GESTION DEL AREA TECNICA Y ADMINISTRATIVA
Módulo I:
Diploma de Especialización Profesional:
Expositor:Ing. Eduardo Mendoza Dávalos
RESIDENCIA, SUPERVISION, SEGURIDAD EN OBRAS Y SU IMPLEMENTACION
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLOEscuela de Post Grado
COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERUINSTITUTO NACIONAL DE ESPECIALIZACION PROFESIONAL - INADEP
REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO PREVIA AL INICIO DE OBRA
INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
ART. 184°
El inicio de plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que se designe al inspector o al supervisor.
2. Que la entidad haya hecho entrega del expediente técnico de la obra completo.
3. Entera del terreno o lugar donde se ejecutará la obra.
4. Provea calendario entrega de materiales e insumos, según bases.
5. Entrega del Adelanto Directo, en condiciones y oportunidades establecidas en el art. 187°Deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir
del día siguiente de la suscripción del cto.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE
OBRA
Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra.
Comprende
Memoria descriptiva.Especificaciones técnicas.Planos de ejecución de
obra.Metrados.Presupuesto de obra.
Valor referencial.Fecha del presupuesto.Análisis de precios.Calendario de avance
de obra valorizado.Fórmulas polinómicas.
Si el caso requiere
Estudio de suelos.Estudio geológico.Impacto ambiental. Otros complementarios.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE
OBRA
Por un consultor de obras, de la especialidad o especialidades que correspondan a las exigencias de cada proyecto en particular.
Por la propia Entidad (administración directa) .
En éste caso
Es Elaborad
o
También puede
Ser elaborad
oPor el ejecutor de la obra (obras ejecutadas bajo las modalidades llave en mano o concurso oferta).
El ejecutor de obra debe contar, además, con el registro de consultor de obra o consorciarse con un consultor de obra.
Ingeniero Civil
Ingeniero Sanitario
Arquitecto
Ingeniero mecánico
eléctrico
Sin embargo, el consultor de obra contratado o proyectista - es el único responsable ante la Entidad por la calidad del expediente técnico.
El expediente técnico generalmente es elaborado por varios profesionales.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE
OBRA
El artículo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que, para la ejecución de una obra, es necesario contar con expediente técnico, el cual debe adjuntarse al expediente de contratación. Ello debido a que normalmente el expediente técnico es elaborado y aprobado con anterioridad a la contratación de la ejecución de la obra. No obstante, existen determinados supuestos en los que la elaboración del expediente técnico y la ejecución de la obra se contratan de manera conjunta, esto mediante las modalidades de ejecución contractual llave en mano o concurso oferta
OBLIGATORIEDAD DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Es conocido para todos que para poder ejecutar una obra pública es necesario e imprescindible contar con el Expediente Técnico.
ModalidadContrato
Convenio (o Encargo)
Ejecución Presupuestaria
Monto
L.P
ADS
ADP
AMC
Sistema de Contratación
Suma Alzada
Precios Unitarios
Mixto
Modalidad de ejecución
Llave en mano
Concurso oferta
Debe contar con el Expediente Técnico completo y debidamente aprobado con Resolución previó a la ejecución de la obra
¿Quién elabora el expediente
técnico?
La Entidad, elabora de manera directa sus expedientes técnicos. Siendo necesario que la Entidad cuente con los profesionales especializados, la infraestructura, recursos humanos y logística que lo permita.
La misma Entidad
(Administración Directa)
La Entidad elabora sus expedientes técnicos de forma indirecta, a través de un consultor de obra contratado especialmente para tal fin observando las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado.Consultores
externos (Proyectista)
Las modalidades de concurso oferta o llave en mano, permiten contratar de manera conjunta la elaboración del expediente técnico y la ejecución de la obra.
El contratista Ejecutor de la obra (Concurso
Oferta o Llave en mano, de ser el caso)
En las obras ejecutadas por concurso oferta o llave en mano que impliquen la elaboración del expediente técnico no podrán aprobarse adicionales de obra por defectos o deficiencias del expediente técnico, en virtud a que el ejecutor de obra es el responsable de su elaboración y, en consecuencia, de los defectos que pudiera presentar, de conformidad con la Opinión Nº 028-2011/DTN.
¿Cómo se aprueba el expediente
técnico?
Formará parte del documento que aprueba el expediente técnico, el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), emitido por la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura, en caso corresponda.
toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera, que pretenda desarrollar un proyecto de inversión susceptible de generar impactos ambientales negativos de carácter significativo, debe gestionar una Certificación Ambiental ante la autoridad Competente que le corresponda.
TIPOS DE EXPEDIENTE
TÉCNICO DE OBRA
Es el que aprueba la Entidad con anterioridad al inicio de la obra y es utilizado en el proceso de selección para que los postores formulen su propuesta.
Expediente técnico original
Es el expediente técnico de la prestación adicional de obra es el que se aprueba y es elaborado por la Entidad de forma directa o indirecta, a través de un consultor de obra, el expediente técnico adicional podrá ser elaborado por el ejecutor de la obra, en calidad de prestación adicional de obra (Opinión Nº 083-2011/DTN). El expediente técnico adicional será aprobado de la misma forma en que fue aprobado el expediente original.
Expediente técnico adicional
RESPONSABILIDADES
El consultor encargado de elaborar el expediente técnico es responsable respecto a la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofertados durante el periodo de 1 año, contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad.
La participación del consultor no se extingue con la elaboración del expediente técnico, sino que debe prolongarse a fin de atender los requerimientos que la Entidad le formule durante la ejecución de la obra.
En el caso de la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, en vista que el contratista es proyectista y ejecutor de obra a la vez, asume entera responsabilidad por el diseño de la obra, debiendo prever en el expediente técnico las eventualidades que puedan afectar su ejecución.Del Consultor
La Entidad asumirá responsabilidad respecto a la elaboración del expediente técnico cuando el mismo haya estado a su cargo bajo administración directa. En caso el expediente técnico haya sido elaborado por un consultor externo, ello no menoscaba la responsabilidad que la Entidad tiene respecto del expediente técnico.
De la Entidad
RESPONSABILIDAD D. LEG. Nº 1017- Art. 41º: Prestaciones adicionales, reducciones y
ampliaciones. Esta norma habla de DEFICIENCIAS DEL EXPEDIENTE TÉCNICO O SITUACIONES IMPREVISIBLES POSTERIORES A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
Directiva Nº 002-2010-CG/OEA, aprobada por R.C. Nº 196-2010-CG del 20.07.2011. En el numeral 22.1
D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA (RNE)- Norma G.030 Derechos y responsabilidades (Art. 13º, 14º,
15º y 16º).
