DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO
SUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS
DE PETROQUÍMICA AREA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO CANGREJERA
Prebases de Licitación Pública Nacional
Número18578011-______-15 Numero Interno ___________
PREBASES: 20 JULIO 2015 Página 1 de 143
Coatzacoalcos, Ver, a 20 de Julio de 2015
PREBASES DE LICITACIÓN PARA COMENTARIOS PREBASES DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL. OBJETO DE LA LICITACIÓN: “REFRACTARIOS, CONCRETOS Y AISLANTES.” DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, PEMEX PETROQUÍMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PRÓXIMO DÍA 07 DE AGOSTO DE 2015; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS: [email protected]; [email protected]; [email protected]
La publicación de las Prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.
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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NO. 18578011-_____-15
PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES CONSISTENTES EN:
“REFRACTARIOS, CONCRETOS Y AISLANTES.”
Bajo la modalidad de Contrato estándar a precio fijo
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de conformidad con los Artículos 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción I, 53 Fracción I, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); Artículos 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”) y demás disposiciones legales vigentes en la materia, se convoca a todos los interesados de nacionalidad mexicana a participar en la licitación pública nacional presencial, bajo la Reserva Permanente de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio que se citan a continuación: TLC México-América del Norte (TLCAN), TLC México-Colombia,(TLCG3), TLC México-Israel (TLCIS), TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (TLAELC), TLC-México-Japón (TLCJP), y bajo la Reserva Transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público del Tratado de Libre Comercio siguiente: TLC México-Chile (TLCHI)
PEMEX PETROQUÍMICA, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, por conducto de la AREA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO CANGREJERA del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos, Villahermosa C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 (921) 21 13000 ext. 33-059 y 33-688; correo electrónico: [email protected], [email protected], [email protected]; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación 18578011-____-15, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido No. 432-42000-B-1022088 y 436-42370-B-1029260, que tiene por objeto la adquisición de bienes consistentes en: “REFRACTARIOS, CONCRETOS Y AISLANTES (en adelante “bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 22 Documentos.
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Cronograma del Procedimiento de Contratación.
Actos Fecha Hora Sala/Dirección
Fecha límite para adquirir las bases
00:00 horas
A través del sistema de pago en banco, mediante depósito en firme en BBVA BANCOMER, en la cuenta No. 0162378531, con Clave Interbancaria No. 012790001623785313 a nombre de PEMEX PETROQUIMICA CANGREJERA Ó transferencia electrónica en la cuenta BBVA Bancomer misma cuenta y clabe interbancaria.
Visita(s) a instalaciones
horas
Sala de juntas del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México
Etapa de precalificación –NO APLICA-
______ ______ ------------------------------------------------------------
Junta (s) de aclaración (es) a las bases de licitación.
horas
Sala de juntas del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.
Presentación y apertura de propuestas.
horas
Sala de juntas del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.
Plazo para que la convocante solicite aclaraciones a las propuestas presentadas y/o para que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el segundo párrafo del artículo 29 de las DAC´S.
---------- Ventanilla de Atención a Proveedores del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México; ( o por medios electrónicos siguientes: [email protected]; [email protected], [email protected]
Etapa de Ofertas Subsecuentes de Descuento y de Negociación de precios -NO APLICA-.
______ ______ -------------------------------------------------------------
Junta Pública para dar a conocer el Fallo de la licitación (Fecha estimada).
horas
Sala de juntas del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.
Plazo para Suscripción del contrato (Fecha estimada).
______
Ventanilla de Atención a Proveedores del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.
REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en las Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. ANEXO SSPA Y
FORMATO 4.
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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO
01 Especificaciones Técnicas.
02 Aspectos Administrativos.
03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante
03-A Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de propuestas.
04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante
05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.
05-A Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. –NO APLICA-
06 Formato de propuesta Técnica.
06-A Formato de propuesta Económica.
06-B Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.
08
Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.
08-A Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para Garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad
08-B Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. –NO APLICA-
08-C Modelo de Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICA-
09 Niveles de inspección de Bienes.
10 “Calculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados” emitido por la Subdirección de la Unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos
10-A Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante de los bienes, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.3 del Documento 10 “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.
10-B Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante adjudicado o proveedor de los bienes, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 4.1 del Documento 10 “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.
10-C Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante adjudicado o proveedor de los bienes, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 4.2 del Documento 10 “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.
11 Modelo-Guía del Contrato
12 Causas de desechamiento
13 Anexo SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
13-A Formato 4 Anexo SSPA “Lineamientos de requerimientos que debe cumplir el proveedor”.
14 Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitaciones.
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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO
15 Nota Informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
16 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-
17 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICA-
18 Modelo de convenio de participación conjunta. –NO APLICA-
Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios. Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.
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DOCUMENTO 01 ESPECIFICACIONES TECNICAS
PARTIDA CANTIDAD UNIDAD
DE MEDIDA
DESCRIPCIÓN
1 400 PIEZA
COLCHA REFRACTARIA DE FIBRA CERAMICA COMPUESTA DE FIBRAS LARGAS 1 IN DE ESPESOR 24 IN DE ANCHO 25 FT LONGITUD DENSIDAD DE 4 LBS/FT3 TEMP.MAX.OPN. DE 1315°C COMPOSICION QUIMICA ALO3 44-50 SiO2 50-60 Fe2O3 0.1-0.2 TiO2 0.1-0.2 COLOR BLANCO. SU COMPOSICION QUIMICA DEBE SER: ALO3 44-50, SiO2 50-60, Fe2O3 0.1-0.2, TiO2 0.1-0.2 NORMA ASTM-C-892-93 Especificación estándar para la alta temperatura de aislamiento térmico de fibra de Manta. SE REQUIERE QUE SU EMBALAJE VENGAN PROTEGIDOS EN CAJAS DE CARTÓN.
2 400 PIEZA
COLCHA REFRACTARIA DE FIBRA CERAMICA COMPUESTA DE FIBRAS LARGAS 1 IN DE ESPESOR 24 IN DE ANCHO 25 FT LONGITUD DENSIDAD DE 6 LBS/FT3 TEMP.MAX.OPN. DE 1315°C COMPOSICION QUIMICA ALO3 44-50 SiO2 50-60 Fe2O3 0.1-0.2 TiO2 0.1-0.2 COLOR BLANCO. SU COMPOSICION QUIMICA DEBE SER: ALO3 44-50, SiO2 50-60, Fe2O3 0.1-0.2, TiO2 0.1-0.2 NORMA ASTM-C-892-93 Especificación estándar para la alta temperatura de aislamiento térmico de fibra de Manta. SE REQUIERE QUE SU EMBALAJE VENGAN PROTEGIDOS EN CAJAS DE CARTÓN.
3 400 PIEZA
COLCHA REFRACTARIA DE FIBRA CERAMICA COMPUESTA DE FIBRAS LARGAS 1 IN DE ESPESOR 24 IN DE ANCHO 25 FT LONGITUD DENSIDAD DE 8 LBS/FT3 TEMP.MAX.OPN. DE 1315°C COMPOSICION QUIMICA ALO3 44-50 SiO2 50-60 Fe2O3 0.1-0.2 TiO2 0.1-0.2 COLOR BLANCO. SU COMPOSICION QUIMICA DEBE SER: ALO3 44-50, SiO2 50-60, Fe2O3 0.1-0.2, TiO2 0.1-0.2 NORMA ASTM-C-892-93 Especificación estándar para la alta temperatura de aislamiento térmico de fibra de Manta. SE REQUIERE QUE SU EMBALAJE VENGAN PROTEGIDOS EN CAJAS DE CARTÓN.
4 3000 KILOGRA
MO
CEMENTO AISLANTE MONOLÍTICO DE LANA MINERAL ESPECIFICACIÓNES: TEMPERATURA MÁXIMA DE SERVICIO HASTA 1600°F. DENSIDAD DE 352 kg/m³. COMPOSICION QUIMICA DE: SIO2 35.0 A 48.0, CaO 41.0, AL2O3 20.0, MgO 15.0, Fe2O3 5.0, MnO 1.5, S 1.6 LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR: ASTM-C-195 Cementos aislantes. NO SE REQUIERE DE TEMPERATURA MINIMA, SE REQUIERE EN SACOS O BOLSAS DE 25 KILOGRAMOS.
5 100 PIEZA
COLCHA TERMO AISLANTE DE FIBRA MINERAL DE VIDRIO CON ACEITE LUBRICANTE 2 in DE ESPESOR X 2 ft DE ANCHO X 8 ft DE LARGO PARA TEMPERATURA HASTA 538°C DENSIDAD 96 kg/m³ CON METAL DESPLEGADO CALIBRE 26 DE 600 gr/m² COLOR BLANCO. COMPOSICION QUIMICA: SiO2 85-100 LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR: NRF-034-PEMEX-2004 AISLAMIENTOS TERMICOS PARA ALTAS TEMPERATURAS.
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EL PRODUCTO DE REQUIERE ENE CAJAS DE CARTON.
6 5000 KILOGRA
MO
MORTERO REFRACTARIO TIPO 1 BASE HUMEDA ALUMINA 39-42% SILICE 50-52% TEMPERATURA MAXIMA DE TRABAJO 1650°C. LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR: NRF-124-PEMEX-2007 Materiales refractarios para calentadores a fuego directo. SE REQUIEREN EN LATAS O EN CUBETAS DE 40 KILOGRAMOS.
7 10000 PIEZA
ANCLA RECTANGULAR (FIBER LOCK) DE INCONEL 601 DE 1/8 in DE ESPESOR 1/4 in DE ANCHO Y 13 in DE LARGO TEMPERATURA DE OPN. 1093 HASTA 1149°C Mn 1.0 MAX. Ni 58-63 Cr 21-25 Al 1.0-1.7 C 0.10 MAX. Si 0.50 MAX. S 0.015 MAX. Co 1.0 MAX. LA COMPOSICION QUIMICA DEL MATERIAL DEBE SER: Mn: Magnesio 1.0 max., Ni: Niquel 56-83, Cr: Cromo 21-25, Al: Aluminio 1.0-1.7, C: Carbono 0.10 max., Si: Silice 0.50 max., Co: Cobalto 1.0 max. LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR: ASTM-B-113. ASME-B-166 Especificación Estándar para aleaciones de níquel-hierro-cromo (UNS N06600, N06601, N06603, N06690, N06693, N06025, N06045 y N06696) * y los de níquelcromocobalto-molibdeno (UNS N06617) Rod, Bar, y alambre. ASME-B-168 Especificación Estándar para aleaciones de níquel-hierro-cromo (UNS N06600, N06601, N06603, N06690, N06693, N06025, N06045 y N06696) y de níquelcromocobalto-molibdeno (UNS N06617) Chapas y tira. NOM-009-ENER-1995 Eficiencia energética en aislamientos térmicos Industriales. NRF-034-PEMEX-2004 Aislamiento térmico para alta temperatura. EL MATERIAL SE REQUIERE EN CAJAS DE CARTON
8 5000 PIEZA
ANCLA RECTANGULAR DE INCONEL 601 DE 1/8 in DE ESPESOR 1/4 in DE ANCHO 8 in DE LARGO TEMPERATURA DE OPN. 1093 HASTA 1149°C COMPOSICION QUIMICA Mn 1.0 MAX. Ni 58-63 Cr 21-25 Al 1.0-1.7 C 0.10 MAX. Si 0.50 MAX. S 0.015 MAX. Co 1.0 MAX. LA COMPOSICION QUIMICA DEL MATERIAL DEBE SER: Mn: Magnesio 1.0 max., Ni: Niquel 56-83, Cr: Cromo 21-25, Al: Aluminio 1.0-1.7, C: Carbono 0.10 max., Si: Silice 0.50 max., Co: Cobalto 1.0 max., S:0.015 azufre LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR DEBE SER: ASTM-B-113. ASME-B-166 Especificación Estándar para aleaciones de níquel-hierro-cromo (UNS N06600, N06601, N06603, N06690, N06693, N06025, N06045 y N06696) * y los de níquelcromocobalto-molibdeno (UNS N06617) Rod, Bar, y alambre. ASME-B-168 Especificación Estándar para aleaciones de níquel-hierro-cromo (UNS N06600, N06601, N06603, N06690, N06693, N06025, N06045 y N06696) y de níquelcromocobalto-molibdeno (UNS N06617) Chapas y tira. NOM-009-ENER-1995 Eficiencia energética en aislamientos térmicos Industriales. NRF-034-PEMEX-2004 Aislamiento térmico para alta temperatura. EL MATERIAL SE REQUIERE EN CAJAS DE CARTON
9 10000 PIEZA
SEGURO DE CERAMICA (CUP-LOCK) PARA ANCLA RECTANGULAR DE INCONEL 601 DE 1/8 in DE ESPESOR DIAMETRO DE LA BASE 2 3/16 in ALTURA 2 in. LA COMPOSICION QUIMICA DEL MATERIAL DEBE SER: SiO2: 40.40-42.00% Al2O3:48.90-50.00%
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Fe2O3: 0.70-0.90% CaO: 0.12-0.14% TiO2:1.13-1.15% K2O:0.50-0.60% LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR PARA LA PARTIDA 14 DEBE SER: NOM-009-ENER-1995 Eficiencia energética en aislamientos térmicos Industriales. NRF-034-PEMEX-2004 Aislamiento térmico para alta temperatura ASTM-B-113 ASTM-B-166 ASTM-B-168 EL MATERIAL SE REQUIERE EN CAJAS DE CARTON. NOTA 2. LAS NORMAS SON VIGENTES Y APLICAN EN SU TOTALIDAD PARA LAS PARTIDAS EN COMENTO Y LOS PUNTOS DE DESCALIFICACION SE ENCUENTRAN INDICADOS EN EL APARTADOS DEL LICITANTE.
NOTAS PARA LICITANTES: 1. EL LICITANTE DEBERA MANIFESTAR QUE EN SU PROPUESTA EN CASO DE RESULTAR GANADOR, ENTREGARA LOS PRODUCTOS CON UN TIEMPO DE FABRICACION NO MAYOR A TRES MESES, AL MOMENTO DEL SURTIMIENTO DE LOS BIENES. 2. EL LICITANTE DEBERA INDICAR EN SU OFERTA TECNICA QUE LOS BIENES QUE PROPONE SON NUEVOS Y LOS ENTREGARA EN EL ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA DE NO MANIFESTARLO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA OFERTA. 3. INFORMACION TECNICA REQUERIDA: PARA EFECTOS DE EVALUACION SE REQUIEREN QUE LOS LICITANTES DEBEN PRESENTAR JUNTO CON SU OFERTA TECNICA, LOS CATALOGOS O FICHA TECNICA EN COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LOS BIENES, INDICANDO LAS NORMAS DE ACUERDO A LO SOLICITADO, MISMOS QUE DEBERAN SER EMITIDOS POR EL FABRICANTE DE LOS BIENES. 4. EL LICITANTE DEBERA CONSIDERAR EN SU PROPUESTAS LOS 7 DIAS DE INSPECCION DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES. NOTAS PARA PROVEEDOR: 1. EL PROVEEDOR DEBERA ENTREGAR LOS BIENES NUEVOS EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA. 2. NIVEL DE INSPECCIÓN III APLICA A LOS BIENES TERMINADOS QUE SE REVISAN CON PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX, EN LAS INSTALACIONES DEL PROVEEDOR O EN DESTINO FINAL CONFORME EL NUMERAL 12 DEL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES (REV. 01, DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009) AL REALIZAR LA INSPECCIÓN DE BIENES, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR COMO MÍNIMO, LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) REMISIÓN O FACTURA. (COPIA) (SI APLICA) C) CERTIFICADO DE ORIGEN. (NO APLICA) D) GARANTÍA COMERCIAL DEL PROVEEDOR. (SI APLICA) E) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO. ( ORIGINAL) (SI APLICA) H) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (ORIGINAL O COPIA) (SI APLICA) I) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS. (SI APLICA)
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CONFORME EL NUMERAL 15.3 DEL PROCEDIMIENTO EN COMENTO, SE VERIFICARÁ DOCUMENTAL Y FISICAMENTE, LOS SIGUIENTES PUNTOS: 1.- Especificaciones contractuales 2.- La revision del cumplimiento de la normas, codigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados 3.- Certificado de calidad de los bienes terminados. 5.- El acabado y embalaje de los bienes terminados 7.- La documentación que establece el contrato 3. EL PROVEEDOR DEBERA CONSIDERAR LOS 7 DIAS DE INSPECCION DENTRO DELPLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES EN BASE A LOS ESTIPULADO EN EL PUNTO 11.4 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONAL PA-800- 70600-01 REVISION 01. 4. EL PROVEEDOR DEBERÁ INCLUIR EN LA ENTREGA EL ORIGINAL DE LA FICHA TÉCNICA O CATALOGO DEL FABRICANTE QUE PERMITA VERIFICAR QUE CADA PARTIDA CUENTE CON SU ESPECIFICACIÓN TÉCNICA,INDICANDO LAS NORMAS DE ACUERDO A LO SOLICITADO. NOTAS GENERALES: 1.- SE ACEPTAN ENTREGAS PARCIALES DE PARTIDAS COMPLETAS. 2. EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE DE CUMPLIR CON EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES QUE EN MATERIA AMBIENTAL LE SEAN APLICABLES. 3. EL PROVEEDOR PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA DEBERA CUMPLIR CON LA INSTRUCCION OPERATIVA DE LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS." FORMATO 4 S.S.P.A." 4.- LA ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS BIENES ESTAN PERFECTAMENTE DETERMINADAS Y ESTANDARIZADAS LA CUAL NO SE REQUIEREN INNOVACION TECNOLOGICA, POR LO QUE SE DETERMINA QUE EL CRITERIO DE EVALUACION A UTILIZAR SERA EL BINARIO. 5.- CONDICIÓNES DE ENTREGA: D.D.P. ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA. 6. EL SUPERVISOR DEL CONTRATO SERA SUPERVISADA POR EL JOSE M. RODRIGUEZ RODRIGUEZ. ENC. DESP. DE LA SUPTCIA. DE PLANEACION DE MANTTO. 7. PORCENTAJE DE CONTENIDO NACIONAL 65% MINIMO.
