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Universidad de carabobo

Universidad de Carabobo

Facultad de ciencias econmicas y sociales

Ctedra de legislacin laboral

Estructura del Sistema Jurdico y Poltico Venezolano

Octubre de 2004

INTRODUCCIN

Lo primero y ms importante es que a lo largo del tiempo, se ha querido determinar cual es la verdadera legitimidad de los estados. Desde la aparicin de las ciudades Estado en la antigua Grecia, pensadores polticos y filsofos han discutido la verdadera naturaleza y fines reales del Estado. Con el paso de los siglos, y en la medida en que la tecnologa y la evolucin administrativa lo fueron permitiendo, estos pequeos estados, concebidos por Platn y Aristteles ms como una comunidad pequea que como el marco donde se desarrolla la actividad poltica de la vida humana, fueron sustituidos por entidades territoriales cada vez mayores.

Los requisitos militares de crear y mantener dichas entidades se inclinaron hacia el desarrollo de sistemas autoritarios, y algunos autores enfatizaron acerca del necesario sacrificio de la libertad individual en beneficio de las necesidades del orden colectivo, ejercido con el respeto hacia el bienestar de todos los grupos de la sociedad. Sin duda alguna ya se vena intentando de acercar o definir al Estado desde la vista de los pueblos dotados de un cierto grado de identidad cultural comn corri pareja con una bsqueda de la legitimidad derivada de la voluntad e intereses de esos pueblos. En las postrimeras del siglo XX la globalizacin de la economa mundial, la movilidad de personas y capital, y la penetracin mundial de los medios de comunicacin se han combinado con el propsito de limitar la libertad de accin de los estados.

Estas tendencias han estimulado un vivo debate sobre si el Estado puede retener algo de esa libertad de accin que se asociaba en otros tiempos a la soberana. Estas limitaciones informales a la independencia vienen acompaadas en algunas reas, en especial Europa occidental, de proyectos de integracin interestatal, caso de la Unin Europea, considerado por unos como una alternativa al Estado nacional y por otros como la evolucin de nuevos y mayores estados. Sea cual sea el efecto de este proceso, el concepto clsico de Estado como entidad en cierto modo cerrada, cuyas transacciones internas son mucho ms intensas que sus actividades interestatales, ha pasado a la historia conforme han ido surgiendo nuevas formas de colaboracin e integracin interestatal ms flexibles. Partiendo de todo esto, se enfatizar en todo lo concerniente a Estado y las diferentes dimensiones que posee esta, las cuales se detallarn a continuacin.

Antes de iniciar el estudio de las caractersticas primordiales de las primeras culturas y asentamientos humanos originarios de algunos pueblos con caractersticas semejantes al Estado, debemos referirnos como base a algunas manifestaciones del hombre en la antigedad.

En primer lugar encontramos el sedentarismo, que fue la primera manifestacin de agrupacin del hombre, debido a la bsqueda del espritu y la accin, ya que al vivir a merced de la naturaleza y en condiciones extremadamente precarias, se vio en la necesidad de organizarse en pequeos grupos y asentarse en un lugar, aprendiendo de esta forma a convivir con ms seres de su misma especie y repartiendo deberes y obligaciones tales como el cultivo y la caza. Despus, el mismo hombre primitivo, aprendiendo a vivir en conjunto con otros seres, forma la primera institucin social: La familia, cuya evolucin es importante por ser la primera unin con otros seres biolgicamente necesarios.

Nadie sabe en s cundo surge la familia como tal, por que no existen modos, ni formas, ni medios con los cuales pueda estructurarse el conocimiento de la familia primitiva, desde que un hombre empez a vivir con una mujer, hasta el nacimiento del primer hijo y su convivencia. Lo cierto es que marc la pauta para la primera estructura social. Con el tiempo, y con la ayuda del medio ambiente y la familia, se desarrollan ciertas formas preestatales como:

La banda y la tribu

La horda

La gens

El clan y el ttem

El tab

El carisma

Estructura del sistema jurdico y poltico venezolano

Cada uno con su forma de organizacin distinta. Citar solo un ejemplo de stas y ser a las Bandas. stas fueron los grupos locales, integrados por un nmero de personas ms o menos estable, poco numerosos y compuestos por familias de bajo nivel cultural.

El nmero de miembros de una banda en territorios que ofrecen buenas perspectivas puede llegar hasta 350 o 400 personas, pero se va reduciendo este mximo segn las condiciones hasta llegar a ser limitados a 10 o 15, pero en realidad la cifra normal entre ese mximo y mnimo es de aproximadamente 100 o 150 miembros.

A la banda se le considera como un grupo local primario, con su organizacin y poblacin pobre, pero no es la nica forma preestatal que se conoce, como ya antes haba mencionado, sin embargo no abundar ms en este tema por falta de espacio y entrar de lleno a lo que nos compete.

Padres del desarrollo del estado moderno

Es imposible hablar del concepto de Estado ante de la Edad Media;

A lo largo de la historia de la Edad Antigua y del Medievo, las naciones sumieron algunas de las caractersticas que conforma la nocin actual del Estado Moderno; sin embargo, esa idea termin de ser integrada a la luz racionalista de los pensadores de la ilustracin, quienes dilucidaron, delimitaron y conformaron de entre los resquicios del anacrnico sistema feudal, a la entidad que hoy definimos como Estado.

Para poder comprender la distribucin de funciones, as como las atribuciones del Estado, es importante estudiar primeramente, las etapas por las cuales ha pasado en la historia, iniciando por las causas del mismo en la Edad media, y continuando hacia el surgimiento y desarrollo de la teora del estado y la distribucin de funciones entre ellas la ejecutiva, que para nosotros es de especial importancia.

El surgimiento de la concepcin de Estado.

Nuestro estudio se inicia en las postrimeras del siglo XVIII e incisos del siglo XIX, a partir de las cuales podemos explicar las causas del estado en una poca en que la concepcin del mundo en occidente se vio convulsionada.

Europa, a mediados del siglo XVIII, presentaba en todas las naciones en ella asentadas , gobiernos constituidos como monarquas absolutistas. El fundamento del mandato de los reyes era explicado teolgicamente, se sostena el derecho dinstico de los monarcas como una prerrogativa a partir de la cual se legitimaba a su ascenso y mantenimiento en el poder.

La excepcin de este orden era la Inglaterra insular, ya que ninguna otra nacin haba logrado prever que el gobierno, identificado hasta entonces con el monarca, pudiera ser circunscrito al marco normativo impuesto por sectores de la poblacin. Por el contrario, se explicaba al pas y su situacin poltica como la unidad de una entidad inmutable, que haba sido creada por Dios, y slo l, representado por la Iglesia y los reyes, poda instrumentar su propio marco legal de atribuciones, que en todo favorecan a los eclesisticos y a los nobles ms encumbrados.

Se pensaba que los reyes slo deban rendir cuenta de su actuacin a Dios, este concepto era una verdad incuestionable hasta el siglo XVIII. La actividad administrativa integrada al porte real se limitaba en general a las atribuciones de polica con las que se aseguraban la estabilidad del rgimen poltico, dicha actividad de control de la poblacin era efectuada por los miembros de la nobleza.

As pues, se admita que la servidumbre haba sido creada para otorgar sus servicios al rey, sometida a vivir en una condicin un tanto mejor que la de esclavos que usufructuaban una porcin del fundo feudal. Lo cultivado serva escasamente para el autoconsumo, y para pagar tributos al seor, pero cuando las cosechas eran malas, haba que cumplir con faenas en los terrenos reservados al seor feudal.

Nicols Maquiavelo.

Es considerado el padre de la Teora del Estado y la Ciencia Poltica; fue de origen florentino y vivi entre los aos de 1469 y 1527.

Su principal obra poltica es El Prncipe, mismo que dedico a Cesar Borgia con la obvia intencin de obtener del mismo, varios favores polticos.

Maquiavelo utiliza en dicha creacin, por ocasin primera, la palabra Estado para referirse a las tiranas, principados y reinados en que se encontraba dividida Europa.

