GACETA AAAG – OCTUBRE 2010
Av. de los Agentes Aduanales SN. Aeropuerto Internacional “Miguel Hidalgo”
Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco C.P. 45659.
Tel. 3688-6007/3688-5031/3688-6470. Fax 3688-6092
Octubre 2010
TEMA
El pasado miércoles 27 de Octubre se llevó a cabo
una reunión en las instalaciones de la AAAG, organizada por AMERICAN CHAMBER MEXICO en
conjunto con la AMPPI, en donde el tema principal
fue “Diálogos sobre la protección de la
Propiedad Intelectual entre Aduanas y los
Titulares de Marcas”.
En dicha reunión se vieron las Acciones
conjuntas de Combate a la Piratería y Libre
Comercio, así como también se llevó a cabo un
dialogo abierto entre titulares de marca y
autoridades, donde el moderador fue Kiyoshi Tsuru, Presidente del Comité de Derechos de
Propiedad Intelectual.
A dicho evento se contó con la Asistencia de
figuras del Comercio Exterior así como la del Administrador General de Aduanas en
Guadalajara, el Lic. Héctor Hugo Garza Jalil.
“Comité de derechos de propiedad industrial
AMERICAN CHAMBER”
DIÁLOGOS SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ENTRE ADUANAS Y
LOS TITULARES DE MARCAS
EXPOSITORES:
Lic. Héctor Hugo Garza Jalil
Administrador de la Aduana de Guadalajara
Jaime Martínez/Rene Suastegui
Administrador de Operación Aduanera “6”, adscrito
a la Administración Central de Operación
Aduanera de la Administración General de
Aduanas.
Theodore Schultz Hoeflich
Titular de la oficina regional del IMPI
Lic. Saúl Santoyo
Presidente del Comité de Asuntos Contenciosos Asociación Mexicana para la Protección de la
Propiedad Intelectual (AMPPI)
Lic. Alejandro Allera
Presidente del Comité de Comercio Internacional
American Chamber / Guadalajara
Lic. Manuel Herrera Vega
Consejo de cámaras industriales de Jalisco
Asociación de Agentes Aduanales de
Guadalajara A.C.
Unión, continuidad y crecimiento.
La Asociación de Agentes Aduanales de
Guadalajara se compromete a satisfacer las necesidades de nuestros Asociados y afiliados
mediante la mejora continua de los servicios
que se otorgan con un enfoque Ético y
Profesional basado en un sistema de Gestión
de Calidad.
www.aaag.org.mx
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CIRCULARES PUBLICADAS EL MES DE OCTUBRE
CIRCULAR TEMA DESCRIPCION
Circular 167 26/10/2010
ASOCIACION - DISPOSICIONES
INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA RECEPCION DE MANIFIESTOS ELECTRONICOS
ALMACENADORA WTC CONFIANZA
Circular 166 22/10/2010
ASOCIACION - CAPCITACION
CURSO “MARCAS NOTORIAS Y COMBATE A LA PIRATERIA” (INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL)
Circular 165 21/10/2010
ASOCIACION - COMUNICADOS
GACETA INFORMATIVA AAAG (SEPTIEMBRE)
Circular 164
15/10/2010
ASOCIACION -
COMUNICADOS
IMPORTANCIA DEL RECONOCIMIENTO PREVIO
Circular 163
15/10/2010
ASOCIACION -
CAPACITACION
SEMINARIO "REFORMAS AL DECRETO IMMEX E
INCOTERMS 2010" (AAAG-BUFETE INTERNACIONAL)
Circular 162
14/10/2010
ASOCIACION -
COMUNICADOS
ENTREGA FISICA A LA AUTORIDAD DE PEDIMENTOS
CONSOLIDADOS
Circular 161
12/10/2010
ASOCIACION -
CAPACITACION
TALLER REGLAS 3.7.22 Y 3.7.28 (RECTIFICACION DE
PEDIMENTOS)
Circular 160
11/10/2010
ALMACEN FISCALIZADO
- COMUNICADOS
CEDULA DE NOTIFICACION POR ESTRADOS (MERCANCIA
EN ABANDONO)
Circular 159 06/10/2010
ASOCIACION - COMUNICADOS
SERVICIO DE VALIDACION POR INTERNET
Circular 158 04/10/2010
ASOCIACION - CAPACITACION
CURSO "HERRAMIENTAS DIGITALES DEL IMPI: MARCANET, BASES DE DATOS SIGA Y VIDOC" (VIDEO CONFERENCIA)
