1
JUZGADO MERCANTIL Nº12 DE
MADRID
INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS
de la
MASA ACTIVA
De la sociedad FORTALEZA MÁGICA, S.L.U.
Que presenta la Administración Concursal nombrada en los autos de concurso
voluntario número: 521/2012
Administración Concursal: XAVIER DOMÈNECH ORTÍ
Auxiliar Delegado: FRANCISO VERA VÁZQUEZ
En Madrid, a 1 de febrero de 2012
2
INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS DE LA
MASA ACTIVA FORTALEZA MÁGICA, S.L.U.
En el Juzgado de lo Mercantil nº12 de Madrid se tramita el concurso voluntario de la
sociedad FORTALEZA MÁGICA, S.L.U. (en adelante, simplemente FORTALEZA, la
Sociedad, la Deudora o la Concursada) con el número de autos: 521/2012. Dicho concurso
fue declarado en fecha 26 de octubre de 2012 y el cargo de Administración Concursal (en
adelante AC) recayó sobre D. Xavier Domènech Ortí.
En el Auto de declaración de concurso se dispuso que la tramitación del concurso se
efectuara según el procedimiento abreviado, ya que se dan las circunstancias previstas en el
art. 190 de la Ley Concursal, y que se hiciera de forma coordinada con el concurso de
Juguetería Poli, S.L.
En fecha 16 de noviembre de 2012 la Administración Concursal presentó escrito solicitando
el nombramiento de un Auxiliar Delegado como consecuencia de la complejidad derivada de
domiciliarse la Concursada fuera del territorio español. En este sentido, el Juzgado Mercantil
nº 12 de Madrid dictó Auto de fecha 10 de enero de 2013 en el que acuerda el
nombramiento como Auxiliar Delegado de D. Francisco Vera Vázquez, quien aceptó el cargo
en fecha 30 de enero de 2013.
La Administración Concursal en fecha 30 de noviembre presentó escrito solicitando prórroga
del plazo para la presentación del informe del art. 74 LC. El Juzgado Mercantil nº12 de
Madrid dictó Auto de fecha 5 de diciembre de 2012 notificado a la AC en fecha 11 de enero
de 2013, en el que se acordaba conceder una prórroga de 2 meses para la presentación del
informe a computar desde la notificación de dicho Auto.
3
ÍNDICE DE CONTENIDO
1. Evaluación del inventario presentado por JUGUETERÍA POLI, S.L. en su demanda de solicitud de
concurso ....................................................................................................................................... 4
2. Análisis del activo: comprobación y valoración .......................................................................... 6
2.1. Análisis y valoración estática ................................................................................................ 6
i. Construcciones, instalaciones, mobiliario y equipos informáticos ..................................... 6
2.1.2. Activo corriente ..................................................................................................... 10
i. Existencias ................................................................................................................ 10
ii. Fianzas ..................................................................................................................... 15
2.1.3. Activo financiero .................................................................................................... 16
2.1.4. Tesorería .............................................................................................................. 16
3. Litigios cuyo resultado pueda afectar al contenido del inventario.............................................. 17
4. Acciones de reintegración ...................................................................................................... 17
5. Bienes bajo arrendamiento financiero ..................................................................................... 17
6. CONCLUSIONES .................................................................................................................... 18
4
1. Evaluación del inventario presentado por FORTALEZA
MÁGICA, S.L.U. en su demanda de solicitud de concurso
El art. 6 de la Ley Concursal establece los documentos que deberán acompañar la demanda
de solicitud de declaración de concurso del deudor y también el contenido de los mismos.
Así, dicha Ley Concursal se refiere al inventario en el siguiente tenor: A la solicitud de
concurso se acompañará: un inventario de bienes y derechos, con expresión de su
naturaleza, lugar en que se encuentren, datos de identificación registral en su caso, valor de
adquisición, correcciones valorativas que procedan y estimación del valor real actual. Se
indicarán también los gravámenes, trabas y cargas que afecten a estos bienes y derechos,
con expresión de su naturaleza y los datos de identificación.
