“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”
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COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS DEL
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Contenido
PRESENTACIÓN ....................................................................................................................... 2
I.- Disposición y aplicación de recursos .................................................................................. 3
II. Medios de Pago. ................................................................................................................. 7
III.- Adquisiciones y contratación de trabajos ........................................................................ 8
IV.- Recomendaciones para el uso eficiente de los recursos ............................................... 13
V. Integración de la documentación comprobatoria ........................................................... 15
VI. Requisitos Administrativos .............................................................................................. 16
VII. Participación del CEPS .................................................................................................... 17
VIII. Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal ........................... 19
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PRESENTACIÓN
De conformidad con el Acuerdo número 11/19/15 por el que se emiten los Lineamientos
de Operación del Programa de la Reforma Educativa, publicados en el Diario Oficial de la
Federación del 15 de septiembre de 2015, y en apego a lo establecido en el Numeral 3.4
Responsabilidades de la Autoridad Educativa Local, la Secretaría de Educación Pública de
Hidalgo, a través de la Coordinación Estatal del Programa de la Reforma Educativa, ha
tenido a bien emitir los:
“Lineamientos para el Ejercicio y Comprobación de los Recursos del Programa de la
Reforma Educativa, Ciclo Escolar 2015-2016”
Los presentes lineamientos tienen como objetivo que las escuelas beneficiadas:
“Obtengan una aplicación exitosa de los recursos del Programa y beneficios que se
ofrecen a través del mismo”, donde los Directores, conjuntamente con su comunidad
educativa, deciden sobre la mejor aplicación de los recursos, partiendo de la observancia
de la cultura de transparencia y rendición de cuentas.
Es importante mencionar que el patrimonio del Programa se constituye con la aportación
que realiza el Gobierno Federal, con la finalidad de coadyuvar en el desarrollo de la
educación de calidad con equidad, atendiendo el rezago en las condiciones físicas de los
inmuebles escolares con el fin de mejorar la operación de las escuelas y fortalecer la
autonomía de gestión escolar.
En este contexto, los “Lineamientos para el Ejercicio y Comprobación de los Recursos del
Programa de la Reforma Educativa Ciclo Escolar 2015-2016”, contienen criterios y
aspectos sustanciales con un enfoque teórico-práctico que nos lleva de la mano en las
tareas a realizar, sumándose a ello, el apoyo permanente de la Secretaria de Educación
Pública de Hidalgo, a través de la Coordinación Estatal del Programa de la Reforma
Educativa y el Instituto Hidalguense de la Infraestructura Física Educativa (INHIFE),
brindando asesoría y acompañamiento de manera directa y continua.
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I.- Disposición y aplicación de recursos
Los recursos del Programa se ejercerán a través de una tarjeta de débito emitida,
entregada y administrada por BBVA Bancomer, S. A., Institución de Banca Múltiple,
Grupo Financiero BBVA Bancomer. La Coordinación Estatal del Programa tendrá a
su cargo la responsabilidad del manejo y entrega de éstas, recabando el acuse
correspondiente a la entrega de la misma, así como el recibo y pagaré que
garanticen la administración y aplicación de los recursos en las acciones del
programa.
Los recursos se dispersarán de acuerdo al calendario preliminar que se muestra a
continuación, el cual se ajustará conforme a la incorporación de comunidades
escolares al Programa:
DISPERSIÓN DE RECURSOS A LAS ESCUELAS BENEFICIADAS
1ª Ministración
60% del monto total de acuerdo a la
disponibilidad presupuestaria del Fideicomiso
del Programa
Diciembre 2015
2ª Ministración
40% restante de acuerdo a la disponibilidad
presupuestaria
Enero 2016
Para que la escuela esté en condiciones de recibir la tarjeta de débito, la
Coordinación del Programa deberá revisar y validar los documentos previamente
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presentados por el Director de la Escuela, conjuntamente con el Presidente del
CEPS, como a continuación se mencionan:
Identificación oficial vigente con fotografía del Director de la Escuela y del
Presidente del CEPS.
Acta Constitutiva del CEPS y del Comité de Contraloría Social.
