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Nota Informativa:
Impuestos sobre el Alcohol en la Unión Europea
28/05/2013
Resumen ejecutivo
En los últimos meses el Gobierno ha anunciado medidas fiscales destinadas a incrementar los
Impuestos Especiales, en particular, los impuestos sobre el alcohol.
Ante estas circunstancias, se ha solicitado al área fiscal una breve exposición sobre los tipos de
gravamen sobre el alcohol establecidos en el resto de la UE.
A tal efecto, se presenta la siguiente Nota Informativa, estructurada de la siguiente forma:
1. Breve explicación teórica sobre los Impuestos sobre el Alcohol, que incluyen un
gravamen sobre: la cerveza, el vino y bebidas fermentadas, los productos intermedios
y el alcohol y bebidas derivadas.
2. Exposición conjunta de los tipos de gravamen de todos los impuestos sobre el alcohol
en los países de la UE.
3. Impuesto sobre la cerveza.
4. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas.
5. Impuesto sobre productos intermedios.
6. Impuesto sobre alcohol y bebidas derivadas.
7. Recaudación por Impuestos sobre Alcohol.
Cabe destacar los siguientes aspectos teóricos:
- Se trata de un impuesto armonizado a nivel europeo en su normativa. En cuanto al
tipo de gravamen, se establece únicamente el tipo mínimo.
- El tipo de gravamen a nivel europeo depende de importantes diferencias culturales.
Dado que sólo existe un tipo mínimo obligatorio, se pueden observar fuertes
diferencias impositivas entre los países europeos.
- Funcionamiento: Los impuestos sobre el alcohol son impuestos indirectos que recaen
sobre la fabricación. Su funcionamiento NO es como el del IVA. Sólo se repercuten una
vez, en la fase de fabricación, el sujeto que lo soporta no puede deducirse su importe,
y su coste se incluye como coste de producción o adquisición.
- Recaudación: La recaudación de este impuesto se destina a las CCAA en un 58% de su
importe.
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- Exención al vino: La UE permite la aplicación de un tipo 0 a vinos tranquilos y
espumosos y bebidas fermentadas. España y otros doce países europeos hacen uso de
esta habilitación.
- Tarifas reducidas: múltiples países de la UE (incluida España) hacen uso de la
habilitación europea para la aplicación de regímenes especiales para destiladores
artesanales o pequeños productores.
Cabe destacar las siguientes conclusiones:
- El promedio de tributación en España por estos impuestos es el más bajo de la UE.
- Los tipos aplicables sobre estos impuestos difieren hasta en un 790% entre el país de
menor tributación (España) y el de mayor tributación (Suecia).
- Los países de mayor tributación por este producto son Suecia, Finlandia, Reino Unido e
Irlanda.
- Los países de menor tributación por este producto son España, Italia, Chipre, Austria y
Luxemburgo.
- Francia, primer productor y consumidor mundial de vino, ha establecido por primera
vez un impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas, acuciado por las necesidades de
consolidación fiscal. No obstante, se trata de un tipo muy reducido.
- Así mismo, existen también impuestos adicionales relacionados con el alcohol, en
Bélgica, Francia, Finlandia y Alemania. Se trata de impuestos adicionales aplicables
sobre los envases de bebidas alcohólicas o sobre mezclas de bebidas alcohólicas y
analcohólicas.
- La recaudación de este impuesto en España en 2012 ha disminuido un 2,20% respecto
al año anterior.
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Impuestos sobre el alcohol
Los impuestos sobre el alcohol se engloban dentro de los Impuestos especiales de fabricación.
Estos pueden definirse como tributos de naturaleza indirecta que, distintos del impuesto
general sobre ventas, gravan el consumo de determinados bienes, en alguna de sus fases de
producción o distribución, con el objeto de restringir su consumo mediante la inclusión en sus
precios de los costes sociales que comportan, o el de financiar gastos públicos directamente
relacionados con los consumos gravados.
