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7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
1/80
Coleccin
Clsicos del Pensamiento
Director
ntonio Truyol y Serra
Marsilio de Padua
El defensor
de la paz
Estudio preliminar traduccin notas de
LUIS M RTINEZ GOMEZ
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
2/80
TITULO ORIGINAL:
Defensor Pacis (1324)
Reservados todos los derechos. Ni la tolalidad ni
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de Editorial Tecnos,
S.A.
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Rafael Celda y Joaqun Gallego
lmpre5in de cubierta:
Grficas
Malina
Estudio preliminar y notas e) Lurs
MAR
ri;-,r l lml l / , 1
ii''
S
EDITORIAL TECNOS, S. A., 19W)
Josefa Valcrcel, 27 - 28027 Madrid
ISBN o 84-309-1672-5
Depsito Legal:
M-44784-1988
Printed in Spain. l m p r e ~ o en - . < ~ p a f i a por A7also. Tracia, 17 - r...tadrid.
INDICE
PRESENTACJON
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pg.
XIII
ESTUDIO PREI.JMINAR XV
Bibliugraf"a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XL V
EL
DEFENSOR DE LA PAZ
PARTE
P R I ~ E R
Cap. l. DEI PROPOSr O SUMARIO DF LO QUE SE
VA
A TRATAR, RA
ZN DE iNl"ENTO Y
DIVISION
Dl:.L L BR O
Cap. IJ. Dl:. LAS PR MFRAS CUESTIONES DF
ES
fl:. L BRO: DISTINCIN
\ DEFir-.;I(' N
DL
S (i'\l FICADOS
DE
LA PAI >\BRA REI YO
Cap. IJJ. DEL
ORI(,f.N
DE LA C0\1L'N DAD CIVIL
Cap. IV.
DE lA
CAUSA
FINAl
DE
LA CIUDAD. D STI 'JCIN DE SUS OB
JEI" VOS Y DE SUS
PARTES
FN
GENERAL
Cap.
V. DEL \
DISTINCI'\l
Y
DEFINICIN DE LAS PARTES DE LA CIU
JAD;
Y
DE LA
NECESIDAD
DE
SL.: EXISTENCIA Y
SU
DISTINCIN POR
FL "IN ASIC,NADO POR LA INVENC Ot-; HUMANA
Cap.
VI.
DE
LA
CAUSA FINAL LH:
UNA PARTF DE LA CIUDAD, 1
ASA
CF.RDOTAL, FUND>\DA EN LA TRADICION DI\'IN>\ O
REVlLACION
IN
MEDIATA. PERO IMPOSIBLE DE SER PROBADA POR 1 A RAZN HU
MANA
Cap. VJI.
DE
LAS OTRAS CLASES DE CAUSAS DE
LA
EXISTENCIA YDI S
TI N "IN
DE
LAS PARTES
DE
LA
CILDAD
Y DE LA
DIVISIN
DENTRO
)E
CADA UNA
DE ESAS
PARTES, SEGUN
DOS MODOS
QUE HACEN
A
NUFS fRO PROPOSITO
Cap. VlJJ.
DE LOS
GNEROS
DE GOBIERNO O RGIMEN POLTIUl:
TEMPLADO Y VICIADO Y DIVISIOt-i DE SUS CLASES
Cap. IX
DE
LOS MODOS DE INSTITL"JR 1 A
M ~ R Q U
REGIA Y
DE
FINICJC)N
DE
SU
PERFECCIN. MODOS
T
A\HIIN DE INSTITUIR
LOS
OTROS REGMENES O HlR\1AS DE GOBIERNO. 1 AS TEMPLADAS Y LAS
VICIADAS
3
9
11
14
7
25
30
32 '
34
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VIII INDTCH
Cap . X.
0F
LA D SJT"JUN Y DU lr-lCJN DF 1 OS
SIGNitICADOS
flr_
LA
PALABRA
l EY Y SU
PROPSIMA
ACf.PCIO:--J cor-..FJRM.\DA
POR
NO
SOTROS
Cap.
XI . DL LA N E C E ~ I D A D
DE D ~ R LI::Yfc; TOMADAS EN
S ::'NTII)O
PROPiSI\10,
Y
QUE NINGUN
GOBCRNA"''TL, POI\ VIRTL-0">0 Y
JL
5
ro
QL'E SEA, DEBE GOBERNAR SIN LEYES
Cap .
XII . DE
LA
C A U ~ A EFICIENTE
DFMOSJ RABLE
DEl
AS LLYES HU
MANAS Y
DE
AQUJ.LA QCE NO
PUl
DE F\ ' DLNC lAR
SE POR D E M O ~ -
TRACIN; LO
QUE
EQUIVALI: A INQL'JRIR :SOBRE EL LEGJ:.LADOR. lJE
DONDE APARECE TAMBIN QUE POR
1 A SOLA El ECCIO:-.J,
511': OTRA
CONFIRMACIN, SL
DA
LA AUTORIDAD
A
:\QCL QUE SE
ESTABLE
CE
POR
FLECCIN
Cap.
XI I I .
DE
ALGUNAS OBJECIONlS A LO DICHO E J I:L
CAP1ULO
PRECEDENTE
Y SCS REFUTACIONES. UNA l\1S AMPI lA EXPOSlC
I:-,
rAN ro L:r J C05 \5 COMO
PERSO
NAS. Y A
QLJr-.
CORRL':>PO:-.JDA SL APLICAClOr-.-
Cap.
X
DL Al GL NOS SIGNOS, TFST \toNIO"> Y U L : ~ l P L O S .
TANTO
DL
LA CANNICA C O ~ O Dl LA H U ~ 1 - \ N A lSCRITlJIL\ , (01 \
1
OS Ql:F SF
'-1UESI RAQUE ES\
~ J W D F R O
1 O
ONCl
U IDO LN l :L CAP.
IV
DL l::,
T
PAR-lE
Y
EN
LOS CAPS. V Y \111. IX Y X DE 1 A \t Sl\IA /\CERC 1\
DEL
ESTADO DE LOS
OBISPOS,
Y
E: .J GLNLRAL
Dl LOS ':>-\CEIWUJ
FS.
Y
POR Q J CR S-10
OISTING\JI SU ESTADO,
S
DECIR. DE
POBRE
Z.\, DEL ESTADO DE LOS PRINCIPLS \ GOHFRr-,.-\NTFS
Cap.
XII.
DE 1
A
DISTII':C l'
ESTUDIO PRELIMIN R XXI
D.P.,
1 1,6 *. La conducta y accin a la que le mueve
quedar, en buena verdad, civil y eclesistica, justificada.
La cuestin central es el poder, tanto el civil como el
eclesistico. Marsili o quiere decir a Luis, al que no escati-
ma alabanzas de rigor, que tiene derechos que
usurpa
el
Papa y
lo enciende
para
que pase a
la
accin, con lo que
arrancar o
cortar la
raz
de
donde
proceden
los impedi-
mentos
de la
paz en
su reino e
imperio.
La duplicidad de
poderes supremos desgarra las
provincias
y los hombres
y provoca enfrentamientos blicos que
constituyen un
es-
cndalo
para
la
cristiandad.
La Primera
Parte trata
de la
sociedad civil. Pero en ella se ponen las bases para la Se-
gunda
Parte,
que
toda
ella es una reflexin y doctrina
sobre la realidad eclesistica. Ya en la
Primera Parte,
al
final, hay una alusin y esbozo de doctrina en torno al t-
tulo que se atribuye el Pontfice romano de la plenitud
de potestad. Y en esta Primera Parte, civil, entra ya en
consideracin la parte o estamento sacerdotal como inte-
grante principal de la sociedad civil. En la concepcin de
Marsilio opera la visin medieval de la cristiandad como
un
todo,
que imbrica
a los dos
rdenes, el
civil
y el
ecle-
sistico.
Por
este
lado es ~ l r s i l i o acentuadamente
medie-
val. Su fin es distinguir
y
sealar los lmites precisos a
lo.s
dos rdenes y poderes, no
suprimir uno de
ellos ni inde-
pendizarlos, sino
armonizados
y hasta fundirlos en cier-
to modo en
una
grande y
superior
unidad.
LA SOCIEDAD CIVIL
La Primera Parte se apoya en Aristteles, como era obli-
gado en el tiempo Toms de Aquino, Gil de Roma, Dan-
te , en los ocho libros de la Poltica, y siguiendo sus pa-
sos desarrolla Marsilio el origen de la sociedad humana,
su estructura y su culminacin en el prncipe, legislador
Las referencias al texto deben entenderse as:
D
P., I, I,6 quiere
der.:ir
El
Defensor de l paz,
parte I, capitulo I,
6.
-
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XXII LUIS M RTINEZ GOMEZ
y la ley. Siguiendo a Aristteles distingue seis partes de
la
ciudad,
tres principales, sacerdotal, militar y judicial,
y tres inferiores, agricultura,
artesana
tesorera
D. P.,
l, V,l).
El orden o mundo religioso entra
con
derecho y
a la cabeza de todo; Marsilio considera
que
aun ms all
del
orbe
cristiano, entr e los gentiles,
imaginan
las gentes
dioses e infierno, con que apoyan la voluntad para el bien
D.P.,
1 V,ll
ss.). Para el mundo cristiano, aun dentro
de la sociedad civil, son de conside rar las dos esferas la
natural y la sobrenatural D.P.,
1
1V,3).
a r e c i d a m e ~ t e
a los griegos,
Platn,
la sociedad
humana
se
compara
en
Marsilio a la
estructura
y
funcionalidad
de
un animal
D. P., 1
Il,3)._De
ah
va a sacar smiles iluminadore s pa-
ra
la comprens10n de la vida social. Los
rganos
estn en-
tre s
ordenados
subordinados; el
centro
principio de
la
organizacin
de las
otras
partes es el
corazn
D. P.,
I,
XV ,5).
Organo
principal, y del
que
derivan las dems
partes vivas,
como
del
corazn,
es la
parte
principante,
o
gobernante,
pero
encima de ella,
como
la cspide est
el
legislador y la lev.
Toda la concepcin de Marsilio
gravita
hacia la valora-
cin
prepotente
del
pueblo.
