MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
BOLETIN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
AUTORIDADES MUNICIPALES
DEPARTAMENTO EJECUTIVO INTENDENTE
ROMERO, Alejandro Eduardo
SECRETARIO DE GOBIERNO GARCIA, Nicolás Miguel
SECRETARÍA DE SALUD STUART, Ana Carolina
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
LINARES ECHENIQUE, Guillermina
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS GIUSSANO, Alejandro Javier
SECRETARIA DE HACIENDA
MONTI, Natalia Vera
SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO AUDENINO CANDISANO, Matías Alejandro
SECRETARIA DE COORDINACION
ASESOR LETRADO GAVIER, Miguel Alejandro
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE
María Teresa Riu - Cazaux de Veléz CONCEJALES
Mariano Andrés Villa
Juan Cruz Vazquez
Eduardo Santiago Sarria Bringas
María Fernanada Crembil
Marta Banegas
Paula Machmar
Elena Guerin
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
REPARTICIONES MUNICIPALES - TELEFONOS Y DIRECCIONES
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE TE / FAX : 439280 -
AVDA. GOYCOECHEA 586 ATENCION : 7 :00 hs. a 13 :00 hs.
SEGURIDAD CIUDADANA TE : 103
ATENCION GUARDIA PERMANENTE 24 hs.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL TE: 439660
URQUIZA 249
HOSPITAL MUNICIPAL J. PRIEUR TE / FAX : 439290
CALLE R. BALBIN Esq. R. OBLIGADO ATENCION GUARDIA PERMANENTE 24 hs.
SERVICIO DE EMERGENCIA MEDICA TE : 107 / 439290
ATENCION GUARDIA PERMANENTE 24 hs.
POLIDEPORTIVO MUNICIPAL TE : 03543-433801
AVDA. ROQUE SAENZ PEÑA S/N ATENCION : 8:30 a 13:00 hs.
CONCEJO DELIBERANTE TE : 439285
CALLE 9 DE JULIO Esq. ALSINA
TRIBUNAL DE CUENTAS TE : 439280 / 432926
AVDA. GOYCOECHEA 586 ATENCION DE 8 :30 A 12 :30
CUARTEL DE BOMBEROS TE: 438145
SAAVEDRA 650
SECRETARIA DESARROLLO HUMANO CASONA CULTURAL
TE: FIGUEROA ALCORTA Nº 426
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
DECRETOS
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 10 de Julio de 2019.-
VISTO:
La sanción de la Ordenanza que MOFIFICA el texto del Artículo 7° de la Ordenanza N°10/12 de
acceso a la información pública.-
Y CONSIDERANDO:
La facultad del Departamento Ejecutivo de Promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo
Deliberante, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 17/19 sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Junio de 2019.-
Art. 2°: Comuníquese, publíquese, dese la Registro Municipal y archívese.-
DECRETO N°175/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 10 de Julio de 2019.-
VISTO:
La sanción de la Ordenanza que MODIFICA el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos
vigente, alterando el monto del mismo.-
Y CONSIDERANDO:
La facultad del Departamento Ejecutivo de Promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo
Deliberante, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 18/19 sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Junio de 2019.-
Art. 2°: Comuníquese, publíquese, dese la Registro Municipal y archívese.-
DECRETO N°176/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 10 de Julio de 2019.-
VISTO:
El expediente Nº 11993/2019 mediante el cual el señor Secretario de Obras Públicas de
la Municipalidad de Villa Allende solicita la contratación de la obra de “BACHEO CON MEZCLA
ASFÁLTICA (400 TN MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PROVISIÓN DE EMULSIÓN-
MANO DE OBRA Y EQUIPOS)”, como provisión para el arreglo de calles en distintos puntos de la
Ciudad de Villa Allende.
Y CONSIDERANDO:
1- Que mediante Decreto Nº 161/2019 el señor Intendente Municipal hizo lugar al
llamado a Licitación Pública a los fines de la contratación de la obra “BACHEO CON MEZCLA
ASFÁLTICA (400 TN MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PROVISIÓN DE EMULSIÓN -
MANO DE OBRA Y EQUIPOS)” como provisión para distintos puntos de la ciudad de Villa Allende,
aprobando los Pliegos Particular de Condiciones y Pliego de Especificaciones Técnicas Particular y
General, Anexos y Memoria a los fines de la realización de la misma y estimando un presupuesto oficial
de Pesos Dos Millones Novecientos Treinta y Cinco Mil Quinientos ($ 2.935.500,00).-
2 – Que se hizo lugar a la publicación en el Boletín Oficial de Provincia de Córdoba los
días 18, 19 y 21 de junio de 2019 y en el diario Comercio y Justicia los días 14, 18 y 21 de junio de 2019
de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 1/1990 de Contabilidad.