En particular, el impuesto sobre el alcohol o bebidas alcohólicas incluye:
• el Impuesto sobre la Cerveza,
• el Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas,
• el Impuesto sobre Productos Intermedios,
• el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas.
Se trata de un impuesto que grava la fabricación y se repercute en el consumo. Al contrario
que el IVA, el empresario que soporta este impuesto, no podrá deducírselo en ningún caso. Se
trata de un impuesto no recuperable de la Administración Pública cuyo importe pasa a formar
parte del coste de producción o adquisición.
Su regulación está armonizada a nivel europeo, y se encuentra contenida en la Ley 38/1992,
de 28 de diciembre, y sus sucesivas modificaciones. No obstante, en cuanto a los tipos de
gravamen, la armonización sólo establece un tipo mínimo. En la práctica, los países de la Unión
Europea aplican tipos de gravamen sobre el alcohol muy dispares, dando lugar a fuertes
diferencias entre el país de tributación más baja y más alta.
Estos impuestos se caracterizan porque, al contrario que el IVA, las bases imponibles son
específicas, expresadas en cantidad de producto. Además, el mecanismo de exacción es
distinto a un impuesto general sobre ventas; tratándose de un impuesto indirecto monofásico,
se aplica únicamente sobre una fase de la producción o distribución (la fabricación), de
acuerdo con un complejo sistema de devengo y circulación intracomunitaria. En otras
palabras, no cabe extrapolar los análisis realizables sobre el IVA a este impuesto, ya que tanto
objeto como funcionamiento difieren totalmente.
A la complejidad de estos impuestos se añade la de su objeto. Su definición se instrumenta a
través del denominado Código de la Nomenclatura Combinada, un registro común
clasificatorio de mercancías con finalidades aduaneras y estadísticas. No obstante, para
facilitar el análisis, se simplifican y resumen, en cada apartado, los productos incluidos en el
impuesto.
La recaudación de estos impuestos se encuentra cedida a las CCAA. El porcentaje de cesión es
del 58% de la recaudación.
Cabe reseñar que existen tarifas reducidas y regímenes especiales para pequeños destiladores
y cosecheros en múltiples países de la UE (incluida España).
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Impuestos sobre el alcohol en la UE
A continuación se presenta la comparativa completa de los impuestos sobre el alcohol en la
Unión Europea. Cada uno de los impuestos se desglosa posteriormente, con las precisiones
que se estiman convenientes.
Tanto en este apartado como en los sucesivos se incluye una columna “promedio” de
tributación sobre el alcohol en cada uno de los países. Esta columna nos permite estimar el
nivel de gravamen sobre este producto a efectos comparativos.
La información se presenta, además, con un degradado de color que permite identificar de
forma rápida y sencilla los niveles más altos y más bajos de tributación; especialmente
teniendo en cuenta que en este impuesto no se puede hablar de gravamen medio en la UE, ya
que existen grandes diferencias entre unos países y otros.
Se incluye, por último, una columna con el tipo de IVA aplicable en cada Estado Miembro a
efectos informativos.
Otros datos de interés
Así mismo, existen también impuestos adicionales relacionados con el alcohol, en Bélgica,
Francia, Finlandia y Alemania. Se trata de impuestos adicionales aplicables sobre los envases
de bebidas alcohólicas o sobre mezclas de bebidas alcohólicas y analcohólicas.
Es de particular interés saber que Francia, principal consumidor y productor de vinos
tranquilos y espumosos en el mundo, deja de hacer uso de la posibilidad de exención
habilitada por la UE para estos productos. Se ha aprobado recientemente, de aplicación desde
Enero de 2013, un impuesto sobre vinos y bebidas fermentadas. Se trata de un impuesto
simbólico por su cuantía, adoptado por las necesidades de consolidación fiscal acuciadas por la
crisis, pero que sienta un claro precedente en Europa.
Conclusiones
A todos los niveles impositivos sobre el alcohol, España se encuentra entre los tres últimos
países con menor impuesto en toda la UE. El mayor gravamen (Suecia) difiere de la tributación
española en un 790%. Este dato aparentemente alarmante se debe a las fuertes diferencias
entre el mayor y menor nivel de tributación en estos productos.
