SEÑORES DIRECCIÓN LEGISLATIVA CONGRESO DE LA REPÚBLICA PRESENTE
ESTIMADOS SEÑORES:
OF.04&2018/FLB/HESA GUATEMALA 11 DEMAYODE2018
CUMPLIENDO CON LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, REMITO DICTAMEN A LA INICIATIVA 5400 -QUE DISPONE APROBAR REFORMAS AL DTo. NÚMERO 17·73 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO PENAL-, EMITIDO POR LA COMISIÓN LUEGO DEL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DELIBERACIONES PERTINENTES.
MUY ATENTAMENTE,
POR LA COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONS1T1UCIONALES
C.c. ARCKIVOCOMISIÓN
DIPUTADO FERNANDO LINARES BELTRANENA PRESIDEKTE
COMISION DE LEG:SLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES COMGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA. C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
. ' ~ H ( · r-. fl ·-. 1 c.
,t .) :-1
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES FOLIO 1DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
1 1 Mfl~ 2]'.3 .
,' -Í1'?U ·-~
DICTAMEN DESFAVORABLE 05-2018
INHABILITACIÓN ESPECIAL (INICIATIVA 5400)
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 17-73
DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
CÓDIGO PENAL
HONORABLE PLENO
El Honorable Pleno del Congreso de la República conoció con fecha
uno (01) de marzo de dos mil dieciocho (2018), y remitió a esta Comisión
·k.'b..!!! COMISION DE LEGISLACION tªl Y PUNTOS CONSTITUCIONALES "$,,~ C010GRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA. C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
w~<k~y PJ>W!Úó6W~ W~<kk~ 8!~,~cd.
't .,-,.,.-16 ~ ... ~~ .... ~, ''J
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES FOLIO 2DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INIOATIVA 5400
para su estudio y dictamen la Iniciativa de Ley con registro 5400, presentada
por los diputados Andrea Beatriz Villagrán Antón, Erwin Enrique Álvarez
Domínguez y Compañeros, la cual dispone aprobar REFORMAS AL
DECRETO 17-73 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO PENAL.
ANTECEDENTES
Las Inhabilitaciones son penas accesorias existentes dentro del
derecho penal. Su finalidad, es permitir que se le imponga una sanción
"adicional" al condenado. Su característica es que impiden el ejercicio de
ciertos derechos, y son la consecuencia de ( ... ) abusar del ejercicio
profesional o bien infringiendo deberes propios de la actividad a que se
dedica el sujeto, a través de una infracción de deberes propios de la
actividad a que se dedica el sujeto"'.
1 De León Velasco, HA, de Mata Vela, J.F. Derecho Penal Guatemalteco, Parte General y Parte
Especial, Editorial Fénix, 2006, p. 288.
. . COMISION DE LEGISLACION !~~}Y PUNTOS C01fülTUC::Jl·IJ\LES ~-i'f' CONGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
~Jlli)níi,j 17 COMISIÓN DE LEGISIAOÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
FOLIO 3DE13 DICTAMEN DESFAVORABLE
APLICACIÓN DE INHABIUTAClóN ESPECIAL INICIATIVA 5400
Por ejemplo, un funcionario público que realice un acto delictivo
valiéndose de su puesto para facilitarse dicha acción, puede sufrir la
inhabilitación absoluta de obtener cargos, empleos y comisiones públicos.
Además, en el caso de las profesiones sujetas a colegiación
profesional (Abogados, Arquitectos, Contadores, etc.) el desempeño doloso
de sus funciones (una operación realizada en estado de ebriedad que causa
la lesión o muerte del paciente, un Notario que se aprovecha de la confianza
de su cliente, para obtener una propiedad que no le corresponde), también
genera la inhabilitación especial que incluye tener prohibición total de
ejercer su profesión.
DEL CONTENIDO DE LA INICIATIVA 5400
.<' ~-"' ,"< COMISIOli DE LEGISLACION ~.:;&)'Y PUNTOS CONSTITUCIONALES '%;;;;{;! CQl;GRESO DE LA REPUBLICA
-· f '-'..
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
~omi4Wn de~ y PI>~~~ ~~,/,ela~ 8J~, ~r:;d,
~Ji •i.:;·,ri,; 18 COMISIÓN DE LEGISIACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
FOLIO 4DE13 DICTAMEN DESFAVORABLE
APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL INICIATIVA 5400
La Iniciativa objeto de análisis indica que según el artículo 58 del
Código Penal actual, tanto la inhabilitación absoluta como la especial, no
pueden ser impuestas por un plazo menor de 4 años.