Carta Compromiso mediante la cual el Director de la Escuela y el Presidente
del CEPS aceptan ejecutar, desarrollar y finalizar las acciones que permitan
atender las necesidades prioritarias del plantel educativo, acorde a la Ruta
de Mejora y orden de prioridades del Programa
Acta de Acuerdo para el Ejercicio Mancomunado de los Recursos del
Programa.
Acta de Planeación de Acciones a Realizar del Componente 1 y 2.
Recibo y pagaré correspondiente a los recursos asignados a la escuela.
Evidencias fotográficas que acrediten la necesidad de las acciones
programadas (2 del Panorama general de la escuela, 2 de la fachada, 3 de
los espacios relativos al componente 1 y 3 de las Acciones correspondientes
al componente 2), de manera digitalizada.
Cédula de información.
Cuadernillo de trabajo de la escuela, correspondiente al ciclo escolar 2014-
2015, debidamente requisitado.
En caso de no cumplir con alguno de los puntos anteriores, la Coordinación Estatal
del Programa se reserva el derecho de entregar el plástico. Una vez que el Director
de la Escuela regularice sus documentos podrá solicitar la entrega de su tarjeta.
Aquellas escuelas que registren adeudos pendientes de pago con empresas
constructoras, derivados de la ejecución de las obras al 100% del ciclo anterior,
podrán recibir su tarjeta de débito una vez que regularicen esta situación, si
forman parte de la lista oficial que publique la Coordinación Estatal del Programa
en la página de Internet de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo.
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Es responsabilidad de los directores y del CEPS ejercer los recursos con base en
criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia y economía, atendiendo las
decisiones tomadas a partir de la Ruta de Mejora Escolar en los conceptos
siguientes:
Componente 1.- Mejoramiento de las condiciones físicas y de
equipamiento de las escuelas.
Componente 2.- Desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión.
Aplicación de recursos del Componente 1. Los recursos del Componente 1 deben
ser utilizados de manera prioritaria en la atención de las carencias básicas que el
Programa promueve, observando el orden siguiente:
Aulas. Contar con espacios educativos en condiciones adecuadas.
Mejorar el servicio de agua potable. Desarrollar acciones para asegurar el
suministro y mejoramiento del servicio de agua potable.
Sanitarios. Realizar acciones para contar con servicios suficientes y
adecuados o mejorarlos.
Mobiliario básico de aulas. Adquisición de mobiliario básico de las aulas,
como: mesas, sillas, libreros, pizarrón, estantería y pantallas en el caso de
telesecundarias.
Otros espacios. Solamente en el caso de que hayan sido atendidas las
carencias enunciadas anteriormente y si existieran remanentes podrán
destinar recursos a “otros espacios educativos”, como: Rampas y
andadores, servicios administrativos, adaptaciones e instalaciones
necesarias para recibir el servicio de internet, plazas cívicas, canchas
deportivas, cubiertas, bardas, accesos al plantel, cubiertas y otros.
Cuando las necesidades de las escuelas así lo demanden, la comunidad escolar podrá
utilizar los recursos del Componente 2 para complementar el costo de las acciones del
Componente 1, siempre y cuando se cuente con la aprobación expresa de la
Coordinación Estatal del Programa.
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Los rubros de gasto autorizados para el Componente 1 refieren la realización de
acciones mayores y acciones menores, definidas como sigue:
Acciones Mayores. Son aquellas intervenciones estructurales en espacios
educativos que impliquen demoliciones, reestructuraciones,
reconstrucciones o la construcción de nuevas aulas, sanitarios u otros
espacios educativos (techumbres metálicas).
Un elemento estructural contribuye a dar solidez a la edificación, entre los
más representativos están: cimentación, muros de carga, columnas, losas o
cubiertas.
Acciones Menores. Consisten en la ejecución de trabajos encaminados a
mejorar las condiciones físicas del plantel educativo, es decir, remodelación
o habilitación de espacios educativos, sanitarios, infraestructura hidro-
sanitaria y acciones para procurar acceso de agua potable, incluye
adquisición de equipo básico de las aulas.