Pueblo
no
es el vulgo, distin-
guido de los jefes o de los letrados o nobles, sino la totali-
dad,
como en
Isidoro
que
comprenda
en
el
pueblo
a los
maiores natu
y a las
plebes).
La funcin primera
es
la de-
terminacin
de la ley:
La
causa primera y
propia
de la
ley es
el pueblo,
o sea, la
totalidad universitas)
de los ciu-
dadanos, o su
parte
prevalen e,
por
su eleccin o volun-
tad, mandando ..
en congregacin .. hacer u omitir algo ...
bajo pena
o suplicio
temporal D. P., 1 Xll,3).
Esta
va-
len liar pars
incluye dos limitaciones en la
asentada
totali-
dad; primero,
por
razn
de la condicin de
ciudadanos,
de los que estn excluidos los nios, los forasteros los sier-
vos y las mujeres
D.P.,
1
ll,4).
Segundo, hay
~ t r a
limi-
tacin
por razn
de las ocupaciones y
preparacin
men-
tal de los
adultos,
>
D. P.,
l,
Xll,3).
Juzgan algunos
que
e ~ t o imprime un
criterio selectivo, cuasi aristocrtico, a
las
audacias
populistas o democrticas de Marsilio. Cree-
rnos
que
la intencin de Marsilio no
es operar
con
un
cri-
terio aristocrtico, sino universal y,
podremos
decir, po-
pulista
en
un
cierto
verdadero
sentido.
La
idea
es
que
lo
que se legisla sea a gusto y con la
voluntad,
lo ms posi-
ble, de todos; lo
que
quieran
todos
ir al bien comn, por -
que
D. P.,
1
Xll,3). Para
el menester de establecer las leyes hay
una
interesante gra-
dacin universalista. Por todos los ciudadanos convo-
cados, el
buscar,
encontrar y
examinar
las leyes; eljanse
todos los var ones expertos y prudentes>> D. P.,
1 Xlli,S),
bien 9ue
todo
~ i u d d n o tiene facultad
para
hacerlo, pe-
ro mas convementemente D. P., l,
Xll,2)
se
har
por la
observacin de los
que pueden
vacar, mayores en
edad
experimentados en las cosas agibles, a los
que
llaman pru-
dentes, ms
que por
la observacin de los de oficios me-
cnicos,
que han
de
ocuparse
de lo necesario
para
la vi-
da.
Hecho
el
trabajo
de lo
que llamaramos
comisin de
expertos, procede la presentacin a
toda
la congregacin
de
ciudadanos,
en la
que
pueden,
todos,
hacerse or en
lo
que les parezca razonablemente>} decir sobre las mis-
mas leyes.
Entonces deben
elegirse de nuevo varones se-
gn el modo dicho antes o confirmarse los mismos,
que
representen a la universalidad de los
c udadanos,
los cua-
les
aprobarn
o reprobarn las predichas reglas en todo
o
en
parte, o lo
har
la misma universalidad si quisiere, o
toda
o su
parte
prevalen e. Despus de
esta
aprobacin
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XXIV LUIS MARTINEZ GOM cZ
las dichas reglas son ya leyes,
y
merecen llamarse as,
no
antes.
Las
que,
previa
publicacin
y
promulgacin, \ :OIIS-
tituyen lo nico de preceptos
humanos que
obliga a los
trasgresores a las culpas y penas civiles (D.P.,
1
Xlll,S .
De una ley as elaborada
y
promulgada, afirma Marsilio,
con
una
inevitable resonancia rousseauniana o
moderna
a cubierto de todo precipitado anacronismo: La ley
d d ~
as, con audiencia y consentimiento de
toda
la
multitud
todo ciudadano
la observar y la
impondr
fcilmente po;
el
hecho de
que
cada
uno
pensar
que
se la ha dado a s
mismo,
y por
ello
no
cabe reluctancia
contra
ella, sino ms
bien la tolerar
de
buen
nimo (D.P.,
l, Xll,6 .
A esta extensin a todo el pueblo de la capacidad de
elaborar y dar las leyes, se oponen diversos amumentos
que
abogan,
como ms conducente al fin, por
la
asigna
cin a una persona
competente
o a unas pocas del come
tido
de
dar
las leyes. La respuesta de Marsilio es doble
primero, que en la multitud estn tambin c o m p r e n d i d o ~
los prudentes
y
buenos; segundo, que aun los menos ca
paces
pueden,
desde su experiencia personal, alegar con
sideraciones sabias
que
perfeccionan la
obra
de los ex
pertos.
EL
GOBIERNO
La segunda funcin
importante
del legislador (el pue
blo) es el nombramiento del gobierno, o creacin de la
parte principante. El
punto
abundante y hasta superabun
dantemente desarrollado por Marsilio es la unidad y uni
cidad
de la cabeza
gobernante,
o reduccin a una nica
cabeza responsable del gobierno. El tema tiene aplicacin
en
la
concreta
coyuntura de los
mximos
poderes del im
perio. Precisamente
trata
Marsilio de
asentar
que
no
pue
de
haber
dos cabezas supremas, lo
que
se traduce en una
reprobacin
indirecta del hecho histrico
concreto
de
un
Papa
asumiendo atribuciones de emperador,
o,
ms en ge
neral, de la per mistin de las potestades eclesisticas
con
las civiles. El caso agudo se
presentaba
cuando
el Papa
IcSTUD/0
PREUM/lVAR
XXV
excomulgaba
a algn prncipe y desligaba a sus sbditos
del juramento de fidelidad y el principe
no
se someta.
El prncipe o el gobernante,
no
es el legislador, sino eje
cutor
de lo legislado o decidido por el
pueblo. Lo
elige
y
nombra
el
legislador, la universalidad de los
ciudada-
nos. Estos, en su multitud, son incapaces de dirigir el go
bierno
directamente y
el
gobernante no
puede salir de lo
preceptuado por el legislador
D. P., ,
XV, 3-4).
Para
ha
cer cumplir las leyes, dispondr de una fuerza armada,
que ser mayor
que
la de
cada uno
de los
ciudadanos
y
de un grupo
de ellos,
pero menor que
la de
todos juntos,
a fin de evitar la
tirania
(D.P.,
,
XIV,9).
Trata
Marsilio la cuestin de los gneros de gobierno;
sigue literalmente la doctrina de Aristteles. Primero, di
visin entre gobiernos templados y gobiernos viciados; tres
en cada apartado; monarqua real, aristocracia y repbli
ca en el
primero,
y tirana, oligarqua y
democracia
en el
segundo (D.P.,
l,
Vlll,2 ss.). La
raya que
divide los unos
de los
otros
es
si
se
inauguran
y
se
conducen con
o sin
asentimiento de los sbditos y
si
miran al
provecho pro-
pio o al de la
comunidad. Mirando
al origen
se plantea
con especial inters la conveniencia o disconveniencia de
regmenes electivos o hereditarios. Para Marsilio, acen
tuando
de nuevo su sentido
democrtico, es
preferible el
electivo sobre el hereditario, y aqu acumula
argumentos
en contra de
su
posicin y los rebate con una tcnica esco
lstica (D.P., , IX,6).
El prncipe ha de revestirse de la ley, que es como su
< forma)> en toda su conducta pblica y la medida de la
conducta para todos.
Si
delinque, si est informado por
otra forma, dice Marsilio, utilizando concept os escolsti
cos, quin Jo mide?
Quin
lo juzga?
La
respuesta es:
l legislador o aquel o aquellos que hubiere designado
el
legislador. Esto cuando la falta es grave o
muy
repetida.
En
delincuencias leves o muy raras, vale ms tolerar
para
no quitar al
gobernante autoridad
ni acostumbrar a los
sbditos a alzarse con facilidad
contra
su soberano. Y aun
mientras se lleva a
cabo el
juicio,
convendr
suspender
el
oficio del prncipe, para evitar la sensacin de la plurali-
-
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XXVI
l UTS M RTTNEZ GOMEZ
dad de gobiernos porque,
aade
Marsilio, no es juzga-
do como prncipe, sino como trasgresor de la ley
D.
P.,
1 XVIII,3).
Marsilio aplica al conjunto social la teora de las cau
sas
tomada
de Aristteles y del uso de los escolsticos. Ma
t e r i ~ l e s
f ? ~ m a l e s son los
hombres
sus inclinaciones
habttos; e f t ~ t e n t e es, para constituir el prncipe, la asam
blea o e l l ~ g t s l a d o r ; para dirigir y supervisar las otras
par-
tes de la cmdad, es
causa
eficiente el legislador humano
a excepcin del sacerdocio
que
viene directamente de
D i o ~
D.P., 1 _
VII, 1-3).
Causas
finales son las
obras que
cada
uno
realiza segn su ofici o, lo
que
de ah resulta
para
la
estructura
del conjunto social
D. P., l, Vl,
10).
El ltimo
captulo
de la Primera
Parte
el 19) parece
a todas luces desplazado de su sitio,
que
sera la Segunda
P a r ~ e o c ~ p a d a con el tema eclesistico. Puede incidir aqu
la htpotests de dos redacciones, una ms breve, donde ira
este.captulo 19, y otra ms larga. En todo caso est aqu
JUstrficado,
porque
es en l
donde
se
apunta
y
desarrolla
la causa de la
intranquilidad,
anunciada en el comienzo
de la obra, a saber, las pretensiones del Pontfice romano
apoyado en su plenitud de
potestad.
Tema que ser ms
ampliamente
tratado al final de la
Segunda Parte.
LA
SOCIEDAD ECLESIASTICA
La _Se?unda
Parte
es, toda ella, un
tratamiento
religio
so, cnst1ano;
argumentos
de razn
no ocurren
sino pocas
veces
apuntalando
o
completando
mayores del silogismo
tomadas
de la Escritura y autores cristianos, Santos Pa-
dres y glosadores de las fuentes sagradas.