10 900 PIEZA
BLOCK REFRACTARIO FORMA HEXAGONAL DE 2 in DE ESPESOR 12 BARRENOS DE 3/8 in DE DIAMETRO. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: - TEMPERATURA MÁXIMA DE OPERACIÓN: 1885 °C PROPIEDADES FÍSICAS: - RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN EN PLANO (ASTM-C-133) 421.84 Kg/Cm2
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(6,000 PSI) MÁXIMO. - MÓDULO DE RUPTURA (ASTM-C-133): 70 Kg/Cm2 (1,000 PSI) MÍNIMO. - CONO PIROMÉTRICO ORTON (ASTM-C-24) NÚMERO 40 MÍNIMO. COMPOSICIÓN QUÍMICA: - ALUMINA (AL2O3): MÍNIMO 95%, MÁXIMO 99% - SÍLICE (SIO2): MÁXIMO 0.5% - ÓXIDO DE FIERRO (Fe2O3): MÁXIMO 0.5% - ÓXIDO DE TITANIO (TIO2): MÍNIMO 0.1%, MÁXIMO 0.4% CARACTERÍSTICAS DE ACUERDO AL DIBUJO No. 403-D6
11 19 PIEZA
LADRILLO REFRACTARIO HEXAGONAL DE 2 in ESPESOR SIN BARRENOS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: TEMPERATURA MÁXIMA DE OPERACIÓN 1,885 °C PROPIEDADES FÍSICAS: - RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN EN PLANO (ASTM-C-133): 421.84 Kg/Cm2 (6,000 PSI) MÁXIMO. - MÓDULO DE RUPTURA PLANO (ASTM-C-133): 70 Kg/Cm2 (1,000 PSI) MÍNIMO. - CONO PIROMÉTRICO ORTON (ASTM-C-24) NÚMERO 40 MÍNIMO. COMPOSICIÓN QUÍMICA: - ALUMINA (AL2O3): MÍNIMO 95%, MÁXIMO 99% - SÍLICE (SIO2): MÁXIMO 0.5% - ÓXIDO DE TITANIO (TIO2): MÍNIMO 0.1%, MÁXIMO 0.4% CARACTERÍSTICAS DE ACUERDO AL DIBUJO No. 403-D6
12 1500 PIEZA
LADRILLO REFRACTARIO FORMA DE BARRA RECTANGULAR DE 3 in X 6 in X 36 in. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: -TEMPERATURA MÁXIMA DE OPERACIÓN 1,875°C PROPIEDADES FÍSICAS: - RESISTENCIA COMPRESIÓN EN PLANO: 1,100 Kg/cm2 - MÓDULO DE RUPTURA: 320 Kg/Cm2 - DENSIDAD PROMEDIO: 2.85 Gr/Cm2 COMPOSICION QUÍMICA: - ALUMINA (AL2O3): MÍNIMO 83% , MÁXIMO 85% - SÍLICE (SIO2): MÍNIMO 10% , MÁXIMO 12% - ÓXIDO DE FIERRO (Fe2O3): MÁXIMO 0.5%
13 25000 KILOGRA
MO
CONCRETO REFRACTARIO DENSO CON UN CONTENIDO DE ALUMINA DEL 94 A 96% TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1870 GRADOS CELSIUS. NORMAS NMX-O-8-1988, NMX-O-15-1988, NMX-O-68-1988 ASTM-401-91/95, ASTM-C-133-97, ASTM-C-862-91/97.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: PROPIEDADES FÍSICAS: - DENSIDAD A 110°C : MÍNIMO 2260 , MÁXIMO 2760 kg/m3 - DENSIDAD A 815°C : MÍNIMO 2560 , MÁXIMO 2660 kg/m3 - MÓDULO DE RUPTURA A 110°C: MÍNIMO 91, MÁXIMO 155 kg/cm2 - MÓDULO DE RUPTURA A 815°C: MÍNIMO 84, MÁXIMO 148 kg/cm2 COMPOSICIÓN QUÍMICA: - SÍLICE (SIO2): MÍNIMO 0.10%, MÁXIMO 0.30% - ALUMINA (AL2O3): MÍNIMO 94%, MÁXIMO 96% - ÓXIDO DE FIERRO (Fe2O3): MÍNIMO 0.2% , MÁXIMO 0.4% - ÓXIDO DE CALCIO (CaO): MÍNIMO 4.2%, MÁXIMO 4.5% - ÓXIDO DE MAGNESIO (MgO): 0.1% - ÁLCALIS (Na2O+K2O): MÍNIMO 0.1%, MÁXIMO 0.4% PRESENTACIÓN EN SACOS DE 25 KG.
14 10000 KILOGRA
MO
CONCRETO REFRACTARIO DE BURBUJAS DE OXIDO DE ALUMINIO DE FRAGUADO HIDRAULICO CON UN CONTENIDO DE ALUMINA DEL 94% AL 96 % TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO 1815 GRADOS CENTIGRADOS. NORMAS NMX-O-8-1988, NMX-O-15-1988, NMX-O-68-1988 ASTM-401-91/95, ASTM-C-133-97, ASTM-C-862-91/97 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: - TEMPERATURA DE SERVICIO 1,815 °C. PROPIEDADES FÍSICAS: - TAMAÑO DE PARTÍCULAS: MALLA 4 Y FINOS - CONDUCTIVIDAD TÉRMICA A 200°F: 4.85 BTU PROMEDIO - CAMBIO LINEAL DE 0.2 A 0.5% - MÓDULO DE RUPTURA DE 300 A 400 PSI - RESISTENCIA A LA COMPRESIÓN DE 1200 A 1400 PSI COMPOSICIÓN QUÍMICA: - ALUMINA (AL2O3): MÍNIMO 94.5, MÁXIMO 94.6% - ÓXIDO DE FIERRO (Fe2O3): 0.2% - ÓXIDO DE CALCIO (CaO): MÍNIMO 4.2 , MÁXIMO 5.0% - ÓXIDO DE MAGNESIO (MgO): MÍNIMO 0.1%, MÁXIMO 0.15% PRESENTACIÓN EN SACOS DE 25 KG.
15 10000 KILOGRA
MO
CONCRETO AISLANTE DE BAJO CONTENIDO DE FIERRO, CARACTERISTICAS: TEMPERATURA DE SERVICIO 1260 oC, COMPOSICION QUIMICA: SI 51-54%, ALUMINA 33-36%, FeO 0.60-0.90%, CaO 8.5-10%. CUMPLIR CON LAS SIGUIENTE NORMAS: NMX-O-1988,NMX-O-15- 1988 NMX-O-68-1988 ASTM-401-91/95, ASTM-C-133-97, ASTM-C-862-91/97 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: PROPIEDADES QUIMICAS:
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- ALUMINA (AL203): MINIMO 33%- MAXIMO 36% - SILICE (SIO2): MINIMO 51%- MAXIMO 54% - OXIDO DE FIERRO (Fe203): MINIMO 0.60%-MAXIMO 0.90% - OXIDO DE MAGNESIO (MgO): MINIMO 0.1%-MAXIMO 1.5% - ALCALIS (Na2O+K20): MINIMO 1% - MAXIMO 2% PROPIEDADES FISICAS : - MODULO DE RUPTURA CURADO Y SECADO (105° C A 1095° C) MINIMO 5 Kg/cm2- MAXIMO 8 kg /cm2 - COMPRESION EN PLANO CURADO Y SECADO (105° CA 1095° C): MINIMO 14 kg/cm2-MAXIMO 28 kg/cm2 - CONDUCTIVIDAD TÉRMICA (205 A 870° C): 0.21 A 0.25 KCAL/M/HR/°C PRESENTACIÓN EN SACOS DE 25 KG.
16 2000 KILOGRA
MO
MORTERO REFRACTARIO TIPO 1 BASE HUMEDA ALUMINA 39-42% SILICE 50-52% TEMPERATURA MAXIMA DE TRABAJO 1650°C. LA NORMATIVIDAD QUE DEBERA CUMPLIR: NRF-124-PEMEX-2007 Materiales refractarios para calentadores a fuego directo. SE REQUIEREN EN LATAS O EN CUBETAS DE 40 KILOGRAMOS.
17 52 PIEZA
LADRILLO REFRACTARIO CIRCULAR DE 2 1/2 in X 4 1/2 in X 9 in TEMPERATURA MAXIMA DE OPERACION 1885°C. ESPECIFICACIONES TECNICAS: TEMPERATURA MAXIMA DE OPERACIÓN 1,885 °C COMPOSICION QUIMICA: - ALUMINA (AL2O3): MINIMO 95% - MAXIMO 99% - SILICE (SIO2): MAXIMO 0.5% - OXIDO DE TITANIO (TIO2): MINIMO 0.1% - MAXIMO 0.4% CARACTERISTICAS DE ACUERDO A LOS DIBUJOS No. 403-D6, 1-CPC.
18 350 PIEZA
COLCHONETA REFRACTARIA DE FIBRA CERÁMICA TIPO IV PARA UNA TEMPERATURA MÁXIMA DE USO 2600 °F (1427 °C) DENSIDAD DE 8 lb/ft³ (128 kg /m³) DE 1 in ESPESOR X 24 in ANCHO X 25 ft DE LONGITUD. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: - ESPECIFICACION: ASTM-C-892 - PUNTO DE FUSION: 1760°C - DIAMETRO DE LA FIBRA: DE 3.00 ¿ 3.5 MICRONES (PROMEDIO) COMPOSICION QUIMICA: - ALUMINA (AL2O3): MINIMO - 33% MAXIMO 37% - SILICE (SIO2): MINIMO 50% - MAXIMO 60% - ZIRCONIO (ZrO2): MINIMO 13% - MAXIMO 19%
19 150 PIEZA
COLCHONETA REFRACTARIA DE FIBRA CERÁMICA TIPO IV PARA UNA TEMPERATURA MÁXIMA DE USO 2600 °F (1427 °C) DENSIDAD DE 6 lb/ft³ (96 kg /m³) DE 1 in ESPESOR X 24 in ANCHO X 25 ft DE LONGITUD. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: - ESPECIFICACION: ASTM-C-892
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- PUNTO DE FUSION: 1760°C - DIAMETRO DE LA FIBRA: DE 3.00 ¿ 3.5 MICRONES (PROMEDIO) COMPOSICION QUIMICA: - ALUMINA (AL2O3): MINIMO - 33% MAXIMO 37% - SILICE (SIO2): MINIMO 50% - MAXIMO 60% - ZIRCONIO (ZrO2): MINIMO 13% - MAXIMO 19%
20 2000 KILOGRA
MO
FIBRA CERAMICA EN PASTA MOLDEABLE TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO DE 1260 oC DENSIDAD DE 640 KGS/M3 COMPOSICION DE 37 A 42% DE ALUMINA Y 55 A 61% SILICE. LA PRESENTACION SERA COMPLETAMENTE SELLADA Y CONTENIDA DENTRO DE CUBETA QUE PODRA SER METALICA O DE PLASTICO LA CAPACIDAD DE ESTAS PODRAN SER HASTA 50 KG.
21 200 PIEZA
COLCHONETA DE FIBRA DE VIDRIO DE 2 in ESPESOR X 24 in DE ANCHO X 96 in DE LONGITUD. NORMAS: NRF-034 PEMEX-2011, ASTM-C-592 Y NOM-009-ENER-95. ESPECIFICACIONES TECNICAS: - DENSIDAD: 6IBS/FT3 - CARA EXTERIOR CON MALLA DE GALLINERO CALIBRE 22 GALVANIZADO DE 2.5 - CENTIMETROS POR 1.9 CENTIMETROS E INTERIOR PESPUNTEADA - CONDUCTIVIDAD TERMICA: 2.221 BTU(0.031 W°/Cm)-0.28 KCAL/M/HR/°C - NO CONTIENE ASBESTO - TEMPERATURA DE SERVICIO: 18° C HASTA 538° C - ABSORCION DE VAPOR DE AGUA:< 5% - RESISTENCIA A LA COMPRESION : <25 Ib/Pie2 - LIBRE DE SHOT O PERDIGON: 0% SHOT.
22 2500 KILOGRA
MO
IMPERMEABILIZANTE BASE ASFALTICA HI-MASTIC 90-07 ESPECIFICACIONES TECNICAS: PROPIEDADES FISICAS: - COLOR: NEGRO - DENSIDAD: 1.05/1.13 Kg/Lt - PROMEDIO DE SOLIDOS: 45% EN VOLUMEN - LIMITE DE TEMPERATURA: 18 A 93 °C - TRANSMISION DE VAPOR DE AGUA: 3.0 PERMISIBLE MINIMO A 1.125 in DE ESPESOR - FLAMEABILIDAD: NO FLAMEABLE PRESENTACION: TAMBOR DE 200 Lts.
23 2250 KILOGRA
MO
IMPERMEABILIZANTE DE BASE ALFALTICA CON BAJA PERMEABILIDAD. ESPECIFICACIONES TECNICAS: - COLOR: NEGRO - DENSIDAD: 1.05/1.20 Kg/Lt - PROMEDIO DE SOLIDOS: 63% EN VOLUMEN - LIMITE DE TEMPERATURA: 29 A 93 °C - TRANSMISION DE VAPOR DE AGUA: 0 - PERMISIBLE MINIMO A 0.125 in DE ESPESOR - FLAMEABILIDAD EN HUMEDO : PUNTO DE FLAMEO 43°C
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PRESENTACION: TAMBOR DE 200 Lts. NOTAS PARA EL LICITANTE: 1.- EL LICITANTE DEBERA MANIFESTAR QUE EN SU PROPUESTA EN CASO DE RESULTAR GANADOR, ENTREGARA LOS PRODUCTOS CON UN TIEMPO DE FABRICACION NO MAYOR A TRES MESES, AL MOMENTO DEL SURTIMIENTO DE LOS BIENES. 2.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA QUE LOS BIENES QUE PROPONE Y EN SU CASO ENTREGUE SON NUEVOS Y LOS ENTREGARA EN EL ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLECAQUE 2.1.- ENTREGAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL O COPIA LEGIBLE DE FICHA TÉCNICA DE LA MARCA PROPUESTA IDENTIFICANDO PARA LA PARTIDA OFERTADA, LA CUAL DEBERÁN SER CONGRUENTE CON LO SOLICITADO 3.- GRADO DE INTEGRACION NACIONAL: 3.1 PARA BIENES NACIONALES: DEBERA MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TECNICA EN CADA UNA DE LAS PARTIDAS EL GRADO DE INTEGRACION NACIONAL, EL CUAL DEBERA SER DEL 65% COMO MINIMO. 4.- EL LICITANTE DEBERA CONSIDERAR EN SU PROPUESTAS LOS 7 DIAS DE INSPECCION DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES. NOTAS PARA EL PROVEEDOR: 1. EL PROVEEDOR DEBERA ENTREGAR LOS BIENES NUEVOS EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE 2.- DEBERÁ CONSIDERAR DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA LOS 7 DÍAS NATURALES QUE LA ENTIDAD LLEVA EN INSPECCIONAR LOS BIENES. 3.- NIVEL DE INSPECCIÓN III APLICA A LOS BIENES TERMINADOS QUE SE REVISAN CON PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX, EN LAS INSTALACIONES DEL PROVEEDOR O EN DESTINO FINAL CONFORME EL NUMERAL 12 DEL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES SE REALIZARA DE CONFORMIDAD CON LO INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CON CLAVE: PA-800- 70600-01 REV. 01 DE FECHA DE 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2009.