A lo largo del Prncipe, se evidencia que la palabra Estado es utilizada en su antiguo sentido latino statum que deviene del verbo estare y cuyo significado se reduce a situacin o condicin.

Y efectivamente el objeto de dicho libro es compilar toda una serie de normas polticas, organizadas conforme a una lgica que permitiere al monarca mantener la situacin que hasta entonces haba caracterizado al poder; para aumentarlo a efecto de reafirmar su soberana y presencia en su nacin, sin necesidad de modificar las condiciones del rgimen de gobierno.

La moral no tiene cabida en la poltica ni en el arte de gobernar, explicaba Nicols Maquiavelo como una de las principales consideraciones para el mantenimiento del poder.

Maquiavelo no se ocupa de definir lo que debe considerarse como Estado, sin embargo, es el primero en usar el trmino para referirse a las organizaciones polticas del bajo medievo, cuyo poder era ejercido en parte por los reyes y principes y otra faccin por los grandes terratenientes.

Los pensadores ilustrados se ocuparon posteriormente en precisar el fenmeno que ya Maquiavelo haba vislumbrado y que llamo Estado.

La Ilustracin.

En el siglo XVIII Inglaterra se distingua del resto de Europa porque el absolutismo monrquico haba sido ilimitado por el parlamento, que restringi el poder que hasta entonces haba concentrado el rey.

Lo anterior, as como el desarrollo del conocimiento cientfico a travs de una visin laica, tuvieron que influir necesariamente en el pensamiento poltico y filosfico de la poca.

El crdito del pensamiento de los primeros polticos como Maquiavelo, es que al comprender al Estado lo escindieron de las exposiciones dogmticas que aportaba el catolicismo secular. La ilustracin logr atraer a la luz los elementos integrantes del Estado.

En la edad Media se haba sintetizado la idea del Estado, como la existencia de un orden natural proporcionado por Dios a los hombres. Dicho orden era en principio incuestionable y se crea que slo se poda acceder a su conocimiento alcanzando niveles de contemplacin.

El racionalismo surgido a inicios de la Edad Moderna, tuvo por preocupacin, encontrar las circunstancias que haban logrado constituir a los diversos reinos existentes. Los filsofos empiristas de esa poca trataron de analizar la evolucin del Estado a partir de una dialctica historia que explicara el origen y la praxis del poder de los gobernantes, para encontrarle una respuesta en la existencia social.

Thomas Hobbes.

De origen ingls, vivi entre 1588 y 1679. La principal de sus obras de teora poltica fue intitulada como Leviathan o, que se traduce como la materia forma y poder de una comunidad. En ella supuso como propsito de los gobernantes lograr el orden social a partir del caos que provoca la vida comunal en una situacin que favoreca la lucha de todos contra todos en un mundo carente de moral.

Para Hobbes el hombre es malo por naturaleza y con l se inicia el pensamiento contractualista que influyo el pensamiento del siglo XVIII.

Hobbes explica que los hombres, ante las injusticias que sucedan durante la convivencia en el Estado Natural, se reunieron para convenir en un pacto social una serie de principios que la generalidad acept y en consecuencia sirvi para regir a la universalidad de la poblacin y subsecuentemente, esos mismos hombres eligieron a un representante comn que velara e hiciera respetar dichos convencionalismos, el cual se personifico con el monarca, una vez firmado el contrato, los seres humanos se abandonaron al impulso de sus pasiones, volvieron a cometer las injusticias que haban caracterizado a la sociedad. Los reyes, se dedicaron entonces a la tarea que les haba encomendado, controlar y gobernar a los seres humanos para darle un orden al caos en el cual subsista la sociedad de su nacin.

Para Hobbes el pacto social es irreversible, y al igual que Maquiavelo, no conceba an la distincin entre Estado y gobernante, por el contrario, para l, el monarca es la sntesis de ambos elementos y esto a su vez, es el producto del estado natural de las cosas, en el que el deber bsico de los ciudadanos es la obediencia y el resultado de la obediencia es la proteccin[1].

Con Hobbes apreciamos que al Estado se le deja de dar una explicacin desde el mbito teolgico y se concibe a la poblacin como un elemento que en un primer momento tiene la posibilidad de determinar e imponer al gobernante que dirija la nacin, una serie de normas generales a las cuales debe someterse.

Sin embargo, este filsofo explicaba que el pacto es irreversible, y por lo tanto se manifiesta abiertamente en contra de la imposicin del parlamento al rey, pues considera que tal instrumento es ajeno a la naturaleza del Estado y que slo tiende a favorecer a sectores aislados de la poblacin.

Jhon Locke y la escisin entre el Estado y el Gobierno.

De origen ingls vivi de 1623 a 1704, sus obras importantes son El Ensayo obre el Entendimiento Humano y el Ensayo sobre el gobierno Civil y el Contrato Social.

Locke se refiere a la naturaleza del hombre de forma distinta a Hobbes, lo define siguiendo a Aristteles, como un animal poltico, cuya esencia lo ha conducido a estatuir la sociedad. El pacto social implica una relacin mutua. Si en Hobbes, el contrato llevaba a abdicar los derechos individuales para ponerlos en manos de una persona, Locke afirma por su cuenta que el pacto es bilateral y se aplica tanto a los ciudadanos como a los legisladores y al rey, que es ciudadano como los dems. El poder del rey tiene bases legales, y el rey no puede actuar en contra de las bases que han servido para establecerlo en el poder[2].

La trascendencia del pensamiento filosfico de Locke reside en que plantea el derecho y la obligacin moral que yace en la poblacin para provocar la revolucin cuando el gobierno acta de forma contraria a la confianza que se le ha depositado.

Se empiezan a definir los perfiles del Estado a partir de las teoras de Locke, quien hace participar como integrante de esa entidad a la poblacin, que se une por costumbres y leyes en un territorio definido, y el gobernante se vislumbre como defensor de sus sbditos.

El pensamiento de Locke, se ve influido por los logros que obtuvo la burguesa con las revoluciones del siglo XVII; y por conducto de sus ideas, el Estado deja de ser considerado, como hasta entonces lo haba hecho el dogma religioso, como el medio para conducir a la perfeccin el abnegada alma de las criaturas humanas, para tornarse en la entidad que asegure el respeto de los derechos de los individuos.

Las ideas hasta aqu expuestas, as como los hechos que provocaron impactaron a la sociedad de la Europa continental del XVIIII, sobre todo a Francia, ejemplo de absolutismo, y en donde profesores, financieros, burgueses, abogados y muchos eclesisticos de ordenes menores comenzaron a difundir dichas ideas entre los sectores pauprrimos de la poblacin

Carlos Secondat Barn de Montesquieu.A diferencia de Toms Hobbes y de Jhon Locke, quienes se preocuparon por buscar los aspectos que llevaron al hombre a estatuir la sociedad, Montesquieu no se ocupo de ello.

1 Montesquieu era de origen Francs y vivi de 1689 a 1755, su obra mxima y monumento del pensamiento ilustrado fue el Ensayo del Espritu de las Leyes. Este ilustrado tuvo el mrito de haber apoyado el desarrollo del movimiento enciclopedista.

Evocando los logros de la poblacin britnica frente a la monarqua y usando el mtodo experimental comparativo, Montesquieu observ que el sistema parlamentarista es el mejor garante de los derechos de la poblacin ante el absolutismo.

Montesquieu observ que el Estado era una organizacin social; pero dicha organizacin no provena de la firma de algn pacto o contrato, ms bien de la conveniencia de ciertos principios fundamentales e inviolables, previstos en el orden de una Constitucin.

El in por el que la sociedad cre el Estado, segn explica este pensador, es la obtencin y la garanta de la libertad de los ciudadanos, libertad que debera ser entendida en todos los aspectos, en el econmico, en el poltico y en el religioso, y el gobierno que es slo uno de los elementos del Estado, se encuentra impedido para someter forzosamente a la poblacin.

Montesuqieu considera que es por medio de la creacin e imposicin de leyes al rey por va del Parlamento y la resolucin de controversias a travs de la Corte que se puede acceder a la libertad que busca el ser humano con la creacin del Estado.

