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    CENTENNIAL TWR MEXICO, S.A. DE C.V.

    Manual de Siniestros

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    I N D I C E

    Prlogo

    Procedimiento en Caso de Siniestro

    I. Seguro de Automviles y Unidades de Carga

    II. Ramo de Diversos.- Calderas

    Equipos que Trabajan a Presin

    Rotura de Maquinaria

    Montaje de Maquinaria

    Equipo de Contratistas

    Equipo Electrnico

    III. Ramo de Diversos.- Seguros de Robo, Efectivo o Valores

    IV. Ramo de Diversos.- Seguros de Cristales

    Anuncios Luminosos

    V. Seguro del Ramo de Incendio

    VI. Seguros de Bienes en Transito

    VII. Seguros de Responsabilidad Civil

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    MANUAL DE SINIESTROS

    PROLOGO El objetivo de este manual es orientar a ustedes sobre los procedimientos y recomendaciones a seguir al ocurrir un siniestro. Nuestro personal especializado , cuenta con los conocimientos y experiencia para otorgar asesora en sus reclamaciones, asistindoles en la preparacin de las mismas, as como en el dilogo que se deba entablar con los ajustadores profesionales nombrados por las compaas aseguradoras y en el trmite del ajuste final de las prdidas. Deseamos hacer hincapi que el manejo adecuado y eficiente de sus reclamos, depende fundamentalmente en que se sigan al pie de la letra las indicaciones de este Manual, en la inteligencia de que cada siniestro cuenta con complejidades y caractersticas propias, por lo que sugerimos una comunicacin estrecha con nosotros. Para cumplir con este propsito, ha sido preparado el presente instructivo, que no obstante lo concentrado en su contenido, confiamos ser de utilidad para que nuestra Organizacin les pueda brindar un servicio eficiente, que lograremos s contamos con su valiosa colaboracin traducida en la fiel observacin de las recomendaciones contenidas.

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    PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO A. Recomendaciones Generales Al registrarse o tener conocimiento de un siniestro o prdida, deber darse aviso inmediato dentro de las 24 horas siguientes a: AXA SEGUROS, S.A. DE C.V., al telfono: 5169 1000 01 800 900 1292. De igual manera, dar aviso a su ejecutivo. Lic. Jazmin Villar Guzmn Gerente de Daos Intercam Agente de Seguros y de Fianzas, S.A de C.V Al telfono 0155 5033-3334 ext 3604 o al Cel. 55 14271359 NEXTEL PIN: 52*30945*61 NEXTEL No:55 43233023 y/o Laura Elena Daz A Especialista de Daos Intercam Agente de Seguros y de Fianzas, S.A de C.V Al telfono 0155 5033-3334 ext 3606 y/o Ing. Fernando Morales Director General Intercam Agente de Seguros y de Fianzas, S.A de C.V Al telfono 0155 5033-3334 ext 3604 o al Cel. 55 12 710217 Su reporte deber contener los siguientes datos: a).- Origen del dao b).- Bienes afectados c).- Estimacin del monto de la prdida o dao d).- Fecha del siniestro e).- Ubicacin del dao f).- Telfono g).- Persona a entrevistar h).- Cualquier informacin adicional con que se cuente

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    Tratndose de siniestros ocurridos por el uso de unidades automotrices, EL AVISO SE HARA DIRECTAMENTE A LA COMPAIA DE SEGUROS, segn el procedimiento que en el capitulo correspondiente se seala. Dependiendo de la naturaleza, origen o magnitud del siniestro o prdida, la compaa aseguradora optar por: a).- Enviar un inspector de averas al lugar en que se requiera la inspeccin, para

    cuantificar las prdidas o daos y a la vez extender el certificado de averas correspondiente.

    b).- Nombrar un ajustador profesional, quien adems de lo anterior solicitar

    documentacin, valuar los daos y determinar de acuerdo a las condiciones de la pliza.

    Es recomendable que toda la documentacin que les sea solicitada por los ajustadores o compaas de seguros, sea enviada por conducto de INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., a fin de proporcionarles el servicio de asesora que se requiera.