A otro nivel, pero igualmente poco alagüeños, si se compara España con una cota intermedia
de imposición, se observa que la tributación intermedia (por ejemplo, Letonia) es un 178%
superior a la Española.
En cuanto a una visión global, destacan por su elevadísima tributación sobre el alcohol: Suecia,
Irlanda, Finlandia y Gran Bretaña.
Los países con menor tributación sobre el alcohol son: España, Italia, Chipre, Austria y
Luxemburgo.
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EEMM
Cerveza
EUR/hl/ºP ó
EUR/hl/ºalc.
Estimación
cerveza
(15ºP ó 9ºalc.)
Vinos
tranquilos
EUR/hl
Vinos
espumosos
EUR/hl
Productos
intermedios
EUR/hl
Alcohol puro
EUR/hl "promedio" IVA
Suecia 19,59 eur/hl/alc 176,31 254,69 254,69 533,10 5.949,40 1.433,64 25,00
Irlanda 19,13 eur/hl/ºalc 173,70 537,81 741,28 741,28 3.685,00 1.175,81 23,00
Finlandia 29,90 eur/hl/ºalc 269,10 312,00 312,00 625,00 4.340,00 1.171,62 24,00
Gran Bretaña 24,44 eur/hl/ºalc 219,96 317,41 406,56 423,17 3.358,39 945,10 20,00
Grecia 2,6 eur/hl/ºP 39,00 0,00 0,00 102,00 2.450,00 518,20 23,00
Bélgica 1,7105 eur/hl/ºP 25,66 52,75 180,50 180,50 1.962,00 480,28 21,00
Alemania 0,787 eur/hl/ºP 11,81 0,00 136,00 153,00 2.011,96 462,55 25,00
Holanda 44,90 eur/hl * 44,90 83,56 240,58 240,58 1.594,00 440,72 21,00
Dinamarca 65,91 eur/hl 65,91 197,71 240,23 240,23 1.303,00 409,42 19,00
Estonia 6,00 eur/hl/ºalc 54,00 80,64 80,64 172,20 1.565,00 390,50 20,00
Francia 7,2 eur/hl/ºalc 64,80 3,66 9,07 183,15 1.689,05 389,95 19,60
Letonia 3,13 eur/hl/ºalc 28,17 64,64 64,64 100,55 1.350,19 321,64 21,00
Malta 1,5 eur/hl/ºP 22,50 0,00 0,00 150,00 1.400,00 314,50 18,00
Lituania 2,46 eur/hl/ºalc 22,14 57,34 57,34 88,04 1.278,96 300,76 21,00
Polonia 1,9 eur/hl/ºP 28,50 38,48 38,48 77,45 1.208,08 278,20 23,00
Eslovenia 11,00 eur/hl/ºalc 99,00 0,00 0,00 84,24 1.200,00 276,65 20,00
Hungría 5,67 eur/hl/ºalc 51,03 0,00 57,64 89,37 1.167,48 273,10 27,00
Rep. Checa 1,27886 eur/hl/ºP 19,18 0,00 93,30 93,30 1.136,36 268,43 21,00
Eslovaquia 3,587 eur/hl/ºalc 32,28 0,00 79,65 120,00 1.080,00 262,39 20,00
Portugal 26,19 eur/hl * 26,19 0,00 0,00 65,41 1.192,11 256,74 23,00
Luxemburgo 0,7933 eur/hl/ºP 11,90 0,00 0,00 66,93 1.041,15 224,00 15,00
Austria 2,00 eur/hl/ºP 30,00 0,00 0,00 73,00 1.000,00 220,60 20,00
Chipre 6,00 eur/hl/ºalc 54,00 0,00 0,00 45,00 956,82 211,16 18,00
Italia 2,35 eur/hl/ºP 35,25 0,00 0,00 68,51 800,01 180,75 21,00
España 0,91 eur/hl/ºP * 13,65 0,00 0,00 55,53 830,25 179,89 21,00
Promedio 64,76 80,03 119,70 190,86 1.821,97 21,18
* Está prevista una escala según grado plato. Se indica el tipo máximo aplicable con Grado Plato>15.
