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Gestión de Proyectos de Inversión PúblicaMag. Daniel E. Cáceda Guillén
Especialista en Gestión de proyectos de Inversión Pública
Investigador del:
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO Y GESTIÓN PÚBLICA
¿Qué es Gestión Pública?
La Gestión pública se ocupa de la utilización de los medios adecuados para alcanzar un fin colectivo.
Se refiere a mecanismos de decisión para la asignación y distribución de los recursos públicos, y de la coordinación y estímulo de los agentes públicos para lograr determinados objetivos.
La Gestión Pública se amolda a las demandas de la sociedad sobre el Estado
¿Dónde se ubica la GP?
Ciencia Política
Políticas Públicas
Gestión de Políticas Públicas
Gestión de Organizaciones Públicas
Espacio político
Espacio burocrático
Sucede principalmente en:
Estudio de los fenómenos y de las estructuras políticas,•comportamiento de los actores •mecanismos de decisión
Estudio la acción de las autoridades públicas ¿qué quiere una sociedad?
¿Cómo se implementan las políticas públicas?
¿Cómo operan las organizaciones públicas que implementan las políticas públicas?
El poder en la administración pública
Gobierno (se ve)
Administración Pública (se siente):Estructuras gubernamentalesEstructuras administrativasOrden y articulación de elites políticas y administrativasRelaciones intergubernamentalesSector público empresarialRégimen y Gestión del Servicio CivilGestión Financiera y PresupuestariaInstrumentos de contabilidad, control de gestión, etc.Políticas de contratación y comprasCalidad de las normasPolíticas de precios y tasasGestión del patrimonio públicoControl judicial y parlamentarioDerechos ciudadanos ante la administraciónMecanismos de participación de la sociedad en políticas públicas
Organizaciones públicas vs. Privadas
Sector Privado: Sector Privado:
Organizaciones económicas cuya racionalidad está orientada a la maximización de beneficios económicos
Beneficios monetarios son determinados por su desempeño
Buscan Utilidad
Gerencia libre
Compite-Precios
Priorizan resultados
Sector Público: Sector Público:
Organizaciones cuya racionalidad depende los objetivos del Estado
No pueden ligar desempeño a beneficios monetarios (Valor Público)
Por eso las mantenemos con impuestos
Objetivo Equidad y bienestar
Cadena de mando jerárquica
Monopolios
Prioriza reglamentos
Privado Público
Contratan y compran con libertad
Procedimientos internos son ad-hoc
Pueden negociar
Pueden establecer relaciones permanentes
Licitaciones y concursos
Procedimientos son exógenos y generales
Si negocian: corrupción
No pueden desarrollar relaciones permanentes
• Invierten en su personal porque eso se refleja en sus ganancias
• Inmovilidad Laboral y salarial (incluso cuando hay régimen laboral privado), los resultados de invertir en personal son para “el siguiente gobierno”
• Presupuesto depende de las ganancias
• Eso les permite acumular capital
• Presupuesto depende de su acceso al poder.
• Si no gastan, devuelven (No acumulan capital). Incentivo perverso
Se crean si hay negocio, si no son rentables: cierran, fusionan
Se crean por necesidad de atender una política o por razones políticas, necesitan norma para desaparecer y la percepción generalizada es “tema social”
Privado Público
CASI IMPOSIBLE!!
• Misión y metas definidas
• Clientes claros. Mercado decide
• Misión y metas externas: vagas e inconsistentes
¿Quién es el cliente?• Clientes cautivos
o Para proteger al ciudadano del poder del Estado, éste sólo puede hacer lo que la Ley manda, mientras que el privado puede hacer todo lo que la Ley No Prohíbe.
Delimitación de funciones del Estado
Actividades exclusivas del
Estado (monopólicas, salud,
planificación…)
Servicios sociales y científicos
Producción de servicios y bienes para el mercado
Actividades principales
Estado
Actividades auxiliares
Publicización
Privatización
Tercerización
Evolución del rol del estado
1900 1970 1990
1980
2000
1929
Estado liberal
Estado Social Liberal
Estado Neoliberal
Estado Social
Gran Depresión Crisis financiera
Reformas 1ra generación
Según Bresser Pereira
Evolución inflación en Perú 2001- 2012
Fuente: BCR http://www.bcrp.gob.pe/estadisticas/cuadros-anuales-historicos.html
Condición de un proyecto Social Definir el, o los problemas sociales, que se persigue resolver (especificar
cuantitativamente el problema antes de iniciar el proyecto).
• Tener objetivos de impacto claramente definidos (proyectos con objetivos imprecisos no pueden ser evaluados).