Analizando los datos relativos al inventario aportados en la demanda de concurso del
presente procedimiento encontramos el siguiente documento:
“Documento nº6: Inventario bienes y derechos”
Este es el único documento referido al inventario de bienes y derechos de la sociedad,
incluido como anexo a su solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores.
Dicho documento contiene 2 tablas. En la primera aparece una lista con 11 filas en las que
se relacionan los bienes de la empresa con indicación de su naturaleza, ubicación, valor de
adquisición y estimación del valor actual de mercado. En la segunda tabla se detallan las
fianzas que se corresponde al arrendamiento y al suministro eléctrico de la tienda que alquila
para desarrollar su actividad.
En cuanto a los activos, se describen con nombres muy genéricos y que en sí incluyen
muchos otros activos: “mercancía punto de venta”, “mobiliario central”, etc. Dichas partidas
requieren un mayor detalle para su comprobación. Detalle que esta Administración Concursal
ha ido solicitando y recibiendo en la mayor parte de ocasiones.
Por otra parte, el hecho de que la contabilidad tenga fechas diferentes a la de la relación del
activo, también hace que aparezcan diferencias fruto de dicho desfase. No obstante, una de
las principales dificultades que se han encontrado a la hora de determinar el activo (sobre
todo el activo no corriente) ha sido las diferencias de criterio a la hora de contabilizar los
activos. En algunos listados, como el del inventario de la demanda, los elementos tienen una
denominación y un nivel de detalle concreto y, en cambio, en los libros de contabilidad las
descripciones y detalle son diferentes. Por ello, conseguir cuadrar la realidad del activo con
las diferentes fuentes de información ha sido una laboriosa tarea, de la cual se presenta el
resultado en el presente informe.
5
Esta Administración Concursal no ha advertido la existencia de otros activos no detallados en
el inventario de la demanda de declaración de concurso, más allá de aquellos que no se
encuentran suficientemente detallados (especialmente las existencias).
De forma resumida, el inventario de activo presentado por la empresa contiene las
siguientes partidas:
Activo Saldo en el balance Estimación valor de
mercado
Instalaciones y mobiliario 438.403,37 438.403,37
Existencias 210.278,71 210.278,71
Fianzas 5.001,07 5.001,07
Inversiones financieras y otros activos financieros 94.128,05 94.128,05
Tesorería 19.212,32 19.212,32
TOTAL 767.023,52 767.023,52
En cuanto a las existencias, esta Administración Concursal recibió traslado de archivos Excel
con el detalle de las mismas, sobre el cuál basó sus comprobaciones, según se describirá
próximamente.
Por cuanto se refiere a las inversiones financieras a corto plazo, no todas las operaciones
han sido correctamente documentadas, especialmente las referidas a las operaciones entre
las empresas del grupo y en concreto con Juguetería Poli, S.L.
6
2. Análisis del activo: comprobación y valoración
Según dispone el artículo 82.2 de la Ley Concursal, de cada uno de los bienes y derechos
relacionados en el inventario se expresará su naturaleza, características, lugar en que se
encuentre y, en su caso, datos de identificación registral. Se indicarán también los
gravámenes, trabas y cargas que afecten a estos bienes y derechos, con expresión de su
naturaleza y los datos de identificación.
Asimismo, el apartado 3º del mismo artículo preceptúa que el avalúo de cada uno de los
bienes se realizará con arreglo a su valor de mercado, teniendo en cuenta los derechos,
gravámenes o cargas de naturaleza perpetua, temporal o redimible que directamente les
afecten e influyan en su valor, así como las garantías reales y las trabas o embargos que
garanticen o aseguren deudas no incluidas en la masa pasiva.