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3.1 AL REALIZAR LA INSPECCIÓN DE BIENES, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR COMO MÍNIMO ORIGINAL PARA SUPERVISOR (AREA USUARIA) Y COPIA PARA RECEPTORIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: a)REMISION O FACTURA.(COPIA) (SI APLICA) c) CERTIFICADO DE ORIGEN. (NO APLICA) d) GARANTÍA COMERCIAL. (SI APLICA) e) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO. (ORIGINAL) (SI APLICA) h) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (ORIGINAL O COPIA) (SI APLICA) i) CONTRATO Y SUS ANEXOS. (SI APLICA) 4.- CONFORME EL NUMERAL 15.3 DEL PROCEDIMIENTO EN COMENTO, SE VERIFICARA DOCUMENTAL Y FISICAMENTE LOS SIGUIENTES PUNTOS : 1) ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES 2) LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOS. 3) CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS 5) EL ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS 7) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO. 7.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN. 5.- EL PROVEEDOR DEBERÁ INCLUIR EN LA ENTREGA EL ORIGINAL DE LA FICHA TÉCNICA O CATALOGO DEL FABRICANTE QUE PERMITA VERIFICAR QUE CADA PARTIDA CUENTE CON SU ESPECIFICACIÓN TÉCNICA,INDICANDO LAS NORMAS DE ACUERDO A LO SOLICITADO. 6.-ENTREGAR LOS BIENES EN TARIMAS DE MADERA DEBIDAMENTE EMPACADOS PARA EVITAR DAÑOS DURANTE LAS MANIOBRAS DE CARGA, TRANSPORTE Y DESCARGA. 7.-LLEVAR A CABO LA INSPECCION: JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO CIVIL EL ING. PEDRO E. PEÑA ESTUDILLO (JEFE DE MANTENIMIENTO), CORREO ELECTRONICO: [email protected], QUE PERTENECE A LA SUPERINTENDENCIA DE MANTENIMIENTO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLECAQUE. 7.1.- LUGAR A DONDE SE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN: RECEPTORIA DE MATERIALES ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE. DOMICILIO: CARRETERA COSTERA DEL GOLFO KM 39+400, S/N, S/C, C.P. 96340, COSOLEACAQUE, VERACRUZ, TELEFONO: 01-922-2250024 EXT. 35-175, EN DIAS HABILES Y CON EL SIGUIENTE HORARIO DE RECEPCION DE LOS BIENES: 08:00 A 14:00 HRS.
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NOTAS GENERALES: 1.-CRITERIO DE LA ADJUDICACION: PARTIDAS COMPLETAS 1.1.- SE ACEPTAN ENTREGAS PARCIALES DE PARTIDAS COMPLETAS. 2. EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE DE CUMPLIR CON EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES QUE EN MATERIA AMBIENTAL LE SEAN APLICABLES. 3. EL PROVEEDOR PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLECAQUE CUMPLIR CON LA INSTRUCCION OPERATIVA DE LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS." FORMATO 4 S.S.P.A." 4.- LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS BIENES ESTAN PERFECTAMENTE DETERMINADAS Y ESTANDARIZADAS LA CUAL NO SE REQUIEREN INNOVACION TECNOLOGICA, POR LO QUE SE DETERMINA QUE EL CRITERIO DE EVALUACION A UTILIZAR SERA EL BINARIO. 5.- CONDICIÓNES DE ENTREGA: D.D.P. ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE 6. PORCENTAJE DE CONTENIDO NACIONAL 65% MINIMO.
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DOCUMENTO 02
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
1.- Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación
1.1 Para consulta.
1.2 Pago y Obtención de Bases.
1.2.1 Facturación por compra de bases de licitación
2.- Información General sobre el Procedimiento
2.1 Condiciones Generales de la Licitación.
2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-
3.- Eventos previos a la presentación de propuestas
3.1 Visita a los sitios donde se instalarán los bienes. –NO APLICA-
3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.
3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.
3.4 Etapa de precalificación. –NO APLICA-
4.- Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.
4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de
comunicación electrónica. –NO APLICA-
4.1.1 Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuestas
electrónicas. –NO APLICA-
4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos
4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas
4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas
4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos
4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos legales
4.4.3 Criterios de evaluación de aspectos económicos
4.4.4 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.
4.5 Negociación de precios.
4.6 Ofertas subsecuentes de descuentos –NO APLICA-
5.- Criterios de adjudicación.
5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-
6.- Casos en que se declarará desierta la licitación.
7.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.
8.- Causas de desechamiento de propuestas.
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9.- Fallo.
10.- Inconformidades.
11.- Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones públicas
12.- Firma del contrato.
13.- Aspectos contractuales básicos.
13.1 Tipo de Contrato
13.1.1 Vigencia del contrato.
13.1.2 Cantidades del Contrato.
13.1.3 Ordenes de surtimiento.
13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes
13.3 Nivel de Inspección, Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato
13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.
13.4 Garantías
13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
13.5 Anticipo –NO APLICA-
13.6 Condiciones y forma de pago
13.6.1 Ajuste de precios –NO APLICA-
13.7 Facturación
13.8 Penalizaciones
13.9 Recisión Administrativa del Contrato
13.10 Información Reservada y Confidencial
13.11 Seguros
13.12 Fuentes de Financiamiento –NO APLICA-
13.13 Propiedad Industrial y Derechos de Autor
13.14 ANEXO SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
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Documento 02
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.
Información General Este procedimiento de contratación se convoca: Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial bajo la Reserva Permanente de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio que se citan a continuación: TLC México-América del Norte (TLCAN), TLC México-Colombia,(TLCG3), TLC México-Israel (TLCIS), TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (TLAELC), TLC-México-Japón (TLCJP), y bajo la Reserva Transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público del Tratado de Libre Comercio siguiente: TLC México-Chile (TLCHI). Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería. Definiciones: Área Administradora del Proyecto: Gerencia de Mantenimiento. Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato: SUPERINTENDENCIA DE PLANEACIÓN
DE MANTENIMIENTO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA (GRUPO DE PARTIDAS I, QUE INCLUYE LA PARITDA 1 A LA 9)) Y DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO CIVIL DEL COMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE (GRUPO DE PARTIDAS II, QUE INCLUYE LA PARTIDA 10 A LA 23)). 1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación. La publicación de las bases de la Licitación Pública, se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes dichas bases, de acuerdo a lo siguiente: 1.1 Para consulta: :
A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, en la Ventanilla de atención a proveedores localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México.
B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: http://www.ptq.pemex.com.
1.2 Pago y Obtención de bases: El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación:
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A) A través del sistema de pago en banco, mediante depósito en firme a la cuenta de Concentración Inmediata Empresarial en BBVA Bancomer, cuenta No. 0162378531, con Clabe Interbancaria No. 012790001623785313, a nombre de PEMEX PETROQUIMICA y tienen un costo de $_____ (__________________Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.
B) En transferencia electrónica en la cuenta de Concentración Inmediata Empresarial en BBVA Bancomer, cuenta No. 0162378531, con Clabe Interbancaria No. 012790001623785313, a nombre de PEMEX PETROQUIMICA y tienen un costo de $_________ (___________________ Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.
Será obligatorio presentar copia legible del recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido. La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: ____________ Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: ______________. Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante, cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases. 1.2.1 Facturación por compra de bases de licitación.
Para los licitantes que requieran la facturación por compra de bases de licitación, se les comunica, que en cumplimiento a la fracción V del artículo 29 del CFF, es necesario que el Formato (Documento 14) de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por concepto de "Otros Ingresos”, esté debidamente requisitado (firmado por su representante legal y escaneado) y sea enviado a los correos: [email protected], [email protected], [email protected];, con la finalidad de tramitar ante la Subgerencia de Crédito y Cobranza, con los servidores públicos a las direcciones de correo electrónico de los funcionarios públicos: Francisco Javier Duhalt Fernández: [email protected] y Rey David Jiménez Manzanilla: [email protected], en la misma fecha del día en que se realice el pago (no se aceptarán solicitudes con fechas de días anteriores o posteriores), con la finalidad de cumplir en tiempo con las 72 horas de plazo para el envío al Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), a fin de que les sea elaborada la factura correspondiente. Es importante mencionar que el pago deberá efectuarse en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 A.M. a 13:00 P.M., con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se genere el proceso de "Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica" estas se conviertan en facturas electrónicas y posteriormente sean enviados los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI). Los licitantes que requieran Facturas, deberán estar registradas en el Sistema de Facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta a los correos citados anteriormente, con 24 horas de anticipación al pago de las Bases.
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En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha de que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica, pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP. 2. Información General sobre el Procedimiento. 2.1. Condiciones Generales de la Licitación.
No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.
2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-.
3. Eventos previos a la presentación de propuestas
3.1 Visitas a los sitios donde se instalarán los bienes. –NO APLICA-. La visita al sitio donde instalarán los bienes se llevará a cabo el día _____ a las ____ horas en: la Sala de Juntas de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, la cual únicamente tendrá por objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los Servicios a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico, misma que será coordinada por los servidores públicos, adscritos a ___________.
Reglas para la visita a los sitios donde se instalarán los bienes: Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios donde se instalarán los bienes, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:
Número de la licitación.
Objeto de la licitación.
Nombre de la persona física o Moral.
Nombre y firma del Representante.
En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el segundo y tercer párrafos del numeral 3.2 de estas Bases de Licitación.
Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX PETROQUÍMICA, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.
3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación. La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día ____________ 2015 a las ________ horas, en la Sala de Juntas de Adquisiciones y Servicios localizada en el Edificio Administrativo, del Complejo
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Petroquímico, Cangrejera, ubicada en el km. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver., México, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen. Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de licitación, se deberán acompañar de copia simple legible del recibo de pago correspondiente, pudiendo solicitarlas por cualquiera de los medios que se indican a continuación:
1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected],
[email protected], [email protected]; a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó
2. Entregarlas personalmente en la Ventanilla de Atención a Proveedores el interior del Centro de
Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, en el domicilio de la convocante ubicado en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.
Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la licitación, de las personas que hayan realizado
el pago de bases de la licitación conforme a lo indicado en el párrafo anterior (punto 1 y 2) de las presentes bases, caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones. Por lo que, las preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas. Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.
Pemex Petroquímica podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta.
De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de PEMEX PETROQUÍMICA y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 9:00 a 14:00 horas en días hábiles, Ventanilla de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera,, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. así como en la página www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido. La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.
La inasistencia de algún interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las las 8:30 a 15:30 en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la
ventanilla del Área de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com.
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Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante. 3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.
Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación.
El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales.
Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la o la (s) junta (s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta.
Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com.
Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su
disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al
domicilio de la convocante.
3.4 Etapa de precalificación. –NO APLICA- 4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:
A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Debiendo Acreditar la nacionalidad y personalidad jurídica, de su existencia, objeto social o actividad comercial congruente con la naturaleza de los bienes solicitados y se compromete por sí o por su representada en apego al DOCUMENTO 03, en original en papel membretado de su empresa bajo protesta de decir verdad y firmado autógrafamente por el representante legal que firma la propuesta. El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición. Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.
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Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del comprobante de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.
B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a ésta; así como las manifestaciones
requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. La proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, documentación que se relaciona en el Documento 04. La proposición se presentará dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información: Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliada en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.
C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.
D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de ejecución que propone. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación. Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.
E) Elaborar su oferta económica ofertando un porcentaje de descuento conforme al DOCUMENTO 06-A “Porcentaje de Descuento”, “Catalogo de Conceptos y Precios Unitarios (con Precios Máximos de Referencia)”, conforme a lo siguiente:
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Esta licitación se rige bajo el método de evaluación económica conforme al mecanismo de precios máximos de referencia. Los licitantes como parte de su propuesta económica deberán ofertar en el Documento 06-A denominado “Porcentaje de Descuento” de la presente licitación, un solo porcentaje de descuento para la partida correspondiente, debiendo indicar el precio unitario incluyendo el descuento, así como toda la información solicitada en el Documento citado. El licitante deberá considerar en el cálculo del porcentaje de descuento propuesto, los gastos de transportación y las maniobras de carga y descarga para la prestación entrega de los bienes en los lugares convenidos y a satisfacción de PEMEX Petroquímica. El Licitante deberá incluir en sus precios, todas las erogaciones derivadas del cumplimiento de sus Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Pemex Petroquímica establecidas en el anexo “SSPA”. El precio unitario incluyendo el descuento ofertado por el licitante en el Documento 06-A de su propuesta económica, será el que se anotará en el acta de presentación y apertura de propuestas. Los precios cotizados serán fijos y netos, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables. Se deberá manifestar la vigencia de la propuesta, la cual será mínimo de 60 días naturales.
F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación. –NO APLICA-
F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los
integrantes del grupo, presente copia simple del recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme al Documento 03-A.
F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos
de la legislación aplicable (Documento 18), en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes,
identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando
en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para
suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.
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d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así
como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma
solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;
En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.
f) La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;
g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,
F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta,
conforme al Documento 03 de estas Bases de Licitación.
F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.
F.5) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.
F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de
cumplimiento del Contrato, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4.
F.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del punto 12 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato.
G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas,
preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuestas.
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H) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación de la documentación solicitada para la
etapa de precalificación, preferentemente entregar el Documento 05-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho
documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en dicho. . –NO
APLICA-
I) Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.
J) El licitante deberá acreditar su oferta de bienes nacionales en todas las partidas, conforme a lo
dispuesto en el Documento 10, “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”, para lo cual, deberá incluir en su propuesta un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que:
a) Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el 65% de Grado de Integración Nacional.
b) Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.
La manifestación prevista en el párrafo anterior se deberá presentar en escrito libre, o utilizando el Documento 10-A. En este supuesto y en caso de resultar adjudicado, a la entrega de los bienes el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito, “Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, de acuerdo al apartado 9.1 del Documento 10, “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”, en el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante del bien y el resultado del cálculo del grado de integración nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada conforme al Documento 10-B, el cual formará parte integrante del contrato que derive de la presente licitación. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el párrafo anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada conforme al Documento 10-C, el cual formará parte integrante del contrato que derive de la presente licitación.
K) El licitante propondrá un solo precio unitario para cada partida propuesta.
L) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas
transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.
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Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:
Estratificación
Tamaño Sector Rango de número
de trabajadores
Rango de monto de
ventas anuales (mdp)
Tope máximo
combinado*
Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6
Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93
Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95
Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta
$250 235
Servicios Desde 51 hasta 100
Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta
$250 250
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%. El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una Base de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al Documento 06-B, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.
M) El licitante deberá manifestar en su propuesta que los bienes que propone y en su caso entregue serán nuevos.
N) Los Bienes que integran las presentes Bases de Licitación podrán ser subcontratados de acuerdo a lo
indicado en el Documento 01. –NO APLICA-.
O) El licitante propondrá un solo precio unitario por cada partida propuesta.
P) El grado de integración nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente licitación, deberá ser de cuando menos el 65%.
Q) La vigencia de la proposición deberá ser de 60 días naturales a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de propuestas.
4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-
4.1.1 Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuestas electrónicas. –NO APLICA-
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4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.
A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante, presente
copia simple del recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Documento 3-A.
No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador. En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente.
B) El acto de presentación y apertura de propuesta(s) iniciará a la hora establecida en estas Bases de
Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.
C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de
la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.
D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será
el único facultado para recepcionar las proposiciones sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en términos del artículo 28 inciso a) de las DAC´S.
E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se efectuará en
forma cuantitativa. El servidor público que presida el acto, atendiendo al número de proposiciones presentadas y a las partidas licitadas, podrá optar entre dar lectura al porcentaje de descuento de cada una de las partidas que integran las proposiciones, o anexar copia de la propuesta económica de los licitantes al acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Por lo que no se desechará ninguna de ellas durante dicho acto.
F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta
pública en la que se dé a conocer el fallo, serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia simple a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia del lugar donde será proporcionada copia del Acta correspondiente; mismas que se pondrán a disposición de los licitantes que no hayan asistido a dichos actos; en el tablero ubicado en la en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver.
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México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com. para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido a los actos. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.
El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de las DAC´S, el día ____________ 2015 a las ____________ horas, en la Sala de Juntas, del Área de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura.
4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas.
Las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente, de la misma forma bajo el método Binario, el cual consiste en verificar que las propuestas recibidas cumplan con los criterios de evaluación que se indican en los puntos 4.4.1, 4.4.2 y 4.4.3 del Documento 02 de estas bases de licitación. La evaluación se realizará para cada una de las partidas propuestas.
En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, Pemex Petroquímica a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que presentaron propuestas, realicen aclaraciones o subsanen omisiones respecto de requisitos cuyo incumplimiento o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de su propuesta, dentro del término comprendido del ______ al ____________ de 2015. La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que pueden ser aclarados o subsanados a solicitud de la Convocante, no será motivo para desechar sus propuestas.
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La evaluación se hará por cada partida integrante de cada grupo de partidas; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en esta Convocatoria de algún bien integrante de algún grupo de partidas, la proposición será desechada para dicho grupo de partidas.
4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos.
A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que la documentación
presentada, cumpla con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases de licitación que se haya emitido.
B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el
punto 4 inciso D), del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de licitación.
C) Satisfacer las condiciones y plazo de ejecución, solicitada en el punto 13.2, del Documento
02 de estas bases de licitación.
4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos Legales.
A) Se evaluarán legalmente todas las propuestas recibidas, verificando que los bienes propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases de licitación que se haya emitido.
B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el
punto 4 incisos A), B), C), J) y P) del Documento 02, de estas bases de licitación.
C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, del Documento 02, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.
4.4.3 Criterios de evaluación de aspectos económicos. A) La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario de cada partida, ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas bases de algún concepto o aspecto, la propuesta será desechada. Para la partida 6 y 16, deberán ofertar el mismo precio unitario para cada partida. (Cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).
