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    LEY 276/94 ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL

    DE LA REPUBLICA EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA

    SANCIONA CON FUERZA DE LEY

    Artículo 1o.- La Contraloría General de la República es el organismo de control de lasactividades económicas y financieras del stado! de los "epartamentos y de las#unicipalidades! en la forma determinada por la Constitución $acional y por estaLey. Go%a de autonomía funcional y administrativa. La referencia de la misma ser& lade Contraloría General.

    Artículo 'o.- La Contraloría General! dentro del marco determinado por los Artículos'(1 y '() de la Constitución $acional! tiene por ob*eto velar por el cumplimiento de

    las normas *urídicas relativas a la administración financiera del stado y proteger el patrimonio público! estableciendo las normas! los procedimientos re+ueridos yreali%ando periódicas auditorías financieras! administrativas y operativas, controlandola normal y legal percepción de los recursos y los gastos e inversiones de los fondosdel sector público! multinacional! nacional! departamental o municipal sin ecepción!o de los organismos en +ue el stado sea parte o tenga inters patrimonial a tenor deldetalle desarrollado en el Artículo /o. de la presente Ley, y aconse*ar! en general! lasnormas de control interno para las entidades su*etas a su supervisión.

    " 0 C2#3204C42$! "04G$AC42$ 5 R#2C42$Artículo )o.- La Contraloría General ser& e*ercida por un Contralor y un 0ub-Contralor! +uienes deber&n ser de nacionalidad paraguaya! de treinta a6os cumplidos!graduados en "erec7o o en Ciencias conómicas! Administrativas o Contables. 0er&ndesignados por la C&mara de "iputados por mayoría absoluta de sendas ternas decandidatos propuestos por la C&mara de 0enadores! con idntica mayoría, durar&ncinco a6os en sus funciones y podr&n ser reelectos por un período m&s con su*eción alos mismos tr&mites.

    Artículo 8o.- l Contralor General y el 0ub-Contralor! para la posesión de sus cargos!deber&n prestar *uramento ante la C&mara de "iputados de la $ación.

    " L20 4#3"4#$920

    Artículo :o.- $o podr&n ser Contralor General y 0ub-Contralor las personas;. a< =ue7ayan sido sancionadas administrativamente con medidas disciplinarias de segundogrado durante el desempe6o de una función pública , b< =ue 7ayan sido condenadas

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     por delitos +ue mere%can pena penitenciaria! con ecepción de la derivada por accidente de tr&nsito , y! c< =ue estn comprendidas dentro del cuarto grado deconsanguinidad o segundo de afinidad con el 3residente o el >ice-3residente de laRepública.

    Artículo ?o.- l Contralor General y el 0ub-Contralor tienen las mismas inmunidadese incompatibilidades prescriptas para los magistrados *udiciales. 9endr&n un rangoe+uivalente al de ministro del 3oder *ecutivo. $o podr&n ser removidos salvo por comisión de delito o mal desempe6o de sus funciones! y por el procedimientoestablecido para el *uicio político.

    Artículo @o.- l Contralor General y el 0ub-Contralor ser&n personalmenteresponsables de sus actos oficiales y de la omisión o desviación del cumplimiento desus funciones legales.

    Artículo (o.- l Contralor General y el 0ub-Contralor no podr&n ser sometidos a *uicio por las acciones reali%adas en el e*ercicio de sus funciones! salvo lo epuesto enel artículo anterior.

    "R0 5 A9R4C42$0

    Artículo /o.- 0on deberes y atribuciones de la Contraloría General;.a< l control! vigilancia y la fiscali%ación de los bienes públicos y del patrimonio delstado! los de las ntidades Regionales o "epartamentales! los de las#unicipalidades! los del anco Central y los de los dem&s ancos del stado omitos! los de las ntidades autónomas! aut&r+uicas o descentrali%adas! así como losde las empresas del stado o mitas,

     b< l control de la e*ecución y la li+uidación del 3resupuesto General de la $ación,c< l control de la e*ecución y la li+uidación de los presupuestos de todas lasreparticiones mencionadas en el inc. a

    fondos e inventarios. Al )B de agosto de cada a6o! a m&s tardar! elevar& un informe alCongreso sobre la e*ecución y li+uidación presupuestaria del a6o anterior! para +ue laconsideren ambas C&maras,d< iscali%ar las cuentas nacionales de las mpresas o ntidades #ultinacionales decuyo capital participe el stado en forma directa o indirecta! en los trminos de susrespectivos 9ratados yDo Cartas 2rg&nicas,e< l re+uerimiento de informes sobre la gestión fiscal y patrimonial a toda persona oentidad pública! mita o privada +ue administre fondos! servicios públicos o bienes