Que obra acta de Apertura de Sobres de fecha 03 de julio de 2019 que da cuenta que
presentó su oferta a los fines de la ejecución de la obra como proponente único la firma: “PABLO
AUGUSTO FEDERICO”, cotizando por un total de Pesos Tres Millones Trescientos Cincuenta y Siete
Mil Quinientos Ocho ($ 3. 357.508,00.-).
Que seguidamente toma intervención la Secretaría de Obras acompañando el Análisis
Técnico – Económico de las Ofertas presentadas, detallando que la oferente única cumple con las
especificaciones técnicas del pliego por lo que corresponde la Adjudicación a la firma “PABLO
AUGUSTO FEDERICO”, cotizando por un total de Pesos Tres Millones Trescientos Cincuenta y Siete
Mil Quinientos Ocho ($ 3.357.508,00.-);
3-Que en virtud de lo actuado, se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos
para el procedimiento de Licitación Pública en los términos del Art. 64 y subsiguientes de la Ordenanza
I/1990 de Contabilidad y Ordenanza Nº 64/2018, correspondiendo en la instancia el dictado del
instrumento legal pertinente por el que se Adjudique la presente licitación para la contratación de la obra
“BACHEO CON MEZCLA ASFÁLTICA (400 TN MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE,
PROVISIÓN DE EMULSIÓN - MANO DE OBRA Y EQUIPOS)”, en los términos señalados a la
firma “PABLO AUGUSTO FEDERICO”, cotizando por un total de Pesos Tres Millones Trescientos
Cincuenta y Siete Mil Quinientos Ocho ($ 3.357.508,00.-);
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Por ello y lo dictaminado por Asesoría Letrada:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1º: ADJUDICAR la presente Licitación para la realización de la obra “BACHEO CON MEZCLA
ASFÁLTICA (400 TN MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PROVISIÓN DE EMULSIÓN -
MANO DE OBRA Y EQUIPOS)” en distintos puntos de la ciudad de villa Allende , a la firma
“PABLO AUGUSTO FEDERICO” , por un monto total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHO ($ 3.357.508,00.-); de conformidad a lo detallado
precedentemente.
Art. 2°: NOTIFIQUESE a la Empresa adjudicataria, entregándose copia del presente Decreto.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO N° 178/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 11 de Julio de 2019.-
VISTO:
La sanción de la Ordenanza que MODIFICA el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos
vigente, sin alterar el monto del mismo.-
Y CONSIDERANDO:
La facultad del Departamento Ejecutivo de Promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo
Deliberante, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 19/19 sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE en Sesión Ordinaria de fecha 04 de Julio de 2019.-
Art. 2°: Comuníquese, publíquese, dese la Registro Municipal y archívese.-
DECRETO N°179/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 11 de Julio de 2019.-
VISTO:
La sanción de la Ordenanza que ADHIERE a la Ley Nacional N° 27.499, “Ley Micaela de
Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado”,
Y CONSIDERANDO:
La facultad del Departamento Ejecutivo de Promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo
Deliberante, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1°: PROMULGAR la Ordenanza N° 20/19 sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE en Sesión Ordinaria de fecha 04 de Julio de 2019.-
Art. 2°: Comuníquese, publíquese, dese la Registro Municipal y archívese.-
DECRETO N°180/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 12 de Julio de 2019.-
VISTO:
La necesidad de reforzar partidas del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del corriente
año sin alterar el monto del mismo.-
Y CONSIDERANDO:
Que el Art. 15 de la Ordenanza de Contabilidad N° 01/90 vigente, establece que el Departamento
Ejecutivo, cuando lo crea necesario, podrá realizar compensaciones de rubros presupuestarios.-
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1°: Modifíquese el Presupuesto de Gastos – Egresos- vigente sin alterar el monto del mismo,
conforme a lo establecido en planilla que en dos (2) fojas se adjuntan y que pasan a formar parte
integrante del presente Decreto.-
Art. 2°: La presente compensación lleva el N°24/19.-
Art. 3°: Comuníquese, entréguese copia del presente decreto al Departamento Administrativo, publíquese,
dese al registro municipal y archívese.
DECRETO N°181/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 15 de Julio de 2019.
VISTO:
El Expte. N° 12801/2019 mediante el cual la señora Secretaria de Desarrollo Social de
la Municipalidad de Villa Allende solicita la adquisición de un vehículo con el fin de ser adaptado y
utilizado para traslado de pasajeros en sillas de ruedas en el marco del Convenio suscripto con la Agencia
Nacional de Discapacidad.