Se forma a continuación el inventario de bienes y derechos de la masa activa de
FORTALEZA, incluyendo todo cuanto viene preceptuado por la Ley Concursal y que acaba de
describirse. Por cuanto pueda omitirse cualquier dato de los preceptivos según el citado
código, deberá entenderse como un error que esta parte subsanará en el momento de
percatarse de él, si es el caso.
En cuanto a los criterios para la valoración de activos, esta parte quiere manifestar su
intención de realizar unas valoraciones del activo de acuerdo a lo establecido en la Ley
Concursal y, por tanto, lo más ajustadas posible a su valor de mercado. Para ello, se ha
utilizado un criterio que se expone en cada caso por haber sido considerado el más
adecuado en función de: los datos que la Administración Concursal ha recibido de la
concursada o de terceros y que considere fiables, la experiencia de esta Administración
Concursal, el criterio profesional de quién suscribe, la posesión de informes o dictámenes de
terceros, etc. Sin embargo, el suscribiente se encuentra del todo dispuesto a considerar las
aportaciones de cualquier personado en el procedimiento en cuanto a la valoración de los
activos y, por tanto, de revisar los importes de la valoración, siempre y cuando los criterios
aportados puedan ser considerados más adecuados.
Esta Administración Concursal ha procedido a realizar una valoración estática de los activos
de FORTALEZA.
2.1. Análisis y valoración estática
i. Construcciones, instalaciones, mobiliario y otro inmovilizado
En este apartado se relacionan los activos no corrientes de la empresa correspondientes a
las obras y las instalaciones que se han realizado en la tienda, y el mobiliario y otro
7
inmovilizado que poseen. Todos estos activos están ubicados en la tienda sita en Amadora
(Lisboa), Avenida Cruzeiro Seixas nº 7 Centro Comercial Dolce Vita Tejo, de la cual la
Concursada es arrendataria.
La mayor parte de los activos relacionados en las partidas que se están tratando se
corresponde a las construcciones e instalaciones que la Concursada ha realizado en la
tienda. Respecto al mobiliario se compone de activos que necesita la tienda para disponer el
material en venta (góndolas, estanterías, vitrinas, etc.).
A continuación se detalla una galería fotográfica dónde se puede comprobar los activos
descritos y su estado de conservación. Dichas fotos fueron realizadas por la Administración
Concursal en su visita a las instalaciones de la concursada.
8
9
a) Comprobación y descripción de los activos
Para realizar la comprobación de los artículos de esta partida, la Administración Concursal se
personó en la tienda de Lisboa (Portugal) dónde la Sociedad desarrolla su actividad en fecha
19 de noviembre de 2012 y realizó un inventario pormenorizado de los activos fijos
presentes en cada una de ellas. No disponemos de un detalle de cada activo que componen
éstas partidas, ya que en la contabilidad están agrupados por nombres genéricos. Se han
solicitado las facturas de los activos para comprobar su detalle aunque a fecha de
presentación del presente informe no se han recibido.
b) Cargas y gravámenes
No se conoce la existencia de ningún tipo de carga o gravamen sobre estos activos.
c) Valoración
En cuanto a la valoración realizada por la Administración Concursal, debe tenerse en cuenta
que el fin del presente concurso es la liquidación de la sociedad con el cese de su actividad
empresarial. Por ello, y sin perjuicio de atenderse a todo aquel personado en el concurso que
sostenga un mejor criterio, el criterio utilizado para la valoración de los activos es su valor
estimado de liquidación. En este sentido, ya que se pretende resolver el contrato de
arrendamiento se prevé resolverlo, todas las partidas que fueron activadas por mejoras en el
local arrendado como construcciones e instalaciones técnicas, tienen un valor estimado de
liquidación nulo, ya que no son separables de la tienda. Para el mobiliario, esta AC es
consciente de que su valor contable es muy superior a su valor en el mercado, por lo tanto
hemos procedido a corregir su valor en un 40%.