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    del stado! a las ntidades Regionales o "epartamentales y a los #unicipios! todaslas cuales deben poner a su disposición la documentación y los comprobantesre+ueridos para el me*or cumplimiento de sus funciones! dentro de un pla%o de cincoa veinte días,f < La recepción de las declaraciones *uradas de bienes de los funcionarios públicos!dentro de las garantías previstas en la Constitución $acional! así como la formaciónde un Registro de las mismas! y la producción de dict&menes sobre la correspondenciaentre tales declaraciones prestadas al asumir los respectivos cargos! y las +ue elfuncionario público formule al cesar en el cargo , suministrar& los informescontenidos en el Registro a pedido epreso del 3oder *ecutivo! de cual+uiera de lasC&maras del Congreso $acional! del iscal General del stado! del 3rocurador General de la República! de la Comisión icameral 4nvestigadora de 4lícitos y del

    2rganismo *urisdiccional competente,g< La denuncia a la Eusticia ordinaria y al 3oder *ecutivo de todo delito del cualtenga conocimiento en ra%ón de sus funciones específicas! siendo solidariamenteresponsable! por omisión o desviaciones! con los organismos sometidos a su control!cuando stos actuasen con deficiencia o negligencia,7< Reali%ar Auditorías financieras! administrativas! operativas o de gestión de todaslas reparticiones públicas mencionadas en el inciso a

    obligatorio! dentro de un pla%o de treinta días,ierificar los gastos e inversiones del 3resupuesto de los 3oderes Legislativo yEudicial ,

    m< Controlar la veracidad de los 4nformes 2ficiales relacionados con las estadísticasfinancieras y económicas de la $ación,n< "ar a conocer a ambas C&maras del Congreso y al 3oder *ecutivo todatransgresión de disposiciones constitucionales y legales de +ue tenga conocimientocomo resultado de su función de control y fiscali%ación de la e*ecución del3resupuesto General de la $ación,6< Revisar y evaluar la calidad de las Auditorías tanto internas como eternas de lasinstituciones su*etas a su fiscali%ación y control,

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    o< >igilar y controlar los ingresos y egresos del 9esoro $acional, p< iscali%ar las etapas de 3rivati%ación de las mpresas 3úblicas del stado,+< mitir dictamen sobre los Acuerdos de "onaciones! 3rstamos no Reembolsables!y de los 3rstamos $acionales e 4nternacionales! antes de su tratamiento en elCongreso $acional,r< Controlar desde su inicio todo el proceso de licitación y concurso de precios de losorganismos sometidos a su control,s< 4nstalar 2ficinas Regionales! ba*o su supervisión! debiendo dictar los reglamentosoperativos +ue correspondan, y!t< "isponer las providencias +ue correspondan para el cumplimiento de los dem&sdeberes y atribuciones conferídale por esta Ley.

    " LA0 4$9R>$C42$0 5 3"4"20 " 4$2R#0

    Artículo 1B.- l Contralor General o +uien lo sustituya! para el cumplimiento de susfunciones! podr& re+uerir informes a cual+uier ente u oficina sometida a su control! eimpartir las instrucciones pertinentes en el &mbito de su competencia. l suministrode tales informes ser& obligatorio para los organismos y funcionarios públicos o

     privados a +ue se refiera en cada caso concreto! so pena de incurrir en encubrimientoen los casos en +ue se comprobaren ilícitos.

    Artículo 11.- n caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta Ley! la ContraloríaGeneral dispondr& la instrucción del sumario correspondiente a travs de su asesoría *urídica. l resultado del sumario y sus antecedentes ser&n remitidos al superior  *er&r+uico de la institución donde presta servicio el funcionario! y en su caso al iscalGeneral del stado u organismo *urisdiccional competente conforme corresponda.

    Artículo 1'.- 9odo 7ec7o de omisión o demora de la Contraloría General en eldiligenciamiento de las intervenciones solicitadas por una de las C&maras del 3oder Legislativo! por el 3oder *ecutivo! por los Gobiernos "epartamentales y#unicipales! transcurridos treinta días de la solicitud ser& comunicado a la C&mara de

    "iputados. sta podr& re+uerir los informes correspondientes a los efectos +ueconsidere pertinente.