EL
PODER EN LA IGLESIA
P r e v i a ~
algunas definiciones,
entra
Marsilio en seguida
en matena, y no para comentar o explicar sentencias co
mtmes, sino
poniendo
todo el peso de su conviccin per _
ESTUDTO PREUMJN R XXVII
son al. Capital
para
l el
tema
del poder. Muchas veces y
de
muchas
formas repetido
despoja
a los
hombres
de Igle
sia de todo poder coactivo D.P., 11 IV,3 y 13); sacerdo
tes, obispos Papa no tienen en este mundo poder alguno
coactivo,
con
potestad
o
facultad
de
mandar,
con
obliga
cin de sufrir pena o castigo el sbdito trasgresor. Con-
trapone los
mandos
humanos a la intimacin de Cristo:
Vos autem non sic; uno es vuestro maestro, voso
tros
hermanos,
es decir, iguales. El mandato y la potes
tad que les da
Cristo
es:
Predicad,
atad y
desatad
los
pecados>> D. P., 11 VI,2); el sacerdote no ejerce los dere
chos de
potestad alguna en
este siglo
D.P., 11
Vll,3);
cualquier presbtero, obispo o ministro espiritual, en co
mn o singularmente,
en
cuanto tales, o colegio de ellos,
ninguna
jurisdiccin tienen coactiva real o personal, so
bre un presbtero, obispo o dicono, o sobre el colegio
de ellos, y
menos
sobre ningn prncipe o
principado,
co
munidad, colegio o
persona
singular entre los seglares
D. P.,
11
1,4).
La prueba
convincente es
que
Cristo
nos
dio ejemplo y su ejemplo es que nunca l ejerci un poder
coactivo sobre los hombres, ni quiso que
lo
ejercieran sus
seguidores
D. P.,
11 IV,3). Esta prescripcin imitadora
o excluyente de poderes tena un reverso en favor de la
libertad. Nadie en la Iglesia est sometido a otro
con
ju-
risdiccin coactiva. En trminos de
vida
social nadie de
suyo es
superior
a otro
con
esa jurisdiccin de efectos ex
ternos, a no ser concedido o estatuido por los
hombres.
La
misma
excomunin, con
tantos
efectos civiles o pbli
cos,
infamia
phlica, disolucin del juramento de fideli
dad y obediencia a sus superiores, no puede ningn obispo
o Papa intimada.
Para
Marsilio todo el orden religioso
eclesistico se mantiene
dentro
de unos lmites rigurosa
mente espirituales. Sabe
que
ningn
mandato
de la ley di
vina puede imponerse a la fuerza, que ninguna trasgresin
de esa ley recibe en este mundo castigo de nadie contra
su
voluntad,
si no implica al mismo tiempo un delito ci
vil; ni forzar a nadie con
pena
o suplicio alguno a la
ob-
servancia de ningn precepto de la ley divina>> ID. P.,
11
1X,6);
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
13/80
XXVIII LUIS
M RTISEZ
GOML7
D.P., ll XXII,4). Puntualiza
Marsilio que las infraccio
nes de la ley divina tendrn su sancin bajo
un
juicio y
jurisdiccin coactiva, pero eso ser slo
en
la
otra
vida
por
Cristo; all con
l se
sentarn
como
jueces los aps
toles, no
ahora.
ESTRUCTURA
La
iglesia se dice 1 del templo, 2 de los que ministran
en el
templo,
3 de los
grados
de la jerarqua, desde los
diconos al Papa. Pero verissime c proprissime, segn
la primitiva imposicin de este nombre por los
que
pri
mero lo impusieron, aunque
no
tan corriente, o segn el
uso de los modernos, es la universalidad de los fieles cre
yentes y
que
invocan el nombre de Cristo D.P.,
1,
11,3).
Por esta definicin
y
por el modo de
entender y
solucio
nar las cuestiones eclesisticas ocurrentes, se evidencia la
tendencia de Marsilio a
apoyarse en
la universalidad, en
la multitud, en el pueblo. En la promocin de los nuevos
ordenandos para
los sagrados rdenes, tratndose de co
munidades
de fieles perfectas, pertenece al legislador
hu
mano, o a la multitud de fieles del lugar, elegir,
determi
nar
y presentar las
personas
promovendas
D.P.,
II,
XVII,9). Resuena
con
nuevo acento el dicho de Rabano
Mauro: Eligat populus, ordinet episcopus D.P., 11,
XVII,IO).
No
busquemos
en Marsilio
muchas
disquisiciones so
bre el origen, historia y
estructura
de la Iglesia. Slo
en
el ltimo
captulo
de la Primera Parte el XIX) recita un
a manera de
credo,
ms teolgico
que
histrico. Su fin es
el
tema
central, el
poder.
Lo
primero
y lo fundamental
es asentar el
hecho
de que Cristo no tuvo ni quiso tener
un poder coactivo. De esta
proposicin
negativa descien
de a la
concreta
situacin de los obispos en la Iglesia,
a la cabeza de ellos
el
obispo romano. El obispo
roma-
no
o su iglesia, o cualquier
otro
obispo o iglesia, en
cuan-
to
tales,
ninguna potestad
o
autoridad
tiene
..
sobre los
otros
obispos o iglesias,
por
derecho divino o
humano,
STU[)JO
PRELIMIN R XXIX
sino la
que
le haya sido concedida por el concilio gene
ral
D. P., 11,
XVIII,S). El concilio, la multitud, el pue
blo incluido
en
l el
estamento
de los sabios y prudentes)
ofrece a Marsilio ms
garanta
de acierto
para
la designa
cin de los
obispos
pastores
que
la decisin de
uno
solo
por muy competente que
sea. Sabe recoge la circuns
tancia de
que Pablo otros
pastores
en
la primitiva igle
sia en tiempo de los apstoles elega uno l mismo, u
otro apstol). Lo justifica as: Verosmilmente de la elec
cin por aquella multitud, se habra producido ... el error
la insuficiencia,
por
la falta de idoneidad de aquella
mul
titud
en
la cuantidad y
en
la cualidad; pues eran
rudos
al principio en muchas provincias>>
D. P.,
ll, XVII, 7).
To-
dava, dando un paso ms, en la marcha progresiva, igual
que los
soldados
eligen a su
capitn,
los sacerdotes eligie
ron a su obispo y los diconos a su
archidicono D. P.,
11, XVII,5).
Despus de aquellos
primeros
tiempos de la
Iglesia, muertos los apstoles o en su ausencia, el modo
convenientsimo entre los posibles a la
humana
conviven
cia de hacerlo fue
por
la universidad de los fieles
en
aquel
lugar o provincia
D. P., 11, XV l,5). En
los tiempos ac
. uales, tratndose de comunidades perfectas, la causa efi
ciente inmediata de esta institucin secundaria ser, o de
be ser, toda la multitud de fieles de aquel lugar, por su
eleccin o voluntad expresa; podra ser uno o algunos, a
los
que
la misma
multitud
hubiere concedido la
autori-
dad
para esta institucin>> D. P., Il, XVII,S). Expresamen
te anota Marsilio
que esta
funcin de elegir distribuir
oficios y beneficios,
no compete
al Papa D.P.,
11,
XXI,
14). Firme es su voz contra los
abusos
que en este
asunto de la
nominacin
de obispos vea en Roma o Avi
n. Como nombrar
a dos obispos
indoctos
que
no
sa
ban siquiera la lengua de las dicesis a las que eran en
viados,
uno
a Lund de Dinamarca
otro
a Winchester
de Inglaterra
D.P., 11,
XXIV,3).
Dos potestades distingue Marsilio
conferidas
directa
mente por Dios al sacerdote adheridas a su dignidad sa
ccrdotal; la po/estas c/avium, para atar o
desatar
pecados
en el sacr ament o de la penitencia la de consagr ar el cuer-
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
14/80
XXX
.U/S
MAR71NEZ GOME7
po
y sangre de Cristo. Las dos
con
vistas a su funcin
misin pastoral. Las denomina institucin primaria o esen-
cial. En ellas todos los sacerdotes, obispos y Papa
estn
igualados. De Dios directamente
no
recibe ninguno una
autoridad especial, mayor o
menor que
la de los dems
sacerdotes. Comunicada a Pedro y a los apstoles, de ellos,
mediante
la imposicin de
manos palabras consagran-
tes,
pasa
indistintamente a
todos
los sacerdotes. Marsilio
sigue la opinin del Maestr o de las Sentencias,
Pedro Lom-
bardo, y de Ricardo de
San
Vctor, segn la cual el peca-
do
slo lo perdona Dios o
Cristo nte omnem s cerdotis
ctionem
D.P.,
11
Vl,6 . El rito de la confesin,
quede-
be seguir o
acompaarse
de una verdad era contriccin del
corazn,
consiste en declarar el sacerdote que el tal peca-
dor ha sido absuelto, o que
quedan
retenidos sus pecados
por Dios. Algo as como el clavario o el carcelero que no
condena
ni absuelve, pero
abriendo
o
cerrando
comunica
o
proclama
la absolucin o la condena D. P., 11 VII,3 .
Ocurre el caso de ver quin juzga al hereje, o de otro
mo-
do infiel o cismtico, dado
que
a los sacerdotes se les ha
quitado todo juicio coactivo en este
mundo.
Marsilio dis-
tingue de
acuerdo
con sus definiciones. Slo al tercer sig-
nificado de
juez
y de juicios le
toca
castigar o corregir al
culpable en
el
fuero externo. La
primera
significacin im-
porta
slo
el
diagnstico, si hay falta o culpa, este
jui-
cio le compete propiamente al sacerdote.
Pero
de suyo por
eso
no
est en su mano castigar
externamente
al hereje.
En las faltas contra la ley divina,
si
no son al mismo tiem-
po trasgresiones de leyes civiles, no hay en la autoridad
sacerdotal poder para ejecutar el castigo. Hay cosas que
prohbe la ley divina y no
prohbe
la ley humana, como
la fornicacin.
Pero
puede la ley humana y civil
penar
la
hereja, el cisma u otra infidelidad como delito civil.
Ha-
bra
aqu, no
un encuentro,
sino una
composicin
de
po-
deres; al sacer dote le
toca determinar si
la tal
persona
es
hereje, a la autoridad civil aplicarle la sancin. En otro
caso,
si no
fuera delito civil,
quedara
el juicio coactivo
reservado para Cristo en la
otra
vida D.P.,
11
X,2 . El
mdico
juzga
de la
primera
manera si la tal
persona
est
ESTUDIO PREliMINAR XXXI
enferma
y de
qu,
y
con qu
remedios
recobrar
la
salud,
pero
no
est
en
su
poder obligar
coactivamente al enfer-
mo a buscar su curacin. Tambin
aclara
el caso Marsi-
lio, refirindose a los leprosos curados en el evangelio por
Cristo.