    Tambin debern llevarse a cabo todas las medidas de salvamento aconsejables para evitar la agravacin del dao, y debern proteger los bienes como si no existiera seguro. Si no hubiere peligro en la demora para la realizacin de los actos de salvamento, debern comunicarse con INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., a fin de obtener las instrucciones sobre el tipo de medidas adoptables en cada caso. Posteriormente debern presentar por escrito, con la mayor brevedad, su formal reclamacin en la que debern desglosar detalladamente el importe reclamado, anexando la documentacin comprobatoria. La reclamacin y documentacin en general, deber ser enviada a las oficinas de INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., sin excepcin. En las siguientes pginas sealamos en trminos generales, la documentacin que deben proporcionar para cada ramo. Existirn ocasiones en que de acuerdo al origen, naturaleza o magnitud del siniestro o prdida, se les requiera documentos adicionales, en cuyo caso sern notificados oportunamente. B. Firma del convenio de liquidacin o ajuste Cuando interviene un ajustador profesional, generalmente presentar el convenio de liquidacin, el cual de merecer su conformidad, debern de firmarlo con base a dicho convenio, se efectuar la indemnizacin por parte de la compaa aseguradora.

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    En caso de existir inconformidad con la cantidad determinada por el ajustador, obtener una copia del convenio, turnndola a INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V. con la finalidad de analizar los antecedentes y efectuar las aclaraciones correspondientes ante quien corresponda. C. Devolucin de finiquitos firmados de conformidad Adjunto al cheque por el pago de su reclamacin, encontrarn el recibo de finiquito por la cantidad liquidada, el cual deber ser firmado de conformidad y a la vez devolvrnoslo a la brevedad posible, con la finalidad de dar por terminado el expediente de siniestro.

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    l.- SEGURO DE AUTOMOVILES Y UNIDADES DE CARGA

    Recomendaiones en Caso de Accidente por Colisin Daos a Terceros. Es fundamental que el conductor del vehculo, lleve siempre consigo en la cajuela de guantes, la credencial de identificacin del seguro, as como contar con licencia de conducir o permisos, ya que en caso contrario, la reclamacin al seguro resulta improcedente. Al ocurrir el accidente, deber hacerse del conocimiento del ajustador ms cercano al lugar donde ocurra, para lo cual deber consultarse la relacin de ajustadores anexa a la credencial de identificacin del seguro, proporcionando los mayores datos posibles, tales como: a).- Lugar exacto del accidente, indicando entre qu calles se encuentran, colonia, ciudad,

    y si es posible, alguna referencia particular del lugar. b).- Descripcin correcta del vehculo asegurado, y de los terceros involucrados,

    incluyendo el nmero de placas, color y marca. Deber requisitarse la forma de declaracin de accidente, que ser proporcionada por el representante de la aseguradora (ajustador), a quien se solicitar invariablemente una copia de la misma. En caso de resultar personas lesionadas a consecuencia del accidente, salvo causa de fuerza mayor, debern atenderse de acuerdo a las indicaciones del ajustador, ya que la compaa de seguros es quien liquidar el importe de los daos. La responsabilidad penal del asegurado no est cubierta por la pliza; por lo tanto, la defensa jurdica del conductor, el costo de fianzas, cauciones y sanciones o gratificaciones a las autoridades, son por cuenta del mismo.

    Slo en caso de contar con la cobertura de asistencia legal y no incurrir en fuga, o aliento alcohlico, en ese momento la aseguradora har los depsitos segn sea el caso hasta el monto asegurado contratado para obtener la libertad del conductor y la unidad, no as las gratificaciones, sanciones y multas que seguirn siendo por cuenta del asegurado. Si al momento de ocurrir una colisin o volcadura del vehculo, el conductor es menor de 21 aos, se aplicar doble deducible, tratndose de unidades con capacidad mayor a 3.5 toneladas y se haya optado por un deducible del 2%. La compaa aseguradora al efectuar el pago de daos, proporciona el derecho de elegir el taller donde se reparar el vehculo, es conveniente aceptar el que tenga convenio con sta, ya que con ello, permitir exigir la mejor calidad en las reparaciones.

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    Recomendaciones en caso de Robo o Prdida Total Si se tratase del robo total del vehculo, debern efectuar las siguientes gestiones o trmites: A.- Denunciar el hecho ante el Agente del Ministerio Pblico de la Delegacin

    correspondiente al permetro donde ocurra el robo, as como a la Polica Federal de Caminos (Calz. de las Bombas No 411, Coapa); obteniendo en su oportunidad, copia certificada de las denuncias; documentos que sern requeridos por la compaa aseguradora, dichas actas debern contener los datos de la unidad, como No. de motor, No. de serie y Registro Federal de Vehculos (modelos 1990 y anteriores).

