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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL“SIMÓN RODRÍGUEZ”NÚCLEO CARICUAOCURSO: SEGURIDAD SOCIAL
GLOSARIO
Participante
Yuraima Briceño
N° cedula 16443230
Equipo Nº07
Sección: c “ ”
Facilitadora: Oneida Marcano
Caracas, 25 de febrero de 2015
GLOSARIO
Constitución (del latín cum- 'con, en conjunto' y statuere 'establecer', a veces
llamada también carta magna o carta fundamental) es la norma suprema de un
Estado de derecho soberano, es decir, la organización establecida o aceptada
para dirigirlo. La Constitución fija los límites y define las relaciones entre los
poderes del Estado (poderes que se definen como poder legislativo, ejecutivo y
judicial) y de estos con sus ciudadanos, determinando así las bases para su
gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se
asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
Clasificación
La Constitución, como toda ley, puede definirse tanto desde el punto de vista
formal como desde el punto de vista material. Desde el punto de vista material, la
Constitución es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del
poder estatal. Desde el punto de vista formal, la Constitución se define a partir de
los órganos y procedimientos que intervienen en su adopción, de ahí que genere
una de sus características principales: su supremacía sobre cualquier otra norma
del ordenamiento jurídico.
El término Constitución, en sentido jurídico, hace referencia al conjunto de
normas escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento jurídico de un
Estado, especialmente la organización de los poderes públicos y sus
competencias, los fundamentos de la vida económica y social, los deberes y
derechos de los ciudadanos.
Constituciones flexibles
Se modifican mediante el procedimiento legislativo ordinario, lo que significa
que una ley del parlamento puede cambiarlas en cualquier momento.
Según su origen
Las Constituciones se diferencian también en función de su origen político:
pueden ser creadas por contrato entre varias partes, por imposición de un grupo a
otro, por decisión soberana, etc.
Constituciones otorgadas
Las Constituciones otorgadas se dice que corresponden tradicionalmente a
un Estado monárquico, donde el propio soberano es quien precisamente otorga;
es decir, son aquellas en las cuales el monarca, en su carácter de titular de la
soberanía, las otorga al pueblo. En este caso, se parte de las siguientes premisas:
Desde la perspectiva del monarca, es él quien la otorga, por ser el
depositario de la soberanía.
Es una relación entre el titular de la soberanía –monarca— y el pueblo,
quien simplemente es receptor de lo que indique el monarca.
Se trata de una Constitución en la cual se reconocen los derechos para sus
súbditos.
Constituciones impuestas
Hay Constituciones que son impuestas por el Parlamento al monarca,
refiriéndose al Parlamento en sentido amplio, con lo que se alude a la
representación de las fuerzas políticas de la sociedad de un Estado, de los grupos
reales de poder en un Estado que se configuran en un órgano denominado
Parlamento. En este tipo de Constitución, es la representación de la sociedad la
que le impone una serie de notas, determinaciones o de cartas políticas al rey, y
éste las tiene que aceptar. Por lo tanto, en el caso de las Constituciones
impuestas existe una participación activa de la representación de la sociedad en
las decisiones políticas fundamentales.
Constituciones pactadas
En las Constituciones pactadas, la primera idea que se tiene es el consenso.
Nadie las otorga en forma unilateral, ni tampoco las impone debido a que si son
impuestas y no se pactan, carecerían de un marco de legitimidad. Estas
Constituciones son multilaterales, ya que todo lo que se pacte implica la voluntad
de dos o más agentes; por lo tanto, son contractuales y se dice que parten de la
teoría del pacto social. Así, se puede pactar entre comarcas, entre provincias,
entre fracciones revolucionarias, etc.
Las constituciones pactadas o contractuales implican:
1. una mayor evolución política que en aquellas que son impuestas u
otorgadas
2. en las pactadas hay una fuerte influencia de la teoría del pacto social
3. en aquellas que son pactadas, este pacto o consenso se puede dar entre
diversos agentes políticos o todos aquellos grupos de poder real que estén
reconocidos por el Estado.
Así, aun tratándose de una monarquía, cuando se pacta los gobernados
dejan de ser súbditos y se consagran como un pueblo soberano.
Constituciones aprobadas por voluntad de la soberanía popular
Son aquellas cuyo origen es directamente la sociedad, la cual por lo general
se manifiesta a través de una asamblea. Por lo tanto, no es que la sociedad pacte
con los detentadores del poder público, sino que la propia Constitución surge de la
fuerza social.
ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un
precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe
algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.1
Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la
ley es una «norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe
o permite, y a la cual todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano
Andrés Bello definió a la ley, en el artículo 1º del Código Civil de Chile como «Una
declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la
Constitución, manda, prohíbe o permite».
Las leyes son delimitadoras del libre albedrío, de las personas dentro de la
sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la
conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta
social. Constituye una de las fuentes del Derecho, actualmente considerada como
la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el
órgano legislador.
Clasificaciones de la ley
En sentido material y formal: esta diversificación en material y formal se
particulariza por observar cuál es el contenido de la ley y cuál es la
estructura de la misma
o Material Refiere a cuál es el contenido de la norma (su finalidad, la
regla de conducta que fija y las facultades y deberes que otorga e
impone)
o Formal Refiere a como debe ser la estructura de la norma (toda
norma debe ser general, obligatoria, escrita, emanada desde el
congreso o autoridad competente conforme al mecanismo
constitucionalmente determinado y debe formar parte del derecho de
un Estado).
De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan rígidas
o flexibles. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para
apreciar las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias.
En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los
efectos del caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las
circunstancias de hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al
caso concreto.
a) Por el sistema al que pertenecen: Internacionales; Nacionales; provinciales;
locales.
b) Según el modo de operar:
Permisivas: son aquellas disposiciones que autorizan, permiten a un sujeto
realizar determinadas conductas.
Prohibitivas: son aquellas que vedan, niegan al sujeto la posibilidad de
realizar determinados actos o de tener ciertas conductas.
Declarativas: son aquellas cuyo contenido encierra definiciones. "Son
personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer
obligaciones".
c) Según cómo actúa la voluntad individual:
Imperativas son leyes que se imponen a la voluntad individual o colectiva,
que no dan opción para el sujeto.
Supletorias son leyes que rigen solamente cuando las personas no
expresan su voluntad en otro sentido. Están estrechamente ligadas al
principio de autonomía de la voluntad.
Tipos de leyes
Algunos tipos de leyes son:
1. Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la
legislación de un país; suele denominarse Constitución. La Constitución es
la norma suprema del ordenamiento jurídico, ya que está por encima de
cualquier ley
2. Ley orgánica cuando nace como consecuencia de un mandato
constitucional para la regulación de una materia específica.