    Artículo 1).- l Contralor General por sí o por delegación al 0ub-Contralor u otro"irector de "epartamento! designado epresamente en cada caso! intervendr&

     *untamente con el scribano #ayor de Gobierno! en la destrucción e incineración delos documentos de la deuda pública! títulos valores u otros instrumentos declarados

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    caducos o inservibles por autoridad competente. La no observancia de estasformalidades 7ace personalmente responsable a +uienes lo 7ubieren dispuesto.

    Artículo 18.- l Contralor General! o +uien lo represente! podr& asistir a las sesionesde los directorios o conse*os de las instituciones cuya fiscali%ación le est&encomendada. 9endr& en las mismas sólo derec7o a vo% y no podr& percibir remuneración alguna por este 7ec7o. 0u intervención ser& sin per*uicio de lasfunciones asignadas por la Ley y los reglamentos pertinentes al síndico.

    " L20 A#$0! 40CAL4HAC42$ 5 C2$9R2L.

    Artículo 1:.- La Contraloría General proceder& al eamen e inspección de los libros!

    registros y documentos relativos a la Contabilidad del stado! las ntidadesRegionales o "epartamentales! las #unicipalidades! los del anco Central y losdem&s ancos del stado o #itos! los de las entidades autónomas! aut&r+uicas odescentrali%adas! los de las mpresas del stado o mitas! así como los de lasmpresas o ntidades #ultinacionales y todas las dem&s empresas de cuyo capital

     participe el stado en forma directa o indirecta! en los trminos de sus respectivasCartas 2rg&nicas.

    Artículo 1?.- n el e*ercicio de sus funciones ante los organismos o instituciones

    sometidas a su control y fiscali%ación! la Contraloría General! a falta de una definiciónsobre procedimientos! podr& interpretar las disposiciones administrativas yreglamentarias cuyo cumplimiento verifica! conforme a la naturale%a! ob*eto yfunciones de las 4nstituciones. 0us conclusiones! recomendaciones y dict&menes ser&nde cumplimiento obligatorio para todos los organismos su*etos a su control! en casossimilares.

    Artículo [email protected] Los libros! documentos y cuentas aprobadas ser&n destruidos despus dedie% a6os de su revisión y control! salvo a+uellos +ue por su valor 7istórico! laContraloría General considere de inters conservarlos! para la cual se observar&n las

     previsiones del Artículo 1) de esta Ley.

    Artículo 1(.- Las ntidades del 0ector 3úblico +ue para el cumplimiento de susfunciones deban reali%ar ad+uisiciones de bienes y servicios! suministros! locacionesde obras! ena*enaciones y arrendamientos u otros actos similares! deber&nimplementar los tr&mites previstos en la Ley de 2rgani%ación Administrativa y Leyesspeciales! sin re+uerimiento del dictamen previo de la Contraloría General! siendo

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    de su eclusiva responsabilidad el cumplimiento de ellas. La Contraloría Generale*ercer& la fiscali%ación de las mismas en cual+uier etapa de su e*ecución.

    Artículo 1/.- l control y fiscali%ación +ue la Contraloría e*erce sobre las4nstituciones de conformidad a la Constitución $acional y esta Ley! ser&n sin

     per*uicio de las facultades +ue correspondan a otros organismos e instituciones delstado como el 9ribunal de Cuentas! 'I 0ala! a los +ue por Ley se asignen potestadesde control y fiscali%ación.

    " LA 4$9R>$C42$ E"4C4AL

    Artículo 'B.- n los procedimientos de control y fiscali%ación! la Contraloría General

     podr& solicitar al Eue% de 3rimera 4nstancia en lo Civil de 9urno de la *urisdicción *udicial correspondiente! el allanamiento de domicilios! locales! depósitos u otrosrecintos! con auilio de la uer%a 3ública! medida +ue ser& proveída en el pla%o deveinte y cuatro 7oras! si correspondiere.

    "L C2$9RAL2R G$RAL

    Artículo '1.- Corresponde al Contralor General;. a< Representar a la ContraloríaGeneral en todos los actos en +ue ella intervenga , b< "irigir las actividades de la

    4nstitución , c< 3residir el Comit *ecutivo de la ntidad , y! d< $ombrar al personalde conformidad a lo establecido en esta Ley.

    "L 0 C2$9RAL2R 

    Artículo ''.- Corresponde al 0ub-Contralor;. a< 0ustituir al Contralor General en casode impedimento! ausencia temporal o vacancia definitiva! asumiendo de inmediatotodas sus atribuciones , b< Cooperar con la labor +ue corresponde al Contralor General de conformidad a esta Ley , y! c< 0upervisar el funcionamiento de lasdistintas dependencias de la Contraloría General.