• Identificar a la población objetivo a la que está destinada el proyecto (la que teniendo las necesidades no puede satisfacerlas autónomamente vía el mercado).
• Especificar la localización espacial de los beneficiarios.
• Establecer una fecha de comienzo y de finalización.
El ESTADO opera el presupuesto a través de:
Proyectos
(gasto de inversión)
Actividades (gasto corriente)
Subsidios (Programas sociales -
gasto corriente)
Gastos de Operación financian el conjunto de actividades, operaciones y procesos necesarios que aseguran la provisión adecuada y continua de bienes y servicios de la Entidad
Gastos de Mantenimiento financian el conjunto de actividades operaciones y procesos para que la infraestructura, maquinaria, equipos y procesos regulares de la Entidad conserven su condición adecuada de operación
Antecedentes En 1992 se desactiva el INP (Instituto Nacional de
Planificación) En 1995 se crea la ODI (Oficina de Inversiones) Diagnóstico sobre los mecanismos de evaluación existentes:
falta de normas técnicas, pérdida de capacidades de funcionarios y entidades en
materia de evaluación de proyectos, falta de información relevante para llevar a cabo dicha
tarea y, falta de claridad en la normatividad vigente sobre la
obligatoriedad de cumplir con el ciclo de vida del proyecto
INVERSIONES LOCALES Y REGIONALES NO EVALUADASMIRADOR EN LA CIUDAD DE PUERTO
MALDONADO
ESTADIO DE URCOS (Prov. Quispicanchi - Cusco)Estadio con capacidad para 10000 espectadores y el
distrito cuenta con 10087 pobladores
Diario la Industria
Monumento a la Maca – Poblado de Huayre, Junín
El famoso “tobosaurio” que le costó a la municipalidad provincia de San Román más de cuatro millones de soles se convirtió en un elefante blanco, porque sigue con las puertas cerradas después de ocasionar la muerte de una niña en febrero del presente año. TOBOSAURIO: San
Román - Puno
LOPE (Ley Orgánica del Poder Ejecutivo): Definición de Sistemas
“…conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno.” (artículo 43º)
Sistemas Funcionales
Sistemas Administrativos
LOPE: Sistemas Administrativos
Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. (artículo 46º)
Gestión de RRHH Inversión Pública
Abastecimiento Planeamiento Estratégico
Presupuesto Público Defensa Judicial del Estado
Tesorería Control
Endeudamiento Público
Modernización de la gestión pública
Contabilidad
Creación del SNIP:
Ley 27293 (publicada el 28.06.2000)
1er Reglamento se publicó el 15.08.2000 aplicando a 7 sectores
1ra Directiva General se publicó el 22.12.2000 aplicando a todos los sectores.
Finalidad del SNIP:
Optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversión.
RECURSOS PÚBLICOS: Son todos los recursos financieros, que comprenden todas las fuentes de financiamiento, y no financieros de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público.
Eficiencia en la utilización de recursos de inversión.
Sostenibilidad en la mejora de la calidad o ampliación de la provisión de los servicios públicos intervenidos por los proyectos.
Mayor impacto socio-económico, es decir, un mayor bienestar para la población
CON SNIP SE BUSCA
Ámbito de aplicación:
Entidades y Empresas del Sector Público No Financiero de los tres niveles de gobierno. Independientemente de su denominación y oportunidad de creación. Se agrupan por sectores y niveles de gobierno.
Los gobiernos locales se incorporan al ámbito de aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública de forma progresiva, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas (a la fecha 914 GL sujetos)
Ámbito Institucional de los Sectores:
Clasificador Institucional del SNIP: Agrupa a las entidades y empresas por sectores y niveles de gobierno. Cada Sector del Gobierno Nacional se encuentra bajo la responsabilidad de un Ministerio o un Organismo Constitucionalmente Autónomo o un órgano representativo de un conjunto de éstos u otro creado por Ley.
Descentralización del SNIP:
Ley de Bases de la Descentralización , Ley Nº 27783 (20.07.2002)
El SNIP es de observancia y cumplimiento obligatorio para todos los niveles de gobierno (num. 10.3)
El SNIP se desarrollará y descentralizará progresivamente en el ámbito regional y local (num. 19.2)
Ley 28802 (publicada el 21.07.2006 - entró en vigencia el 01.01.2007)
DGPI (Dirección General de Política de Inversiones) declara viabilidad de proyectos con endeudamiento y realiza seguimiento a los proyectos.
OPI (Oficina de Programación de Inversiones) declaran la viabilidad de lo que no se financie con deuda
EPS (Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento) declaran la viabilidad de sus proyectos
Normativa vigente del SNIP:
Ley 27293, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802, y, por los Decretos Legislativos Nos. 1005 Y 1091.