Y CONSIDERANDO:
1- Que la señora Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Villa Allende
solicita la adquisición de un vehículo con el fin de ser adaptado y utilizado para traslado de pasajeros en
sillas de ruedas en el marco del Convenio suscripto con la Agencia Nacional de Discapacidad, solicitando
la misma sea realizada de manera urgente a los fines de la rendición de cuentas a Nación y de evitar
variaciones de precio del vehículo presupuestado.
2 - Que ha tomado la debida intervención la Secretaría de Hacienda de esta
Municipalidad, informando que existe partida presupuestaria para la compra del vehículo solicitado en
función del Convenio suscripto entre la Agencia Nacional de Discapacidad y ésta Municipalidad.
3 - Que en virtud de lo solicitado y en razón del monto estimado para la contratación la
Oficina de Asesoría Letrada entiende que es procedente la realización de un Concurso de Precios de
conformidad a lo establecido en el Art. 83 y 87 in fine de la Ordenanza de Contabilidad 1/90, y lo
normado por la Ordenanza N° 64/18 de Presupuesto año 2019, por lo cuál resulta procedente dictar el
instrumento legal correspondiente a los fines del llamado a Concurso de Precios, debiendo a los fines de
su publicidad procederse de conformidad a lo detallado en el Art. 87 in fine de la Ordenanza de
Contabilidad ya citado.
Asimismo obra agregado Pliego Particular de Condiciones y Anexo I donde se detallan
las características técnicas que debe reunir el vehículo a adquirir, estimando un Presupuesto de PESOS
SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL ($753.000,00) con flete, alistaje e impuestos incluídos.-
Por ello y lo dictaminado por Asesoría Letrada mediante dictamen N°61/19:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
DECRETA
Art. 1°: LLÁMESE A CONCURSO DE PRECIOS para la adquisición de un vehículo con el fin de ser
adaptado y utilizado para traslado de pasajeros en sillas de ruedas en el marco del Convenio suscripto con
la Agencia Nacional de Discapacidad debiendo procederse, de acuerdo al Pliego Particular de Condiciones
y al Pliergo Particular de Especificaciones Técnicas que se adjuntan formando parte integrante del
presente Decreto.
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Art. 2°: El presente Concurso de Precios será publicado de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza
N°01/90, Art. 87°.-
Art. 3°: El día 29 a las 10 hs. Se realizará la apertura de las propuestas, labrándose acta respectiva con la
firma de los oferentes y funcionarios municipales que intervengan.-
Art. 4°: Comuníquese, publíquese, dese la Registro Municipal y archívese.-
DECRETO N°182/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
-
PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES CONCURSO DE PRECIOS
PARA ADQUISICIÓN VEHÍCULO O KM.
1. INVITACIÓN: CONCURSO DE PRECIOS
2. UNIDAD REFERENTE: MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
3. OBJETO: ADQUISICIÓN VEHÍCULO O KM.
4. NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA DE CONTABILIDAD Nº 1/90. (Capítulo IV –
Título IV).
5. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
($753.000,00) con flete, alistaje e impuestos incluídos.-
6. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA:
Conforme al Pliego de Especificaciones Técnicas que se acompaña, en días hábiles de Lunes a
Viernes, en el horario de 8:00 a 14:00 horas, debiendo ser entregados en un plazo máximo de 30
días corridos a partir de la notificación de la adjudicación.
7. FORMA DE PAGO: Siete días (07) días fecha de factura debidamente conformada por la unidad
requirente, tipo de Factura B o C.
El adjudicatario deberá tener regularizada su SITUACION FISCAL, la que será verificada
previo a cualquier pago que se realice.
8. ADJUDICACIÓN: La adjudicación se realizará por renglón completo.
9. OFERTA: Los proponentes deberán presentar sus ofertas en sobre cerrado, en Mesa de Entradas
dirigido a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Villa Allende, sita en Av. Goycoechea
N° 586, de la Ciudad de Villa Allende, en días hábiles de Lunes a Viernes, en el horario de 8:00
a 13:00 horas, hasta el día 29 de Julio de 2019 a las 10 hs.
10. DE LAS COTIZACIONES: La oferta se realizará con referencia al renglón cuya cotización se
solicita por un precio final en pesos (IVA incluido), unitario, fijo y cierto, en moneda de curso
legal, haciendo constar el total general de la propuesta en letras y números. Las ofertas no podrán
en ningún caso referirse a la eventual fluctuación de su valor.