    B.- Si el robo de la unidad ocurre en el interior de la Repblica, debern recurrir a la Polica

    Judicial correspondiente, la Polica Federal de Caminos, a la Oficina de Trnsito local, as como al Ministerio Pblico de la localidad.

    En caso de robo del vehculo, ser necesario dejar transcurrir 30 das contados a partir de la fecha en que ste ocurri, despus del cual, si no se localiz la unidad, la compaa aseguradora decretar la prdida total, procediendo a liquidar el vehculo, estos documentos debern ser presentados junto con la documentacin de la unidad en originales. En prdidas totales por colisin o vuelco, la compaa aseguradora liquidar, en cuanto se decrete la prdida total y se entregue la documentacin de la unidad. Documentacin En caso de prdida total de las unidades aseguradas por algunos de los riesgos cubiertos, deber proporcionarse la documentacin que a continuacin se relaciona, a fin de obtener la indemnizacin correspondiente: 1.- Factura fiscal a favor de la aseguradora por la cantidad que ella designe (previa

    consulta con INTERCAM). 2.- Copia fotosttica de factura original de compra de la unidad (Agencia). 3.- Certificado del Registro Federal de Automviles, si es anterior a 1990. 4.- Comprobantes que acrediten el pago del impuesto por el uso y tenencia del automvil,

    correspondiente a los cinco ltimos aos. 5.- Copias certificadas de las actas levantadas ante las autoridades competentes.

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    6.- Aviso de la baja de placas. 7.- Copia de la declaracin de accidente, debidamente requisitada. 8.- Carta de reclamacin a la compaa de seguros.

    9.- Comprobante ltimo de verificacin de contaminantes. Deducible Ser la cantidad a deducir de la indemnizacin que ha sido elegido en la contratacin y aparece en la cartula de la pliza. En el caso de cristales se aplicar nicamente el 20% del costo de los cristales afectados.

    ll.- RAMO DE DIVERSOS: CALDERAS, EQUIPOS QUE TRABAJAN A PRESION, ROTURA DE MAQUINARIA, MONTAJE DE MAQUINARIA, MONTAJE OBRA CIVIL, EQUIPO DE CONTRATISTAS Y EQUIPO ELECTRONICO. En todo tipo de siniestro para esta clase de bienes, debern de seguir invariablemente las medidas que a continuacin se detallan: a).- Levantar un reporte interno, detallando cmo ocurrieron los hechos. b).- Si por la magnitud del siniestro o dao, es indispensable la intervencin de las

    autoridades, debern obtener copia de las actuaciones practicadas por las mismas. c).- Elaborar un reporte tcnico, describiendo las causas que originaron los daos. d).- No efectuar reparacin alguna ni la remocin de escombros sin la autorizacin de la

    compaa aseguradora o del ajustador profesional nombrado por la misma, hasta en tanto no hayan certificado los daos.

    e).- No disponer de los restos de los bienes asegurados. f).- En caso de ser el responsable de la prdida un tercero, solicitar a INTERCAM Agente

    de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V. o al ajustador, instrucciones para presentar la reclamacin que corresponda.

    Recomendacin Especfica Las piezas daadas se debern conservar hasta que sean inspeccionadas por un inspector o ajustador profesional, designado por la compaa aseguradora.

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    Documetacin 1.- Carta reclamacin en la que debern relatar cmo ocurrieron los hechos y las posibles

    causas que los originaron, detallando la estimacin cuantitativa de los daos. 2.- Copia certificada de las actuaciones practicadas por las autoridades. 3.- Relacin exacta y detallada de los bienes destruidos o daados. 4.- El original de los presupuestos o facturas de reparacin, de los bienes daados. 5.- Certificado de averas, en caso de que haya intervenido algn inspector de la

    compaa aseguradora.

    lll.- RAMO DE DIVERSOS SEGURO DE ROBO, EFECTIVO O VALORES Recomendaciones Especficas a).- Levantar de inmediato acta ante el Ministerio Pblico solicitando la inspeccin ocular y

    obtener en su oportunidad, copia certificada de la denuncia. b).- Conservar el lugar de los hechos tal y como se encontraba al descubrir el siniestro,

    hasta que se efecte la inspeccin ocular por parte de las autoridades competentes, as como por el representante de la compaa aseguradora, salvo caso de fuerza mayor, ser necesario tomar fotografas.

    c).- Cuando se trate de documentos negociables o ttulos nominativos, debern actuar

    inmediatamente para evitar o disminuir la prdida, solicitando la cancelacin de los documentos perdidos y la reposicin de los mismos.