Los precios a ofertar deben de presentarse en Moneda Nacional y se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables. B) La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos F), G), J), así como con el DOCUMENTO 06-A, de estas bases de invitación.
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C) En la evaluación de las propuestas, se verificará el precio de las partidas que cotice el licitante conforme al método de evaluación económico indicado en el numeral 4.4, de estas bases de invitación. En la evaluación de la propuesta se verificara el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada. Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación, porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante: I.- El que resulte de sumar un 10 por ciento al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos de la investigación de mercado, o en su defecto. II.- El que se obtiene después de sumarle un 10 por ciento al promedio de las ofertas presentadas en la propia invitación las cuales deben ser aceptadas técnicamente. Pemex Petroquímica podrá llevar a cabo en la evaluación de las propuestas la verificación de que el precio de la oferta solvente que haya presentado el precio más bajo resulta conveniente, en caso de que los precios resulten no convenientes la propuesta podrá ser desechada, el cálculo del precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha por inconveniente, porque se encuentra por debajo del precio determinado conveniente, conforme a lo siguiente: I. Los precios preponderantes de las propuestas aceptadas en una Invitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente te pequeña; II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos; III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento (40%), y IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este apartado serán considerados precios convenientes.
4.4.4. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, y previo a la emisión del fallo, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la Convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso.
Se levantará el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes invalide el acto.
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Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo de insaculación el área contratante deberá girar invitación al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo el sorteo. 4.5 Negociación de Precios. En caso de presentarse una sola propuesta dentro de esta licitación, de conformidad con el Artículo 30 de las (DAC), PEMEX Petroquímica llevara a cabo un procedimiento de negociación de precios que mejore la propuesta presentada, determinando en su momento la mecánica del procedimiento a seguir, lo cual será comunicada al licitante posterior al acto de apertura de proposiciones. 4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos -NO APLICA- 5. Criterios de adjudicación.
Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:
I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de
aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
II. El licitante seleccionado en primer lugar, será aquel cuyo precio unitario resulte ser el más bajo derivado de la aplicación del(los) porcentaje(s) de descuento(s) propuestos a los precios máximos de referencia proporcionados por la convocante.
Al licitante cuya proposición haya sido seleccionada en primer lugar, se le adjudicará el contrato.
III. La adjudicación del Contrato será por: PARTIDA COMPLETA. 5.1 Abastecimiento simultáneo. -NO APLICA- 6. Casos en que se declarará desierta la licitación.
La Convocante podrá declarar desierta cuando: I. No se presenten propuestas;
II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados; III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, ó IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.
7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.
La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos siguientes:
a) Cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor; b) Cuando existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes,
arrendamientos o servicios, c) Se acredite que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la
propia dependencia o entidad.
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La determinación de dar por cancelada la licitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirán a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan.
Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:
I. Costo de la preparación e integración de la proposición; II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al acto
de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;
III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, y IV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de los
bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.
Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda. 8. Causas de desechamiento de propuestas. Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan en el Documento 12 y que afecte la solvencia de la propuesta.
9. Fallo.
El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día _______ de __________de 2015 a las __________ horas, en la Sala de Juntas, del área de procura y abastecimiento Cangrejera del Complejo Petroquímico Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, mismo que se podrá anticipar o diferir, si así lo determina la convocante.
En dicho acto, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia simple de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en la en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en
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la página de Internet www.ptq.pemex.com.; siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.
Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. 10. Inconformidades. En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Rancho Alegre, Nivel C-1, del Edificio Sede de Pemex Petroquímica, en Coatzacoalcos, Ver., en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico. 11. Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.
En el marco de la ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, conforme a lo establecido en el Articulo 2 fracciones I, II y IV, Artículo 8 de dicha ley, que a la letra dicen:
Artículo 2. Son sujetos de la presente Ley:
I. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjeras, que participen en las contrataciones públicas de carácter federal, en su calidad de interesados, licitantes, invitados, proveedores, adjudicados, contratistas, permisionarios, concesionarios o análogos;
II. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjeras, que en su calidad de accionistas, socios, asociados, representantes, mandantes o mandatarios, apoderados, comisionistas, agentes, gestores, asesores, consultores, subcontratistas, empleados o que con cualquier otro carácter intervengan en las contrataciones públicas materia de la presente Ley a nombre, por cuenta o en interés de las personas a que se refiere la fracción anterior;
IV. Los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas de carácter federal, quienes estarán sujetos a responsabilidad en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 8. Cualquiera de los sujetos a que se refieren las fracciones I y II del artículo 2 de esta Ley, incurrirá en responsabilidad cuando en las contrataciones públicas de carácter federal, directa o indirectamente, realice alguna o algunas de las infracciones siguientes:
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I. Prometa, ofrezca o entregue dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público o a un tercero, a cambio
de que dicho servidor público realice o se abstenga de realizar un acto relacionado con sus funciones o con las de otro servidor público, con el propósito de obtener o mantener un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación o recepción del dinero o de la dádiva o del resultado obtenido. Se incurrirá asimismo en responsabilidad, cuando la promesa u ofrecimiento de dinero o cualquier dádiva se haga a un tercero, que de cualquier forma intervenga en el diseño o elaboración de la convocatoria de licitación pública o de cualquier otro acto relacionado con el procedimiento de contratación pública de carácter federal;
II. Ejecute con uno o más sujetos a que se refiere el artículo 2 de esta Ley, acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas de carácter federal;
III. Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto participar en contrataciones públicas de carácter federal, no obstante que por disposición de ley o resolución administrativa se encuentre impedido para ello;
IV. Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos en las contrataciones públicas de carácter federal o simule el cumplimiento de éstos;
V. Intervenga en nombre propio pero en interés de otra u otras personas que se encuentren impedidas para participar en contrataciones públicas de carácter federal, con la finalidad de que ésta o éstas últimas obtengan, total o parcialmente, los beneficios derivados de la contratación;
VI. Obligue sin tener derecho a ello, a un servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir o entregar un documento o algún bien, con el fin de obtener para sí o un tercero una ventaja o beneficio;
VII. Promueva o use su influencia, poder económico o político, reales o ficticios, sobre cualquier servidor público, con el propósito de obtener para sí o un tercero un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación del servidor o de los servidores públicos o del resultado obtenido, y
VIII. Presente documentación o información falsa o alterada con el propósito de lograr un beneficio o ventaja. Cuando la infracción se hubiere realizado a través de algún intermediario con el propósito de que la persona física o moral a que se refiere la fracción I del artículo 2 de esta Ley obtenga algún beneficio o ventaja en la contratación pública de que se trate, ambos serán sancionados previo procedimiento administrativo sancionador que se sustancie en términos de esta Ley.
Por lo que los licitantes, proveedores, prestadores de servicio y servidores públicos que participen en los procesos licitatorios se ordenaran y sujetaran a dicho ordenamiento.
Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 15 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:
http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf
12. Firma del Contrato.
La firma del Contrato se hará en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo ó a más tardar el ____ de ______de 2015 y en defecto de tales previsiones, dentro de los diez días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en la Ventanilla de Atención a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, o bien podrá consultar
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el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com., y en el horario comprendido de las 8:00 a 14:00 horas, en días hábiles.
El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.
Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), la persona adjudicada cuyo monto en el contrato a celebrar exceda de $300,000.00 M.N, sin incluir el IVA, previo a la firma del contrato deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Miscelánea Fiscal Vigente, con independencia del año de inicio del procedimiento de contratación que se trate.
En caso de que la persona adjudicada no entregue la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo dentro del plazo establecido en las bases de licitación, no se procederá a formalizar el contrato.
PEMEX PETROQUIMICA podrá no llevar a cabo la formalización del contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo, indicado en el tercer párrafo de este apartado, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del contrato. –NO APLICA-
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.
El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente, conforme al artículo 52 de las DAC´S. En el caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del Consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del párrafo anterior, salvo que el Consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en cuyo caso el Organismo Descentralizado aplicará lo dispuesto en el artículo 54 de las DACS y podrá autorizar la sustitución de que se trate, siempre y cuando se prevea de manera expresa en las bases de licitación. De no autorizarla, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.
El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los bienes, arrendamientos o prestar el servicio, si PEMEX PETROQUÍMICA, por causas imputables a la misma, no firma el contrato. En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente
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comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate, conforme a lo indicado en el artículo 46 tercer párrafo de la ley, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
I.- Costo de la preparación e integración de la proposición. II.- Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, el acto al
acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;
III.- Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, y IV.- Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de
los bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a PEMEX Petroquímica.
Los licitantes podrán solicitar a PEMEX Petroquímica el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la licitación pública o la emisión del fallo respectivo, según corresponda. 13. Aspectos contractuales básicos.
Como Documento 11 se incluye el modelo-guía de contrato. 13.1. Contrato. Este contrato es para el ejercicio fiscal 2015. 13.1.1 Vigencia del Contrato La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.
13.1.2 Cantidades del Contrato. NO APLICA El contrato que resulte de la adjudicación será en la modalidad de ___________, quedando expresamente convenido que Pemex Petroquímica no se obliga a agotar la cantidad máxima, ni la cantidad mínima establecidas a continuación:
13.1.3. Ordenes de Surtimiento. NO APLICA PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de surtimiento” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato. La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR por: El área Administradora del Proyecto a través del Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato del departamento del Complejo Petroquímico Cangrejera y del Complejo Petroquímico Cosoleacaque , o transmitida vía facsímil o medios electrónicos cuando así se convenga.
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El área Administradora del Proyecto a través del Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato del Complejo Petroquímico Cangrejera y del Complejo Petroquímico Cosoleacaque de Pemex-Petroquímica, y el proveedor, en forma conjunta se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto (o la cantidad) máximo(a) establecido(a) en el Contrato, ya que, si en algún momento las ÓRDENES rebasan el presupuesto máximo establecido en el Contrato, el proveedor no deberá realizar servicio alguno, a menos que se celebre convenio modificatorio. El proveedor sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser realizadas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada en el convenio respectivo o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato. 13.2 Condición, Plazo y lugar de entrega de los bienes. La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2012) sin considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones, en el almacén del Complejo Petroquímico Cangrejera (Grupo de partidas I, que incluye la partida 1 a la 9) y del Complejo Petroquímico Cosoleacaque (grupo de partidas II, que incluye la partida 10 a la 23).
El plazo de entrega de los bienes será de 37 (treinta y siete) días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de recepción de la orden de surtimiento por parte del proveedor. En este plazo se consideran los 07 (siete) días naturales que tiene Pemex Petroquímica para realizar la inspección de los bienes.
Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX PETROQUÍMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX PETROQUÍMICA.
Los bienes serán entregados en el Almacén Local del Complejo Petroquímico Cangrejera (Grupo de partidas I, que incluye la partida 1 a la 9), localizado en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México y en el Almacén Local Complejo Petroquímico Cosoleacaque (Grupo de partidas II, que incluye la partida 10 a la 23). ubicado en Carretera Costera del Golfo, KM 39 + 400 S/N, S/C, Cosoleacaque, Ver. C.P.96340, en horario de 08:00 a 14:00 hrs, en días hábiles.
El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones. Los bienes objeto del contrato deberán entregarse por la cantidad solicitada en cada partida.
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El Proveedor deberá entregar los bienes amparados, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de ejecución se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales. 13.3 Nivel de Inspección, Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato El nivel de supervisión que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 01 y Documento 09. El área responsable que realizará la Administración y Supervisión de la ejecución del contrato será: SUPERINTENDENCIA DE PLANEACIÓN DE MANTENIMIENTO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA (GRUPO DE PARTIDAS I, QUE INCLUYE LA PARTIDA 1 A LA 9) Y DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO CIVIL DEL COMPLEJO PETROQUIMICO
COSOLEACAQUE (GRUPO DE PARTIDAS II, QUE INCLUYE LA PARTIDA 10 A LA 23) y la supervisión estará a cargo del Ing. José Alfredo Gallegos Reyes (C.P. Cangrejera) y Ing. Pedro Edgardo Peña Estudillo (C.P. Cosoleacaque) o quien ocupe el cargo, de conformidad con el Documento 01. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número de partida a inspeccionar, así como el número del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.
El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, dicha inspección se realizará de conformidad con lo indicado en el procedimiento institucional para inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en petróleos mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales, con clave: PA-800-70600-01 rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.
Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá presentar en cada entrega como mínimo, copia de la siguiente documentación:
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RECEPTORÍA DE MATERIALES D.D.P. ALMACÉN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, EN HORARIO DE LUNES A VIERNES DE 08:00 A 14:00 HRS.
13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes. En el caso de que los BIENES presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.
Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR. 13.4 Garantías. El proveedor deberá entregar el siguiente instrumento de garantía: Fianza. 13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:
CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
A) REMISIÓN O FACTURA (COPIA) ( SI APLICA) C) CERTIFICADO DE ORIGEN (NO APLICA) D) GARANTÍA COMERCIAL DEL PROVEEDOR ( SI APLICA) E) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO. (ORIGINAL) ( SI APLICA) H) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (ORIGINAL O COPIA) ( SI APLICA) I) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS ( SI APLICA) CONFORME EL NUMERAL 15.3 DEL PROCEDIMIENTO EN COMENTO, SE VERIFICARÁ DOCUMENTAL Y FISICAMENTE,LOS SIGUIENTES PUNTOS: 1) ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES 2) REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES
TERMINADOS 3) CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS 5) ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS
7) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO LA INSPECCIÓN SERÁ REALIZADA POR PERSONAL DESIGNADO POR LA SUPERINTENDENCIA DE PLANEACIÓN DEL MANTENIMIENTO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA. EL LUGAR DONDE SE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN:
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La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08, de estas bases y deberá entregarse en: Ventanilla de Atención a Proveedores, a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, en el horario de: 9:00 a 14:30 horas. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
(D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.
(E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación, 6. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación 7. Copia del finiquito 8. Importe reclamado.
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY Carta de Crédito Stand-by emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia
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equivalente a la del contrato garantizado, más un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, más 90 (noventa) días naturales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. La Carta de Crédito Stand-by que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08-B de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ventanilla de Atención a Proveedores, a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México,, en el horario de: 9:00 a 14:30 horas. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Stand-by otorgada.
(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
Entregados los bienes o concluidos los servicios, el PROVEEDOR quedará obligado durante un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable. Por lo que previamente a la recepción de los bienes o servicios, el PROVEEDOR, a su elección, deberá presentar póliza de fianza o carta de crédito stand-by por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de los bienes entregados o servicios prestados, la misma deberá ser a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, conforme al Documento 08-A o Documento 08-B de estas bases y entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México,, en el horario de: 9:00 a 14:30 horas, Se entregará al proveedor una copia simple de la garantía con el sello de la Ventanilla de Atención a Proveedores, misma que deberá integrarse a la documentación establecida en el contrato que deberá acompañarse con los bienes al momento de realizar el suministro.
CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA
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Cuando la garantía se constituya mediante póliza de fianza, deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08-A de las presentes bases. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.
(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto impugnado sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
(D) Su aceptación para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.
(E) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:
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1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos
necesarios de identificación y descripción de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad y su cuantificación.
5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en que incurra el fiado.
6. Notificación a la afianzadora de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad. La fianza deberá entregarse en el siguiente domicilio Ventanilla de Atención a Proveedores, localizada a Proveedores del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México,, en el horario de: 8:00 a 14:00 horas, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY Cuando la garantía se constituya mediante carta de crédito stand-by deberá ser confirmada o emitida por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08-B de las presentes bases y deberá contar con una vigencia de 6 (seis) meses más 90 (noventa) días. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Stand-by otorgada.
(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by expedida para garantizar la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier
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excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
Si la garantía para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad fue constituida mediante fianza, su liberación estará a lo previsto en la póliza de fianza que se otorgue. En el caso de Carta de Crédito el PROVEEDOR obtendrá de PEMEX PETROQUÍMICA la orden de cancelación correspondiente para su trámite ante la institución de que se trate.
Quedarán a salvo los derechos de PEMEX PETROQUÍMICA para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme a esta cláusula.
La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 08-B, de estas bases y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: Ventanilla de Atención a Proveedores, a Proveedores del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México,, en el horario de: 9:00 a 14:30 horas.
La garantía correspondiente a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. 13.5. Anticipo. –NO APLICA- PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a poner a disposición del PROVEEDOR un anticipo del 0% (cincuenta por ciento), del monto del contrato (en las Condiciones y forma de pago establecidas en el punto 13.6 de estas bases) el cual le será proporcionado dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la fecha de presentación y aceptación de la factura y garantía correspondiente por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El anticipo se pacta bajo la condición de precio fijo.
Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado.
En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el saldo por amortizar en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión o terminación anticipada del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que
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se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente.
El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido de PEMEX PETROQUÍMICA, al amparo del contrato, debe presentar a PEMEX PETROQUÍMICA una garantía, consistente en
El proveedor a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: Fianza ó Carta de crédito, conforme a lo indicado en los puntos 13.5.1 y 13.5.2. 13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICA-
Póliza de fianza que se constituirá por la totalidad del anticipo entregado, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
La Fianza que garantiza la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08-C, de estas Bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ventanilla de Atención a Proveedores a Proveedores del Área de Procura y Abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, en el horario de: 8:00 a 14:00 horas.