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Las ofertas deberán estar firmadas y selladas en todas sus hojas, incluida la presente invitación y
los pliegos, ya sea por el oferente y/ o por su representante legal debidamente acreditado.
11. REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR EL OFERENTE CONJUNTAMENTE CON LA
PRESENTACIÓN DE SU OFERTA ECONÓMICA:
A) Certificado de Inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado
vigente, o la constancia de iniciación del respectivo trámite.
B) En el supuesto de no contar con dicha documentación deberá presentar:
a) Constancia de Inscripción en AFIP
b) Constitución de domicilio especial en la Provincia de Córdoba.
c) Condición del firmante:
- En el caso de Persona Física, copia del DNI.
- En el caso de Persona Jurídica, contrato social o estatuto y última acta de designación de
autoridades, debidamente inscripta en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas o la
entidad que corresponda o poder general o especial que otorgue las facultades suficientes para
obligar al sujeto ofertante.
C- El oferente deberá ser fabricante o acreditar ser titular de concesión o representación
oficial de fabricantes de los vehículos que integren su oferta. En ambos casos deberá acompañar
una declaración jurada que garantice la provisión de repuestos y servicios por el término de dos
(02) años posteriores a la adjudicación como mínimo.
D- Detalle de las características técnicas de los bienes ofrecidos, especificando marca y modelo
de los mismos y acompañando folletos descriptivos, los que se consideran parte integrante de la
propuesta y obligarán al proponente por lo que en ellos se especifique.
12. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los oferentes se obligan a mantener sus propuestas por el
término de quince (15) días corridos a contar de la fecha fijada como límite para la presentación de su
oferta, entendiéndose que tal compromiso se prorroga automáticamente cada quince (15) días, de no
mediar manifestación expresa en contrario por parte del oferente, con una antelación no menor a tres
(3) días hábiles al vencimiento.
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
13. FECHA DE APERTURA DE SOBRES:
El día 29 de Julio de 2019 a las 10:00 horas se procederá a la apertura de sobres en la sede de la
Municipalidad de Villa Allende sita en Av. Goycoechea N° 586, de la Ciudad de Villa Allende.
14. CONSULTA DE PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS EN PÁGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE:
www.villaallende.gov.ar o www.villaallende.gob.ar
15. VALOR DEL PLIEGO: Sin costo.-
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
R Cant. Descripción MARCA y
MODELO P.
UNITARIO P. TOTAL
1 1 u.
Vehículo tipo utilitario, con las siguientes
características:
Tipo de combustible diesel
Cilindrada igual o superior a los 1.500 cm3
Potencia Máxima en CV/RPM no inferior a
los 92/4000.
Caja de velocidad manual de 5 o más
marchas.
Dirección asistida hidráulica
Rodado igual o superior a R.14
Aire acondicionado c/ climatizador
automático
Airbag conductor y acompañante
Reproductor de CD y radio AM-FM
Cierre Centralizado c/ comando a distancia
Rueda de auxilio, gato, llave de rueda, juego
de balizas y matafuego reglamentario.
$ $
Los precios cotizados se entenderán libres de fletes, acarreos e impuestos, los que estarán a cargo del
adjudicatario, y deberán ser finales (IVA INCLUIDO)
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Resoluciones
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 1º de Julio de 2019.
VISTO:
La presentación del libro “GALLARDO RECARGADO”, obra del periodista y escritor Diego
Borinsky, que se realizó el pasado Sábado 29 de Junio, en las instalaciones de la Casa de la Cultura.-
Y CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad ha mantenido desde hace décadas, un vínculo fraterno y deportivo con la
institución de Barrio Núñez, desde que se encuentran en el hoy Barrio La Cruz, las instalaciones de la
Colonia Deportiva de River Plate.
Que la ciudad recibió la solidaridad del Club, en ocasión de la inundación del 15 de febrero de
2015, a través de donaciones de la Fundación River Plate, y en fechas más recientes, se hicieron presentes
en una visita especial, el Presidente de la institución acompañado de jugadores, en una recorrida por
diversas entidades de la ciudad, entre ellas el Club Atlético Quilmes.
Que esta administración promueve las actividades culturales que nacen del fervor deportivo de
nuestros vecinos, y de esto se trata la presentación del libro de marras.
