IMPUESTO A LA RENTA
SECTOR CONSTRUCCIN
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No existe definicin dentro de la LIR, nien el RLIR.
No obstante, el artculo 118 de la LIR,sobre sujetos no comprendidos para elRER seala: Tampoco podrn acogerselos sujetos que: (i) Realicen actividades
que sean calificadas como contratos de
construccin segn las normas del
Impuesto General a las Ventas, aun
cuando no se encuentren gravadas con el
referido Impuesto.
CONTRATO DE CONSTRUCCIN
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CONTRATO DE CONSTRUCCIN
El inciso d) del artculo 3 de la LIGV, define porCONSTRUCCIN a: Las actividadesclasificadas como construccin en laClasificacin Internacional Industrial Uniforme(CIIU) de las Naciones Unidas.Y el inciso f) de la misma norma, por contrato deconstruccin: Aquel por el que se acuerda larealizacin de las actividades sealadas en elinciso d). Tambin incluye las arras, depsito ogaranta que se pacten respecto del mismo yque superen el lmite establecido en elReglamento.
QU CIIU DEBEMOS APLICAR?
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CONTRATO DE CONSTRUCCIN
Aunque tampoco existe una disposicin paraImpuesto a la Renta de forma expresa, a travsdel Informe N 003-2011-SUNAT/2B0000,emitido en una consulta relativa a detracciones,se preciso: Como se puede apreciar, el citadoTUO no hace alusin a una versin en particular
de la CIIU para efectos de definir las actividades
de construccin.
En ese sentido, dado que mediante la
Resolucin Jefatural N 024-2010-INEI(publicada el 29.01.2010) se ha adoptado en el
pas la Revisin 4 de la CIIU, para efectos de la
aplicacin del SPOT a los contratos de
construccin deber atenderse a las actividades
comprendidas como tal en dicha Revisin 4.
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CONTRATO DE CONSTRUCCINCIIU REVISIN 4
Divisin Grupo Clase Descripcin
41 Construccin de edificios
410 4100 Construccin de edificios
42 Obras de ingeniera civil
421 4210 Construccin de carreteras y vas de ferrocarril
422 4220 Construccin de proyectos de servicio pblico
429 4290 Construccin de otras obras de ingeniera civil
43 Actividades especializadas de construccin
431 Demolicin y preparacin del terreno
4311 Demolicin
4312 Preparacin del terreno
432 Instalaciones elctricas y de fontanera y otras instalaciones para obras de construccin
4321 Instalaciones elctricas
4322 Instalaciones de fontanera, calefaccin y aire acondicionado
4329 Otras instalaciones para obras de construccin
433 4330 Terminacin y acabado de edificios
439 4390 Otras actividades especializadas de construccin
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Fuera del mbito fiscal, el artculo 1771 denuestro Cdigo Civil, en relacin a la definicindel Contrato de Obra: Por el contrato de obra elcontratista se obliga a hacer una obra
determinada y el comitente a pagarle una
retribucin.
CONTRATO DE CONSTRUCCINCDIGO CIVIL
Como se advierte, y de acuerdo a lo definido por el Tribunal Fiscal en la RTF N0256-3-2009: () se infiere que el contrato de construccin debe entendersecomo un servicio comprendido en la CIIU tomando en cuenta que se alude altrmino retribucin, entendindose ste como la contraprestacin entregadacon ocasin de la prestacin de una actividad de construccin, ms no envirtud de la venta de un inmueble que la haya involucrado, por cuanto dichocontrato de construccin no subsume transferencia de propiedad. Que por tanto,para que la actividad de construccin califique como contrato de construccin(), necesariamente deber realizarse en un terreno que no sea de dominio delconstructor y en cual el tercero encarga la construccin ().
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De acuerdo a Alva Mateucci, los contratos deconstruccin pueden asumir dos formas:
1. CONTRATO DE CONSTRUCCIN ASUMA ALZADA U OBRA POR AJUSTEALZADO.
2. CONTRATO DE CONSTRUCCIN PORADMINISTRACIN.
CONTRATO DE CONSTRUCCINEN LA DOCTRINA
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CONTRATO DE CONSTRUCCIN A SUMA ALZADAContrato por el cual el contratista encargado efecta la obra o la construccintotal o parcial a todo costo.En este caso, la obligacin principal del comitente es pagar el precioconvenido sin realizar ningn aporte material.
CONTRATO DE CONSTRUCCINEN LA DOCTRINA
Segn la RTF N 467-5-2003 del 29.01.2003 seala que [] para laexistencia del contrato de obra por ajuste alzado es indispensable que secumpla dos condiciones: un precio global fijado de antemano e invariablepara la totalidad de los trabajos previstos en los planos y presupuestos y,correlativamente, que el empresario nunca podr sufrir reduccin del precio oexigir aumento de este trabajo bajo ningn pretexto.Para el Tribunal ello significa que [] las partes acuerdan establecer unpresupuesto en el que se indique previamente las erogaciones que implicanllevar a cabo la obra, siendo incluidos, al momento de la liquidacin de laobra, adems de los conceptos propios de los honorarios, el costo de losmateriales que fueron adquiridos en su nombre.