Sin embargo, en aras de fomentar un modelo de mayor transparencia
que fomente el buen actuar de las personas, se propone que la pena de
inhabilitación (absoluta o relativa) cuando sea por delitos cometidos contra
la administración pública y administración de justicia debe ser por el doble
de la pena principal y por un máximo de 20 años.
CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES
. COMISION DE lEGllLACiON t&r¡ Y PUNTOS CONSTITUCIONALES ·~ CONGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
:·,·¡¡: ,(~(1.·. ¡ 9 .. ~ 1. • _.J
COMISIÓN DE LEGISlACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES FOLIO 5DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
El Código Penal de Guatemala (Decreto 17 -73) divide los delitos
cometidos contra la "Administración Pública", en aquellos cometidos por
particulares, y aquellos realizados por funcionarios o empleados públicos. A
su vez, por administración pública debe entenderse "( ... ) toda la actividad
del Estado y los demás entes públicos. Los delitos correspondientes no
tutelan solo la actividad administrativa, sino también la legislativa y judiciat2.
Esta distinción debe tomarse en cuenta, porque en esencia la pena
accesoria (inhabilitación) está sancionando de forma específica a la persona
que atenta contra la Administración Pública.
El bien jurídico tutelado es el correcto desempeño de las funciones
del Estado de Derecho, imponiendo una sanción "extra" a quienes no
respetan dicha circunstancia.
2 López, T. Delitos contra la Administración Pública. P. 428.
. COMISION DE LEGllLACION ~:... .• M.='I ·'y PUNTOS CONSTITUCIONALES w CONGRESO DE LA REPUBLICA ~ - GUATEMALA, C. A.
1 ' I
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
, '' . ,· ,_._ "" .. ,., J \ ,, ~ ~ : .• ~ ' \ f ... _; (. {
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES FOLIO 6DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
Es importante señalar que la Constitución Política de la República en
su artículo 140 establece que "Estado de Guatemala. Guatemala es un Estado
libre, independiente y soberano, orqanizado para qarantizar a sus
habitantes el qoce de sus derechos y de sus libertades. Su sistema de
Gobierno es republicano, democrático y representativo" (el subrayado y
resaltado es propio).
Es entonces indispensable para la protección de las personas, que el
Estado realice sus funciones de una forma armónica, con respeto a las
normas y disposiciones generales aplicables. Esa es la razón por la cual se
sanciona de manera "extra· la comisión de ciertos delitos, añadiendo una
pena "complementaria" (inhabilitación).
El análisis de constitucionalidad indica que existe una razón lógica y
coherente para la existencia de las normas que contienen tipo de
inhabilitaciones.
~ 2 . co~~íSION DE LEGlSLAC10N {s:_:,;_~~'. Y PUNTOS CONSTITUCiONALES ·'l:fJ5!¡! CONGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSlTTUCIONALES FOLIO 7DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
Sin embargo, la distinción entre inhabilitación absoluta y relativa,
también tiene un componente adicional. Existen ciertos delitos, que son
cometidos por personas que dada su "calidad" como profesionales
(colegiados activos) tienen que cumplir un mínimo de diligencia y decoro en
el desempeño de sus actividades.
Tal es el caso de los médicos, quienes puede ser sancionados con la
imposibilidad de ejercer su trabajo si sufren una inhabilitación especial en
dicho caso.
Por eso, en el artículo 57 del Código Penal, se establece que la
inhabilitación especial puede ser alguna de las que conforman la absoluta
(no todas), o bien la prohibición de ejercer una profesión u oficio.
La distinción es procedente, porque no debe entenderse por ningún
motivo que la inhabilitación especial conlleva de forma automática la
prohibición de ejercer una determinada profesión. Tampoco se trata de
, r. . COMISIOli DE LtGISLAC10ii ~w;., ,~~1 'I PUNTOS CONSTITUCIOiiALES
,~
. _ CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
COMISIÓN DE LEGISlACIÓN Y PUNTOS CONSTlTUCIONALES FOLIO 8DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
convertir en más vulnerables a unos profesionales (Abogados, Médicos) que,
a otros, o generar una distinción artificial entre los mismos.
Es menester realizar una revisión a cada caso particular, para
determinar la forma más justa de sancionar a cada persona. Por ello,
establecer que la inhabilitación (sea absoluta o especial) debe ser siempre
del doble de la pena principal, en los delitos cometidos contra la
administración de púbica y de justicia, omite hacer la distinción específica
antes señalada.