D.S. 184-2008-EF, y sus modificaciones D.S. 138-2012-EF- Art. 196º: Absolver las consultas cuando la entidad te lo requiera.
MEMORIA DESCRIPTIVAEs la descripción detallada del proyecto. Si bien no hay norma sobre su alcance se recomienda el contenido siguiente:
1. Antecedentes
2. Objetivo del proyecto
3. Ubicación del proyecto
4. Evaluación general de la situación existente
5. Descripción del proyecto (por fases)
6. Conclusiones y recomendaciones
7. Anexos. Croquis, fotos, etc.
La Memoria Descriptiva señala la justificación técnica de acuerdo a la evaluación del estado de la obra
ESTUDIOS BÁSICOSEstudio de Mecánica de
Suelos
Estudios Topográficos
Cuando son necesarios
ESTUDIOS ESPECÍFICOSDepende del tipo de obra: Edificaciones, viales
(carretera, puentes) etc. Ejemplo: Licuefacción de arena, arcillas expansivas, estabilidad de Taludes, canteras, etc.
Debe de ser elaborados por profesionales o técnicos especializados
EstudiosEspeciales
Incluidos en términos de referencia
Se generan adicionales si no se consideran
DISEÑOS Los diseños están en función al tipo de obra: Edificaciones Carreteras Hidráulicas, etc.
Deben ser realizados por profesionales especialistas.
Deben aplicarse normas de diseño vigentes.
Normasa.- Reglamento Nacional de EdificacionesPara Edificaciones, Saneamiento
b.- Norma peruana de Diseño de Carreteras
El Diseñador DEBE tener su memoria de Cálculo. Otros Códigos de Diseño: E-060, ACI, AASHTO, E-030
PLANOS
Representación gráfica de 3D y 2D.
Deben tener suficiente información.
En obras a suma alzada definen la obra a ejecutar (DS Nº 184-2008-EF y sus modificatorias D.S. Nº 138-2012-EF, Artículo 40º)
En Suma Alzada los planos tienen la primera prelación.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1 Definición de la partida2 Descripción de la partida3 Calidad de Materiales4 Equipos5 Método de Construcción (Modo de ejecución Procedimiento Constructivo, método de ejecución)6 Sistema de Control de calidad (controles y aceptación de los trabajos)7 Método de medición8 Condiciones de pago (Forma de pago, Base de pago)
Constituyen el conjunto de reglas y documentos vinculados a la descripción de los trabajos, métodos de construcción, calidad de los materiales y condiciones de pago requeridas en la ejecución de la obra.
METRADOS D.S. N° 184-2008-EF Y SU MODIFICATORIA D.S. N° 138-2012-EF (ANEXO N° 31)«Es el calculo o cuantificación por partidas de la cantidad de obra a ejecutar».
También podemos definirlo como el computo o medida del consumo de materiales; o cantidad de trabajos a realizar, Las unidades utilizadas son el kg, m2, m3, pie2, unidad, pieza, u otra que defina adecuadamente dicho metrado. Las partidas tienen jerarquías denominadas Orden: 1er, 2do, 3er, 4to.
1.00 Pisos1.01 Pisos Cerámicos1.01.01 De porcelanato1.01.01.01 De 50 cm x 50 cm
TIPOS DE METRADOS
Metrados por conteo:Cuando se metra en base a contar con la cantidad de unidades y/o piezas de la partida considerados en los planos
Metrado por Acotamiento:Cuando se metra en base a las cotas que definen un elemento y su partida correspondiente.
Metrados por Gráficos:Cuando se metra en base a apoyo gráfico
Metrados por FórmulasCuando se metra usando formulas definidas
ANÁLISIS DE COSTOS
1. Análisis de Costos Unitarios
2. Mano de Obra
3. Materiales
4. Equipos y Herramientas
ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS
MANO DE OBRAEl costo de la mano de obra es la sumatoria de los rubros que están sujetos a las disposiciones legales vigentes:
• Jornal Básico• Leyes Sociales• Bonificaciones
El costo esta definido por dos parámetros:
El costo de un obrero de construcción civil por hora o también llamado generalmente costo – hora - hombre.
El rendimiento de un obrero o cuadrilla de obreros para ejecutar determinado trabajo.
a.- Costo de hora – hombreDebe ser vigente a la fecha del Presupuesto y específico para cada lugar.
El Jornal Básico esta Normado por Negociación entre CAPECO y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil (FTCC).
b.- RendimientoParámetro difícil de evaluar.Depende del: lugar, tipo de terreno, habilidad natural, etc.
Aporte unitario=
cuadrilla x8 horas
rendimiento
BUC
Alimentación = 10% JB
Desgaste Herramienta y ropa= 10% JB
Falta Agua Potable= 10% JB
Especialización (operario)= 2% JB
CAPATAZ
El Capataz no existe en el régimen de construcción civil
El costo del capataz de fija de forma arbitraria
El Costo del Capaz: 1.10 a 1.20 del costo h-h operario
Aporte unitario=
cuadrilla x8 horas
rendimiento
MANO DE OBRA
Rendimiento de la mano de obra:Es un parámetro difícil de evaluar:Depende de: Lugar, tipo, terreno, habilidad natural
Fuentes de rendimiento
Tablas de rendimiento mínimo
De los fabricantes y proveedores
De la observación y/o evaluación propia
MATERIALES1. Aporte Unitario de Materiales
Cantidad de materiales por unidad de partida (m3, m2, kg, etc.) Considerar un porcentaje de desperdicio. Los A.U. se obtienen de Tablas, proveedores, catálogos, calcular, experiencia, etc.
2. Precio de los materiales (puesta en obra)
Precio Pto. Obra= Precio origen + flete terrestre + almacenaje y manipuleo + mermas de transportes + viáticos + otros.
APORTE UNITARIOMATERIALES
Fuentes de aporte unitarios: Se obtienen de: Tablas Proveedores (catálogos, especificaciones
técnicas) Otros aportes unitarios se pueden calcular: Ej.
Ladrillos.
ExperienciaAporte Unitario inicial + % desperdicio= A.U. Final
¿De donde sale el % DESPERCIO?