    " LA0 00949C42$0

    Artículo ').- 0i el Contralor General y el 0ub-Contralor estuvieren imposibilitados dee*ercer sus funciones! los reempla%ar& el "irector General de Asuntos Eurídicos de la4nstitución! 7asta tanto se disponga la designación de los sustitutos.

    "L RG4#$ " A"=404C42$0 5 C2$9RA9AC42$0.

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    Artículo '8.- La contratación de obras y servicios! así como la ad+uisición de bienes!reali%adas por la Contraloría General! cuyo valor eceda del e+uivalente de 1B.BBB

     *ornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas en laCapital! se 7ar&n por medio de licitación pública! de acuerdo a las leyesadministrativas vigentes. Cuando las contrataciones y ad+uisiciones sean inferiores adic7o monto! pero superiores a :.BBB *ornales mínimos establecidos para actividadesdiversas no especificadas en la Capital! se podr&n 7acer por concurso de precios!

     previo anuncio en dos periódicos nacionales de gran circulación por tres díasconsecutivos y con die% días de anticipación. 3or sumas inferiores a este últimomonto se podr&n efectuar por contratación directa.

    Artículo ':.- La venta de bienes +ue integran el activo! sean muebles o inmuebles!deber& ser autori%ada previamente por el Comit *ecutivo! y reali%ada deconformidad a las leyes +ue rigen la materia.

    Artículo '?.- l Comit *ecutivo fi*ar& en cada caso los re+uisitos y condiciones parael arrendamiento de bienes muebles o inmuebles.

    09RC9RA 2RGA$4CA 5 "9R#4$AC42$ " $C42$0.

    Artículo '@.- 3ara el cumplimiento de las funciones! atribuciones y responsabilidadesde la Contraloría General de conformidad a la Constitución $acional y a lasdisposiciones legales vigentes! la estructura org&nica de la 4nstitución est& constituida

     por los siguientes órganos;. a< l Contralor , b< l 0ub-Contralor, c< "irecciónGeneral de Asuntos Eurídicos, d< Comit *ecutivo, e< Auditoría 4nstitucional, f <Asesoría 9cnica, g< 3lanificación e 4nformes, 7< 0ecretaría General i< "irecciónGeneral de Administración, *< "irección General de Control de la AdministraciónCentral, F< "irección General de Control de la Administración "escentrali%ada, l<"irección General de Control de 2rganismos "epartamentales y #unicipales, m<"irección General de Control de 2bras 3úblicas, y! n< "irección General de

    Licitaciones.

    "L C2#49 EC94>2

    Artículo '(.- l Comit *ecutivo estar& integrado por los "irectores de la ContraloríaGeneral! cuyas funciones ser&n reglamentadas por el mismo.

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    Artículo '/.- l proceso de selección del personal! calificación! promoción ydestitución estar& a cargo del Comit *ecutivo! conforme al Reglamento 4nterno de la4nstitución.

    RG4#$ "L 3R02$AL " LA C2$9RAL2R4A G$RAL

    Artículo )B.- Los funcionarios de la Contraloría General deber&n ser altamentetcnicos y calificados! y pueden ser permanentes o de libre nombramiento yremoción.

    Artículo )1.- Los funcionarios permanentes go%ar&n de estabilidad en el desempe6ode sus cargos! cumplido un a6o de su nombramiento. 9ranscurrido dic7o pla%o! sólo

     podr&n ser separados del servicio! por las causales establecidas en el Reglamento4nterno del 3ersonal de la 4nstitución! previa instrucción del sumario correspondiente.

    Artículo )'.- l personal de libre nombramiento y remoción son a+uellos +ue prestanservicios en forma transitoria o temporal! los tcnicos y asesores contratados.

    Artículo )).- Los funcionarios titulares de los órganos establecidos en el Artículo '/ prestar&n *uramento ante el Contralor de sostener y defender la Constitución $acional! las Leyes de la República y sus Reglamentaciones y de cumplir los deberes

    in7erentes a su cargo! antes de e*ercer sus funciones.Artículo )8.- 0in per*uicio de lo dispuesto por la Constitución $acional y las Leyeslaborales! la 4nstitución contar& con un Reglamento 4nterno del personal! donde seestablecer&n los derec7os! deberes! obligaciones y sanciones de +ue ser& pasible el

     personal de la Contraloría General! cuya redacción y aprobación estar&n a cargo delComit *ecutivo.

    Artículo ):.- l Contralor General nombrar& al personal de la 4nstitución! por el procedimiento a determinarse en el Reglamento 4nterno del 3ersonal! a propuesta del

    Comit *ecutivo.