El ideal consiste justamente en alcanzar la libertad mxima dentro de las posibilidades dictadas por las circunstancias naturales e histricas. Para ello precisa en primer lugar, una separacin de poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, tal como Montesquieu la encontr en la Inglaterra de su tiempo, en cuya Constitucin vio el ideal poltico deseable para Francia[3].

Respecto al ejercicio de la funcin ejecutiva, Montesquieu consider que entre el despotismo, la monarqua y la democracia, la mejor depositaria para su desarrollo, deba ser decididamente la monarqua.

La funcin ejecutiva as asignada al monarca, deba ser limitada de tal manera que se evitara que pudiera derivar en el despotismo, sobre todo a causa de que era una funcin unipersonalista.

Al tenor del pensamiento de este filsofo se comenzaron a considerar a cada uno de los elementos del Estado: el territorio, la poblacin y la soberana.

Tambin con el pensamiento de Montequieu , el Estado se conjunt y defini en adelante como una entidad de naturaleza jurdica.

Posteriormente los pensadores del siglo XIX van a elaborar y desarrollar la Teora del Estado, y se van a dedicar a definir sobre todo cules son los fines que debe de perseguir dicha entidad.

Juan Jacobo Rousseau..

Nacido en Ginebra, vivi de 1712 a 1817. En 1741 se estableci en Pars, donde tuvo contacto con el enciclopedismo, conoci a Diderot y Condillac; sus principales obras son El progreso de las ciencias y las artes y La corrupcin de las costumbres, y su Discurso sobre la desigualdad entre los hombres.

Rousseau considero que el Estado favoreci el desarrollo cientfico y tecnolgico, que son las principales causas de la perversin e infelicidad humanas.

Apunta que el pasado del hombre debi darse en circunstancias naturales, primitivas y felices, en las cuales, los humanos vivan en una verdadera libertad; y consider que el avance cientfico y tecnolgico, slo favorecieron la esclavitud del hombre y el surgimiento de mayores diferencias entre los miembros de la sociedad.

El piensa que cuando los hombres se reunieron a firmar el pacto social, se dio el proceso de civilizacin, cuya consecuencia fue el surgimiento de la propiedad y del egosmo, y el sometimiento de la voluntad de cada uno de los individuos a la voluntad de la generalidad.

Por ello a la vista de Rousseau, debera ser destruida tanto la civilizacin como el Estado y todos aquellos artificios que se han creado para limitar la libertad de los individuos. Sin embargo, igualmente advierte que el proceso de civilizacin, as como el desarrollo cultural y poltico son en principio irreversibles.

El legado de la postura de este pensador a la Teora del Estado fue el de aportar una serie de aspectos y principios morales a las actividades que el estado realiza limitando los derechos individuales.

Inmanuel Kant.

De origen alemn, vivi de 1724 a 1804, sus principales obras son La crtica de la razn pura y La crtica de la razn prctica.

Para Kant el soberano de los Estados es el pueblo, y la expresin de esta idea se cristaliza en el proceso legislativo a partir del cual se tutelan los derechos y las libertades individuales.

Para Kant el soberano de los Estados es el pueblo, y la expresin de esta idea se cristaliza en el proceso legislativo a partir del cual se tutelan los derechos y las libertades individuales.

La obra legislativa que del parlamento emana, debe someterse a la organizacin establecida por el pacto y el contrato sociales.

Por lo que para Kant, el origen del Estado, y por ello el de su naturaleza poltica se puede encontrar en el Contrato Social. La finalidad del Estado se sostiene a partir del reconocimiento y del respeto de los derechos individuales.

Kant comprende la libertad moral del conjunto social, dicho respeto slo se puede conseguir mediante la Ley.

Kant estima que el componente de todo Estado, en esencia son sus hombres, ellos deben someterse principalmente al fin de su moralidad, y buscar en el Estado la posibilidad de la realizacin de ese fin; el Estado no deber por eso pretender usar a los hombres como medios para conseguir sus propias metas.

Juan Amadeo Fichte.

Naci en Alemania y vivi de 1762 a 1814, sus principales obras son el Destino del Hombre, El sistema de la moral y Sobre la nocin de la teora de la Ciencia.

Discpulo de Kant, es considerado como el principal forjador del nacionalismo alemn. En su anlisis del Estado, el filsofo se dedica a estudiar la funcin que la entidad debe asumir frente al fenmeno econmico. As se constituye como uno de los iniciadores de las ideas socialistas de la Teora del Estado.

Fichte estima que junto a la fundamentalsima tarea se asegurar el goce de los derechos individuales regulando las relaciones pblicas y privadas, tiene el Estado la funcin de organizar y distribuir el trabajo dando a los individuos la posibilidad efectiva de realizar sus actividades dentro e esa distribucin. Debe asimismo regular los cambios a fin de prevenir las consecuencias de sus fluctuaciones desventajosas y promover la cultura general en todas sus manifestaciones constructivas[4].Jorge Guillermo Heguel.

Naci en Stuttgart y vivi entre los aos de 1770 y 1831. Su sistema filosfico es denominado como idealismo lgico o absoluto, para l existe el ser puro, como idea.

Heguel estima que el primer principio poltico es el Derecho, y en consecuencia le da al Derecho un lugar prominente entre sus definiciones, entendindolo como la causa de persistencia histrica y matriz de la poltica.

Heguel explica que el hombre se sabe como ser social y como tal se regula a s para lograr la esencia de su naturaleza, que es la libertad, as surge el Derecho como un principio comn a todos los hombres y que es el mismo que da sentido a la existencia del Estado.

Afirma el filsofo que nada existe por sobre el Estado excepto lo absoluto, que es la libertad del hombre.

En este sentido el hombre ha creado diversas formas de Estado en su devenir histrico, con el objeto de lograr la liberacin del espritu.

Por consecuencia y toda vez que el Estado tiene por primer mvil a la libertad, no podr considerarse segn Heguel, al Estado como un deber ser, sino como la expresin de una tica superior.

Ya en sociedad, el hombre en la libertad garantizada por el Estado, tiene la posibilidad de realizar sus propios fines, y lograr subvencionar sus requerimientos, con ello cada individuo satisface sus propias carencias y se logra el beneficio de la propia generalidad social.

A partir de las ideas de Heguel se considera un sistema tico que permea desde el mbito individual al social y finalmente a todo el Estado.

Hans Kelsen.

Naci en Praga, su principal obra el la Teora Pura del Derecho. Es continuador del idealismo romntico iniciado en Alemania por Schellin y Heguel.

Hans Kelsen se opone a considerar al Estado desde mbitos sociolgicos, polticos, histricos, econmicos o cualquier otra posicin que no libere la definicin de Estado de cualquier contenido ideolgico que lo contamine.

Kelsen considera que una visin desde cualquiera de esos aspectos, slo ofrece una perspectiva parcial de lo que debe de considerarse como Estado.

Su estudio parti de una lgica que persigue librar la explicacin del Derecho de cualquier elemento ajeno a su naturaleza.

Kelsen aprecia que la naturaleza o ser del Estado, desde su rigen se ha encontrado determinada por le estructura que precisa el contenido de la norma jurdica fundamental del mismo y que es la Constitucin, la cual tiene por contenido el deber ser del propio Estado.

As Kelsen pone en tensin la naturaleza ontolgica del Estado entre dos opuestos: el ser y el deber ser.

Como sntesis, el filsofo termina por identificar al Estado con el conjunto de preceptos que lo norman. El Estado slo puede ser y se limitar al marco que le sea impuesto por la norma jurdica, de esta manera Teora del Estado y Teora del Derecho se identifican y se vuelven sinnimos.

El Estado no puede ser aquello que la norma jurdica no contemple. Por ello el Estado segn Kelsen, debe de interesarnos por la forma y el contenido de los preceptos legales.

Con la teora Pura del derecho, se alcanza un grado de abstraccin que demuestra la complejidad que puede lograr al ocuparse del Estado.

En realidad ni el estado ni el Derecho pueden ser verdaderamente y totalmente aislados de las realidades sociales, histricas, polticas e incluso geogrficas que sobre ambos influyen.