10
Así, el valor de los activos que componen estas partidas que esta Administración Concursal
considera más adecuado es el siguiente:
TIPO ACTIVO VALORACIÓN
Construcciones 0,00 €
Mobiliario tiendas 118.635,70 €
Instalaciones técnicas tiendas 0,00 €
Otro inmovilizado tiendas 0,00 €
.38 € TOTAL 118.635,70 €
Por tanto, el valor total que la Administración Concursal asigna a las
construcciones, mobiliario, instalaciones y otro inmovilizado que acaban de
describirse, y en virtud del criterio expuesto, es:
118.635,70 €
2.1.2. Activo corriente
i. Existencias
a) Comprobación y descripción de los activos
En este apartado se detalla todo lo referente a la identificación y valoración de las
existencias que forman parte del activo de la concursada. Esta tarea requirió de una especial
planificación que se detalla seguidamente, además de una visita del equipo de la
Administración Concursal a Portugal, al domicilio de la sociedad para realizar
comprobaciones in situ.
Es fácil intuir la enorme dificultad para la comprobación de dichas existencias, y más si se
tiene en cuenta que la concursada tiene más de 7.000 referencias distintas. Ante la
imposibilidad de comprobar uno a uno y de forma pormenorizada todos los elementos de
stock, esta parte se dispuso a diseñar una metodología que le permitiese hacer realizar dicha
tarea de un modo posible. No obstante, la metodología requirió de la realización de una
visita de esta Administración Concursal al punto de venta para aplicarla in situ.
En efecto, se planteó un sistema basado en la estadística que permitiese a esta
Administración Concursal detallar con un grado de fiabilidad determinado el buen
funcionamiento del sistema informático (de control permanente del stock) y la precisión con
la que el stock es predicho por el sistema.
11
El método utilizado para la comprobación consistió en realizar un muestreo estadístico de
forma aleatoria, de tal modo que el resultado obtenido en la muestra nos permitiera
extrapolar el resultado al total de la población. Todo ello mediante los supuestos descritos en
las leyes estadísticas referentes a la distribución de Poisson, la cual analiza el
comportamiento de ensayos de Bernouilli, esto es, aquellos ensayos que son de tipo discreto
y con posibilidades de resultado dicotómicas. El resultado del análisis muestra si, con una
probabilidad concreta (90%), la población se comporta como la muestra analizada, por lo
que debe concluirse que las existencias totales son las indicadas por el sistema o, de lo
contrario debe concluirse que el sistema no funciona bien. El método estadístico no admite
término medio, con lo que el hecho de encontrar elementos de error nos haría concluir que
el sistema informático no muestra la realidad. Sin embargo, el sentido común debe estar
presente en nuestros razonamientos y debe entenderse que con este tipo de elementos de
stock -que en muchos casos son muy pequeños y numerosos, algunos de ellos son muy
antiguos es fácil que existan diferencias. Es más, es inevitable tener que conceder un cierto
margen a los resultados. Los papeles de trabajo de la Administración Concursal sobre esta
cuestión se encuentran en su haber y están a disposición de cualquier personado en el
procedimiento del concurso para realizar las comprobaciones oportunas.
b) Fundamentación teórica del método aplicado
Con carácter previo al desarrollo de la justificación estadística de la determinación del
tamaño de muestra y de la selección de la misma, se describen a continuación los principales
aspectos que el analista de la Administración Concursal ha tomado en consideración para el
desarrollo del trabajo. Son los siguientes:
- Adecuada comprensión del negocio de la sociedad, del sector en el que opera y de la
naturaleza de las transacciones.
- Los procedimientos y principios contables que sigue la entidad y la uniformidad con
que han sido aplicados, así como los sistemas contables.
- El grado de eficacia y fiabilidad inicialmente esperado de los sistemas de control
interno de la contabilidad.