3. Ley ordinaria , entre las que se incluye la ley de presupuestos.
Ley Orgánica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas
materias. Se oponen o distinguen de la ley ordinaria a nivel de competencias.
Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos
extraordinarios como por ejemplo, mayoría absoluta o cualificada.
En los países en donde existe este escalón intermedio entre la Leyes
ordinarias o comunes y la Constitución, es normal que se limite la aplicación de las
leyes orgánicas a una serie de materias concretas (a este también se le denomina
"reserva de Ley orgánica"). El fundamento de esta limitación es doble:
Obligar a la regulación con amplia mayoría parlamentaria de ciertas
materias muy sensibles.
Evitar esa regulación, que es mucho más difícil de modificar, en otro tipo de
materias más cambiantes y que necesitan de mayor flexibilidad en su
regulación.
En Derecho comparado, el antecedente jurídico más inmediato de las leyes
orgánicas se encuentra en el Derecho francés, en particular en la Constitución
francesa de 1958, que estableció un escalón intermedio entre la norma
constitucional y las leyes ordinarias.
Venezuela
El artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
señala en sus tres primeros párrafos:
«Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se
dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos
constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que esta Constitución califique
como tal, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las
dos terceras partes de los o las integrantes presentes antes de iniciarse la
discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará
también para la modificación de las leyes orgánicas.
Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán
remitidas, antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter
orgánico. La Sala Constitucional decidirá en el término de diez días contados a
partir de la fecha de recibo de la comunicación. Si la Sala Constitucional declara
que no es orgánica la ley perderá este carácter.»3
Ley Habilitante es una herramienta jurídica de rango constitucional que faculta al
Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela a dictar Decretos
con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre las materias que estime pertinentes de
acuerdo a las necesidades y/o emergencia del país.
Es una Ley sancionada por la Asamblea Nacional, en las condiciones
establecidas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de
1999, por lo que debe cumplir con los procesos formales inherentes a la
elaboración de una Ley, según reza el artículo 203 de nuestra Carta Magna.
Art. 203
“Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por
las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las
directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al
Presidente o Presidenta de la República con rango y valor de ley. Las
leyes habilitantes deben fijar plazo para su ejercicio”.
Pasos a seguir para aprobación de Ley Habilitante
La Ley Habilitante debe cumplir una serie de pasos previos a su
promulgación, por parte del Jefe de Estado, y su posterior entrada en vigencia:
1.1.- Presentación del Proyecto de Ley habilitante.
El proyecto de Ley Habilitante debe ser presentado a la Asamblea Nacional
por iniciativa del Ejecutivo Nacional, según lo previsto en el artículo 204 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
1.2.- Primera discusión en plenaria
La junta directiva de la Asamblea Nacional determinará si el proyecto cumple
o no con los requisitos exigidos para la presentación de los proyectos de ley,
según el artículo 145 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional (RIDAN).
De cumplir con los requisitos, el Proyecto es distribuido por la Secretaría a los
asambleístas dentro de los cinco días siguientes a su presentación, para su
primera discusión en Plenaria.
En esta instancia debe considerarse la exposición de motivos, los objetivos,
alcance y viabilidad del proyecto de ley. También se discute en forma general el
articulado presentado, a fin de determinar su pertinencia o no (artículos 208
CRBV y 146 RIDAN).
1.3.- Revisión por Comisión Especial
Si dicho proyecto es aprobado en primera discusión, se remite a la Comisión
Especial que trata esta materia para su análisis (artículos 208 CRBV y 146
RIDAN) y presentación del informe sobre cualquier recomendación u objeción que
tenga a bien formular.
1.4.- Segunda discusión en plenaria
Una vez recibido el informe de dicha comisión, la Junta Directiva ordenará su
distribución entre los asambleístas y fijará, dentro de los diez días hábiles
siguientes, la segunda discusión del proyecto, salvo que por razones de urgencia,
la Asamblea decida un lapso menor.
La segunda discusión del proyecto de ley se realizará artículo por artículo, y
versará sobre el informe que tuvo a bien presentar la Comisión Especial (artículo
149 RIDAN). En esta instancia el proyecto puede ser aprobado, rechazado o
diferido.
1.5.- Sanción y remisión de la Ley
Una vez sancionada la ley por la Asamblea Nacional, se remite al Ejecutivo
para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela, con el correspondiente “Cúmplase” y, con ello, su
entrada en vigencia (artículo 215 CRBV).
Cuatro Leyes Habilitantes en 13 años
Durante los primeros trece (13) años del gobierno Revolucionario, la
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, otorgó poderes
especiales al ciudadano Presidente, Hugo Rafael Chávez , en cuatro (4)
oportunidades, para dictar decretos- leyes sobre una diversidad de temas que
ha impactado positivamente en el desarrollo del país.
Año 1999.
La primera Ley Habilitante fue solicitada en el año 1999 y otorgada por un
lapso de seis meses. Se aprobaron 53 Decretos-ley.
Años 2000 - 2001.
La segunda Ley Habilitante fue requerida al Parlamento en el año 2000 y
concedida por un lapso de un año se dictaron 49 textos legales.
Años 2007-2008.
La tercera Ley Habilitante fue solicitada en el 2007 y otorgada para un
período de 18 meses. Se crearon 59 normativas.
Años 2010-2012.
La cuarta Ley Habilitante fue formulada por el presidente Chávez el 17 de
diciembre de 2010, otorgándole la Asamblea Nacional poderes especiales por 18
meses, ante la necesidad de atender las emergencias suscitadas en casi todo el
país por las fuertes lluvias que dejaron pérdidas millonarias y miles de
damnificados. Fueron aprobados 54 Decretos-Ley.
Decreto, un término que procede del latín decrētum, es la decisión de una
autoridad sobre la materia en que tiene competencia. Suele tratarse de un acto
administrativo llevado a cabo por el Poder Ejecutivo, con contenido normativo
reglamentario y jerarquía inferior a las leyes.
Muchos son los tipos de decretos que existen. Así, por ejemplo, tendríamos
que hablar de los reales decretos que, como su propio nombre indican, son
aquellas legislaciones que requieren contar con la firma del monarca del país.
Los decretos de insistencia son otras de las modalidades que existen en
diversos países del mundo. Chile, en concreto, es una de las naciones que cuenta
con legislaciones de esta tipología que tienen como principal particularidad que
son dictadas por el presidente de la República con el respaldo de sus ministros.
Pero además se identifican porque previamente habían sido controladas por el
órgano que se conoce como Contraloría General de la República.
La naturaleza del decreto varía de acuerdo a cada legislación nacional.