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
RESUELVE:
Art. 1º: AUTORIZAR el pago de la factura Nº C0003-00000035, del proveedor Quadro, de VERÓN
CÉSAR AUGUSTO, CUIT Nº 20-36140480-8, por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($
2.500,00) en concepto del enmarcado de una remera autografiada del señor Intendente Municipal,
Eduardo “Gato” Romero, utilizada en su destacada trayectoria como deportista internacional, y en este
caso, constituida en regalo protocolar al autor del libro “Gallardo Recargado”, obra del escritor y
periodista Sr. Diego Borinsky, sobre la obra del legendario director técnico riverplatense Marcelo
Gallardo.
Art. 2º: Comuníquese a la Secretaría de Hacienda.
Art. 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 203/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende 2 de Julio de 2019.
VISTO:
Las tradicionales FIESTAS PATRONALES de nuestra ciudad, que como todos los años, se
realizan con eventos y actividades que en esta oportunidad tendrán lugar la semana del 14 al 21 de Julio
del año en curso.
Y CONSIDERANDO:
Que dichas celebraciones son caras al sentimiento de la población de nuestra ciudad,
mayoritariamente profesantes del culto católico y fervorosos marianistas deseosos de manifestar su
sentimiento patriótico y devoción a la Virgen del Carmen.
Que el día 21 de Julio se realizará la acostumbrada venta de pollos luego de la procesión de la
Virgen, cuyo producido será destinado a sostener las actividades del GRUPO SCOUT CURA
BROCHERO, y como todos los años la agrupación pidió el aporte de pollos y leña.
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
RESUELVE:
Art. 1º: AUTORIZAR la adquisición de ciento cincuenta (150) unidades de pollo fresco, a fin de ser
entregados a la Comisión organizadora de las FIESTAS PATRONALES, que culminarán el día 21 de
Julio con la venta de pollos a la parrilla, para recaudar fondos para el sostenimiento de las actividades del
Grupo Scout Cura Brochero y la parroquia.
Art. 2º: Comuníquese a la Dirección de Compras y Suministros, a sus efectos.
Art. 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 204/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 3 de Julio de 2019.
VISTO:
El trabajo desarrollado por la Dirección de Ambiente, relevando árboles en situación de riesgo de
caída en toda la ciudad, a fin de tomar las medidas necesarias tendientes a la prevención de accidentes.
Y CONSIDERANDO:
Que así como muchos de los ejemplares se hallaban en las veredas, otros tantos se ubicaban dentro
de las viviendas de particulares, orientados hacia la vereda pero en caso de desplomarse lo harían
afectando tanto la vía pública como la propiedad de los vecinos.
Que el cambio climático ha provocado que las tormentas que nos afectan, se presenten con vientos
de características inusuales y de gran intensidad, por lo que se tomaron las disposiciones de rigor para
ejecutar la extracción y poda de los árboles inseguros en su estabilidad.
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
RESUELVE:
Art. 1º: AUTORIZAR el pago de las facturas a los proveedores que en cada caso se consigna en el
listado que se adjunta como Anexo 1, en concepto de la extracción de ejemplares de árboles con marcada
inestabilidad y riesgo de caída y posibilidades de dañar propiedades y personas.
Art. 2º: Comuníquese a la oficina de Coordinación de Servicios Públicos y Ambiente, y a la Secretaría de
Hacienda, a sus efectos.
Art. 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 205/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
ANEXO 1
Proveedor: Heredia, Walter – CUIT Nº 20-22197592-9
Fecha del trabajo Tipo de árboles Cantidad Ubicación Lugar Factura Nº
18-05-2019 Algarrobo 2 Liniers 76-Bº La
Amalia
Vereda- Desarrollo
hacia la vivienda.
C02-0008
Proveedor: Castillo, Mercedes Haydée – CUIT Nº 27-13378658-4
Fecha del trabajo Tipo de árboles Cantidad Ubicación Lugar Factura Nº
06-05-2019 Algarrobo 1 Lisboa 50 – Vereda
del Cba. Golf Club
Vereda C02-0005
06-05-2019 Tala 1 Uritorco s/nro.-
Barrio Cóndor bajo
Vereda, ramas
sobre techo de la
vivienda
C02-0005
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 3 de Julio de 2019.
VISTO:
Los pedidos de distintos vecinos que se encuentran en una situación grave de salud, y no poseen
recursos económicos para afrontar la compra inmediata de medicamentos que no se encuentran en stock
en la farmacia del Hospital Municipal Josefina Prieur y requieren con urgencia.-
Y CONSIDERANDO:
Que la Carta Orgánica Municipal establece que el vecino tiene derecho a cuidar su salud, y que la
Municipalidad debe administrar dirigiendo sus esfuerzos a satisfacer las necesidades de la comunidad con
eficacia, eficiencia y oportunidad, reconociendo la salud como un bien natural y social de los habitantes de
nuestra ciudad.
