Toda actividad de los ciudadanos dirigidos a intervenir en la designación de sus gobernantes o a influir en la formación de la política estatal comprende las acciones colectivas o individuales, legales o ilegales
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LAS
POLÍTICAS PÚBLICAS
EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA:
La participación ciudadana en las políticas públicas es un derecho fundamental; toda persona tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país
La participación ciudadana incluye una gama amplia de posibilidades para su ejercicio
La participación en los asuntos públicos puede darse a través de la asociación de las personas en sindicatos, partidos políticos o cualquier otra forma de organización.
MODOS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
CLASIFICACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANADe acuerdo a su inserción o no en el proceso estatal de toma de decisiones:
P. INSTITUCIONAL
P. NO INSTITUCIONAL
De acuerdo al carácter de la decisión de la participación
DECISIVADECISIVA
CONSULTIVACONSULTIVA
De acuerdo a la actividad de participación:
DIRECTADIRECTA
INDIRECTAINDIRECTA
Los referendos y las elecciones
corresponden a este tipo.
Los ciudadanos designan representantes o
mandatarios para que tomen parte
De acuerdo a su grado de obligatoriedad:
OBLIGATORIA
FACULTATIVA
El ordenamiento jurídico dispone la puesta en práctica
del proceso de participación o la instrumentación del organismo respectivo como un requisito
necesario para la toma de alguna decisión.
La puesta en práctica del proceso participativo depende
discrecionalmente de quien esté facultado a ponerlo en marcha.
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
ASUNTOS PUBLICOS
DE SUS PAIS
• SEXOSEXO• RAZARAZA• IDIOMAIDIOMA• C. SOCIALC. SOCIAL• ETNIASETNIAS
IGUALDADIGUALDAD
1955
Reconoce a las mujeres los
derechos de votar en las
elecciones en condiciones de
igualdad que los varones, de
poder ser elegidas y de
ocupar cargos y ejercer
funciones públicas en
cualquiera de los organismos
estatales establecidos por la
legislación de cada país.
BUEN GOBIERNO
Código Iberoamericano(XVI Cumbre Iberoamericana realizada en Montevideo en 2006)
“Aquél que busca y promueve el interés general, la participación ciudadana, la equidad, la inclusión social y la lucha
contra la pobreza, respetando todos los derechos humanos, los valores y
procedimientos de la democracia y el Estado de Derecho.”
“Aquél que busca y promueve el interés general, la participación ciudadana, la equidad, la inclusión social y la lucha
contra la pobreza, respetando todos los derechos humanos, los valores y
procedimientos de la democracia y el Estado de Derecho.”
LA PARTICIPACIÓN EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS MEJORA LA GESTIÓN
PÚBLICA
PERMITIPERMITIR A LOS R A LOS CIUDADACIUDADANOS(AS)NOS(AS)
CARTA IBEROAMERICANACARTA IBEROAMERICANA de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, suscrita el 2009
MECANISMOS PARTICIPATIVOS FUNDAMENTALES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Conocer Conocer los derechos de participación en la administración pública.
AccederAcceder a información pública.
Intervenir en las distintas etapas del proceso de formación de políticas públicas.
Presentar Presentar solicitudes, solicitudes, proyectos y propuestas en los ámbitos correspondientes.
ParticiparParticipar en la elaboración, modificación y revisión de leyes y normas.
Vigilar y controlar Vigilar y controlar los servicios públicos.
Hacer seguimiento Hacer seguimiento y evaluacióny evaluación de la gestión pública y sus resultados.
DenunciarDenunciar los casos en que se pone obstáculos a la participación.
PRINCIPALES COMPONENTES DE LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LAS
POLÍTICAS PUBLICAS 1.1. DESCENTRALIZACIÓNDESCENTRALIZACIÓN2.2. FOCALIZACIÓN FOCALIZACIÓN 3.3. EQUIDAD TERRITORIALEQUIDAD TERRITORIAL
DescentralizaciónMedio para el desarrollo endógeno, los regionalistas
o localistas la ven como una alternativa de democratización, transparencia en la gestión regional y local, así como de participación social
DesconcentraciónActo mediante el cual se traspasan capacidades para tomar decisiones en forma exclusiva y permanente, desde un nivel determinado de la estructura administrativa a otro rango de nivel
inferior, dentro de la propia organización. Constituye una descentralización
administrativa solamente.
Equidad Territorial
VentajaFavorece la integración
homogénea de un territorio nacional, al
apostar a los equilibrios regionales internos y
permite desconcentrar servicios.
Promueve un mayor equilibrio en la distribución de la poblaciónequilibrio en la distribución de la población, instrumentando subsidios o franquicias a zonas extremas, corrigiendo las economías de escalas de muchos servicios sociales de las zonas rurales.