Existen, en muchos casos, los decretos ley o decretos de necesidad y urgencia,
que son emitidos por el Poder Ejecutivo y tienen carácter de ley aún sin pasar por
el Poder Legislativo. Una vez promulgados, de todas formas, el Congreso puede
analizarlos y decidir si mantiene su vigencia o no.
Estos decretos ley permiten que el Gobierno tome decisiones urgentes, con
procedimientos rápidos y sin pérdida de tiempo. Para los partidos políticos
opositores, sin embargo, este tipo de resoluciones suelen implicar un abuso de
poder por parte del partido dominante, que evita los mecanismos de debate.
El decreto ley o similar, por lo tanto, ofrece la posibilidad constitucional al
Poder Ejecutivo de crear normas con rango de ley sin la intervención o
autorización previa del Parlamento o Congreso. Se asemeja, de esta forma, a las
normas con rango legal que dictan las dictaduras o los gobiernos de facto, con la
importante diferencia de que, en el caso de los gobiernos democráticos, el decreto
ley está amparada por la Constitución.
En el imaginario popular, de todas formas, los decretos urgentes suelen
aparecer asociados al poder hegemónico y a una voluntad de pasar por encima
del debate parlamentario.
En los últimos tiempos muchos son los países que llevan a cabo la
aprobación de diversos decretos que causan polémica o suscitan interés en todo
el mundo. Así, por ejemplo, el Presidente de Venezuela (Nicolás Maduro) ha
emitido un decreto especial que pretende que sea una medida favorecedora para
el pueblo ya que con él quiere obligar a bajar el precio de los automóviles.
Decreto de ley en general, es una norma con rango de ley, emanada del poder
ejecutivo, sin que medie intervención o autorización previa de un Congreso o
Parlamento.
Este tipo de norma puede estar contemplada en el propio ordenamiento
jurídico para ser dictada en determinados casos, en virtud de razones de urgencia
que impiden, por ejemplo, obtener la autorización para un decreto legislativo o la
dictación de una ley propiamente tal, aunque requieren de convalidación por parte
del poder legislativo, habitualmente en un plazo breve. En los países cuya forma
de gobierno es la monarquía parlamentaria esta norma se denomina Real Decreto
Ley, debido a que la norma reglamentaria de mayor rango emitido por el poder
ejecutivo en esos sistemas recibe el nombre de Real decreto; así ocurre, por
ejemplo en España.
Igualmente, se denomina decreto ley a las normas con rango legal, dictadas
por un gobierno de facto.
Reglamento es una norma jurídica de carácter general dictada por la
Administración pública y con valor subordinado a la Ley. En resumen, un
reglamento es un documento que especifica normas para regular las actividades
de los miembros de una comunidad. Consiste en sentar bases para la convivencia
y prevenir los conflictos que se pueden generar entre los individuos.
La aprobación corresponde tradicionalmente al Poder Ejecutivo, aunque los
ordenamientos jurídicos actuales reconocen potestad reglamentaria a otros
órganos del Estado.
Por lo tanto, según la mayoría de la doctrina jurídica, se trata de una de las
fuentes del Derecho, formando pues parte del ordenamiento jurídico. La titularidad
de la potestad reglamentaria viene recogida en la Constitución Española. También
se le conoce como reglamento a la colección ordenada de reglas o preceptos.
Los reglamentos son la consecuencia de las competencias propias que el
ordenamiento jurídico concede a la Administración, mientras que las disposiciones
del poder ejecutivo con fuerza de Ley (Decreto ley) tiene un carácter excepcional y
suponen una verdadera sustitución del poder legislativo ordinario.
Ordenanza es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamentos,
y que se caracteriza por estar subordinada a la ley.
El término proviene de la palabra "orden", por lo que se refiere a un mandato
que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por
ese motivo, el término ordenanza también significa "mandato legal".
Según los diferentes ordenamientos jurídicos, las ordenanzas pueden
provenir de diferentes autoridades (civiles o militares).
Entre las ordenanzas civiles, principalmente se utiliza el término en la
administración local, con la expresión ordenanza municipal. Tales son las
dictadas por un ayuntamiento o municipalidad para la gestión de su municipio.
Habitualmente las ordenanzas municipales son debatidas y aprobadas por el
pleno de su órgano colegiado; aunque en algunos casos pueden emitirse por la
autoridad del máximo órgano unipersonal, el alcalde o presidente municipal.
Las ordenanzas militares designan a: una formación u orden de batalla, al
soldado a las órdenes de un oficial, y a las leyes o normas que rigen a los militares
y las tropas.
Véase también: Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas de España
Chile y Venezuela
Las ordenanzas son una clase de resoluciones que dicta el Alcalde con
acuerdo del Concejo Municipal, y se caracterizan por ser normas generales y
obligatorias aplicables a la comunidad, dentro del territorio de la comuna.
Resolución ministerial Entre las múltiples acepciones del término resolución, en
esta ocasión nos interesa quedarnos con su significado como el fallo, la decisión
o el decreto de una autoridad Ministerial, por su parte, es algo vinculado a un
ministerio (un departamento o un área del gobierno de un Estado).
Una resolución ministerial, por lo tanto, es una medida decretada por un
ministerio de un gobierno. Se trata de una normativa o de una regla que dicta un
ministerio de acuerdo a las facultades que le otorga la Constitución.
Aunque su alcance y su ubicación en el ordenamiento jurídico dependen de
cada país, puede decirse que la resolución ministerial es una norma que aprueba
un ministro y que está vinculada a las políticas del sector que tiene a su cargo.
El Ministerio de Educación de una nación puede emitir una resolución
ministerial para indicar que el título de la educación secundaria de un país X
también se considera válido en su territorio nacional. Esto evita a los inmigrantes
del país X a rendir equivalencias y los autoriza a continuar con sus estudios
terciarios sin mayores trámites.
Una resolución ministerial de un Ministerio de Salud, por otra parte, puede
prohibir la venta de productos farmacéuticos y de medicamentos en aquellos
establecimientos que no están habilitados como farmacias. De esta manera, los
supermercados no pueden ofrecer esta clase de productos a sus clientes ya que
estarían violando una resolución ministerial y, por lo tanto, quedarían expuestos al
castigo que establece la ley para este tipo de faltas.
Derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme
a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden
normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del
derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y
carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten
resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
Derecho romano es uno de los más importantes cuerpos de legislación de la
Humanidad y sin duda alguna, el primero de Occidente. El derecho romano es una
compilación de leyes, tratados y normativas que se fueron estableciendo en
diferentes épocas de la historia de la antigua Roma, compilación de la cual
evoluciona en gran medida la legislación actual sobre numerosas temáticas
sociales, penales, civiles, económicas, tributarias, etc.
