TÍTULOS MINEROS No 16032, 13441,14207,14083
COOPERATIVA DEL DISTRITO MINERO DE LA LLANADA LTDA ABRIL DE 2020
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TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVOS 5
PRINCIPALES 5 ESPECIFICOS 5
2. ALCANCE 5
3. GENERALIDADES 6
4. MARCO LEGAL 6
5. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 6
6. RESPONSABILIDADES 7 TITULAR MINERO (COODMILLA LTDA.) 7 OPERADORES DE CONTRATOS DE ASOCIACIÓN Y OPERACIÓN MINERA 8 ÁREA DE HIGIENE Y SEGURIDAD MINERA 8 TRABAJADORES, CONTRATISTAS Y VISITANTES 8
7. ACCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTOS 8
8. DATOS DE CONTACTO 9
9. CLASIFICACIÓN DE LA POBLACIÓN 10 RIESGO MEDIO DE EXPOSICIÓN 10 RIESGO BAJO DE EXPOSICIÓN 10 POBLACIÓN CON MITIGACIÓN DE EXPOSICIÓN 11
10. VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA PARA EL INGRESO A LOS TÍTULOS MINEROS 11
11. CRITERIOS PARA ACEPTAR EL INGRESO DE PERSONAL 11
12. ETAPAS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE OPERACIONES 12
13. AUTORIZACIÓN DE UPMs PARA LA EXPLOTACIÓN MINERA 14
14. CAPACITACIONES Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN. 15
15. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL 17
16. MEDIDAS DE SEGURIDAD A IMPLEMENTAR EN LAS OPERACIONES MINERAS 19 16.1 MEDIDAS GENERALES PARA EL TITULAR Y LOS OPERADORES MINEROS. 19
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16.2 MEDIDAS GENERALES PARA TRABAJADORES Y CONTRATISTAS. 20 16.3 REUNIONES PRESENCIALES 23 16.4 LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 23 16.5 MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSO O BIOLÓGICOS 26 16.6 REPORTE DIARIO DEL ESTADO DE SALUD 28 16.7 BITÁCORA DE RECORRIDOS 29 16.8 MEDIDAS AL SALIR Y LLEGAR A CASA 29 16.9 INGRESO Y SALIDA DE LOS TÍTULOS MINEROS. 30
Autorización 30 Horarios de ingreso y salida 30 Registro del estado de salud y medición de temperatura 31 Puntos de desinfección 31 Salida 31
16.10 TRANSPORTE DENTRO Y FUERA DE LOS TÍTULOS MINEROS 32 Medidas generales para todos los medios de Transporte. 32 Transporte del Empleador 33 Transporte del Trabajador 33 Transporte de Minerales en Vehículos de Carga 34 Transporte de Minerales en Animales de Carga 34 Desplazamiento por Caminos 34 Transporte en casos de Emergencias Mineras 34
16.11 ALIMENTACIÓN EN LOS TÍTULOS MINEROS. 34 16.12 OPERACIONES MINERAS. 35
Operador Minero 35 Jefes de Mina 36 Auxiliares de Labores Mineras 36 Operador de Arranque 36 Malacatero 36 Operador de Compresor 36
16.13. CAMPAMENTOS MINEROS. 37 16.14. EMERGENCIAS MINERAS. 37
17. PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE POSIBLES CASOS PARA COVID 19. 38 CASO No 1. 38 CASO No 2. 38 CASO No 3. 39
18. BIBLIOGRAFÍA Y CIBERGRAFÍA 40
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INTRODUCCIÓN De acuerdo a lo exigido por el Ministerio de Minas y Energía para que los Titulares Mineros puedan continuar sus labores gracias a la medida de excepción al aislamiento preventivo obligatorio del decreto 593 de 24 de abril de 2020 emitido por el Ministerio del Interior, COODMILLA LTDA ha elaborado la versión No 1 del Protocolo de Operación, contemplando todas las actividades básicas dentro de los títulos mineros 16032, 13441, 14207 y 14083. Debido a la vulnerabilidad constante que los mineros soportan por su ambiente de trabajo, el cual afecta principalmente el sistema respiratorio y sumado a ello, el riesgo de contagio del COVID-19, la dirección de COODMILLA LTDA ha optado por priorizar la vida de nuestros asociados, sus trabajadores, sus familias y la comunidad en general, puesto que en caso de contagios en el Municipio de La Llanada los mineros por su condición física es la población más propensa a sufrir las consecuencias del virus SARS-2, ya que se disminuyen sus probabilidades de recuperación. En razón de que el Municipio de La Llanada tiene como actividad económica principal a la minería del oro y ésta es la principal fuente de empleo directo e indirecto, es claro que esta crisis tiene efectos sociales y económicos en la comunidad para solventar las necesidades básicas en el hogar, por ello, este periodo de suspensión desde el 27 de abril de 2020 hasta el 11 de mayo de 2020 servirá para prepararnos como institución en conjunto con la Administración Municipal para diseñar e implementar los protocolos de operación para reiniciar las actividades de exploración y explotación con el fin de garantizar fuentes de ingresos para los mineros de nuestra institución. El presente documento contempla las directrices emitidas por el gobierno y las autoridades competentes estipuladas en la Circular Conjunta No 1 de 2020 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Minas y Energía, al igual que otras normas de seguridad al respecto.
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1. OBJETIVOS PRINCIPALES Generar un protocolo de operación para implementar las medidas de bioseguridad en las minas subterráneas de COODMILLA LTDA. de manera que se apliquen controles y buenas prácticas para prevenir el contagio de los trabajadores por el virus “SARS-COV-2”.
ESPECIFICOS Formular los procesos de desinfección que se van a desarrollar en la empresa para proteger la salud de los trabajadores. Diseñar las medidas sanitarias que se van a aplicar en la operación minera de la empresa para la protección del contagio de los trabajadores por el virus “COVID 19”. Establecer las medidas en cuanto a transporte del personal, interno o externo que desarrollará los protocolos para evitar el contagio de los trabajadores del virus “COVID 19”. Determinar las medidas que van a tomar los trabajadores de la empresa para su protección frente a posibles contagios por el virus “COVID 19”. Designar los elementos de protección personal y dotación a utilizar por los trabajadores para su protección y la prevención del contagio de los trabajadores por el virus “COVID 19”. Identificar las medidas de promoción y prevención para el cuidado y protección de la salud de los trabajadores debido a la presencia del virus “COVID 19”. Cumplir lo establecido en la circular conjunta 001 de 2020 del ministerio de salud, ministerio de trabajo y ministerio de minas y energía.
2. ALCANCE Definir las directrices y los lineamientos de obligatorio cumplimiento para la implementación de medidas con el fin de mitigar la exposición y prevenir el contagio de asociados y trabajadores frente a la nueva pandemia SARS-CoV-2 (COVID-19) dentro del área de los títulos mineros No 13441, 16032, 14207 y 14083 y de las actividades de operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de minerales. Este protocolo será aplicado a toda la planta de personal de COODMILLA LTDA en el municipio de La Llanada, Nariño, así como a Operadores Mineros Asociados, contratistas y visitantes, centro de trabajos, campamentos y áreas comunes de las UPMs, además al personal de seguridad en el trabajo y responsables que participen o intervengan en el proceso de orientación y atención, ante cualquier caso sospechoso o positivo del COVID-19.
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3. GENERALIDADES QUÉ ES EL SARS-COV-2?
Los coronavirus (CoV) son virus que surgen periódicamente en diferentes áreas del mundo y que causan Infección Respiratoria Aguda (IRA), es decir gripa, que pueden llegar a ser leve, moderada o grave. El nuevo Coronavirus (C) ha sido catalogado por la Organización Mundial de la Salud como una emergencia en salud pública de importancia internacional (ESPII). Se han identificado casos en todos los continentes y, el 6 de marzo se confirmó el primer caso en Colombia. La infección se produce cuando una persona enferma tose o estornuda y expulsa partículas del virus que entran en contacto con otras personas.
¿A QUIENES AFECTA Y CUALES SON SUS SÍNTOMAS? Se conoce que cualquier persona puede infectarse, independientemente de su edad, pero hasta el momento se han registrado relativamente pocos casos de COVID-19 en niños. La enfermedad es mortal en raras ocasiones, y hasta ahora las víctimas mortales han sido personas de edad avanzada que ya padecían una enfermedad crónica como diabetes, asma o hipertensión. El nuevo Coronavirus causa una Infección Respiratoria Aguda (IRA), es decir una gripe, que puede ser leve, moderada o severa. Puede producir fiebre, tos, secreciones nasales (mocos) y malestar general. Algunos pacientes pueden presentar dificultad para respirar.
4. MARCO LEGAL 1. Ley 09 de 1979 “Por la cual se dictan medidas sanitarias” Título III Salud Ocupacional. 2. Decreto 1072 de 2015 – Decreto único reglamentario del sector trabajo 3. Resolución 380 de 10 de marzo de 2020. Por la cual se adoptan Medidas preventivas y
sanitarias en el país, por causa del coronavirus- COVID 2019 y se dictan otras disposiciones. 4. Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 por la cual se declara la emergencia sanitaria por
causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus. 5. Documentos técnicos frente al COVID 19. 6. Decreto 593 de 24 de abril de 2020 del Ministerio del Interior 7. Resolución 464 de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social. 8. Circular conjunta No 01 de 2020, Minsalud, Mintrabajo y Minenergía.
5. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La Cooperativa del Distrito Minero de La Llanada Limitada “COODMILLA LTDA”, una organización dedicada a la operación minera en zonas rurales del Municipio de La Llanada en el Departamento de
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Nariño, donde realiza trabajos de exploración y explotación de oro y plata; está comprometida en propiciar el mejoramiento de las condiciones de trabajo, mediante el desarrollo de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el que se proyecta implementar acciones encaminadas a proteger su bienestar integral mediante el control de los riesgos, el mejoramiento continuo de los procesos y la protección del medio ambiente. COODMILLA LTDA destinará recursos humanos, técnicos y financieros para la planeación, ejecución y evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), dando cumplimiento a la Normatividad Colombiana Vigente aplicable al sector Minero. Buscando una eficaz gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, COODMILLA LTDA ha de identificar, evaluar e intervenir los peligros que puedan generar la ocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades laborales; promoviendo la salud del trabajador y la creación de ambientes de trabajos seguros, fomentando por tal razón una cultura de prevención y autocuidado con el fin de evitar actos y condiciones inseguras, que pongan en riesgo la integridad física de nuestros trabajadores, asociados, contratistas y demás personas que ingresen a nuestros lugares de trabajo. Independiente del tipo de contratación, el talento humano de COODMILLA LTDA, asumirá la responsabilidad de cumplir con las normas, protocolos y procedimientos de seguridad ya establecidos, con el fin de realizar un trabajo seguro y productivo. Igualmente serán responsables de notificar oportunamente todas aquellas condiciones que puedan generar consecuencias y afectaciones directamente al estado de completo bienestar físico, mental y social del trabajador, como también aquellas condiciones que puedan generar daños a la propiedad, infraestructura, maquinaria, herramienta y equipos.
6. RESPONSABILIDADES TITULAR MINERO (COODMILLA LTDA.)
● Suministrar los recursos necesarios para el desarrollo e implementación del protocolo. ● Asignar y comunicar las responsabilidades a trabajadores, asociados y personal con contrato
de asociación y operación minera frente al Protocolo. ● Garantizar la información capacitación y entrenamiento necesario sobre las medidas
establecidas. ● Garantizar el cumplimiento de los protocolos de operación frente a la pandemia del COVID
19. ● Evaluar la gestión de las medidas de prevención por parte del área de higiene y seguridad
minera y personal con contrato de asociación y operación minera ● Implementar las acciones correctivas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del
protocolo de operación frente a la pandemia del COVID 19 ● Garantizar los canales de comunicación para el control de vigilancia epidemiológica y el
reporte de condiciones de salud.
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OPERADORES DE CONTRATOS DE ASOCIACIÓN Y OPERACIÓN MINERA
● Suministrar los recursos necesarios para el desarrollo e implementación del protocolo. ● Implementar las medidas establecidas en el protocolo de operación frente a la pandemia del
COVID 19. ● Participar en la construcción de medidas de prevención, control y vigilancia de los protocolos
de operación frente al COVID 19. ● Promover entre los trabajadores una cultura de prevención y de autocuidado. ● Informar a la alta dirección sobre actividades de alto riesgo de exposición. ● Participar en las actividades de vigilancia y control del cumplimiento a los protocolos de
operación frente a la pandemia del COVID 19.
ÁREA DE HIGIENE Y SEGURIDAD MINERA ● Planificar, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar los protocolos de prevención frente al COVID
19. ● Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación de los
protocolos de operación frente a la pandemia del COVID 19. ● Coordinar con los Operadores Mineros la elaboración e implementación de las medidas
establecidas en el protocolo de operación frente a la pandemia del COVID 19. ● Gestionar los recursos necesarios para la implementación de las medidas y cumplimiento de
los objetivos del protocolo de operación frente a la pandemia del COVID 19. ● Coordinar la informacion, entrenamiento y capacitación para la prevencion del nuevo COVID
19. ● Coordinar y apoyar las actividades del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo
COPASST.
TRABAJADORES, CONTRATISTAS Y VISITANTES ● Cumplir con las normas y recomendaciones del protocolo de operación frente a la pandemia
del COVID 19 ● Participar de manera activa en las actividades de formación, capacitación y entrenamiento ● Utilizar los Elementos de Protección Personal ● Establecer medidas de autocuidado ● Promover la participación de prevencion y control de contagio al COVID 19 entre sus
compañeros y su círculo familiar
7. ACCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTOS Para el trámite de las denuncias se debe especificar con el mejor detalle posible cómo se presenta la situación, incluyendo datos como Fechas, Lugares, Hora, Nombres de las personas, Tipo de actividad realizada y si la actividad se realiza con la autorización de una persona natural o jurídica, Consecuencias de los hechos, Qué norma se está incumpliendo, Etc, Si es posible anexar fotografías
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o vídeos, ya que el objetivo es poder identificar a los posibles infractores para darles el proceso respectivo. En caso de incumplimientos por parte de COODMILLA LTDA, los Operadores Mineros, los Trabajadores o Contratistas se tomarán las siguientes medidas:
1. Suspensión inmediata de las labores mineras. 2. Reporte de incumplimiento ante la Alcaldía Municipal, Reporte de incumplimiento a la
Inspección de Policía, Reporte de incumplimiento a la Policía Nacional. 3. Reporte de Incumplimiento ante la Agencia Nacional de Minería a traves de la página web:
https://survey123.arcgis.com/share/7a4d9e15b73c460381f2d0b6bb4dca5e
8. DATOS DE CONTACTO En caso de requerir información, reportar casos sospechosos o asesoría sobre algún tema relacionado con el presente protocolo favor comunicarse con los siguientes números de contacto:
DATOS DE CONTACTO
NOMBRE DATOS
COODMILLA LTDA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO BRIGADA DE EMERGENCIAS MINERAS
Calle 9 No 2-41 B/ Corazón de Jesús 316 832 7056 - [email protected] [email protected] Licencia 16032: 3202551462 Jhonnathan Yela Licencia 13441: 3116506120 Olver Hamilton Licencia 14207: 3137188160 Mauricio Rodriguez Licencia 14083: 3127880683 Cristian Morales
AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA 312 876 9288 Salvamento Minero
ALCALDÍA MUNICIPAL DE LA LLANADA SECRETARIA DE GOBIERNO DIRECCIÓN LOCAL DE SALUD
Calle 6 N. 4 - 09 B/ San Juan Bosco [email protected] - 315 846 6487 313 422 4929 Lilian Rosero 312 308 5874 Jose Luis Rosero
ESE CENTRO DE SALUD SAN JUAN BOSCO 312 826 8240 Urgencias ESE San Juan Bosco 3127483927 Gerente
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INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DE NARIÑO
305 734 1717 Linea amiga
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD (031) 2207700 - [email protected]
INSPECCIÓN DE POLICÍA LA LLANADA
Calle 6 N. 4 - 09 B/ San Juan Bosco 321 644 1947 - [email protected] Inspector Jair Yela
POLICÍA NACIONAL LA LLANADA
Cra 4 #5-46 B/ El Progreso [email protected] - 313 697 8018. 313 697 8018 Sargento Andres
9. CLASIFICACIÓN DE LA POBLACIÓN Para desarrollar una adecuada gestión de recursos para la atención de las potenciales exposiciones, la población trabajadora de COODMILLA LTDA. correspondiente a las Licencias de Explotación No 16032, 13441, 14207 y 14083, y debido a las características sociales y organizaciones se clasificara el personal en grupos según el nivel de riesgo de la siguiente manera:
RIESGO MEDIO DE EXPOSICIÓN Aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano (por ej. menos distancia) con personas que podrían estar infectadas con el COVID-19, pero que no son pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19. EJ: Personal médico, de transporte, alimentación, alojamiento, social y demás momentos en los que se requiera proximidad entre personas y/o trabajadores. Población:
● Unidades de Producción Minera donde haya más de 3 trabajadores y fuese imposible cumplir con la distancia permitida entre compañeros.
● Visitantes que provienen de otro país o ciudad.
RIESGO BAJO DE EXPOSICIÓN
Son aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con el COVID-19 ni tienen contacto cercano frecuente (por ej. menos de 1,5 m de distancia) con el público en general. Los trabajadores en esta categoría tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros compañeros de trabajo. Poblacion:
● Operadores de maquinaria, compresores, y otras actividades que no requieran contacto directo con otras personas y conserven la distancia mínima de 2 metros entre compañeros.
● Unidades de Producción Minera donde haya igual o menos de 3 trabajadores y se cumpla la distancia permitida entre compañeros.
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POBLACIÓN CON MITIGACIÓN DE EXPOSICIÓN Por clasificarse como vulnerables ante un eventual contagio de COVID-19, se decide el retiro de los frentes de trabajo durante todo el tiempo que dure la contingencia, con pago remunerado al 100% del salario y programa de acompañamiento psicológico y de bienestar. Poblacion:
● Asociados con contrato de asociación y operación minera, trabajadores y contratistas con edades iguales o superiores a 60 años.
● Personas con discapacidad, enfermedades catastróficas o preexistencias. ● Personas con malestar: fiebre, tos, dolor de garganta, disnea.
10. VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA PARA EL INGRESO A LOS TÍTULOS MINEROS El objetivo principal es prevenir y mitigar la exposición y contagio de cada uno de nuestros asociados, operadores mineros, trabajadores y visitantes, a través de la detención temprana y oportuna de los posibles casos de infección de COVID-19. Este procedimiento de vigilancia epidemiológica es de obligatorio cumplimiento y se encuentra destinado para asociados con contrato de asociación y operación minera, trabajadores, contratistas y visitantes que provengan de otro país o ciudad.
1. El titular minero en este caso COODMILLA LTDA. debe proporcionar a cada asociado con contrato de asociación y operación las herramientas técnicas y la capacitación necesaria, para que el operador minero realice la vigilancia epidemiológica para COVID-19 a todos sus trabajadores.