También previamente al desarrollo de la fundamentación estadística de la determinación del
tamaño de muestra y su selección, debe incidirse en un concepto que se halla en la base de
lo demás: la Cifra de Importancia Relativa. Dicha cifra marca aquél importe a partir del cual
las desviaciones en la contabilidad pueden suponer distorsiones relevantes para su
comprensión y para que reflejen la imagen fiel de la situación patrimonial de la empresa.
Esta cifra se puede calcular de maneras diversas. En el presente caso hemos optado por
hacerlo según dispone la metodología sugerida por el ICAC en uno de sus BOICAC, con el
cual hemos obtenido un importe de la materialidad para este punto de venta, fruto de
12
aplicar el factor: 1% al total de los activos de la misma, según el segundo supuesto de la
resolución del ICAC al respecto.
Como decíamos, la dimensión de las muestras para comprobar la fiabilidad del sistema de
control de las existencias dependerá fundamentalmente del riesgo que está asumiendo el
analista de la Administración Concursal y del error tolerable que esté dispuesto a considerar.
Así, debemos indicar aquí los 4 tipos de riesgo que se han tomado en consideración:
a) Riesgo inherente: es el riesgo del área analizada por la Administración Concursal
determinado en función del tipo de empresa y de la experiencia del analista. Su
determinación se hará en una escala de 3 posibilidades: alto, medio y bajo. En
función de dicha decisión, se considerará un factor de confianza mayor o menor para
definir las muestra a analizar.
b) Riesgo de los controles internos: es aquel riesgo derivado del funcionamiento de los
controles contables internos que utiliza la empresa. Mediante el análisis y
comprobación de la existencia y funcionamiento de dichos controles el analista podrá
considerar un factor de confianza mayor o menor en las áreas que tengan dichos
controles. Este tipo de pruebas permite extrapolar los resultados al total de la
población puesto que evalúan el sistema, no las transacciones concretas. Desde un
punto de vista estadístico (como se describirá posteriormente) puede decirse que si
el sistema funciona en un número “n” de casos, entonces el sistema funciona en su
globalidad con una probabilidad determinada de seguridad. Así, dependiendo del
riesgo asumido quedará determinada la muestra para comprobar el funcionamiento
de dichos controles. Debe tenerse en cuenta que para comprobar el funcionamiento
de los controles es necesario comprobar la totalidad del proceso. En este caso se han
establecido cuatro niveles de riesgo de los controles: muy bueno, bueno, malo, no
hay control.
c) Riesgo de las pruebas analíticas: consiste en aquél riesgo que el analista puede salvar
mediante pruebas consistentes en realizar comprobaciones de tipo analítico, como: la
observación de la evolución de ratios o saldos, la comparación con registros
extracontables, etc. Mediante este tipo de pruebas puede reducirse el riesgo global
que está asumiendo el analista y, por tanto, puede ofrecer los resultados globales
con mayor seguridad.
d) Riesgo de las pruebas sustantivas: las pruebas sustantivas son aquellas que se
realizan sobre transacciones concretas. En general, el resultado de estas pruebas no
es extrapolable a toda la población. Por ello, se realizan sobre un porcentaje del
saldo.
13
En función de los riesgos establecidos para cada una de las áreas del balance a analizar, se
establecen los tamaños de la muestra que es necesario tomar para poder decir que la
población total se comporta como la muestra tomada, es decir, que la correcta justificación
estadística nos permitirá decir que aquello que no se ha comprobado se comporta del mismo
modo que lo que se ha comprobado, con una probabilidad determinada. Es fundamental
para ello, que las muestras se elijan de forma absolutamente aleatoria. Las razones que nos
permiten obtener dichas conclusiones se exponen seguidamente.
Para estudiar el comportamiento de las pruebas de análisis del estado de la contabilidad de
la concursada deberemos utilizar funciones de probabilidad de tipo discreta. Las funciones
discretas son aquellas que tienen las siguientes propiedades:
- El resultado de una prueba no condiciona las siguientes.