C= 1(L+J )(H+J )
C= Cantidad de ladrillos por m2L= longitud de ladrillo (m)H= altura de ladrillo (m)J= espesor junta (m)
PRECIO DEL MATERIAL EN ORIGEN
El precio del material tiene las características siguientes:
Para obras por Contrata, se considera sin IGV. Para obras por Administración Directa, se considera
con IGV. Las cotizaciones deben tenerse por escrito. Las cotizaciones deben ser con precios a fin de mes
(siempre) . No considerar eventuales descuentos que puedan
considerar las cotizaciones.
PRECIO DEL MATERIAL
PMPO= PMO + F + A/M + M + V + 0
FLETEDefinimos el flete como costo adicional que por transporte hacia la obra, se debe incrementar al precio de los materiales que, generalmente, compran en las fábricas o proveedores.
PRECIO DEL MATERIAL
Es decir, existe un distancia física o real y otra que sirve para calcular los fletes, homogenizando toda la carretera a un patrón obteniendo una nueva distancia conocida como “Distancia Virtual”
PMPO= PMO + F + A/M + M + V + 0
A/M 2% de PMO
MT 5% de PMO
Criterios del Consultor
Depende del tipo de material Cemento= 3%
PoF° = 0Ladrillo = 5% Po
VEstimados entre 5% - 30% del PMO. Solo se aplica a materiales explosivos, dinamita, guías, fulminantes, etc.; debido a los costos de seguridad para su transporte.
0tros
Según condiciones de ubicación de la obra (eventual). Ej.. Trochas, obras alejadas.
ALMAC. MERMA TOTAL2.00% 2.00% S/.
01 ACEITE PARA MOTOR SAE-30 gln LIMA 3.33 Kg/gln 47.91 0.53 48.44 02 ACERO DE REFUERZO FY=4200kg/cm2 GRADO 60 kg LIMA 1.00 Kg/kg 2.49 0.16 0.05 2.70 03 ACERO ESTRUCTURAL A-36 kg LIMA 1.00 Kg/kg 2.72 0.16 0.05 0.05 2.98 04 ACERO ESTRUCTURAL ASTM A709M GRADO 345 kg LIMA 1.00 Kg/kg 2.72 0.16 0.05 0.05 2.98 05 ACETILENO m3 LIMA 0.80 Kg/m3 31.24 0.13 0.62 0.62 32.61 06 ADITIVO DESMOLDEADOR DE ENCOFRADOS gln LIMA 1.00 Kg/gln 94.43 0.16 1.89 1.89 98.37 07 ALAMBRE NEGRO RECOCIDO # 16 kg LIMA 1.00 Kg/kg 2.84 0.16 0.06 3.06 08 ALAMBRE NEGRO RECOCIDO # 8 kg LIMA 1.00 Kg/kg 2.84 0.16 0.06 3.06 09 ALCANTARILLA MULTIPLATE ABOVEDADA LUZ=4.83M FLECHA=3.25M ESPESOR=3mmm LIMA 504.90 Kg/m 3,210.00 80.80 64.20 3,355.00 10 ALMA DE POSTE kg LIMA 1.00 Kg/kg 3.16 0.16 0.06 3.38 11 ANGULO DE ACERO 4" X 4" X 1/2" pza LIMA 20.26 Kg/pza 448.78 3.24 8.98 461.00 12 ANGULO DE ACERO 1" X 1" X 3/16" m LIMA 1.90 Kg/m 5.67 0.30 0.11 6.08 13 ARBUSTOS NATIVOS und VILLA RICA 1.50 Kg/und 1.50 0.08 0.03 1.61 14 BANDERINES pza LIMA 8.00 Kg/pza 35.00 1.28 0.70 36.98 15 BARRENO 7/8 x 5P pza LIMA 5.00 Kg/pza 277.27 0.80 5.55 283.62 16 BREA kg VILLA RICA 1.00 Kg/kg 2.13 0.05 0.04 2.22 17 CABLE DE MONTAJE CON ALMA DE ACERO m LIMA 1.00 Kg/m 35.00 0.16 0.70 35.86 18 CAUCHO LIQUIDO gln LIMA 3.10 Kg/gln 95.00 0.50 1.90 97.40 19 CEMENTO PORTLAND TIPO I (42.5KG) BOL LIMA 42.50 Kg/BOL 14.52 6.80 0.29 0.29 21.90 20 CLAVOS kg LIMA 1.00 Kg/kg 3.14 0.16 0.06 3.36 21 CLAVOS PARA MADERA C/C 3" kg LIMA 1.00 Kg/kg 3.14 0.16 0.06 3.36 22 CONTROL DE CALIDAD DE AGUA und LIMA 0.00 Kg/und 1,833.75 - - 1,833.75 23 CONTROL DE CALIDAD DE AIRE und LIMA 0.00 Kg/und 1,833.75 - - 1,833.75 24 CONTROL DE LOS NIVELES SONOROS und LIMA 0.00 Kg/und 203.75 - - 203.75 25 CONO DE SEGURIDAD und LIMA 4.60 Kg/und 35.00 0.74 - 35.74 26 DINAMITA AL 65% kg LIMA 1.00 Kg/kg 12.32 0.16 0.25 12.73 27 DISCO DE DESBASTE 1/4" X 7" pza LIMA 0.50 Kg/pza 13.00 0.08 0.26 13.34 28 DISOLVENTE PARA PINTURA ESMALTE EPOXICO gln LIMA 3.12 Kg/gln 50.97 0.50 1.02 1.02 53.51 29 DISOLVENTE PARA PINTURA ESMALTE POLIURETANO gln LIMA 3.12 Kg/gln 147.52 0.50 2.95 2.95 153.92 30 DISOLVENTE PARA PINTURA ZINC gln LIMA 3.12 Kg/gln 54.85 0.50 1.10 1.10 57.55 31 ESTACA DE MADERA p2 LIMA 1.50 Kg/p2 3.12 0.24 3.36
UNDN° DESCRIPCION UND PROCED. PESO FLETEPRECIO
ANALISIS DE COSTOSHERRAMIENTAS
Teniendo en consideración que el proceso constructivo de cualquier obra requiere herramientas menores de diversos tipos: lampas, picos, carretillas, bouggie, etc. Las cuales son suministradas por el Contratista, este debe de incluir su depreciación dentro de los costos menores.
LOS COSTOS INDIRECTOS
PORCENTAJ E CDMONTO DEL COSTO DIRECTO DEL PRESUPUESTO BASE: S/. 154,137.36 100%
Item Descripción Und. CantidadPrecio
Unitario S/.Valor Total S/.
