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Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas
Abril, 2016
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Asociación de Empresas Automotriz del Ecuador - AEADE
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Asociación de Empresas Automotriz del Ecuador - AEADE
Propósito de la audiencia:
Brindar la asesoría técnica en base a la experiencia de las marcas comercializadoras de vehículos exonerados.
Comunicar el impacto en los beneficios de las Personas con Discapacidad.
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Datos relevantes del Mercado 2015. Ventas de vehículos nuevos:
81,309 Venta de vehículos exonerados PcD:
823 1% de unidades del mercado total
Fuente: AEADE
3,654 Personas con Discapacidad importaron vehículos desde el año 2008 al 2015, esto representa el 0.89% del total de 408,021 personas en el Registro Nacional de Discapacidades.
Fuente: CONADIS
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“Artículo 47.- Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:
4. Exenciones en el régimen tributario”
El proyecto del Ejecutivo implicaría pasar de una “exención" a una “devolución” Esto significaría que una persona debería financiar
cerca de US$ 15.000 en tributos por un vehículo de US$ 18000 FOB
1.- Devolución de impuestos a través del SRI
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Prolongación de tiempos de entrega:
La Persona con Discapacidad debe obtener el financiamiento total previo para el pago del vehículo.
Es posible que no apliquen garantías y no exista disponibilidad de repuestos si se importa modelos no homologados en el país.
No es posible que una persona natural realice un pedido directo a la empresa fabricante.
2.- Importación directa a consumo, impactos:
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3.- Valor FOB vehículos adaptados Kia Soul:
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Valor FOB vehículos adaptados. Kia Soul:
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Valor FOB vehículos adaptados. Fiat 500:
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Valor FOB vehículos adaptados. Toyota Sienna:
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Valor FOB vehículos adaptados. Toyota Sienna:
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Recomendaciones
1. Mantener las «Exenciones al régimen tributario»
2. Mantener la opción de importación directa y de compra al distribuidor autorizado en el país, como es en la actualidad
3. Valor FOB máximo sea de al menos 90 SBU: $32,850