    Artículo )?.- Los funcionarios de la Contraloría General son personalmenteresponsables en los casos de transgresiones! delitos o faltas +ue cometiesen en eldesempe6o de sus funciones! sin per*uicio de la responsabilidad subsidiaria delstado. sta responsabilidad no ecluye la +ue pudiere corresponderle a consecuenciade lo establecido por leyes especiales.

    (

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    Artículo )@.- acultase a la Contraloría General a reglamentar el rgimen de la carreraadministrativa del personal nombrado con funciones permanentes! debiendoestablecer la escala general de remuneraciones! conforme a la responsabilidad eidoneidad tcnica +ue cada funcionario tenga dentro de la estructura org&nica de la4nstitución! con miras a la elaboración presupuestaria.

    " L20 04$"4C20

    Artículo )(.- Los síndicos asignados por Ley para el control y fiscali%ación deorganismos e instituciones del stado! ser&n designados por la Contraloría General.*ercer&n sus funciones conforme a la Ley y responder&n ilimitada y solidariamentecon los responsables de la repartición pública cuya auditoría y fiscali%ación se les

    confía! por los actos y documentos +ue verifi+uen y autoricen. 0us remuneracionesformar&n parte del 3resupuesto General de Gastos de la Contraloría.

    " LA0 R032$0A4L4"A"0 5 0A$C42$0

    Artículo )/.- La Contraloría General podr& tomar todas las medidas precautoriasnecesarias tendientes a resguardar las pruebas y evidencias obtenidas en el e*erciciode sus funciones.

    Artículo 8B.- La persona +ue proporcionare datos o informes falsos a la ContraloríaGeneral! ser& sancionada conforme a las disposiciones penales vigentes. Las normas+ue estable%can el secreto o reserva sobre determinados asuntos! no obstar&n para +uese proporcione la información y los antecedentes re+ueridos para el e*ercicio de lafiscali%ación! sin per*uicio de +ue sobre su personal pese igual obligación de guardar tal reserva o secreto. "403204C42$0 G$RAL0

    Artículo 81.- Las entidades ba*o control de la Contraloría General se regir&n por susrespectivas Cartas 2rg&nicas! sin per*uicio de lo dispuesto en esta Ley.

    Artículo 8'.- A los efectos de las Auditorías +ue deban ser reali%adas por el 9ribunalde Cuentas y la Contraloría General en las 4nstituciones su*etas a su control! loscomprobantes de gastos e inversiones +uedar&n ba*o custodia y responsabilidad de lasmismas! para la reali%ación de las fiscali%aciones legales establecidas! conforme a los

     principios de contabilidad y normas de Auditoría generalmente aceptadas.

    Artículo 8).- l Contralor General presentar& anualmente en la apertura del períodode 0esiones del Congreso $acional! un informe general detallando las gestiones

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    reali%adas al cierre del último e*ercicio financiero del stado. Asimismo! informar& encual+uier momento al Congreso $acional o a cual+uiera de sus C&maras! cuando steasí lo re+uiera! sobre aspectos puntuales +ue 7acen a su función de control.

    Artículo 88.- l Contralor General y el 0ub-Contralor ser&n designados por el procedimiento correspondiente en forma inmediata a la promulgación de esta Ley.

    Artículo 8:.- A los efectos de la designación del Contralor General y el 0ub-Contralor!la C&mara de 0enadores deber& proponer sesenta días antes del vencimiento delmandato constitucional las ternas respectivas a la C&mara de "iputados la +ue deber&reali%ar la designación correspondiente.

    Artículo 8?.- "erógase la Ley $o. /:D/B de fec7a ) de octubre de 1//1! J32R LA= 0 CRA LA C2$9RAL2RKA G$RAL " LA $AC4$J y dem&sdisposiciones contrarias a esta Ley.

    Artículo [email protected] Comuní+uese al 3oder *ecutivo. Aprobada por la Monorable C&mara de0enadores el die% y seis de noviembre del a6o un mil novecientos noventa y tres y por la Monorable C&mara de "iputados! sancion&ndose la Ley de conformidad al Artículo'B@ de la Constitución $acional! el treinta de noviembre del a6o un mil novecientosnoventa y tres. 2b*etada parcialmente por "ecreto del 3oder *ecutivo $o. 1.((8D/8

    confirm&ndose la sanción de la Ley por la Monorable C&mara de 0enadores el '? demayo de 1//8 y por la Monorable C&mara de "iputados el ') de *unio de 1//8.

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