2. Antes del ingreso a los títulos mineros 13441, 16032, 14207 y 14083, los operadores mineros, trabajadores, contratistas y visitantes que provengan de otro país o ciudad deberán realizar la encuesta de vigilancia epidemiológica para COVID-19, seguido de la toma de temperatura, la cual estará a disposición del área de higiene y seguridad minera con el fin de identificar y clasificar la población a vigilar con base a los criterios clínicos.
3. Continuar con el procedimiento para el manejo de posibles casos para COVID-19.
11. CRITERIOS PARA ACEPTAR EL INGRESO DE PERSONAL Teniendo en cuenta que en el Municipio de La Llanada no cuenta con la capacidad hospitalaria para atender a las personas contagiadas y que en el departamento de Nariño tiene una situación similar, COODMILLA LTDA ha limitado el acceso a los títulos mineros y por tanto a los beneficios de las actividades de excepción del aislamiento preventivo obligatorio a aquellos que se encuentren inmersos en alguno de los siguientes grupos poblacionales:
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1. Los menores de edad. 2. El personal mayor de 70 años, de acuerdo a los lineamientos de la Resolución 464 de 2020
Ministerio de Salud y Protección Social. Incluso se tendrá en cuenta a las personas mayores de 60 años según la circular conjunta de Minenergia, Mintrabajo y Minsalud.
3. Personal con enfermedades de base, tales como diabetes, hipertensión, dislipidemias, problemas de obesidad, fumadores, asma, EPOC, falla cardíaca / enfermedades cardiovasculares (incluye HTA y ACV), VIH, cáncer, malnutrición (Obesidad y Desnutrición), enfermedades autoinmunes y otras patologías. El principio general es el de priorizar al personal con las mejores condiciones de salud para desarrollar las labores por fuera del aislamiento.
4. Personal de otros municipios, esto con el fin de evitar la propagación del virus desde o hacia los municipios vecinos. Se exceptúan las veredas cercanas donde tradicionalmente residen los trabajadores mineros de los títulos mineros 16032, 13441, 14083 y 14207.
5. Para reducir la exposición del personal y de la comunidad debido a las actividades de transporte desde los hogares hasta las minas, se sugiere la implementación del aislamiento en los campamentos mineros, es decir, los asociados podrán construir campamentos que cumplan las normas de seguridad para que los trabajadores permanezcan dentro del área de la explotación minera y no se expongan al contagio en las rutas de desplazamiento. Para ello, debe designarse el personal que abastecerá a los demás de los insumos requeridos para su sustento, descanso, higiene personal, entre otros.
12. ETAPAS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE OPERACIONES Las medidas a implementar en los títulos mineros se desarrollarán en 3 etapas:
ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓN
ETAPA DESCRIPCIÓN
PLANEACIÓN
AUTORIZACIÓN PARA LA PLANEACIÓN: Se informará a la Alcaldía Municipal que el personal que participará de las actividades de Planeación corresponde al Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, personal administrativo y líderes de área, con el fin de permitirles la libre circulación desde los hogares dentro del municipio de La Llanada hasta los Títulos Mineros y otros lugares de acuerdo a la necesidad de las actividades de Planeación.
ACTIVIDADES: Las actividades que se desarrollaran en esta etapa corresponden al Diseño y actualización de Protocolos de Operación de acuerdo al contexto minero del Municipio de La Llanada, establecimiento de responsabilidades, normativas internas, articulación con autoridades locales, inscripción de UPMs interesadas en continuar labores, evaluación y selección de personal apto para trabajo. No contempla labores de explotación. Nota: En esta etapa se seguirán las medidas básicas de prevención ya que se precisa dar inicio a esta etapa para dar paso a las siguientes de mayor complejidad.
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ALISTAMIENTO
AUTORIZACIÓN PARA EL ALISTAMIENTO: Se informará a la Alcaldía Municipal que el personal que participará de las actividades de Alistamiento corresponde al Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, personal administrativo y líderes de área, Operadores mineros, sus trabajadores y contratistas, con el fin de permitirles la libre circulación desde los hogares dentro del municipio de La Llanada hasta los Títulos Mineros y otros lugares de acuerdo a la necesidad de las actividades de Alistamiento.
ACTIVIDADES: Organización de los espacios de trabajo e implementación las medidas establecidas en el protocolo en cuanto a documentación, capacitación, adquisición de equipos y herramientas, adecuación de instalaciones locativas, realización de pruebas piloto, etc. No contempla las labores de explotación. El personal que participa corresponde al Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, personal administrativo y líderes de área. Los operadores mineros y sus jefes de minas con máximo 3 auxiliares mineros. En total el número máximo es de 5 personas. Nota: En esta etapa se seguirán las medidas básicas de prevención ya que se precisa dar continuidad a esta etapa para dar paso a la siguiente etapa de Ejecución que es la de mayor complejidad.
EJECUCIÓN
AUTORIZACIÓN PARA LA EJECUCIÓN: La Administración Municipal a través de los funcionarios que designe el Alcalde realizarán las visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las medidas en cada una de las UPMs inscritas y darán su concepto para negar o dar inicio a las operaciones de explotación minera de cada UPM. COODMILLA LTDA emitirá los certificados de autorización unicamente a aquellas UPMs aprobadas por la Alcaldía para dar inicio a las labores de Explotación Minera.
ACTIVIDADES: En esta etapa se da inicio a las labores de explotación aplicando las medidas de bioseguridad. El personal que comprende esta etapa es:
Operadores mineros y sus jefes de minas con el número mínimo de auxiliares mineros en capacidad de producción. Las Brigadas de Emergencia.
Nota: Estas medidas se detallan en los siguientes puntos del documento.
VERIFICACIÓN Y CONTROL
AUTORIZACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN Y CONTROL: Se informará a la Alcaldía Municipal que el personal que participará de las actividades de Verificación y Control corresponde a la Junta de Vigilancia y el personal de Higiene y Seguridad Minera, con el fin de permitirles la libre circulación desde los hogares dentro del municipio de La Llanada hasta los Títulos Mineros y otros lugares de acuerdo a la necesidad de las actividades de Verificación y Control.
ACTIVIDADES: La Junta de Vigilancia, el personal de Higiene y Seguridad Minera realizarán visitas de verificación y control sobre el cumplimiento de las medidas del presente protocolo de operación y suspenderán a aquellas en las que se encuentren evidencias de incumplimiento. Se dejará constancia de las visitas en actas y formatos que se comunicarán al Consejo de Administración y Gerencia.
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13. AUTORIZACIÓN DE UPMs PARA LA EXPLOTACIÓN MINERA Aunque las leyes y normas nacionales permitan la continuidad de las labores mineras, el objetivo de COODMILLA LTDA es recomendar a todos sus asociados que permanezcan en sus hogares y mantengan el aislamiento preventivo para evitar la propagación del virus SARS-COV-2 en nuestro municipio, sin embargo, teniendo en cuenta los aspectos económicos de la población y que hasta la fecha no se ha presentado ningún caso de contagio en La Llanada, se ha elaborado el presente Protocolo de Operación para aquellos Asociados que garanticen la implementación de las diferentes medidas de bioseguridad y la protección de sus colaboradores en el reinicio de las actividades mineras. Para realizar la inscripción de la UPM interesada en continuar las actividades de explotación minera bajo los beneficios de las excepciones del aislamiento preventivo obligatorio, el operador minero debe remitir ante COODMILLA LTDA. a través del correo electrónico [email protected] o radicar en las oficinas, el listado de los trabajadores que lo acompañaran, considerando previamente que los trabajadores no se encuentren dentro de la población de alto riesgo. Además cada Operador Minero, Trabajador y/o Contratista deberá firmar un Acta de Compromiso para cumplir con los protocolos de bioseguridad donde manifiesten que son conscientes de los riesgos que asumen por la reactivación de las labores frente a su propia vida, la de su familia, sus compañeros y las familias de sus compañeros y en general las vidas de las personas que conforman la comunidad de La Llanada. Igualmente deben manifestar las razones por las cuales han decidido dejar las medidas de aislamiento preventivo obligatorio para acogerse a las excepciones del decreto 593 de 2020 y posteriormente a aquellos que lo sustituyan. En el oficio de solicitud se debe incluir la siguiente información:
1. Nombre y No de identificación del Operador Minero. 2. Licencia de Explotación y nombre de la veta. 3. Datos de contacto actualizados, dirección, No de celular y correo electrónico para
notificaciones. 4. Informe de las personas con quienes convive el Operador Minero: si trabajan en el sector de
la salud, si tienen personas con más de 60 años y de las personas con morbilidad preexistente.
5. Relación de trabajadores (máximo 5 para Alistamiento y 10 para Ejecución, incluyendo al Operador Minero), con los siguientes datos:
a. Nombre del trabajador b. Identificacion. c. Cargo. d. Identificación del vehículo de transporte de cada cada trabajador.
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e. Definir si realizará trabajos en la etapa de Alistamiento, de Ejecución o en ambas. f. Número de contacto y correo electrónico. g. Informe de las personas con quienes convive el trabajador: si trabajan en el sector de
la salud, si tienen personas con más de 60 años y de las personas con morbilidad preexistente.
h. Anexos: Fotocopia de cédula Consentimiento informado del trabajador para que el personal de salud verifique su estado de salud actual y patologías.