Reglamento del SNIP aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF (publicado el 19.07.2007)
Directiva General del SNIP, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 (publicada el 09.04.2011)
Resolución Ministerial Nº 314-2007-EF/15. Delegación de facultades PIP con endeudamiento. (publicada el 01.06.2007)
Órganos del SNIP:
Órgano Resolutivo (Ministro / Máxima autoridad ejecutiva del Sector / Pdte. Regional / Alcalde / Junta de Accionistas)
OPI Sectorial, sus competencias están relacionadas tanto al ámbito institucional del Sector, como a la Responsabilidad Funcional que le sea asignada.
OPI Regional o Local, sus funciones están relacionadas al ámbito institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, en el marco de sus competencias, establecidas por la normatividad de la materia.
UF (profesionales especializados, UE)
UE (órgano desconcentrado del pliego)
DGPI (ente rector, autoridad técnico normativa. LOPE: opinión vinculante)
Órgano Rector Dirección General
de Políticas de Inversiones
(DGPI)
Órgano Resolutivo Designa a la OPI y a su
Responsable. Debe ser uno distinto a los encargados de la formulación y/o ejecución de proyectos.
Autoriza la elaboración de Expedientes Técnicos o Estudios Definitivos y ejecución de proyectos viables. Ambas autorizaciones se pueden realizar en un solo acto.
Los proyectos viables en su presupuesto se consideran ya autorizados y no requieren autorización expresa, salvo para aquellos PIP que implican modificación presupuestaria (puede ser objeto de delegación).
Delega las facultades de su OPI a sus entidades adscritas.
Ver Artículo 7º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública
Máxima autoridad ejecutiva de cada Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local establecida para los fines del SNIP.
Órgano Rector Dirección General
de Políticas de Inversiones
(DGPI)
Oficina de Programación e Inversiones
Depende funcionalmente de DGPI.
Aprueba los términos de referencia o plan de trabajo para la elaboración de los estudios de preinversión.
En el nivel de gobierno nacional: Evalúa los proyectos de su responsabilidad funcional.
Determina la viabilidad de los proyectos que no se financien con endeudamiento, salvo delegación de facultades de DGPI.
En el caso regional o local, solo evalúa los proyectos de su nivel de gobierno. Igual para las EPS municipales.
Registra a las Unidades Formuladoras de su Sector, gobierno regional o local.
Ver Artículo 8º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública
Órgano Rector Dirección General de
Políticas de Inversiones (DGPI)
Unidad Formuladora Elabora los términos de referencia para la contratación de los estudios de preinversión.
Elabora el plan de trabajo si la elaboración de los estudios de preinversión está a su cargo
Suscribe y registra los estudios de preinversión en el Banco de Proyectos. Es responsable por su contenido.
En el caso Regional o Local, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. Igual para las EPS municipales.
Levanta las observaciones planteadas por la OPI o por la DGPI.
Ver Artículo 9º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública
Órgano Rector Dirección General de
Políticas de Inversiones (DGPI)
Unidad Ejecutora:
Elabora el expediente técnico o supervisa su elaboración, cuando no sea realizado directamente por éste órgano.
Ejecuta el proyecto autorizado por el Órgano Resolutivo, o el que haga sus veces.
Informa a la OPI los avances y modificaciones durante la ejecución del proyecto.
Es responsable de la evaluación ex post.
Ver Artículo 10º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública
Órgano Rector Dirección General de
Políticas de Inversiones (DGPI)
Dirección General de Política de Inversiones:
Autoridad técnico – normativa del SNIP.
Determina la viabilidad de los proyectos que se financien con endeudamiento. Puede delegar esta facultad.
Emite opinión vinculante sobre la inversión pública.
Cautela que las declaraciones de viabilidad que se otorguen cumplan con requisitos de validez técnicos y legales.
Ver Artículo 3º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública
Órgano Rector Dirección General de
Políticas de Inversiones (DGPI)
Convenios en el marco del SNIP:
Convenio para la evaluación de proyectos de GL sujetos al SNIP (Anexo SNIP 11). Con otro GL o el GR.
Convenio para la formulación y evaluación de proyectos de un Gobierno Local no sujeto al SNIP (Anexo SNIP 12). Con otro GL sujeto.
Convenio para la formulación de proyectos de competencia municipal exclusiva (Anexo SNIP 13). Entidades GN y GR con GL.
Ver Artículo 35º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión
Pública
Criterios para delimitar proyectos regionales, provinciales y distritales:
GOBIERNO REGIONAL
No menos de S/.3 millonesBeneficiar a no menos de 3 distritos ubicados en 2 provinciasPoblación objetivo, no menor al 5%, respecto de la población total de la región. Opcional.