I1 Análisis de Gastos Generales Fijos Glb. 1.00 8,342.89 8,342.89
II1 Análisis de Gastos Generales Variables Glb. 1.00 19,750.83 19,750.83
28,093.72
18.23%
* Costo Directo S/. 154,137.36 * Costo Indirecto S/. 28,093.72Relación de Costo Directo/Costo Indirecto % 18.23%
5.00%
* Costo Utilidad S/. 770,686.80Relación de Utilidad/Costo Indirecto % 5.00
Total de Gastos Generales S/.
Relación de Costo Directo y Costo Indirecto
Utilidad
Resúmen de Análisis de Gastos Generales
Gastos Generales Fijos
Gastos Generales Variables
FORMULA POLINOMICA
CONDICIONES NORMATIVAS EN LA ELABORACION F.P.
K= aMr + bJr + cQr + dVr + eGGUr Mo Jo Qo Vo GGUo
Donde:
K= Coeficiente de Reajuste.
a)Número máximo de Monomios = 8
b)Cada monomio como máximo = 3 IU
c)Coeficiente de incidencia > ó = 0.050 (5%) a,b,c,d,e
d)∑ Coeficiente de incidencia = 1.000 (a,+b+c+d+e)
PROGRAMACIÓNCRONOGRAMA VALORIZADO
CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA
1. Debe concordar en el plazo de obra determinado, pudiendo establecerse en periodos semanales, quincenales o mensuales.
2. Debe de concordar con el monto de obra.3. Se debe estructurar por faces (proceso
constructivo).4. La «longitud de Barra» o duraciones de la
Actividad (D.A.) se calcula de la siguiente manera:
D.A.= Metrado de la Partida Rend. X cuadrilla
CRONOGRAMA VALORIZADO
En términos estrictamente técnicos el Cronograma de Ejecución de obra se desprende de la programación de obra PERT-CPM, sin embargo en términos prácticos también es posible formular el Cronograma, representándolo como el Diagrama de Barras Gant.
En una obra deben haber tantos cronogramas de obra como fórmulas polinómicas.
Obra MANTENIMIENTO PERIODICO DE CAMINO VECINAL…………….. Departamento XXXXProvincia XXXXX
Distritos XXFecha
Nº UND METRADO PRECIO PARCIAL
UNITARIO % AVANCE MONTO % AVANCE MONTO
1.00 OBRAS PRELIMINARES
1.01 MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION DE EQUIPO GLB 1.00 15,644.90 15,644.90 50.00% 7,822.45 50.00% 7,822.45
1.02 NIVELACION Y REPLANTEO KM 20.00 197.39 3,947.80 100.00% 3,947.80 0.00% 0.00
2.00 PAVIMENTOS
2.01 REPOSICION DE AFIRMADO E=0.10M M3 3,500.00 17.03 59,605.00 40.00% 23,842.00 60.00% 35,763.00
2.02 ESCARIFICADO, RECONFORMACION Y COMPACTADO DE LA RASANTE M2 35,000.00 0.94 32,900.00 73.33% 24,125.57 26.67% 8,774.43
3.00 TRANSPORTE
3.01 TRANSPORTE DE MAT. GRANULAR HASTA 1KM M3K 3,500.00 5.34 18,690.00 61.90% 11,569.11 38.10% 7,120.89
3.02 TRANSPORTE DE MAT. GRANULAR > 1KM M3K 14,000.00 1.57 21,980.00 61.90% 13,605.62 38.10% 8,374.38
4.00 IMPACTO AMBIENTAL
4.01 RESTAURACION DE CANTERA M2 2,333.33 0.56 1,306.66 0.00% 0.00 100.00% 1,306.66
4.02 RESTAURACION DE PATIO DE MAQUINAS M2 350.00 0.18 63.00 0.00% 0.00 100.00% 63.00
COSTO DIRECTO 154,137.36 84912.55 69224.81GASTOS GENERALES 18.23% 28,093.72 15476.52 12617.20UTILIDAD 5% 7,706.87 4245.63 3461.24SUB TOTAL 189,937.95 104634.69 85303.25IGV 18% 34,188.83 18834.24 15354.59TOTAL 224,126.78 123,468.94 100,657.84% DE AVANCE
% DE AVANCE ACUMULADO
2º MES
44.91%
100.00%
CRONOGRAMA DE EJECUCION VALORIZADO
PARTIDA 1º MES
55.09%
NORMAS TÉCNICAS
Edificación
Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado mediante D.S. N° 11-2006-VIVIENDA
Rehabilitación de una Carretera
Especificaciones Técnicas Generales para la conservación de carreteras, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura VialConstrucción de
un Puente
Manual de Diseño de Puentes
En función al objeto de la obra, existen normas técnicas que deben considerarse en el expediente técnico, pues resultan necesarias para su correcta ejecución.
REGIMEN LABORAL DE CONSTRUCCION CIVIL
El régimen de construcción civil se encuentra normado esencialmente por los Convenios Colectivos que año a año celebran el gremio de los constructores CAPECO y la organización de trabajadores FTCCP.
GENERALIDADES DEL REGIMEN
¿QUIENES SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN LABORAL DE CONSTRUCCION CIVIL?
Todo los trabajadores que realizan, libremente y de manera eventual o temporal una labor de construcción para otra persona, sea natural o jurídica y quien a su vez se encuentre dentro de lo establecido en el Código 45 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme con una relación de dependencia y a cambio de una remuneración serán considerados como trabajadores del Régimen Especial de Construcción Civil. Salvo lo establecido en el Art. 14 del Decreto Legislativo N° 727, OBRAS MENORES A 50 UIT.
CARACTERISTICAS ESPECIALES DEL REGIMEN
Eventualidad.- La actividad de construcción es temporal, es decir no es permanente, dura mientras se ejecute la labor para la cual se ha contratado al trabajador.
Ubicación relativa.- Es decir no se desarrolla en un lugar fijo, se ejecuta donde se encuentra la obra, una vez terminada ésta, se traslada para otra obra.
EL CONTRATO DE TRABAJO
Al ser un régimen especial, el Contrato de trabajo es Colectivo, el decir el que anualmente suscribe CAPECO y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú, en representación de los empleadores y trabajadores del Sector.
En esta se dan condiciones de: Prestaciones de Servicios, la Subordinación, y la Percepción de una Remuneración.
Recientemente, mediante Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2014 – 2015, firmado entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y los representantes de la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú, de fecha 24.07.2014 los jornales básicos de los trabajadores de construcción civil nacional, queda establecido de la siguiente manera:
CategoríaJornal 2013 -
2014Incremento
Jornal Vigente Periódo 2014 - 2015
Operario 52.10S/. 3.50S/. 55.60S/. Ofi cial 44.10S/. 2.40S/. 46.50S/. Peón 39.40S/. 2.10S/. 41.50S/.