Pero en la explicacin del estado y su esencia no se puede dejar de considerar la Teora Pura de Hans Kelsen para asumir una posicin filosfica frente al fenmeno que nos ocupa.

No es propsito de este captulo agotar todas las apreciaciones, que no dejen de ser interesantes y que se han formulado respecto al Estado, sin embargo, consideramos que son tiles las definiciones y consideraciones aqu vertidas, slo como un mero punto de partida de lo que debemos de considerar por el mismo

CONCEPTOS PREVIOS DE ESTADO.

La palabra Estado en trminos jurdico poltico se le debe a Maquiavelo, cuando introdujo esta palabra en su obra "El Prncipe" al decir: "Los Estados y soberanas que han tenido y tiene autoridad sobre los hombres, fueron y son, o repblicas o principados. Los principados son, o hereditarios con larga dinasta de prncipes, o nuevos; o completamente nuevos, cual lo fue Miln para Francisco Sforza o miembros reunidos al Estado hereditario del prncipe que los adquiere, como el reino de Npoles respecto a la revolucin de Espaa. Los Estados as adquiridos, o los gobernaba antes un prncipe, o gozaban de libertad, y se adquieren, o con ajenas armas, o con las propias, por caso afortunado o por valor y genio". Sin embargo, en trminos generales se entiende por Estado a la organizacin poltica y jurdica de un pueblo en un determinado territorio y bajo un poder de mando segn la razn.

Platn estima que la estructura del Estado y del individuo son iguales, y con ello, analiza las partes y funciones del Estado y posteriormente, las del ser humano, con lo cual establece el principio de Estado anterior al hombre, porque, adems, la estructura de aqul, an siendo igual a la de ste, es ms objetiva o evidente. Aristteles, por su parte, es ms enftico y declara que el Estado existe por naturaleza, y por tanto, es anterior al hombre, no por ser ste autosuficiente y solo podr serlo respecto al todo, en cuando a su relacin con las dems partes, complementando su expresin al decir, en base a su Zoon Politikn, que quien no convive con los dems en una comunidad, "o es una bestia, o es un dios".

Por su parte, Luis XIV rey de Francia, en la poca del absolutismo se atreve a decir la ya conocida frase "El Estado soy yo", que esto no implica ms que la falta de raciocinio en la que se viva en ese tiempo, indica solo la ms pura esencia del absolutismo en s, se tomaba al Estado como un rgimen poltico en el que una sola persona, el soberano, ejerca el poder con carcter absoluto, sin lmites jurdicos ni de ninguna otra manera. El Estado no era sino una prolongacin de las caractersticas absolutas del rey en ese tiempo. Por otro lado, a la revolucin Francesa se le considera como la pauta principal del cambio de la evolucin del significado de la palabra Estado, pero eso lo veremos en otro apartado de este escrito. Por el momento, dar un breve recorrido por los Estados Antiguos.

ESTADOS ANTIGUOS.

Tenemos en primer lugar al Estado egipcio y tratar de conceptuar a Egipto, como una primera formacin estatal. Ms o menos hace ms de 5 mil aos, aparece la autoridad centralizada en el antiguo Egipto. Se carece de los datos exactos para reconstruir aqul proceso de centralizacin, sin embargo sabemos que era necesaria la presencia de un gobierno de esta ndole. Tenan un Estado personalizado, en el sentido de que la concepcin de la autoridad se identifica plenamente con su depositario. La teora del Estado egipcio se resumira en que el Estado es el faran, afirmacin que no solo es reconocida por el faran mismo, si no por todos los subordinados a este.

Despus en Grecia empezar por especificar que su unidad poltica bsica fue la polis. Su geografa determina el aislamiento territorial, tenan una tecnologa poco desarrollada en lo agrario y una poblacin en expansin.

Los griegos tenan costumbres organizacionales, en las cuales se permita la participacin en los asuntos pblicos por medio de asambleas y no presentan un alto sentido de centralizacin y personalizacin de la autoridad. Su autoridad no estaba basada en una sola persona, sino que se divida en varios jefes y an se reconoca el "consejo de ancianos". Los tericos polticos de esa poca consideraban al Estado por una parte como la ciudad o el sitio donde debe desarrollarse la plenitud de la vida humana; por otro lado solo se referan a las funciones pblicas concedidas a cualquier ciudadano que pueda realizarlas mediante la renovacin de los cargos.

En Roma, el Estado aparece condicionado por las fuertes interacciones de distintos grupos humanos. Surge por la necesidad de imponer la autoridad central al pueblo. La formacin de Roma como Ciudad Estado, parece determinada por la existencia de un Estado anterior, el etrusco, cuyos orgenes se han perdido, pero que es posible conjeturar como similar al desarrollo que se dio en Grecia.

CMO LLEGAMOS AL CONCEPTO DE ESTADO?

An no conocemos con exactitud el origen de la palabra Estado, desde el punto de vista jurdico poltico, pero si podemos afirmar que equivale a la Polis o ciudad Estado de los griegos. No es sino hasta la Edad Media, cuando por primera vez surge el nombre stat, estado, trmino tomado y sostenido por Maquiavelo, anteriormente citado. Los elementos del Estado son:

Pueblo

Territorio

Poder

Ahora podemos decir que el Estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurdico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien pblico temporal de sus componentes.

Muchos autores aseguran que el poder y el gobierno son sinnimos, sin embargo nos damos cuenta que no es as, para muchos, el poder significa ser ley, ser total, y el gobierno no lo es as, el gobierno es regido por el pueblo y para el pueblo, pero tomaremos al poder como un elemento del Estado.

ELEMENTOS DEL ESTADO.

Como Pueblo entendemos al compuesto social de los procesos de asociacin en el emplazamiento cultural y superficial, o el factor bsico de la sociedad, o una constante universal en el mundo que se caracteriza por las variables histricas. El principal valor del pueblo est en su universalidad. No habr Estado si no existe el pueblo y viceversa.

Al Poder lo entendemos como la capacidad o autoridad de dominio, freno y control a los seres humanos, con objeto de limitar su libertad y reglamentar su actividad. Este poder puede ser por uso de la fuerza, la coercin, voluntaria, o por diversas causas, pero en toda relacin social, el poder presupone la existencia de una subordinacin de orden jerrquico de competencias o cooperacin reglamentadas. Toda sociedad, no puede existir sin un poder, absolutamente necesario para alcanzar todos su fines propuestos.

El Territorio es el ltimo elemento constitutivo del Estado. Francisco Prez Porra lo considera como el elemento fsico de primer orden para que surja y se conserve el Estado, pero agrega "La formacin estatal misma supone un territorio. Sin la existencia de ste no podr haber Estado".

Por otro lado, Ignacio Burgoa afirma "Como elemento del Estado, el territorio es el espacio dentro del cual se ejerce el poder estatal o imperium. Como esfera de competencia el Estado delimita espacialmente la independencia de ste frente a otros Estados, es el suelo dentro del que los gobernantes ejercen sus funciones."

LA REVOLUCIN FRANCESA, EL ORIGEN DEL ESTADO MODERNO.

Desde el atropello del "El estado soy yo" manifestado como el ms nocivo absolutismo, el pueblo sinti la negacin total de sus derechos y rotos todos sus principios e ideales, es ah donde empieza a crecer el resentimiento y surge poco a poco la semilla de la rebelin, y sta haba de manifestarse con toda su violencia y hacer explosin, para culminar el 14 de Julio de 1789. La revolucin dio paso a nuevas formas, con todas sus naturales e impropias acciones excesivas cometidas. La mayor aportacin que este levantamiento dio, fue la Declaracin de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, que se fundament en la teora de Jean Jacob Rosseau, que escribi en su obra "El Contrato Social."

El ao de 1789 es de primordial importancia en sus manifestaciones, por que los rumbos sealados cambiaran al mando en sus procedimientos y formas gubernamentales, y tambin en la nueva concepcin del hombre, que se convirti en ciudadano para ayudar a los fines del Estado, los fines de un nuevo Estado nacido de la sangre de muchas personas, de un Estado que surge de las cenizas del despotismo y la crueldad: El Estado Moderno de Derecho.CARACTERSTICAS DEL ESTADO MODERNO.