COODMILLA LTDA evaluará las solicitudes presentadas y determinará a quienes autoriza para iniciar las actividades de la etapa de Alistamiento y comunicará su decisión a la Alcaldía Municipal de La Llanada para que les permita la libre circulación dentro del municipio únicamente para realizar actividades relacionadas a la minería. Una vez finalizadas las actividades de Alistamiento, COODMILLA LTDA. y la Alcaldía Municipal de La Llanada evaluarán el cumplimiento de los estándares establecidos en el protocolo y otros lineamientos necesarios para el buen desempeño de la minería subterránea. Según sea el caso COODMILLA LTDA. determinará mediante decisión del Consejo de Administración la aprobación o rechazo de la solicitud para continuar las actividades de la etapa de Ejecución. En caso de ser rechazada la solicitud inicial el Operador Minero podrá realizar nuevas solicitudes con el fin de reiniciar el proceso de autorización hasta cumplir con las normas de seguridad. COODMILLA LTDA. expedirá un certificado de autorización para el desarrollo de la exploración y explotación de minerales bajo los beneficios de las excepciones al aislamiento preventivo obligatorio, únicamente a los Operadores Mineros aprobados y remitirá la información a la Alcaldía Municipal de La Llanada, la Policía Nacional y Personería Municipal para que realicen los controles para el ingreso, desplazamiento interno y salida del personal desde la cabecera municipal hacia los títulos mineros.
14. CAPACITACIONES Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN. COODMILLA LTDA y los Operadores Mineros deben garantizar las capacitaciones y la difusión de la información oficial sobre el COVID-19, para ello realizarán las siguientes actividades:
1. Se realizará entrega al Operador Minero de material didáctico concerniente a la prevención y manejo del COVID 19 para que este replique la información a sus trabajadores, de igual manera, deberá remitir a COODMILLA LTDA. la evidencia fotográfica de la capacitación, ya sea virtual (sin límite de asistentes) o presencial (máximo 5 personas) y los listados de asistencia.
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2. Las capacitaciones a los trabajadores en aspectos básicos relacionados con la forma en que se transmite el COVID 19 y las maneras de prevenirlo se realizarán todos los días antes de ingresar a la mina y se tendrá como material de apoyo el suministrado por la ARL Positiva en su página web https://www.positivacomunica.com/coronavirus/ lo que comprende los siguientes aspectos:
a. Disponer de información general relacionada con los lugares de la empresa en los
que puede haber riesgo de exposición b. Factores de riesgo del hogar y la comunidad c. Factores de riesgo individuales d. Signos y síntomas e. Importancia del reporte de condiciones de salud
3. Reforzar las instrucciones dadas en las charlas de seguridad previas al inicio de las actividades laborales, en medios de comunicación internos, mensajes por alto parlantes, protectores de pantallas para computadores, etc.
4. La difusión a los trabajadores de la información sobre generalidades y directrices impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, en relación con los síntomas de alarma, lineamientos y protocolos para la preparación y respuesta ante la presencia del COVID-19 en el territorio nacional se realizará a través de redes sociales, llamadas telefónicas, correos electrónicos, página web, etc.
5. Se realizará un programa radial diario de 30 minutos con el objetivo de educar al minero: Asociado, trabajador, contratista y comunidad en general sobre el manejo y control de la nueva pandemia COVID-19.
6. Fomentar en los trabajadores la instalación de la aplicación CORONAPP-COLOMBIA para recibir la información oficial del Gobierno Nacional y en aquellos casos en que no se
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disponga de la tecnología, el Operador Minero puede agregarlos dentro de sus dispositivos móviles como familiares para poder reportar los síntomas de sus trabajadores.
15. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL El Operador minero debe suministrar los equipos y elementos de protección personal (EPP) sin ningún costo para el trabajador e igualmente, debe desarrollar las acciones necesarias para que sean utilizados por los trabajadores, para que estos conozcan el deber y la forma correcta de utilizarlos y para que el mantenimiento o reemplazo de los mismos se haga de forma tal, que se asegure su buen funcionamiento y recambio según vida útil para la protección de los trabajadores. De igual manera debe designar un espacio donde los trabajadores puedan cambiarse de manera individual y donde puedan dejar sus implementos de protección personal debidamente limpios. Toda persona que ingrese a las licencias de explotación debe utilizar como mínimo los siguientes elementos de protección personal:
EPP PARA OPERACIÓN MINERA FRENTE AL COVID 19
A PROTEGER TIPO DE EPP
DESCRIPCIÓN OBLIGATORIEDAD DE USO
Protección de la cabeza
Casco de seguridad
Protege la cabeza de lesiones causadas por peligros o golpes mecánicos
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las licencias de explotación
Protección auditiva
Orejeras Ofrece protección en ambientes de trabajo con niveles de ruido
Operadores de maquinaria pesada Operadores de arranque Operadores de compresores
Tapones auditivos
Protección que se inserta en el canal auditivo para evitar dañar la capacidad de audición
Operadores de maquinaria pesada Operadores de arranque Operadores de compresores
Protección visual y facial
Gafas de seguridad
Protege los ojos de proyeccion de particulas, objetos o fluidos
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las licencias de explotación
Protección respiratoria
Mascarilla respiratoria quirúrgica
Sirve como un medio de control para reducir la propagación de la infección en la comunidad, al minimizar la excreción de gotitas respiratorias de individuos infectados que aún no han desarrollado síntomas o que permanecen asintomáticos.
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las licencias de explotación en operaciones diferentes a las de explotación minera subterránea. Nota: Usar la mascarilla con descansos periódicos para no generar hipoxia.
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Respirador de media pieza facial con filtros para vapores y gases serie 6000
Ayuda a proporcionar protección contra partículas y una amplia variedad de gases y vapores de acuerdo a las aprobaciones de NIOSH.
Personal de limpieza y desinfección que utilice productos químicos. Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las Unidades de Producción Minera Subterráneas.
Auto rescatador
elemento de protección respiratoria personal que usa químico (KO2) para producir oxígeno a partir del CO2 exhalado en la respiración y está destinado para ser utilizado al escapar de un evento con exposición a atmósferas irrespirables tales como humo, gases tóxicos o deficiencia de Oxígeno.
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las Unidades de Producción Minera
Protección de miembros superiores
Guantes de latex/ nitrilo
Ayuda a proteger las manos de sustancias químicas, y sirve como barrera para el contacto de superficies contaminadas.
Personal de limpieza y desinfección que utilice productos químicos. Personal de manejo y control de residuos biológicos
Guantes de carnaza
Resistentes a la abrasión y a las chispas de soldadura. Protegen las manos contra objetos asperos y agudos que pueden penetrar.
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las Unidades de Producción Minera
Protección corporal
Delantal Prete la parte frontal del cuerpo de agua, fluidos corporales, sustancias química entre otras
Operadores de arranque Personal de limpieza y desinfección
Overol de una sola pieza
Es una prenda que se utiliza por encima de la ropa para proteger el cuerpo, de igual manera ayuda a cuidar la ropa de los trabajadores
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las Unidades de Producción Minera
Protección de Miembros inferiores
Botas pantaneras con punta de acero
Protegen los pies del lodo, agua, peligros y golpes mecánicos.
Operadores mineros, trabajadores y visitantes que ingrese a las licencias de explotación
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16. MEDIDAS DE SEGURIDAD A IMPLEMENTAR EN LAS OPERACIONES MINERAS
Las medidas de la ETAPA DE EJECUCIÓN que se implementarán por COODMILLA LTDA y los Operadores Mineros de las Licencias de Explotación No 16032, 13441, 14207 y 14083 son las siguientes:
16.1 MEDIDAS GENERALES PARA EL TITULAR Y LOS OPERADORES MINEROS.
1. El código de etiqueta respiratoria incluye: cubrirse la nariz al toser o estornudar con el antebrazo o con un pañuelo de papel desechable y deshacerse de él inmediatamente tras usarlo. Es primordial el abstenerse de tocarse la boca, la nariz y los ojos ya que de nada servirán todas las demás medidas de prevención si por descuido llevamos nuestras manos a la cara sin haberlas lavado previamente. Dónde: Las piezas de comunicación a publicar serán ubicadas en los ingresos a las plazoletas de cada una de las bocaminas activas, las zonas de maquinaria, unidades sanitarias, zonas de descanso, entre otros lugares y se comunicarán a través de redes sociales, correo electrónico y página web de la entidad.
2. Disponer suministros de gel antibacterial en las áreas de alto tránsito como en las zonas de descanso, las bodegas de herramientas, las plazoletas, etc.
3. Disponer en áreas comunes y zonas de trabajo de lugares donde se pueda realizar lavado de manos con agua y jabón. Publicar imágenes ilustrativas.
4. Contar en los equipos de emergencias y botiquines de elementos como tapabocas, guantes de látex o nitrilo y demás elementos para ser suministrados a los trabajadores de ser necesario.
5. Incrementar la frecuencia de limpieza y desinfección de superficies, elementos y equipos de trabajo, así como ejecutar la desinfección periódica de comedores, baños, casinos y materiales de uso común entre otros.
6. Ejecutar la operación esencial, particularmente labores de mantenimiento, con la menor fuerza de trabajo que garantice la seguridad y las medidas de promoción y prevención con el fin de evitar el contagio entre los trabajadores.
7. Ejecutar la operación esencial, con la menor fuerza de trabajo necesaria, ampliando los momentos de cambio de turno para evitar confluencia no necesaria de trabajadores.
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8. Adoptar horarios flexibles con el propósito de disminuir el riesgo de exposición en horas de mayor afluencia en los servicios de alimentación y transporte, procurando el menor número de personas en los ambientes de trabajo.
9. Procurar la rápida identificación y aislamiento de individuos potencialmente afectados y revisar y acatar las directrices establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social para tal fin.