Cristo
los
cur,
los sacerdotes
declararon con jui-
cio pblico
que estaban curados
D.P.,
11
X,9 .
LA POBREZA
Cuatro captulos de la
Segunda Parte,
del XI al
XIV,
dedica Marsilio enteramente a la pobreza. Podra parecer
un tratado de la pobreza eclesistica desligado de los te-
mas principales de la obra, concretamente del poder. Sin
embargo, van los dos
ntimamente
enlazados. La riqueza
lleva al
poder,
el rico no es humilde.
Si
la codicia es la
madre
de todos los vicios, la pobreza abre las puertas a
la humildad y a la sencillez. Cristo y sus apstoles en es-
te mundo
ensearon
y guardaron el
estado
de
pobreza
humildad>>
D. P., 11 XII,
1 . Cristo dio el ejemplo, lo
dio
como consejo, no precepto,
pero, as lo entiende Marsi-
lio, fue esa doctrina y ejemplo una obligacin para los que
suceden en el oficio del
apostolado
o del sacerdocio.
Los
que les suceden
en el
oficio del apostolado o del sacerdo-
cio deben guardar la
suma pobreza
humildad>> D.P.,
11 XXV
,10 . Marsilio se
pone declaradamente
del lado
de los movimientos de la pobreza que alteraron la paz de
la iglesia y enfrentaron con el mismo Papa a muchos sec-
tores de rdenes religiosas, franciscanos, y otras agrupa-
ciones devotas. La c ontienda versaba sobre la misma prc-
tica de la
pobreza
y sobre el hecho histrico de
si
Cristo
guard
la
pobreza
en su
grado sumo.
A las actitudes ex-
ternas violentas se
junt
la sutileza del discurso escolstico.
La suma
pobreza
se defina como la negacin
absoluta
de
propiedad,
ni individual ni en
comn, ningn dominio.
El
pobre
as vive al
da
y de la limosna. D.P.,
11 XIII,28 .
Este
cotidiano
vivir de li-
mosna,
cumpliendo
literalmente lo de el pan nuestro de
cada da lo tiene suficientemente asegurado el apstol, el
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
15/80
XXXII LUIS M RTINEZ
GOMEL
sacerdote,
porque,
a
tenor
de las norm3> D. P .. 11. XIV,6). La
hiptesis
no
es
qu hace
cuando
la cuestacin
diaria
no
llega, sino qu hace con el sobrante.
No
tirarlo, sino dar-
lo en la primera
oportunidad
a los pobres, a los ms
pobres
que
l.
Si guarda
algo, es con intencin de distri
buirlo en los ms necesitados.
Por
eso ms difcilmente
compatible
con la pobreza
suma
el retener bienes inmue
bles, ni siquiera para deducir de
ah
las rentas
que
pue
dan
aplicarse a las necesidades comunes.
Contrastaba
bien
este ideal de
pobreza
evanglica
con
la realidad de igle
sias, monasterios, edificios, acaso originariamente pobres,
enriquecidos despus superabundantemente por los devo
tos fieles. Una duda salt a la palestra; si Cristo y los aps
toles verdaderamente guardaron esa pobreza suma. Se
opona el hecho de
que
posey lo
que
vesta y
coma
y los
apstoles llevaban
una
bolsa
para
las
l i m o s n a ~
En
esta
cuestin se enzarzaron los unos y los otros hasta decla
rar, los hereje a Juan XXI , porque
defenda
que Cristo haba tenido propiedad de algo.
Como
ejem
plo de argucia a
que
desciende .Marsilio,
se objeta
a s c
mo
puede vender l
pobre
algo si
no
tiene dominio de lo
que
vende o del precio que recibe.
La
dificultad se urge
por
razn de que el
dominio es
inseparable del uso,
cosa
que se concede al
pobre
sin
romper
su pobreza, sobre to
do
en bienes consuntibles. La respuesta,
buena
expresin
de la intencin y agudeza de Marsilio, es
que efectivamente
el uso
puede
separarse del dominio. Cuando vendo lo que
no
es
mo
hago
que
lo
que
antes estaba en mi
poder,
en
los bienes mOS)) usados,
no
posedos),
pasen
al
dominio
de
otro.
El
dueo, hasta
tanto
que
ha pasado
as al
otro,
sigue siendo el donante primero de quien
yo
lo recib
D. P., Il, XIV,20). Uso sin
dominio.
Si me roban,
no
ro
ban a nadie que lo pueda reivindicar
en
juicio coactivo.
Entre el
dominio
del
donante
y
l dominio
del ladrn o
del
comprador
hay
un
espacio neutro, en que la cosa no
es
propiedad) de nadie
y
slo
est en
uso no reivindica-
ESTUDIO PRELIMIN R XXXIII
ble
jurdicamente)
del pobre D.P., Il, XIV, 18). Cr isto ,
los apstoles y las primitivas iglesias observaron esta
po-
breza. Urbano Papa 222-230) es el primero
que
reivin
dic coram iudice derecho sobre fincas y terrenos
que
se
retenan
por
razn de los pobres. Luego
Constantino
otor-
g a la iglesia
romana
autoridad y potestad coactiva so
bre tierras, fincas y muchas posesiones D. P., Il XVIII,7).
EL PRIMADO
Asienta primeramente Marsilio
que
ningn
apstol
es
t
sobre los
otros; cuando se
dice de
Pedro
prncipe de
los apstoles)>, lo
admite
slo
large et improprie
Se im
pone la palabra de Cristo cuando opuso los dominadores
de la
tierra
a sus discpulos, vos autem non sic D. P., Il,
XVI,4). Marsilio tiene sus reservas ante el obispado roma
no
de Pedro, y aun ante su estancia en Roma; ya es raro
que
no
se mencione en los Hechos a
Pedro
en
Roma
du-
rante la permanencia de Pablo all D. P., ll XVI,l6). Des
de luego Pablo
no
es menor que Pedro, y la congregacin
jerosolimitana es ms
que
Pedro D. P., Il, XVI,6). Im-
propio decir
que
Pedro es cabeza de la Iglesia>). Cabeza
de la Iglesia absolutamente y
fundamento
de la fe
es
slo
Cristo,
no
algn apstol, obispo o sacerdote. En ninguna
parte leemos
que
llame Cristo a Cefas cabeza de la Igle
sia, ni
que
la Iglesia
deba
estar sujeta a
l como
a su cabe-
za
D.P.,
II,
XXII,5).
.
En la Iglesia hay desigualdades y hay
jerarquas,
y hay
una organizac in que distribuye a las personas en cargos,
en sitios y funciones cualificadas. Todo esto lo encierra
Marsilio en la expresin institucin secundaria o acciden
tal>
por
oposicin a la
primaria
o esencial
que
cubra
to
dos los instituidos como sacerdotes
hasta
el mismo
Papa.
Si
en esta dignidad esencial no haba grados, en la acci
dental los hay. Pero
habr que
admitir
que
Cristo
no
determin estos grados, ni encomend en particular a nin
gn
apstol
una parcela de la Iglesia o
un
Jugar determi
nado; simplemente les dijo en general: Id y
h a c e d
disc-
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
16/80
XXXIV lUIS ,\4ARTINEZ
GOMEZ
pulas
de
todas las naciones. El reparto y
la
diversidad
de oficios y lugares fue cosa de los hombres, institucin
humana.
Debieron elegir a Pedro los otros apstoles co
mo primero por su edad, o por su mayor fervor en seguir
a Cristo, o ser el primero que lo confes, o porque reci
bi
el
primero el encargo de pastorear ID. P.,
ll,
XVI,6).
Largamente discute y analiza Marsilio la condicin de
igualdad en la dignidad de todos los apstoles. si Pe
dro, por voluntad directa de Cristo, no fue mayor, tam-
poco lo los romanos pontfices sus sucesores. A ms
que se ha de decir que cualquier obispo sucede a cualquier
apstol, no habiendo Cristo ni los apstoles determinado
quin a quin sucede ni a qu parte del mundo es enviado
D.
P., 11 XVI, 13). En el pasaje de Mateo, 16, super han e
petram
Marsilio, apoyado en Pablo, Efesios, 4
y
1
Corin-
tios, 10, lo aplica a
Cristo expresado
en la fe
de
Pedro
D.P.,
11 XVI,2). En
las comunidades
de
fieles ya per
fectas no en las primitivas) la causa eficiente inmediata
de esta institucin y determinacin del presidente o del ma
yor, que llaman obispo o de los menores, que llaman cura-
los
sacerdotales
y de los otros menores, es y debe ser la
universal multitud de fieles de aquel lugar, por su elec
cin o voluntad expresada, o aqul o aqullos a los que
la dicha multitud hubiese concedido la autoridad de tales
instituciones ... y a la misma autoridad pertenece remo
ver lcitamente y privar al tal oficial de aquellos oficios
(D.P., ll, XVII,S).
Si no por
derecho divino, s por derecho
humano
viene
Marsilio
a
reconocer en
Roma
y
su
obispo
una
primaca
dentro de la Iglesia. No lo conecta con el evangelio, ni
con los apstoles, pues
no
se pliega a reconocer en el
Pa-
pa
romano un
sucesor de Pedro.
Tampoco se
apoya en
los privilegios
y
primacas
concedidas por
los emperado-
res, en particular
Constantino
D.P., 11 XVIII,7). El ar
gumento es ms bien histrico e interno. Por de pronto
es conveniente que haya una iglesia principal, que sea, den
tro de la Iglesia, como una ltima instancia de resolucin
y de consejo. De hecho la iglesia
romana
se ha acreditado
por la veneracin de los santos Pedro y Pablo, por su ejem-
FSlVD 0 PRE .IMINAR XXXV
p l a ~ i d a d
por su fe
y
caridad, por los egregios varones,
sabiOs Y
buenos,
que la han
ilustrado,
por su solicitud so
bre
o ~ r a s
iglesias que han acudido a la iglesia
romana
pa
ra gUiarse. Al modo como la universidad de Pars sirvi
de modelo a otras universidades y copiaron de ella
l o ~
es
tatutos y
privilegios.