Que en los casos puntuales que nos ocuparon, debió atenderse la necesidad, advirtiéndose el estado
de necesidad y zozobra del ciudadano frente a su imposibilidad de adquirir por sí mismo el medicamento
en cuestión.
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
RESUELVE:
Art. 1º: AUTORIZAR el pago de los tickets facturas presentados por la FARMACIA FENOCLIO,
CUIT Nº 27-17575740-1, por la provisión de la prescripción efectuada por médicos, que en cada caso se
acompaña, a saber:
Número de Ticket Beneficiario Monto en Pesos
0002-00025084 Márquez, Paola –DNI
29.201.059
1.386,91
0002-00025085 Márquez, Paola – D.N.I.
29.201.059
838,19
0002-00025082 Figueroa, Luciano – D.N.I.
42.383.222
545,47
0002-00025078 Sosa, Lita – D.N.I. 13.170.516 648,48
0002-00025086 Rivadero, Roque – D.N.I. 966,46
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
13.170.557
0003-00004905 Cañella, Paola – D.N.I.
25.920.499
291,05
0003-00004906 Miranda, Carlos – D.N.I.
31.404.584
215,56
0002-00025081 Miranda, Ramón – D.N.I.
40.921.781-Entregado a Rojas,
Fabián- D.N.I. 20.528.424
707,72
0002-00025080 Miranda, Ramón – D.N.I.
40.921.781-Entregado a Rojas,
Fabián- D.N.I. 20.528.424
633,87
Art. 2º: Comuníquese a la Secretaría de Hacienda, a sus efectos.
Art. 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 206/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 3 de Julio de 2019.
VISTO:
El pedido realizado en audiencia con el suscripto, por miembros de la ACADEMIA DE DANZAS
de Barrio Polinesias, en Noviembre de 2018, solicitando colaboración para participar de un Festival de
Ritmos y Folklore al que fueran invitados y que se realizó en el Salón Ángel Sandrín, del Instituto Atlético
Central Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que se trata de una academia liderada por una joven profesora, la Srta. Estefanía Alves Dos
Santos, quien presta su propio domicilio para los ensayos, a falta de un espacio con la necesaria amplitud
y comodidad, y cubre de esta forma una necesidad de esparcimiento de un numeroso grupo de jóvenes y
niños que de otra manera no podrían practicar sus danzas.
Que por lo expresado, la participación de la fiesta en el Club Instituto, venía a suplir la
imposibilidad de realizar la fiesta final, dadas las condiciones ajustadas en que se desenvuelven, por lo que
se estimó procedente acceder a lo solicitado.
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
RESUELVE:
Art. 1º: AUTORIZAR el pago de la factura Nº C00002-00000022, de la firma PEZZOLO, DAVID
ALEJANDRO, CUIT Nº 20-25367344-4, por la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000,00) en concepto
del traslado ida y vuelta al Instituto Atlético Central Córdoba, de calle Jujuy 2600, Barrio Alta Córdoba,
de la ACADEMIA DE DANZAS de Barrio Polinesias, para participar de un festival de Ritmos y
Folklore, realizado el día 1-12-2018.
Art. 2º: Comuníquese a la Secretaría de Hacienda, a sus efectos.
Art. 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 207/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Villa Allende, 03 de Julio de 2019
VISTO:
La Investigación Administrativa Previa iniciada en estos actuados como consecuencia de los
hechos denunciados a fs. l, su respectiva ratificación a fs. 13 dónde se pone de manifiesto un presunto
proceder contrario a derecho por parte del Sr. Germán Jorge Toledo, D.N.I. 22.942.413, Legajo N° 766,
quien presta servicios como personal contratado en la Dirección de Ambiente de la Municipalidad de Villa
Allende, según lo informado por la Dirección de Recursos Humanos de este Municipio a fs. 23
Y CONSIDERANDO:
Que se instruyó Investigación Administrativa a los fines de esclarecer los hechos expuestos en
estas actuaciones, según Resolución Nº 1/19 de fecha 05 de Junio del corriente año de la Dirección de
Servicios Públicos y Ambiente, a efectos de proceder al esclarecimiento de los hechos denunciados y en
el que se encontraría involucrado el Sr. Germán Jorge Toledo, D.N.I. 22.942.413, Legajo N° 766, quien
presta servicios como personal contratado en la Dirección de Ambiente Municipal (fs. 23), quien según lo
informado oportunamente, habría procedido de manera contraria a la normativa vigente.