Convenio colectivo 2014 – 2015Documento firmado: 24/07/2014Vigente : Desde el 01/06/2014 – 31/05/2015
FORMAS ESPECIALES DE REMUNERACIÓN
De acuerdo a los Convenios Colectivos celebrados en la actividad de la construcción y de los beneficios y remuneraciones que en este régimen laboral se aplica, podemos señalar que los trabajadores de construcción civil perciben los siguientes conceptos:
a) Remuneración básica (Jornal Básico)b) Remuneración por los días de descanso: dominical y feriados.c) Bonificaciones: - Bonificación Única de Construcción Civil (BUC) - Bonificación por movilidad acumulada - Bonificación por altura - Bonificación por altitud - Bonificación por trabajo nocturno - Bonificación por contacto directo de agua - Bonificación por especialización y Bonificación por Alta Especialización (BAE) - Bonificación por riesgos de trabajo bajo la cota cero
d) Asignaciones - Escolaridad - Sepelio
e) Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad
f) Horas extrasg) Compensación por tiempo de servicio.h) Compensación vacacional
BONIFICACIÓN UNIFICADA DE CONSTRUCCIÓN (BUC)Reúne las bonificaciones por desgaste de ropa y herramientas, alimentación, agua potable y bonificación por especialización (RSD N° 193-91-ISD-NEC del 21.06.91).
OPERARIO 32% del jornal básico.OFICIAL 30% del jornal básico.PEON 30% del jornal básico.
a.- Se otorga por día efectivamente laborado.b.- Para el calculo, no se considera el dominical ni la bonificación por movilidad.c.- No es computable para el calculo de las gratificaciones ordinarias (Julio y Diciembre).
LEGALIDAD Y CONTENIDO DEL CUADERNO DE OBRA
CUADERNO DE OBRA
El Cuaderno de Obra, forma parte del contrato. Se anotarán situaciones diferentes a lo establecido en los anexos técnicos de contratación. Para el Supervisor, es una herramienta de control. Es el más preciado instrumento para el control del desarrollo de las obras. Reflejará la buena o mala actuación del Supervisor.
CUADERNO DE OBRA
Se considera un documento jurídico, toda vez que forma parte del contrato de obra, al término de los trabajos de construcción el contenido del cuaderno de obra, complementará los términos y condiciones establecidas en el contrato y sus anexos técnicos.FUENTE: Manejo de la Bitácora de Obra, por Roberto Avena Cabrera – Ingeniero Civil – UNAM, Penn State University 1984
CUADERNO DE OBRA
EL CUADERNO DE OBRA:En un cuaderno de obra, cada uno de los asientos es importante. Es posible que muchas notas no presenten consecuencias posteriores, lo cual nunca podremos saber. Por lo que debemos cuidar la elaboración y contenido de todos los asientos sin excepción.
CUADERNO
DE OBRA
A la entrega del terreno se abre el cuaderno de obra, debiendo ser firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor y por el residente, únicos autorizados para hacer anotaciones en él.
CUADERNO DE OBRA.- Artículo 194º del Reglamento
CUADERNO
DE
OBRA
En el cuaderno de obra se anotan los hechos más relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra; así como las órdenes, consultas y las respuestas a las consultas.
El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la entidad.
Anotación de ocurrencias.- Art. 195° del Reglamento
1. Nº de la anotación (la cual es correlativa para ambos profesionales)
2. Fecha de la anotación (día, mes, año)3. Identificación de quien formula la anotación (Residente, Inspector
o Supervisor)4. Texto u ocurrencia. Se considerarán entre las mas resaltantes las
siguientes: Apertura del Cuaderno de Obra Transcripción del Acta de Entrega de Terreno Día de inicio de los trabajos Día de entrega del adelanto directo (de haber sido solicitado) Día de inicio y término del plazo Avances de obra Consultas
Comentario: De acuerdo con la práctica, dado que el artículo no lo señala, la anotación en el cuaderno de obra (a veces denominada “asiento”), tiene la siguiente estructura:
CUADERNO DE OBRA.-
Absolución de consultas Solicitudes de avance u autorizaciones de trabajo Aprobaciones de avance u órdenes de trabajo Ingreso de materiales, equipo, etc. Toma de muestras para ensayo de materiales, etc. Metrados de avance para valorizaciones Generación de adicionales Causales y pedido de ampliación de plazo Términos de obra Recepción de obra y pliego de observaciones (de ser el caso) Trabajos y fin de levantamiento de observaciones Cierre del cuaderno de obra Otras.En lo posible, las anotaciones no deben tener enmendaduras ni borraduras.
FUENTE: Administración de Contratos de Obras – Ing. Miguel Salinas – ICGProyecto Transparencia en las Adquisiciones del Estado – CONSUCODE - Normas para consultoría y Ejecución de obras.
CUADERNO DE OBRA.-
Otras:Levantamiento de observaciones con su Acta respectiva o incumplimiento de las mismas, por parte del Contratista . En una obra por administración directa o encargo, las anotaciones en el cuaderno de obra son similares, debiendo considerarse básicamente las siguientes:
Fecha de resolución de aprobación del Expediente Técnico y/o fecha de firma del convenio para la ejecución de la obra.
Resolución de designación del Residente o Coordinador Fecha de entrega del terreno al Residente o Coordinador Fecha de inicio de obra y plazo de ejecución de obra Informe Técnicos de requerimientos de personal, materiales y servicios de maquinaria y
equipos, entre otros. Los cambios de profesionales pueden ser de Residentes y/o Coordinadores de Obra,
oficializados estos cambios mediante las resoluciones respectivas.
CUADERNO DE OBRA.-
Fechas de aprobación de los Presupuestos Analíticos y de sus respectivas reestructuraciones, si las hubiera.
Informes semanales, quincenales o mensuales de avance físico y financiero de la obra; dependiendo del plazo de ejecución de la misma.
En forma similar deben registrarse las pruebas de control de calidad en la ejecución de la obra, tales como análisis de suelos y concretos, etc.
Paralizaciones de obra y posibles ampliaciones de plazo de ejecución de la misma. Fecha de término de la obra debiendo solicitar el Residente o Coordinador en forma
oficial mediante Informe, la recepción de la misma. Resolución de conformación de la Comisión de Recepción de la Obra. Trascripción del Acta de Recepción de la obra o Acta de Observaciones de la misma. Levantamiento de Observaciones con su Acta respectiva o de incumplimiento de las
mismas.