Se recomienda
Roma
por
la
costum-
bre de su iglesia y para manifestar mejor la unidad de la
fe D. P., 11 XVIII,6; 11
XXII,
ss.). Pero esta principa
lidad no se traduce en autoridad coactiva sobre las otras.
Marsilio
acota
el campo e atribuciones que van anejas
a esa principalidad. No es para definir los pasos dudosos
de la Sagrada Escritura o dudas de la fe. No para someter
a s a los otros obispos e iglesias. No para distribuir ofi
cios y beneficios. No para excomulgar a otro obispo o de
cretar. e.nt:ecticho a pueblos o provincias. Sino slo pa
ra rectbtr mtormes y ver de convocar
por
la autoridad reci-
bida para ello el concilio, ocupar en l el primer puesto,
vigilar obispos e iglesias, pero sin subordinacin. Una prin
cipalidad
y
primado de respeto, de orden y
de
compe
t e n ~ t a
no
de
dominio o mando. Roma estar as por
enCima de las otras cuatro gran des iglesias del orient e An
tioqua, Alejandra, Constantinopla y Jerusalem
D.
P.,
II
XXII, 10). De infalibilidad ninguna palabra. El
Papa
de
Roma
no tiene mayor carisma de la verdad que cual
quie: o b i ~ p o Incluso recoge el caso hist rico de un Papa
hereJe? L1beno, de nacimiento romano
D.
P., 11 XX,6).
La ltnna y definitiva instancia para las cuestiones de la
fe es
el
concilio.
EL
CONCILIO
Slo
el
concilio general
t i t ~ n e
la
atribucin
de decidir en
cuestiones dudosas tocante a la fe, sentidos
dudosos
de
Escritu:a y
junto
con ello lo disciplinar o lo pertene
Ciente al
nto
y otros estatutos u organizacin del mundo
eclesistico
D.
P., 11 XVIII,8). Puntos principales trata-
dos I??r Marsilio son
la
convocacin Y la composicin del
conCilio. L o conv oca
el
legislador humano fiel, no una per-
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
17/80
XXXVI LUfS
MARTfNEZ
GOMEZ
sana particular ni colegio singular D. P., 11 XVIII,S), o
el prncipe con su autoridad D. P., 11 XXI,7). Expresa-
mente se excluye
el
Papa,
dado
que, caso de
estar l
en
falta,
no lo convocara y
hara
lo
posible por
impedirlo
D.P.,
11 XXI,l).
En una
situacin extrema en que falla
el
convocante, por no
ser fiel o
cristiano
el legislador o el
prncipe, se recurre al mismo remedio que en la comuni-
dad
civil; unos pocos prudentes y elocuentes se reunieron
al principio y, sin
autoridad
que se les impusiera a ellos,
ni autoridad suya
para
imponer nada a otros, por
medio
de la persuasin
de esos hombres
ms inclinados
a ello
por naturaleza .. D. P., 11 XXII,l5). En la historia fue
ron convocantes durante mucho
tiempo,
a partir de Cons
tantino,
Jos
emperadores romanos. Al concilio irn los
presbteros y los no presbteros que sean idneos para el
fin pretendido. Marsilio insiste repetidas veces en la inca
pacidad doctrinal de muchos o casi todos los obispos, al
gunos de los cuales l vio que no saban ni expresarse con
arreglo a la gramtica. Por ello, no slo por la represen
tacin que
llevaban de la
multitud
de fieles,
abra
el
con-
cilio a los no presbteros, ms instruidos que los clrigos,
obispos,
sacerdotes
y abades
D.P.,
11 XX,I4).
Natural-
mente no es la multitud
misma
la que
ha
de ir al concilio.
Marsilio establece tres
grados
de participacin; esa multi
tud,
o su
parte
prevalen e parecidamente a la
comunidad
civil), O aqullos a los que por la
universalidad de
los
fieles tal
autoridad
les
hubiere sido
concedida .. de modo
que todas las provincias o
comunidade5
notables, segn
la determinacin del legislador
humano
.. y segn la pro-
porcin en la cuantidad y en la cualidad de las personas,
elijan
varones fieles presbteros y no presbteros ... pero
idneos .. representando las veces de la universalidad de
los fieles D. P., 11 XX,2). La multitud se hace repre
sentar,
pero
no participa,
sera ocioso e intil venir a esa
congregacin la multitud de fieles inexperta .. y se vera
impedida en sus
trabajos
necesarios para la sustentacin
de la vida
corporal.
El concilio puede, y slo l, estable
cer cosas referentes al rito eclesistico que obliguen bajo
pena del presente siglo o del otro, bien que
la
aplicacin
ESTUDfO PRLfMfNAR
XXXVII
de esas penas no es incumbencia de los clrigos, sino del
legislador fiel. A e5te toca, en circunstancias normales,
convocar el concilio y hacerlo cumplir. En ocasiones el
legislador humano fiel es, en la pluma de Marsilio, sim
plemente
el emperador
o gobernante, pero siempre con
la
autoridad
tcita
o
expresamente concedida por
el
pro-
pio legislador. El concilio, por
el
modo como es
convocado
y compuesto, puede bien decirse que equivale a aquella
valentior pars de la
comunidad
poltica.
Caso
de la per-
mistin
de rdenes, civil y religioso lo ofrece palmaria-
mente el
hecho
del concilio, convocado
y presidido por
el
emperador
Constantino en Nicea, con
la
emperatriz
y
oficiales), que sigue las deliberaciones y
toma
a su
cargo
la ejecucin de los
decretos.
Los
pontfices
no lo llevaban
a mal,
esta
ingerencia de la suprema potestad civil en
asuntos
de la Iglesia; ms bien acudan a ellos y les pe
dan normas de conducta D.P., 11 XXI,6). El empera-
dor cristiano) s la suprema instancia sobre una realidad
que abarca a ciudadanos y cristianos, a cristianos que lo
son
en
su
mayora
en
el
imperio, porque
se
admite
y
se
respeta la existencia de judos fieles a su religin. El em-
perador no slo es la
suprema
y ltima instancia
poltica,
social, sino la nica en todo lo qu
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
18/80
XXXV
LUIS
.HARTISE/
GO.\IL/.
tas donaciones o privilegios recibidos de los emperadores;
es la idea falsa de la plenitud de potestad que a s se atri-
buyen los
romanos
pontfices. La raz de e5a idea falsa
que
se
habita
la gente a or y a creer. la va a
poner
en
claro demostrando su sofisma, mxime para los
no
ver
sados en filosofa
(D. P.,
I1, I I, 1
.
En
esos
ltimos captu-
los
gradualmente el
estilo de ~ l a r s i l i o
asume
el tono de
dilogo
parentico
que
culmina
en
palabras
de requisito
ria,
para
que otros,
sobre
todo el emperador electo, ha
gan,
como
l, lo posible
para desarraigar aquella
causa.
Hay alusin
y reproduccin
de las
palabras
de
Bonifacio
VIII
en
la bula
Unam Sancwm,
en
la
que, en virtud
de
la plenitud de potestad poseda por Cristo, conferida a Pe-
dro
y a sus sucesores,
declaramos,
decimos, definirnos
y
pronunciamos que
tener
que
someterse
toda humana
criatura al romano pontfice es de necesidad para la sal
vacin>> (D. P., 11, XX,8). Esto implicaba que todos Jos
prncipes y pueblos
le
estaban sometidos al Papa con ju
risdiccin coactiva, como proclamaban
otras
d e c r c t ~ l e l
oligrquicas
ID.P.,
JI,
XXV,l5).
No
le
toca
al
Papa
romano ... dar leyes o decretales que obliguen a nadie a
la pena. Pero de hecho atentaron alguno>,
obispos roma-
n_os darlas
y
promulgadas,
aunque indebidamente,
tanto
en la
m i ~ m promulgacin,
corno en las leyes misma-,,
usurpando
la jurisdiccin de los puehlos y de los prnci
pes,
sobre
todo
durame
la vacante de la sede imperial
(D. P., 11, XXV,9).
El interregno,
como
en el ca. >o
de
Luis
de Ha
viera, . .e
prolong
durante ao;;,.
Podra
parecer x-
traflo
que
el pontfice romano se hiciera
cargo
del imrc
rio en ese
tiempo intermedio. Parecer
meno :i ii
se
piensa
en
la idea
de
la
unidad
de la cri-,tian dad medieval; falta
del emperador, sobre todo en Occidente,
era
el
Papa
ia
cabcn-t visible del imperio. As s
haban atribuido
la su-
cesin del emp(._ rador
durante
c:..a
\ < : ~ c a c i n ,
con todos
sw
derechos, el derecho de in itituir, destit uir y
deponer
del
principado
... El que tiene la
autoridad
primera
de
revo
car
la 'cntcncia
de cualquier
prncipe o juez, tiene
sohrc
t:l jurisdiccin
y
prin..:i rado
COJ.CI i\ ()1)
(D. P. II'
XX V. 18).
]\;o hasta decirlo, l vlar iilio
recurre
al di;logo exhortatoritl.
FSTUDW PRELIMINAR XXXIX
como una voz de alarma: Como pregonero de la verdad,
clamo valientemente y os digo a vosotros, reyes, prnci
pes, pueblos, tribus y a
todas
las lenguas, que
con
esta
escritura
Pastora/is cura
de Clemente V contra Enri
que VII) se os hace un gravsimo perjuicio D.P., ll,
XXV,l7),
En ese
tiempo intermedio
de
la
sede imperial
vacante,
que
por
voluntad
del
pontfice
romano,
dura-
ra
perpetuamente, rinden
a l como a emperador el ju-
ramento de
fidelidad
y
percibe
todos
los
tributos y dems
servicios.
Solapadamente
se
atribuyeron la autoridad
de
interpretar la
ley evanglica,
de disponer,
tanto lo refe
rente al
rito
eclesistico, al culto divino, como a los mi
nistros, en lo
tocante
a
la
institucin
inseparable
esencial,
como a la
separable
y accidental D.P.,
ll,
XXIJ,20).