Que en virtud de la Investigación Administrativa referenciada se procedió a nombrar Instructor al
Sr. Agustín González del Pino (personal de gabinete a cargo de las Direcciones de Servicios Públicos y
Ambiente), cuya aceptación del cargo luce a fs. 9.
Que se procedió a tomar declaración a efectos de la ratificación de lo denunciado en la denuncia
que dá inicio a las presentes a la Srita. Florencia Belén Luna Gomez, D.N.I. 39.174.045 (fs. 13) y a la Sra.
Nancy Paz, D.N.I. 32.745.879 (fs. 16), que resultara ser persona de interés en esta investigación.
Que la totalidad de la prueba producida, ameritaría la apertura de un Sumario Administrativo a
efectos de determinar la responsabilidad del Sr. Germán Jorge Toledo, D.N.I. 22.942.413, Legajo N° 766,
en los hechos investigados.
Asimismo, dado la gravedad del hecho aquí investigado, la prueba producida, y lo normado por la
Ordenanza 599/85, correspondería a criterio de ésta Secretaría, la instrucción de un Sumario
Administrativo.
Por ello:
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
RESUELVE:
Artículo 1º: ORDENAR la remisión de las presentes actuaciones al D.E.M, a efectos de instruir un
Sumario Administrativo a fin de esclarecer la responsabilidad del Sr. Germán Jorge Toledo, D.N.I.
22.942.413, Legajo N° 766 en los hechos investigados.
Artículo 2º: Notifíquese a Intendencia.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 208/19
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Ordenanzas
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
VISTO:
El Decreto 67/19 que ordena la expropiación de una fracción de Noventa y Tres metros con Trece
centímetros cuadrados del lote designado bajo nomenclatura catastral nº 13-01-50-02-03-126-002 en
Catastro de la Provincia y como 02-03-126-006 en catastro de la Municipalidad de Villa Allende a nombre
de Carlos Horacio Zárate Goyeneche para la Obra “Ampliación Calle Puerto Argentino”. Y la necesidad
de modificar determinadas partidas del Presupuesto de Gastos.
Y CONSIDERANDO:
Que existen partidas presupuestarias disponibles con excedentes que pueden ser aplicadas a otras
y quedar estas compensadas.
Que es factible la compensación de diferentes partidas entre sí, con la debida autorización para los
casos que así corresponde.
Que es facultad del Concejo Deliberante conforme lo estipula el Art. 23 de la Ordenanza de
Contabilidad vigente (Ord. Nº 1/90), autorizar supresiones, traspasos de créditos o apertura de créditos
suplementarios o extraordinarios-
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE SANCIONA
CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 19/19
Art. 1º: RECTIFICAR el Presupuesto de Gastos vigente, sin alterar el monto total del mismo,
autorizando el traspaso de créditos a determinadas partidas, conforme a planilla que en una (1) foja se
adjunta.
Art. 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y archívese.
Dada en la sala del Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de Julio de 2019. Firmado por
MARIA TERESA RIU CAZAUX DE VELEZ, Presidente del Concejo Deliberante –CARLOS A. ARIAS
ESCUTI, Secretario Legislativo - Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Allende. Departamento
Ejecutivo: Promulgada por Decreto N°179/19 de fecha 11 de Julio de 2019. -Firmado Sr. ALEJANDRO
EDUARDO ROMERO – Intendente Municipalidad Ciudad de Villa Allende – Sr. NICOLAS MIGUEL
GARCÍA - Secretario de Gobierno-
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
RECTIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2019 PRESUPUESTO DE GASTOS PARTIDAS A DEDUCIRP/PRESUPDEDUCIRP/RECTIF
2.1.08.01.01.12.00 CONST Y MANT EDIFICIOS MUN $3.600.000,00 $250.000,00 $3.350.000,00
2.1.08.01.01.20.00 OTRAS OBRAS $21.286.000,00 $300.000,00 $20.986.000,00
TOTAL: …………………………………………………………………………… $550.000,00 PRESUPUESTO DE GASTOS PARTIDAS A REFORZARP/PRESUPREFORZARP/RECTIF
2.1.07.06.00.00.00 INMUEBLES $10,00 $300.000,00 $300.010,00
2.1.07.13.00.00.00 CRED. ADIC. PARA REF. DE PARTIDAS $10,00 $250.000,00 $250.010,00
TOTAL: ………………………………………………………………………………... $550.000,00
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
VISTO:
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, la Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la
Mujer (aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Ratificada por Ley Nº 23.179 del año
1985), la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes,
Convención de Belém do Pará; (aprobada por la Asamblea General de la Organización de los Estados
Americanos. Ratificada por Ley Nº 24.632 del año 1996), establecidos con jerarquía constitucional en el
art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional.