Conjunto de normas y principios jurídicos que se derivan de la propia naturaleza y
de la razón humana, que existen como principios inmutables y universales.
El Derecho natural actúa como base para la elaboración e interpretación de las
normas del Derecho positivo.
Derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones
entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder
público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legitimas potestades
públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las
detenta) y según el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de
la Administración pública entre si.
Derecho privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las
relaciones entre particulares. También se rigen por el Derecho privado las
relaciones entre particulares y el Estado cuando éste actúa como un particular, sin
ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo, el caso de
las sociedades o empresas con personalidad jurídica propia creadas según
las normas de Derecho mercantil y en las que el Estado sus organismos
autónomos ostenten un poder decisorio).
Derecho civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las
personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que
articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas
físicas o personas jurídicas). La finalidad del derecho civil es preservar
los intereses del sujeto a nivel patrimonial y moral.
Derecho mercantil forma parte del derecho privado e incluye a todas las normas
vinculadas a los comerciantes en referencia al desarrollo de sus labores. A nivel
general, podría decirse que es la rama del derecho que ejerce la regulación sobre
el ejercicio de las actividades comercial.
El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que
un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y
mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su
subsistencia.
Norma es una regla o un conjunto de estas, una ley, una pauta o un principio que
se impone, se adopta y se debe seguir para realizar correctamente una acción o
también para guiar, dirigir o ajustar la conducta o el comportamiento de los
individuos.
Tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho
internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o
varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación.
Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas
internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los
gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de
países para no tener problemas con sus territorios.
Ley es un precepto dictado por una autoridad competente. Este texto exige o
prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de la sociedad en su
conjunto.
Código es un cuerpo de leyes dispuestas según un plan metódico y sistemático,
elaborado según las técnicas de la codificación. Los códigos tienen el rango de las
leyes y se diferencia de éstas sólo en su mayor extensión y en la importancia en la
actividad jurídica del país.
Educación puede definirse como el proceso de socialización de los individuos. Al
educarse, una persona asimila y aprende conocimientos. La educación también
implica una concienciación cultural y conductual, donde las nuevas generaciones
adquieren los modos de ser de generaciones anteriores.
Capacitación es el conjunto de medios que se organizan de acuerdo a un plan,
para lograr que un individuo adquiera destrezas, valores o conocimientos teóricos,
que le permitan realizar ciertas tareas o desempeñarse en algún ámbito
específico, con mayor eficacia. Se requiere la existencia de un potencial que se
trata de transformar en acto.
Formación colectiva, integral, continua y permanente de los trabajadores y
trabajadoras constituye la esencia del proceso social de trabajo, en tanto que
desarrolla el potencial creativo de cada trabajador y trabajadora formándolos en,
por y para el trabajo social liberador, con base en valores éticos de tolerancia,
justicia, solidaridad, paz y respeto a los derechos humanos.
Reconocimiento de saberes es un conjunto de saberes valores actitudes y
comportamientos que facilitan e incentivan la participación en la construccion de la
ciudadanía.
Certificación de saberes consiste en reconocer formalmente el hacer el conocer
y el ser de todo los actores en una ocupación.
Conocimiento es un conjunto de información almacenada mediante
la experiencia o el aprendizaje (a posteriori), o a través de la introspección (a
priori). En el sentido más amplio del término, se trata de la posesión de múltiples
datos interrelacionados que, al ser tomados por sí solos, poseen un menor valor
cualitativo.
Pasantía a la práctica profesional que desempeñan los estudiantes, generalmente
durante los últimos años de la carrera o inmediatamente después de
graduados, para poner en práctica los conocimientos y las facultades aprendidas.
Podríamos decir que el pasante, tal como se denomina al individuo que
desempeña una pasantía, es un aprendiz que lleva adelante la pasantía con el
claro objetivo de lograr experiencia en su campo de estudio o profesión.
Discentes son los educandos, se espera que están para aprender. En el sentido
piagetiano -esta actividad- es asimilar y adquirir nuevos conocimientos. En
términos epistemológicos la explicación de la realidad se establece culturalmente
por un acuerdo para incidir racionalmente sobre esta realidad. Los medios y
objetivos educativos se van definiendo mutuamente
Participante es ampliamente usada en nuestro idioma para dar cuenta de aquel
individuo que participa en alguna actividad, acción, tarea, entre otras alternativas
Aprendices que participan del proceso sistemático de formación, actualización,
mejoramiento y perfeccionamiento científico, técnico y tecnológico en el marco del
proceso social de trabajo.
Becario nos acerca más al concepto de un estudiante que dentro de un
organismo público o privado puede realizar prácticas en empresas ya sea con
retribución económica o sin ella, y con el objetivo de ir adentrándose en el mundo
laboral o prestando el conocimiento adquirido en sus estudios para
desarrollar proyectos o investigaciones
Valores son principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento en
función de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos
ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un
comportamiento en lugar de otro. También son fuente de satisfacción y plenitud.
Moral es el conjunto de creencias y normas que guían y orientan
el comportamiento de las personas, individualmente o en grupo, en una sociedad
determinada, es algo así como el parámetro que estas tienen para saber cuando
algo está mal o bien.
Ética se relaciona con el estudio de la moral y de la acción humana. El concepto
proviene del término griego ethikos, que significa “carácter”. Una sentencia
ética es una declaración moral que elabora afirmaciones y define lo que es bueno,
malo, obligatorio, permitido, etc. en lo referente a una acción o a una decisión.
Andragogia Se expresa como la disciplina educativa que trata de comprender al
adulto(a), desde todos los componentes humanos, es decir como un ente
biológico, sicológico y social. Este intercambio va generando un proceso nuevo en
los sujetos que intervienen. Unas relaciones con un sentido de respeto. Una nueva
estructura que, en sí misma, crea una cultura democrática. Ofrece al adulto
oportunidades de elaborar soluciones liberadas del elevado costo del error.
Plagio es usar el trabajo, las ideas, o las palabras de otra persona como si fueran
propias, sin acreditar de manera explícita de donde proviene la información.
La información ajena es propiedad de otra persona (como lo es un coche o
cualquier otra cosa que poseemos), independientemente de que sea gratis o no, o
de la forma en que hayamos accedido a ella (en Internet, una revista, un libro).
Nuestras palabras nos pertenecen y no pueden utilizarse sin nuestro permiso.
Por eso, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra de
cualquier tipo, que se produce mediante la copia de la misma, sin autorización de
la persona que la creó o que es dueña o que posee los derechos de dicha obra, y
su presentación como obra original.
Investigación es un proceso, que puede realizarse de modo científico o no, y
cuyo fin es el descubrimiento de un interrogante planteado. Investigar implica
poner en práctica diversas estrategias.