Circular 157
01/10/2010
ASOCIACION -
COMUNICADOS
PRUEBA PILOTO (COFEPRIS)
CIRCULARES
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CAPACITACION
O C T U B R E 07 VIDEOCONFERENCIA: “Herramientas digitales del IMPI: MARCANET, bases de datos SIGA y VIDOC”
EXPOSITORES: Lic. Erika Froylan
Coordinación departamental del Centro de
Información Tecnológica
Lic. Sandra Santos
Coordinación Departamental de Desarrollo de Sistemas de Marcas
Lic. Roberto Villanueva
Coordinación Departamental de Desarrollo de
Sistemas de Marcas
O C T U B R E 20 TALLER: “Reglas 3.7.22 y 3-7-28 (Rectificación de pedimentos)”
EXPOSITOR: Ingrid Citlalli Blanco Rubio
Jefe de departamento de Incidencias
subadministración de control de trámites y
asuntos legales de la aduana de Guadalajara
DEPARTAMENTO OPERATIVO
25 ASISTENTES
44 ASISTENTES
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JUNTAS MENSUALES CON LA SUBADMINISTRACION DEL AREA LEGAL DE LA ADUANA
Se llevo la Junta mensual con la Sub-
Administradora del Área Legal de la Aduana y
personal de la AAAG donde se trataron diversos temas:
Abandonos, TLC-Colombia, Venezuela-México,
Listado de Incidencias, Consultas en criterios a
plataforma Certificados EUR.1, Reunión con
encargados de Incidencias. se propone por parte de la AAAG si es posible coadyuvar con la aduana
para gestionar con las agencias y evitar el
abandono o se coordine el trámite de abandono.
JUNTAS MENSUALES CON PERSONAL DE LAS AGENCIAS
El 05 de Noviembre se llevo la cuarta reunión mensual con Personal de Agencias y con la Lic.
Ingrid Blanco (Jefe de IPR) Área Legal de la Aduana
donde tratamos diversos temas:
Listado de Incidencias, levantadas mensualmente
por la Aduana de GDL, para que esta sea transmitida a los diferentes A.A. y encargados de
Incidencias, esto para poder disminuir la cantidad
de créditos Determinados por la Aduana,
Mercancía Bajo Trato Arancelario Preferencial del
TLCAN, Carta bajo protesta, Manejo de Marcas,
Incidencias en Puntos Tácticos.
INCIDENCIAS Se transmite el Informe mensual de Incidencias,
de Primer y Segundo Reconocimiento, de muestreo,
destacando que la mayoría de las incidencias son
levantadas por Datos Generales Inexactos en
Primer Reconocimiento.
ALERTAS
Se envían alertas con información de, “Abandono expreso” y procedimiento de “Presentación de
escritos de pedimento de rectificación”
JUNTAS MENSUALES CON EL DEPARTAMENTO DE ICG
Puntos verificados en la reunión llevada a cabo el
21 de octubre de 2010.
Tiempo transcurrido en cierre de tránsitos y la importación definitiva ya que tardan de
1 hora a 1:30. Se acordó ponerse de acuerdo agencia
aduanal, aduana, y nivel central.
Fecha de modificación excepciones XP cuando la mercancía es para uso en
Humanos.
Se tiene reportado a nivel central pero no tiene fecha de modificación.
Pedimentos virtuales con tasa de DTA 223 y el importe 224 con forma de pago 9.
El validador otorgo firma el cual no es
correcto.
Rectificación de pedimento virtual individual la UMC se levanto reporte en
mesa de ayuda 294852. A solicitud de la
Agencia Aduanal.
Solventado de conformidad con el art.89
no se permite rectificar la unidad de medida y cantidad, misma que se
contempla el criterio del validador a
nivel nacional en el boletín P154.
Rectificación de número de serie de Vehículo.
Se solventa con la descripción correcta proporcionada por aduana.
Rectificación por supuesta subvaluación la cual no era aplicable y se detuvo la
mercancía.
