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Una reflexión inicial
i n d i s p e n s a b l e:
¿Que son los Derechos Humanos?
©® Todos los derechos reservados
Perogruyo diría:
“Los Derechos Humanos son…
normas jurídicas”
Bilaterales,
Heterónomos,
Coercibles,
Abstractos…
Y, por lo tanto…
Bilateralidad de las normas jurídicas:
“frente a todo obligado hay un
facultado”, ….y viceversa
Los Derechos Humanos surgieron para limitar el poder y
los abusos de los Gobernantes sobre las personas de
los Gobernados
Fuente: http://www.unidosporlosderechoshumanos.mx/what-are-human-rights/brief-history/magna-carta.html
Algo de historia sobre este punto…
Por lo tanto, en los Derechos Humanos…
El obligado siempre es el gobernante, la autoridad…
…y, el facultado es, siempre: …el gobernado
¿Hay un catálogo limitativo de
los Derechos Humanos en México?
No
Lo que si hay es una tensión permanente entre
el Gobernante y los Gobernados…
El gobernante intentando:
desconocerlos, ignorarlos o reducirlos…
El gobernado intentando:
preservarlos, defenderlos o ampliarlos…;
en esto los Juristas y Universitarios tenemos
un gran compromiso con nuestro Pueblo…
Ahora, al grano…
El Derecho Humano
a la Democracia
Como ocurre con todos los temas inéditos al inicio:
mas preguntas que respuestas
Para procurar las respuestas correctas,
es preciso recurrir, entre otros, a:
• La Constitución
• Los Conceptos Jurídicos Fundamentales
• La Lógica Jurídica
• La Doctrina Jurídica
• La Filosofía Jurídica
Las preguntas,…
iniciales…
1a. ¿Existe el
“Derecho Humano
a la Democracia”?
2a. ¿En donde se encuentra reconocido el
“Derecho Humano
a la Democracia”?
3a. ¿En que consiste el
“Derecho Humano
a la Democracia”?
4a. ¿Que consecuencias jurídicas posee el
“Derecho Humano
a la Democracia”?
5a. ¿como se puede hacer valer el
“Derecho Humano a la Democracia”
Las respuestas,…
iniciales…
1a. pregunta: ¿existe el
“Derecho Humano a la Democracia”?
1a. respuesta: si existe
Vamos por partes…
¿Que es la “Democracia”?, I
Nuestra Constitución Política establece lo siguiente:
1.- Gobierno del Pueblo, por el Pueblo y para el
Pueblo:
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y
originariamente en el pueblo. Todo poder público
dimana del pueblo y se instituye para beneficio de
éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable
derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
¿Que es la “Democracia”?, II
Nuestra Constitución Política establece lo siguiente:
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano
constituirse en una República representativa,
democrática, laica y federal, compuesta por
Estados libres y soberanos en todo lo concerniente
a su régimen interior, y por la Ciudad de México,
unidos en una federación establecida según los
principios de esta ley fundamental.
2.- República democrática:
Reflexiones obligadas:
No puede haber “República” sin Democracia
No puede haber “representatividad” sin Democracia
No puede haber “representatividad” en contra de los intereses de los representados
No puede haber “representatividad en todo” de los representados
No puede haber “representatividad” que anule a los representados
Artículo 3o. …
II. El criterio que orientará a esa educación se basará
en los resultados del progreso científico, luchará
contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres,
los fanatismos y los prejuicios. Además: a) Será
democrático, considerando a la democracia no
solamente como una estructura jurídica y un
régimen político, sino como un sistema de vida
fundado en el constante mejoramiento económico,
social y cultural del pueblo;
3.- Se entiende por “Democracia”:…
¿Que es la “Democracia”?, III
Nuestra Constitución Política establece lo siguiente:
Efectivo significa:
Que tiene efecto; es real, verdadero, cierto
2a. pregunta:
¿en donde se encuentra reconocido el
“Derecho Humano a la Democracia”
1a. respuesta: si existe2a. respuesta:
En la Constitución Politica de
los Estados Unidos Mexicanos
Leamos:…
Luego:…
Los derechos Humanos en México…
se “reconocen”
A.- Directamente en en Texto de la
Constitución
B.- Indirectamente, en el Texto de los
Tratados Internacionales en que sea
parte
Continuemos leyendo:
En la Constitución…
Artículo 35. Son derechos del ciudadano:
I. Votar en las elecciones populares;
II. Poder ser votado para todos los cargos de elección
popular, teniendo las calidades que establezca la ley.
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano
constituirse en una República representativa,
democrática, laica y federal, compuesta por Estados
libres y soberanos…
Sigamos leyendo:
En los tratados…
A.- DECLARACIÓN UNIVERSAL
DE DERECHOS HUMANOS
Artículo 21
…
3. La voluntad del pueblo es la base de laautoridad del poder público; esta voluntad seexpresará mediante elecciones auténticasque habrán de celebrarse periódicamente, porsufragio universal e igual y por voto secreto uotro procedimiento equivalente que garantice lalibertad del voto.
Prosigamos:…
CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (B-32)
Artículo 23. Derechos Políticos
1. Todos los ciudadanos deben gozar de los
siguientes derechos y oportunidades:
…
b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas
auténticas, realizadas por sufragio universal e
igual y por voto secreto que garantice la libre
expresión de la voluntad de los electores, y
3a. pregunta: ¿En que consiste el
“Derecho Humano a la Democracia”
3a. respuesta:
En una Democracia Representativa,
consiste en…
votar para elegir “gobernantes”
Luego:…
En una “Democracia Representativa”
este Derecho Humano consiste,
fundamente en votar
“Votar”, es entonces …El Derecho…
Quedamos desde el inicio que
en los Derechos Humanos, el obligado es:…
El Gobernante
“Pero”, si el Derecho Humano a la Democracia
es b i l a t e r a l :
¿En dónde quedan:
la obligación y el obligado?