13.5.2 Carta De Crédito Standby. –NO APLICA-
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 100% del monto del anticipo, sin incluir I.V.A., con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
La Carta de Crédito Standby que garantiza la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08-B, de estas Bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ventanilla de Atención a Proveedores a Proveedores del área de procura y abastecimiento Cangrejera, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México,, en el horario de: 8:00 a 14:00 horas. 13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley) PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.
El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.
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Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.
Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observarán las siguientes premisas:
a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX
PETROQUÍMICA. c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de
anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única del Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, en el horario de 9:00 a 13:00, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.
d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).
e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.
f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.
g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.
Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.
13.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA.- 13.7. Facturación.
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El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.
La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.
Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de “PETROQUÍMICA”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.
Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Cangrejera.
Cuando la facturación se emita en forma documental, el Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA ubicado en: KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, en días hábiles, debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato.
El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes.
En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MÁXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.
En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.
13.8. Penalizaciones
Las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor será en los siguientes supuestos:
I.-Atraso en la entrega de los bienes Las penas convencionales a las que el proveedor se hará acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso
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a razón de 0.5% (cero punto cinco por ciento), por cada día calendario de atraso y hasta el 10% del valor de los bienes entregados con atraso. II.- Incumplimiento de las obligaciones relativas al grado de integración nacional En caso de que el proveedor no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el formato 4 del anexo "SSPA" del contrato que se pacte, PEMEX PETROQUÍMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el formato 6 del referido anexo "SSPA". III.- Incumplimiento a las obligaciones pactadas en el anexo “SSPA” De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada "Grado de Integración Nacional", si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes entregados por el proveedor, se determina que éste es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo de grado de integración nacional, el área responsable de la administración y supervisión de la ejecución del contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al proveedor conforme al contrato que se pacte hasta el momento en que el proveedor regularice esta situación. La penalización por concepto de incumplimiento del grado de contenido nacional será del 0.2% del importe del contrato, en términos de lo establecido por la unidad de desarrollo de proveedores, contratistas y contenido nacional de la dirección corporativa de operaciones. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de 10% del importe total del contrato.
PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la entrega de los Bienes con la aplicación de las penas convencionales que procedan.
Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato.
El pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor.
De presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones.
13.9. Rescisión administrativa del contrato.
PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;
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b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su
presentación;
c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;
d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;
e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;
f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;
g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;
h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUÍMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;
i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;
j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula
denominada “Grado de Integración Nacional”;
k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;
l) Si no da a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;
m) Si no entrega a PEMEX PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;
n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;
o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;
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p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;
q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;
r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;
En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.
En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PEMEX PETROQUIMICA.
El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:
a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;
b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;
13.10 Información reservada y confidencial. –NO APLICA-
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Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. 13.11 Seguros
El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.
13.12. Fuentes de financiamiento. –NO APLICA-. 13.13. Propiedad industrial y derechos de autor
El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.
Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 10 (Diez) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.
El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.
El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.
13.14. ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental que deben cumplir los Proveedores y Contratistas, su Personal y el de sus Subcontratistas, con el fin de prevenir incidentes y accidentes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el Anexo SSPA (Documento 13 y en el Formato 4 Documento 13-A) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor.
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DOCUMENTO 03
FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE
(Lugar y Fecha)
Pemex Petroquímica P r e s e n t e.
Licitación Pública Nacional No.: _(indicar número de convocatoria) Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.-
Calle y Número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Correo electrónico de la empresa:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Fecha:
Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:
Relación de Socios:
Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:
Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil y fecha).
RFC, domicilio y correo electrónico del apoderado o representante (que firma la propuesta):
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha (Firma autógrafa original del apoderado o representante)
Nota: 1.- El presente formato deberá presentarse, respetando su contenido, sin la utilización de abreviaturas.
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DOCUMENTO 03 A
ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA.
(Lugar y Fecha)
Pemex Petroquímica P r e s e n t e.
Licitación Pública Nacional No.: _(indicar número de convocatoria) .
Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el
mandato), de la empresa (denominación o razón social), y en cumplimiento de lo solicitado en el inciso A) del
numeral 4.2 Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos, manifiesto “BAJO PROTESTA DE
DECIR VERDAD” que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin
que resulte necesario acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de
propuestas de la presente Licitación Pública.
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO
LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su
parte conducente.
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DOCUMENTO 04
DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.
C
on
s.
Descripción
1. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). 2. Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes
para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas. (Documento 03-A).
3. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07
4 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta. –NO APLICA-
5 Formato de propuesta (Técnica) Documento 06 6 Formato de propuesta (Económica) Documento 06-A 7 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Documento 06-B.
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DOCUMENTO 05
FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
No. DOCUMENTO PUNTO DE LA
CONVOCATORIA ENTREGO
SI NO
Dentro o fuera del sobre de la propuesta a elección del licitante
1 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). (Obligatorio)
4 INCISO A)
2 Copia de comprobante de pago de bases. (Obligatorio) 4 INCISO A)
3 Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición. (Opcional)
4 INCISO A)
4 Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada (Documento 3-A) (Opcional)
4.2 INCISO A)
Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05). (Opcional)
4 INCISO G)
6 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 06-B). (Opcional)
4 INCISO K)
7 Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07). (Obligatorio)
4 INCISO C)
8 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. (Documento 18). -NO APLICA-
4 INCISO F)
Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la propuesta.
9 Propuesta Técnica. (Documento 06). (Obligatorio) 4 INCISO D)
10 Propuesta Económica/ Porcentaje de Descuento, Catálogo de Conceptos y Precios Unitarios (con Precios Máximos de Referencia) (Documento 06-A). (Obligatorio)
4 INCISO E)
Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de la licitación pública será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.
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DOCUMENTO 05-A (NO APLICA)
FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN PARA LA ETAPA DE PRECALIFICACION.
No. DOCUMENTO PUNTOS DE LA
CONVOCATORIA ENTREGO
DONDE SE EXIGE SI NO
1 INDICAR LA DOCUMENTACION QUE SE SOLICITA PARA LA ETAPA DE PRECALIFICACION)
2
3
4
Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de dicha documentación, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de la licitación pública será verificado y evaluado por la Convocante.
La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.
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DOCUMENTO 06 FORMATO DE PROPUESTA TECNICA
(Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICA AREA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO CANGREJERA P r e s e n t e.
Licitación Pública Nacional No.: _(indicar número de convocatoria)
PROPUESTA TÉCNICA
No. Partida
Cantidad Unidad
de Medida
Descripción y Especificaciones Técnicas de los servicios
1.- Plazo de entrega _________DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA NATURAL SIGUIENTE DE LA FECHA DE RECEPCION DE LA ORDEN DE SURTIMIENTO.
2.- Lugar de entrega
3.- Condición de entrega D.D.P. (INCOTERMS 2012)
4.- Características y condiciones LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________
FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________
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DOCUMENTO 06-A (Lugar y Fecha)
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Licitación Pública Nacional No.: _(indicar número de convocatoria)
No. Partida
Cantidad
Unidad de
Medida
Descripción
Genérica de los
servicios
Precio Unitario sin I.V.A. ($) (indicar la moneda)
Importe Total sin I.V.A. ($) (indicar la moneda)
Condiciones Económicas
1.- Vigencia de proposición Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- Monto total de la proposición (sin IVA) (indicarlo con número y con letra)(indicar la moneda)
3.- Condiciones de precio PRECIO FIJO Y NETOS 4.- ORIGEN DE LOS BIENES
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)
NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________
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DOCUMENTO 06-B
MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS
TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
Información con carácter voluntario
De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:
Razón social: ______________________________________________________ Favor de marcar sólo una opción: ¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( ) En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara: ___________________________________________________________________________
Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral
Estratificación Tamaño Sector Rango del Número
de Trabajadores Rango de montos de ventas anuales
(mdp)
Tope Máximo Combinado *
Página en Internet_____________________________________________________________
(Lugar y fecha)
____________________________________________ (Firma)
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DOCUMENTO 07
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCION V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
(Lugar y Fecha)
Pemex Petroquímica P r e s e n t e.
Licitación Pública Nacional No.: _(indicar número de convocatoria) (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato),
manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se
encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos
Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las actividades sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos
y Organismos Subsidiarios.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO
LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 2 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su
parte conducente.
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DOCUMENTO 08 MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA: GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS TEXTO 1. GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX-PETROQUIMICA PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO DE FECHA Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE PEMEX-PETROQUIMICA Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS .HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA 'SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.
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EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. A INSTITUCION DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACION PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRA UN PLAZO HASTA DE 30 DIAS NATURALES CONTADOS A
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PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, 0 ANTE AUTORIDAD JUDICIAL 0 TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE, ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA;
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FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
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DOCUMENTO 08-A
TEXTO 2: FIANZA DE GARANTIA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX-PETROQUIMICA) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES.) LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE PEMEX-PETROQUIMICA Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO: EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES 0 REPOSICIONES
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PREBASES: 20 JULIO 2015 Página 68 de 143
DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS 0 LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,- O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL
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PREBASES: 20 JULIO 2015 Página 69 de 143
O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO 0 ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODÓS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE 'EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO
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PREBASES: 20 JULIO 2015 Página 70 de 143
DOCUMENTO 08-B -NO APLICA-
MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY CONFIRMADA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.
Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE)
BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)
BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).
BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y DOMICILIO FISCAL)
ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)
FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO,
VIGENCIA DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)
HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE
QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL
ORDENANTE) A FAVOR DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y
MONEDA), EN RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO)
CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE
GARANTIZA).
DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN
CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES
DOCUMENTOS EN ORIGINAL:
1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR
PARTE DEL ORDENANTE.
2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.
CONDICIONES ESPECIALES:
1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN
NINGÚN CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
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2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR
CUENTA DEL ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.
NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS
PRESENTACIONES EN ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO,
ANTES O EN LA FECHA DE VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE
TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE
MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.
EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE
CRÉDITO, EL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)
DEBERÁ DAR AVISO POR ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO
TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO
EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL
BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL
EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL
EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS
PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.
ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA
STANDBY PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO
SE REGIRÁ E INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS. CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE
EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.
SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA
PRESENTE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
FIN DEL TEXTO***
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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)
***INICIO DE TEXTO
DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO
FECHA: (Fecha de Presentación)
BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)
REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE
REFERENCIA, POR MEDIO DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:
EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS
EN EL CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S)
CLAÚSULA (S) (NO. CLAÚSULA DEL CONTRATO) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN
SU DERECHO DE GIRAR A CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y
LETRA) A LA CUENTA BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX
PETROQUÍMICA.
AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.
19 NOMBRE Y FIRMA
FIN DE TEXTO ***
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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY
***INICIO TEXTO
BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS)
BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN
MÉXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)
REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY)
(EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)
BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA)
ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)
20 MODIFICACIÓN NO. _____ ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE
ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:
DICE:
( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )
DEBE DECIR:
( I N C L U I R N U E V O T E X T O )
LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***
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DOCUMENTO 08-C -NO APLICA-
MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.
MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR _______________________________________ LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________. EN CASO DE QUE SE CONVENGAN PRÓRROGAS O SE OTORGUEN ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO GARANTIZADO, DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA COMPAÑÍA CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDE AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS CONVENIDAS U OTORGADAS, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO. ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA CORRECTAMENTE, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA EL OBJETO ESTABLECIDO EN EL PROPIO CONTRATO. EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR TRABAJOS O SERVICIOS EJECUTADOS DE ACUERDO AL CONTRATO PRECISADO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD. ESTA PÓLIZA SE PODRÁ HACER EFECTIVA SIN QUE PREVIAMENTE EXISTA COMPENSACIÓN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO. LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
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A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS. B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS (EN SU CASO). C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS (EN SU CASO). D) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO. E) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS. F) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO. G) CUANTIFICACIÓN DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNALCOMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE
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DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA HASTA QUE EL ANTICIPO GARANTIZADO QUEDE TOTALMENTE INVERTIDO, APLICADO, AMORTIZADO, DEDUCIDO Y DEVUELTO, SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTES (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
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DOCUMENTO 09
NIVELES DE INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS Se establece el Nivel III de inspección para estos Servicios:
Nivel III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:
1) ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES 2) REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES
TERMINADOS 3) CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS 5) ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS
7) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO
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Documento 10.
Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados
6. Definiciones.
6.1. Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración
Nacional previsto en el apartado 8.
6.2. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional,
la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o importados para
obtener un bien final nuevo.
6.3. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el
proveedor a PETROQUIMICA.
6.4. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes
adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 7 de este anexo.
6.5. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.
6.6. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien,
pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el
mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien,
tales como:
6.6.1. Combustibles y energía.
6.6.2. Herramientas, troqueles y moldes.
6.6.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.
6.6.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o
para operar el equipo o los edificios.
6.6.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.
6.6.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.
6.6.7. Catalizadores y solventes, y
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6.6.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la
producción del bien pueda demostrarse razonablemente.
6.7. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.
6.8. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un
bien tales como:
6.8.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras
(excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado,
pegado, soldado, cosido o por otros medios
6.8.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las
características del bien.
6.8.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.
6.8.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes,
encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.
6.8.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.
6.8.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien
en buena condición.
6.8.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.
6.8.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.
6.8.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.
6.9. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias
primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PETROQUIMICA.
6.10. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor
Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien
suministrado a PETROQUIMICA.
6.11. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da
como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo
uso.
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7. Cálculo del Grado de Integración Nacional
7.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:
GINB = ( 1 - ( VIB / VTB )) * 10 0
Donde:
GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado
VTB es el valor total del bien suministrado
VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo
insumos y corresponde a la suma de:
a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al
bien suministrado a PETROQUIMICA. Dicho valor será igual al valor declarado al
momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren
incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:
i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el
transporte del insumo hasta el punto de importación.
ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias
aduanales.
b) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los
venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se
incorporan al bien suministrado a PETROQUIMICA. Dicho valor será el precio pagado
por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos
indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los
costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos insumos a la planta del
Fabricante del Bien.
7.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual
a cero.
7.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido
producidos en territorio nacional.
7.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.
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7.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como
importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado
Insumos nacionales.
7.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se
considerarán 100% nacionales.
7.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de
manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son
nacionales o importados.
7.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en
cuenta para efectos del cálculo del Grado de Integración Nacional.
8. Acreditación de Bienes Nacionales
8.1. Los Bienes Nacionales ofertados deberán ser de Fabricación Nacional y contar con un Grado de
Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 7.1 de este anexo) de
cuando menos sesenta y cinco por ciento (65%).
8.2. Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 8.5 y 8.6 de este anexo.
8.3. Los licitantes deberán acreditar su oferta de Bienes Nacionales en todas las partidas, incluyendo en
sus propuestaes un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:
8.3.1. Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación
Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el
apartado 8.1.
8.3.2. Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental
y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes
ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre
el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.
8.4. Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o
utilizando el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del presente anexo.
8.5. Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar Bienes
Nacionales establecido en el apartado 8.2, son los siguientes:
GIN
Equipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero
inoxidable o material no ferroso 30%
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Intercambiadores de calor con tubos de acero de aleación, acero inoxidable
o material no ferroso
30%
Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.
Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles),
ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. 30%
Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas
(telecomunicaciones).
Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas,
conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier,
equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras,
equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF
y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU,
VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.
35%
Subsector: Equipos de grabación.
Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%
Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.
Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías;
equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos
rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de
señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios;
pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida;
termómetros
30%
Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.
Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas,
sirenas, timbres. 30%
Subsector: Manufacturas eléctricas.
Conductores eléctricos de aluminio. 20%
Subsector:
Placas radiográficas. 40%
Tractores agrícolas. 30%
Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a
0.500 pulgadas.
20%
Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24
pulgadas.
20%
8.6. Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos serán
considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos establecidos en el
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apartado 8.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus ofertas técnicas un
escrito conjunto del licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo
protesta de decir verdad, en el primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los modelos
que ofertan y suministrarán se encuentran incluidos en el “Registro de Empresa Productora de
Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y en el segundo caso (vehículos de autotransporte pesados
nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora cuenta con “Programa de Promoción Sectorial
de la Industria Automotriz y de Autopartes”, en el Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante
la Secretaría de Economía al momento de presentar su oferta. En el escrito conjunto referido
deberán indicar los siguientes datos:
8.6.1. El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;
8.6.2. Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o programa,
y
8.6.3. Que el licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable vigente.
9. Declaración del Grado de Integración Nacional
9.1. El proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un
escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del
Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta
manifestación deberá ser entregada en el Documento 10-B
9.2. Formato 2 incluido en este anexo.
9.3. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en
el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos
informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta
de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación
deberá ser entregada en el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. incluido en este
nexo.
9.4. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados 9.1
y 9.3, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán parte
de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también
una copia de los formatos al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.
9.5. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes,
la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las
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manifestaciones a las que se refieren los apartados 9.1 y 9.3 de este anexo, incluso la
proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información
sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección.
10. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional
5.1 PETROQUIMICA verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la declaración a
la que se
refiere el apartado 9.1, sea igual o mayor al Grado de Integración Nacional ofertado,
descrito en el
apartado 8.3.
5.2 Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea
menor al
ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 1% (Uno por ciento) del
valor de los
bienes, para cada una de las partidas suministradas.