El Director en coordinación con el CEPS deberá emitir oficio dirigido a la Coordinación del
Programa indicando que la obra se encuentra terminada al 100%, de acuerdo a lo
contratado e indicando que la empresa no tiene adeudos de ningún tipo con el plantel y/o
comunidad, así mismo convocando a la entrega recepción de la misma.
Aplicación de recursos del Componente 2. De los rubros de gasto autorizados en
el Componente 2 “Desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión
escolar”.- Los rubros de gasto autorizados en el PRE para el Componente 2 son:
a) Desarrollo y fortalecimiento de las cuatro prioridades educativas del SBME:
Prioridad 1: Normalidad mínima de operación escolar. Mantenimiento del
inmueble escolar, creación de condiciones de seguridad, adquisición de
mobiliario y equipo escolar distintos al del Componente 1, como por
ejemplo computadoras, tabletas, televisores, impresoras, fotocopiadoras,
proyectores, equipo de audio y video, juegos mecánicos, materiales
educativos, papelería, conectividad, entre otro.
Prioridad 2: Desarrollo de competencias de lectura, escritura y
matemáticas. Contratación de asesorías, tutorías y materiales para
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alumnos, docentes, padres de familia y directores, materiales educativos,
biblioteca, software educativo, entre otros.
Prioridad 3: Prevención de la reprobación y abandono escolar.
Contratación de asesorías, tutorías y materiales para alumnos, docentes,
padres de familia y directores, software educativo, entre otros.
Prioridad 4: Convivencia pacífica en la escuela. Contratación de asesorías,
tutorías y materiales para alumnos, docentes, padres de familia, directores,
software educativo, fomento de 13 actividades deportivas, artísticas,
recreativas y de convivencia y adaptaciones físicas, materiales e insumos
para eliminar barreras para el aprendizaje.
Las acciones de formación, capacitación, actualización y superación profesional
deberán estar plenamente identificadas en la Ruta de Mejora y responderán a las
necesidades prioritarias de las escuelas beneficiadas.
Tratándose de servicios de capacitación, actualización, formación, etc., se deberá
realizar la retención correspondiente al I.S.R., en este caso la cantidad que resulte
de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que se efectúen, sin
deducción alguna.
Asimismo, cada comprobante que ampare la impartición de diplomado, taller,
conferencia, curso, etc., deberá estar acompañada por:
Registro de asistencia por parte de docentes, padres familia y/o alumnos
Evidencia fotográfica de cada actividad (pegadas o impresas en hoja
tamaño carta).
II. Medios de Pago.
Los medios de pago que podrán utilizar las escuelas son: pago directo con tarjeta,
transferencia bancaria y cheque de caja.
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Pago directo con tarjeta. Cuando las empresas y/o proveedores cuenten
con terminal bancaria, se podrá realizar hasta por un monto de $220 mil
por transacción, sin límite mensual.
Cheque de caja. Se podrán utilizar con montos que pueden ser de $30 mil a
100 mil diarios, presentando solicitud de servicio bancario respectiva.
Transferencia bancaria. Se podrán realizar movimientos de hasta de $100
mil diarios, presentando formato de solicitud de servicios bancarios,
debidamente requisitada con firmas del Director de la escuela y del
Presidente del CEPS, así como de la Coordinación Estatal del Programa.
Solicitud de Servicio Bancario. Los pagos a través de transferencias electrónicas y
cheques de caja, requieren de la validación y autorización de la Coordinación
Estatal del Programa, además de contar con la firma del Director de la escuela y
del Presidente del CEPS. El formato establecido para tal fin es el denominado
“Solicitud de Servicio Bancario”.
Con el objeto de hacer uso eficiente de los recursos las disposiciones en efectivo
en ventanilla y/o cajeros automáticos requieren autorización expresa de la
Coordinación del Programa, previa solicitud y justificación respectiva.
III.- Adquisiciones y contratación de trabajos
La comunidad escolar es la única facultada para la toma de decisiones respecto a
las carencias que atenderá con los recursos del Programa. El Director de la Escuela
y el Presidente del CEPS son quienes definirán los comercios en los que realizarán
las compras de materiales, mobiliario y equipo que requieran, así como las
empresas que contraten para realizar las acciones mayores o menores
programadas.