FUENTE: Comentario pág. 424 del libro El Proceso de Contratación de Ejecución de Obra (Alejandro Álvarez Pedroza y Orlando Álvarez Medina)
CUADERNO DE OBRA.-
1) Pronunciamiento 58-2003-GTN: No pago de Valorización por no contar en C. de Obra dichos trabajos.
2) Opinión 105-2012-DTN: Se anota en c. obra, por lo menos el inicio y el final de la causal, y no es necesario que Sup apruebe cada anotación.
3) Opinión 106-2012-DTN: Se anota en c. obra, por lo menos el inicio y el final de la causal, no es necesario que Sup apruebe cada anotación, anotar en c.obra en la misma fecha en que se notifica el adicional como fin del causal
4) Comentario (Dr. A.A:P): Requisitos de Cuaderno de Obra.
ADMINISTRACION DE
CONTRATOS
Mantener en forma organizada, clasificada y actualizada el registro
de toda la información de la obra, que incluya la documentación del
proceso de selección.
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
DECRETO LEGISLATIVO N° 1017: D.L. que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 04/06/2008.
DECRETO SUPREMO N° 184-2008-EF: Reglamento del D.L. N° 1017, que aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/2009.
Modificaciones:
D.S. N° 021-2009-EF
BASE LEGAL.
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
LEY N° 29873: LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1017 QUE APRUEBA LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, public. 01/06/2012.
DECRETO 138-2012-EF: Modifica el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Pub. 07/08/2012
EL OSCE: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.
DECRETO 80-2014-EF: sus modificaciones.
LEY N° 30225:, public. 01/06/2014
FASES DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
ACTOS PREPARATORIOS SELECCIÓN EJECUCIÓN
• Programación • PAC• Expediente de
Contratación• Comité Especial• Bases
• Convocatoria• Reg. Participantes• Consultas y
Observaciones• Integración de
Bases• Presentación de
Propuestas• Evaluación de
Propuestas• Buena Pro• Consentimiento de
Buena Pro• Desierto• Cancelación• Nulidad• Solución de
Controversias
• Suscripción de Contrato
• Requisitos para firma
• Ejecución contractual
• Conformidades• Pago• Culminación de
Contrato• Contratación
Complementaria• Solución de
Controversias
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO•Dentro de los SIETE (7) días hábiles siguientes
al consentimiento de la Buena Pro, el postor
ganador deberá presentar a la Entidad la
documentación para la suscripción del contrato.
Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes deberá concurrir ante la Entidad para
suscribir el contrato.
• En el caso que el postor no presente la
documentación y/o no concurra a suscribir el
contrato, perderá automáticamente la Buena
Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa
aplicable. •D.S. Nº 138- 2012
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATODentro del Plazo de los 12 dias hábiles
siguientes al consentimiento de la Buena Pro,
debe suscribirse el contrato. Dentro del referido
plazo el postor ganador deberá presentar la
totalidad de la documentación prevista en las
Bases. La Entidad de corresponder solicita la
subsanación de la documentación presentada y
el postor ganador subsana las observaciones
formuladas por la Entidad. Cuando el postor
ganador de la Buena Pro no cumpla con
suscribir el contrato dentro del plazo establecido
por razones justificadas y ajenas a su voluntad
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOA solicitud de aquel, la Entidad puede otorgar
por única vez un plazo entre cinco (5) a diez
(10) días hábiles….
Cuando el Postor Ganador no presente la
documentación y/o no concurra a suscribir el
contrato injustificadamente, según corresponda
en los plazos, antes indicados pierde la Buena
Pro.
D.S. Nº 080- 2014
REQUISITOS PARA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
Artículo 141.- Requisitos para suscribir el Contrato
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro debe presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
1. Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, salvo en los contratos derivados de procesos de Adjudicación de Menor Cuantía y de procesos de selección según relación de ítems,
2. Garantías, salvo casos de excepción.
3. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso.
4. Código de cuenta interbancaria (CCI).
D.S. Nº 080- 2014
VIGENCIA Y PLAZOS DEL CONTRATO
Vigencia del Contrato:
• Desde el día siguiente de la suscripción • CONSENTIMIENTO DE LA LIQUIDACIÓN (Obras)
Plazo de ejecución de obra:
• Desde el día siguiente en que se cumplen los 05 eventos hasta la fecha de término contractual de la obra.
1) Opinión 017-2013-DTN: Declara nulidad de contrato, cuando se verifique la transgresión del principio de Presunción de la Veracidad al momento de la suscripción del contrato, pero no cuando se presenta despues.2) Opinión N°064-2012-DTN: No se puede añadir penalidades despues de haberse celebrado el contrato.3) Opinión 083-2012-DTN: Entidad beneficiada por trabajos efectuados por un proveedor sin seguir las formalidades del proceso de contratación, la Entidad tiene la obligación de reconocer al proveedor el precio de mercado, pero la entidad decidirá si es en forma directa o esperará que el proveedor interponga la acción por enriquecimiento sin causa. 4) Opinión 093-2012-DTN: En el caso de nulidades de contrato de una ejecución de obra, la Entidad puede utilizar el mismo criterio que para una resolución de contrato para culminar la obra.
EJECUCIÓN DE LA OBRA
CUADERNO DE OBRA (ART. 194°, 195°)
Se abre fecha entrega terreno No Legalización
Anotación Hechos Relevantes Solicitudes C/0 direct. Entidad comunicación escrita.
ORIGINAL + 3 COPIAS
¡ ES MUY IMPORTANTE !
Entidad Contratista Supervisión
ProfesionalesAutorizadosFirman toda sus págs.
I ó SResidente
CUADERNO DE OBRA (ART. 194°, 195°)
¡ ES MUY IMPORTANTE !
CIERRA I/S Recepción definitiva obra. Si el contratista no permite el acceso al c/o al I/S, impidiendo anotar las ocurrencias, será causal de aplicación de multa del 5/1000 del Monto de la vaporización por cada día de dicho impedimento.
RESIDENTE DE OBRA
PRESENCIA PERMANENTE Y DIRECTACOLEGIADO, HABILITADO Y ESPECIALIZADO Artículo 185°
Profesional colegiado : Ingeniero o Arquitecto; previa conformidad de la entidad.
Experiencia en la especialidad: = ó > 2 años.