Operación aduanera solicito rectificación a fin de poder sacar mercancía, cuenta
con permiso de Salud y el sistema ya lo
tenía como utilizado y no otorgaba
firma.
Pedimento con certificado de SAGARPA se tupo que pagar 3 ocasiones. Existen 3 formas de pago del certificado.
1.- 100%, 2.- 50%, 3.- exento.
Entre los cuales no se tiene un criterio
para utilizar la opción 2 y 3.
DEPARTAMENTO JURIDICO DEPARTAMENTO SISTEMAS
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Presentación de desistimientos y compensaciones.
Se realizara un procedimiento en el cual
se especifica lo necesario para la
presentación de un desistimiento y
compensaciones. Se enviara al departamento de ICG para su revisión y
aprobación.
GESTIONES
Gestión TS-01668/2010
Se realiza la consulta sobre si las importaciones
temporales pagan impuesto general de
importación (IGI), en relación a un archivo de
validación donde se declara el importe de IGI con forma de pago 5. El pedimento es clave AF.
Se responde la consulta informando que el
prevalidador debe generar un mensaje de error
exigiendo el pago de IGI conforme a lo siguiente:
Artículo 52 primer párrafo de la Ley Aduanera
que a la letra dice:
“Están obligadas al pago de los impuestos al
comercio exterior las personas físicas y morales
que introduzcan mercancías al territorio nacional o las extraigan del mismo, incluyendo las que estén
bajo algún programa de devolución o diferimiento
de aranceles , en los casos previstos en los
artículos 63-A, 108, fracción III y 110 de esta Ley. “
Artículo 104 segundo párrafo de la fracción I de
la Ley Aduanera que a la letra dice:
“Las importaciones temporales de mercancías de
procedencia extranjera se sujetarán a lo siguiente:
l. No se pagarán los impuestos al comercio
exterior ni las cuotas compensatorias. Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable en
los casos previstos en los artículos 63-A, 105, 108,
fracción III, 110 y 112 de esta Ley “
Debido a quelas operaciones con clave de pedimento AF son las contempladas en la fracción
III del artículo 108 de la Ley Aduanera, como lo es
el presente caso, deberá pagar IGI y por lo tanto no
es procedente aplicar la forma de pago "5" para
este tipo de operaciones.
[05/10/2010]
Gestión TS-03106/2010
Se realiza la consulta de la correcta declaración
de los cupos de medida de transición que al
efecto emite la Secretaría de Economía, se realiza
el envió de un archivo de validación basándose en un pedimento previo, sin embargo el validador
marca errores:
551 03 4 32 SI DECLARA EL CASO SC COPLEMENTO 3, REQUIERE
DECLARAR PERMISO DE MT
553 07 4 70 NO EXISTE O NO SE ENCUENTRA VIGENTE LA
AUTORIZACION DECLARADA A NIVEL CENTRAL
Se responde la consulta para el error del registro
551 en base al boletín informativo P058 y
Circular G-0178/2010, ambos publicados el 16 de junio del 2010 Se sugiere declarar un permiso
CM, adicional al permiso CP, así mismo se deberá
declarar los identificadores SC y DC con sus
complementos correspondientes, toda vez que el
validador del SAT está programado de esta manera
y para que otorgue la firma en automático se deberá declarar así la información, cabe aclarar
que dicho criterio ya fue ratificado con el
personal del SAT e informaron que esta es la
manera correcta de exceptuarse del pago de IGI así
como de la medida de transición La liberación a nivel nacional de la declaración
de los cupos de medida de transición en el VOCE
se realizo el 14 de junio de 2010.
Para el error del registro 553 se hace la
observación que el número de certificado de cupo debe ser el mismo que se declare en el permiso
CM, para este caso en particular se elimino la
diagonal “/”.
[29/10/2010]
DEPARTAMENTO SISTEMAS
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TEMA
Durante el mes de Octubre se realizaron por parte
del departamento de Administrativo en coordinación con el área de mantenimiento las
siguientes mejoras para brindar el buen servicio.