- Los posibles resultados son dicotómicos (las facturas están bien o mal, no hay más
opciones)
La función a utilizar para este caso es la llamada binomial que mide el número de éxitos en
una secuencia de n ensayos independientes entre sí con una probabilidad p de éxito en el
ensayo.
La función de probabilidad de la distribución binomial es la siguiente: ,
siendo n el tamaño de la muestra, p la probabilidad de éxito y q=1-p.
Sin embargo, para tamaños de población grandes y probabilidad de cada suceso pequeña,
se demuestra que el tamaño de la muestra pasa a ser una variable independiente con lo que
la población se comporta como una distribución de Poisson, cuya función de masa es:
donde lambda es la esperanza de que ocurra el fenómeno, k es el número
de ocurrencias del evento y e es la base de los logaritmos naturales (e=2,71828…).
El tamaño de la muestra para un nivel de confianza determinado y un error tolerable
asumible viene dado por la siguiente fórmula en las distribuciones de Poisson:
Por ello, podremos decir que Factor de confianza es: FC= -ln (1-Nivel de confianza), siendo
el Nivel de Confianza la probabilidad (expresada en valores entre 0 y 1) que la población se
comporte como la muestra seleccionada. En cambio, el Factor de Confianza expresa esa
misma probabilidad en términos de distribución de Poisson, pudiendo tomar valores
distintos, pero que siempre tienen su equivalencia en Nivel de Confianza según la fórmula
14
indicada. Por mucho que aumente en Factor de Confianza, el nivel de confianza nunca
superará 1.
La ventaja práctica de utilizar los factores de confianza en términos de la distribución de
Poisson es que tiene la propiedad matemática de ser acumulable y, por tanto, se pueden
sumar las probabilidades expresadas de esta forma, mientras que no se puede hacer
expresadas como Nivel de confianza (valor entre 0 y 1).
FC= -ln (1-Nivel de confianza)
NC=1-e^FC
Hemos visto anteriormente que se han definido cuatro tipos de riesgo (probabilidad). Si los
expresamos en términos de Factor de Confianza (distribución de Poisson) podremos sumar el
de cada tipo de riesgo obteniendo el total que podemos asumir. Por ejemplo, supongamos
que precisamos obtener un Nivel de confianza del 95% (factor de confianza=3) con un error
tolerable del 5%, si la seguridad que tenemos en cuanto al riesgo inherente es 1 (por
considerar que el riesgo inherente es bajo), la que tenemos para los controles internos es de
0,5) y por las pruebas analíticas obtenemos una seguridad de otro 0,5, sumando
obtendremos un factor de confianza de 2 (86% de nivel de confianza). Por ello, para obtener
el objetivo (factor de confianza=3) deberemos realizar pruebas sustantivas por un factor de
confianza 1.
Por último, desde el punto de vista teórico sólo nos falta definir el error tolerable. Éste se
determina en función de la cifra de importancia relativa de cada área:
A partir de todo lo expuesto, la Administración Concursal diseñó un modelo para determinar
los tamaños de muestra y las pruebas a realizar para cada área. Se adjunta al presente
informe como Documento 1 . Determinación del tamaño de la muestra para
las existencias.
En el modelo se observa como, con los riesgos asumidos y la confianza establecida, el
tamaño de la muestra queda indicado en la columna “n”, que este caso corresponde a 84
muestras (n=83,95).
15
c) Cargas y gravámenes
Se desconoce la existencia de carga o gravamen alguno sobre los elementos de activo de
esta partida.
d) Valoración
El resultado de la aplicación del modelo anteriormente descrito ha dado unos resultados en
forma de porcentaje de desviación entre lo indicado por el sistema y la realidad que varia
para cada tienda, pero que se ha situado en una media del 72% de muestras correctas. Por
ello, la Administración Concursal ha decidido aplicar un intervalo de +/- 28 % sobre el
importe teórico de las existencias para determinar la valoración de las mismas.
