Download - (Presentación Wisc NEE Viernes 24 de Mayo)
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Relatores:Ps. Arlett Krause
Educ. Dif. Hctor Gaete
Temuco, Mayo de 2013
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Declaraciones internacionales
Ley 20.422
Ley 20.201
Decreto 170
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La mquina de la escuela.
TONUCCI
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Necesidades Educativas Especiales
Surge en el ao 1978 a partir del informe Warnock.
Contiene propuestas para la integracin escolar ysocial.
Propone abolir el concepto de minusvala,promoviendo el concepto de NecesidadesEducativas Especiales.
Principio de normalizacin.
De un modelo centrado en el dficit
al de Necesidades Educativas Especiales.
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Declaraciones
Universales
Ley 20.422
Ley 20.201
Decreto 170
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Declaraciones Universales con respecto a Diversidad
Convencin Internacional de los derechos del nio (Art. Convencin Internacional de los derechos del nio (Art.2 y 23). (1989)
Declaracin de Salamanca y Marco de Accin para lasN.E.E. (1994).
Convencin Interamericana para la Eliminacin de todaslas Formas de Discriminacin (Guatemala 1999)
Declaracin de Madrid (2002). No discriminacin, msaccin positiva, es igual a inclusin social
Programa de Accin para el Decenio de las Amricas; porel derecho y dignidad de la Personas con Discapacidad(2006).
Convencin internacional sobre los derechos de laspersonas con discapacidad (2006, promulgada en Chileel ao 2008). (La discapacidad es asumida como unacuestin de derechos humanos).
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La relevancia de las creencias en los cambios paradigmticos
Los distintos tericos tanto de las creencias como de las representaciones sociales nos muestran que stas son de difcil cambio y/o modificacin y que por lo mismo estn a la base de los cambios paradigmticos. (Moscovici, 1984)
Estudios internacionales y nacionales muestran representaciones de discapacidad , centradas en aspectos fsicos visibles y de integracin como ayuda o apoyo(Ortega, 2002; Avaria, 2002; Araneda y Gonzlez, 2001; Ceas, 2003).
Integracin representada como apoyo y ayuda, con un ncleo representacional de discapacidad como limitacin y baja capacidad.
Llama profundamente la atencin que no se la represente como derecho a la educacin
Estamos entonces frente a una postura asistencialista y sobre protectora, por lo tanto... Discriminando Benevolentemente. (Krause, 2006)
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Desafos
Reflexionar sobre nuestras propias creencias y/o representaciones respecto de alumnos con
discapacidad, integracin escolar, inclusin social, necesidad educativa.
Impulsar la reflexin en las comunidades educativas a todos los niveles.
El cambio paradigmtico necesariamente pasa por cambio a nivel de creencias.
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Necesidades Educativas Especiales
Es aquel que precisa ayudas y recursosadicionales, ya sean humanos, materiales opedaggicos, para conducir su proceso dedesarrollo y aprendizaje, y contribuir al logro delos fines de la educacin.
Artculo 2, Decreto 170.
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NEE
Se centra en los
apoyos que requiere
No categoriza
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NEE
NEEP NEET
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Necesidades Educativas Especiales de carcter Permanente (NEEP)
Son aquellas barreras para aprender yparticipar que determinados estudiantesexperimentan durante toda su escolaridad comoconsecuencia de una discapacidad diagnosticadapor un profesional competente y que demandanal sistema educacional la provisin de apoyos yrecursos extraordinarios para asegurar elaprendizaje escolar. Decreto 170/2010
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Necesidades Educativas Especiales de carcter Permanente (NEEP)
Discapacidad Intelectual.
Discapacidad Auditiva.
Discapacidad Visual.
Autismo
Disfasia.
Multidficit o discapacidades mltiples y sordoceguera.
Decreto 170
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Necesidades Educativas Especiales de carcter Transitorio(NEET)
Son aquellas no permanentes que requieren losalumnos en algn momento de su vida escolar aconsecuencia de un trastorno o discapacidaddiagnosticada por un profesional competente yque necesitan de ayudas y apoyosextraordinarios para acceder o progresar en elcurrculum por un determinado perodo de suescolarizacin. Decreto 170/2010
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Necesidades Educativas Especiales de carcter Transitorio(NEET)
Trastorno Especfico del Aprendizaje(TEA).
Trastorno del Lenguaje(TEL).
Trastorno de Dficit Atencional o Trastorno Hipercintico.
Coeficiente intelectual(CI) en el rango lmite, con limitaciones significativas en la conducta adaptativa.
Decreto 170
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Legislacin Chilena al servicio de la Inclusin
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Declaraciones internacionales
Ley 20.422
Ley 20.201
Decreto 170
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Ley 20.422ESTABLECE NORMAS SOBRE IGUALDAD DEOPORTUNIDADES E INCLUSIN SOCIAL DEPERSONAS CON DISCAPACIDAD.
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Ley 20.422
Entra en vigencia el 10 de febrero de 2010.
Modifica ley 19.284 que Establece normaspara la integracin social de las personas condiscapacidad.
Desde la Integracin hacia la inclusin
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Concepto de igualdad de oportunidades
Medidas de accin positivas
Ausencia de discriminacin
LEY 20.422Objetivo Ley:
Asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades delas personas con discapacidad, con el fin de obtener suplena inclusin social, asegurando el disfrute de susderechos y la eliminacin de cualquier forma dediscriminacin fundada en su discapacidad.