La investigación se sirve de conceptos lógicos y técnicas estadísticas. Parte de
preguntas formuladas por un investigador acerca de un determinado objeto de
estudio, que se explora según la metodología escogida.
Enseñanza consiste en la transmisión a otra persona de saberes, tanto
intelectuales, como artísticos, técnicos o deportivos. La enseñanza puede ser
impartida de modo no formal siendo el primer lugar que enseña el propio hogar, a
través de los padres, abuelos y hermanos mayores; o estar a cargo de
establecimientos especialmente creados para ello, como escuelas, institutos de
enseñanza, iglesias, o facultades, a cargo de personal docente especializado.
Aprendizaje está considerado como una de las principales funciones mentales
que presentan los seres humanos, los animales y los sistemas de tipo artificial. En
términos súper generales, se dice que el aprendizaje es la adquisición de
cualquier conocimiento a partir de la información que se percibe.
Algunas de las características mayormente manifestadas luego de haber recibido
algún tipo de aprendizaje son: cambios en el comportamiento, esto no solo supone
la modificación de conductas que ya se tienen sino también la adquisición de
nuevas conductas que se incorporarán producto de ese nuevo aprendizaje.
Informe refiere a una declaración, escrita u oral, que describe las cualidades,
las características y el contexto de algún hecho. Se trata, pues, de una
elaboración ordenada basada en la observación y el análisis. La finalidad de
elaborar un informe es sumamente variable, aunque siempre presupone la
eventual necesidad de poner en conocimiento de otro/s algo sucedido.
Evaluación al proceso dinámico a través del cual, e indistintamente, una empresa,
organización o institución académica puede conocer sus propios rendimientos,
especialmente sus logros y flaquezas y así reorientar propuestas o bien
focalizarse en aquellos resultados positivos para hacerlos aún más rendidores.
Hombre es una palabra que puede referirse, de manera general, al ser animado
racional, sea varón o mujer, que forma parte de la especie humana. En este
sentido, la palabra suele ser empleada como sinónimo de ser humano, especie
humana u Homo sapiens.
Grupo a los distintos conjuntos de personas que se reúnen para la consecución
de metas concretas. En la medida en que el hombre es un ser social, la
constitución de un grupo de pertenencia se hace indispensable. Es así, como a
partir de las distintas necesidades u objetivos que puedan plantearse, las
personas suelen organizarse y relacionarse entre sí. No obstante, esta
organización e interdependencia puede adquirir distintos visos, siendo los más
sobresalientes los que refieran a un carácter informal o un carácter formal.
Sociedad, en un sentido amplio, es un conjunto de individuos, pueblos, naciones,
etc. En un sentido estricto, cuando se habla de sociedad, se hace referencia a un
conjunto de personas que poseen una misma cultura y tradiciones, y se ubican en
un espacio y tiempo determinados, todo hombre está inmerso en la sociedad que
lo rodea, la cual influye en su formación como persona.
Comunidad a aquel grupo o conjunto que puede estar conformado por personas o
animales y que ciertamente comparten una serie de cuestiones como ser el
idioma, las costumbres, valores, tareas, roles, estatus y zona geográfica, entre
otras.
Comuna es una organización política popular, de carácter local, basada en
principios de cooperación y transparencia; en donde los delegados son elegidos
por sufragio universal por periodos de tiempo de término fijo pudiendo ser tal
condición revocada en cualquier momento.
Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de las personas y
el respeto a la dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular,
la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la
prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de
los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados de
esta Constitución.
Nación es un conjunto de personas unidas por lazos patrióticos, que se
consideran hermanados por una historia común, tradiciones, costumbres,
lengua, religión, etcétera, que los enlaza a pesar de no estar juntos
territorialmente. Así como en el Estado es imprescindible compartir un territorio, en
la nación no es necesario, aunque muchas veces el concepto de nación se
considere sinónimo de Estado. Con mayor precisión el concepto de Estado es
político y el de Nación es sociológico, pues no se impone sino que se siente. Es lo
que comúnmente expresamos cuando decimos “Esta es mi patria”.
Defensa es la acción conjunta conformada por medidas coordinadas y
planificadas sobre la base de una estrategia adoptada por el Estado para
mantener la seguridad.
Soberanía proviene del latín y está formado por varias partes, sober-, que
significa encima, el sufijo -anus, que se traduce como procedencia, y el sufijo-ia.
Así, podemos decir que la soberanía es la calidad de soberano, es el derecho, la
cualidad o el poder que tiene el soberano, siendo este la excelencia, la máxima
autoridad o la alteza suprema y absoluta que tiene autoridad sobre todo lo demás,
es el que está por encima del resto. La soberanía también es la superioridad no
superada en cualquier orden inmaterial.
Vivienda, a la obra arquitectónica humana, que cumple las necesidades básicas
del hombre actual, con un mínimo de confort, que asegura reparo contra el frío,
mínimas necesidades de privacidad a cada integrante del núcleo
familiar, seguridad frente a incendios y contra el ingreso de extraños, etc.
La vivienda humana al principio no se diferenció de la animal, ya que ambos
usaron a la propia naturaleza, para buscar en ella refugio, sin transformarla. Sin
embargo, el hombre, por su naturaleza creativa y generadora de cultura, empleó
su esfuerzo físico y su imaginación para tomar los elementos naturales y
transformarlos, ocupando en el espacio físico natural grandes áreas destinadas a
la construcción de viviendas cada vez más sofisticadas.
Hábitat se denomina, en ecología, el lugar cuyas condiciones son adecuadas para
la vida de un organismo, especie o comunidad, ya sea animal o vegetal. Proviene
del latín hábitat, que es la tercera persona de singular del presente indicativo del
verbo habitaré, que significa ‘vivir’, ‘morar’.
Urbanismo es aquel que se utiliza para hacer referencia a la práctica mediante la
cual se planea, planifica y organiza una ciudad. El urbanismo o la urbanidad sirven
tanto desde el principio o desde el momento en que una ciudad es fundada como
así también a lo largo de su historia, cuando cambios, mejoras o innovaciones en
su espacio deben ser llevados a cabo.
Plan es ante todo la consecuencia de una idea, generalmente y en función de
lograr una óptima organización, adoptará la forma de un documento escrito en el
cual se plasmará dicha idea acompañada de las metas, estrategias, tácticas,
directrices y políticas a seguir en tiempo y espacio, así como los instrumentos,
mecanismos y acciones que se usarán para alcanzar los fines propuestos y que
fueron la motivación del plan. El recurso de escribirlo en una hoja o tipearlo en la
computadora evitará olvidos, pérdidas u otras cuestiones que atenten contra la
continuación del proyecto.