La Ley Nacional N° 26.485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra las Mujeres.
La Ley Nacional N° 26.791, que en el año 2012 reforma el Código Penal Argentino, introduciendo al
Femicidio como agravante de la figura del homicidio.
La Ley Provincial N° 9.283 de Violencia Familiar.
La Ley Provincial Nº 10.352 de adhesión a la ley Nacional Nº 26.485.
La Ley Provincial Nº 10.401 de Protección Integral a las Víctimas de Violencia, a la Mujer por Cuestión
de Género, en el Marco Procesal, Administrativo y Jurisdiccional
Los Proyectos de Ley Nacional, Expediente 1773/15 y Expediente 519/16, que declaran la emergencia
pública en materia social por violencia de género en todo el territorio de la República Argentina.
Los Proyectos de Ley Provincial para Declarar la emergencia en violencia de género, presentados en
distintas oportunidades en la Legislatura de la Provincia de Córdoba.
Ley Nacional N° 27.499, Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que
integran los tres poderes del Estado.
Y CONSIDERANDO
Que la violencia de género afecta una pluralidad de derechos humanos tales como: la
libertad sexual, la integridad corporal y mental, la salud integral, la vida en su dimensión más amplia,
comprometiendo el futuro de sus víctimas. Sin dudas, constituye uno de los flagelos más graves de la
humanidad actual y se irradia sobre todos los sectores sociales sin distinción de clase social, raza, género,
cultura, nacionalidad, orientación sexual ni edad.
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Que la violencia de género, en sus múltiples formas y modalidades, requiere
ineludiblemente un abordaje urgente, serio y multidisciplinario que dé cuenta de una firme convicción
política de abordarla en pos de su erradicación.
Que la Ley Nacional N° 27.499, dispone la capacitación obligatoria de forma continua de
todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los tres
poderes del Estado -tanto a nivel nacional como local-, en la temática de género y violencia contra las
mujeres.
Que desde la Secretaría de Desarrollo Social se viene trabajando intensamente con la
temática de violencia hacia la mujer, con actividades continuas como:el lanzamiento del Proyecto “Piensa
en Ti”, el acompañamiento terapéutico a mujeres que atraviesan por violencia, activa participación en la
Mesa intersectorial de género, intervenciones artísticas, campañas de sensibilización sobre la temática, la
creación del área Local de la Mujer, que engloba cada una de estas acciones, y actualmente la
coordinación con Centro de Referencia (CDR) del Ministerio de Desarrollo Social de Nación para realizar
las mencionadas capacitaciones.
Que las instancias de formación están orientadas a impulsar herramientas que permitan
activar ciudadanías comprometidas en la promoción de Derechos Humanos para la construcción de
sociedades libres de violencia.
Que el Municipio a través del área Local de la Mujer de la Secretaría de Desarrollo Social,
será responsable de garantizar la implementación de las capacitaciones, estableciéndose el modo y las
formas de las capacitaciones; con la supervisión y acompañamiento del Instituto Nacional de las Mujeres.-
Que mediante la adhesión a la Ley Micaela, apostamos a un cambio de paradigma en la
sociedad, en tanto aborda la temática de la violencia de género desde una perspectiva infinitamente más
amplia y abarcativa de la que hasta ahora existía en la legislación argentina.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA ALLENDE
SANCIONA CON FUERZA
DE ORDENANZA 20/19
Artículo 1º: ADHIÉRASE a la Ley Nacional N° 27.499, “Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en
Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado”, en el ámbito de la Municipalidad
de Villa Allende.
Artículo 2º: Es autoridad de aplicación de la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal a través del
área que designe.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, dese copia al registro municipal y archívese
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Dada en la sala del Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de Julio de 2019. Firmado por
MARIA TERESA RUI CAZAUX DE VÉLEZ. Presidente del Concejo Deliberante, CARLOS A. ARIAS
ESCUTI, Secretario Legislativo - Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Allende. Departamento
Ejecutivo: Promulgada por Decreto N°180/19 de fecha 11 de Julio de 2019. -Firmado Sr. ALEJANDRO
EDUARDO ROMERO – Intendente Municipalidad Ciudad de Villa Allende – Sr. NICOLAS MIGUEL
GARCÍA - Secretario de Gobierno-
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE Boletín de Publicación de las Normas Municipales (Ord. Nº20/96) -
Año 2019 Nro 326
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VILLA ALLENDE - DEPARTAMENTO COLON - PROVINCIA DE CORDOBA - ARGENTINA
Resoluciones
C.D.