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Previo a la contratación de las obras y/o acciones se deberán obtener 3
(cotizaciones), proceso que permita seleccionar la mejor propuesta, bajo criterios
de economía, eficacia y oportunidad.
La Coordinación Estatal del Programa no tiene convenios, contratos o compromisos con
ningún proveedor de bienes y/o servicios de ningún tipo, por lo que no se responsabiliza
de actos que se realicen entre las escuelas y los proveedores.
La ejecución de las acciones mayores amerita la asistencia técnica y supervisión del
INHIFE, en el diseño, ejecución y recepción de los trabajos a entera satisfacción de
la comunidad escolar.
Para la ejecución de las acciones previstas en el Componente 1, el Director de la
Escuela y el Presidente del CEPS podrán tomar como referencia el Padrón de
Contratistas del Gobierno del Estado publicado en el portal del Programa de la
página de Internet de la Secretaría de Educación Pública del Estado.
Requisitos que deberán cubrir las empresas constructoras. Previo a la suscripción
de los contratos de obra el director de la escuela verificará la documentación legal
de la empresa seleccionada, quien deberá cumplir con los requisitos siguientes:
Acta Constitutiva (persona moral) y/o Acta de Nacimiento e INE (persona
física).
Poder Notarial e INE del representante legal, en caso de personas morales.
Comprobante de domicilio fiscal, debiendo ser del Estado de Hidalgo (con
una antigüedad no mayor a 2 meses).
Alta ante SHCP, que contenga como actividad principal, la relacionada con
el ramo de la construcción.
Estados financieros, anexando copia de cédula profesional del profesionista
que emitió la opinión respectiva.
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Evidencia de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT.
Constancia de no adeudos por concepto de cuotas obrera-patronales con el
IMSS.
Documento donde manifieste, bajo protesta de decir verdad, que posee la
experiencia, recursos humanos, materiales financieros y técnicos, así como
todo lo necesario para realizar la totalidad de la acción objeto del contrato.
Documento donde manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que conoce y
se compromete a observar y cumplir con la normatividad en materia de
construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y medio
ambiente que rijan en la entidad donde se llevará a cabo la acción, de
conformidad a las normas de construcción que haya emitido el Organismo
estatal, así como las especificaciones técnicas, el proyecto técnico
presupuestado, el calendario de ejecución de la acción y demás
documentos en que se consignan los precios y las actividades principales.
Escrito de la empresa o contratista donde designa desde un inicio, a un
representante, que permanecerá en el sitio de realización de la misma,
donde señale que está debidamente capacitado, con los conocimientos
técnicos necesarios en el ramo de la construcción y que lo facultan para
tomar decisiones en lo relativo al contrato; del mismo modo, deberá ser
facultado para oír y recibir todo tipo de información, avisos y comunicados.
Currículum del contratista.
Registro de Contratistas del Gobierno del Estado, vigente.
Datos de cuenta bancaria (Clabe interbancaria).
Las escuelas que decidan realizar acciones mayores, consistentes en la
construcción de espacios educativos, como: aulas, sanitarios, techumbres, bardas
perimetrales, muros de contención, losas de concreto, etc., deberán contar con la
documentación que acredite la propiedad del inmueble en favor de la institución
educativa.
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En caso de realizar acciones mayores la comunidad escolar cubrirá el pago
correspondiente a la supervisión técnica de hasta un 2% del monto de la obra
supervisada.
Las escuelas beneficiadas no podrán suscribir contratos, contraer compromisos y
tampoco iniciar los trabajos de obra, sin antes elaborar y presentar, entre otros:
proyecto técnico presupuestado, programa financiero y de actividades y
generadores, en su caso, debidamente validado por la instancia técnica respectiva
que faculte el INIFED.
COMPROMISOS QUE NO EXCEDAN LA CAPACIDAD FINANCIERA DE LAS CONTRATISTAS
Las empresas constructoras no podrán suscribir contratos que excedan 7 (Siete) obras en
virtud de que pudiera superar su capacidad financiera y representar un riesgo en el
cumplimiento de los compromisos adquiridos, convirtiéndose en un problema para las
comunidades escolares.