Planificar es definir cursos de acciones a futuro, mediante un proceso continuo de
toma de decisiones para alcanzar un objetivo, manejar racionalmente la
incertidumbre en la cual nos toca actuar y disminuir los riesgos.
Programa a un conjunto de instructivos que son impartidos hacia
el Ordenador indicando las instrucciones que incluyen el paso por paso para poder
llegar a un resultado determinado, debiendo para ello tener una organización
específica y seguir los pasos de una estructura, teniendo entonces predefinidas
una serie de acciones que son seguidas para obtener el resultado esperado.
Presupuesto (budget en inglés) al cálculo y negociación anticipado de los
ingresos y egresos de una actividad económica (personal, familiar, un negocio,
una empresa, una oficina, un gobierno) durante un período, por lo general en
forma anual. Es un plan de acción dirigido a cumplir una meta prevista, expresada
en valores y términos financieros que debe cumplirse en determinado tiempo y
bajo ciertas condiciones previstas, este concepto se aplica a cada centro de
responsabilidad de la organización.1 El presupuesto es el instrumento de
desarrollo anual de las empresas o instituciones cuyos planes y programas se
formulan por término de un año.
Proyecto (del latín proiectus) es una planificación que consiste en un conjunto de
actividades que se encuentran interrelacionadas y coordinadas. La razón de un
proyecto es alcanzar objetivos específicos dentro de los límites que imponen un
presupuesto, calidades establecidas previamente y un lapso de tiempo
previamente definido. La gestión de proyectos es la aplicación de
conocimientos, habilidades, herramientas y técnicas a las actividades de un
proyecto para satisfacer los requisitos del proyecto. Consiste en reunir varias ideas
para llevarlas a cabo, y es un emprendimiento que tiene lugar durante un tiempo
limitado, y que apunta a lograr un resultado único
Acuerdo es, en Derecho, la decisión tomada en común por dos o más personas, o
por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a
un pacto, tratado, convenio, convención o resolución tomada en el seno de
una institución (cualquier tipo de organización o empresa, públicas o privadas,
nacionales o internacionales).
Contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común
entre dos o más personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en
virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o
cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el
contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato
es unilateral.1 Es el contrato, en suma, un acuerdo de voluntades que genera
«derechos y obligaciones relativos», es decir, sólo para las partes contratantes y
sus causahabientes.
Autenticación es el acto de establecimiento o confirmación de algo (o alguien)
como auténtico. La autenticación de un objeto puede significar (pensar) la
confirmación de su procedencia, mientras que la autenticación de una persona a
menudo consiste en verificar su identidad. La autenticación depende de uno o
varios factores.
Protocolización es el acto por el cual un notario o escribano incorpora
los documentos y actas que autoriza a un "protocolo notarial", que a su vez
constituye una serie ordenada de escrituras matrices dotadas de formalidades
específicas determinadas por la ley, que posteriormente pueden ser convertidas
en escrituras públicas.
Justificativos son aquellos Instrumentos que sirven para dejar constancia de un hecho o para
evidenciar algún derecho, o el estado de las cosas en un momento determinado.
Poder, como sinónimo de fuerza, capacidad, energía o dominio, puede referirse a
la capacidad de hacer o ser algo; ejercer un dominio hegemónico sobre uno y/o
grupos de personas; la habilidad de influir sobre uno y/o grupos de personas;
indicar la autoridad suprema reconocida en una sociedad.
En política y sociología, el poder puede ser percibido ocasionalmente como
hegemónico y autoritario Autoritarismo, aunque el ejercicio del poder de una
manera o de otra es aceptado en todas las sociedades humanas.
Social permite referir a aquello que es propio de la sociedad, o en su defecto, que
es relativo a la misma. En tanto, la sociedad es aquel conjunto de individuos que
comparten una misma cultura y que interactúan entre sí para conformar una
comunidad, o sea, que en este sentido del término, la palabra social
implica pertenencia, ya que supone algo que se comparte a nivel comunitario, por
ejemplo, la vida social, la convivencia social, que se refieren a los modos de
convivir que tienen los individuos que conforman una sociedad.
Seguridad se puede referir a la ausencia de riesgo o a la confianza en algo o en
alguien. Sin embargo, el término puede tomar diversos sentidos según el área o
campo a la que haga referencia. En términos generales, seguridad se define como
"estado de bienestar que percibe y disfruta el ser humano".
Una definición dentro de las ciencias de la seguridad es "Ciencia, interdisciplinaria,
encargada de evaluar, estudiar y gestionar los riesgos a que se encuentra
sometido una persona un bien o el ambiente. Se debe diferenciar la seguridad
sobre las personas (seguridad física), la seguridad sobre el ambiente (seguridad
ambiental), la seguridad en ambiente laboral
Seguridad es un estado en el cual los peligros y las condiciones que pueden
provocar daños de tipo físico, psicológico o material son controlados para
preservar la salud y el bienestar de los individuos y de la comunidad. Es una
fuente indispensable de la vida cotidiana, que permite al individuo y a la
comunidad realizar sus aspiraciones.
El alcance de un nivel de seguridad óptimo necesita que los individuos, las
comunidades, gobiernos y otros interventores creen y mantengan las siguientes
condiciones, y esto, sea cual sea el nivel de vida considerado:
Un clima de cohesión y paz social, así como de equidad, que proteja los
derechos y libertades tanto a nivel familiar, local, nacional como
internacional.
La prevención y el control de heridas y otras consecuencias o daños
causados por los accidentes.
El respeto a los valores y a la integridad física, material o psicológica de las
personas.
El acceso a medios eficaces de prevención, control y rehabilitación para
asegurar la presencia de las tres primeras condiciones.
Estas condiciones puedes ser garantizadas a través de acciones sobre el medio
ambiente (físico, social, psicológico, político y económico, organizacional, etc.) y
los comportamientos.
Asistencia lugar o acto, para describir la ayuda, el socorro y el favor que una
persona, institución o empresa le brindan a otra persona, sociedad o comunidad
Asistencia medica la prevención, tratamiento y manejo de la enfermedad y la
preservación del bienestar mental y físico a través de los servicios ofrecidos por
las profesiones de medicina, farmacia, odontología, obstetricia, enfermería y
afines.
Según la [Organización Mundial de la Salud], la asistencia sanitaria abarca todos
los bienes y servicios diseñados para promover la salud, incluyendo
intervenciones preventivas, curativas y paliativas, ya sean dirigidas a individuos o
a poblaciones. La provisión organizada de tales servicios puede constituir
un sistema de asistencia sanitaria.
