ERASMUS + 2018/19
“ GESTIÓN ECONÓMICA DE PROYECTOS EUROPEOS
ERASMUS+”
Antonio Fernández Bermudo, 2019 Consejería de Educación y Deporte
1.- El PRESUPUESTO en KA1
Resumen del Presupuesto KA1: Cantidad solicitada
Partida APOYO ORGANIZATIVO en KA1 Preparación y seguimiento del Plan de Desarrollo Europeo.
Acuerdos con instituciones asociadas (Observación y Docencia) y Acuerdos de Movilidad para calidad y reconocimiento.
Información y asistencia al personal (Seguros).
Selección del personal.
Preparación lingüística e intercultural del personal.
Preparación de disposiciones eficientes de tutoría y supervisión de participantes.
Reuniones nacionales de puesta en marcha del proyecto.
Elaboración de resultados o materiales de difusión.
El PRESUPUESTO en KA2
Financiación de Movilidades dentro de KA2
Actividades financiables en KA2
2. Normativa Financiera ComunitariaPRINCIPIOS DE LAS SUBVENCIONES DE LA
U.E.:
NO RETROACTIVIDAD: Costes no antes de firma del convenio de subvención o de notificación de concesión. Nunca previos a la fecha de solicitud.
NO ACUMULACIÓN: Evitar doble financiación de UE para un proyecto, declaración del solicitante.
Carácter NO LUCRATIVO y COFINANCIACIÓN: Subvención de UE no puede producir Beneficios (No aplicable a costes unitarios, cantidad fija incluidas Becas, ni a solicitudes de menos de 60.000/ Sin perjuicio del derecho de acceso a los registros de beneficiarios). Si calidad o resultados es “Insuficiente”, la subvención se podrá reducir total o parcialmente.
Costes No Subvencionables en Erasmus+Rendimientos del capital.
Deuda y carga de la deuda, y deudas de dudoso cobro.
Provisiones por pérdidas o deudas.
Pérdidas por cambio de moneda.
IVA, si es recuperable según la legislación nacional aplicable.
Costes cubiertos por otro programa de trabajo subvencionado por la UE.
Gastos excesivos o desproporcionados.
Costes de apertura y gestión de cuentas bancarias.
En caso de alquiler o Leasing (alquiler con opción a compra) de equipamiento, el coste de las opciones de compra cuando finalice el alquiler o Leasing.
INGRESOS en proyectos Erasmus+Solicitante indicará en Formulario la contribución de
fuentes diferentes de la subvención de la UE.
Cofinanciación puede ser: Recursos propios del beneficiario, contribuciones financieras de terceros, ingresos generados por el proyecto.
Si tras informe final y liquidación de saldo, se demuestra superávit de Ingresos frente costes subvencionables, la AN tiene derecho a recuperar % de beneficio de contribución de la UE a costes subvencionables del proyecto.
No aplicable a proyectos de subvención solicitada de menos de 60.000 euros.
Contribuciones en especie no se consideran fuente de Cofinanciación.
Plazos y Modalidades de Pago
Acción Notificación concesión Firma Convenio subvenciónPago final/ solicitud reembolso saldo
Nº de PrefinanciacionesInforme Intermedio (técnico)
% subvención en fases
KA1. Movilidad Educ Superior 4 meses desde fin plazo presentación4 meses desde fin plazo presentación
60 días tras recepción Informe Final por AN2 NO
Prefin: 80%-20%Saldo: 0%
KA1. Movilidad en Ens Escolar, F.P., E.P.A., Juventud4 meses desde fin plazo presentación
4 meses desde fin plazo presentación60 días tras recepción Informe Final por AN
1 NO
Prefin: 80%Saldo: 20%
KA2. Asociación Estratégica de hasta 2 años4 meses desde fin plazo presentación
5 meses desde fin plazo presentación60 días tras recepción Informe Final por AN
1 SI
Prefin: 80%Saldo: 20%
KA2. Asociación Estratégica entre 2 y 3 años4 meses desde fin plazo presentación
5 meses desde fin plazo presentación60 días tras recepción Informe Final por AN
2 SI
Prefin: 40%-40%Saldo: 20%
Pago del SALDOImporte del pago final al beneficiario se calcula en
base al Informe Final, emitiéndose tras los 60 días de su recepción, y puede ser modificado, si:
Los hechos que justifican la subvención no tienen lugar o tienen lugar de manera diferente a la prevista (Solicitud de modificación al SEPIE y firma de Addenda, si procede).
Los costes subvencionables soportados por beneficiario son inferiores a los previstos en solicitud.