MEJORAS EN ALGUNAS AREAS NECESARIAS
Se realizaron correcciones en el toldo que cubre
el estacionamiento del comité el cual fue dañado
por el descuido de algunos visitantes
Se le realizo el mantenimiento en el área de la
caseta de vigilancia la cual es importante ya que
es la que representa la primera imagen de todos
los Asociados.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
Se realizo el mantenimiento de pintura
sobre los machuelos más importantes,
marcando con pintura reflejante los
topes para la mejor visualización durante
la oscuridad, se resaltaron con pintura de
tráfico las líneas de todos los cajones que
actualmente se tienen asignados a
nuestros socios y afiliados obteniendo
una mejor imagen.
BALIZADO
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GAFETES
En este mes se elaboraron 60 gafetes los cuales se describen en la siguiente grafica:
RECOLECCION DE PILAS
Les recordamos que aun
sigue funcionando la
colecta de pilas que esta AAAG inicio en el mes de
Agosto pasado, la
respuesta que hemos
tenido ha ido bajando un
poco así que los invitamos
a que continúen trayendo sus pilas usadas a la recepción de la Asociación y las depositen en el
contenedor que ya conocen, y así cooperar para la
mejora en el medio ambiente de nuestra ciudad.
Recuerda ¡SI LAS TIRAS CONTAMINAS!
RUTA DE EVACUACION
Se marcaron cuadros con rutas de evacuación en
áreas determinadas, así como también flechas de
circulación para una mejor coordinación en los simulacros de evacuación
AGENTE ADUANAL (1)
MANDATARIO (0)
DEPENDIENTES (25)
APOYO Y SERVICIO (17)
APOYO Y SERVICIO EN ALMACENES Y CARGA (17)
COMISION DE SEGURIDAD E HIGIENE
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
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¡PLAGAS EN LA AAAG!
En días pasados se han detectado varias plagas
que invaden nuestras instalaciones, debido a eso se han realizado diversas fumigaciones; y sin
embargo estas plagas siguen apareciendo, es por
ello que la Comisión de Seguridad e Higiene de la
Asociación de Agentes Aduanales de Guadalajara,
A.C., preocupados por la seguridad de todos los usuarios de las instalaciones les solicita que en
caso de ver o percibir alguna plaga extraña, ya
sean abejas, serpientes, ratas, o cualquier otro
animal extraño que parezca nocivo den aviso de
inmediato a las oficinas de la Asociación. Esto
para solventar cualquier problemática que pudiera surgir debido a la invasión de alguna plaga.
ARENEROS
Como es de su conocimiento en días pasados se
instalaron 2 contenedores de arena, con la
finalidad de que si existe algún derrame de liquido inflamable poder controlar dicho derrame y
evitar así un incendio, sin embargo diversas
personas que quizás desconozcan su uso lo están
usando como si se tratara de un basurero o
cenicero, por lo que les rogamos que le den el uso adecuado de los areneros esto para evitar que la
arena que contienen se llene de impurezas y se
tenga que cambiar, si solicita no abran los
areneros ya que la arena se puede humedecer y
esto no ayudaría a que cumplieran su objetivo
principal, recuerda que solo se deben de usar en caso de contingencia, recuerda darle un buen
uso ya que fueron instalados para tu seguridad.
COMISION DE SEGURIDAD E HIGIENE
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INFRACCIONES Y SANCIONES REGLAS 3.7.22 Y 3.7.28 (ANTES 2.12.2)
OBJETIVO Simplificar la redacción de las regla (antes 2.12.2)
para aclarar los supuestos de aplicación del
procedimiento simplificado para la imposición de
infracciones.
En el caso de rectificación de DGI que alteran la información estadística del pedimento, durante el
reconocimiento aduanero, incluye los datos a que
se refiere el artículo 89 de la Ley Aduanera.
REGLA 3.7.22
Para los efectos de los artículos 46, 150, 152, 153,
155 y 184 de la Ley y 42 del Código, cuando con
motivo del ejercicio de las facultades de
comprobación, la Autoridad Aduanera detecte las
irregularidades señaladas en la presente regla, podrán aplicarse los beneficios establecidos en
los siguientes supuestos:
1. Infracción prevista en el artículo 184,
fracción I: Presentación de documentación
que ampare las mercancías que importen o exporten.
2. Infracción prevista en el artículo 184,
fracción III: Irregularidades relacionadas
con una inexacta clasificación arancelaria.