10. Tomar medidas para favorecer la circulación y recambio de aire en espacios cerrados o con escasa ventilación; realizar el mantenimiento de los respectivos equipos y sistemas de ventilación.
11. Si no se dispone del recurso, no se recomienda realizar test para COVID-19 a personas asintomáticas.
12. Disponer de recipientes adecuados para la disposición final de los elementos de bioseguridad utilizados por el personal que sean de un solo uso o desechables. En caso de tener puestos de atención médica, los recipientes deben cumplir con el manejo de residuos peligrosos, según plan de gestión integral de residuos hospitalarios.
13. Ajustar los horarios de trabajo con el fin de evitar aglomeraciones en las distintas áreas. 14. Establecer fechas de ingreso y salida de turnos para el personal, con el fin de poder
coordinar expresos terrestres u otro medio de transporte permitido donde los trabajadores no tengan contacto con personal diferente de la empresa.
15. Reorganizar los turnos de trabajo de acuerdo con los ajustes efectuados en las labores de producción, preparación, explotación y demás servicios.
16. Mantener los protocolos obligatorios de seguridad industrial con el fin de realizar la verificación de las condiciones de ventilación para rutas de escape y acceso para descenso de trabajadores y equipos; túneles de transporte de mineral, pozos de recuperación para llevar el mineral excavado a la superficie y sistemas de comunicación para enviar información de ida y vuelta entre la superficie y los niveles inferiores de la mina, bombeo para desagüe y mantenimiento de vías y sostenimiento.
16.2 MEDIDAS GENERALES PARA TRABAJADORES Y CONTRATISTAS.
1. Descargar la aplicación CoronAPP-Colombia para estar informado de manera oficial, revisar si hay factores de riesgo asociados o reportar sus síntomas en caso de contagio.
2. En caso de presentar síntomas gripales quedarse en casa o en su lugar de alojamiento, mantenerse aislado, utilizar tapabocas e informar inmediatamente a su Supervisor o Jefe Directo. Comunicarse con los contactos de emergencia suministrados en este protocolo.
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3. Sigue estrictamente El Código de Etiqueta Respiratoria el cual incluye: Cubrirse la nariz al toser o estornudar con el antebrazo o con un pañuelo de papel desechable y deshacerse de él inmediatamente tras usarlo. Abstenerse de tocarse la boca, la nariz y los ojos ya que de nada servirán todas las demás medidas de prevención si por descuido llevamos nuestras manos a la cara sin haberlas lavado previamente.
4. Distanciamiento social: se sugiere mantener una distancia mínima de 2 metros entre las
personas, evitando contacto directo (no saludar de beso o de mano y no dar abrazos), en todos los escenarios donde puedan estar varias personas a la vez.
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5. Lavado periódico de manos con agua y jabón (al menos una vez cada dos (2) o tres (3) horas, con la técnica adecuada recomendada por el MSPS), y después de sonarse la nariz, toser o estornudar, al entrar en contacto con superficies que hayan podido ser contaminadas por otra persona (manijas, pasamanos, cerraduras, transporte), después de ir al baño, manipular dinero y antes y después de comer. Utilizar alcohol glicerinado o gel desinfectante (con alcohol en concentración mayor al 60%) cuando no se disponga fácilmente de agua y jabón (recuerde cuando las manos se vean visiblemente sucias deberá lavarlas nuevamente con agua y jabón).
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6. Utilizar alcohol glicerinado o gel desinfectante (con alcohol en concentración mayor al 60%) cuando no se disponga fácilmente de agua y jabón (recuerde cuando las manos se vean visiblemente sucias deberá lavarlas nuevamente con agua y jabón).
7. Usar tapabocas convencional de forma permanente, evitando tocarlo en su parte frontal (retíralo de las bandas elásticas que están a los lados de sus orejas) y desecharlo a diario o cuando se moje o ensucie; lavarse las manos cada vez que lo manipula. Realizar descansos periódicos, siguiendo las normas de seguridad, para evitar la hipoxia. En los lugares donde solo permanece un trabajador sin contacto con otras personas, no es necesario usar el tapabocas de manera permanente.
8. No compartir elementos de protección personal. 9. Mantener las áreas de trabajo despejadas de elementos ajenos a la labor. 10. Evitar el uso compartido de equipos o dispositivos de otros empleados (radios de
comunicación, celulares, elementos de escritura) cuando sea posible, así como realizar la limpieza y desinfección permanente de los mismos.
11. Uso de productos de limpieza y desinfección certificados, evitando hacer mezclas artesanales entre productos de diferentes características químicas (mezclas entre detergentes y desinfectantes) seguir las indicaciones de las fichas de seguridad.
12. Aumentar la frecuencia de limpieza y desinfección de las áreas operativas y administrativas tales como oficinas, campamentos, bodegas.
13. Desinfectar diariamente los elementos de protección personal de uso rutinario como máscaras con filtros para gases o material particulado, cascos de seguridad, tapa oídos, guantes de trabajo, entre otros.
14. Lavado diario o una vez terminadas las operaciones de los elementos personales, como por ejemplo overol, casco, botas y otros.
15. Lavado e higiene personal una vez culminada las actividades y garantizar las medidas establecidas de acuerdo con las orientaciones del numeral 3.9 de acceso a la vivienda establecidas en el lineamiento de Orientaciones de medidas preventivas y de mitigación para contener la infección respiratoria aguda por COVID – 19, dirigida a la población en general.
16. Evitar programar actividades en espacios diferentes a los de la labor habitual, como exámenes médicos ocupacionales, entrenamientos, etc.
16.3 REUNIONES PRESENCIALES Evitar reuniones presenciales y en caso de requerirse solo hacerlas con máximo 5 participantes, utilizar los equipos de protección personal (gafas/careta y tapabocas), mantener las distancias mínimas de 2 metros y realizar limpieza y desinfección del lugar antes y después de la reunión. Procurar el reemplazo de las reuniones presenciales por encuentros virtuales con aplicaciones de fácil acceso como Jitsi meet o Hangouts.
16.4 LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN Las sustancias y sus concentraciones efectivas que se utilizarán para realizar los procesos de desinfección frente al COVID-19 son las siguientes:
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SUSTANCIAS Y CONCENTRACIONES EFECTIVAS PARA DESINFECCIÓN
TIPO DE SUSTANCIA
CONCEN-TRACIÓN
USOS PREPARACION
JABÓN DE MANOS N/A Manos Aplica directamente y enjuagar con agua.
JABON DE USO GENERAL
N/A Superficies, equipos y herramientas.
Aplica directamente y enjuagar con agua.
HIPOCLORITO 0,1% Superficies. Nota: No se lo recomienda para aplicarlo en áreas subterráneas.
A 1.000 ml de agua se le agrega 20 ml de hipoclorito de concentración inicial de 5.25% para obtener una solución de concentración final de 0.1%. Para otros tipos de concentración: Ci=5% agregar 20ml Ci=3.5% agregar 30ml
HIPOCLORITO 0,5% Pisos y paredes. Nota: No se lo recomienda para aplicarlo en áreas subterráneas.
A 1.000 ml de agua se le agrega 106 ml de hipoclorito de concentración 5.25% para obtener una solución de concentración final de 0.5%. Para otros tipos de concentración: Ci=5% agregar 112ml Ci=3.5% agregar 167ml
ALCOHOL ETÍLICO (ANTISÉPTICO)
70% Superficies. Se aplica directamente.
ALCOHOL ISOPROPÍLICO (GEL)
70% Manos Se aplica directamente para lavado de manos cuando no hay facilidad para lavado con agua y jabón.
PERÓXIDO HIDRÓGENO (AGUA OXIGENADA)
85% Superficies externas y area subterranea en bocamina.
En 800 ml de agua se agrega 200 ml de peróxido de hidrógeno, a completar 1 litro de sustancia lista para desinfección
AMONIO CUATERNARIO 0,4-1,6% Superficies. Se aplica directamente.
NOTA: Tenga en cuenta que dependiendo de las concentraciones y componentes, cada producto tiene un tiempo de acción efectiva, por ello, debe esperar que los productos actúen para la desintegración de la estructura del virus SARS-COV-2 y así obtener la desinfección esperada, por tanto, NO use de inmediato los elementos que acaba de procesar. Las acciones y/o procesos de desinfección frente al COVID-19 son las siguientes:
1. El Operador Minero y sus trabajadores deberá garantizar a sus trabajadores como mínimo una unidad de desinfección ubicada y señalizada en cada Unidad de Producción Minera que incluya como mínimo toallas desechables, canecas para la disposición final de residuos
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peligrosos, hipoclorito y alcohol en concentraciones mayores de 60%. Además deberá realizar una publicación de imágenes alusivas al código de etiqueta respiratoria, que incluye cubrirse la nariz al toser o estornudar con el antebrazo o con un pañuelo de papel desechable y deshacerse de él inmediatamente tras usarlo. Abstenerse de tocarse la boca, la nariz y los ojos.
2. El Operador Minero debe destinar el tiempo y los recursos necesarios para que sus
trabajadores realice la desinfección de Equipos, herramientas, vehículos, lugares de trabajo y Elementos de Protección Personal.
3. Todo el personal que utilice herramientas manuales, equipos y maquinaria, deberá realizar una desinfección de superficies (volante, manijas, palancas, sillas, botones, comandos, etc.) al inicio, durante y al finalizar su actividad laboral.
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4. Realizar limpieza y desinfección de los vehículos que sean utilizados para el transporte de trabajadores dentro y fuera de los títulos
5. Toda persona que realice desinfección debe utilizar siempre guantes quirúrgicos y tapabocas, aquellos desechos resultantes de la desinfección deberán ser depositados en las canecas de residuos peligrosos.