La calidad de actividades realizadas o de resultados es Insuficiente (Reducción proporcional de la financiación o reembolso de importes excedentarios cobrados como prefinanciación)
2,1.- El Convenio Financiero y sus Addendas:El Convenio de Subvención consta de:
Convenio: Compromiso de ejecutar el proyecto con Actividades de Anexo I y Presupuesto de Anexo II
Transferencias Presupuestarias sin ENMIENDAS
Modificaciones al Convenio
Modificaciones del Convenio de Subvención
Modificaciones del Convenio de Subvención
Y además por el Convenio de Subvención....
2.2.- Justificación ante el SEPIE
Informes y Pagos
Informes y Pagos
Reducción por ejecución deficiente, parcial o tardía (Anexo III, artº II.18.4)
Pagos entre centro beneficiario y los participantes
3.- Gestión Económica de un proyecto Erasmus+ en SÉNECA
* 3.1.- NORMATIVA de APLICACIÓN:
Ordenes conjuntas de 10 y 11 de mayo de 2006 (BOJA Nº 99 DE 25,05,2006).
Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
Decreto 285/2010, de 11 de mayo, del sistema de información SÉNECA.
Tras 9/3/2018: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que deroga Real Dtº Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, del Texto Refundº de Ley de Contratos del Sector Público
(BOE nº 276 de 16,11,2011)
3.2.- Asientos de Ingresos y Gastos
* Registro de INGRESOS (Anexo IV).
* Registro de MOVIMIENTOS de CUENTAS CORRIENTES (Anexo V).
* Registro de MOVIMIENTOS de CAJA (Anexo VI).
* Registro de GASTOS (Anexo VII) .
* Registro de INVENTARIO (Anexo VIII Altas y Anexo VIII bis Bajas).
(Artº 7 de Orden de 10,05,2006)
Sistema de gestión de Ingresos y Gastos en Séneca
- Orden de 10,05,2016 da sistema simplificado de llevanza de la gestión basado en registros secuenciales con el criterio de CAJA (contabilización en el momento de flujos monetarios de ingresos/gastos), mientras criterio de contabilidad pública es el DEVENGO (hechos económicos según la corriente real de bienes y servicios).
- Inclusión del proyecto ERASMUS+ en el Presupuesto del centro docente.
- Generación de un CENTRO de GASTO por cada proyecto con su identificador en el código de proyecto Erasmus+.
INGRESOS
- Procedentes de Otras entidades (SEPIE).
- Ingresos se registrarán “claramente por orden de fecha”, lo que se altera en libramientos de fin de curso con transferencias recibidas tras 30,09 (ficticio si se pone fecha 30,09/ si es posterior abarca otro curso escolar).
- Fecha de Registro debe ser la del “extracto bancario”.
- Existencia de crédito adecuado y suficiente.
GASTOS1.- Inversiones registradas como gastos de funcionamiento
(artº 5 “No traspaso de Inversiones a Funcionamiento, o viceversa”)
2.- Gastos registrados en cuentas que no se corresponden con su naturaleza.
(No incluir material inventariable en gasto corriente, salvo lo previsto en artº 3.2)
3.- Acumulación de facturas en un único asiento de gastos.
(Cada factura se corresponderá con un asiento. Artº 11.c señala “sucinta referencia al gastos, nombre del perceptor y nº de factura).
4.- No hay desglose de base imponible, cuota de IVA y total factura.
(Artº 11 contempla en Anexo VII el desglose)
5.- Artº 16 de Orden 10,05,2006: Delegación de competencias en Directores/as como Organo de Contratación, para Contratos MENORES.
Orden 10.05.2006:Delegación de competencias en Directores/as
Artº 16:Delegación como órgano de contratación para contratos menores de obra, suministro, consultoría y asistencia, y servicios según artº 56, 121, 176 y 201 de TRLCAP. Delegación de aprobación del gasto.
Artº 17: Delegación en Jefes de Estudios Delegados de SESO.
Artº 18: Revocación y avocación. Artº 19: Fin de la vía administrativa. Artº 20: Explicitación de la delegación.
Los Contratos MENORES (artº 118 y 131.3 de Ley 9/2017 CSP)Según cuantía igual o inferior a:
40.000 euros para OBRAS.15.000 euros para SUMINISTROS, o SERVICIOS,
etc.Duración: No superior a 1 año.No pueden ser prorrogados, ni ser objeto de revisión
de precios.Podrán adjudicarse directamente a cualquier
empresario con capacidad de obrar y con habilitación profesional para la prestación.• NO requieren ninguna Acreditación, aunque NADA
LO PROHIBE y además es DESEABLE
Expediente de Contratación de los Contratos MENORES (artº 118)
- Informe del órgano de contratación que justifique su necesidad, y existencia de crédito.- Aprobación del gasto- Factura legal - Organo contratación comprobará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar reglas de contratación y que el contratista no ha suscrito más C. Menores que superen umbrales de cuantías de C. Menores.- Contratos Menores se publicarán al menos Trimestralmente con su objeto, duración, importe de adjudicación (IVA incl) y adjudicatario. Se excluyen los de -5000 €, si se pagan por caja fija u otro sistema de pagos menores (artº 63,4).