DesventajaLa dependencia de los polos de mayor
desarrollo disminuyendo el
desarrollo autónomo regional
y local.
La focalización
MECANISMO DE MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE ASIGNACIÓN DE
RECURSOS RECURSOS ECONÓMICOS ECONÓMICOS
PARA PARA COMBATIR LA COMBATIR LA
POBREZAPOBREZA
PRINCIPIO DE EFICIENCIA EN LA DISTRIBUCIÓN DE PRINCIPIO DE EFICIENCIA EN LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS.LOS RECURSOS.
Concentrar los beneficios en los segmentos de la
población que más lo necesita.
Surge como alternativa
Para hacer uso de
políticas de
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL
PERÚ
Los derechos de participación
ciudadana son son reconocidos y reconocidos y regulados regulados en la
legislación nacional.
La Constitución Política del Perú El derecho a:El derecho a:
La libertad de libertad de información, opinión, información, opinión, expresión y difusiónexpresión y difusión del pensamiento a través de diferentes medios (Artículo 2º inc. 4).
Solicitar información Solicitar información a cualquier entidad pública (Artículo 2º inc. 5).
Reunirse Reunirse pacíficamente pacíficamente y sin armas en cualquier local privado o abierto al público, sin necesidad de aviso previo. (Artículo 2º inc.12).
Asociarse Asociarse libremente libremente y constituir organizaciones sin fines de lucro (Artículo 2º inciso 13).
ParticiparParticipar, individualmente o en grupo en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. (Artículo 2º inc. 17).
Formular peticionesFormular peticiones, de manera individual o colectiva, ante las autoridades competentes (Artículo 2º inc.20)
Ley Nº 26300, Ley sobre los Derechos de Participación y
Control Ciudadanos
O La Constitución reconoce que los ciudadanos y ciudadanas tenemos derecho a participar en los asuntos públicos, mediante referéndum, iniciativa legislativa, remoción y revocatoria de autoridades y demanda de rendición de cuentas (Artículo 31º).
Acuerdo Nacional en julio de 2002
Se aprobaron las 31 Políticas de Estado
Para lograr los objetivos:•Democracia•Justicia social•Competitividad•Estado eficiente, transparente y descentralizado.
La Segunda La Segunda Política de Política de
Estado Estado asume el compromiso de “promover
la participación ciudadana para
la toma de decisiones públicas”
La Cuarta La Cuarta Política Política expresa el compromiso de fomentar el
diálogo y la concertación
entre todas las organizaciones, tanto políticas
como de la sociedad civil
La Octava La Octava se refiere a la descentralización y la necesidad
de institucionalizar la participación ciudadana en las
decisiones políticas, económicas y administrativas, dentro de ellas
en los programas de lucha contra la pobreza, en la gestión y
evaluación de servicios públicos de salud, en el control y vigilancia
de la seguridad alimentaria.
El año 2007, se aprobó la El año 2007, se aprobó la Ley de Igualdad de Ley de Igualdad de
Oportunidades entre Oportunidades entre Mujeres y Hombres (LIO)Mujeres y Hombres (LIO)
Establece lineamientos para el poder ejecutivo y los gobiernos regionales y locales
orientados a promover la participación participación política, económica y social de las política, económica y social de las mujeresmujeres, con mención especial a las
mujeres rurales, indígenas y afroperuanas.
Cada año, la Presidencia del Consejo de Ministros informa al Congreso sobre el cumplimiento de esta importante norma.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN
POLÍTICAS PÚBLICAS
Principio de la Gestión Descentralizadora
Parte del Diseño Normativo del Proceso Reforma
ConstitucionalCapítulo XIV
descentralización – Artículo 199
Descentralización
Gobiernos regionalesY municipales
Gobiernos regionalesY municipales
PoblaciónPoblación
Rendir cuentas
Gobiernos regionales y municipales
• Formulación
• Debate• Concertraci
ón.
Planes de desarrollo
Presupuesto
Obligación
Promover la participación ciudadana
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN LEY N° 27783 – ART. 17
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNO REGIONAL – ART. 8
Principios rectores de las políticas y
la gestión pública regional
TransparenciaGestión modernaRendición decuentas
POLÍTICAS SANITARIAS DE PROTECCIÓN AL
USUARIO
Antes de la década de los noventa, las disputas entre proveedores y consumidores estaban
bajo el Código Civil y las leyes mercantiles y de comercio
En 1991 sin embargo, cuando se promulga la ley específica de protección al consumidor DL 776, cambia significativamente el carácter de
los derechos de los consumidores y se entrega su administración al INDECOPI
Después de años de ordenamiento finalmente fueron ordenadas en diciembre del 2000 en el
texto único de la ley de protección al consumidor (DS No 039-2000 ITINCI). La ley de protección al
consumidor establece que la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI (en
primera instancia) y el Tribunal del INDECOPI (en segunda y última instancia administrativa) son el
único órgano administrativo competente para conocer las infracciones a la ley, imponer sanciones y ordenar medidas correctivas.