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Documento 10-A
Formato 1
Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al
apartado 8.3 del “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de
los bienes suministrados”
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la
empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto
de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y
suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, será(n) producido(s) en los Estados
Unidos Mexicanos y contará(n) con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el
__(7)__% (o __(8)__% como caso de excepción).
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en
dicho anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una
comprobación del cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los
bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o
a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes,
conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.
Atentamente
_______________(9)_______________
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¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.
NUMERO DESCRIPCION
1 Señalar la fecha de suscripción del documento
2 Anotar el nombre de PETROQUIMICA.
3 Indicar el Procedimiento de Contratación
4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación
5 Citar el nombre o razón social del licitante
6 Indicar los números de partidas con oferta de bienes nacionales
7 Se deberá indicar el porcentaje requerido en el apartado 8.1 del anexo referido
8 Se deberá indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en
los apartados 8.5 y 8.6 del anexo referido
9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante
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Documento 10-B
Formato 2
Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá
presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 9.1 del “Cálculo, acreditación y declaración del
Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa
____________(4)____________ .
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 9.1 del anexo referido, el que
suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el
Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:
Partida Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN
(5) (6) (7) (8)
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en
el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una
comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la
exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de
la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por seis
meses a partir de la entrega de los bienes.
Atentamente
_______________(9)_______________
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Instructivo para llenado del Documento 10-B
Formato 2
NUMERO DESCRIPCION
1 Señalar la fecha de suscripción del documento
2 Anotar el nombre de PETROQUIMICA.
3 Indicar el número de Contrato
4 Citar el nombre o razón social del proveedor
5 Señalar el número de partida que corresponda
6 Indicar la descripción del bien suministrado
7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien
8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al
apartado 7 de este documento
9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor
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Documento 10-C
Formato 3
Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá
presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 9.3 del “Cálculo, acreditación y
declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa
____________(4)____________ .
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 9.3 del anexo referido, el que
suscribe ____________(5)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los
bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________
cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:
Partida Descripción del Bien GIN
(6) (7) (8)
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en
el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una
comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la
exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de
la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis
meses a partir de la entrega de los bienes.
Atentamente
_______________(9)_______________
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Instructivo para el llenado del ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.
NUMERO DESCRIPCION
1 Señalar la fecha de suscripción del documento.
2 Anotar el nombre de PETROQUIMICA.
3 Indicar el número de Contrato
4 Citar el nombre o razón social del proveedor
5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien
6 Señalar el número de partida que corresponda
7 Indicar la descripción del bien suministrado
8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al
apartado 7 de este documento.
9 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.
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DOCUMENTO 11
MODELO GUIA DE CONTRATO CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR
UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), REPRESENTADO POR
__________________, EN SU CARÁCTER DE ________________, Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN
EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS
FÍSICAS) REPRESENTADO POR _________________, EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
1. [PEMEX / ORGANISMO SUBSIDIÁRIO] declara a través de su (representante/apoderado) que:
A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS 1.1 Es una empresa productiva del Estado con régimen especial, de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, cuyo objeto consiste en llevar a cabo
la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su
recolección, venta y comercialización, y tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales
y comerciales en términos de dicho objeto, generando valor económico y rentabilidad, para lo cual cuenta con la capacidad
para celebrar toda clase de actos jurídicos, entre otros, convenios, contratos, alianzas y asociaciones, con personas físicas o
morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional, en términos de la Ley de Petróleos Mexicanos,
publicada en Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.
A) TRATÁNDOSE DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 1.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico,
industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Transitorio Octavo, Apartado
A, Fracción VIII de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014
y el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de
Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto [EN ESTE
ESPACIO, ESPECIFICAR EL OBJETO DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO CONFORME AL ARTÍCULO SEGUNDO DEL DECRETO
QUE TIENE POR OBJETO ESTABLECER LA ESTRUCTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y EL CONTROL DE LOS ORGANISMOS
SUBSIDIARIOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE MARZO DEL
2012, HASTA EN TANTO EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN EMITA EL ACUERDO RESPECTIVO DE CREACIÓN DE CONFORMIDAD
CON EL ARTÍCULO OCTAVO, APARTADO A, FRACCIÓN VIII TRANSITORIO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 11 DE AGOSTO DE 2014], pudiendo celebrar con personas físicas o morales
toda clase de actos, convenios y contratos conforme a lo establecido en el Artículo Quinto del mencionado Decreto.
B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS:
1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo
46 fracción I, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.
B) [CUANDO SE TRATE DE DIRECTORES “CORPORATIVOS” SEÑALAR:
1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Apoderado de Petróleos Mexicanos, mediante el testimonio de la
escritura pública No.___________, de fecha ___________, otorgada ante la fe del Notario Público ___________de
_____________, Lic.______________, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma
alguna.
B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMO SUBSIDIARIO:
1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos de los
Transitorios Cuarto y Octavo, apartado A fracción VIII, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en Diario Oficial de la
Federación el 11 de agosto de 2014; Artículo Décimo Octavo fracciones I y XXII del Decreto que tiene por objeto establecer
la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y Artículo 24 fracción V del Estatuto Orgánico de (Organismo Subsidiario)
y con la protocolización de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número
de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad),
Licenciado (Nombre del notario).
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B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES “CORPORATIVOS”:
1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de apoderado de (Subdirección Corporativa) en términos del Transitorio
Cuarto de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014; Artículo
28 fracciones IV y V del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No.
(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de
(Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en
forma alguna.
B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS:
1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos de los
Transitorios Cuarto y Octavo, apartado A, fracción VIII, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 11 de agosto de 2014 y fracciones V y IX del Artículo 28 del Estatuto Orgánico de _______________
[CUANDO SE TRATE DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DEBERÁ SUSTITUIRSE EL ARTÍCULO 28 POR 27], Y CUANDO APLIQUE: y
mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante
la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).
B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE GERENTES “CORPORATIVOS”:
1.2 Acredita su personalidad y facultades en términos del Transitorio Cuarto de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y de la fracción IV del Artículo 31 del Estatuto Orgánico de
Petróleos Mexicanos, y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la
escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario),
mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
CUANDO SE TRATE DE GERENTES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y SE ACTUALICE EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN V DEL
ARTÍCULO 31 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE CUALQUIERA DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS:
Acredita su personalidad y facultades en términos de los Transitorios Cuarto y Octavo, Apartado A fracción VIII de la Ley
de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y de las fracciones III y V
del Artículo 31 del Estatuto Orgánico de ____________, y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la
escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad),
Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SERVIDORES PÚBLICOS DISTINTOS A LOS ANTERIORES:
1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha
(Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del
notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas en la normatividad
aplicable.
1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.
1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de
artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008,
(Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en
materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2010; lo
anterior de conformidad con lo dispuesto en el Transitorio Décimo de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de Agosto de 2014.
1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario)
y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario).
1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que
tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue
obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien.
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1.8 Durante la ejecución del objeto del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una Unidad de
Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR
cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.
DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.
2 El PROVEEDOR declara a través de su (apoderado/representante) que:
2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES.
NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS
CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN
ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.
SE DEBERÁ SEÑALAR LOS DATOS DEL ACTA CONSTITUTIVA LA CUAL DEBERÁ ESTAR INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE
COMERCIO Y CONTAR CON EL FOLIO MERCANTIL CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO TODAS LAS MODIFICACIONES QUE SE HAYAN
REALIZADO EN RELACIÓN AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN, MODIFICACIÓN DE OBJETO SOCIAL Y ÚLTIMA MODIFICACIÓN
ACCIONARIA , LAS CUALES DEBERÁN CONTAR CON EL FOLIO MERCANTIL CORRESPONDIENTE POR CADA UNA DE LAS
MODIFICACIONES, Y EN CASO DE EMPRESA DE RECIENTE CREACIÓN, EVIDENCIA DEL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN.
Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los
Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la
escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del
fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o
partida y fecha).
B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:
NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA
DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS
SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.
___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según
se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de
la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó
debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).
C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:
Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR
ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que
cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.
2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE
NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.
Cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la
escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de
(Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en
forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.
B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:
Cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en __________ y protocolizado a
través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público
(No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas,
modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.
C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.
Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya
sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)
2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.
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Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este
contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados
Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.
B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.
Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se
refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos,
todo derecho derivado de este contrato.
2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS .
Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de
Contribuyentes clave _________.
B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.
Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con (señalar documento equivalente
al RFC del país del PROVEEDOR).
2.5 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la ejecución del objeto de
este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente ejecución del mismo.
2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (ii) las Disposiciones
Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de
carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iii) los anexos que debidamente firmados por las partes,
forman parte integrante de este contrato, y (iv) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.
2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni
él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos
Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha
presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” emitida por el
Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL
PAÍS:
Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente,
no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado
registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos.
TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS
OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO:
Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades
fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la
Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le
retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y
cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que
nos ocupa.
2.9 Ni él, ni sus empleados, subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia
en perjuicio de Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad
jurisdiccional competente en territorio nacional.
2.10 Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las
relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante
su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia
laboral.
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2.11 Los bienes materia del presente acuerdo de voluntades, serán entregados por personal especializado que se encuentra
subordinado al PROVEEDOR o a sus subcontratistas.
2.12 Conoce y comprende el Código de Conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está de acuerdo en
cumplir con los principios contenidos en el mismo en relación con el presente contrato así como en cualquier otro acto jurídico en
que esté involucrado (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
2.13 Salvo declaración en contrario por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), ni él ni sus directores,
funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos 10 (diez) años han:
(a) sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o
(b) sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad
gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno,
corrupción o lavado de dinero.
2.14 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS
LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL
QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA
RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS,
LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO
Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan
cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato,
los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos
de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.
3. Declaración conjunta:
Las partes reconocen tener una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados,
proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en
la celebración del presente contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el
Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de
transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre
ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”.
Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento que el Estado mexicano, ha suscrito y es parte de diversos
instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin
de adoptar medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes:
Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales
de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos.
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas.
Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20.
En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como
el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y
penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, entre otros: el cohecho, establecer, concertar o coordinar posturas
o la abstención en las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencia, la simulación en el
cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de
contratación.
Asimismo, son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetos
de sanción los servidores públicos involucrados, las personas morales y las personas físicas participantes en los procedimientos de
contratación (sin importar su nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarios, gestores o cualquier otro
carácter a nombre, cuenta o interés del participante.
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Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:
CLÁUSULAS
CAPÍTULO 1 – DEFINICIONES, OBJETO, PLAZO Y REMUNERACIÓN 1.- DEFINICIONES
Para efectos de este contrato, las expresiones enunciadas a continuación tendrán el significado que aquí se les asigna:
“Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)
“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: (Nombre de la unidad
administrativa que fungirá con ese carácter) “Área Jurídica”: La unidad administrativa de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios que conforme a la
normativa aplicable, es responsable de la función jurídica institucional y de brindar apoyo jurídico a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en las etapas del procedimiento de contratación, revisión y sanción jurídica de los contratos y convenios, y durante la ejecución de los mismos. “Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos o Leyes Federales Mexicanas”: Significa todas las leyes,
tratados (incluyendo, sin limitación, cualquier tratado para evitar la doble tributación), reglamentos, normas, decretos, reglas, circulares, decisiones, sentencias, interpretaciones y autorizaciones en vigor al momento de que se trate, emitidas por cualquier Autoridad Gubernamental Mexicana, que sea competente en relación con el asunto en cuestión, o que sean emitidas por cualquier órgano o persona facultados legalmente. LA SIGUIENTE DEFINICIÓN SE INCLUIRÁN EN EL CASO DE QUE SE HAYAN PACTADO ANTICIPOS.
“Programa de Anticipo”: Es aquel en el que se establezca la forma y los conceptos en que se aplicará el anticipo correspondiente, el cual deberá presentar el PROVEEDOR al Área Responsable de la Administración y Supervisión de
la Ejecución del Contrato. SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
2.- OBJETO DEL CONTRATO
En virtud del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) conviene la adquisición de los bienes muebles (en
adelante “bienes”) consistentes en: ________, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente
contrato y sus anexos.
EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE
INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN: Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se
señalan en el anexo ____ que forma parte del mismo.
3.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES
El plazo de ejecución de este contrato es de (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día (Fecha de
terminación).
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales
contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato y/o de acuerdo al programa que se incluye como
anexo ___ de este contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a
partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE
CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del
anticipo correspondiente]
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TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA
FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE: El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales, mismo
que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones:
El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este
contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área
Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución
del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados
o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su
recepción.
El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos
autorizados, compensando, en su caso, los días que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se haya retrasado en su entrega,
para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones
al Contrato”.
En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan
posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.
LOS SIGUIENTES CUATRO PÁRRAFOS DEBERÁN INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS:
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato
“ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.
La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área,
lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.
Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la
Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones
establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.
Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR
se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba
dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción
de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
TRATÁNDOSE DE UN SÓLO PLAZO DE ENTREGA:
El plazo de entrega de los bienes es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la
ORDEN por parte del PROVEEDOR.
TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE ENTREGA:
Los plazos de entrega de los bienes por (partida/posición) se establecen en el anexo ___ de este contrato, contados a partir de la
fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.
TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que
se especifican en el anexo _____ que forma parte integrante del presente contrato –según aplique-), a la atención de
___________________________________, en días hábiles y en el siguiente horario: ______.
La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su
recepción formal por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será a cargo del PROVEEDOR.
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EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA O
POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALES
Los bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales).
CUANDO APLIQUE
CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA VERSIÓN DE
INCOTERMS UTILIZADO.
La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el PROVEEDOR estará
obligado a: __________ y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) estará obligado a: _______.
4.- REMUNERACIÓN EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE
CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.
4.1 Monto
El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:
El presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el
Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a
agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.
CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será: _____________.
NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O
CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el
Impuesto al Valor Agregado.
NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE LA CONVENIENCIA DE NO OBLIGARSE A EJERCER EL
MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:
El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el
Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a agotarlo.
LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:
El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el anexo __ de este
contrato.
La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __ de este
contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.).
4.2 Facturación
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos
mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación
de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la
codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda
electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica.
La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los
pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.
El PROVEEDOR efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica
avanzada.
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Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla
Única, ubicada en _______________________________________________.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA ACORDADO LA SUBCONTRATACIÓN DE LOS BIENES. El PROVEEDOR deberá adjuntar a la(s) factura(s) que presente a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para su pago, un
informe por escrito y bajo protesta de decir verdad, respecto del cumplimiento de sus obligaciones hacia sus subcontratistas por la
adquisición de algún bien objeto del contrato. Esta obligación continuará durante toda la ejecución del contrato y concluirá con la
manifestación que haga durante la celebración del finiquito del contrato, en términos de lo establecido en la cláusula de FINIQUITO
del presente contrato.
El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta corregida,
no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el
cómputo del plazo antes mencionado.
4.3 Condiciones y forma de pago
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo
con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y
aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes.
Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:
CUANDO APLIQUE
En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.
Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya
comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de
cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo
comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla
única), con antelación a la presentación de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.
Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre
cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.
En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud del
PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la
Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan
definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean
determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.
El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en
este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de
Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más 4 (cuatro) puntos porcentuales, que se encuentre vigente con
2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la
tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se
deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.
Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas,
por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada,
misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan
para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución
VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO
Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior
Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior
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financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los
requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad
presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE
PÁRRAFO:
Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate
publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha
valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.
TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de 1 (un)
mes, multiplicada por 1.5 (uno punto cinco), que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha
valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.
PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN
LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:
Las obligaciones de pago denominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que el Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago. Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América.
PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO
SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ
UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Los pagos se efectuarán en (moneda extranjera), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el
PROVEEDOR en el extranjero.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA
CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.
(Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del
presente contrato.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN
MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS
DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta
señalado en la declaración 2.14 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base
en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que
(denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las
facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del
asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con
motivo del presente contrato.
CUANDO APLIQUE:
EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE PPI:
El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Pemex Procurement International, Inc.
(PPI), antes Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de PPI, ubicadas en el 10344 Sam Houston Park Drive, Suite 100,
Houston, Texas, U.S.A., 77064.
CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS: Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad con el
proyecto y el programa que se establece en el anexo __ de este contrato.
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En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago progresivo
que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al
PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que
establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán
sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en
que se pongan las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), independientemente de lo anterior, se
hará efectiva la garantía correspondiente.
4.4 Pagos en exceso
En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en
exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de
prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se
computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y
hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el
PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
4.5 Ajustes de precios
EN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS
La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente:
NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO
DEL CONTRATO.
_________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________
__________________________________________
La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente:
El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se
trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notificará al PROVEEDOR la
resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En
el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se
obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.
En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la
fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización
se calculará sobre el precio ajustado.
En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la
prórroga.
Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables: EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO
CONSIDERAR:
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I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS;
II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES
ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y
III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O
CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL
EFECTO.
