LA JUSTICIA SOCIAL EN LAS
TRADICIONES LIBERAL Y
SOCIALISTA
Dr. Fernando Lizárraga
Consejo Nacional del Investigaciones Científicas y Técnicas
Universidad Nacional del Comahue
Argentina
“La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales” (John Rawls).
Equidad es una forma específica de la justicia distributiva y de la igualdad.
La justicia distributiva se aplica al reparto de cargas y beneficios de la cooperación social .
La justicia tiene prioridad por sobre la eficiencia/crecimiento.
JUSTICIA SOCIAL Y EQUIDAD
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Paradigma dominante: eficiencia = crecimiento = derrame.
Realidad: el mundo es cada vez más desigual, y la tendencia continúa.
Perspectiva normativa: la desigualdad es injusta.
Desigualdad relevante no es sólo económica, sino de estatus, calidad de vida, etc.
En suma: de ciudadanía.
DESIGUALDAD
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Dado un mínimo social, la persona es saludable si:
se considera valorada por otros (reconocimiento).
se siente en “control” de su vida (autonomía).
tiene una red de vínculos sociales (participación).
Pobres desempeños en salud están asociados a:
desigualdad en estatus.
desigual sentido del control sobre la propia vida.
bajos niveles de participación cívica.
LA DESIGUALDAD ENFERMA
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Liberalismo (que no equivale automáticamente a capitalismo).
Igualitarismo liberal (socialdemocracia)
Libertarismo (neoliberalismo).
Socialismo.
DOS TRADICIONES POLÍTICAS
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Igualitarismo liberal
Justicia como equidad (John Rawls).
La justicia es la primera virtud institucional.
Distribución equitativa de bienes primarios.
a) igual derecho a un sistema de libertades iguales.
b) justa igualdad de oportunidades.
c) la igualdad es el punto de partida preferido.
d) las desigualdades sociales y económicas deben
beneficiar a los menos aventajados.
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Igualitarismo liberal: igualdad de oportunidades
Igualdad democrática: justa igualdad de
oportunidades + prioridad de los menos
aventajados.
Ciudadanía: realización efectiva de las
personas como libres e iguales, como miembros
plenamente cooperativos de una sociedad.
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Igualitarismo liberal: prioritarismo
Juzga a las sociedades desde la perspectiva de los menos aventajados.
Los menos aventajados tienen prioridad para recibir los beneficios de la cooperación social.
Límites a las desigualdades: auto- respeto y “veto de los menos aventajados”.
Requiere activismo estatal.
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LIBERTARISMO (1)
Robert Nozick, Murray Rothbard, David Friedman.
Rechaza la igualdad como principio y como meta.
Sólo cuentan los derechos individuales de no
interferencia.
Individualismo extremo:
El único lazo social es el contrato entre adultos.
Personas: “empresas en miniatura”.
La sociedad no existe; sólo existen los individuos.
Estado mínimo: defensa de la vida y de la propiedad de
las personas.
Recaudación de impuestos = semi-esclavitud.
El derecho más importante: auto-propiedad. Cali 2014 - Lizárraga 9
LIBERTARISMO (2)
Naturaliza las desigualdades sociales.
Las instituciones no deben corregir desigualdades.
Cada quien es responsable sólo de sí mismo.
Las necesidades no generan derechos.
La salud no es un derecho humano básico.
Buscar igualdad en la atención implicaría obligar a los profesionales (violando la autopropiedad).
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LIBERTARISMO:
ESTIPULACIÓN DÉBIL
Permite apropiaciones casi ilimitadas.
Estipulación débil: las desigualdades están permitidas siempre y cuando no empeoren la situación de otros.
Si mi propiedad es legítima, esto no empeora la situación de los no propietarios, ya que estos siguen igual que antes: sin acceso a dicha propiedad.
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NOZICK VS. WILLIAMS
Bernard Williams:
El fundamento de distribución de la atención es la
mala salud.
Las necesidades son la base del tratamiento.
Robert Nozick:
Las actividades no tienen fines internos.
Sólo importan las preferencias individuales.
Cada cual elige a quién dar y sobre qué bases.
La sociedad no debe subvenir a las necesidades de
sus miembros.
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LIBERTARISMO: PROPIEDAD VS.
VIDA
“[U]n derecho a la vida no es un derecho a cualquier
cosa que se necesite para vivir; otras personas pueden
tener derechos sobre estas otras cosas. Un derecho a la
vida sería, cuando mucho, un derecho a tener o a luchar
por todo lo que se necesita para vivir, siempre que
tenerlo no viole los derechos de los demás […]. El
derecho a la vida no puede ser el fundamento de una
teoría de los derechos de propiedad (Nozick, 1991: 179-
180, n. 24).
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Éxitos explicativos y déficit ético.
Busca superar a la igualdad de oportunidades del
igualitarismo liberal.
La justicia es institucional y personal. “Lo personal
es político”.
Ethos igualitario.
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G. A. Cohen
Busca corregir todas las desventajas no elegidas.
Las diferencias en el resultado sólo reflejan
diferencias de gusto o elección.
Principio comunitario: corrige desigualdades en
suerte opcional.
Comunidad:
- cuidado mutuo y reciprocidad no instrumental.
- prohíbe grandes desigualdades de condición.
- templa las aristas más severas de la justicia.
- preserva un nivel de igualdad aceptable.
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Un ethos igualitario realiza el principio
distributivo socialista por excelencia: el
Principio de Necesidades.
“De cada quien según su capacidad, a cada
quien según su necesidad”.
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CONCLUSIONES Desde el liberalismo igualitario y el socialismo pueden
construirse robustos argumentos favorables a la igualdad.
Los liberales, incluso en sus versiones más progresistas, tenderán
a justificar algunas desigualdades sociales y económicas.
Los socialistas buscarán obtener tanta igualdad como sea
posible, desde una apuesta mucho más radical.
La mayor amenaza a la igualdad viene desde esa versión
“empobrecida” del liberalismo: el libertarismo.
Las promesas igualitarias de los tiempos modernos seguirán
incumplidas mientras las necesidades no generen derechos y los
bienes sociales tan fundamentales como la salud queden sujetos
a la sola lógica anti-igualitaria del mercado.