Las caractersticas del Estado Moderno son las siguientes:

Una cierta entidad territorial. sta se refiere al medio fsico que es necesaria para la sustentacin del Estado y debe ser una magnitud tal que no convierta en demasiado pesadas las tareas que el Estado debe afrontar.

Establecimiento de un poder central suficientemente fuerte. Se logra suprimir o reducir drsticamente a los antiguos poderes feudales, entre ellos el propio poder de la iglesia, que se vincula a lo que actualmente llamaramos al proyecto de Estado Nacional.

Creacin de una infraestructura administrativa, financiera, militar y diplomtica. Se desarrolla una burocracia administrativa que trabaja impersonalmente para el Estado. Burocracia y capacidad financiera se retroalimentan. La obtencin y administracin de recursos exige personal dedicado por completo a estas tareas. La diplomacia se convierte en un instrumento indispensable para las relaciones con las dems entidades estatales que constituyen un sistema en su conjunto.

Consolidacin de la unidad econmica. El Estado debe ser capaz de regular y dirigir la economa en su propio seno, y con respecto al exterior, implantar un sistema aduanal y normas precisas que controlen la entrada y salida de bienes.

Elementos constitutivos del Estado

El Estado est conformado por la poblacin asentada en una porcin de territorio o espacio, que tiene la voluntad de mantenerse unida bajo la idea de un Estado.

Por lo tanto, para que se pueda formar un Estado deben existir la poblacin, un lugar en donde establecerse o territorio y el inters de unirse para funcionar de manera organizada o soberana. Estos tres elementos son denominados: elementos constitutivos del Estado.

En cuanto a la poblacin que integra un Estado, es imposible decir que se trata de un grupo homogneo. Ms bien es el resultado de la fusin de diversos pueblos o grupos tnicos, que acta bajo la influencia de un ncleo organizado y con cierto poder y que en conjunto ha desarrollado caractersticas propias (idioma, costumbres, emblemas patrios), que son las que les dan el sentido de unidad que da forma al Estado.

Lo central de la Geografa Poltica es el territorio, que est conformado por el espacio geogrfico terrestre, martimo y areo donde se asienta el Estado, y el territorio legal, que son todos los espacios que posee el Estado ms all de las fronteras de su territorio geogrfico, como es el caso de las embajadas, aviones y barcos, tanto de guerra como mercantes o comerciales. En todos ellos rige la soberana del Estado del que provienen.

El territorio presenta las caractersticas que permiten el nacimiento y desarrollo del Estado, como son los factores fsicos y las riquezas o bienes econmicos que posee (materias primas, capacidad industrial, recursos energticos).

As, en base a las caractersticas de su entorno, el hombre delimita las reas que le convienen para establecer sus lugares de poblamiento u ocupacin, agrupado en ciudades o pueblos, o diseminado en campos o bosques, y tambin la actividad productiva en la que se ocupar.

La organizacin territorial de los Estados da origen a los pases, que estn delimitados por fronteras polticas establecidas mediante acuerdos y tratados.

Los pases tienen un ncleo central (capital), que corresponde a la ciudad o ciudades donde se concentran los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), que organizan y encabezan el funcionamiento del resto del pas.

La soberana es la capacidad que tienen los Estados de decidir, sin ninguna subordinacin ante una fuerza externa, tanto en el mbito interno como en el externo, respecto a temas polticos, sociales, econmicos, etc.

Sin embargo, esto no es tan rgido, debido a que los Estados establecen acuerdos o tratados entre s (polticos, militares, comerciales, culturales, tecnolgicos, etc.) y tambin participan de instituciones internacionales que buscan tomar decisiones y medidas que favorezcan el bien comn por sobre los intereses particulares de uno u otro Estado.

Es el caso de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU), creada en octubre de 1945 tras el fin de la Segunda Guerra Mundial, y formada por 189 de los 193 pases del mundo. Sus principales objetivos son el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, el fomento del progreso econmico y social del mundo, y la proteccin y promocin de los derechos humanos.

El que cada Estado sea soberano, quiere decir que ejerce el poder con plena libertad: legisla, recauda impuestos, busca resolver los requerimientos bsicos de todos sus integrantes (comida, vivienda, salud y educacin), y administra la justicia. Para esto, cuenta con el llamado aparato estatal, entendiendo por este al conjunto de instituciones que estn a su servicio (organismos pblicos de salud y educacin, personal administrativo, autoridades locales, fuerzas policiales y armadas, etc).

Diferencias entre Estado y GobiernoComnmente suelen confundirse formas de Estado y de gobierno, por eso es necesario diferenciarlas, ya que estos dos trminos significan cosas totalmente distintas. La palabra Estado designa a la totalidad de la comunidad poltica, es decir al conjunto de personas e instituciones que forman la sociedad jurdicamente organizada sobre un territorio determinado; en cambio la palabra gobierno comprende solamente a la organizacin especfica del poder constituido al servicio del Estado.

El gobierno es slo uno de los elementos constitutivos del Estado. Es el conjunto de rganos directivos del Estado o la institucin o conjunto de instituciones por las cuales la sociedad realiza y desarrolla aquellas reglas de conducta necesarias para hacer posible la vida de los hombres en una condicin social.

Mientras las formas de Estado se refieren a la manera de ser fundamental de la totalidad del cuerpo social jurdicamente organizado, las formas de gobierno tiene relacin con la modalidad adoptada por los rganos directivos que formulan, expresan y realizan la voluntad del Estado.

El Estado es la comunidad poltica ntegramente considerada, constituyendo la persona colectiva de la sociedad poltica en la funcin del Derecho y el sujeto activo de la soberana. El gobierno, es la organizacin especfica del poder constituido en y por el Estado y al servicio del Estado.

Tomando como criterio diferencial la participacin del pueblo en las organizaciones y marcha de la sociedad poltica, se distinguen dos formas de gobierno: democracia y autocracia.

La primera consiste, segn Kelsen, en que el orden jurdico es producido por aquellos sobre quienes va a regir y supone, un alto grado de participacin popular. La segunda se caracteriza porque el orden estatal es creado por un seor nico, contrapuesto a todos los sbditos que excluye de toda participacin activa.

Por lo tanto, los Estados de tendencia democrtica son aquellos en los que el pueblo participa de algn modo en las tareas de inters general, mientras que Estados de tendencia autocrtica, son aquellos en los que se deniega tal participacin popular.

La democracia es una aspiracin. El Estado totalmente democrtico no existe. Slo se producen ciertas aproximaciones al orden utpico de la relacin entre gobernantes y gobernados. Por lo que entre mayor sea el grado de participacin se le conceda al pueblo, ms democrtico es el Estado.

En el esquema democrtico puro el pueblo es, sujeto y objeto del orden jurdico del Estado, porque l dicta este orden jurdico por medio de representantes en la asamblea legislativa, y de otro, est obligado a observarlo. O sea que la ley est formada por los mismos que a ella estn sometidos. Esta doble calidad popular es una de las caractersticas fundamentales del sistema democrtico puro. Por eso, la democracia es una forma de Estado o de sociedad en la que la voluntad colectiva resulta engendrada por quienes estn sujetos a l. Dado que la democracia consiste en que el orden jurdico es producido y ejecutado por aquellos sobre quienes va a regir no es entonces, mas que la concrecin de la voluntad de los gobernados, se presenta el problema de saber cual es esa voluntad o que debe entenderse como tal. La democracia resuelve este problema mediante un arbitrio que o obstante sea parcialmente injusto, es sin embargo el menos alejado de la justicia. Considera que la voluntad de la mayora es la voluntad del grupo, porque es la que mayor nmero de consentimientos individuales abarca. De esta manera, para que la volunta sea general, no necesita ser unnime sino mayoritaria.

Esta volunta se concreta mediante los diferentes mtodos creados por el sistema democrtico para hacer factible la participacin popular en las tareas oficiales del Estado. Tales mtodos son la iniciativa popular, el referndum, el plebiscito, las elecciones y los partidos polticos.