Fuente: European Commission. Directorate-General Taxation and Customs Union. Excise Duty tables: alcoholic beverages, January 2013.
Impuestos sobre el Alcohol: UE
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Impuesto sobre la cerveza
El objeto de este impuesto está constituido por cervezas y mezclas de cerveza con bebidas
analcohólicas con graduación superior 1,2 ºalc.
La normativa europea autoriza la exacción de este impuesto sobre dos bases imponibles
alternativas; una, en función del grado plato de la cerveza; la otra, en función de su graduación
alcohólica. Es frecuente, además, que para esta bebida se establezca una escala en función de
una u otra variable.
El grado plato, graduación indicativa de la densidad de la cerveza, puede variar entre 11º hasta
más de 15º. La cerveza típica en España es de una densidad de 11-12ºP y graduación alcohólica
de 5º. En países centroeuropeos es posible encontrar cervezas de más de 15ºP y más de 19º
alc.
En los distintos países de la UE podemos encontrar escalas de gravamen según intervalos de
grado plato, según intervalos de graduación alcohólica, o un único tipo de gravamen aplicable
con carácter general. Dada esta diferenciación de tipos, para facilitar las comparaciones entre
países, se incluye a continuación información sobre el tipo máximo aplicable en cada país. Se
incluye también una columna estimativa de la tributación máxima que puede soportar un
hectolitro de cerveza de más de 15ºP o más de 9º alc. En definitiva, se incluye una columna
que permite realizar comparaciones entre países sobre la tributación máxima que podría
alcanzar la cerveza de las características indicadas.
EEMM
Cerveza
EUR/hl/ºP ó
EUR/hl/ºalc.
Estimación
cerveza
(15ºP ó 9ºalc.) "promedio" IVA
Suecia 19,59 eur/hl/alc 176,31 1.433,64 25,00
Irlanda 19,13 eur/hl/ºalc 173,70 1.175,81 23,00
Finlandia 29,90 eur/hl/ºalc 269,10 1.171,62 24,00
Gran Bretaña 24,44 eur/hl/ºalc 219,96 945,10 20,00
Grecia 2,6 eur/hl/ºP 39,00 518,20 23,00
Bélgica 1,7105 eur/hl/ºP 25,66 480,28 21,00
Alemania 0,787 eur/hl/ºP 11,81 462,55 25,00
Holanda 44,90 eur/hl * 44,90 440,72 21,00
Dinamarca 65,91 eur/hl 65,91 409,42 19,00
Estonia 6,00 eur/hl/ºalc 54,00 390,50 20,00
Francia 7,2 eur/hl/ºalc 64,80 389,95 19,60
Letonia 3,13 eur/hl/ºalc 28,17 321,64 21,00
Malta 1,5 eur/hl/ºP 22,50 314,50 18,00
Lituania 2,46 eur/hl/ºalc 22,14 300,76 21,00
Polonia 1,9 eur/hl/ºP 28,50 278,20 23,00
Eslovenia 11,00 eur/hl/ºalc 99,00 276,65 20,00
Hungría 5,67 eur/hl/ºalc 51,03 273,10 27,00
Rep. Checa 1,27886 eur/hl/ºP 19,18 268,43 21,00
Eslovaquia 3,587 eur/hl/ºalc 32,28 262,39 20,00
Portugal 26,19 eur/hl * 26,19 256,74 23,00
Luxemburgo 0,7933 eur/hl/ºP 11,90 224,00 15,00
Austria 2,00 eur/hl/ºP 30,00 220,60 20,00
Chipre 6,00 eur/hl/ºalc 54,00 211,16 18,00
Ital ia 2,35 eur/hl/ºP 35,25 180,75 21,00
España 0,91 eur/hl/ºP * 13,65 179,89 21,00
Promedio 64,76 21,18
Fuente: European Commission. Directorate-General Taxation and Customs Union. Excise Duty
tables: alcoholic beverages, January 2013.