    Documentacin 1.- Carta reclamacin en la que debern relatar cmo ocurrieron los hechos, detallando

    los daos y faltantes con sus costos correspondientes. 2.- Copia certificada de la denuncia efectuada ante las autoridades competentes, que

    contenga la inspeccin ocular del lugar donde ocurrieron los hechos. 3.- Original de las facturas, libros, recibos, remisiones, arqueos, cortes de caja, controles

    de entradas y salidas, relaciones de pago, depsitos a bancos y dems documentos que acrediten la preexistencia y propiedad de los bienes perdidos.

    En caso de documentos negociables o ttulos al portador, copia de las cartas o actuaciones judiciales relacionadas con el juicio para la cancelacin o reposicin de los documentos perdidos.

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    Observaciones Es conveniente tomar en consideracin, que tratndose de ttulos nominativos, la responsabilidad del asegurador se limita al costo que representan los gastos judiciales y de reimpresin para lograr la cancelacin de los ttulos perdidos y su reposicin por nuevos. Deber tenerse en cuenta que en este tipo de siniestros, la compaa de seguros requiere documentos que acrediten que el efectivo y/o valores existan antes de ocurrir el suceso, tales como controles de salida, relaciones de pagos, depsitos a bancos, etc., por lo que se recomienda tener siempre a mano dichas constancias. lV.- RAMO DE DIVERSOS SEGUROS DE CRISTALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS Recomendaciones Especficas No efectuar ninguna reparacin o reposicin sin autorizacin de la compaa aseguradora, salvo causa de fuerza mayor. Cuando los daos sean de consideracin y fueran causados por personas males intencionados, se deber levantar acta ante las autoridades competentes. Documentacin 1.- Carta reclamacin en la que debern relatar cmo ocurri el siniestro, detallando el

    importe de los daos. 2.- En su caso, copia certificada de la denuncia efectuada ante las autoridades

    competentes, que contenga la inspeccin ocular donde ocurrieron los hechos. 3.- Copia del certificado de averas que expedir el inspector o ajustador de la compaa

    de seguros, al efectuar la certificacin respectiva. 4.- Facturas originales correspondientes a la reparacin o reposicin de los bienes, en su

    caso, cuando la compaa de seguros lo autorice. 5.- Finiquito de reinstalacin, debidamente firmado y que ser proporcionado por el

    representante de la compaa de seguros. 6.- Cuando exista un tercero responsable, proporcionar copia de la carta reclamacin,

    dirigida al mismo.

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    V.- SEGURO DEL RAMO DE INCENDIO Recomendacin Especfica Tan pronto se tenga conocimiento de la realizacin de algn riesgo, comunicarlo al Jefe de "Brigada Contra Incendio", o al funcionario de mayor rango que se encuentre en sus instalaciones, al momento de los acontecimientos. En caso necesario, dar aviso inmediato a los bomberos y/o autoridades competentes. Tomar las medidas adecuadas para evitar hasta donde sea posible, que el siniestro se propague o tome dimensiones mayores. Posteriormente levantar un reporte interno, ya sea por el Jefe de "Brigada Contra Incendio" o por el funcionario de mayor rango que haya presenciado los hechos, anexndole fotografas que se tomen de los bienes inmediatamente despus del siniestro. Es de suma importancia conservar los bienes afectados hasta que sean inspeccionados por el representante o ajustador de la compaa de seguros, y cualquier disposicin o destruccin, as como la remocin de escombros, se efectuar con la autorizacin de las autoridades competentes, o el representante o ajustador de la compaa de seguros. Todo intento de volver a las operaciones normales por parte del asegurado, deber ser autorizado por las autoridades competentes o en su caso, por el representante o ajustador de la compaa de seguros. Documentacin 1.- Carta de formal reclamacin indicando cmo ocurri el siniestro y las posibles causas

    que lo originaron. 2.- Copia certificada del acta levantada por las autoridades competentes, que hayan

    tomado conocimiento del siniestro, en donde conste el dictamen emitido por la propia autoridad.