Calificaciones y Experiencias Adicionales Bases que deberá cumplir el Residente en función de la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra.
Representa al Contratista para los efectos ordinarios de la obra.
No está facultado a pactar modificaciones al contrato.
INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRAS
PRESENCIA PERMANENTE Y DIRECTAHABILITADO Y ……………………ESPECIALIZADO
• INSPECTOR: Profesional funcionario o Servidor de la entidad.
SUPERVISOR: Persona Natural o Jurídica. * ¡DEBE ESTUDIAR A PROFUNDIDAD EL PEDIDO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO Ó ADICIONALES DE OBRA!. * REQUIERE PROFUNDOS CONOCIMIENTOS TÉCN ICO – ADMINISTRATIVOS – LEGALES!
Art. 190º, 191º, 192°
FUNCIONES DEL INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA
Art. 193º Velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato. a)Control técnico de la obra: materiales, procesos constructivos, ensayos, absolver consultas, etc.
b)Control contractual: plazos, documentos, etc.
c)Control económico: adelantos, valorizaciones, adicionales, etc.
Facultado a disponer cualquier medida urgente obra.
No tiene autoridad para modificar Contrato.
INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRAART. 184°
El inicio de plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que se designe al inspector o al supervisor.
2. Que la entidad haya hecho entrega del expediente técnico de la obra completo.
3. Entera del terreno o lugar donde se ejecutará la obra.
4. Provea calendario entrega de materiales e insumos, según bases.
5. Entrega del Adelanto Directo, en condiciones y oportunidades establecidas en el art. 187°
Deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del cto.
INFORME DIAGNOSTICO Y
VIGENCIA DEL EXP.
TECNICO
El Supervisor Externo analizará la compatibilidad del Expediente Técnico con la situación real del terreno.
Su elaboración es de carácter obligatorio, por parte del Supervisor Externo.
El Supervisor Externo dentro de los 15 días calendario, contados a partir del inicio de sus Servicios, presentará el Informe Diagnóstico.
La demora en la presentación del presente informe, se aplicará una penalidad del 0.1 % del monto del contrato por cada día de atraso.
SISTEMAS DE CONTRATACIÓNLos sistemas de contratación aplicables a obras están sujetas a lo estipulado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Suma alzada Precios Unitarios Esquema mixto
Es aplicable cuando las cantidades, magnitudes y calidades de la prestación estén totalmente definidas en los planos y especificaciones técnicas respectivas.
Este sistema es aplicable cuando la naturaleza de la prestación no permita conocer con exactitud o magnitudes requeridas.
Este sistema se elegirá si en el Exp. Tec. uno o varios componentes técnicos están definidas y otros no.
Ejemplo: Construcción de un colegio.
Ejemplo: Construcción de una carretera.
Ejemplo: Construcción de una planta de tratamiento de agua potable.
VALORIZACIONES (ART. 197)
A.- Definición.-
Las valorizaciones tiene el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas el último día de cada período previsto en las Bases o en el contrato, por el Inspector o Supervisor y el Contratista.
Cierre de Metrados 1° día Supervisión:hábil Aprueba y tramita
5 d.h.5 10 15 20 25 31 5 10 15 20 25 30
Periodo de ejecución EntidadPaga valorizaciónValorización
Conjunta
conjunta
MAYO JUNIO
REAJUSTES
R = V ( K – 1 )
El reajuste mantiene actualizado el valor del Presupuesto.
Concepto básico es el REAJUSTE y la comparación de Reajuste.
a) Norma General Se reajusta al mes siguiente de la valorización (Art. 49°)
b) Norma para obras Atrasadas Máximo reajuste reconocido= ∑ Reaj. Programados
c) Norma para obras Adelantadas Máximo reajuste reconocido= ∑ Reaj. Ejecutados
Entrega de Adelantos Artº 186
El Adelanto Directo corresponde a un capital, de trabajo que la entidad otorga al Contratista, siempre y cuando las Bases del proceso de selección lo hayan considerado y el Contratista lo solicite.
Este Adelanto puede ser hasta el 20% del Monto del Contrato, incluido el IGV, y se otorga contra una Garantía por igual monto, renovable cada tres meses por el saldo del adelanto por amortizar (Art. 162° del D.S. N° 138-2012-EF )
Obra con Adelanto Directo:
Adelanto Directo < ó = 20% Contrato
Obra con Adelanto Directo
Adelanto Directo (AD): hasta 20% Contrato (C)
Amortización A= (AD/C) x V
Deducción de reintegro que no corresponde
D= AD x V (K – Ka) o su equivalente D= A.D. x V (K -1) C x Ka C KaDonde:
D= Deducción de reajuste no corresponde.
A.D.=Adelanto Directo otorgado sin IGV.
C= Monto del Contrato Principal sin IGV
V= Valorización ejecutada, incluye Factor de relación.
K= Coef. Reaj. De la valorización.
Ka= Coef. Reaj. del mes en que se otorgo el Adelanto Directo.
SOLICITUDContratista
8 días
SOLICITUDContratista
8 días
ENTREGATOTAL
ENTREGATOTAL
FLUJOGRAMA ADELANTODIRECTO AL CONTRATISTA
INICIO DE PLAZODE OBRA
INICIO DE PLAZODE OBRA
NO
FIRMA DECONTRATO
FIRMA DECONTRATO
VIGENCIA DELCALENDARIO
VIGENCIA DELCALENDARIO
APROBACIONy PAGO (7 días)
APROBACIONy PAGO (7 días)
SI
PAGO DAÑOSY PERJUICIOS
15 días
PAGO DAÑOSY PERJUICIOS
15 díasRESOLUCION
CONTRATO
RESOLUCIONCONTRATO
NO
(*)
(*) Siempre que lo prevean las Bases
SI
Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos, deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista.
Entrega de Adelantos Artº 188
Entrega del Adelanto para Materiales e Insumos
SOLICITUDContratista
SOLICITUDContratista
APROBACIONy PAGOEntidad
APROBACIONy PAGOEntidad
CANCELACIONContratista
CANCELACIONContratista
EVALUACIONe INFORMESupervisión
EVALUACIONe INFORMESupervisión
INFORMEde supervisión
a Entidad
INFORMEde supervisión
a Entidad
FLUJOGRAMA ADELANTOSPARA MATERIALES
• Inicio de obra.• Calendario Adq.• D.S. 011-79-VC
• Inicio de obra.• Calendario Adq.• D.S. 011-79-VC
SUMINISTROProveedor
SUMINISTROProveedor
NO
SI
COTIZACIONProveedores
COTIZACIONProveedores
A.- CÁLCULO DEL ADELANTO
Donde:
P = Presupuesto.