3. Infracción prevista en el artículo 184, fracción IV: Irregularidades relacionadas con
datos incorrectos u omitidos en los
documentos para el cumplimiento de
Regulaciones y Restricciones no
Arancelarias.
4. Infracción prevista en el artículo 184, fracción XIII: Irregularidades relacionadas
con la obligación de declarar en el pedimento
la clave de identificación fiscal del proveedor
o del exportador.
I. Se actualiza infracción previsto por el artículo 184, fracción I de la L.A.
(Sanción 185, fracción I - $2,049.00)
Cuando se trate de las siguientes irregularidades:
a) Programa IMMEX (Industria manufacturera, maquiladora y de servicios
de exportación)
b) Certificado de circulación EUR.1 de la
Decisión 2/2000
EL TEMA DEL MES
INFRACCIONES Y SANCIONES
Importación bajo una fracción
arancelaria no autorizada en su
Programa IMMEX, cuando así
corresponda conforme a lo establecido en el Decreto IMMEX, siempre que:
• Se anexe al pedimento de
rectificación correspondiente,
una copia de la ampliación del
programa que incluya la fracción arancelaria determinada por la
autoridad, misma que podrá ser
expedida con fecha posterior a la
activación del mecanismo de
selección automatizado.
Autoridad rechace el certificado por razones técnicas, y cumpla con el
siguiente procedimiento:
1. Se devolverá el original del
certificado de circulación EUR 1 con la mención de “documento
rechazado” e indicando la razón o
razones del rechazo
2. Se otorgará un plazo de 30 días
naturales, contados a partir del día siguiente a la notificación del
acta correspondiente para que
presente la rectificación
anexando el certificado corregido
o un nuevo certificado expedido
“a posteriori”
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RAZONES TÉCNICAS
“Acuerdo por el que se modifica el diverso por el
que se dan a conocer las notas explicativas a que
se refiere el artículo 39 del Anexo III de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto México-Comunidad
Europea” Publicado en el DOF el 12 de febrero de
2004
• El certificado se expidió en formularios no reglamentarios.
• No se lleno una casilla obligatoria.
• La clasificación arancelaria al menos a 4
dígitos no se indique en la casilla.
• Carezca de sello o firma.
• Fue expedido por Autoridad no habilitada. • El sello utilizado no haya sido comunicado.
• Se presente fotocopia o copia del certificado.
• El país mencionado no sea parte del Acuerdo.
• La fecha de la casilla 11 es anterior a la fecha
de la casilla 12.
II. Se actualiza infracción del artículo 184,
fracción III de la L.A.
(Sanción 185, fracción II- $993.00)
Irregularidades relacionadas con una inexacta
clasificación arancelaria, siempre que:
III. Infracción prevista en el artículo 184, fracción IV de la L.A.
(Sanción 185, fracción III - $1,716.00)
Irregularidades relacionadas con datos
incorrectos u omitidos en los documentos a se
refiere el artículo 36, fracciones I, inciso c) y II, inciso b) de la Ley:
• Errores u omisiones que no pongan en duda
la autenticidad, vigencia o validez del
documento y; • El importador subsane la irregularidad: con
un nuevo documento válido con los datos
correctos sustituyendo al documento
original, podrá ser expedido con una fecha
posterior a la activación del mecanismo de
selección automatizado.
IV. Podrá considerarse la infracción prevista en
el artículo 184, fracción XIII
(Sanción 185, fracción XII - $710.00)
La clave de identificación fiscal del proveedor o
del exportador, conforme a lo siguiente:
a) Canadá: el número de negocios o el número
de seguro social. b) Corea: el número de negocios o el número de
residencia.
c) Estados Unidos de América: el número de
identificación fiscal o el número de seguridad
social. d) Francia: el número de impuesto al valor
agregado o el número de seguridad social.
e) Países distintos a los mencionados: el
número de registro que se utiliza en el país a
que pertenece el proveedor o el exportador
para identificarlo en su pago de impuestos. En el supuesto de que no exista dicho
número, deberá hacerse constar dicha
circunstancia en el campo de observaciones
del pedimento correspondiente, con base en
una declaración bajo protesta de decir verdad del importador.