6. Realizar la limpieza de áreas y superficies retirando el polvo y la suciedad, con el fin de lograr una desinfección efectiva.
7. Elimine los guantes y paños en la caneca de residuos biológicos después de usarlos, si sus guantes son reutilizables, antes de quitárselos lave el exterior con el mismo desinfectante limpio con que realizó la desinfección de superficies, déjelos secar en un lugar ventilado. Al finalizar el proceso báñese y cámbiese la ropa.
8. Utilizar desinfectantes o alcohol al 70% para la limpieza de los objetos, superficies y materiales de uso constante; así como las superficies del baño (o cualquier otro objeto sobre el que se estornude o tosa).
16.5 MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSO O BIOLÓGICOS La recolección de los residuos no aprovechables como Tapabocas, pañuelos de papel, guantes, envases u otros, podrán estar contaminados con el virus y deberán gestionarse separadamente de los demás residuos generados en el lugar de trabajo. El virus también se puede contraer por contacto con objetos y superficies infectadas cuando no se han seguido estrictamente los protocolos de lavado de manos y limpieza de superficies (who.int, 2020).
TIEMPO DE PERMANENCIA DEL COVID-19 EN LOS RESIDUOS SEGÚN SU COMPOSICIÓN
MATERIAL DEL RESIDUO TIEMPO DE SUPERVIVENCIA DEL VIRUS COVID-19
Carton Papel 24 Horas
Guantes 8 Horas
Acero inoxidable, Plastico , Ropa y botas 72 Horas
Algunas características que otorgan a un residuo el rango de peligroso son:
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En este orden de ideas, es importante que los operadores mineros y titulares, a partir del adecuado manejo de sus residuos, apoye las estrategias que buscan detener la propagación de la enfermedad evitando la contaminación cruzada de los residuos aprovechables, rociando desinfectantes sobre las bolsas que los contienen o manteniéndolos separados de los residuos peligrosos biológicos para ello deberán seguir las siguientes indicaciones de cuidado en torno a la manipulación de los materiales posiblemente contaminados.
● Cada UPM debe contar con un recipiente plástico de color rojo, liviano, resistente a los golpes, que faciliten el manejo durante la recolección, impermeable, de fácil limpieza, y resistentes a la corrosión con el fin de depositar en este los residuos peligrosos y en especial para aquellos con riesgo biológico o como el papel higiénico, tapabocas, guantes, paños o servilletas. Además se debe contar con Bolsas de color rojo o negra las cuales deben ser de polietileno de alta densidad de 1.6 milésimas de pulgada y deben contar con un rótulo donde se indiquen: el nombre del generador, las palabras RESIDUOS BIOLÓGICOS (COVID- 19). Se ubicará doble bolsa dentro del recipiente anteriormente mencionado.
Posteriormente cada UPM para la recolección interna de los residuos peligrosos o biológicos debemos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
● Usar guantes para apretar y asegurar con nudo la bolsa de residuos. ● Remover la bolsa de residuos del recipiente de residuos peligrosos. ● Desinfectar el exterior de la bolsa con solución desinfectante. ● Desinfectar los guantes con que manipuló los residuos con solución desinfectante. ● Ubicar la bolsa de residuos dentro del punto de almacenamiento temporal ubicado en un
área segura.
Una vez finalizada la recolección interna de residuos en los recipientes y bolsas de color rojo ubicados en las UPMs, el titular minero debe contratar con una empresa calificada para el manejo de los residuos peligrosos o biológicos, la cual debe destinar de un vehículo para el transportador de RESPEL que cumpla con el decreto 1609 de 2002 “Por el cual se reglamenta el manejo y
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transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera” y de esta manera realizar la recolección de estos residuos en los puntos de almacenamiento temporal con el fin de garantizar la disposición final de los RESPEL de manera segura frente a el contagio de COVID- 19.
16.6 REPORTE DIARIO DEL ESTADO DE SALUD Cada persona sea Trabajador o miembro de los organismos de Administración y Vigilancia de COODMILLA LTDA, Operador Minero o Contratista deberá llevar un registro diario del autodiagnóstico de salud en el que se consignen los síntomas y factores de riesgo asociados al COVID-19.
El formato puede ser digital para aquellos que tengan las facilidades de la tecnología o en papel para aquellos donde no es posible tener señal o no disponga de los equipos tecnológicos necesarios. Con el uso de la aplicación CORONAPP-COLOMBIA se puede reportar el estado de salud adjuntando una captura de pantalla del estatus de movilidad. Se deben enviar por correo electrónico las evidencias del registro al Operador Minero o Contratante. Aquellos que no reporten su estado diario de salud no podrán ingresar a los títulos mineros y serán suspendidos de sus labores independientemente del tipo de contrato que tengan.
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16.7 BITÁCORA DE RECORRIDOS Cada persona sea Trabajador o miembro de los organismos de Administración y Vigilancia de COODMILLA LTDA, Operador Minero o Contratista deberá llevar una bitácora diaria donde registre los lugares visitados y las personas con quienes tuvo contacto cercano, ya sea dentro o fuera del título minero, dando indicaciones sobre la fecha y hora de los encuentros. El formato puede ser digital para aquellos que tengan las facilidades de la tecnología o en papel para aquellos donde no es posible tener señal o no disponga de los equipos tecnológicos necesarios.
16.8 MEDIDAS AL SALIR Y LLEGAR A CASA 1. Organizar un área de limpieza y desinfección en las entradas de la vivienda.
2. Retirar los zapatos a la entrada y lavar la suela con agua y jabón. 3. Lavar las manos de acuerdo con los protocolos del Ministerio de Salud y Protección 4. Social. 5. Evitar saludar con beso, abrazo y dar la mano y buscar mantener siempre la distancia de más
de 2 metros entre personas. 6. Antes de tener contacto con los miembros de familia, cambiarse de ropa. 7. Mantener separada la ropa de trabajo de las prendas personales. 8. La ropa debe lavarse en la lavadora a más de 60 grados centígrados o a mano con agua
caliente que no queme las manos y jabón, y secar por completo. No reutilizar ropa sin antes lavarla. No sacudir las prendas de ropa antes de lavarlas para minimizar el riesgo de dispersión de virus a través del aire. Dejar que se sequen completamente - Bañarse con abundante agua y jabón.
9. Mantener la casa ventilada, limpiar y desinfectar áreas, superficies y objetos de manera regular.
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10. Si hay alguna persona con síntomas de gripa en la casa, tanto la persona con síntomas de gripe como quienes cuidan de ella deben utilizar tapabocas de manera constante en el hogar.
16.9 INGRESO Y SALIDA DE LOS TÍTULOS MINEROS. En conjunto con los puntos de control que la Alcaldía Municipal ha establecido en las vías de acceso a la cabecera municipal, las cuales corresponden con las vías hacia los títulos mineros, se procederá de la siguiente manera: Autorización
Se autorizará el ingreso a las licencias de explotación a todas las personas que cumplan con los lineamientos establecidos en el presente protocolo y que se encuentren certificadas por COODMILLA LTDA. La certificación puede ser corroborada por las autoridades territoriales comunicándose con los contactos suministrados en la sección CONTACTOS. Horarios de ingreso y salida
Los horarios serán escalonados para evitar el aglomeramiento de personas en los puntos de control y se determinarán dependiendo el número de UPMs autorizadas para realizar operaciones mineras.
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Los horarios escalonados tendrán al menos 15 minutos de diferencia entre una UPM y la siguiente. Registro del estado de salud y medición de temperatura
1. Los trabajadores, contratistas, funcionarios de COODMILLA LTDA deberán realizar el reporte de su estado de salud, en especial el registro diario obligatorio ya sea en formato físico, digital o mediante la aplicación CoronAPP-Colombia. Si la persona cuenta con los síntomas no se permitirá el acceso y se procederá con los procedimientos de atención a posibles casos de COVID-19.
2. Realizar la medición y registro de la temperatura con el uso del equipo y el formato establecido. Si la temperatura es igual o supera los 37.5 °C no se permitirá el acceso y se procederá con los procedimientos de atención a posibles casos de COVID-19.
Puntos de desinfección
Una vez realizado el proceso anterior se procederá a realizar lo siguiente:
1. Lavado de manos, desinfección de calzado, desinfección del medio de transporte.
Salida
1. Realizar la medición y registro de la temperatura con el uso del equipo y el formato establecido. Si la temperatura es igual o supera los 37.5 °C, se procederá con los procedimientos de atención a posibles casos de COVID-19.
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2. Antes de salir realice el lavado de manos con agua y jabón al menos durante 20 a 30 segundos obedeciendo el protocolo.
3. El trabajador debe salir sin ropa de trabajo, es decir overol y botas. 4. Desinfectar el medio de transporte. 5. Seguir las instrucciones para llegar a casa, las cuales ya se mencionaron anteriormente.
16.10 TRANSPORTE DENTRO Y FUERA DE LOS TÍTULOS MINEROS Medidas generales para todos los medios de Transporte.
1. Si presenta síntomas respiratorios, debe informar al empleador o contratante y preferiblemente, abstenerse de laborar, a pesar de que su estado clínico sea estable, ya que en este momento puede considerarse potencialmente contagiado por COVID 19 hasta no demostrar lo contrario.
2. El conductor debe retirar elementos susceptibles de contaminación como alfombras, tapetes, forros de sillas acolchados, bayetillas o toallas de tela de uso permanente, protectores de cabrillas o volantes, barra de cambios o consolas acolchadas de tela o textiles con fibras de difícil lavado, entre otros, que pueden albergar material particulado.