Las escuelas que decidan adquirir equipo electrónico (computadoras, proyectores,
impresoras, equipo de audio, etc.), deberán acreditar que las instalaciones
eléctricas funcionan de manera adecuada, mediante la presentación de plano
eléctrico.
Al INIFED y/o INHIFE les corresponde gestionar con las empresas constructoras la
entrega de documentación para su integración en el expediente de la obra, como
sigue:
Contrato de Obra con firmas autógrafas y fianza.
Proyecto técnico presupuestado.
Calendario de ejecución.
Documentación legal de la empresa.
Carta garantías que emitan los fabricantes de los productos utilizados en la
obra.
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Oficios de autorización de prórrogas solicitados por las empresas o
contratistas y autorizadas por el Director y el CEPS, y por el INIFED u
organismo responsable, si es el caso.
Pagaré suscrito por la empresa a través de su apoderado legal o persona
física con un aval a favor del director de la escuela, quien lo deberá endosar
al INIFED y/o INHIFE, que garantice la debida aplicación de los pagos
realizados en favor de la contratista y el cumplimiento de todas y cada una
de las obligaciones establecidas en el contrato.
Solicitud de devolución de garantía.
Oficio o documento que acuse la devolución de la garantía.
Escrito donde conste, en su caso, la aplicación de penas convencionales a la
empresa o contratista.
Oficio de Notificación de le empresa o contratista de terminación de las
acciones dirigido al director, CEPS, INIFED y/o INHIFE, solicitando la hora y
la fecha para realizar el acta de entrega-recepción.
Acta entrega – recepción debidamente requisitada con la participación del
INHIFE y/o instancia técnica responsable de la supervisión de las acciones.
Por ningún motivo las escuelas beneficiadas del Programa podrán contratar los
servicios de aquellas empresas constructoras que hayan mostrado retrasos e
incumplimiento en la ejecución e integración y presentación de las evidencias
documentales correspondientes a las acciones realizadas dentro del Componente
1 y 2 del PEEARE ciclo escolar 2014-2015, de acuerdo al listado emitido por la
Coordinación Estatal del Programa.
Las compras deberán realizarse preferentemente con proveedores establecidos
dentro del Estado de Hidalgo, con el propósito de fortalecer la economía local,
regional y/o estatal; acciones que evitaran conflictos en el reclamo de alguna
garantía de los productos o servicios adquiridos.
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Serán considerados como proveedores de bienes o servicios, aquellos negocios
legalmente establecidos, que cumplan con los requisitos fiscales en su facturación,
ubicados en el mercado local, regional y/o estatal, quienes están obligados a
otorgar garantía de sus productos por escrito en papelería oficial del proveedor,
debidamente suscrita por el representante legal y/o persona facultada para tal fin.
Es responsabilidad del director de la escuela buscar las opciones que le permitan
obtener los mejores precios del mercado, calidad, condiciones, servicios y garantía,
así como verificar el estado de entrega y el correcto funcionamiento de los
productos y bienes adquiridos. Es conveniente no generar ningún pago previo a la
entrega e instalación de los bienes a entera satisfacción del director y del CEPS.
Es responsabilidad del director solicitar a los proveedores las garantías de los
productos adquiridos con los recursos del Programa.
GASTOS NO PERMITIDOS
Queda prohibido la adquisición asociada a beneficios personales y ajenos a los propósitos
del Programa, como son: electrodomésticos, línea blanca, automóviles, hospedaje,
alimentación, etc., y cualquier otro que no esté directamente vinculado con la Ruta de
Mejora. En este caso la Coordinación Estatal del Programa ejercerá las acciones
normativas y legales que correspondan ante las instancias respectivas.
IV.- Recomendaciones para el uso eficiente de los
recursos
El expediente de obra deberá estar firmado y avalado por el supervisor de obra
asignado, quien apoyará y asesorará al Director de la Escuela y al Presidente del
CEPS en la elaboración y validación del presupuesto de obra tomando como base
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el “Catalogo de Conceptos y Precios Unitarios” del Área Técnica de la Secretaría de
Planeación, Desarrollo Regional y Metropolitano del Gobierno del Estado,
correspondiente al ejercicio fiscal 2015.
