Acción de Apoyo y Acompañamiento
a la Formación enmarcada dentro del
Acuerdo del Consejo de Administración
de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo
en su sesión de 14 de Julio de 2011
www.ciofa.es
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¿QUÉ ES FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN PARA
EL EMPLEO?
Fundación Tripartita para la Formación para el Empleo es un organismo que:
Contribuye al desarrollo de la formación para el empleo de las
empresas y trabajadores.
Fomenta la realización de formación que cubra las necesidades formativas de empresas y trabajadores en busca de una mejora
en la competitividad profesional.
Patronato de Fundación Tripartita:
Administración
Org . empresariales
Org. sindicales
Fundación tripartita
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EL SUBSISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL
EMPLEO
¿QUÉ ES?
Es un conjunto de instrumentos y acciones enmarcados dentro de las
Políticas Activas de Empleo que tienen como objetivo prioritario
promover y ofrecer a las empresas y a los trabajadores, tanto a los
que están en activo como a los desempleados, una formación que
se ajuste a sus necesidades, que contribuya a una mejora en la
competitividad de las empresas y
que favorezca el desarrollo de nuevas competencias
profesionales basadas en un aprendizaje a lo largo de la vida.
¿CÓMO?
FORMACIÓN DE OFERTA
FORMACIÓN DE DEMANDA
ACCIONES COMPLEMENTARIAS
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FORMACIÓN DE OFERTA
Es aquella que está destinada a
ofrecer a los trabajadores, tanto empleados como desempleados
una formación diseñada para
ajustarse a las necesidades actuales del mercado de
trabajo, que les permita adquirir las competencias necesarias
para responder a los requerimientos de
competitividad y productividad de las empresas y posibilite de
este modo tanto su promoción profesional como su desarrollo
personal.
FORMACIÓN DE DEMANDA
Responde a las necesidades concretas de las empresas y sus
trabajadores, está destinada exclusivamente a trabajadores en activo y está compuesta por las acciones formativas y los permisos
individuales de formación.
ACCIONES FORMATIVAS
Organizadas por las empresas para sus trabajadores, para mejorar sus competencias
profesionales.
PIF: PERMISOS
INDIVIDUALES A LA
FORMACIÓN
Permisos retribuidos al trabajador para la
obtención de un título oficial
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Permisos individuales a la formación PIF
Permiso autorizado por la empresa a un trabajador, para la realización
de un curso, dirigido a la
obtención de una acreditación oficial, incluidos los títulos y
certificados de profesionalidad, así como los procesos de
reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias y
cualificaciones profesionales. (Art. 21 OM 2307/2007)
Características
Permiso para la
obtención de una
titulación oficial
Máximo 200 horas /año
Modalidad presencial
Se bonificarán los costes salariales
del tiempo que el
trabajador está en la formación
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ACCIONES DE APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO A LA FORMACIÓN
Buscan mejorar la eficacia del subsistema de formación profesional
para el empleo, mediante la financiación de:
Proyectos de promoción y difusión de la formación profesional para el empleo.
Estudios situuación económica general, la competitividad de las empresas y la cualificación de los trabajadores
Investigación de herramientas innovadoras que supongan avances dentro del sistema de formación para el empleo.
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AYUDAS A LA FORMACIÓN EN LAS EMPRESAS
CRÉDITO A LA FORMACIÓN
Todas las empresas que coticen por sus trabajadores por formación profesional disponen de un crédito anual para la formación.
El importe del crédito dependerá de lo ingresado por formación
profesional el año anterior y del tamaño de la empresa.
CÁLCULO DEL CRÉDITO
Importe mínimo 420 €
anuales
Importe cotizado por formación
profesional año anterior
% Bonificación
IMPORTE CRÉDITO A LA FORMACIÓN
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Cálculo importe cotizado por formación profesional:
Cálculo del % de bonificación:
Importe cotizado por formación profesional año anterior
Sumatorio Casilla 501 tc1 año anterior x 0,7/100
% Bonificación
De 6 a 9 trabajadores
100%
De 10 a 49 trabajadores 75%
De 50 a 249 trabajadores 60%
De 250 trabajadores o
mas 50%
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En función del tipo de formación
que se vaya a bonificar, presencial, online, a distancia o
mixta, y si se trata de una acción
formativa de nivel básico o superior, se establecen los
módulos económicos máximos bonificables por hora y alumno:
Cofinanciación privada
Plantilla de la empresa Cofin. privada
De 6 a 9 trabajadores 0%
De 10 a 49 trabajadores 10%
De 50 a 249 trabajadores 20%
Más de 249 trabajadores 40%
Módulos económicos máximos de formación
Modalidad de impartición
NIVEL DE FORMACIÓN
PRESENCIAL BÁSICO SUPERIOR
9 euros 13 euros
TELEFORMACIÓN 7,5 euros
A DISTANCIA 5,5 euros
MIXTA Se aplicará el módulo en función de las horas
presencial, distancia o teleformación
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COMO BONIFICAR LA FORMACIÓN
Las empresas que deseen bonificar la formación
profesional de sus trabajadores
pueden hacerlo por tres vías distintas:
Empresa bonificada: La propia empresa puede gestionar la
bonificación de la formación de sus trabajadores.
GUÍA RÁPIDA PARA LA GESTIÓN DE LA FORMACIÓN
Las empresas que vayan a gestionar por sí mismas las bonificaciones
a la formación deberán :
1. Calcular su crédito
2. Conocer la normativa que regula las ayudas
3. Obtener la firma digital
4. Acceder y darse de alta en la aplicación telemática
5. Acceder al manual de ayuda de la aplicación
6. Informar a la Representación Legal de los Trabajadores
7. Comunicar el inicio del curso
8. Realizar la formación
9. Comunicar la finalización del curso y costes
10. Practicar la bonificación en el boletín correspondiente
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Entidad organizadora
La empresa puede decidir que sea una Entidad Organizadora,
otra empresa, la que gestione la formación a bonificar de sus
trabajadores.
Son centros de formación o empresas especializadas que se encargan
de gestionar la formación de los trabajadores de las empresas que pertenecen a una agrupación de empresas.
Convenio de adhesión
Gestiona la formación de otras empresas
Entidad organizadora
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Para que una Entidad Organizadora pueda gestionar la formación
bonificada de una empresa, es
preciso que la empresa facilite a la Entidad Organizadora de los datos
necesarios sobre su empresa y que firme una Adhesión al Convenio de
Agrupación de Empresas de la Entidad Organizadora.
Funciones de las entidades organizadoras:
Realizar comunicaciones de inicio y finalización de la formación
Custodiar la documentación, gestionar e impartir la formación
Colaborar con la administración en las acciones de seguimiento y control de las acciones formativas
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Agrupación de empresas:
Unión de dos o más empresas
que mediante un convenio de
adhesión se constituyen como agrupación con el fin de
gestionar conjuntamente su formación continua, actuando
una de ellas como entidad organizadora.
SERVICIO AL CLIENTE Y ORIENTACIÓN
Página web www.fundaciontripartita.org
Atención al cliente 902. 18.31.83
Servicio Técnico 902. 18.31.83
Centralita 911.19.50.00