    3.- Copia del reporte de bomberos, en el cual se establezcan las causas del siniestro, slo

    cuando stos hubieran intervenido en el siniestro. 4.- Reporte interno levantado por su personal que presenci los acontecimientos. 5.- Relacin detallada con la descripcin de los bienes daados y el valor de cada uno de

    ellos. 6.- Presupuesto de reparacin y/o reposicin de los bienes daados.

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    7.- Facturas originales de reparacin o reposicin de los bienes. 8.- Ultimo inventario efectuado en el riesgo, antes y despus del siniestro. 9.-Avalo del edificio y maquinaria afectada. PERDIDA CONSECUENCIAL Cuando resulten prdidas con motivo de la paralizacin o entorpecimiento de las operaciones a consecuencia de los riesgos cubiertos, debern observarse las siguientes normas:

    Tratar de reducir la prdida resultante de la paralizacin o entorpecimiento, procurando:

    La reanudacin parcial o total, de ser posible de la operacin de las propiedades

    fsicas, se encuentren daadas o no.

    El uso de otras propiedades.

    El uso de existencias como materias primas, productos en proceso o terminados.

    O la contratacin de servicios o productos de terceros, previo el consentimiento que otorgue la compaa de seguros.

    En estos casos, ser necesario la revisin de los registros contables y otros documentos, por lo que se deber proporcionar toda la informacin que soliciten los representantes o ajustadores de la compaa de seguros, por conducto o coordinado con INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V.

    Vl.- SEGUROS DE BIENES EN TRANSITO Recomendaciones Especficas A la recepcin de sus embarques de mercancas, ya sean de importacin o los correspondientes a sus movimientos efectuados dentro de la Repblica Mexicana, que presenten daos aparentes, es requisito para tener derecho a la indemnizacin, su aviso inmediato a INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., para que a su vez se le requiera a la compaa aseguradora, enve al inspector de averas o ajustador, a fin de que certifique el estado en que son recibidos y expida el certificado correspondiente, dentro del trmino de cuatro das hbiles siguientes, contados a partir de la fecha de recepcin y as cumplir con lo que en principio establece el contrato de seguro. Invariablemente debern asentarse en el rengln de observaciones, del conocimiento o taln de embarque, el estado en que se reciben los bienes, firmando de conformidad el conductor del vehculo transportista.

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    En cualquier caso de daos o prdidas, se recurrir al representante de la compaa aseguradora, si lo hubiere en el lugar en que se requiera la inspeccin, o en su defecto, al agente de Lloyd's ms cercano, o al representante del Board of Under Writers of New York, y, a falta de stos, a las autoridades competentes. En caso de que se trate de daos, faltantes parciales o extravos de bultos por entero, o prdida total del embarque, solicitar al transportista martimo o en su defecto a los agentes de vapores representantes de la lnea martima, segn el caso, la constancia de descarga, tanto provisional como definitiva. Los bienes daados debern conservarse hasta que sean revisados fsicamente por el inspector de averas enviado por el asegurador. Si por cualquier causa de fuerza mayor, el trayecto del embarque se viera interrumpido por ms de 30 das en un solo lugar, es importantsimo informar a INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., para cubrir ante la compaa aseguradora, dicha eventualidad, ya que el seguro cubre los daos que sufran sus mercancas, durante el curso normal del viaje, con los lmites de estada en bodegas o recintos fiscales, establecidos en el contrato de seguros.

    Es indispensable presentar por escrito la formal reclamacin en su oportunidad, al transportista y/o responsable de los daos o prdidas, ya que de lo contrario, al no cumplir con ese requisito, la compaa aseguradora pierde su derecho de repercutir en contra de los mismos. La reclamacin deber ser sometida a la compaa aseguradora por escrito, por conducto de INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., dentro de los 60 das siguientes al aviso de prdida y/o expedicin del certificado de averas correspondiente por menorizada, anexando la siguiente documentacin: Importaciones y/o Exportaciones 1.-.Carta de formal reclamacin, describiendo la forma en que ocurri la prdida o dao y

    las posibles causas que las originaron, as como la cuantificacin de los bienes daados. 2.- Copia fiel del certificado de averas, levantado por el representante de la compaa de

    seguros, o por los agentes de Lloyd's, segn el caso. 3.- Copia de la factura total del embarque, con su respectiva lista de empaque. 4.- Original o copia fiel de los conocimientos de embarque martimo, areo o terrestre,

    segn sea el caso.