No menos de S/.1.2 millonesBeneficiar a no menos de 2 distritosPoblación objetivo, no menor al 5%, respecto de la población total de la provincia. Opcional.
GL - PROVINCIA
De preferencia proyectos en salud, educación, saneamiento, transportes y comunicaciones.Población objetivo, no menor al 5%, respecto de la población total de la distrito. Opcional.
GL - DISTRITO
¿Qué ES GOBIERNO ELECTRÓNICO?
ONU: “el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) por parte del Estado para:
•brindar servicios e información a los ciudadanos,
•aumentar la eficiencia y eficacia de la gestión pública e
•incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación ciudadana.”
Una definición más operativa:“El GE establece un rumbo estratégico a la forma en que el sector público se transformará a sí mismo mediante la implementación de modelos de negocios que exploten las posibilidades de las nuevas tecnologías.” (OCDE: Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico)
MARCO CONCEPTUAL DE GE
EMPRESA
CIUDADANO
INTERNET
CELULAR
FAX, EMAIL,
TELEFONO
EN PERSONA
PORTAL DE GOBIERNO
ELECTRÓNICO
CALL CENTER
CENTRO DE TRÁMITES
SITIO WEB
OFICINA 1
OFICINA 2
OFICINA 3
OFICINA 4
OFICINA n……
ESPACIO REAL DE LA SOCIEDAD
ESPACIO VIRTUAL
DE GOBIERN
O
ESPACIO REAL DE
GOBIERNO
Objetivo del ge
1.Aumentar la eficacia y eficiencia mediante las TIC en la administración
pública.
2. Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos mediante una un fuerte impulso a la transparencia
en la gestión pública y la participación ciudadana.
3.Brindar servicios en los lugares adecuados. Para esto, los servicios
deben ser reformulados en procesos de trabajo orientados al ciudadano
4.Rediseñar los procesos de la administración pública
Portal del Ministerio de Economía y Finanzas http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=section&id=2
8&Itemid=100674&lang=es
Consulta amigable: Seguimiento del gasto público
http://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx
INFObras – seguimiento de ejecución financiera y física de PIPs
https://apps.contraloria.gob.pe/infobras/
SIAF:
http://apps2.mef.gob.pe/consulta-vfp-webapp/consultaExpediente.jspx;jsessionid=0a00649830dc9a5371d9842b455794f5aa0dc0609d8d.e34QbhmMbNuLaO0LbNiPa3uKb3qNe0
SNIPs: Inicio en paises que lo aplican
País Siglas Nombre del SNIP y del Banco de Proyectos Año Ley
ArgentinaSNIP
BAPINSistema Nacional de Inversiones PúblicasBanco De Proyectos de Inversión Nacional
1994
BoliviaSNIPSISIN
Sistema Nacional de Inversión PúblicaSistema de Información sobre Inversiones
1996
ChileSNIBIP
Sistema Nacional de InversionesBanco Integrado de Proyectos
ColombiaSINAGEP
BPINSistema Nacional de Gestión de Programas y Proyectos de Inversión PúblicaBanco de Proyectos de Inversión Nacional
1989
GuatemalaSNIPSINIP
Sistema Nacional de Inversión PúblicaSistema de Información de Inversión Pública
2001
México PIPPSistema de Inversión PúblicaSistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto
PerúSNIP Sistema Nacional de Inversión Pública
Banco de Proyectos2000
Aplicativo PMIP: Programación Multianual de Inversión Pública
http://sig.mef.gob.pe/appportalpmip/front/ConsultaXCodigo.aspx
¿Quiénes son los responsables de la elaboración del PMIP?
La Unidad Ejecutora es responsable del registro, en el aplicativo informático PMIP, de los proyectos en ejecución que cuenten con declaratoria de viabilidad.
La OPI registra los proyectos nuevos conforme a los criterios de priorización; verifica consistencia con lo declarado viable en el marco del SNIP; y, tomando como base las proyecciones de disponibilidad de fondos públicos señalados en el Marco Macroeconómico Multianual vigente, revisa, evalúa y modifica, de ser el caso, la información registrada y presenta el PMIP a la DGPM.
La DGPM verifica la consistencia de los PMIPs sectoriales realizando las anotaciones y registros en el aplicativo informático PMIP, teniendo en cuenta los criterios de priorización señalados en el Marco Legal vigente. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la verificación de consistencia es realizada por sus Oficinas de Programación e Inversiones respectivas.
Fuente: http://sig.mef.gob.pe/appportalpmip/front/quesomos.aspx