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Laura R. Valladares UAM
Diplomado Igualdad sustantiva y acceso a la Justicia
Oaxaca febrero 2014
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Pluralismo JurídicoSrio. Gobernación pide perdón a Inés Fernández por la violación en manos de soldados mexicanos. Marzo de 2012
La Justicia para las mujeresindígenas.
El binomio Derechoscolectivos - derechos de lasmujeres indígenas.
Multiculturalismo comopolítica de Estado.
Reformas en materia dejusticia para los pueblos ylas mujeres indígenas
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Justicias indígenas Sistemas de Justicia.
Los retos de la impartición de justicia con pertinencia cultural y perspectiva de género.
El sistema de justicia positivo para personas y pueblos indígenas.
Pluralismo Jurídico y diálogo entre saberes.
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Resultado transcultural y transhistórico
No culturizar la desigualdad
Se expresa por tres condiciones: étnica, de género y económica
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Condiciones de las Indígenas
Acceso a la justicia como derecho humano
Mayores condiciones de vulnerabilidad que los hombres indígenas
Discriminación expresada en altos índices de
Monolingüismo Analfabetismo Representadas por los varones. 93% sin educación básica. 95% PEA femenina sin salario (vs.
70% masculina. Ejercicio de la ciudadanía
mediada por acceso a recursos productivos.
Falta de servicios.
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Lo individual es colectivo Derecho a la diversidad
El Derecho a tener Derechos
La juridización de las demandas indígenas
Porque apelar al Derecho?
Exigencia de Justicia y detener agravios
Puede el sistema de justicia coadyuvar a la equidad de género?.
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Reformas de corto alcance
Nuevos constitucionalismos y Construcción de Estados Plurales
Brasil (1988)
México (1992 y 2001)
Chile (2012)
Argentina (2005)
Guatemala (Acuerdos de Paz)
Colombia 1991 Venezuela 1999 Bolivia 1991, 1999 y
2009 (Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional)
Ecuador 1998 y 2008 Estado Plurinacional principio del SumakKawsay –buen vivir)
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Respuestas estatales a las demandas indígenas y los compromisos internacionales
Política Multicultural del Estado Mexicano
Reconocimiento de la diversidad (1992 y 2001)
1. Modificaciones constitucionales
2. Reformas institucionales.
3. Políticas afirmativas:
Educación: Universidades y Bachilleratos interculturales, Universidades Indígenas.
IV Visitaduría de la CNDH.
Distribución de recursos con tintes paternalistas.
Becas para mujeres indígenas
Cuotas Partidos políticos, Congreso, paridad electoral
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• Firma Convenio 169 OIT, Modificaciones constitución. •21 modificaciones a Códigos de procedimientos penales• 13 modificaciones a Códigos Penales (1994 y 2004)
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“Ley de Administración de Justicia” Michoacán (2007).
“Ley de Justicia Indígena Q.R. (2007)
“Ley sobre administración de Justicia Indígenas SLP (2006)
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Avances en materia de Justicia
Juzgados de Paz y Conciliación, Campeche (1997).
Juzgados Indígenas: Puebla
Juzgados comunitarios
Sala indígena STJ Chiapas. 1998
Ley indígena Oax (1995)
Ley indígenas Qro. (2009).
Indígenas en el Congreso
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Pluralismo JurídicoConocer el Derecho y los derechos
Paralelas sin vínculo
En coordinación (Pluralismo Jurídico)
En conflicto
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Las nuevas invasiones:
Proyectos mineros
Desplazamientos por megaproyectos
Resolución SCJN caso wisrárikas, otomíes de Querétaro, y Mixtecas de Guerrero
Experiencias de Resistencia
Mirar al Sur experiencias de Refundación del Estado en clave autonómica.
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Los retos de la impartición de justicia con pertinencia cultural y perspectiva de género.
El sistema de justicia positivo para personas y pueblos indígenas.
Pluralismo Jurídico y diálogo entre saberes.
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Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en caso que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas. (SCJN) 2013
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No discriminación
Autoidentificación
Derecho a mantener, desarrollar y controlar sus propias instituciones
Considerar las especificidades culturales
Protección especial a sus territorios y recursos naturales
Participación, consulta y consentimiento frente a cualquier acción que los afecte.
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La CRAC Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias de la Montaña de Guerrero
Bondades de la justicia comunitaria
Los derechos de las mujeres en la justicia tradicional
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Los conflictos culturales y normativos de una nación multicultural no pueden entenderse desde la lógica de la normatividad hegemónica.
Ciertas prácticas, creencias, cosmovisiones, etc. Requieren explicarse y traducirse bajo esquemas y referentes cognitivos de las propias culturas de donde emergen, con el objeto de significar los que ellas mismas expresan.
No solamente explica sino que confronta y contrapone dos saberes: el del juez y el del perito.
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El perito no es un abogado es un traductor entre dos culturas.
Debe evitarse que el peritaje tenga como metas liberar o reducir penas a la población por su pertenencia.
Los actos delictivos como robo, violación, u otras trasgresiones son penadas en ambas sociedades.
El centrarse la búsqueda de in-imputabilidad por origen reproduce la lógica de subordinación de una cultura sobre las otras
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Comisión Especial del Senado para analizar el caso de las indígenas Teresa González y Alberta Alcántara
Jacinta Marcial Ñahñu presa por acusación de secuestro
Indígenas Ñahñu –Otomíes-de Querétaro acusadas de secuestro en 2006.
Liberadas en 2009 y 2010.