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    5.- Copia del pedimento de importacin y/o exportacin, segn el caso. 6.- Copia de la cuenta de gastos del agente aduanal. 7.- Copia de la reclamacin que presentaron en su oportunidad al transportista o

    responsable del siniestro, con sello o firma de recibido y de ser posible, su contestacin en original.

    8.- En caso de tratarse de embarque martimo, las constancias, tanto provisional como

    definitiva, expedidas por los agentes representantes de las lneas de vapores, las cuales debern ser requeridas por sus agentes aduanales.

    Embarques Dentro de la Repblica Mexicana a).- Carta de formal reclamacin, desglosando detalladamente el importe de las prdidas

    y/o daos. b).- Copia de la factura total del embarque, con su respectiva lista de empaque. c).- Original o copia fiel del taln de embarque terrestre y/o areo, segn e caso. d).- Copia de la carta reclamacin que presentaron en su oportunidad al transportista o

    responsable del siniestro, con sello o firma de recibido y de ser posible, su contestacin original.

    e).- Copia fiel del certificado de averas, levantado por el representante de la compaa de

    seguros. f).- Cuando se trate de daos en los bienes, a consecuencia de colisin y/o volcadura del

    vehculo transportista, se deber requerir copia del parte del accidente emitido por la Polica Federal de Caminos.

    Vll.- SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL Recomendaciones Especficas No efectuar por ningn motivo, convenio alguno con l o los afectados, sin la autorizacin de la compaa aseguradora. Analizar minuciosamente, si efectivamente existe responsabilidad de su parte en el accidente, que de origen a la reclamacin, contando desde luego con la asesora de INTERCAM Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V., as como de la compaa aseguradora.

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    Dejar que la aseguradora tome la iniciativa para que se encargue directamente de la reparacin de los daos, ya sea que se trate de lesiones a personas o daos a bienes. Proporcionar invariablemente los antecedentes completos del accidente, as como nombres y direcciones de las personas o empresas afectadas, y la estimacin de los daos. En caso de que las autoridades competentes intervengan, debern acudir a las diligencias administrativas o judiciales a que sean citados, requiriendo copias certificadas de las actuaciones, respecto a las demandas promovidas en su contra. Documentacin 1.- Carta reclamacin detallando el importe reclamado y explicando cmo acontecieron

    los hechos. 2.- Copias certificadas de las actuaciones judiciales practicadas en relacin al accidente. 3.- Carta reclamacin del tercero afectado, que haya dirigido a ustedes. 4.- En caso de lesiones a personas: a).- Certificado expedido por el mdico que atendi al afectado, explicando el diagnstico

    de las lesiones, as como el tratamiento practicado. b).- El original de todos los comprobantes de los gastos mdicos expedidos en las formas

    autorizadas, efectuados por la atencin de la vctima.

    5.- En caso de fallecimiento: a).- Copia del acta de nacimiento de la vctima. b).- Copia del acta de defuncin. c).- Copia del acta de nacimiento o matrimonio, del o de los beneficiarios, segn el caso. d).- Copia de las actuaciones judiciales relativas al juicio sucesorio in testamentario a

    bienes del acaecido, en las que se designen a los herederos legales. e).- Si se trata de daos materiales, el original de las facturas, remisiones

    correspondientes a la reparacin de los bienes, o reposicin de los mismos. f).- Cualquier otro documento que sirva de apoyo a la reclamacin.

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    Adems de lo anterior, para cada una de las coberturas contradas, especficamente se requiere la documentacin siguiente: 1.- Arrendatario a).- Original o copia fiel del contrato de arrendamiento. b).- Original del presupuesto de reparacin de los bines daados. c).- Acta interna destacando el origen del siniestro. 2.- Productos a).- Informe tcnico que determine las causas del accidente, as como la responsabilidad

    del asegurado. 3.-Contractual El original o copia fiel de los contratos donde se asume la responsabilidad.

    4.- Contratistas El original o copia fiel de los contratos respectivos. 5.- Hoteles a).- Reporte del husped. b).- Reporte del hotel. c).- Informe del resultado de las investigaciones del departamento de seguridad del hotel. d).- Reporte mdico. 6.- Depositarios a).- Constancia o contrasea de depsito. b).- Original de los comprobantes de propiedad o preexistencia de los bienes depositados.


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