Asistencia social es una actividad que se ocupa de diferentes situaciones, entre
las que se destacan: promover el cambio social hacia un estado de superación, la
resolución de conflictos que surjan en la interacción humana, el fortalecimiento y la
liberación de los pueblos conforme al objetivo de alcanzar el bien común.
Las relaciones que mantienen las personas entre sí y en sus ambientes son
múltiples y complejas y entonces, allí, donde se susciten los conflictos, o en su
defecto, la carencia, estará la asistencia social para salvaguardar los derechos de
los afectados por los mencionados problemas.
Riesgo es la vulnerabilidad ante un potencial perjuicio o daño para las unidades,
personas, organizaciones o entidades (en general "bienes jurídicos protegidos").
Cuanto mayor es la vulnerabilidad mayor es el riesgo, pero cuanto más factible es
el perjuicio o daño, mayor es el peligro. Por tanto, el riesgo se refiere sólo a la
teórica "posibilidad de daño bajo determinadas circunstancias, mientras que el
peligro se refiere sólo a la teórica probabilidad de daño bajo esas circunstancias.
Por ejemplo, desde el punto de vista del riesgo de daños a la integridad física de
las personas, cuanto mayor es la velocidad de circulación de un vehículo en
carretera mayor es el riesgo de daño para sus ocupantes, mientras que cuanto
mayor es la imprudencia al conducir mayor es el "peligro de accidente" (y también
es mayor el riesgo del daño consecuente).
Accidente (del latín “accidens” que significa suceder y “cadere”, caerse) a
aquel acontecimiento eventual, que muchas veces ocasiona algún daño, o que al
menos altera la normalidad de los hechos. Los accidentes suceden en forma
inesperada, y tienen que tener una conexión causal con el hecho imprevisto que lo
motiva. Por ejemplo, un choque automotor ocurrirá por accidente, si uno de los
autos o ambos, colisionan por que una cerrada niebla no les permite ver al otro
vehículo, o porque se cruza un peatón, y el auto para evitarlo, hace una maniobra
embistiendo a otro auto.
Lesión es un cambio anormal en la morfología o estructura de una parte del
cuerpo producida por un daño externo o interno. Las heridas en la piel pueden
considerarse lesiones producidas por un daño externo como los traumatismos. Las
lesiones producen una alteración de la función o fisiología de órganos, sistemas y
aparatos, trastornando la salud y produciendo enfermedad.
Una lesión es una alteración de las características morfológicas o estructurales de
un organismo en cualquiera de sus niveles de organización (molecular, celular,
tisular, anatómico, corporal o social) producido causas físicos, químicos o
biológicos.
Enfermedad es el trastorno o alteración del cuerpo o de la mente que provocará
un malestar de las funciones vitales normales. Aunque, claro, en lo que va de
historia de la misma, casi desde que el mundo es mundo, si bien no se acuñó un
concepto general para explicarla, siempre estuvo relacionada a algo negativo…
sino fíjense en los sinónimos que generalmente se utilizan para denominarla:
padecimiento, mal, dolencia, patología, daño, anormalidad, desequilibrio,
desorden, alteración, entre otros.
enfermedad laboral ocupacional, los estados patológicos contraídos o
agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o
la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la
acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas,
meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y
emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o
bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o
permanentes. Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados
patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en
las normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en
revisiones periódicas realizadas por el Ministerio con competencia en materia de
seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el Ministerio con competencia
en materia de salud.
Incapacidad se utiliza para hacer referencia a la condición de inferioridad de
capacidades o habilidades que una persona puede presentar en su vida (desde su
nacimiento, a partir de un evento específico o en un momento particular que luego
puede subsanarse). La incapacidad es, en otras palabras, no contar con aquellas
capacidades o habilidades que se consideran dentro de los parámetros normales
para un ser humano. Si bien hay miles de diferentes tipos de incapacidades,
podemos señalar dos principales que son las más fáciles de observar o distinguir:
las incapacidades físicas y las mentales. En algunos casos también se puede
hablar de incapacidad emocional pero tal diagnóstico requiere un
mayor conocimiento del carácter de una persona.
Incapacidad física es la pérdida parcial o total de la capacidad innata de un
individuo, ya sea por causas relacionadas con enfermedades congénitas o
adquiridas, o por lesiones que determinan una merma en las capacidades de la
persona, especialmente en lo referente a la anatomía y la función de un órgano,
miembro o sentido.
Incapacidad jurídica es la carencia de la aptitud para la realización del
ejercicio de derechos o para adquirirlos por sí mismo.
Incapacidad mental, cuando se encuentra alterado el razonamiento,
el comportamiento, la facultad de reconocer la realidad o de adaptarse a las
condiciones de la vida.
Incapacidad temporal o baja laboral, es la situación de
un trabajador cuando por causa de una enfermedad común o profesional, o por
un accidente está temporalmente incapacitado para trabajar por indicación
médica, y precisa asistencia sanitaria.
Jubilación es el retiro de la actividad laboral por parte de un trabajador que por
razón de edad (jubilación ordinaria) o incapacidad (jubilación extraordinaria) ya no
está en condiciones de trabajar en el segundo caso, presumiéndose esta situación
en el primero, ya que hay personas que a pesar de alcanzar la edad jubilatoria
están perfectamente dispuestas física y psíquicamente para la actividad laboral.
Requiere la realización de un trámite administrativo al cabo del cual se le otorga la
calidad de jubilado. En ciertos casos cuando el trabajador continúa en el empleo a
pesar de reunir los requisitos para jubilarse, puede el Estado jubilar de oficio, y en
el caso de empleo privado, el empleador puede intimarlo a que realice los trámites
pertinentes.
Salud (del latín salus, -ūtis) es un estado de bienestar o de equilibrio que puede
ser visto a nivel subjetivo (un ser humano asume como aceptable el estado
general en el que se encuentra) o a nivel objetivo (se constata la ausencia de
enfermedades o de factores dañinos en el sujeto en cuestión). El término salud se
contrapone al de enfermedad, y es objeto de especial atención por parte de
la medicina.
Higiene designa al conjunto de conocimientos y técnicas que se ocupan de
controlar aquellos factores nocivos para la salud de los seres humanos, pero
también cuando decimos higiene nos estamos refiriendo al aseo, limpieza y
cuidado de nuestro cuerpo o el de cualquier otra persona o el de algún ambiente.
Medicina del trabajo es la especialidad médica que se dedica al estudio de las
enfermedades y los accidentes que se producen por causa o consecuencia de
la actividad laboral, así como las medidas de prevención que deben ser adoptadas
para evitarlas o aminorar sus consecuencias.
Seguridad social es un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus
integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales que, de
no resolverse, significarían la reducción o la pérdida de los ingresos a causa de
contingencias como la enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo,
entre otras.