Estado Peruano ha autorizado que los reguladores de los servicios públicos actúen como autoridades en aplicar la ley de protección al consumidor:
OSIPTEL en telecomunicacionesOSINERG en energíaSUNASS en agua y servicios sanitariosOSITRAN en infraestructura.
1. El Estado protege la salud y seguridad de los consumidores a través de una normativa apropiada y actualizada, fomentando la participación de todos los estamentos públicos o privados.
2. El Estado garantiza el derecho a la información de los consumidores promoviendo que el sector público respectivo y el sector privado faciliten mayores y mejores espacios e instrumentos de información
Son las personas naturales o jurídicas que adquieren,
utilizan o disfrutan de productos o servicios materiales e inmateriales, en beneficio propio o de
su grupo familiar o social.
4. El Estado promueve la participación ciudadana y la organización de los consumidores en la protección y defensa de sus derechos.
5. En materia de productos de salud, el Estado promueve el acceso universal a los productos de salud como política pública de atención integral de la salud pública, con especial incidencia en las poblaciones menos favorecidas económicamente.
3. El Estado reconoce la vulnerabilidad de los consumidores en el mercado y en las relaciones de consumo, orientando su labor de protección y defensa del consumidor con especial énfasis en quienes resulten más propensos
PRINCIPALES PRINCIPIOS BASICOS DE PROTECCIÓN
AL USUARIO
El principio pro consumidor.
El principio de proscripción del abuso del derecho.
El principio de isonomia real.
El principio restitutio in íntegrum.
El principio de transparencia
El principio de veracidad
El principio indubio pro consumidor.
PRINCIPALES LEYES BASICAS DE PROTECCIÓN
AL USUARIO
LA LEY CONTRA PRODUCTOS DAÑINOS Y
PELIGROSOSOLa protección a la salud y seguridad del
consumidor se materializa en la información de los riesgos de los productos o servicios y el modo correcto de su uso.(etiqueta, contenido...)
O Y se sancionan la colocación de productos dañinos, peligrosos o que conllevan un riesgo injustificado o no advertido para los consumidores.
LA LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
O DL 716– publicada a fines de 1991, ha sufrido varias modificaciones, siendo la última, el 26 de junio del 2008 con la promulgación del Decreto Legislativo 1045 que aprobó la Ley Complementaria del Ley Complementaria del Sistema de Protección al Consumidor.Sistema de Protección al Consumidor.
Donde insta los derechos del consumidor como son:
O Protección de la salud y seguridad física.O Información relevante para adquirir y efectuar un uso o consumo
adecuado. O Elegir a través de acceder a una variedad de productos y servicios.O Protección de sus intereses económicos, mediante el trato
equitativo y justo.O No ser discriminados en locales abiertos al público.O Reparación por daños y perjuicios, en la adquisición de bienes o
servicios.O Ser escuchados en defensa de nuestros derechos como
consumidores.
LA LEY DE PUBLICIDAD Y LA LEY DE LIBRE
COMPETENCIA EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Bajo la Ley 34, DL 691, DL 26122 y DL 1044 se regula la actividad
publicitaria y el cumplimiento con los requisitos de legalidad, veracidad, autenticidad,
pertinencia y lealtad de los productos.
La Ley General de Salud Nº 26842 establece
obligaciones y derechos muy vinculados a la
protección del usuario del servicio de salud.
LEY GENERAL DE SALUD Y EL LEY GENERAL DE SALUD Y EL
DERECHO A LA SALUD E DERECHO A LA SALUD E
INTEGRIDADINTEGRIDAD
Es un derecho del usuario, recibir información completa sobre todo su salud - diagnostico, pronóstico y alternativas de tratamiento - sus riesgos, precauciones y advertencias
Solo los médicos pueden prescribir medicamentos y que éstos están obligados a informar al paciente como se administran y cuales son sus riesgos – contraindicaciones y reacciones adversas.
Registrar toda la información en una Historia Clínica mas el “consentimiento informado”,
Ninguna persona puede ser sometida a tratamiento médico o quirúrgico sin consentimiento previo, salvo las intervenciones de emergencia
La negativa a recibir tratamiento médico o quirúrgico exime de responsabilidad al médico tratante y al establecimiento de salud
Todos los establecimientos de salud, sin excepción están obligados a prestar atención cuando la persona se encuentre en estado de grave riesgo para su vida y salud y no se puede negar a brindar el servicio mientras subsiste este estado.