3. El conductor debe hacer aseo y desinfección del vehículo de manera regular, antes y después del recorrido.
4. Si los pagos del servicio de transporte son en efectivo, el conductor debe introducir el dinero en una bolsa plástica transparente y posteriormente lavarse las manos o desinfectarlas con alcohol glicerinado o gel antibacterial.
5. El conductor debe indicar la manera de abordar el vehículo y aplicar el alcohol glicerinado a todos los pasajeros que transporte, antes de que suban al vehículo.
6. Todos los ocupantes del vehículo debe utilizar tapabocas 7. El vehículo deberán disponer de adecuado suministro de alcohol glicerinado (en
concentración mayor al 60%) y verificar que los pasajeros que aborden al vehículo se lo apliquen antes de abordar.
8. Realizar una breve encuesta al trabajador antes de abordar el vehículo, la cual incluye entre otras las siguientes preguntas:
● ¿Pertenece a algún grupo de riesgo? (mayor a 60 años, hipertensión, diabetes,
problemas cardiacos, enfermedad pulmonar, etc.) ● ¿Presenta fiebre? ● ¿Ha presentado tos en los últimos 15 días? ● ¿Ha sentido dificultad para respirar? ● ¿Tiene dolor de garganta o fatiga? ● ¿En los últimos 15 días a sentido decaimiento o debilidad?
9. En el caso de que la respuesta sea afirmativa para la presencia de alguno de los anteriores
aspectos, la persona puede tener una posible infección por el coronavirus COVID-19 o pertenece al grupo de alto riesgo, por lo cual el conductor debe restringir el ingreso al vehículo e informar a su supervisor y seguir las indicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, relacionadas con la notificación a las líneas establecidas en COODMILLA LTDA.
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10. Restringir el número de pasajeros para desplazamientos en vehículos pequeños, si fuere el caso organizando turnos de trabajo y teniendo en cuenta la distancia mínima entre los mismos. (En lo posible 3 usuarios en camionetas, incluyendo el conductor). El principio general es el de NO utilizar los vehículos a su máxima capacidad.
11. Para el transporte por fuera del municipio más allá de las veredas cercanas a la cabecera municipal de La Llanada, ya sea por motivos de compra de insumos para la minería o alguna de las demás excepciones del aislamiento preventivo obligatorio, se requiere de manera obligatoria que quienes viajan se pongan de inmediato en cuarentena, dar el informe a las autoridades municipales sobre el viaje realizado y cumplir sus directrices hasta descartar la sospecha de infección.
12. Cada trabajador, contratista u Operador Minero debe registrar el vehículo de transporte ante COODMILLA LTDA con el fin de realizar los controles pertinentes.
Transporte del Empleador
El Operador Minero que preste el servicio de transporte a sus trabajadores tiene entre otras las siguientes obligaciones:
1. En lo posible, dejar y recoger a los trabajadores cerca a la vivienda. 2. Evitar realizar paradas en zonas no autorizadas o en lugares que impliquen riesgo de
contacto con comunidades o personal no relacionado con los Títulos Mineros. Transporte del Trabajador
1. Todos los ocupantes del vehículo deben usar tapa bocas. 2. Garantizar la limpieza y desinfección de su vehículo y de los ocupantes. 3. En motos solo se transporta el conductor. El conductor debe portar casco de seguridad y
realizarle el respectivo proceso de desinfección.
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Transporte de Minerales en Vehículos de Carga
El conductor de carga pesada debe contar con el certificado de transporte de minerales emitido por COODMILLA LTDA que lo acredita como parte de la cadena de logística de la actividad minera, en caso contrario bajo ninguna medida se le permitirá ingresar a los títulos mineros para transportar minerales. En estos vehículos de carga únicamente debe desplazarse el conductor, con el uso de todos los elementos de bioseguridad y la aplicación de las medidas de limpieza y seguridad frente al COVID-19. Las demás personas que van a realizar el cargue y descargue de mineral deberán transportarse en sus propios vehículos o los del empleador, siguiendo las medidas generales de seguridad para el transporte. Transporte de Minerales en Animales de Carga
La persona encargada de realizar el transporte de mineral en animales debe regirse a las medidas generales establecidas en el protocolo, utilizar todos los Elementos de Bioseguridad (Gafas/Careta y Tapabocas) y en especial el distanciamiento social mínimo de 2 metros. Desplazamiento por Caminos
Los asociados, trabajadores y contratistas que transiten por los caminos de acceso a los títulos mineros, deberán hacer paso obligatorio por los puestos de control establecidos por la Alcaldia Municipal y COODMILLA LTDA. para su correspondiente registro, verificación de síntomas y signos como también el cumplimiento de los lineamientos establecidos en el protocolo. Si el desplazamiento es en grupo deben conservar las distancias mínimas de 2 metros entre personas y siempre utilizar las gafas/careta y tapabocas ya que no es predecible el momento que una de las personas pueda estornudar y contagiar a los demás compañeros a través de las partículas que pueden llegar a los ojos, nariz o boca. Transporte en casos de Emergencias Mineras
En situación de presentarse una emergencia minera, por situaciones diferentes a la pandemia que estamos atravesando, se contará con un vehículo dotado de los elementos básicos para rescate minero; el cual estará disponible para la evacuación de las personas accidentadas desde el lugar del accidente hasta el centro de atención médica, en este caso la ESE Centro De Salud San Juan Bosco de La LLanada.
16.11 ALIMENTACIÓN EN LOS TÍTULOS MINEROS. 1. El operador minero deberá ajustar los horarios de alimentación para permitir el menor
volumen de trabajadores en el mismo momento, ampliando el horario de toma de alimentos, pero reduciendo el tiempo de alimentación de cada trabajador, con el fin de disponer de tiempo para la desinfección de superficies.
2. Ajustar las zonas de alimentación para cumplir con la distancia mínima, de igual manera publicar imágenes alusivas al código de etiqueta.
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3. Lavarse las manos antes y después de la alimentación, siguiendo la técnica recomendada por Ministerio de Salud y Protección Social para la ejecución efectiva del mismo. Si no se dispone de suministro permanente de agua, disponer de alcohol glicerinado con un contenido de 60% de alcohol.
4. Cumplir con la distancia mínima de 2 metros permanentemente entre trabajadores al momento de hacer la fila para recibir alimentos y lavarse las manos.
5. Al finalizar garantizar la desinfección de las mesas sillas y/o el lugar, y continuar con el siguiente turno de alimentación
6. Evitar la manipulación de teléfonos celulares durante el tiempo de alimentación. 7. No permitir el ingreso de personal que tenga síntomas de gripe o tos. En este caso, se deben
establecer alternativas para procurar su alimentación en su zona de aislamiento. 8. No permitir el ingreso de personal ajeno al área de consumo de alimentos 9. Evitar que, una vez culminada la jornada de alimentación, se generen aglomeraciones de
trabajadores por lo cual se debe controlar el flujo de ingreso y egreso
16.12 OPERACIONES MINERAS. Operador Minero
El Operador Minero deberá garantizar el cumplimiento, ya sea por si mismo o bajo contratación y designación de funciones al Jefe de Mina o Administrador, las medidas establecidas en el presente Protocolo y entre ellas, las siguientes:
1. Realizar una desinfección semanal a la unidad de producción de minera en especial al frente
de trabajo con peroxido de hidrogeno al 85% diluido en agua. 2. Ajustar turnos de trabajo con el fin de evitar aglomeraciones al interior de la mina. 3. Exigir a los trabajadores formarse antes de ingresar a la Unidad de Producción Minera en
filas a una distancia de (2m) entre trabajador con todos los EPP, es decir, deben entrar haciendo uso de la protección respiratoria, gafas/caretas y guantes.
4. Registrar el formato de ingreso y salida del personal y realizar una desinfección de las manos siguiendo el protocolo.
5. Previo al uso de herramientas manuales realizar una desinfección de ellas y depositar los residuos en las canecas de riesgo biológico.
6. Al interior de la UPM exigir una distancia de seguridad de 2 metros entre el personal. Cuando esto no sea posible, asegurarse de mantener los elementos de bioseguridad puestos en todo momento.
7. Exigir que al salir de la UPM se ddpositen guantes, mascarillas y objetos que hayan tenido contacto con fluido corporal como: Mocos, saliva y/o sangre, en las canecas rojas ubicadas en las unidades de desinfección.
8. Ordenar que en el caso de presentarse una emergencia, el personal deberá llamar de inmediato y seguir las instrucciones de los Socorredores Mineros, evacuar la UPM conservando la distancia entre compañeros y verificar que los trabajadores permanezcan en el punto de encuentro siempre conservando el distanciamiento.
En caso que el Operador Minero realice visitas de supervisión debe cumplir con las normas de bioseguridad del presente protocolo y ajustarse a las medidas específicas de las áreas que visite.