Es importante marcar que en la exposición de motivos de la iniciativa
objeto de análisis se indica en la página 9 de dicho documento que:
"En ese sentido, al momento de legislar de manera interna en relación
con la inhabilitación absoluta y especial ¡El Estado) puede hacerlo de las
formas que considere apropiado cuando se trate de los derechos de ejercer
carqos públicos y ejercer cargos en una empresa de propiedad total o
parcial del estado·
e, "' COMiSICl'i DE LEGISlACIOl1 f:c~~;1 Y PUNTOS CONSTITUCIONALES ~· CONGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
COMISIÓN DE LEGISlACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES FOLIO 9DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
La distinción antes señalada no se incluye en el texto de la propia
reforma la cual establece lo siguiente:
"ART(CULO 58.- Conjuntamente con la pena principal, se impondrá la
de inhabilitación especial, cuando el hecho delictuoso se cometiere con
abuso del eyercicio o con infracción de los deberes inherentes a una
profesión o actividad "
En los delitos contra la administración pública y administración de
justicia, conjuntamente con la pena principal, se impondrá la de
inhabilitación absoluta contemplados en los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 56
de este código o la especial. El plazo de las inhabilitaciones será por el doble
de la pena principal siendo el máximo veinte años. "
Lo anterior, evidencia que no hay claridad suficiente sobre la manera
de aplicar una inhabilitación u otra. Además, al generar una duración
~. COMISJON DE LEG:S~:'.CiON
(;"% "~y PUIHOS CONSTITUCIOimEs \. -,.~ COMGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
{¡r •:./' n.~. 2 4 COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSTTTUCIONALES
FOLIO 10 DE 13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
general (el doble de la pena) y máxima (20 años), a todos los delitos contra
la Administración Pública y la Administración de Justicia, se le resta la
facultad al ente jurisdiccional para que, a través del análisis de cada caso
particular, realice una gradación técnica y pertinente para cada caso puesto
en su conocimiento.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso
de la República de Guatemala al tenor del análisis y consideraciones
expresadas, así como de las diferentes posturas que fueron escuchadas
considera emitir DICTAMEN DESFAVORABLE a la Iniciativa 5400 para que
sea sometida a consideración del Pleno del Congreso de la República y este
decida como en derecho corresponda.
11 . COMISION DE LEGISLACION :t'::~f~') Y PUNTOS CONSTITUCIONALES '?.~far CONGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A. /
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
. ' .· (' r" . ? ,.. ·-!~ -.~)' 1 ~.j ~
COMISIÓN DE LEGISlACIÓN Y PUNTOS CONSTTTUOONALES FOLIO 11DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABllfTACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
Dado en la sala de la Comisión de Asuntos Legislativos y Puntos
Constitucionales del Congreso de la República de Guatemala, en la Ciudad
de Guatemala, el día ocho (08) de mayo del año dos mil dieciocho
FERNANDO LINARES-BEL TRANENA
PRESIDENTE
VI EPRESIDENTE
FI DEL REYES LEE
---~----/
n COMISION DE lEGlcLACION ·14""~"" -osC"'s-·r···n'·'A'EI .~ .. \~':.~ _i: y PUN 1 , l11'· : , , t.·1..1-. '~ ,_
1:~~· CONGRESO DE li\ íllPUBUCA • ' . GUATEM.\LA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
:¡¡ 1:/-,n ·,? 6 COMISIÓN DE LEGISIACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
FOLIO 12 DE 13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 540(}
DEZ FRANCO
~ SANDRA A CIA SANDOVA1L _-?',....
GONZÁLEZ
CORNELIO GONZALO GARCÍA GARCÍA
CARLOS E MAYRA ALEJANDRA CARRILLO DE LEÓN
:$-..-Q . . COMJSIOi~ DE Lt\J!SL/'1CiOil i1' ~Y PUNTOS COllSTITUCIONALES ~, CONGRESO DE LA REPUBLICA
GUATEMALA, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.
COMISIÓN DE LEGISlACIÓN Y PUNTOS CONSITTUCIONALES FOLIO 13DE13
DICTAMEN DESFAVORABLE APLICACIÓN DE INHABILITACIÓN ESPECIAL
INICIATIVA 5400
ESTUARDO ERNE TO GAL
EDUARDO ZACHRISSON CASTILLO
o COMiSICN DE LEGISlACION '~~.'J!',, f '7;C'~ ;'Y PUIHCS CONSTITUCIONALES ~-é{~f; co:·~GRESO DE LA RCPUGLICA
GUP.~Er/.'i.~A, C. A.
Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.