INFRACCIONES Y SANCIONES
La descripción comercial de las
mercancías declaradas en el pedimento corresponda a las mercancías presentadas físicamente;
Importaciones bajo trato arancelario preferencial o mercancías idénticas o
similares, amparadas con un certificado
de origen que no señale la fracción
arancelaria determinada por la
autoridad aduanera mexicana cuando la
descripción señalada en dicho documento permita la identificación
plena con las mercancías presentadas a despacho.
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REQUISITOS INDISPENSABLES PARA ACCEDER
A LOS BENEFICIOS DE LA REGLA
1. Se subsane la irregularidad dentro del plazo
de 15 días hábiles o 30 días naturales para EUR1.
a) Anexar copia del pedimento original,
documentación válida que acredite que
acepta y subsana la irregularidad. b) Declarar el identificador que corresponda
conforme al Apéndice 8 del Anexo 22.
c) Pagar la multa que resulte aplicable y en
su caso, cubra las diferencias de
contribuciones, cuotas compensatorias y
medida de transición, actualizadas (17-A CFF) y recargos (21 CFF)
2. Presente el pedimento de rectificación, en el
cual se cumpla con lo siguiente:
3. Presentar dentro 3 días contados a partir de
la rectificación, un escrito libre informando
a la autoridad que se acoge al beneficio de
esta regla, anexando los documentos
señalados en el inciso anterior.
REGLA 3.7.28
No se considerará cometida la infracción de DGI
(184, fracción III), en los siguientes casos:
1. Discrepancias entre los bultos o atados entre
pedimento y factura, siempre que coincida
la cantidad declarada en el pedimento con
la del embarque.
2. Discrepancia en la cantidad por concepto de contribuciones, derive de errores
aritméticos o mecanográficos, siempre que
no cause perjuicio al interés fiscal.
3. Cuando no varíe la información estadística a
que se refiere el Anexo 19.
4. Cuando se trate de omisión o datos inexactos que alteren la información estadística a que
se refiere el Anexo 19, y el artículo 89 de la
Ley, siempre que:
• Se efectúe la rectificación del documento aduanero.
• Asentando el identificador conforme al
Apéndice 8 del Anexo 22.
• Antes de la conclusión del
reconocimiento aduanero, o en caso de
que se levante cerca del cierre del horario de la aduana, ser subsanada al día
siguiente.
En este caso, el agente aduanal deberá
realizar la rectificación del documento aduanero correspondiente, sin
contraprestación alguna por este servicio.
Tema del mes elaborado por: Lic. Ingrid Citlalli Blanco Rubio
Jefe de departamento de Incidencias subadministración de control de trámites y asuntos
legales de la aduana de Guadalajara
INFRACCIONES Y SANCIONES
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Titulo
Un estadounidense, un inglés y un gallego están
conversando en un bar en París.
De repente el inglés dice:
- Que bien se pasa en este bar, pero yo conozco un
pub en Londres que se llama "Andrew's Pub"
donde tomas tu primera cerveza, tomas tu
segunda, tomas la tercera cerveza y Andrew te regala la cuarta!
El americano dice:
- Pues yo conozco un lugar mucho mejor en Nueva
York que se llama "John's Bar" donde tomas tu
primera cerveza, tomas la segunda y John te regala la tercera, la cuarta y la quinta!
El gallego dice:
- Ostia joer!!!!, pero vosotros no habeis visto nada
compara´o con un lugar que hay en Galicia y que es mucho, mucho, pero mucho mejor, se llama "La
Bodega de Manolo", ahí te pagan la primera
cerveza, te pagan la segunda, te pagan la tercera,
te pagan la cuarta, la quinta y hasta puedes ir al
segundo piso y tener sexo gratis como loco!!!
El yankee y el inglés se miran y dicen:
- Que increíble es ese sitio, es para no creerlo,
¿realmente te pasó?
El gallego contesta: Bueno, a mí no, pero... a mi hermana sí !!!!
Unión, continuidad y crecimiento
“Son las pequeñas cosas que haces las que pueden hacer una gran diferencia. ¿Qué estás intentando lograr?
¿Qué pequeña cosa puedes hacer hoy que te hará más eficaz? Probablemente estás a sólo un paso de la grandeza.”
HUMOR