Mirando
al espacio
interior
de la Iglesia, las voces
de
Marsilio
no son
menos crticas
y
encendidas; su base,
el
abuso en la atribucin y uso de la plenitud de potestad.
Confunde
y devora a las ovejas, a las que tena que ali
mentar. Se
queda
con las
mandas
y limosnas
dadas
para
la
cruzada; bloquea
los bienes
de
los intestados; no
obra
apostlica, sino diablica,
porque
este
obispo (romano)
con los suyos, con su pal abra, con su escrito y con su
obra,
son guas, para los
que
los creen, para la
gehenna
del fue
go y
la hoya
de los
condenados
para siempre.
Roma,
o
la curia pontificia,
es una
plaza
de
mercado
de
b e n e f i c i o ~
e
investiduras, casa
de
negociacin y
Jos que pasaron
los
dinteles de esta
horripilante
cueva
e ladrones
.. vieron
que
era
un
receptculo de malvados
y
n e g o c i n t e ~
(D. P.,
11, XXIV,
16),
donde
los
bueno\,
que
no
compraban las
prebendas,
se consuman de
esperar
y marchaban con
las
manos vacas. Se
amparan
con la excusa de
que
defien
den los derechos de
la
esposa de
Cristo, cuando
lo
que
le
hacen es injuria; la verdadera esposa est en defender
la fe
con
fidelidad, la
doctrina
y
las
costumbres
(D. P.,
ll,
XXIX, 1), Abuso tpico de
parte
de los pontfices
romanos es el eximir on leyes oligrquicas a fieles cris
tianos de las leyes de los prncipe i, con lo
que derivaban
para
s todor.; sus
emolumentos.
Esta exencin se alarga
b
fcilmente a grupos o asociacionc-; piadosa:.;; de hecho
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
19/80
se hizo
con
los
alegresn
gaudentes),
beguinos, templa-
rios,
hospitalarios
los del Alto Pa"'
D. P.,
11, VJIJ,9).
Incluso
hacan
clrigos de
tonsura aseglare" que
se c s ~
ban
con la intencin
de no
tomar una segunda mujer. To-
do
para
restar
sbditos
al prncipe.
Hecho
triste
es
que
los
Papas
romanor.;,
dueos
de esta
dos convertidos
en
seores
que haban
de
competir
con
otros seores
civiles
con el mismo emperador,
necesita
ban destinaban aquellos bienes temporales a sostener sus
ejrcitos. A sus guerreros los trataban como cruzados, ab
solucin
de culpa pena
en un determinado tiempo. A los
adversarios
se los consideraba como enemigo-s de la ruz
de Cristo,
como herejes;
despojarlos
)
exterminarlo'>,
un
bien. Se recoga tambin el donativo que
un
impedi-
do
de
ir a la guerra daba a otro que le
sustitua
(D.P .
11, XXVI,l6). Marsilio echa mano de la invectiva del evan
gelio, ciegos guas de ciegoS>> D. P., 11,
XXVI,
13). Apli
ca
al Papa
el
smil
de
la e':ltatua de Nabucodonosor.
l\1
recorrer
sus miembros
van describindose
los
pecados
e
iniquidades de la curia
romana;
la
piedra que
cae del
mon-
te da
en los pies derribando la
estatua
es el rey de roma-
nos, Luis de
Baviera,
al que
le insta
de
nuevo
a no
plegar-
se a las exigencias de
Juan XXII.
El
tono sube de punto
y ya no son argumentos, sino gritos los que profiere
Mar-
silio en estos finale5 de su obra, lo que pone,
una
vez mr.;,
en claro que su intencin desde
un
principio era tanto o
ms
prctica)'
poltica que
doctrinal
especulativa.
Qu
hijo,
\'iendo a esta
patria
o madre
tan
deforme y lacera
da,
podr callar y
contener
el grito contra los que
injusta-
mente
la arrastran v
laceran?
D. P., JI, XXVI,J9). \ lar-
silio protesta que no quiere tratar como vnemigos, sino
como hermano-, y padr,;-, a los que combate. slo
quiere
ayudarlos
a volver al
buen
camino. A los cualc-, se di i-
gen estas palabras, no como a enemipo-;, imoco a Dio :l
como testigo sobre mi
alma
mi
cuerpo,
"ino ms hicn co
mo a
padres
hermano> D.P., ll ,
XXV ,7).
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
20/80
XLII l.UIS MAR71NloZ
GOME7
La
excusa era
evitar
la eleccin
de
un hereje. Ms garan-
ta para ello, objeta Marsiiio, los siete electores, de los que
tres son arzobispos, tan cristianos como l, cuatro dig
natari os selectos, ms fcil se engaa uno que siete (D.P.,
11, XXVI,9).
Por el
momento
es el
rey de
romanos,
emperador,
el
blanco de los
ataques
del
obispo
romano. Pero prevalin
dose de la
supuesta
plenitud de
potestad, amenaza
a to
dos
los dems prncipes cristianos; aquella
potestad,
en
el sentido de Bonifacio VIII,
no
conoca lmites. Va len
tamente hacindose dueo de todos los principados
D. P.,
11, XXVI,
15). La tctica es bien
conocida.
De
inmediato
retrasando
e
impidiendo
la
aprobacin coronacin
del
emperador,
con miedo de perder los privilegios conce
siones usurpada s D.P., 11, XXV, 16). Luego, aprovechan
do la sede vacante para urdir contiendas de los sbditos
contra sus prncip es de los prncip es entr e s, para que,
recurriendo a l la parte ms dbil, al final
todos
vengan
a someterse a l (D.P.,
11,
XXVI, ; XXVI,S,
13
14).
No slo contra los prncipes van los
ataques
del obispo
romano.
Tambin
son alcanzados los electores. Si al fin
interviene, y conclusivamente, el Papa, estn de ms los
electores. Igual autoridad le podran
dar
al electo siete bar
beros o siete legaosos
D. P.,
11, XXVI,5). Y todava pro
testa que
no
quiere
causar
ningn perjui cio a dichos elec
tores,
como
el que le est
sacando
a
otro un ojo
y le dice
que no quiere hacerle ningn
dao
D. P., 11, XXVI,6).
Muestran los pontfices poca memoria. Porque en realidad
de verdad cuando los pontfices confieren la investidura
y la coronacin al prncipe, ello implica una renuncia
por
parte de los tales prncipes, del
emperador
en cuestin.
Fueron ellos, Constantino y otros, los que dieron a los
Papas
aquellos privilegios y poderes, luego
eran
suyos.
Marsilio no quiere seguramente decidir
aqu
la cuestin
de iure
si
la
tenan,
esa potestad, al darla; aparte de la
historia, para Marsilio es claro que esta prerrogativa, que
toca
al fuero externo maneja
poder
coactivo,
no puede
ser atributo de la autoridad espiritual, sino de la tempo
ral y civil. Fue una renuncia
D.P.,
JI, XXV,9). Y esa
LSTUDW PREUM/ ;AR XLIII
potestad exte rior civil de los prncipe s con la conducta
de los Papas
queda
por necesidad anulada (D.P., 11,
Vlll,9). Pecan de ingratitud a ms de su injusticia. Les
aplica Marsilio la fbula de la culebra calentada en el se
no D. P., 11, XXVI, 12 la parbola de la mota en el ojo
la viga D.P.,
11,
XXVI,l2).
Parece
poner
el comienzo
de estos abusos en Simplicio 1 468-483), que prohibi reci
bir la investidura de un laico. Lo dems lo hizo la codicia,
la avaricia, la
soberbia
la ambicin D. P., 11,
XXV,
7).
Y para
adelante
previene Nlarsilio contra la
desmesura
de los pontfices que ir a ms.
Forzar
a llevar a l
todos
los contenciosos de los prncipes. A los
que
se resisten los
perseguir con anatema s, blasfemias, excomuniones sen
tencias de privacin de las temporalidades, y absolver del
crimen de homicidio a los que los
maten,
con un
perdn,
dice Marsilio, falaz, y los perseguir con empeo malig
no protervo D. P. 11, XXVI,S). Pero stos, los que gue
rrean del lado del Papa, no son militantes de Cristo, sino
pgiles del diablo, mientras l se dice vicario de Cristm,,
que no lo es (D.P.,
11,
XXVI,l6). Desligar del juramento
de fidelidad a los prncipes, obedecer a este obispo, es cor
tar la raz de
todos
los principados ruina de todo (D. P.,
11, XXVI,
13).
Abogando por la
causa
del emperador, nota Marsilio
el comienzo de los supuestos derechos del
Papa en
lo re
ferente a la institucin del emperador. Tiene una raz pia
dosa, a saber, el ruego de los emperadores electos para
obtener del Papa una bendicin y oraciones
para
bien de
sempear su cargo. Esta gracia fue concedida a Cario
Magno a Odn l con asentimiento de
todo
el clero de
todo el pueblo romano D. P., 11, XXV,9). La aprobacin,
bendicin coronacin se conservaron como costumbre
que los pontfices romanos erigieron en ley. Marsilio no
se cansa de repetir en diversos
momentos
de su obra que
basta
la eleccin
rectamente
hecha, sin otra aprobacin,
bendicin o ceremonias cualesquiera,
que
dan solemnidad
al acto. para entrar el elegido en el disfrute y justificacin
de sus derechos.
El
capitulo XXVII
de la Segunda Parte contiene
hasta
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
21/80
XLIV
LUIS MARTINEZ GOMEZ
42 objeciones contra la doctrina expuesta
anteriormente
y se suman a ellas las que se propusieron ya en el tercero
de la misma Segunda Parte que consideraba, para recha
zarlo, el poder coactivo de los obispos, sacerdotes y, en
cima
de ellos, el
Papa.
Argumentos
teolgicos,
Escritura
y
Padres
o autores notables, y
argumentos
de
razn con
una premisa o supuesto teolgico. El
XXVlll,
XXIX y
XXX, los ltimos captulos de la
Segunda
Parte, se dedi
can
muy
por
menudo
y
con arte
lgico-escolstico a refu
tar todas esas objeciones.