Invariablemente las escuelas beneficiadas darán prioridad al mejoramiento de las
instalaciones eléctricas, previo a la adquisición de equipo electrónico, por lo que
deberá programar la elaboración del proyecto eléctrico, con el objeto de:
Disminuir el consumo de energía eléctrica y en consecuencia generar
ahorros económicos.
Garantizar la vida útil de los equipos adquiridos.
Incluir en el presupuesto de obra la elaboración del rotulo de identificación de la
escuela beneficiada, solo para aquellos planteles que carezcan del mismo, el cual
deberá contener: municipio, localidad, nombre de la escuela, CCT y zona escolar.
Designación de representante de contratista como residente de obra. Escrito de
la empresa o contratista donde designa desde un inicio, a un representante, que
permanecerá en el sitio de realización de la misma, donde señale que está
debidamente capacitado, con los conocimientos técnicos necesarios en el ramo de
la construcción y que lo facultan para tomar decisiones en lo relativo al contrato;
del mismo modo, deberá ser facultado para oír y recibir todo tipo de información,
avisos y comunicados, quien se encargará de aperturar el inicio y la supervisión de
los trabajos, así como la terminación y cierre de la obra.
Trabajos fuera del presupuesto. La coordinación SEPH e INHIFE solo reconocerá y
verificará durante la entrega recepción de obra los conceptos considerados en el
presupuesto de obra y contratados de acuerdo al expediente, desconociendo todo
lo que se convenga y acuerde entre el Director-CEPS con la empresa fuera del
contrato.
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Las empresas constructoras serán responsables de los daños ocasionados durante
la ejecución de los trabajos, los cuales deberán ser reparados por la empresa sin
costo alguno.
Unificación de pintura del plantel. Dentro del presupuesto de obra las escuelas
beneficiadas programarán el suministro y aplicación de pintura para todas las
áreas que conforman el plantel educativo, con la finalidad de unificar colores de
acuerdo a las características que emita el INIFED.
V. Integración de la documentación comprobatoria
Fecha límite de comprobación de recursos. Los Directivos en coordinación con los
Presidentes de los CEPS, observarán los plazos establecidos para la integración de
la documentación comprobatoria original, como sigue:
ACTIVIDAD FECHA LÍMITE PARA EL EJERCICIO Y
COMPROBACIÓN DE LOS RECURSOS
Comprobación de recurso total asignado 29 de Julio de 2016
El incumplimiento de la disposición relativa a la comprobación en los plazos antes
señalados, dará lugar a que la Coordinación Estatal del Programa, de vista al
órgano interno de control, con la finalidad de coadyuvar en el cumplimiento de
esta disposición o en su caso llevar a cabo el procedimiento jurídico legal, a que
haya lugar.
Resguardo de la documentación comprobatoria. Es responsabilidad del Director
comprobar el ejercicio de los recursos financieros del Programa, conforme a las
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disposiciones jurídicas aplicables, así mismo deberá resguardar por un plazo de
cinco años la documentación comprobatoria original.
De la misma manera los directores se obligan a colaborar con las diferentes
instancias revisoras federales y estatales que lleven a cabo la fiscalización respecto
a la aplicación y comprobación de los recursos públicos del Programa.
La comprobación del ejercicio de los recursos y las evidencias correspondientes
deberán estar disponibles en la escuela para la revisión de las instancias
fiscalizadoras, del orden federal o local, así mismo proporcionarán una copia a la
Coordinación Estatal del Programa de Escuelas de la Reforma Educativa.
VI. Requisitos Administrativos
Facturación de acciones o servicios contratados. Todos los documentos que se
presenten para comprobar el ejercicio de los recursos otorgados, deberán reunir
los siguientes requisitos:
Ser documentación original
Estar expedidos a nombre de la Secretaría de Educación Pública, conforme
a la cédula de identificación fiscal siguiente:
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“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social” 17
Cabe señalar que de conformidad con lo señalado en el Artículo 29 A del
Código Fiscal de la Federación, en la documentación comprobatoria que
se emita, se consignará el domicilio de la escuela beneficiada.