Los profesionales, técnicos y auxiliares del campo de la salud, son responsables por los daños y perjuicios que ocasionen al paciente por el ejercicio negligente, imprudente e imperito de sus actividades.
LEYES SOBRE ALIMENTOS, BEBIDAS Y MEDICAMENTOS
El DL 1062 de junio del 2008, ley de Inocuidad de los alimentos protege la salud y la vida de las personas.
La responsabilidad es de todas las partes: el Estado, el consumidor y los proveedores. Para vigilar y retirar los productos alimenticios
adulterados, contaminados o falsificados o que hayan sido declarados no aptos para el
consumo humano
PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN LAS
POLÍTICAS PÚBLICAS
La SOCIEDAD SOCIEDAD CIVILCIVIL
(ONGs, Corporaciones o asociaciones de voluntariado,
Organizaciones Sociales de Base, Etc)
se ha reflejado en diversas
plataformas y campañas
relacionadas con temas como:
1. Promoción de los derechos de los mas pobres, la defensa del medio ambiente.
2. Defensa de los derechos humanos.
3. Participación de las organizaciones en la gestión del desarrollo en el ámbito nacional o local.
Este proceso responde, al mismo tiempo, a un
creciente interés de los gobiernos de Iberoamerica
por escuchar a la ciudadanía en diversos espacios
nacionales, internacionales y multilaterales.
Este abanico de criterios ofrece un marco conceptual para construir varias tipologías de clasificación de las experiencias concretas de participación.
Tomando como base dos de los criterios expuestos en párrafos anteriores, el momento del ciclo de la política en el que intervienen los actores no estatales y la intensidad de dicha participación, es posible construir una primer tipología que establece cinco tipos ideales de participación social en las políticas estatales:
Fuente: VI CONFERENCIA REGIONAL DE ISTR PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE. 8 al 11 noviembre de 2007, Salvador de Bahía, Brasil. Organizan: ISTR y CIAGS/UFBA
La ausencia de planes de capacitación y promoción de la participación ciudadana repercuten directamente en los funcionarios y en la sociedad civil, afectando la calidad de los procesos participativos y el empoderamiento de los ciudadanos.
Es fundamental sensibilizar a los funcionarios municipales y a los partidos políticos sobre la importancia de la participación ciudadana. De la sociedad civil y de los políticos dependerá que se aprovechen estos mecanismos y que se generen espacios de concertación que logren consolidarse como instancias de diálogo y debate democrático.
La protección al consumidor en el Perú se desarrolla dentro de un marco legal que ha evolucionado y se ha ido fortaleciendo desde 1991 en que se promulga la primera Ley de Protección al Consumidor y el año 1992 en que se crea el INDECOPI.
Esto le permite a la fecha ofrecer un sistema legal de protección efectiva a través de la imposición de sanciones a conductas que infrinjan los derechos del consumidor y procesos de conciliación entre cliente y proveedor.
De otro lado, los mayores retrocesos legales han ocurrido en los años 2008- 2009 en donde se ha eliminado la posibilidad de sancionar a las empresas que hacen abuso de posición de dominio por prácticas explotativas contra los consumidores.
En el Perú la protección de los derechos de los consumidores se ejerce bajo un esquema altamente centralizado, lo que por un lado complica la gestión y por otro, deja una gran parte de la población en las diversas provincias y regiones del país sin protección.
En el Perú, además del INDECOPI y de los Tribunales de los reguladores (OSIPTEL, OSINERG, OSITRAN y SUNASS), los Ministerios de Transporte, Salud, Educación, etc., son los que establecen reglas y normas sectoriales que requieren a las empresas acerca de la seguridad y eficacia de los productos y servicios en cada sector. La actuación de estos organismos es sin embargo muy débil y limitada.
Además, no existe ninguna institución que se encargue de planificar, elaborar y coordinar una política nacional de protección al consumidor en donde participen las principales instituciones estatales (a nivel central, regional y local) así como las asociaciones de consumidores, el sector privado, el mundo académico y la sociedad civil.
El marco legal no favorece la asociatividad y sostenibilidad de las asociaciones de consumidores, en tanto no establece mecanismos que les permita contar con recursos que ayuden a su funcionamiento y está pendiente una reforma normativa que permita que la sociedad civil se involucre en el ejercicio de sus derechos como consumidor.
En relación a las políticas de prevención y de promoción se ha avanzado muy poco.
Una política de prevención, implica contar con laboratorios suficientes y a disposición de las entidades encargadas de fiscalizar y monitorear el mercado, así como un sistema de acreditación que permita distinguir a aquellos proveedores que adoptan estándares y normas técnicas de carácter voluntario que garantizan la seguridad y confiabilidad en los productos y servicios que ofrecen en el mercado.