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Jefes de Mina
Adicionalmente al cumplimiento obligatorio de las medidas generales del Protocolo aplicables a sus funciones, el Jefe de Mina debe conocer detalladamente este documento para dar las indicaciones e instrucciones a todo el personal bajo su cargo o supervisión y en caso de presentarse inconvenientes, debe suspender de manera inmediata a los trabajadores o contratistas que pongan en riesgo sus propias vidas y las de sus compañeros, debe dar de inmediato un informe de la situación al Operador Minero y a COODMILLA LTDA. para continuar con los procesos legales correspondientes. Auxiliares de Labores Mineras
Dando continuidad a los protocolos de higiene y seguridad, se mantendrá distanciamiento entre todos los asistentes a la jornada laboral, con desinfección total del puesto de trabajo en especial el frente de labor por lo menos dos veces a la semana y también de herramientas a usar, tanto al ingreso como a la salida. En actividades de cargue y descargue, el uso de la vagoneta o al medio de transporte utilizado en el interior de la mina se hará con una sola persona, la cual puede rotarse paulatinamente con otro trabajador, en el intercambio se le hará la desinfección. Operador de Arranque
Con el uso de todos los elementos protección, previa desinfección del martillo perforador, como de la columna de soporte tanto al inicio como al terminar la jornada de trabajo con las sustancias establecidas para tal fin; Para continuar con el desempeño de labores, las dos personas encargadas de la perforación evitarán mantener contacto físico con su compañero de trabajo. Malacatero
Utilizando sus elementos de protección personal, se realizará desinfección del malacate con soluciones establecidas en el presente protocolo antes y después de la jornada laboral evitando acercamiento a sus compañeros de trabajo y considerando todas las recomendaciones existente. En lo posible no alternar de personal para manejar el malacate y cuando sea el caso se debe desinfectar el equipo antes de su operación por la nueva persona. Operador de Compresor
Los Operadores de compresores aunque generalmente permanezcan solos en sus instalaciones deben cumplir con las recomendaciones generales de este protocolo tales como contar con los equipos de protección personal, hacer la limpieza de herramientas, contar con los insumos necesarios, etc. El el caso en que al área de máquinas llegue otra persona deberá utilizar las gafas/careta y el tapabocas durante el tiempo de exposición y el Operador deberá hacer nuevamente desinfección de las instalaciones y de los equipos.
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16.13. CAMPAMENTOS MINEROS. Dado que hasta el mes de abril de 2020 en el Municipio de La Llanada no se ha reportado ningún caso positivo de COVID-19 se recomienda a los Operadores Mineros mantener a su personal dentro de los campamentos mineros y restringir su desplazamiento hasta la cabecera municipal y otros municipios y para aquellos que no cuentan con campamentos se les recomienda iniciar su construcción. Las medidas a implementar son las siguientes:
1. Usar tapabocas para la circulación en áreas comunes. 2. Los trabajadores y personal que prestan otros servicios en esas zonas deben implementar el
lavado de manos, en donde el contacto con el jabón debe durar mínimo entre 40 - 60 segundos, en especial al llegar al alojamiento, antes de preparar y consumir alimentos y bebidas, antes y después de usar el baño, cuando las manos están contaminadas por secreción respiratoria, después de toser o estornudar.
3. Asearse inmediatamente se haga el ingreso al alojamiento, dejar la ropa usada en una bolsa plástica y en lo posible no ingresar con los zapatos puestos, se deben limpiar los zapatos al menos una vez al día con productos recomendados para la desinfección o en tapete sanitario.
4. Al toser o estornudar, cubrir nariz y boca con el antebrazo o usar un pañuelo desechable e inmediatamente lavarse las manos.
5. No fumar al interior del alojamiento. 6. Incrementar las actividades de limpieza y desinfección de techos, paredes y pisos,
superficies de contacto, lo que permite la prevención y mitigación de factores de riesgo biológico (hongos, bacterias, virus, ácaros).
7. Mantener la ventilación e iluminación natural del alojamiento, en caso de que haya suministro de aire acondicionado, garantizar el mantenimiento permanente.
8. En caso de que un trabajador presente síntomas de COVID-19, notificar a los teléfonos establecidos por la Alcaldía Municipal de La Llanada en la sección de CONTACTOS, y al Supervisor y/o Jefe Inmediato y seguir las recomendaciones brindadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
9. Tener en cuenta las recomendaciones brindadas por el Ministerio de Salud y Protección Social para propiedad horizontal, sobre limpieza y desinfección de vivienda, recomendaciones con el agua para consumo humano, las medidas de prevención al salir de la vivienda, las medidas para usuarios de vehículos particulares, motocicletas y bicicletas y las recomendaciones generales para contener el avance de la infección respiratoria aguda por COVID-19, disponibles en: https://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/Covid-19_copia.aspx
16.14. EMERGENCIAS MINERAS. De presentarse una emergencia minera dentro de los títulos adscritos a COODMILLA LTDA, se realizará el rescate o la atención primaria con personal de las Brigadas de emergencia de cada título, capacitadas en Salvamento Minero, primeros auxilios, APH y control de incendios con un auxiliar de enfermería disponible y con la coordinación del COE de la Cooperativa de Mineros, las cuales están dotadas con elementos para atención de emergencias que hace posible realizar el rescate y lograr evacuar los accidentados hacia el centro médico más cercano, en este caso ESE San Juan Bosco.
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17. PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE POSIBLES CASOS PARA COVID 19. COODMILLA LTDA. define los protocolos de intervención para el manejo de posibles casos para covid 19 de acuerdoa lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social @MinSaludCol.
CASO No 1. Asociados y trabajadores con síntomas leves y moderados de infección respiratoria, sin haber tenido contacto con personas diagnosticadas por COVID 19. Se recomienda a trabajadores y asociados abstenerse de asistir a los títulos mineros y quedarse en casa con las siguientes recomendaciones:
● Lavarse constantemente las manos de acuerdo con los protocolos del Ministerio de Salud y Protección Social.
● Evitar saludar con beso, abrazo y dar la mano y buscar mantener siempre la distancia de más de 2 metros entre personas.
● Abstenerse de tener contacto con los miembros de la familia ● Mantener la casa ventilada, limpiar y desinfectar áreas, superficies y objetos de manera
regular. ● Utilizar tapabocas y recomendar a los habitantes de la casa utilizarlo también ● Vigilar constantemente la evolución de síntomas, al igual que su temperatura ● E informar a las líneas de atención hospitalaria en el caso de aparición de nuevos síntomas o
estos empeoren.
CASO No 2. Asociados y trabajadores con síntomas severos, con contacto con una persona diagnosticada con COVID 19. Se recomienda a trabajadores y asociados abstenerse de asistir a los títulos, y comunicarse a través de las líneas de emergencia establecidas, para que los diferentes entes de salud y control realicen el respectivo seguimiento. El trabajador tiene entre otras las siguientes obligaciones:
● Acatar y obedecer las recomendaciones y restricciones estipuladas por el médico ● informar a el área de higiene y seguridad minera de COODMILLA LTDA. ● Remitir la incapacidad médica al área de higiene y seguridad minera ● Lavarse constantemente las manos de acuerdo con los protocolos del Ministerio de Salud y
Protección Social. ● Evitar saludar con beso, abrazo y dar la mano y buscar mantener siempre la distancia de más
de 2 metros entre personas.
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● Abstenerse de tener contacto con los miembros de la familia ● Mantener la casa ventilada, limpiar y desinfectar áreas, superficies y objetos de manera
regular. ● Utilizar tapabocas y recomendar a los habitantes de la casa utilizarlo también
El área de higiene y seguridad minera tomará entre otras las siguientes medidas:
● Educación, capacitación y entrenamiento en las medidas de prevención en cuanto a: Higiene, aseo, limpieza, desinfección, alimentación, medidas de aislamiento etc.
● Realizar una investigación de campo vía telefónica con el fin de identificar contactos previos que tuvo el trabajador y así fortalecer la información de los entes de salud.
CASO No 3. Asociados y trabajadores diagnosticados con COVID 19. Notificar al área de higiene y seguridad minera de COODMILLA LTDA. y esta deberá realizar una investigación de campo vía telefónica, con el fin de identificar contactos previos que tuvo el trabajador y así fortalecer la información de los entes de salud. Del mismo modo el área de higiene y seguridad minera brindara la informacion y capacitacion en temas relacionados frente a la pandemia del COVID 19 a traves de lineas de comunicacion. El trabajador deberá cumplir con el protocolo de aislamiento establecido por las autoridades sanitarias. COODMILLA LTDA. cumplira a cabalidad con todas las recomendaciones expedidas por los organismos de control.
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18. BIBLIOGRAFÍA Y CIBERGRAFÍA ● ARL Positiva Compañia de Seguros:
https://portal.posipedia.co/sectores-economicos/transversales/coronavirus-covid-19/ ● Gobierno Nacional: https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html ● Ministerio de Salud y Protección Social: https://d2jsqrio60m94k.cloudfront.net/ ● Ministerio del Trabajo: https://www.mintrabajo.gov.co/web/guest/inicio ● Ministerio de Minas y Energía: https://www.minenergia.gov.co/normativa-covid-19 ● Agencia Nacional de Minería:
https://www.anm.gov.co/?q=gobierno-nacional-recomienda-buenas-practicas-sanitarias-para-empresas-del-sector-minero-energetico-ante-el-covid-19
● Ministerio del Transporte: https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones/8309/guia-y-abc/
● Protocolos de entrada y salida del hogar: :https://www.unicef.org/peru/media/7436/file/Protocolos%20en%20el%20contexto%20COVID-19.pdf
● Imágenes de la Agencia Nacional de Minería, Positiva Compañia de Seguros, ejemplos de empresas mineras en Colombia.
● Ejemplo de Protocolo Minero: https://mineros.com.co/Boletines/protocolo-de-riesgo-biol243gico-covid-19
● Lavado de manos: https://www.who.int/gpsc/information_centre/gpsc_lavarse_manos_poster_es.pdf?ua=1
● Desinfección de manos: https://www.who.int/gpsc/information_centre/gpsc_desinfectmanos_poster_es.pdf?ua=1
CONTROL DE CAMBIOS
VERSION DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO FECHA RESPONSABLE
Version N° 1 Emision Inicial 28/04/2020 DANIEL OSVALDO MATABAJOY RIASCOS GERENTE COODMILLA LTDALTDA
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