El
poder
(coactivo) de
obispos,
Papa y sacerdotes, la
plenitud de potestad del Papa, era el tema y el motivo ca
pital de Marsilio al redactar esta obra. El poder y la ri
queza como conglutinada
con
el poder (rechazo de toda
propiedad), son los polos o el eje de
todo
el pensamiento
de Marsilio. Una idea, para muchos, ex agerada de la con
dicin espiritual de la Iglesia, en sus ministros. A la re
pulsa de los abusos que experiment l en la curia
papal
y
de los
que no
sali
personalmente
indemne, se
junt
la
atraccin del poder civil, Luis de Baviera, por el que opt
con
las consecuencias polticas y eclesisticas de su com
promiso. Sin duda no
tuvo
ocasin o
voluntad
para ver
los lados
oscuros
de la parte
abrazada.
Su raz, la con
cepcin regalista de la funcin del
poder
civil
en
la socie
dad cristiana. De una posibilidad de sociedad
no
cristiana,
despus del perodo
romano
de persecucin, o no gober
nada
por un prncipe cristiano o en
una
sociedad pluralis
ta
tolerante o con libertad civil religiosa, no tiene apenas
nudn. Es
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
22/80
XL
VIII
LUTS MARTTNEZ GOMLZ
-;
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
23/80
PARTE PRIMERA
CAPITULO 1
DLl
PROPOSITO SUMARIO
DE LO QUL
\ A/ \
1 R ~ T A R
RAZO'I DEL ll"TEI"TO Y DIVIS O:-.
DEL
LIBRO
As(, a
todo
reino ha de ser deseable la Jranquilidad, en
fa {u.allos
pueblos
progresan y se
aser.:ura
ia utilidad de
fas
naciones.
P le.5
sta
es
la
madre
hermosa
de las
bueJWs
arres. Esta, multiplicando, con una sucesin renovada, el
gnero de los mortales, ensancha sus dominios y apura
sus
cosrumbres. Y c e mUestra ignorante
de
lan altas cosas
quien
no
se
ocup
nada en buscartas
1
Casiodoro en la
primera de
su-;
carta>, en el p a ~ a j e citado, expuso las ven
tajas y frutos de la tranquilidad o
pat
de los regmenes
civiles, queriendo, al poner en stos, como los ms pre
ciadm
bienc i o d J1rm Grrn. 1/ism r - - u n u ~ .
, 1 Aurl. Anl Xll U.
=
.Jo/J.
22 21.
l
Le
2,
14.
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
24/80
4 l RSlLJO
Uf:..
P DU
paso la paz a ~ u ~ d i ~ d p u l o s Vino Jess y se pusn en me-
dio de os discipu/oy y dijo: La paz a o.oso/fos.
En
Mar
cos
J cs
dice, e x h o r t n d o l o ~ a rener paz entre ellos m i ~ m o s :
Ha}"a paz emrl? vosolros i\i slo que la tu vi.::ran entre
ello>, ~ i n
o
les
enseaba que la desearan para los otros.
De
donde
en
\1ateo:
Y
emrando
l?n
la casa, .w udadfa dicien-
do: Lapa::.
a esw o s a ~ Este es el legado que, echndo
se
encima
el
tiempo de pasin y muerte, les dej en tes
tamento a
sm
discpulos, dicie-ndo por Juan:
La paz
os
dejo,
mi
paz os
doy .
Y a su ejemplo, como
c u m p l i d o ~
herederos e imitadores suyos,
lor;
apstoles la desearon pa
ra aqullos a los que,
por
medio de sus canas dirigan
enseanzas y amone'ilaciones, sabiendo que son excele-n
tes 'rutm l o ~
de
la paz, tal como, trado de
Job
explin':>
m . ~
largamente Casiodoro.
2. Pero
c-omo
los contraras originan los contra-
rios
8
,
de la
dic
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
25/80
6 \fARSJL/0 DE P4DL-' 1
ler.ableememc
peca,
ingrato, sabiendo
y
pudiendo
esto, lo omite, se
gn
testifica
Santiago
en su epstola cannica, 4.
o, cuan-
do
dice: En
e
que
sab-e
hucer esre ben y no lo hace, es
pecado
11
Pues
de
otra manera
no se
quebrantar
com
pletamente
esta malicia comn
enemiga del gnero huma-
no, ni ~ e c a r n lo>
frutos perniciosos
que hasta ahora
ha producido,
.i
antes
no
se la
pone
al descubierto
y
se
im)lllgna la
maldad de
su causa
o raz.
Porque por
este
eami 10 r
no por
o: ro puede abrirse
paso franco
al poder
coa.:::tivo de
l o ~
prncipes
para derribar
finalmente
a
loTJ
y remedio de
lm oprimidm,
ra
dbuadir
a los o p r e ~ o r e s
con
enmienda de su error,
para
inquietar
a l o ~ que lo
permiten
debi-endo
ponerle
r.;me
dio.
y
mirndote
a
ti
como
singular
minhtro Jc Dim que
ha
de llevar esta
obra
al
trmino quc dla
espera o b 1 ~ n c r
de fuera,
para
ti,
inditsimo Luh, emperador de roma-
nos, a quien
por
la
antigedad
de la sangre y herencia y
no
mellO'>
por
la singular y
heroica
condicin y preclara
11
S
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
26/80
S .-HARSJUO
Dl:
}';1/JU,-
viltud .5e ha impreso y comolidaJo un e:do de: extirpar
las herejas, de defender la catlka ve-nlud y fomentar y
guardar
toda
otra >ana doctrina, cortar los vkio,,, propa
gar d cult1vo de
la virtud,
extinguir las
contiendas, difun
dir )' promover
la
pa y la
tranquilidad p(Jr
doquiera,
p u ~ e por escrito la suma
Je l a ~
reflexiones que ~ i g L J e n d e ~ -
p u ~
de un
tiempo de
diligenle y
mema
investigaciim, pen
sando que de ellas se seguira alguna ayuda a tu vigilallte
majestad,
OCLLpado Cll proveer a Im
fallos
dcscri1os y a
lm que puedan
ocurrir
y a las de
mi. humanas.
R. As
qu :
dividir en tres Parte> d a ~ u n t o propues
to por
mi.
En la
prim..:ra dcrnosrrar
el
intento por
la.. ,.as
encontradas por el
ingenio humano,
con
proposiciones fir
me-;, ck por s evidentes a toda mente de naturakza
no
t.:urrompida por la costumbre o por
La
p a ~ i n
descarria
da. ~ 1 1 la
\egunda,
lo que cre
haber
demostrado, lo con
firmare
con
t c q i m o n i o ~
de la verdad de validez eterna,
con l a ~
a morid a des
de: l o ~ > . a n t o . ~
i1arprctes de
elLas.
y
tam
bin de
o t r o ~ probadm
docwrc:s dentro de
la
fe cristiana:
ele modo que el libw e
m i ~ -
mu, ~ i n n c c ~ i d a d de
apoym
pmhatorios forncm. k
aqu
tambin impugnare las tal sed a
o p u e ~ t a ~
a mis a
-;er
lOS y deshar l o ~ ~ , f i > I I l a > que J o ~ ..:untraUicen ;011 sus
lucubraciones
.En
IJ :er;crd int'enr a l g u n a ~ ; : : o n c l u ~ i l l l l : :
o scntencas
p r o i ~ t a s
de
certeza
evidente,
deducidas
de
lo antes declarado
y
mximamente
tiles para ser obser
vadas, tanto
por
los gobernante,,
como por
los
sbditos,
cada una de
estas partes
la dividir en
captulos
cada
captulo en dertos prrafos, mas o menos numerows se
gn la_ e x t c 1 1 ~ i n del
captulo, y seni
su e ~ p c c i a l u t i l i d a d
a
ele
estas diYisioncs.
el
que
~ c a
fcil
encontrar
las cues
tiones a las c u a l e ~ ~ c r n remitidos lm lectores de este li
bro, de los ase-rto> posteriores a los precedentes. De-lo que
: -
cribir
la tranquilidad de
la
ciudad o del
reino, 110
~ e a que
por
la muhipllciclad nombres se origine en e ~ t c
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
27/80
1
ID ;\4ARSfr
lO
DE
PADUct
alguna ambigedad, -conveniente no ohidar que
lapa
labra esta, reino, en
una
de
>us
significaLiones 1mpo1ta
pluralidad de ciudades o provincias c o m p r e n d i d a ~ bajo
un rgimen; segn esta acepcin no difiere reino de ciuLlad
en la especie de la poltica, shw
m ~ bi.::n
en la canti
dad. Pero en otra acepcion este nombr de las cues
tiones.
3. Habiendo, pues,
Je
e ~ c r i b i r
la
tranquilidad y
opuesto, asentemos con
A r i s t t e l e ~ . l.
o y 5. o de su
PoU-
nca, caps. 2. a y 3. e que la ciudad es como una nmurak
za animada o animal
1
Porque como el animal bien
constituido 'iegn naturale-:a se compone de
cierta
par
tes o r d e n a d a ~ entre si con
propordn,
y con sus funcio
n e ~ combinadas entre y en ordcn al todo, a5i la ciudad
se forma de determinadas
p a r t e ~
cuando
c t
bien consti
tuida
segn ra;-:n. Cual
es. p u e ~ .
la relacin del animal
y sus partes a la salud, lal parece ser la relacin del reino
o de la c.iudad a la tranquilidad. Y el apoyo para esta ila
cin lo podemos. tomar de lo que todos entienden
por
una
y otra. Pues enti-enden que la salud la mejor d i ~ p o s i -
cin del animal
~ e g n
su naturaleza, y del mismo modo
que la tranquilidad es la disposicin ptima de
la
ciudad
in >tituida segn razn. Y la salud, como dicen los ms
p-e-
1
Polir. l 1 . ~ . 5. 1254 >l-3\l.l 5 c . ~ 1 02 b 33; l
4
17W
bJ.l..
t.L DEF :.-'vSOR Di: LA
I AZ
ritos entre los mdicos al describirla, es
la dispmidn
bue
na
del
anim
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
28/80
12 ;\1,-IRS'/l
O DF
PADL'A
fecto a
lo
ms perfecto. Ni los hombres saben de alguna
co5a sino cuando conocen sus primaas causas .,prir;;eros
principios hasta flegar a los elemen10s
1
S 3.