El hecho de que la voluntad de la mayora pase por voluntad de la totalidad no significa que el poder de la mayora este exento de limitaciones. La primera limitacin que soporta es el respeto a la minora, respeto que es un supuesto legal y moral del sistema democrtico. De otro modo, este implantara la tirana de la mitad mas uno sobre la mitad menos uno. Adems no hay que olvidar, que la entidad dentro de la cual se desarrolla la regla de la mayora, ha surgido precisamente para garantizar los derechos de los asociados.

La democracia directa y democracia indirecta o representativa tiene una diferencia. La primera se realiza cuando el pueblo ejerce el gobierno del Estado por s mismo, en forma directa y sin intermediarios. La segunda, cuando el pueblo confa la funcin gubernativa a determinadas personas, quienes la desempean en nombre y representacin de aquel. Nunca existi ni puede existir una democracia directa. Es un imposible fsico porque no ha y manera de que el pueblo masivamente, tome en sus manos la conduccin de sus destinos.

Al hablar de democracia es preciso insistir en que se trata de un concepto bastante difuso. Cada ideologa poltica tiene su propia concepcin de la democracia.

Los tericos fascistas llamaron democracia vertical a sus regmenes totalitarios. Hitler habl de democracia a pesar de postular el gobierno de las "minoras selectas" y de sostener que la mayora es abogado de la estupidez. Las dictaduras latinoamericanas suelen justificar sus aventuras con la invocacin de la defensa de los principios de la "democracia occidental y cristiana". Los regmenes marxistas llamaron democracias populares a sus sistemas autoritarios.

No se necesita llamar al sistema "democracia participativa", puesto que la democracia o es participativa o no es democracia.

El proyecto democrtico tiene hoy que afrontar dos nuevas y adicionales amenazas, acerca de las cuales poco se ha dicho. Nos referimos a la cuestin demogrfica y al desarrollo de los medios masivos de comunicacin. La explosin demogrfica de los pases pobres pone dificultades al sistema democrtico. El sistema democrtico no logra ser eficaz para atener las crecientes demandas sociales. Las masas, en esas condiciones, son muy sensibles a la prdica redentorista, siguen fcilmente el seuelo demaggico y surge as el populismo, que es un fenmeno de raz econmica y efectos polticos. Pero el populismo no resuelve nada. Cuando llega al poder se convierte en vctima de su propia prdica demaggica e irresponsable. El populismo es una desordenada movilizacin de masas. Es la antidemocracia, porque la democracia es la participacin consciente de los pueblos en las tareas pblicas, mientras que el populismo es la intervencin emocional y arrebatada.

Concibe entonces el contraste entre lo que ve y lo que tiene, entre la forma de vida de otros niveles sociales y la suya. Hace comparaciones y empieza a considerar que la pobreza no es inevitable. Se origina as un juicio de valor sobre la pobreza. La pobreza es slo pobreza en tanto no se tenga conciencia de ella, pero cuando es objeto de un juicio de valor, entonces ella cambia y puede convertirse en rebelda. La rebelda est compuesta de dos ingredientes: pobreza e insatisfaccin.

Esta ha sido la gran equivocacin del socialismo clsico en Amrica Latina, creer que porque se es pobre, se es izquierdista.

Los partidos son indispensables en el sistema democrtico, pues es su funcin organizar a las multitudes, recoger y dar forma a sus aspiraciones y presentarlas a consideracin del poder poltico. Son instrumentos de fiscalizacin y control de la funcin gubernativa, llamados a mantener una permanente actitud crtica sobre los actos de gobierno. A ellos les est confiada una de las ms importantes responsabilidades que existen en el Estado democrtico: ejercer la oposicin. A la oposicin le corresponde vigilar la integridad de las libertades pblicas, la honradez de los actos de su gobierno y el acierto administrativo. Esa es la oposicin, elemento indispensable para el dilogo democrtico

Actividad y objetivos del Estado

Como ya ha se ha explicado, el Estado se compone de tres elementos bsicos: poblacin, territorio y gobierno, que interactan para lograr su consolidacin y una serie de objetivos relacionados con su mbito de relaciones tanto interiores como exteriores. Adems, quien formalmente se encarga de dirigir los destinos de la colectividad o nacin es el gobierno, quien, por tanto, es el responsable del cumplimiento de los proyectos de bienestar, seguridad y desarrollo de sta.

As, se hace necesario aclarar que, dado que el gobierno ejerce la titularidad del Estado, se ha dado en llamarle "Estado", cosa que pudiera a los ojos de cualquier especialista ser correcto o no correcto, pero que se ha convertido en un hecho insoslayable en la prctica cotidiana.

Por tanto, desde este punto, la presente investigacin se habr de referir al gobierno bajo el nombre de Estado, aclarndose que, como los gobiernos democrticos tienen su fundamento en la soberana popular, les es inherente el bienestar y mandato del pueblo en cualquiera de sus procesos decisionales.

Actividad del Estado

Para que el Estado pueda cumplir con el objetivo de procurar el bienestar y mandato del pueblo, realiza una serie de actividades a travs de sus distintos rganos con base en planes, programas y proyectos que sirven como parmetros para su trabajo y desempeo.

El Doctor Andrs Serra Rojas (1994, p. 19) dice que la actividad del Estado se origina en el conjunto de operaciones, tareas y facultades jurdicas, materiales y tcnicas- para actuar, y que le corresponden como persona jurdica de Derecho Pblico y que realiza por medio de los rganos que integran la Administracin Pblica.

Por su parte, para Gabino Fraga (1993 p. 13), la actividad del Estado es el conjunto de actos materiales y jurdicos, operaciones y tareas que realiza en virtud de las atribuciones que la legislacin positiva le otorga. El otorgamiento de dichas atribuciones obedece a la necesidad de crear jurdicamente los medios para alcanzar los fines.

Esa legislacin positiva a la que se refiere Fraga es, segn Reinhold Zippelius (1998 p. 49), el conjunto de reglas fundamentales sobre la convivencia en un Estado y puede denominrsele "Constitucin" en sentido material.

De acuerdo con la teora constitucional actual, a este conjunto pertenecen no slo las normas fundamentales sobre la organizacin del Estado, sino tambin las disposiciones sobre cules son los rganos supremos del Estado, la designacin de sus titulares, las funciones y facultad de regulacin que les corresponde, el modo en que proceden y colaboran entre s, etc. Adems, incluye los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, sus obligaciones, forma de fiscalizar al Estado, etc.

La actividad del Estado, con base en los planteamientos revisados, se enfoca hacia tres reas principales:

1. El mantenimiento y preservacin del orden interno.

2. El equilibrio en las relaciones externas.

3. El desarrollo de la nacin en todos sus mbitos.

El primer aspecto trata, de manera directa, con la seguridad pblica, el cumplimiento de las leyes, etc. El segundo, se refiere a asuntos del orden diplomtico, incluso de tipo econmico: no hay que olvidar que ese es un aspecto importante en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 y an del nuevo PND del presidente Fox, que incluso tiene que ver no slo con el desarrollo comercial de Mxico, sino con la seguridad nacional. El tercer punto es muy amplio, pero se puede afirmar, sin mayores prembulos, que el desarrollo nacional tiene que ver con:

I. La dotacin, mantenimiento y mejoramiento de los servicios pblicos.

II. El crecimiento econmico a travs del fomento de la inversin tanto nacional como extranjera.

III. El desarrollo de infraestructura en muchos otros puntos: carreteras, industria, mano de obra calificada, energa, etc.

La determinacin de campos especficos en los puntos anteriores es injerencia del derecho as como de muchas otras disciplinas del conocimiento humano: la economa, la administracin pblica, la ingeniera y la tecnologa, y por supuesto, la Ciencia Poltica.

Desde esta perspectiva, el Doctor Andrs Serra Rojas (1994 p. 26) tiene una clasificacin de la actividad del Estado de acuerdo con las formas que asume la intervencin estatal en cumplimiento de las polticas econmicas y polticas:

1. Accin de ordenamiento. Alude al establecimiento del orden jurdico nacional, tanto federal como local;

2. Accin de regulacin. El Estado influye activamente en el mercado con diversos instrumentos financieros;

3. Accin de sustitucin. El Estado protagonista del proceso econmico, o sea, una participacin directa en organizaciones que producen bienes y servicios en el mercado; y

4. Accin de orientacin y coordinacin. Plan Nacional de Desarrollo y planes particulares y especficos de la actividad econmica. El Estado rector de la economa nacional.