4.6 Anticipo
EN CASO QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPOS, SE DEBERÁ INCLUIR EL
SIGUIENTE APARTADO:
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) %
(Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole
por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
El anticipo será otorgado al PROVEEDOR en la fecha de firma del presente contrato, o a más tardar dentro de los ________ días
hábiles siguientes, previa entrega de la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica y de la garantía por el importe
total del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”, así como de un programa en el que se establezca la forma
y los conceptos en que se aplicará dicho anticipo, el cual deberá presentarlo al Área Responsable de la Administración y Supervisión
de la Ejecución del Contrato y que formará parte integrante de este contrato como anexo __.
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, deberá requerir al PROVEEDOR la
información conforme a la cual se acredite el cumplimiento del citado programa.
El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura, garantía y Programa de Anticipo correspondiente, no dará lugar a la
reprogramación del plazo pactado en este contrato; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por
ambas partes.
El PROVEEDOR, deberá amortizar el anticipo otorgado en cada uno de los pagos que le haga (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO), conforme al programa de ejecución convenido; dicha amortización deberá ser proporcional al porcentaje del
anticipo otorgado, comprometiéndose a aplicarlo exclusivamente para los fines que le fue otorgado.
4.7.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS
El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier
cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO).
CAPÍTULO 2 – GARANTÍAS, RESPONSABILIDADES Y SEGUROS
5.- GARANTÍAS
PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS
ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA
DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más
tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato,
consistente en:
PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.
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Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una
vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República
Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.
Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto
total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer
en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio
subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución
afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de
los primeros 10 (diez) días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de 1 (un) año, salvo el último
que deberá emitirse por el plazo restante.
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.
C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito. 7. Cuantificación del importe reclamado.
CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio
mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia
equivalente a la del contrato garantizado, más 90 (noventa) días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO).
CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.
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Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio
mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto
total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer
en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio
subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros
10 (diez) días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de 1 (un) año, más 90 (noventa) días
naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que deberá emitirse por el plazo
restante, más 90 (noventa) días naturales adicionales.
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.
C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:
EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los
daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.
ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO.
GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO]
El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por
la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en:
CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA.
Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
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B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que
acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación. 8. Copia del finiquito. 9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más 90 (noventa) días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a
más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos
en los bienes consistente en:
PÓLIZA DE FIANZA.
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Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con
una vigencia equivalente a 6 (seis) meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente
constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.
En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos
necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación. 5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio
mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con
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una vigencia de 6 (seis) meses más 90 (noventa) días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de (PEMEX
U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO
La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________
ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan
en el anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.
Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma,
previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es
apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el
PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
6.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS
ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN
DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.
El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y
ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el
ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y
cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y
los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.
Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto
total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento.
Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su
actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de
alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.
Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro
cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.
Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya
determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado
con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo
honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.
LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A
CONTRATAR.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las
actividades relacionadas con los hidrocarburos, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en
ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o
por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO), consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones
que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga
del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en
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esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) repetirá en contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en
términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor.
El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes
ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así
como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles,
lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos
peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la
responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá establecer los controles y las
medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en
materia ambiental.
Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones:
a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad
pública o privada.
b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los
empleados y las instalaciones.
c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores
condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables.
d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las
más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de
los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución
o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y
salud de la población y su personal.
e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio
ambiente.
f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las
obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de
la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen
al medio ambiente en la ejecución del contrato.
LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR EN CONTRATOS ASOCIADOS A LA PERFORACIÓN DE POZOS: En los casos de incendio, explosión, reventón superficial o pérdida de control de cualquier pozo marino, (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) coordinará las operaciones hasta que quede totalmente controlado el pozo, y el PROVEEDOR
se obliga a auxiliar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en las operaciones de control, y proporcionará los equipos,
materiales y servicios comprendidos en este contrato y que puedan ser requeridos para el control del pozo y, en su caso, para la
perforación de un pozo o pozos de alivio. Los gastos y costos que se originen con motivo de lo anterior serán a cargo de (PEMEX
U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR no será responsable de daño o pérdida a cualquier formación, estrato o reserva bajo la superficie terrestre, en el
entendido de que con relación a sus responsabilidades y obligaciones contractuales, el PROVEEDOR se obliga a emplear las
mejores prácticas internacionales disponibles, y las tecnologías más adecuadas, avanzadas y seguras.
7.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de
cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se
deba a caso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de
cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables,
imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad
con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se
consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas,
epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.
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EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:
Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii)
_____________.
La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.
En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada
“Suspensión”.
En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada
“Terminación Anticipada”.
8.- RESPONSABILIDAD LABORAL
El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución del
objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos
en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso,
de los beneficiarios de cualquiera de éstos.
Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR
independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que
deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial
entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el
PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO).
Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) deducirá de los pagos a los que tenga
derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o
Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o
subcontratistas.
Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos
establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes,
tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el
PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose
también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de
cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral.
9.- SEGUROS
El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.
CAPÍTULO 3 – MODIFICACIONES
10.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS
MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA
ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR CORPORATIVO,
SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.
Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:
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a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y
OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.
c. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.
II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes
autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:
a. Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”, y
b. Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.
Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la
garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.
CAPÍTULO 4 – DE LA CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL
LA SIGUIENTE CLÁUSULA SE INCLUIRÁ CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
CONTRATO:
11.- CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL El PROVEEDOR podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, con la autorización previa y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la cual deberá obtener
con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente
contrato, preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente en términos del artículo 54
de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las
Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, con las obligaciones del
PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato.
El PROVEEDOR se asegurará de no sufrir, directa o indirectamente, un cambio de control durante la vigencia del contrato, sin el consentimiento previo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), queda entendido que aun cuando el cambio de control no pudiera ser evitado por el PROVEEDOR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá
rescindir el contrato conforme a la cláusula denominada “RESCISIÓN”, si dicho cambio de control se da sin el consentimiento previo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Para efectos de lo anterior, “control” del PROVEEDOR significa el poder para dirigir o cambiar, directa o indirectamente, la gestión o políticas de administración del PROVEEDOR, bien sea mediante la tenencia de acciones o de otros valores con derecho de voto o a través de
cualquier otro medio.
Para el caso de cesiones o transferencias de acciones, partes sociales o intereses entre empresas del mismo Grupo Corporativo del
PROVEEDOR, así como de operaciones por ventas en mercado de valores, el PROVEEDOR deberá informar a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) en un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales contados a partir de que ocurra dicho evento,
la forma y términos de tales cesiones.
11.- CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO
El PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, en cuyo caso se deberá contar con la
autorización de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.
Para el caso de la cesión total de los derechos de cobro, se deberá celebrar un contrato de cesión de derechos, entre el cedente
(PROVEEDOR) y el cesionario, como un requisito de procedencia de la cesión de los derechos de cobro, con una cláusula
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suspensiva en la que se señale que no obstante que la cesión es por el 100% (cien por ciento) de los derechos de cobro, ésta solo se
podrá hacer efectiva por las facturas derivadas de los bienes entregados y aceptados, es decir, que los derechos de cobro nacerán
hasta que se hayan entregado y aceptado los bienes en los términos del anexo ___.
El PROVEEDOR sólo podrá ceder parcialmente sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante
operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su consentimiento,
siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de
Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al
procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.;
Institución de Banca de Desarrollo”.
Para la cesión parcial de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.
CAPÍTULO 5 –PENALIZACIONES
12.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR
DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS
INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:
I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES;
II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;
III. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO;
IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL;
V. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.
EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS
PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.
Las partes en el presente contrato, acuerdan que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará penalizaciones por causas
imputables al PROVEEDOR en los siguientes supuestos:
NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS
DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS
QUE RESULTEN CONVENIENTES.
I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES
Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se
calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en
su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes/porcentaje sobre el valor de
los bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por cada día/hora calendario de atraso y hasta _________.
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:
Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega
de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos
o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a
razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN
de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en
función del modelo económico).
II. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA CLÁUSULA DE GRADO DE INTEGRACIÓN
NACIONAL
De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”, si como resultado de la
verificación documental del grado de integración nacional real de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR
se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de
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contratación en términos de lo establecido en el anexo _______ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO,
ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE
CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN
http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), el Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo
establecido en el anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR
conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.
LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR
REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”
En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el
Formato 4 del anexo “SSPA” del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará las
penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo “SSPA”,
considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo “SSPA” siguientes:
“GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN
DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.
El monto de las penalizaciones no podrá exceder de (indicar el límite de las penas). NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL
CONTRATO
El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penalizaciones a que se refiere la presente
cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:
- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o
causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.
CAPÍTULO 6 – OBLIGACIÓN SOLIDARIA, GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL, CLÁUSULA FISCAL Y
OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
13.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA
APLICA EN CASO DE CONSORCIOS
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las
obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como
líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá
comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de
designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al
momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser
Compañía Líder.
APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO
El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
14.- GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL
De acuerdo a lo establecido en el anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL
GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN
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http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), al momento de la entrega, el PROVEEDOR deberá
declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.
Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del
anexo _____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE
INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN
http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) verificará documentalmente durante la vigencia del contrato, de manera directa o a través de
terceros, que el grado de integración nacional real del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de
integración nacional ofertado.
El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de
penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión
de este acuerdo de voluntades.
EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN GRADO INTEGRACIÓN
NACIONAL, SE DEBERÁN SUSTITUIR LOS PÁRRAFOS QUE ANTECEDEN POR EL SIGUIENTE:
El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún grado de integración nacional.
15.- CLÁUSULA FISCAL
CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.
CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ
SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA
REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.
CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ
ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País
con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la
Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.
Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales
comprendidos hasta el finiquito del contrato.
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CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN
El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta
la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.
16.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo
estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la
rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el
PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR;
en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes
rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.
Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la
entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.
El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales
correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos,
y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones
de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la entrega de los bienes.
El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su
momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este
contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus Órganos
Desconcentrados.
Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en
su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.
CAPÍTULO 7 – BUENA FE Y EQUIDAD, Y COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN.
17.- BUENA FE Y EQUIDAD
En el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR
actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; las Disposiciones Administrativas de
Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo
de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; demás disposiciones legales mexicanas aplicables, así como en base a los
principios de buena fe y equidad.
Buena fe y equidad en este contexto incluye, sin limitar, el deber de cooperar, no disimular intencionalmente el error una vez
conocido y cumplir el contrato en beneficio mutuo, aceptando que cada uno tiene el derecho de alcanzar sus objetivos y requiere de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR:
a) Compartir información relevante con la otra parte, sujeta solamente a las obligaciones de confidencialidad;
b) Cooperar y consultarse en la forma que sea necesario para alcanzar la entrega de la totalidad de los bienes;
c) Advertir de potenciales consecuencias, incluidas las de costos de acciones propuestas;
d) Evitar interferencias innecesarias en la actividad de la otra parte; y
e) Responder los cuestionamientos de la otra parte de una manera oportuna, lo cual, si es posible, no impedirá la entrega de los
bienes.
Cada vez que se requiera de consulta entre (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en términos del
contrato, significa que habrá un intercambio directo de opiniones antes de tomar las decisiones finales sobre la materia.
18.- COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN
Durante la ejecución del contrato, las partes se conducirán con apego a los principios de transparencia, honradez e imparcialidad; se
obligan a denunciar los actos de corrupción que tengan conocimiento; en general, cumplirán con lo establecido en la Ley Federal
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Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y se comprometen a actuar conforme a los principios consignados en los instrumentos
internacionales señalados en la declaración 3 del presente acuerdo de voluntades.
El PROVEEDOR deberá de acordar con sus subcontratistas en los contratos que al efecto celebren que se comprometen a cumplir
con las disposiciones que en materia de anticorrupción aplique.
En caso de que el PROVEEDOR o sus filiales o subcontratistas incurran en cualquiera de los actos señalados en la Ley Federal
Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en el Código Penal Federal o en la Ley Federal de Competencia Económica
mencionados en la declaración 3 del presente contrato, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional o
administrativa competente en territorio nacional que cause ejecutoria, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo considerará
como un incumplimiento sustancial al contrato y se procederá conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del
contrato”.
CAPÍTULO 8 – RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y FINIQUITO
19.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de
los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos.
Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO), lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de (partida/posición),
indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.
Invariablemente, la entrega de los bienes y/o servicios se deberá efectuar con nota de remisión, debiendo indicar el número del
contrato y la (partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los
bienes entregados, por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en las Áreas Usuarias (Centros de Trabajo).
El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la
aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES A
ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.
Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.
En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran,
deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación.
Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos
deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas
nacionales e internacionales establecidas.
El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de
los bienes correspondientes, sin responsabilidad para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE
PÁRRAFO:
El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del
almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar
por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.
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En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del
contrato.
Cualquier gasto en que incurra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por falta de documentación de embarque, será
cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.
El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que
tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) bajo el presente contrato.
20.- FINIQUITO
ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE
SU CUMPLIMIENTO
Recibidos físicamente los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área
Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del
término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones
recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y
los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias
que, en su caso, se hayan presentado.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA ACORDADO LA SUBCONTRATACIÓN DE ALGUNOS BIENES. Para la celebración del finiquito, el PROVEEDOR deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), escrito bajo
protesta de decir verdad, en el que manifieste expresamente que no tiene adeudo alguno con sus subcontratistas por la adquisición de
alguno de los bienes objeto del presente contrato autorizados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Lo anterior, sin
perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la formalización del finiquito en los términos establecidos
en esta cláusula, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, según se trate.
El plazo mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula, podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes, hasta por un
periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.
El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.
Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión,
reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir
con posterioridad a la terminación del contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de
manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.
CAPÍTULO 9 –DEVOLUCIÓN, REPOSICIÓN E INSPECCIÓN DE LOS BIENES
21.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES
En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.
En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA
AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.
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22.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES
El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), si al
ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.
La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al
PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste
acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará
efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al
PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del
derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial que corresponda, los daños que pudiera
ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE
BIENES DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS: El Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.
CAPÍTULO 10 – COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES, REPRESENTANTES DE LAS PARTES, IDIOMA Y
TOTALIDAD DEL CONTRATO.
23.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato,
incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:
Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):
Las comunicaciones relacionadas con este contrato, deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión
de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente:
(Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).
Comunicaciones al PROVEEDOR:
Las comunicaciones relativas a cuestiones legales, técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al
representante del PROVEEDOR, conforme a lo establecido en la cláusula de REPRESENTANTES DE LAS PARTES del presente
contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar
numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.
24.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución
del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la
figura que se determine), dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución
en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
CUANDO APLIQUE
Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del
Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.
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El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las
facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la
ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo
lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.
En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de
cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos
correspondientes.
25.- IDIOMA
La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.
Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.
26.- TOTALIDAD DEL CONTRATO
Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del
mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados
o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la
interpretación de los términos del contrato.
CAPÍTULO 11 – SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN
27.- SUSPENSIÓN
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en
cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique
la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR,
señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.
Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación
que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el
plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo
de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá
solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén
debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:
CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE
TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN.
Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes. EN CASOS
EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, SE PODRÁ PACTAR, ADICIONALMENTE, EL PAGO DE LOS GASTOS
QUE SE GENEREN POR SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO SE INCORPORARÁ LO SIGUIENTE: El pago
de los gastos se limitará a lo siguiente:
CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE
TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO.
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Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula
denominada “Terminación Anticipada”.
28.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
Atendiendo a las necesidades del proyecto, las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato. EN ESTE CASO
EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO, DEBERÁ ESTABLECER DE MANERA PRECISA LAS CAUSALES QUE DEN ORIGEN A LA
TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO), el pago por los bienes entregados y aceptados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el
correspondiente a los gastos generados por la Terminación Anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente
comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE
TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA .FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.
En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes
a la fecha de que se haya convenido la misma, en los términos de la cláusula denominada " FINIQUITO".
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación
anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará
constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente
contrato.
El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de
manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.
29.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
29.1 Rescisión administrativa
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes
supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el presente contrato y sus anexos;
b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato;
c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos, o sin motivo justificado
no acate la órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;
d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga, o pierda las
capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;
CUANDO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES SE LE HAYA REQUERIDO AL PROVEEDOR OBTENER PERMISO O AUTORIZACIÓN
GUBERNAMENTAL:
e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;
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f) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y
derechos del contrato de cualquier forma, así como las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados
solidarios, que impliquen un cambio de control, en este último supuesto, siempre que no se ponga en riesgo el cumplimiento de las
obligaciones derivadas del contrato;
CUANDO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE HUBIERA ESTABLECIDO COMO REQUISITO TENER UNA DETERMINADA
NACIONALIDAD. g) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si
siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;
h) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Grado
de Integración Nacional”;
i) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”;
j) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos
necesarios para la inspección de los bienes;
k) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o
renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; l) Cuando incumpla las obligaciones contenidas en el anexo “SSPA” de este contrato, que se
consideren en el mismo como causal de rescisión. ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE
RESCISIÓN
En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación
de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho
incumplimiento, en caso de que el incumplimiento sea subsanable, (a excepción de los supuestos señalados en los incisos d), e) y f)
antes señalados), sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo
establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el
PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá determinar la
rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.
En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el
PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de __ (____) días
naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere
entregado para la ejecución del contrato.
En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación
respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir
los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder
a hacer efectivas las garantías.
El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la
determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO).
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión
administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del
presente contrato.
El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de
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manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.