Desarrollo integrado es un enfoque particular de la ayuda al desarrollo que
consiste en integrar todas las causas de un problema en una respuesta completa.
Este enfoque holístico de ayuda al desarrollo consiste por tanto en conjugar
muchos programas de apoyo y no sólo en aportar una respuesta sectorial a un
problema de subdesarrollo.
Prevención es el resultado de concretar la acción de prevenir, la cual implica
el tomar las medidas precautorias necesarias y más adecuadas con la misión de
contrarrestar un perjuicio o algún daño que pueda producirse
Beneficio es un concepto positivo pues significa dar o recibir algún bien, o sea
aquello que satisface alguna necesidad. El beneficio aporta, adiciona, suma, y de
él que se obtiene utilidad o provecho. Este beneficio puede ser económico o
moral. En el primer caso sería cuando por ejemplo uno realiza una compra y se lo
beneficia pudiendo pagarla en cuotas, al mismo precio que al contado, o cuando el
Estado otorga una exención impositiva a ciertos sectores sociales vulnerables. En
el segundo habría beneficio moral, cuando alguien recibe el amor de los niños
desamparados a cambio de su cuidado. En este último sentido, es común que los
artistas realicen espectáculos, cuya recaudación se destina a beneficio de
instituciones de bien público.
Recreación a todas aquellas actividades y situaciones en las cuales esté puesta
en marcha la diversión, como así también a través de ella la relajación y
el entretenimiento. Son casi infinitas las posibilidades de recreación que existen
hoy en día, especialmente porque cada persona puede descubrir y desarrollar
intereses por distintas formas de recreación y divertimento.
Pobreza es una situación social y económica caracterizada por una carencia
marcada en la satisfacción de las necesidades básicas. Las circunstancias para
especificar la calidad de vida y determinar a si un grupo en particular se cataloga
como empobrecido suelen ser el acceso a recursos como la educación, la
vivienda, el agua potable, la asistencia médica, etc.; asimismo, suelen
considerarse como importantes para efectuar esta clasificación las circunstancias
laborales y el nivel de ingresos.
Paupérrimo es el superlativo que corresponde a la palabra pobre, por tanto, el
mismo se emplea cuando se quiere designar la máxima situación o grado de
pobreza en el cual se encuentra una persona, grupo social o Nación. Que alguien
presente un estado paupérrimo es lo mismo a decir que se encuentra en la
extrema pobreza.
Infrahumano inferior a lo considerado propio del ser humano.
Democracia es una forma de gobierno que se caracteriza por hacer recaer el
poder sobre la población. Este planteo significa que las direcciones que toma un
grupo social se sustentan en la voluntad de la mayoría. Desde el punto de vista
etimológico, la palabra democracia se compone de formantes provenientes del
griego, que significan “gobierno” y “pueblo”.
Socialismo es un sistema de organización social y económica que se basa en la
propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción y se
propone que progresivamente las clases sociales desaparezcan.
Capitalismo como un sistema económico, donde el capital prevalece sobre el
trabajo y es la base de la riqueza. Dentro de este régimen la propiedad privada y
el libre comercio son dos bases elementales
Asambleas ciudadanas reúnen mujeres y hombres, asociaciones y
organizaciones que desean participar en la renovación democrática y actuar sobre
los cambios profundos que viven en su sociedad y a escala mundial.
Poder popular es una propuesta para la construcción del socialismo
democrático mediante un modelo de democracia participativa y protagónica en la
que se sustentaría la organización del Estado socialista.
Se basa en la voluntad general (soberanía popular) y consiste en dos ejercicios, el
directo y el indirecto:
1. El primero es la transferencia de competencias desde el gobierno a
la comunidad organizada en consejos locales electos en asambleas
populares.
2. El segundo es a través del sufragio, tanto para la elección de
representantes a las distintas instancias del poder popular, como para la
toma de decisiones trascendentales en los diversos tipos
de referéndum disponibles en cada legislación nacional.
Autonomía refiere a aquella capacidad que ostentan los seres humanos de poder
tomar decisiones sin la ayuda del otro, es decir, si bien muchas veces utilizamos la
visión del otro para no equivocarnos a la hora de elegir o tomar una decisión en
algunos temas cruciales, en realidad, buena parte de las acciones, decisiones y
elecciones que hacemos en nuestra vida cotidiana las hacemos nosotros mismos
y esto es gracias a esta capacidad que nos permite hacerlo.
autogestión (que significa administración autónoma), también llamada (en el
contexto de un proceso de ejecución autónomo) proceso ejecutivo, es el uso de
cualquier método, habilidad y estrategia a través de las cuales los partícipes de
una actividad pueden guiar el logro de sus objetivos con autonomía en el manejo
de los recursos. Se realiza por medio del establecimiento de metas, planificación,
programación, seguimiento de tareas, autoevaluación, autointervención y
autodesarrollo.
La autogestión pretende el empoderamiento de los individuos para que cumplan
objetivos por sí mismos, como por ejemplo dentro de los departamentos de una
empresa Incluye varios aspectos de la organización, como la preparación personal
para asumir competencias y el liderazgo y los equipos o grupos de trabajo.
Cogestión: forma de dominio donde las partes opuestas comparten la dirección
conjunta de los intereses mutuos como e n un gobierno de coalición no corporativo
cada parte representando a una base específica de Poder.
Control social tiene como objetivo mantener a grupos sociales dentro de un
orden formalmente aceptado de modo tal que se respeten un número de
normativas básicas que contribuyan a generar estilos de vida organizados y no
conflictivos. En este sentido, las regulaciones más claramente visibles respecto a
la idea de control social son aquellas que se expresan a través de leyes, estatutos
y regulaciones formales que todos los miembros de una sociedad deben cumplir
de igual modo.
Corresponsabilidad significa e implica una responsabilidad compartida. Dicha
responsabilidad compartida puede darse entre dos o más individuos o personas,
bien sean naturales o jurídicas (aunque también podría trasladarse a otras
instancias e inclusive, hablar de corresponsabilidad en el reino-animal, cuando el
padre o la madre también deben ayudar en la crianza -aunque en los animales no
exista un sentido de responsabilidad).
cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido
voluntariamente para formar una organización democrática cuya administración y
gestión debe llevarse a cabo de la forma que acuerden los socios, generalmente
en el contexto de la economía de mercado o la economía mixta, aunque las
cooperativas se han dado también como parte complementaria de la economía
planificada. Su intención es hacer frente a las necesidades y aspiraciones
económicas, sociales y culturales comunes a todos los socios mediante una
empresa.
REFERENCIAS
http://www.definicionabc.com/general/.php
http://es.wikipedia.org/wiki/
http://definiciona.com/
http://definicion.de/
http:www.google.com