Aún debe realizarse un último comentario antes de detallar la relación de existencias y su
valoración. La visita efectuada para practicar la comprobación que se ha descrito se realizó el
19 de noviembre de 2012. Dicha comprobación sirve para determinar el correcto
funcionamiento y precisión del sistema, si bien la valoración de esta partida debe realizarse a
fecha de presentación de este informe. Con un listado proveniente del sistema de control de
existencias, corregido por las conclusiones a las que se ha llegado mediante el análisis de
dicho sistema, se podrán valorar las existencias de FORTALEZA.
El valor contable de las existencias a fecha de presentación de este informe es de 94.844,49
€.
Por tanto, el valor total que la Administración Concursal asigna a las existencias
que acaban de describirse, y en virtud del criterio descrito, es:
[121.400,94€ - 74.097,26 ]€
ii. Fianzas
a) Comprobación, descripción y valoración
Esta partida se compone de los importes entregados como fianza para la tienda y para los
contratos de suministros de la misma. Ya que esta partida no tiene depreciación alguna se
debe valorar según su valor contable:
16
Por tanto, el valor que esta Administración Concursal asigna a esta esta partida
es de:
5.001,07 €
2.1.3. Activo financiero
a) Comprobación, descripción y valoración
Préstamos concedidos a sociedades del grupo:
La concursada es acreedora de la sociedad Juguetería Poli, S.L. (en adelante POLI), matriz
del grupo al que pertenece la Deudora, y que actualmente se encuentra en situación de
Concurso de Acreedores. Se ha solicitado a la concursada la documentación que acredite
estos préstamos concedidos a su matriz pero no se ha recibido documentación que acredite
convenientemente este crédito. Este saldo acreedor que tiene FORTALEZA en el Concurso de
POLI, por su naturaleza sería un crédito subordinado y no se prevé que ésta obtenga de sus
activos tesorería suficiente para pagar esta clase de créditos, por lo tanto, esta
Administración Concursal ha asignado un valor nulo a esta partida.
Por lo expuesto en este punto, se concluye que la valoración de los activos
financieros titularidad de la concursada se han valorado en:
0,00 €
2.1.4. Tesorería
El saldo de tesorería a la fecha de emisión de este informe es:
106.103,81
17
3. Litigios cuyo resultado pueda afectar al contenido del
inventario
A esta Administración Concursal no le constan litigios en los que sea parte la concursada que
puedan afectar al inventario.
4. Acciones de reintegración
No se conocen en este momento operaciones para las cuales deba promoverse acción de
reintegración a la masa activa.
5. Bienes bajo arrendamiento financiero
La Deudora no dispone de bienes bajo arrendamiento financiero.
18
6. CONCLUSIONES
Se resumen a continuación las principales conclusiones obtenidas en el presente documento:
Los documentos de la demanda de solicitud de concurso contienen imprecisiones y
falta de detalle. No parece que exista ánimo de ocultación alguno, pero la no
realización de los inventarios con todos los detalles indicados en la Ley Concursal
comporta dificultades en la comprensión y elaboración del inventario por parte de la
Administración Concursal.
Tras la visita de la Administración Concursal a las instalaciones de la empresa en
Portugal y de la aplicación del procedimiento diseñado para analizar el inventario del
empresa, esta parte consiguió detallar el inventario que se ha descrito en este
informe.
Resumen del activo de FORTALEZA MÁGICA, S.L.U.:
Activo no corriente 118.635,70 €
Activo corriente [126.402,02 – 79.098,33] €
Activo financiero 5.001,07 €
Tesorería 106.103,81 €
Total [356.142,60 - 308.838,91] €
***
En Madrid, a 1 de febrero de 2013
Xavier Domènech Ortí Francisco Vera Vázquez
Administración Concursal Auxiliar Delegado