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CONTRATO DE CONSTRUCCIN PORADMINISTRACINContrato por el cual el contratista asume,exclusivamente, el valor agregado de los serviciosde construccin, sin injerencia alguna en el valoragregado de la construccin. En estos casos, elcontratista solo aporta sus servicios.
CONTRATO DE CONSTRUCCINEN LA DOCTRINA
Segn la RTF N 467-5-2003 del 29.01.2003 seala que [SPOTA] manifiestaque es aquel por el cual el dueo de la obra puede dar mandato; es decir,otorgar un acto de apoderamiento a una persona, quien se encargar decontrolar por cuenta y, en general, a nombre de dicho dueo.
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NIC 11 CONTRATO DE CONSTRUCCINDefiniciones - (Prrafo 3)Un contrato de construccin es un contrato, especficamente negociado, para lafabricacin de un activo o un conjunto de activos, que estn ntimamenterelacionados entre s o son interdependientes en trminos de su diseo, tecnologay funcin, o bien en relacin con su ltimo destino o utilizacin.
CONTRATO DE CONSTRUCCINEN LAS NIC
PRECIO FIJOUn contrato de precio fijo es un contratode construccin en el que el contratistaacuerda un precio fijo, o una cantidadfija por unidad de producto, y enalgunos casos tales precios estnsujetos a clusulas de revisin siaumentan los costos.
MARGEN SOBRE EL COSTOUn contrato de margen sobre el costoes un contrato de construccin en elque se reembolsan al contratista loscostos satisfechos por l y definidospreviamente en el contrato, ms unporcentaje de esos costos o unacantidad fija.
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En aplicacin del artculo 28 y el 118 de la LIR, disponen que lasactividades que califiquen como contrato de construccin se rijan por lasnormas del Rgimen General de Impuesto a la Renta.
RGIMEN TRIBUTARIO
Ya sea que la actividad se realice como:
Persona natural con negocio
Sucesin indivisa
Sociedad Conyugal
Persona jurdica
Contrato de colaboracin empresarial (con o sincontabilidad independiente)
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Sobre el particular, el Tribunal Fiscal, a travs de la RTF N 4501-1-2006, haestablecido el siguiente criterio: De autos se observa que el ingeniero no slo secompromete a elaborar anteproyectos (planos), sino tambin trabajospreliminares, demoliciones, desmontajes, obras de concreto, muros, pisos
pavimentos, etc., encontrndonos ante una actividad de construccin conforme a
la Divisin 45 de la CIIU, servicio que implica la realizacin de mltiples laboresque van ms all de las que pueden ser prestadas de manera individual y
personal por un ingeniero, por lo que los ingresos obtenidos califican como rentade tercera categora.
RGIMEN TRIBUTARIO
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RECONOCIMIENTO DE INGRESOS
Los contratos de obra pueden medir sus resultados, paraefectos tributarios, de las siguientes formas:
Si sus resultados se efectandentro del ejercicio
Si sus resultados correspondena ms de un ejercicio
REGLA GENERAL
Aplicar las reglas previstas en elArtculo 57 de la LIR (Mtodode lo devengado) y prrafo 22de la NIC 11 Contrato deConstruccin.
OPCINES TRIBUTARIAS
Aplicar:a) Mtodo de lo percibidob) Mtodo de lo devengado
Aplicable para empresas de construccin o similares
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REGLA GENERAL - DEVENGADO
Al no existir definicin de Devengado en nuestro Derecho Positivo, vaNorma IX del Ttulo Preliminar del CT, recurrimos a la NormaInternacional de Contabilidad, que para reconocimiento de los ingresosen contratos de construccin posee reglas especificas. As, el prrafo 22de la NIC 11, seala que: Cuando el resultado de un contrato deconstruccin puede ser estimado con suficiente fiabilidad, los ingresosordinarios y los costos asociados con el mismo deben ser reconocidos en
resultados como tales, con referencia al estado de terminacin de laactividad producida por el contrato a la fecha del Balance.
El Tribunal Fiscal, a travs de la RTF N 1652-5-2004, preciso que:Como ninguno de los contratos contena obras a ejecutarse en plazos
mayores a un ao, no es de aplicacin lo establecido en el artculo 63 dela LIR, correspondiendo que los resultados de las obras fuesen
reconocidos de acuerdo con el principio del devengado
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EMPRESAS SIMILARES A LA CONSTRUCCIN
El artculo 36 del RLIR, dispone que Se consideran empresas similaresa que se refiere el artculo 63 de la LIR, a las que cuentan con proyectos
con alto nivel de riesgo, a ser ejecutado durante ms de un ejerciciogravabl