A partir del punto anterior, se especifican las tres categoras de atribuciones o zonas de competencia estatal:

a. Primera categora: La reglamentacin de la actividad privada, que consiste en regular la actividad de los particulares en las relaciones que ellos tienen entre s, con el fin de asegurar el buen orden de estas relaciones.

b. Segunda categora: El fomento, limitacin y vigilancia de la actividad privada. El fomento consiste en facilitar o ayudar la actividad privada y presenta formas mltiples y variadas y la vigilancia que implica una intervencin del Estado en ocasin de las diferentes manifestaciones de una actividad privada, con el propsito de ejercer sobre ellas una cierta accin particular y asegurar as la observacin de la reglamentacin que le es impuesta, bajo la forma de control, de una declaracin del particular o de una autorizacin previa.

c. Tercera categora: La situacin total o parcial de la actividad privada por la actividad del Estado. El Estado reemplaza al particular o se combina con l, y le proporciona el servicio o prestacin.

Finalmente, el Doctor Andrs Serra Rojas (1994 pp. 27-28) da una clasificacin ms, dividiendo la actividad administrativa en cuatro grupos:

1. Una actividad que se refiere a la organizacin jurdica objetiva o subjetiva del ente administrativo;

2. Una actividad para conseguir los medios necesarios para el funcionamiento de la actividad estatal;

3. Una actividad dirigida a asegurar el orden jurdico y la seguridad social en las relaciones internas y la seguridad del Estado en las relaciones externas, y

4. Una actividad dirigida a proporcionar utilidad a los particulares, bien de orden jurdico como el servicio de registro de la propiedad-, bien de orden econmico-social en relacin con las necesidades fsicas, econmicas, intelectuales, etc. de la poblacin.

Objetivos del Estado

Los objetivos del Estado son:

a. La consecucin del bien comn.

b. La interpretacin y aplicacin correcta del inters general.

c. La obediencia del mandato popular.

d. El logro del equilibrio y la armona de toda la poblacin.

El Estado, dice el doctor Andrs Serra Rojas (1994 p. 23), no debe tener otros fines que los de la sociedad, aunque ciertos fines forman tareas u operaciones tcnicas de su actividad para facilitar o preparar el cumplimiento de los fines que se llevan a cabo en forma exclusiva de facultades concurrentes con los particulares. Obviamente, aqu se habla de un Estado democrtico y de derecho

Como ya se dijo, el Estado busca la obtencin del bien comn, tal como se observa en la teora clsica de la administracin pblica. En cambio, el pensamiento poltico contemporneo se refiere al bien pblico y al inters general. Serra Rojas (1994 p. 24) dice que el bien pblico es el que se dirige al conjunto total de individuos y grupos que forman parte de la sociedad. Con ello se establece la diferencia entre ste y lo que se podra considerar como bien particular, que es el que corresponde a los individuos y grupos y no al Estado.

Por su parte, el inters general o inters pblico es la suma de una mayora de intereses individuales coincidentes, personales, directos, actuales o eventuales y, asimismo, el resultado de un inters emergente de la existencia de la vida en comunidad, en la cual la mayora de los individuos reconoce tambin un inters propio y directo (Escola, 1987 p. 612).

Como ya se dijo, para cumplir con sus objetivos, el Estado tiene una actividad y, adems, tiene facultades y funciones claras y bien definidas, las cuales, por ejemplo, en las democracias occidentales modernas y especficamente en Mxico, se realizan a travs de los tres poderes que componen a la Federacin Mexicana y a los gobiernos estatales. Estas funciones pueden encuadrarse principalmente en labores de fomento poltico democrtico y de tipo financiero y administrativo.

Los citados poderes son Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Por tanto, la actividad estatal tiene tres funciones:

I. La legislativa.

II. a ejecutiva.

III. La judicial.

Como ya se seal, en un Estado democrtico y de derecho estas funciones se enfocan, entre otras, al desarrollo de labores de fomento poltico democrtico para conseguir su fin principal que es la consecucin del bien comn, la interpretacin y aplicacin correcta del inters general, la obediencia del mandato popular, y el logro del equilibrio y la armona de toda la poblacinAl Respecto De Las Fines Y Funciones Del Estado Nuestra Carta Magna

Expresa Lo SiguienteDe la competencia del Poder Pblico Nacional

Artculo 156. Es de la competencia del Poder Pblico Nacional:

1. La poltica y la actuacin internacional de la Repblica.

2. La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la Repblica, la conservacin de la paz pblica y la recta aplicacin de la ley en todo el territorio nacional.

3. La bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carcter nacional.

4. La naturalizacin, la admisin, la extradicin y expulsin de extranjeros o extranjeras.

5. Los servicios de identificacin.

6. La polica nacional.

7. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional.

8. La organizacin y rgimen de la Fuerza Armada Nacional.

9. El rgimen de la administracin de riesgos y emergencias.

10. La organizacin y rgimen del Distrito Capital y de las dependencias federales.

11. La regulacin de la banca central, del sistema monetario, del rgimen cambiario, del sistema financiero y del mercado de capitales; la emisin y acuacin de moneda.

12. La creacin, organizacin, recaudacin, administracin y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y dems ramos conexos, el capital, la produccin, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravmenes a la importacin y exportacin de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y dems especies alcohlicas, cigarrillos y dems manufacturas del tabaco; y de los dems impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitucin o por la ley.

13. La legislacin para garantizar la coordinacin y armonizacin de las distintas potestades tributarias; para definir principios, parmetros y limitaciones, especialmente para la determinacin de los tipos impositivos o alcuotas de los tributos estadales y municipales; as como para crear fondos especficos que aseguren la solidaridad interterritorial.

14. La creacin y organizacin de impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias, cuya recaudacin y control corresponda a los Municipios, de conformidad con esta Constitucin.

15. El rgimen del comercio exterior y la organizacin y rgimen de las aduanas.

16. El rgimen y administracin de las minas e hidrocarburos; el rgimen de las tierras baldas; y la conservacin, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas y otras riquezas naturales del pas. El Ejecutivo Nacional no podr otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido. La ley establecer un sistema de asignaciones econmicas especiales en beneficio de los Estados en cuyo territorio se encuentren situados los bienes que se mencionan en este numeral, sin perjuicio de que tambin puedan establecerse asignaciones especiales en beneficio de otros Estados.

17. El rgimen de metrologa legal y control de calidad.

18. Los censos y estadsticas nacionales.

19. El establecimiento, coordinacin y unificacin de normas y procedimientos tcnicos para obras de ingeniera, de arquitectura y de urbanismo, y la legislacin sobre ordenacin urbanstica.

20. Las obras pblicas de inters nacional.

21. Las polticas macroeconmicas, financieras y fiscales de la Repblica.

22. El rgimen y organizacin del sistema de seguridad social.

23. Las polticas nacionales y la legislacin en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentara, ambiente, aguas, turismo y ordenacin del territorio.

24. Las polticas y los servicios nacionales de educacin y salud.

25. Las polticas nacionales para la produccin agrcola, ganadera, pesquera y forestal.

26. El rgimen de la navegacin y del transporte areo, terrestre, martimo, fluvial y lacustre, de carcter nacional; de los puertos, aeropuertos y su infraestructura.

27. El sistema de vialidad y de ferrocarriles nacionales.

28. El rgimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, as como el rgimen y la administracin del espectro electromagntico.

29. El rgimen general de los servicios pblicos domiciliarios y, en especial, electricidad, agua potable y gas.

30. El manejo de la poltica de fronteras con una visin integral del pas, que permita la presencia de la venezolanidad y el mantenimiento territorial y la soberana en esos espacios.