29.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa
El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notifique al
PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a
partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y
motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren
recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.
NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES
En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a
partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.
La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato,
serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo.
29.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá
demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualice alguno de los
siguientes supuestos:
a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;
b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;
c) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.
CAPÍTULO 12 – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
30.- MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de que durante la ejecución del objeto del presente contrato, surjan controversias de carácter técnico o administrativo, el
PROVEEDOR podrá interponer reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del
Contrato.
Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, contrastará la
versión final de las bases de licitación o los términos de referencia, el contrato y sus anexos, contra el o los documentos que hayan
sido presentados por el PROVEEDOR para soportar su reclamo.
El procedimiento para resolver el reclamo, se llevará a cabo de la siguiente manera:
El PROVEEDOR deberá presentar su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión
de la Ejecución del Contrato, indicando los temas en controversia, en un plazo de (número y letra) días naturales, contados a partir
de que surja la controversia.
La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de un reclamo de carácter técnico o administrativo
sujeto a resolución y contendrá como mínimo:
a) Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la documentación con la que
se pretenda demostrar el reclamo;
b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que
fundamenten su reclamo;
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c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la controversia, debidamente ordenada e identificada con
número de anexo.
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, verificará que el reclamo haya sido
presentado en tiempo y forma; en caso contrario lo desechará.
Si el reclamo no es desechado, el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato,
comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar
todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud.
El titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con el apoyo de las áreas a las que
competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en controversia y
citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo
a que se refiere el párrafo anterior, para iniciar las aclaraciones.
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, tendrá un plazo de (número y letra) días
naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y
comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.
Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del
Contrato, procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.
Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, no es aceptada por el
PROVEEDOR, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.
31.- CONCILIACIÓN
Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.
En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser
demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia
respectiva.
32.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A
LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.
En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la
aplicación de las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor, así como
a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a
cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro aun tratándose de jurisdicción federal, o por
cualquier causa.
CAPÍTULO 13 – CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL
33.- CONFIDENCIALIDAD
LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL
PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:
El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el
presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR
garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio
alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o
cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO
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SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas
necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma
enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a
cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no
limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.
De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal,
administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o
indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o
documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.
No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público
que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad
a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a
divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o
requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones
civiles, penales o administrativas, y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha
divulgación.
Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años
contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.
34.- PROPIEDAD INTELECTUAL
El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre
de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su
propiedad.
En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad
intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de
cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en
este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y
que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto.
Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las
autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de
recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la
referida violación.
El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha
reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el
PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de
defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar
sus propios medios y estrategias de defensa.
OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO
En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los
mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda,
los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación
o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados.
EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE CON TECNÓLOGOS, EL TEXTO DE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ
SER EL SIGUIENTE:
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El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre
de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su
propiedad.
Si con motivo de la ejecución este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad industrial o intelectual
relacionados con el objeto de este contrato, o intencionalmente llegare a apropiarse indebidamente de los derechos exclusivos de
terceros relacionados con el objeto de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/u
Organismos Subsidiarios. El PROVEEDOR deberá reembolsar y/o indemnizar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
cualquier gasto y/o costa judicial, así como asumir toda la responsabilidad por la defensa legal que realice el PROVEEDOR en
beneficio mutuo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en relación con el asunto.
No obstante lo anterior, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) está de acuerdo en que el PROVEEDOR se reserva el
derecho a obtener la licencia de la tercera parte que alega la violación de patente o marca comercial o apropiación indebida de
secretos industriales que se trate o cualquier otro derecho exclusivo, o para recomendar cambios para que la tercera parte ya no
pueda alegar que el PROVEEDOR esté infringiendo sus derechos de patentes o derechos de marca comercial o la apropiación
indebida intencional de sus derechos sobre secretos industriales relacionados, con el objeto de este contrato o de cualquier otro
derecho exclusivo.
Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las
autoridades competentes; y el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de
recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la
referida violación.
Bajo los términos de la Licencia descritos en el anexo___, el PROVEEDOR otorga a (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) los derechos que se establecen en dicha Licencia.
En caso de que el PROVEEDOR obtenga patentes o mejoras a las mismas, tendrá la obligación de comunicarlo a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) durante la vigencia del presente contrato, a fin de que dicha entidad pueda utilizar dichas patentes
o mejoras sin costo, las cuales serán propiedad del PROVEEDOR.
35.- SUBCONTRATACIÓN
EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SE HAYA
DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL
CONTRATO:
El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN
RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO,
LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR:
En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá
solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de anticipación a la
pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la
información suficiente para que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica
del posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá el derecho de solicitar al
PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. (PEMEX
U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de
la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la
celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.
LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:
Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de integración nacional al que se comprometió en
su propuesta de conformidad con el anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL
PROVEEDOR.
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En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora
del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el
plazo de entrega.
No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los
subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por
lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier demanda
o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del
contrato.
36.- NORMAS DE CALIDAD
CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN
SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN
El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad:
(indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta
del PROVEEDOR).
CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa,
conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo
indicado en su oferta del PROVEEDOR).
37.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO
LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO
BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO
Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición
financiera / centro de coste, y almacén, señalados en la declaración __/el anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de
control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.
38.- CONDICIÓN SUSPENSIVA
ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN.
Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos
estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición
suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.
39.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO
ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN,
PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO
EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.
* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE
DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL
PÁRRAFO ANTERIOR.
PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE
CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA
MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste
designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que
deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o
subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para
garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.
La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se
integra al presente contrato como anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia
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de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información
adicional relativa a la cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la
información contemplada en dicha cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a
hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR
tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.
El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos
electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo
[número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes
de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo
de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula,
también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).
Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área
responsable (“Módulo de Financiamiento”):
a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de
pago de su(s) factura(s), o
b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el
PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR
injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información
adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.
De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de
Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente.
40.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo.
Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.
El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y
revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que
estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean
presentados por el PROVEEDOR.
La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del
cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan
posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada
como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.
LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA
SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un
responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los
servicios a que se refiere este contrato.
El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) quien determinará si reúne los requisitos señalados.
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En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el
cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta
cláusula.
41.- RETENCIONES
ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD
FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio
celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato.
CAPÍTULO 14 – OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
42.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los
requerimientos establecidos en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. CAPÍTULO 15.- ANEXOS
43.- ANEXOS DEL CONTRATO
Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS
SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)
Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes”. Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”. Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”. (CUANDO
APLIQUE) Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”. (CUANDO APLIQUE)
Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. (CUANDO APLIQUE)
Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica.
Anexo “____”.- ____
Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las
estipulaciones de este contrato.
LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ
ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, el día ____ de _________ de ____.
SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:
POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
_____________________________________
(Nombre del Servidor Público de PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO)
APODERADO
POR EL PROVEEDOR
________________________________
(Nombre del Representante del PROVEEDOR)
APODERADO
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REVISIÓN TÉCNICA
___________________________
REVISIÓN ADMINISTRATIVA
___________________________
SE DEBERÁ DE INCLUIR LA PRESENTE FIRMA AL FINAL
DE LA MATRIZ DE FIRMAS
REVISIÓN JURÍDICA
POR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURIDICA
DE PETRÓLEOS MEXICANOS
_____________________________________
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DOCUMENTO 12 CAUSAS DE DESECHAMIENTO
Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o algunas de las situaciones que a continuación se enlistan: 1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de
conformidad con el punto 4 inciso A), del Documento 02 de estas bases. 2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, si el pago de bases no se realizó en tiempo, forma y por la
cantidad indicada, de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del punto 1.2 del Documento 02 estas bases de licitación.
3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento
03, de conformidad con lo indicado en el segundo párrafo el punto 4 inciso A), del Documento 02 de estas bases.
4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, si presenta tachaduras o enmendaduras y firmada
autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el punto 4 inciso B) del Documento 02 de estas bases.
5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los
supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el punto 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.
11. Cuando la Empresa licitante se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en el artículo 53 fracción V
de la Ley de Petróleos Mexicanos y artículo 12 de las DAC´S. 7. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el Documento 01, y en su caso las
aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido, de conformidad con el punto 4 inciso D) del Documento 02 y Documento 06 de estas bases.
8. Se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:
Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone
Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”
Que proponga más de una marca para un mismo bien
Que no indique marca o nombre del fabricante. Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. Que algún documento esté firmado por “ausencia” o “por atención”
9. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 del Documento
02 de estas bases.
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10. No elaborar su propuesta económica en Pesos Mexicanos. Proponer precios condicionados o variables. Si
manifiesta que los precios incluyen el I.V.A., de conformidad con el punto 4 inciso E) del Documento 02 y Documento 06-A de estas bases.
11. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables de acuerdo al punto 4.4.3 inciso B.-1)
del Documento 02 de estas bases. 12. Si el licitante no propone porcentaje de descuento.
13. Si el licitante propone porcentaje(s) de descuento fuera del rango establecido por la convocante. 14. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en el
punto 4 del Documento 02 de estas bases. 15. No ser claro, preciso y congruente en la documentación que integre a su propuesta, de acuerdo a lo solicitado. 16. No presentar los Documentos: 03, 06, 06-A y 07 debidamente requisitados. 17. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su propuesta,
incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta. 18. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la
proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases y a su versión final.
19. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación, y en su caso las aclaraciones y
modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido, que afecte directamente la solvencia de su proposición.
20. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto
de estas bases o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante. 21. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, DAC’s y demás disposiciones
reglamentarias aplicables. 22. Por no ofertar el mismo porcentaje de descuento en las partidas que componen el Grupo de partidas III. 23. Por no ofertar el mismo porcentaje de descuento en las partidas que componen el Grupo de partidas IV.
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DOCUMENTO 13
Anexo SSPA “Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”
Este anexo podrá ser consultado en la página electrónica:
http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx
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DOCUMENTO 13-A
Formato 4 Anexo SSPA “Lineamientos de requerimientos que debe cumplir el proveedor”.
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DOCUMENTO 14
SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES.
No. de Solicitud:____ (1)___ -2015
Fecha: _______(2)_____
SOLICITANTE: ______________________________(3)______________________________________________ R.F.C.: ______________________________(4)______________________________________________ DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO: __________________________(5)________________________________________________ COLONIA: ___________________________________(6)_______________________________________________ LOCALIDAD Y MUNICIPIO: ____________________(7)_________________________________________________ ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: ___________________(8)________________________________________________ NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: __________________________(9)______________________________ _____________________________________________________________________________________________________ CANTIDAD: ______(10)__________ TIPO DE MONEDA: _____(11)_____ IMPORTE SIN IVA: _______(12)_________ IMPORTE DEL IVA: ______(13)____ IMPORTE TOTAL: ______(14)__________ TIPO DE PAGO: ______(15)__________ CUENTA BANCARIA: ____(16)_____
DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC)
COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO
CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE: _________________________________________________
LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIÉN LOS PROPORCIONA
Autorizó: Recibe:
________(17)_________ ________________________________
NOTAS: LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL
CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE
ANTICIPACIÓN AL PAGO DE BASES.
DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE
SE REALICE EL PAGO.
PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA
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Instructivo para el llenado del documento NUMERO DESCRIPCIÓN NUMERO DESCRIPCIÓN
1 Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003
10 Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal.
2 La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012.
11 Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso.
3 Nombre completo de la persona física o moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPE VÉRTICE, S.A. DE C.V.
12 Anotar el importe total por el que se elaborará el documento sin IVA.
4 Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0.
13 Anotar el importe del IVA que debe contener la factura.
5 Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.
14 Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura.
6
Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar.
15
Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.
7
Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos.
16
Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con que la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.
8 Estado y código postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529
17 Nombre y firma de la persona Física o Moral que solicita la generación del documento.
9 Número de evento por el que se elabora el documento fiscal y deberá indicar la descripción del bien.
18 Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-Petroquímica que recibe la solicitud del documento.
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DOCUMENTO 15
NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
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Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se
mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre
fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
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III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la
tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx
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DOCUMENTO 16 -NO APLICA-
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO
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DOCUMENTO 17 –NO APLICA-
FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
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DOCUMENTO 18 –NO APLICA-
MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA
(ESTE MODELO CONTIENE EL MÍNIMO DE INFORMACIÓN, SE PODRÁ ADICIONAR O MODIFICAR) Convenio de participación conjunta que celebran por una parte el proveedor_________________ y por la otra el Proveedor___________________, para participar en la Licitación Pública Número________________, referente a: ___________________________, al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:
DECLARACIONES: I. DECLARA EL PROVEEDOR______________________: I.1.- Que acredita su legal existencia con el testimonio de la Escritura Pública Número. _________, volumen Número ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _______, bajo el acta número _______, tomo número____, volumen número ___________, de fecha _______, otorgada ante la Fe del Notario Público Número _____ de la Ciudad de ________, Lic. __________, y que su Registro Federal de Contribuyentes es: ________________(en caso de ser proveedor extranjero, sin domicilio fiscal en México, deberán manifestarlo así). (Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Que los nombres de los socios que aparecen en las escrituras públicas con las que acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, son los siguientes: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________. I.2.- Que el Señor ___________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número_______ de fecha ___________ de __________ de ____ otorgada ante la fe del Notario Público Número _______, de la Ciudad de ________, Lic. ________________, y tiene como domicilio el ubicado en: ________________.
I.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en:_______________ número _______,Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.
II. DECLARA EL PROVEEDOR______________________ II.1.- Que acredita su legal existencia con el testimonio de la Escritura Pública Número. _________, volumen Número ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _______, bajo el acta número _______, tomo número____, volumen número ___________, de fecha _______, otorgada ante la Fe del Notario Público Número _____ de la Ciudad de ________, Lic. __________, y que su Registro Federal de Contribuyentes es: ________________(en caso de ser proveedor extranjero, sin domicilio fiscal en México, deberán manifestarlo así).
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(Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Que los nombres de los socios que aparecen en las escrituras públicas con las que acredita la existencia legal de la persona jurídica (y de haberlas, sus reformas y modificaciones), son los siguientes: ___________________________________________________________________________ II.2.- Que el Señor _______________________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número_____ de fecha ______ de _____ de ______ otorgada ante la fe del Notario Público Número. ______, de la Ciudad de _________, Lic. ______________, y tiene como domicilio el ubicado en: ______________________. II.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en:_______________ número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________. III.- LAS PARTES DECLARAN: III.1.- Que celebran el presente convenio con fundamento en los Artículos 24 y 53 de las “Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” y el punto xxxx de las Bases de la Licitación Pública _______ número ______, cuyo objeto es: __________. III.2.- Las partes de este convenio privado de participación conjunta, nos comprometemos al tenor de las siguientes
C L A U S U L A S:
PRIMERA OBJETO.- Las partes convienen en agruparse con el fin de presentar proposición conjunta para participar en la licitación pública _______, número _______, cuyo objeto es __________ SEGUNDA PARTES DE LOS SERVICIOS QUE CADA AGRUPADO SE OBLIGA A CUMPLIR.
Las partes en este convenio se obligan a aportar, en caso de resultar adjudicados, lo siguiente:
I. El Proveedor __________________________: (PARTES DE LOS SERVICIOS QUE SE OBLIGA A PRESTAR, O LA PARTICIPACIÓN QUE TENDRÁ EN EL GRUPO) II. El Proveedor __________________________: (PARTES DE LOS SERVICIOS QUE SE OBLIGA A PRESTAR, O LA PARTICIPACIÓN QUE TENDRÁ EN EL GRUPO) Asimismo, la persona que actuará, en términos del inciso b) del artículo 24 de las “Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, como líder en la ejecución del contrato es ____________, siendo su domicilio para oír y recibir notificaciones _____________________________.
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TERCERA DOMICILIO COMÚN. Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en________ número _____, Colonia _______, Código Postal ______, en la ciudad de ______,_______, Tel. _____, Fax._____, correo electrónico ______. CUARTA REPRESENTANTE COMÚN. Las partes convienen que el Proveedor __________, a través de su Represente Legal, Señor _______________, será el representante común, otorgándole todo el poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante Pemex Petroquímica en nombre y representación de las partes en todos y cada uno de los actos de la Licitación Pública referida, así como para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición (es conveniente que se anote el nombre, dirección, teléfono, fax, y correo electrónico del representante común designado). QUINTA OBLIGACIÓN CONJUNTA Y SOLIDARIA. Las partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre sí y ante Pemex Petroquímica, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme producto de la Licitación Pública de referencia. SEXTA FACTURACIÓN Y PAGO. Las partes acuerdan que los pagos por la prestación de los servicios, se efectúen a (Anotar el nombre de la persona integrante del grupo a la que Pemex Petroquímica le efectuará el pago correspondiente), quien será la encargada de expedir la(s) factura(s) correspondientes y realizar los trámites de cobro. SÉPTIMA INSTRUMENTOS. Asimismo, se adjuntan al presente convenio, los siguientes instrumentos que regulan el control del consorcio por quien actuará como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos: __________________ __________________
El presente convenio privado de participación conjunta, se firma por las partes en ___ tantos originales, en la Ciudad de _____________, ________, a los _____ días del mes de ________________ de 2015.
PROVEEDOR
PROVEEDOR
Representante Legal Representante Legal
PROVEEDOR
PROVEEDOR
Representante Legal Representante Legal