Y, ¿en qué consiste la
obligación Democrática esencial…
del gobernante?…
La obligación del gobernante es muy simple:…
“Respetar el voto”
¿Qué significa Sufragio efectivo, no reelección?:“Sufragio efectivo, no reelección” fue el lema de la campaña
de Francisco Ignacio Madero en el año de 1910, cuando se lanzó a competir por la presidencia de la República
Mexicana contra el dictador Porfirio Díaz, quien llevaba 35 años en el poder.
Fuente: https://www.significados.com/sufragio-efectivo-no-reeleccion/
Todo lo demás es accesorio
o complementario:
• Preparar las elecciones
• Integrar los organismos electorales
• Los partidos políticos
• Juzgar los recursos e inconformidades
• El Cofipe
“Respetar el voto”
Todo lo anterior carece de sentido
si se incumple la obligación esencial:
Nuestra Constitución Política en su artículo 41 habla
del Derecho Humano a votar en elecciones auténticas
y periódicas, lo mismo que la Declaración Universal de
Derechos Humanos en su artículo 21, y la Convención
Americana de Derechos Humanos en su artículo 23.
Auténtico significa:
acreditado como cierto y verdadero
Pero:…
El gobierno ignora en este Derecho Humano
su obligación de respetar el voto de las personas,
y las garantías de estas para exigir su cumplimiento
• “Olvida” lo que disponen los artículos 3, 35, 39, 40, 103 y 107
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
• “Ignora” lo que dispone el artículo 21 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos
• “Desconoce” lo que se establece en el artículo 23 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos
El truco para ignorar la obligación gubernamental
de respetar el voto es muy simple:
… se llama “Sinécdoque”
Sinécdoque: consiste en tomar la parte por el todo…
lo electoral, por la Democracia
Porque la Democracia es una Forma de Gobierno
que implica:
Los Derechos Humanos y sus garantías
La República
Las elecciones y lo electoral
Los Partidos Políticos
Las leyes y autoridades electorales…
Lo “electoral”, en cambio, es una parte
importante de la Democracia, pero es un
“concepto” menor, en relación con un
“Derecho Humano”
Nuestra Constitución Política en su artículo 41,
fracción VI establece que para garantizar los
principios de constitucionalidad y legalidad de los
actos y resoluciones electorales, se establecerá
un sistema de medios de impugnación en los
términos que señalen esta Constitución y la ley.
Dicho sistema dará definitividad a las distintas
etapas de los procesos electorales y garantizará la
protección de los derechos políticos de los
ciudadanos de votar, ser votados y de
asociación, en los términos del artículo 99 de esta
Constitución.
El Derecho a votar en elecciones
auténticas es un Derecho Humano,
y por lo tanto un Derecho Político.
El Derecho Humano a la Democracia
implica el derecho:
a.- a votar,
b.- a que sus votos se cuenten bien, y
c.- a ejercer las garantías procesales
para defender este Derecho Político.
La Ley General del Sistema de
Medios de Impugnación en Materia Electoral
restringe el Derecho Humano a la Democracia
y su garantía para hacerlo valer:
El Juicio de Amparo
LIBRO TERCERO
Del juicio para la protección de los
derechos político–electorales del ciudadano
Artículo 79
1. El juicio para la protección de los derechos político-
electorales, sólo procederá cuando el ciudadano por sí
mismo y en forma individual o a través de sus
representantes legales, haga valer presuntas
violaciones a sus derechos de votar y ser votado
en las elecciones populares, de asociarse individual
y libremente para tomar parte en forma pacífica en los
asuntos políticos y de afiliarse libre e
individualmente a los partidos políticos.
Veamos…
Pero excluye su Derecho Humano
de las personas a exigir
que su voto “se cuente bien”
¿Que puede hacer un Ciudadano ante una violación de este porte a su
Derecho Humano a la Democracia?
Fuente: https://twitter.com/JohnMAckerman
La respuesta es:
El Juicio de Amparo
El Derecho Humano a la Democracia
es distinto a lo estrictamente electoral
y es jerárquicamente superior
Sus fines son muy sencillos:
1.- Evitar que el gobernante (autoridad electoral)
vulnere o restrinja el
Derecho Humano a la Democracia
contando el voto de las personas en forma indebida
2.- Evitar que mediante leyes secundarias
o conceptos accesorios,
se vulnere o restrinja la garantía procesal
por excelencia de los Derechos Humanos:
El Juicio de Amparo
3.- Garantizar que las personas de los Ciudadanos,
puedan exigir que su voto en su propia casilla
se cuente efectivamente por la autoridad electoral
responsable de hacer el cómputo definitivo
¿Que puede hacer un Ciudadano ante una violación de este porte a su
Derecho Humano a la Democracia?
4.- Proteger el “Derecho Humano a la Democracia”
aun entre quienes no pueden, por razones
de edad o de otra índole, participar en los procesos electorales
Queda mucho por hacer en este tema…
las tensiones entre gobernantes y gobernados aumentarán
es tarea de los Juristas perfeccionarlo y defenderlo.
En eso estamos…. en la UAM
Muchas gracias por su atención
Preguntas en el siguiente blog:
http://edhd2017.blogspot.mx/