Ci= Coeficiente de Incidencia.
Sbo= Saldo Bruto por Valorizar a la fecha del adelanto.
Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.
Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor Referencial
Adelanto Máximo (AM) = hasta 40% Contrato (C)
Monto Máximo = c.i. mat. x Saldo Bruto x FR x ImaAdel. Materiales por valorizar Imo
Adel. Materiales = Materiales Fórmula Polinómica
B.- AMORTIZACIÓN
Amort. = (Mtdo. Mat. Utiliz. X PUm.) x FR x Ima/Imo
Donde:
P. Unit. = Precio unitario.Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor Referencial.Fr= Factor de Relación
Se Amortiza solo en los meses que se usa el material
C.- DEDUCCIÓN
D= Ci x V ( Imr - Ima ) Imo
Donde:Ci= Coeficiente de Incidencia.V= Valorización.Imr= Índice de Precio del elemento a la fecha del reajuste.Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor Referencial « A y D No necesariamente empiezan y terminan juntas»
AMPLIACIONES DE PLAZO
CAUSALES DE AMPLIACION DE PLAZOARTÍCULO 200°
- Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista.
- Atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.
- Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.
- Cuando se aprueba la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiera otorgado.
¡SIEMPRE QUE
MODIFIQUEN EL CAO
VIGENTE!
AMPLIACIONES DE PLAZO, PROCEDIMIENTOART. 41° LEY, ARTS. 200° AL 205°
EFECTOS DE LA AMPLIACION DE PLAZO
GASTOS GENERALES PLAZO CONTRACTUAL
EFECTOS DE LAS MODIFICACIONES DEL PLAZO (ART. 41° LEY, 200° AL 207°REG.)
EFECTOS DE LAS MODIFICACIONES DEL PLAZO (ART. 41° LEY, 200° AL 207°REG.)
EFECTOS DE LAS MODIFICACIONES DEL PLAZO (ART. 41° LEY, 200° AL 207°REG.)
1) Opinión N°090-2011-DTN: No se puede observar las Ampliaciones y Adicionales (Se aprueba hasta donde corresponda)
2) Opinión N°051-2010-DTN: Notificación de Ampliaciones y Adicionales dentro de los mismos plazos.
3) Opinión 107-2012-DTN: Se notifica al Contratista en su domicilio y en el horario que sea costumbre del lugar. No se pronuncia en caso no se encuentre el contratista.
4) Opinión N°045-2011-DTN: Ampliación Automática por excederse del plazo (Ficta). No es necesaria se emita una nueva resolución de Entidad, si se hiciera no tendría validez.
1) Opinión N°027-2012-DTN: Ampliación de Plazo presentada por mesa de parte de la Entidad, debe ser presentada directamente al supervisor.
2) Opinión N°063-2012-DTN: La entidad p/Ampliación de Plazo no podrá adicionar a su plazo los días no utilizados por el Contratista y la Supervisión.
3) Opinión N°014-2014-DTN: La entidad p/Ampliación de Plazo deberá pronunciarse respetando el plazo máximo del trámite, y en el caso de Adicionales deberá respetarse el plazo máximo de la Entidad.
EL RETRASO DE OBRAY LA
INTERVENCIÓN ECONOMICA
DEMORAS INJUSTIFICADAS EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRAART. 205
INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRAART. 206RESOLUCIÓN N° 010-2003-CONSUCODE DEL 15.01.2003 (PUB. 17.01.2003
PRESTACIONES ADICIONALES
PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRA
ADICIONAL POR OBRAS COMPLEMENTARIAS
ADICIONAL POR MAYORES METRADOS
PRESUPUESTO DEDUCTIVO VINCULANTE
Adicionales Menores al 15%
Adicionales Mayores al 15%
Solo procederán la ejecución de obras adicionales cuando previamente se cuente con disponibilidad presupuestal y resolución del Titular de la Entidad y en los casos es que sus montos, por si solos o restándole los presupuestos deductivos vinculados sean iguales o no superen el 15% del monto total del contrato original.
Las obras adicionales cuyos montos por si solos o restándole los presupuestos deductivos vinculados, superen el 15% del monto del contrato original, luego de ser aprobadas por el Titular de la Entidad requieren previamente para su ejecución y pago, la autorización expresa de la Contraloría General de la República – CGR.
CAUSALES DE PROCEDENCIA DE LAS PAO
RESOLUCION DE CONTRATO
RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOSART°. 44 LEY
RESOLUCIÓN DE CONTRATO - CAUSALESART°. 167 Y 168
RECEPCION DE OBRA Y PLAZOSART°. 210
VICIO OCULTO
VICIOS OCULTOS – CÓDIGO CIVIL
LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAART°. 211
1) Opinión N°083-2012-DTN: Enriquecimiento sin causa, entidad consulta con el Area Legal para ver si paga al contratista, o espera que el mismo lo reclame en la instancias correspondientes.
2) Opinión N°093-2012-DTN: Nulidad de Contrato determina que se liquide la parte contratada y cuantificar la obra pendiente de ejecución.
PENALIDADES
Art. 165.-Penalidad por mora en la ejecución de la prestación:
Art. 166.-Otras penalidades:
Se cobra la una penalidad por cada día de atraso injustificado.
El monto máximo a cobrar es el 10% del monto del contrato vigente.
Aplicación automática según la fórmula prevista.
Si se llega a cubrir el monto máximo, la Entidad puede resolver el contrato.
En las Bases se podrán establecer penalidades por mora.
Siempre que sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria.
El monto máximo a cobrar también es el 10% del monto del contrato vigente.
Su cálculo es independiente al de la penalidad por mora.
El segundo párrafo del artículo 48 de LA LEY que señala: “El contrato establecerá las penalidades que deberán aplicarse al contratista ante el incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento”
Finalmente corresponde tener presente el numeral 33 del “Anexo de Definiciones” de EL REGLAMENTO que define a la mora como “el retraso parcial, total o continuado y acumulativo en el cumplimiento de prestaciones consistentes en la entrega de bienes, servicios en la ejecución de obras sujeto a cronogramas y calendarios contenidos en las bases y/o contratos
En todo los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días
Donde F tendrá los siguientes valores
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios y ejecución de obras: F=0.40
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para bienes y servicios = F = 0.25 b.2) Para obras = F = 0.15
MUCHAS GRACIAS!
Ing. Eduardo Mendoza Dávalos