3,3.- Justificantes económicos por partidas
- Apoyo a la Organización: gastos de funcionamiento.
- Viajes: facturas/billetes del desplazamiento.
- Apoyo Individual: facturas de alojamiento, justificantes de manutención.
- Tasas de Cursos: facturas de organizadores de cursos estructurados.
Tipología de las facturas a contabilizar
* Factura Legal: (según artº 72 del RCAP se considera el contrato) con los elementos del Real Dtº 2402/1985 de 18 de diciembre:
Número y serie.
Lugar y fecha de expedición.
Nombre y apellidos, denominación social, NIF y domicilio del expedidor.
Órgano que celebra el contrato, NIF y dirección.
Objeto del contrato y servicio al que va destinado.
Precio del contrato.
Firma del funcionario que acredita la recepción.
* Factura Simplificada: Modificación del Real Decreto 1619/2012, de 30 noviembre (BOE 01,12)
* Factura electrónica.
Tramitación de Facturas
- Registro de entrada en el centro docente.
- Firma del funcionario que acredita la recepción de conformidad (Órgano de contratación: Director/a).
- Abono en el plazo máximo de 20 días por transferencia, cheque nominativo o caja.
* Novedad: Decreto 75/2016, de 15-marzo, crea Registro Contable de facturas de la J.A. -BOJA 55 de 22/03/2016- (Por desarrollar/ Oficina Contable: Intervención que fiscalice gastos en materia de educación)
Indemnizaciones por razón del servicio en Junta de Andalucía- Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA 21/04/1989), y
sus modificaciones.
- Comisión de Servicio: “Cometidos que circunstancialmente se ordenen al personal y se desempeñen fuera del lugar donde prestan ordinariamente su actividad”, también cursos salvo que sean a conveniencia de interesados o estén retribuidas por importe superior o por bolsas de estudio cuando se ordene por órgano competente.
- Conceptos a indemnizar: Desplazamiento y Dietas por Manutención y Alojamiento.
- Desplazamiento y Manutención: sin gravamen. Alojamiento con factura, según casos lleva IRPF.
Importes de Indemnizaciones por razón del servicio
- Desplazamiento: 0,19 cts por Km en automóvil, 0,078 cts en motocicleta; o importe de billete en medio de transporte público.
- Manutención: ½ dieta: 20,41 (Madrid, 20,89)
Sin pernoctar: 26,67 (Madrid 26,67)
Pernoctando: 40,82 (Madrid 41,78)
- Alojamiento: 64,27 (Madrid 96,41)
- Extranjero: Mandatado por Junta de Andalucía, salvo dietas Erasmus+
3,4.- Remanentes
- Cantidades no gastadas dentro de un ejercicio económico (curso escolar).
- Verificar la cantidad de la subcuenta del proyecto Erasmus+ con el apunte de inicio del nuevo curso para la misma finalidad.
- Recepción de pagos finales con fecha posterior a la vigencia del proyecto.
3,5.- Justificación Económica: el Anexo XI.
- No se requiere ninguna Justificación Específica.
- Un proyecto Erasmus+ afecta a un ejercicio económico más que el/los año/s de duración.
- Justificación integrada en el Anexo XI general, de aprobación de cuentas a 30/09 por el Consejo Escolar del centro.
- Custodia de documentación justificativa, a disposición de órganos de control y fiscalización.
Nuevo desde 2017/2018: Ayudas J.A. a alumnado CF. Gº Superior
* Acuerdo Consejo Gobierno 29-mayo-2017 autoriza aportaciones a movilidad europea
para alumnado CF Gº Superior en Erasmus+.
* Orden 7-noviembre-2018 Consejería de Educación determina importe de las ayudas
(BOJA 233 de 03/12/2018) para 2018/19.
- En base a 5 grupos de países: Ayuda Base + Ayuda Especial (becarios).
- Antes, solo para alumnado de Enseñanzas Artísticas Superiores.
Cuantías Ayudas J.A. movilidad alumnado CF Gº Superior
Grupo A: Alemania, Austria, Dinamarca, Irlanda, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia.
Grupo B: Bélgica, Finlandia e Islandia.
Grupo C: Francia, Italia y Reino Unido.
Grupo D: Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Lituania, Malta, Portugal y República Checa.
Grupo E: Bulgaria, Croacia, Grecia, Hungría, Letonia, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Polonia, Rumanía y Turquía.