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MEDIDAS CONTEMPLA LA LEY:
1. Accesibilidad a la cultura, informacin y comunicaciones.
2. Accesibilidad al entorno fsico y transporte.
3. Educacin e inclusin escolar.
4. Capacitacin e insercin laboral.
5. Franquicias arancelarias.
6. Reconocimiento a la lengua de seas.
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Educacin e Inclusin Escolar
Garantizar que las personas con discapacidad tenganacceso a la educacin, recibiendo subvencin delEstado.
Contemplar planes para los alumnos con NEE,fomentando la participacin de toda la comunidadeducativa.
Acceso a las personas con discapacidad a lasInstituciones de Educacin Superior.
Asegurar atencin escolar en el lugar que, porprescripcin mdica deban permanecer.
El Estado deber introducir modificaciones en elsistema de subvenciones educacionales.
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Declaraciones internacionales
Ley 20.422
Ley 20.201
Decreto 170
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Ley 20.201
Ley de subvenciones que modifica leyes anteriores enrelacin a la subvencin que perciben las escuelasespeciales y establecimiento educacionales quecuentan con programas de integracin escolar (PIE).
Define y ampla la subvencin a las NecesidadesEducativas Especiales de carcter transitorio
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ANTES DE LA LEY 20.201
Trastornos especficos del lenguaje
Intelectual
Auditiva
Visual
Motora
Graves Alteraciones de la relacin y comunicacin
TRANSITORIASPERMANENTES
DISCAPACIDAD
EDUCACIN ESPECIAL
NEE
SUBVENCIN
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CON LA LEY 20.201
Trastornos especficos del lenguaje
Intelectual
Auditiva
Autismo
Visual
Multidfict
TRANSITORIASPERMANENTES
DISCAPACIDAD
EDUCACIN ESPECIAL
NEE
SUBVENCIN
Trastornos especficos del aprendizaje
Dficit atencional con o sin hiperactividad
Coeficiente intelectual en rango lmite
Disfasia
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Ley 20.201
Establece el fraccionamiento de la subvencin de NEE de carcter transitorio.
Establece como requisito fundamental para acceder a lasubvencin de educacin especial un diagnstico quecertifique que un estudiantes es portador de unadiscapacidad transitoria o permanente.
Esta ley exige la creacin de un reglamento que regule estos procesos diagnsticos
Decreto 170
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Declaraciones internacionales
Ley 20.422
Ley 20.201
Decreto 170
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DECRETO 170
Fija normas para determinar los alumnos conNecesidades Educativas Especiales que sernbeneficiarios de las subvenciones para laeducacin especial.
Este reglamento regula los requisitos, losinstrumentos, las pruebas diagnsticas y elperfil de los profesionales competentes quelas aplicarn.
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Profesionales competentes
Un profesional competente es aquel que se encuentrainscrito en el Sistema de Registro Nacional de Profesionalesde la Educacin Especial.
Para evaluar el funcionamiento intelectual de los y lasestudiantes entre 6 y 16 aos de edad, se exigir la utilizacinde la "Escala de Inteligencia de Wechsler para Nios - WISC-III" estandarizacin chilena o la versin estandarizada msreciente que la reemplace. (Artculo 62. Dcto. 170)
Ser inhbil para realizar diagnsticos de ingreso y egreso, elprofesional que tenga la calidad de sostenedor y familiareshasta tercera generacin.
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Discapacidad Profesionales
Discapacidad auditiva Mdico otorrinaringlogo o neurlogo y
profesor de educacin
especial/diferencial.
Discapacidad visual Mdico oftalmlogo o neurlogo y
profesor de educacin
especial/diferencial.
Discapacidad intelectual y coeficiente
intelectual(CI) en el rango lmite, con
limitaciones significativas en la conducta
adaptativa.
Psiclogo, mdico pediatra o neurlogo
o psiquiatra o mdico familiar y
profesor de educacin
especial/diferencial.
Autismo
Disfasia
Mdico psiquiatra o neurlogo,
psiclogo, fonoaudilogo y profesor de
educacin diferencial/especial.
Trastorno especfico del lenguaje Fonoaudilogo, profesor de educacin
especial/diferencial, mdico pediatra o
neurlogo o psiquiatra o mdico
familiar.
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Discapacacidad Profesionales
Multidficit o discapacidades mltiples y
sordoceguera.
Mdico neurlogo u oftalmlogo u
otorrino o fisiatra u otras
especialidades, segn corresponda;
psiclogo y profesor de educacin
especial/diferencial.
Dficit Atencional con y sin
hiperactividad o Trastorno Hipercintico.
Mdico neurlogo o psiquiatra o
pediatra o mdico familiar o mdicos
del sistema pblico que cuenten con la
asesora de especialistas, de acuerdo a
lo establecido por el Fondo Nacional de
Salud, psiclogo y/o profesor de
educacin especial/diferencial o
psicopedagogo.
Trastorno especfico del aprendizaje Profesor de educacin
especial/diferencial o psicopedagogo y
mdico pediatra o neurlogo o
psiquiatra o mdico familiar.
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ROL Y FUNCIONES DEL PSICLOGOEN LOS PIE
Profesional asistente de la educacin Coordinador
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Relatores:Ps. Arlett Krause
Educ. Dif. Hctor Gaete
Temuco, mayo de 2013