Download - NCPP
-
Archivo. Susceptible de Queja. A resolverse por el Fiscal Superior. [334]Ampliacin de la Investigacin. A cargo de la Polica.Reserva Provisional.Aplicar el Principio de Oportunidad. [2]Formalizar y continuar la Investigacin. [336]
1
MINISTERIO PBLICOFISCALA PENAL[60 y 61]
Si de la denuncia, del Informe Policial o de las Diligencias Preliminares aparecen: Indicios reveladores de la existencia de un delito, Que la accin penal no ha prescrito, Que se ha individualizado al imputado y Que, si fuera el caso, se han satisfecho los requisitos de procedibilidad.
FORMALIZACIN DE LA INVESTIGACIN
El Fiscal puede: [337]Disponer la concurrencia del imputado, agraviado, peritos y dems. (Facultad de conduccin compulsiva)Exigir informaciones de cualquier particular o funcionario pblico.
DILIGENCIAS DE LA INVESTIGACIN
[342 y 343]Plazo de la Investigacin:120 d. Naturales, prorrogables a 60 d. Mx.Casos complejos: 8 meses, prorrogables aigual plazo.
CONCLUSIN DE LA INVESTIGACIN
Denuncia de parte [326]Comunicacin de Juez no penal [10]Comunicacin Policial [67 y 331]
NOTITIA CRIMINIS
Con la intervencin de la Polica [65, 67 y Ss, 332]En el Despacho Fiscal [330]Plazo de las diligencias preliminares: [334]20 das u otro que fije el Fiscal.
DILIGENCIAS PRELIMINARES
CALIFICACIN
INVESTIGACIN PREPARATORIA
-
Procede cuando: [344]1. No se realiz el hecho o no puede ser atribuido al imputado;2. Hecho atpico o concurre una causal de justificacin, de inculpabilidad o no punibilidad;3. La accin penal se ha extendido;4. No haya fundamento para enjuiciamiento.
PODER JUDICIALJUEZ DE LA INVESTIGACIN PREPARATORIA[29,4]
_ Estar referida a hechos y personas incluidos en la disposicin de formalizacin de la investigacin._ Sealar (alternativa o subsidiariamente) las circunstancias de hecho que permitan calificar la conducta del imputado en un tipo penal distinto._ Indicar las medidas de coercin subsistentes dictadas durante la investigacin preliminar. Podr solicitar su variacin. [349]
Notificacin de la acusacin y objecin de los dems sujetos procesales. [350]
Se debaten los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento fiscal.El Juez se pronunciar en el plazo de 15 d. Dictando auto de sobreseimiento o elevando los actuados al Fiscal Superior, para que ratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial. [345, 347, 346,1]
SOBRESEIMIENTO ACUSACIN
AUDIENCIA DE CONTROL DEL SOBRESEIMIENTO
Se debate la procedencia o adminisbilidad de cada una de las cuestiones planteadas y la pertinencia de la prueba.El Fiscal podr modificar, aclarar o integrar la acusacin. [351 y 352]
AUDIENCIA PRELIMINARAUTO DE ENJUICIAMIENTO
PODER JUDICIALJUEZ PENAL [28]
AUTO DE CITACIN A JUICIO
ETAPA INTERMEDIA
-
Slide 1Slide 2Slide 3Slide 4Slide 5Slide 6Slide 7Slide 8Slide 9Slide 10Slide 11