Los comprobantes fiscales originales por la adquisición de mobiliario y
equipo no deberán contener sello y firma de recibido, tampoco sellos y
firmas, ni anotación alguna que se considere alteración al documento.
Estos requisitos se deberán consignar en copias de las facturas,
acompañadas de la cédula censal, documento que garantiza el resguardo
de los bienes adquiridos.
No presentar tachaduras o enmendaduras, errores aritméticos o
alteraciones.
Estampar sellos y firmas del Director y Presidente del CEPS.
Agrupar los gastos relativos a un mismo rubro (Componente 1 o
Componente 2)
Tratándose de comprobantes expedidos por tiendas de autoservicio, es
indispensable anexar el ticket de compra.
Con el apoyo de INHIFE y/o INIFED, los Directores de las escuelas deberán
requisitar los formatos y anexos del cuaderno de trabajo del director,
previstos en las etapas de planeación, ejecución y rendición de cuentas,
proporcionando a la Coordinación Estatal del Programa las evidencias
fotográficas y documentales que le permitan reportar en el sistema de
seguimiento del programa los avances de las acciones desarrolladas.
VII. Participación del CEPS
El Consejo Escolar de Participación Social. Representa a la comunidad escolar en
condiciones de responsabilidad compartida con la escuela, lo cual significa que es
copartícipe de las decisiones y acciones realizadas de acuerdo a las necesidades, de
los recursos que ingresan a la escuela y de su aplicación transparente para el
mejoramiento de la infraestructura y equipamiento del inmueble escolar, así
mismo para el desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión
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SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA DIRECCIÓN GENERAL DE UNIDADES REGIONALES DE DESARROLLO EDUCATIVO
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(Componentes 1 y 2) y la rendición de cuentas a la comunidad escolar de los
avances o logros alcanzados.
Entre las acciones de las que tendrá conocimiento, participará, opinará y/o
validará, están:
Conocer y enriquecer la Ruta de Mejora de la escuela.
Conocer y difundir a la comunidad escolar el monto de recursos que recibe
la escuela, su aplicación y comprobación.
Participar en la definición de las prioridades en las cuales serán invertidos
los recursos del componente 1 y 2.
Ejercer de manera conjunta con el Director de la escuela, los recursos del
programa.
Compartir la responsabilidad del ejercicio, comprobación, transparencia y
eficiencia.
Apoyar al Director con las tareas que implica el ejercicio y comprobación
delos recursos asignados.
Corresponsabilizarse con el cumplimiento de la ruta de mejora, en
particular con la normalidad mínima en la operación de la escuela
(puntualidad y asistencia de los estudiantes) y la convivencia escolar
pacífica, inclusiva y democrática.
Validar las cédulas de cierre del ejercicio de los recursos: tanto las acciones
de infraestructura y equipamiento, como las vinculadas con el componente
2.
Informar a la comunidad escolar de las actividades realizadas, así como de
los ingresos y el ejercicio del recurso recibido por la escuela.
El Director deberá asegurarse que el CEPS dé seguimiento a las acciones del
Comité de Contraloría Social de la escuela, garantizando su operación y
funcionamiento, así como llevar a cabo las funciones a su cargo, en materia de
seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones
comprometidas en el programa.
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VIII. Disposiciones de racionalidad, austeridad y
disciplina presupuestal
Sin perjuicio de lo que establecen los presentes lineamientos, el director y el
Presidente del CEPS, están obligados a dar estricto cumplimiento a las normas de
racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal contenidas en los “Lineamientos
para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente
y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el
ejercicio del gasto público, así como la modernización de la Administración Pública
Federal”, publicados el 30 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y
las demás disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Las acciones de Contraloría Social estarán principalmente a cargo de los miembros
del CEPS, a través del Comité de Contraloría Social y demás instancias asociativas
de beneficiarios, con el propósito de que participen en el seguimiento, supervisión
y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el
Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.
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Para mayores informes:
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Teléfonos 01(771) 717-2510
EXT. 4810