* Está prevista una escala según grado plato. Se indica el tipo máximo aplicable con Grado
Plato>15.
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Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas
El objeto de este impuesto lo constituyen vinos tranquilos y espumosos que no hayan tenido
aditivos para incrementar su graduación alcohólica. El impuesto incluye también otras bebidas
fermentadas, es decir, vinos tranquilos y espumosos a los que se añade algún aditivo para
incrementar su graduación alcohólica. No obstante, para simplificar el documento, la
imposición sobre estas otras bebidas fermentadas no se ha incluido en el análisis; teniendo en
cuenta, además, que su imposición es muy similar al de los primeros.
En cuanto a los tipos, en España se aplica un tipo cero, pues el establecimiento de este
impuesto es una exigencia determinada por las Directivas Armonizadoras (D 92/84, art.5), que
todavía permiten a algunos países mantener para estos productos un tipo cero. Así pues, en la
actualidad tiene un carácter puramente instrumental con el objeto de posibilitar a los
productores de vino y bebidas fermentadas la utilización del sistema intracomunitario de
circulación.
Es de particular interés saber que Francia, principal consumidor y productor de vinos
tranquilos y espumos en el mundo, deja de hacer uso de la posibilidad de exención habilitada
por la UE para estos productos. Se ha aprobado recientemente, de aplicación desde Enero de
2013, un impuesto sobre vinos y bebidas fermentadas. Se trata de un impuesto simbólico por
su cuantía, adoptado por las necesidades de consolidación fiscal acuciadas por la crisis, pero
que sienta un claro precedente en Europa.
EEMM
Vinos
tranquilos
EUR/hl
Vinos
espumosos
EUR/hl "promedio" IVA
Suecia 254,69 254,69 1.433,64 25,00
Irlanda 537,81 741,28 1.175,81 23,00
Finlandia 312,00 312,00 1.171,62 24,00
Gran Bretaña 317,41 406,56 945,10 20,00
Grecia 0,00 0,00 518,20 23,00
Bélgica 52,75 180,50 480,28 21,00
Alemania 0,00 136,00 462,55 25,00
Holanda 83,56 240,58 440,72 21,00
Dinamarca 197,71 240,23 409,42 19,00
Estonia 80,64 80,64 390,50 20,00
Francia 3,66 9,07 389,95 19,60
Letonia 64,64 64,64 321,64 21,00
Malta 0,00 0,00 314,50 18,00
Lituania 57,34 57,34 300,76 21,00
Polonia 38,48 38,48 278,20 23,00
Eslovenia 0,00 0,00 276,65 20,00
Hungría 0,00 57,64 273,10 27,00
Rep. Checa 0,00 93,30 268,43 21,00
Eslovaquia 0,00 79,65 262,39 20,00
Portugal 0,00 0,00 256,74 23,00
Luxemburgo 0,00 0,00 224,00 15,00
Austria 0,00 0,00 220,60 20,00
Chipre 0,00 0,00 211,16 18,00
Italia 0,00 0,00 180,75 21,00
España 0,00 0,00 179,89 21,00
Promedio 80,03 119,70 21,18
Fuente: European Commission. Directorate-General Taxation and Customs Union. Excise
Duty tables: alcoholic beverages, January 2013.
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Impuesto sobre productos intermedios
El objeto de este impuesto incluye vermut y otras bebidas fermentadas no incluidas en los
impuestos anteriores, con una graduación entre 1,2º y 22º. (Ej: Sangría rica de 11º con vino y
Cointreau, el vermut, el oporto, el vino de Jerez, los licores de diseño de baja graduación, etc.).
En el caso de España, hay que recordar que se encuentran expresamente exentos, previo
cumplimiento de determinados requisitos, las siguientes denominaciones de origen: Moriles-
Montilla, Tarragona, Priorato y Terra Alta.