Enlrando,
pues, de este modo en el tema, con
vi-ene
que
no
nos
ootlte
que las
c o m u n i d a d e ~ c i v i l e ~ ,
segn l a ~
d i \ e r ~ a ~
r e g i o n e . ~ )-'tiempos., comenzaron de lo
pequeo
y
po-co
a
poco,
tomando
incremento, finalmen
te llegarmt a
la
consumacin, como dijimos que acaece
en toda accin de la naturaleza o del arte. Porqm::
la
pri
mera r ms reducida de las uniones
humana,,
de
la
que
las
o t r a ~ a
su vez provinieron, fue la del varn
y
la hem
bra, como dice d eximio
..::ntrc
los filsofos en d primero
de la
PoWicll,
cap.
1.
0
~ y
aparece
c.sw mr;
claramente
en
la Econmica
Llcl mi,m o. Porque de sra se propa
garon los hombre'> que primeJO llenaron una casa; a par
tir de ella >e ilie-
g,n
su
parecer y om11mmla
\'Oiuntarl,
no le hubiera sido
esto permitido, sin embargo, presidiendo la primera co
munidad llamada aldea. Porque Cll sta com-ino que el
Phvs.,
l.
1
,-
1:
IM
a
l l
S>
Poiil,
1 1
.; 2:
252
26
Scutl()-..\ri, O,crm menos imperfectas que aqu
llas
coillas
que se ordenaban
l a ~
cosas en la
>imple
a l d ~ a
o vcci11dario.
-Ji
tuvieron lu5 comunidades aquellas pri
mitivas tal distincin y organiza.::
In
de las
p a r L e ~
com po
nente-s,
ni d conjunto de l a ~ art
-
7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz
29/80
14
.\JARSIL/0 DE
P ~ 1
DUA
sarios para vivir, cuantos despus
se
fueron
encontrando
progre'iivamc-nte en las
c o m u n i d a J e ~
perfectas. Pues a l ~
guna ve1 fue el mismo hombre prncipe y agri-cultor o ras-
tor
de ovejas, como Abraham y otros muchos despus de
l, lo cual en las comunidades perfectas ni conviene
ni
se
ra permitido.
5.
Cre_:das
stas con
el
tiempo,
creci la experien
cia de los hombn:s, >e inventaron las artes y las reglamen
t a c i o n e ~
y fueron ms perfectos los morlos de vivir y ms
distinguidas
entre
si las parles componentes de las comu-
nidaJe.'i. Finalmente, lo necesario
para
vivir y bien
,ivir
descubierto por la razn y la experiencia de los hombres,
lleg a plenitud y w constiruy la comunidad perfecta lla
mada ciudad, con distincin de sus partes, cuya naturale
za y peculiaridades vamos a declarar.
Haste lo dicho
~ o r e el origen
de la comunidad civiL
CAPlTL.:LO IV
DF LA C\IIS.A Fl'">AI
DEL \
C l:DAD. DISTlNCIO'J
OF. SLs OB.TFliVOS Y DL 5U5 PARTES p.. GFT\ERAL
Es, pues, la
ciudad,
segn
Ariqteles,
1." de la
Pohri
cu,
cap.
l o: una c-omunidad perfecra, que llena por s/ to
dos tos
reruisiros
de
su_ficiencia, .:i.r,.celeste.
Y porQue
e>;te ~ e g u n d o
modo de vivir, a ,_aber,
el
eterno.
no lo pudieron persuadir por demostracin la u n i v c r ~ a l i -
dad de los filsofos, ni
es
de las
c o s a ~
manifiestas por i
mismas;
por
eso no
se
cuidaron de legamos aquellas
.::o
sas que se hacen en ruer1a de ese modo.
Pero
del vivir y
del bien vivir o de la vida
buena
segn
el
primer
modo,
el terrestre, y de las cosas que son n e c e ~ a r i a ~ para l, los
filsofos ilustres tuvieron
cono_:\miento
por demo.stracin
de modo casi perfe,:lo.
Para
conseguirlo llegaron a ia con
clusin de la
n e c e ~ i d a d
de la comuniJ;.d civil, sin la cual
esa
~ u f i c i e n c i a
de vida no puede
k a n z a r ~ c . De
lo cual el
eximio A r i s t t e l e ~ 1." de Po t"tica, cap. l." dijo: To
dos
{tos hombre'J) son llevados u ella u impu{sos de la na
turaleza
con
vistas a ese [In l
De lo cual, aunque
13
ex-
Cic_. Di' offiolr.
1. -1
Poln
.
l. 1,
2: 1253 a 29.
-
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1
'
'
1
16
AfARS LJO DE PADCA
periem:ia razonable
lo
ensciia, quercmm con
Qdo
aducir
la causa que dijimos, cxponil1dolo ms en detalle.
Por
nacer el hombre
compuesto de elementos contrarios,
por
n1yas c o n t r a r i a ~ acciones y pasiones
como
que se corrom
pe
-continuameme algo de su substancia; y, adems,
por
r ~ a c e r de, nudo e inerme,
p a ~ i b l e
y corruptible
por
el exce
so
del
aire y de
lm
o t r o ~
elementos. como dijo en la
ciencia de
l a ~ c o s a ~ n a t u r a l e ~ . n e c e ~ i t de a r t e ~
de
div(;:"r
sos gncrus y especies
para
defenderse de los dafto\.
dicho'.
Las cuales artes, no pudiendo ser ejercitadas sino
por
mu
cha
gente, ni mantenerse silO por su recproca comunica
cin, convino que l o ~ hombres se agruparan para tener
la ventaja de
e'as
cosas y apartar lm inconveniente>.
- . ,\las como entre los hombres a5 congregados mr
gen contiendas y reyertas que, de no ser reguladas por las
110rmils de la justicia,
vendran
a
generar luchas
y
disen
siones emre
los hombres
y, timtlmente, sera la ruina
de
la
-.::iudad, convino establecer crl
C'ia
comunidad llrl8 nor
ma de lo jmtu y
un
guardin o ejecutor.
Y
como este guar
din
tiene l oficio de castigar a los delincuentes que se
extralimitan y a los
otros
particulares que,
dentro o
fue
ra, intentan perturbar u oprimir
a
la comunidad, convino
que la dudad tuviese algo con qu resistir a stos. Y tam
bin, como la comunidad necesita algunos fondos do: emer
gencia, rep11estos y depsitos guardados de algunas cosas
comLmcs, u n a ~ para
el
tiempo de paz. mras para
el
Licm
po
de guerra, fue
n e c e ~ a r i o
que
hubiera en ella proveedo
res para poder acudir a la necesidad cuando fuere opor
tuno o necesario.
Y fucra
de lo dicho que mira a la sola
1 1 e c e ~ i d a J Je e ~ t . a vida prc.r;entc. hay otra cosa de la que
necesitan los que c-omiven en su \ida ci\il para el es
taJo
del siglo venidero,
prometido
al gnero
humano
por rc
Hlacin sobrenatural de Dios y til tambin para
el
c ~ t < t -
do de la vida pre.1ente, a saber,
el
culto y honor y a.::dOn
de gracias rendidas a Dios, tamo por os beneficim reci
hidm cn este mundo, como
por
los que se recibirn en
l
futuro;
pam
enseilar
e . ~ t o
y dirigir a
\m
hombre.\
com
i
no que la cmdad d e ~ i g n a r . a algunos doctores. De: todo es
10 y de lo dem'i
apunlado
a n t e ~ , qu y cule> ~ e a n ~ ' '
.L DI lE'\- SOR
JJ: L. 1 PAL 17
cosas,
puntualmente
se
did
en los s i g u i e n L e ~
apartados.
5.
Hubo, ptiCS,
hombres
a s o c i a d o ~
para
tener una
suficiencia de \"ida, cn
poder
para p r o c u r a r ~ e las cosas
necesarias antes r c ~ c f i a d a s , c o m u n i c a n d o s e l a ~ entre
s1.
Es
ta agrupacin
as perfecta y con una extemin suficiente
se llam ciudad, cuya causa final y plural diversidad
de
partes
ya ha
declarado de algn
modo
y
en lo siguiente
se
declarar ms. por menudo. Porque siendo necesarias
a los que quieren vivir Sllfidentemcntc diversa,; cm., que
no pueden procurarse por homhres
de
un solo orden u ofi
cio convino
que
hubiese di\"crsos r d e n e ~ y oficios de
hombres en csa comunidad, ej c-rcitando
y
procurando
esaitan para
\ida
suficiente. Y estm d i v e r ~ o s rdene.1 u oficios no ~ o n otra
cosa que la
pluralidad
y
d i v ~ i n
de
la o r e r o ~ , sa-
-
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ccrdotes y jueces J c o n s e j e r o ~
1
.
De
l a ~
cuale'i
c l a ~ e s
tres,
a .1aber,
-la
sacerdotal. la militar y la judicial, ~ o n por
ex-celenCia partes de la ciudad, la> que
tambin.
en l a ~
comunidades
c.ivilcs, se dicen
partes honorables. Las
res
t a n t e ~ e
d.i-cen panes c11
sentido
lato,
porque
vienen a ser
oicios
necbarios en
la ciudad,
segn Aristteles en
el
7
>
lk
la
Pollfzca
cap.
7.
o
Y a su conj11nto suele denomin.r
~ d c vulgo. Son ~ t a : -
l a ~
partes
ms
c o n o d d a ~ de la ciu
dad
o del reino y a ellas todas
l a ~ otras
pueden convemen
temente
reducirse.
2. La necesidaJ de ella ant-e
-
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1
1
20 -HARS L/0
DE P
todas las espe
CieS de la
~ o . m t r u c c i n y, tlniversalmente,
wdas
aquella..,
a r t e ~ me-canteas
que sinen a
lm
oficios de la ciudad me
diata o inmediatamente; ni slo las que afectan al tacto
Y g u ~ t o , . ~ i n o
~ m b i n
las de l o ~ otro sentido1.,
q u ~
\an
r n a ~ p ~ r a el deleite
y el
bien ~ i v i r que
para
la necesidad
de
_ en que era preciso imtit11ir
e ~ a ciase por
el
culto honor
de
Dim por
el
provecho
que ah se
igm