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Por :
Rendón Pérez Argidio
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIAFACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
PRACTICA EN FORMACIÓN JURÍDICA BÁSICA
Ley 1098/2006ley de infancia y adolescencia
¿Qué es el Código de la Infancia y la Adolescencia?
LEY 1098/2006
Es un manual jurídico que establece las normas para la protección de los niños, niñas y adolescentes; además establece el sistema de responsabilidad penal para los niños, niñas y adolescentes y las políticas publicas que deben ser aplicadas
PARTES DEL CÓDIGO
¿Cuales son los titulares de la ley ?
Edad
Infantes: de 0 a 6 años
Niños: de 6 a 12 años
Adolescentes:12 a 18 años
• Estudiantes I.E. San Peruchito
Principios Protección Integral.Interés superior.Prevalencia de los derechos.Corresponsabilidad.Exigibilidad de los derechos.Perspectiva de género.Responsabilidad parental.
Por una vida feliz
DERECHOS1. A LA VIDA
2. IDENTIDAD
3. SALUD
4. ALIMENTOS
5. PROTECCIÓN
6. INTEGRIDAD PERSONAL
7. EDUCACIÓN
8. DEBIDO PROCESO
9. INTIMIDAD
10. PARTICIPACIÓN
DERECHOS
12. FAMILIA
13.RECREACIÓN
14. INFORMACIÓN.
15. ASOCIACIÓN16.LIBERTADES FUNDAMENTALES
¿Quiénes deben garantizar los
derechos?
FAMILIA
SOCIEDAD ESTADO
¿Qué es el restablecimiento de derechos?
Es devolver los derechos vulnerados a los niños, niñas y adolescentes y su capacidad para ejercerlos con dignidad e integridad.
¿Cuáles son las medidas para restablecer los derechos de los niños?
• Amonestación a los padres de familia o responsables con asistencia obligatoria a curso pedagógico
• Retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la situación que amenace o vulnere sus derechos.
• Ubicación en medio familiar o institucional.• Adopción.• Promover las acciones policivas, administrativas
o judiciales a que haya lugar.
COMISARIA DE FAMILIA
POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA
MINISTERIO
PUBLICO
ICBFDEFESOR DE FAMILIA
COMPETENTES PARA EL RESTABLECIMIENTODE LOS DERECHOS
Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes
¿Cuál es la finalidad?
El Código busca establecer medidas de carácter pedagógico, privilegiando el interés superior del niño y garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.
¿Qué es reparación del daño?
• Es la responsabilidad de los padres o representantes legales de los niños, niñas y adolescentes que cometió el delito para reparar los daños o perjuicios a que haya lugar.
Sanciones que se imponen a los adolescentes que se les declara responsabilidad penal
•Amonestación
•Reglas de conducta
•Prestación de servicios a la comunidad
•Libertad asistida
•Internación en medio semicerrado
•Privación de libertad en centro de atención especializado
Obligaciones especiales de las instituciones educativas.
•Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.
• Brindar una educación pertinente y de calidad.
• Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
Obligaciones especiales de las instituciones educativas
•Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
•Abrir espacios de comunicación con los padres de familia
•Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales
•Evitar cualquier conducta discriminatoria
PASOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO
• Comunicación
• La formulación de cargos
• El traslado al imputado de pruebas.
• controvertir las pruebas en su contra
• pronunciamiento definitivo de las autoridades.
• La imposición de una sanción
• Proponer los recursos pertinentes
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
Reglamentado por:
• Artículo 87, Ley General de Educación (115)/94
• Artículo 17, Decreto 1860/94
ARTÍCULO 15 LEY 1098/2006. EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
El niño, la niña o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo.
EL DEBIDO PROCESO
La Constitución Política establece que el debido proceso se aplicara a toda clase
de actuaciones administrativas consagra como derecho de los niños y adolescentes el derecho a la educación. (Constitución artículos 29; 44; 45; 67)
JURISPRUDENCIA
•Sentencia T-1032 de 2000, M.P. Alejandro Martínez Caballero.•(Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994).•La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado.•La educación es un derecho-deber Sentencia T-002 de 1992, M.P. Alejandro Martínez Caballero