EEMM
Productos
intermedios
EUR/hl "promedio" IVA
Suecia 533,10 1.433,64 25,00
Irlanda 741,28 1.175,81 23,00
Finlandia 625,00 1.171,62 24,00
Gran Bretaña 423,17 945,10 20,00
Grecia 102,00 518,20 23,00
Bélgica 180,50 480,28 21,00
Alemania 153,00 462,55 25,00
Holanda 240,58 440,72 21,00
Dinamarca 240,23 409,42 19,00
Estonia 172,20 390,50 20,00
Francia 183,15 389,95 19,60
Letonia 100,55 321,64 21,00
Malta 150,00 314,50 18,00
Lituania 88,04 300,76 21,00
Polonia 77,45 278,20 23,00
Eslovenia 84,24 276,65 20,00
Hungría 89,37 273,10 27,00
Rep. Checa 93,30 268,43 21,00
Eslovaquia 120,00 262,39 20,00
Portugal 65,41 256,74 23,00
Luxemburgo 66,93 224,00 15,00
Austria 73,00 220,60 20,00
Chipre 45,00 211,16 18,00
Italia 68,51 180,75 21,00
España 55,53 179,89 21,00
Promedio 190,86 21,18
Fuente: European Commission. Directorate-General Taxation and
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Alcohol y bebidas derivadas
El objeto de este impuesto incluye aguardientes, licores y bebidas espirituosas, así como
cualquiera de los productos incluidos en los apartados anteriores cuando tengan graduación
superior a 22º alc.
Al contrario que los impuestos anteriores, que gravan por hectolitro de producto terminado,
en este caso, se grava por hectolitro de alcohol puro en el producto terminado.
EEMM
Alcohol puro
EUR/hl "promedio" IVA
Suecia 5.949,40 1.433,64 25,00
Irlanda 3.685,00 1.175,81 23,00
Finlandia 4.340,00 1.171,62 24,00
Gran Bretaña 3.358,39 945,10 20,00
Grecia 2.450,00 518,20 23,00
Bélgica 1.962,00 480,28 21,00
Alemania 2.011,96 462,55 25,00
Holanda 1.594,00 440,72 21,00
Dinamarca 1.303,00 409,42 19,00
Estonia 1.565,00 390,50 20,00
Francia 1.689,05 389,95 19,60
Letonia 1.350,19 321,64 21,00
Malta 1.400,00 314,50 18,00
Lituania 1.278,96 300,76 21,00
Polonia 1.208,08 278,20 23,00
Eslovenia 1.200,00 276,65 20,00
Hungría 1.167,48 273,10 27,00
Rep. Checa 1.136,36 268,43 21,00
Eslovaquia 1.080,00 262,39 20,00
Portugal 1.192,11 256,74 23,00
Luxemburgo 1.041,15 224,00 15,00
Austria 1.000,00 220,60 20,00
Chipre 956,82 211,16 18,00
Italia 800,01 180,75 21,00
España 830,25 179,89 21,00
Promedio 1.821,97 21,18
Fuente: European Commission. Directorate-General Taxation and
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Recaudación por Impuestos sobre el alcohol en España
Se incluye, por último, una tabla indicativa de la recaudación de este impuesto en los años
2011 y 2012.
Se puede observar una disminución de la recaudación de este impuesto de un 2,20%. La
reducción de la recaudación que afecta al Estado (45%) se debe al incremento de cesión de la
recaudación a las CCAA.
Estado CCAA EELL TOTAL Estado CCAA EELL TOTAL Estado TOTAL
Alcohol y bebidas derivadas 163.162 576.246 5.243 744.651 314.316 448.479 9.217 772.012 -48,09 -3,54
Cerveza 65.776 215.049 2.126 282.951 111.440 164.225 3.260 278.925 -40,98 1,44
Productos intermedios 4.048 12.974 119 17.141 6.718 10.333 205 17.256 -39,74 -0,67
TOTAL 232.986 804.269 7.488 1.044.743 432.474 623.037 12.682 1.068.193 -46,13 -2,20
2012 2011
Recaudación acumulada (*)
(en miles de euros)
Variación %
Concepto