31. La organizacin y administracin nacional de la justicia, del Ministerio Pblico y de la Defensora del Pueblo.

32. La legislacin en materia de derechos, deberes y garantas constitucionales; la civil, mercantil, penal, penitenciaria, de procedimientos y de derecho internacional privado; la de elecciones; la de

expropiacin por causa de utilidad pblica o social; la de crdito pblico; la de propiedad intelectual, artstica e industrial; la del patrimonio cultural y arqueolgico; la agraria; la de inmigracin y poblamiento; la de pueblos indgenas y territorios ocupados por ellos; la del trabajo, previsin y

seguridad sociales; la de sanidad animal y vegetal; la de notaras y registro pblico; la de bancos y la de seguros; la de loteras, hipdromos y apuestas en general; la de organizacin y funcionamiento de los rganos del Poder Pblico Nacional y dems rganos e instituciones nacionales del Estado; y

la relativa a todas las materias de la competencia nacional.

33. Toda otra materia que la presente Constitucin atribuya al Poder Pblico Nacional, o que le corresponda por su ndole o naturaleza.

DIFERENTES FORMAS DE ESTADO

An cuando el Estado puede ser visto como uno solo, este vara en su forma poltica, respondiendo a una exigencia natural, propia de s misma y este es el motivo que ha dado lugar a las diferentes formas de estado, encontrndose en ellos, desde la forma ms simple como el Estado Unitario, hasta la ms compleja, el Estado Federal.

Estado Unitario: Es la forma ms simple de estado, se basa en que es uno solo, su elemento humano tambin es nico, en cuanto a su territorio, slo se tiene lmites internacionales, este se rige por el ordenamiento jurdico; aqu solo existe solo uno que tiene el mando de legislar y sus normas tienen vigencia en todo el estado, tiene una organizacin administrativa unitaria complementada con la unidad poltica.

Estado Descentralizado: Es el estado que reconoce a las fuerzas locales el derecho de administrarse por s mismo. Se inicia una descentralizacin mediante la creacin de una pluralidad de rganos de decisin propia, con suficiente autonoma para prestar todos los servicios pblicos, as pues, un estado descentralizado existe cuando un orden de normas consigue la unidad de un territorio. Estado Compuesto: Esta referida a toda gama de estados que van desde las formas ms simples, hasta las mas complejas, como es el estado federal. La confederacin de estado es la unin permanente de estados libres e independientes, mediante un pacto internacional con intenciones de perpetuidad para proteger el territorio de la confederacin en lo externo y a la vez asegurar una paz interior, fuera de otros fines comunes que pueden variar hasta lo infinito, segn la forma y naturaleza de su tratado.

En sentido general, federalismo es un sistema aplicable y compatible con todas las formas de gobierno, pero que en realidad, solo puede aplicar el adjetivo federal al sustantivo repblica. El principio fundamental del federalismo es la libre reunin y la autonoma de diferentes organismos que al unirse constituyen la nacin, donde se reconocen los derechos del municipio dentro de las provincias y el derecho a estar y pertenecer a un estado.

ESTADO SOCIAL DE DERECHO, DEMOCRACIA Y PARTICIPACIN

EL SURGIMIENTO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO

LOS FACTORES QUE DAN ORIGEN AL ESTADO SOCIAL DE DERECHO El nacimiento del Estado Social de Derecho es el resultado de la convergencia de varios factores que, en orden cronolgico, fueron los siguientes: Las Luchas de la Clase TrabajadoraComo ya mencion antes, como consecuencia de la convergencia de la ideologa liberal-capitalista y de la 1 Revolucin Industrial, surgi un nuevo tipo de trabajador, el obrero industrial y una nueva clase trabajadora, el proletariado as denominado por Marx, el cual, debido sobre todo a la aplicacin de los principios econmicos y polticos del liberalismo, fue objeto de una superexplotacin, que en muchos casos lleg a situaciones peores que la de la misma esclavitud. Esta situacin trajo como consecuencia las luchas de la clase trabajadora y de otros movimientos polticos que cuestionaron fuertemente al sistema capitalista y al Estado Liberal de Derecho, al cual se le fueron introduciendo cambios que culminaron con el surgimiento de dos nuevos tipos o formas de Estado: El Estado Socialista Marxista y el Estado Social de Derecho. El Estado Socialista MarxistaAparte del movimiento obrero la situacin de pobreza, miseria y explotacin gener un conjunto de crticas, principalmente por parte de Karl Marx y Federico Engels que en 1848 publicaron el "Manifiesto Comunista" que plante la inevitabilidad de la sociedad socialista como fase de trnsito hacia la sociedad comunista.Estas ideas socialistas lograron materializarse con el triunfo de Lenin y Trotsky en Rusia, con la Revolucin de Abril de 1917 que implantaron la Unin de Repblicas Socialistas Soviticas, URSS y un nuevo tipo de Estado: El Estado Socialista. que le atribuye al Estado las funciones ms importantes de la sociedad y cuya sola existencia significaba, en s mismo, una crtica al Estado Liberal de tipo Capitalista.Es decir, a partir de 1917 se inici una lucha los por la hegemona mundial entre los dos tipos de Estado, lucha que pas por varias fases. Los primeros "rounds" los gan el sistema socialista, que con el apoyo de la URSS se fue expandiendo progresivamente por el mundo. Primero, inmediatamente despus de la 2 Guerra Mundial, en Europa del Este (Alemania Oriental, Polonia, Checoslovaquia, Hungra, Yugoslavia, etc.); despus en China con Mao Tse Tung (1949); despus en otros pases de Africa, (Angola, Mozambique, etc.), de Asia (Corea del Norte, Vietnam del Norte, Laos-Camboya, etc.) y de Amrica Latina, Cuba en 1959.Esta lucha entre los dos sistemas termin, si se puede decir as, en 1989, con el "derrumbe del Muro de Berln", pero lo que no se puede negar es que la existencia de este tipo de Estado fue uno de los factores que contribuyeron a la reforma del Estado Liberal Burgus y a la transformacin de este, en mayor o menor medida, en Estado Social de Derecho.. La Revolucin Mexicana y la Constitucin de WeimarLa Revolucin Mexicana, que se inici en 1910 y que culmin en 1917 con una nueva Constitucin, tambin hizo su aporte a la gestacin del Estado Social de Derecho, ya que sta fue la primera en el mundo que consagr con los derechos sociales de los trabajadores asalariados (Artculo 123) y los derechos de los campesinos (Artculo 27). Tambin en Alemania, en 1919, se aprob la Constitucin de Weimar que estableci la obligacin del Estado de realizar acciones positivas para darle satisfaccin y cumplimiento a los derechos sociales.Como dice R. Conbellas: "El periodo de entreguerras constituy un crisol de experiencias que puso de manifiesto un hecho crucial en el desenvolvimiento de la idea del Estado: la necesidad e irreversibilidad del intervencionismo estatal. Tal intervencin se concibe como la asuncin de un papel de primera importancia en la gestin econmica y social de la sociedad, y el relieve de las polticas econmicas como polticas de primer rango en la estrategia de accin del Estado." La Crisis Econmica del Capitalismo de 1929Este es otro de los factores que influyeron en el nacimiento del moderno Estado Social de Derecho. Las crisis cclicas del sistema capitalista son quizs uno de los aspectos que ms estudiados por K. Marx, el cual afirma que el capitalismo pasa por fases cclicas de expansin-depresin. En el siglo XX hubo dos grandes crisis del Sistema capitalista en el mbito mundial: El "crack" de 1929 que justamente dio paso primero al New Deal de Roosvelt, al "Estado de Bienestar" (Welfare State) y al Estado Social de Derecho y la crisis de 1970, que paradjicamente dio origen al neoliberalismo, que est desmontando el Estado Social de Derecho. Esta segunda crisis del capitalismo en el siglo XX la analizaremos ms adelante, cuando hablemos de los Planes de Ajuste Estructural.El "crack" de 1929 trajo como consecuencias la sbita y brusca baja de las acciones, estrepitosas quiebras, el descenso crtico de la produccin industrial y sobre todo el crecimiento espantoso del desempleo y de la miseria no solo en los EEUU, sino en la mayor parte del mundo.De esta crisis de 1929 surgi una nueva concepcin del Estado: la visin del Estado del New Deal (Nuevo Trato), que fue implantado en Estados Unidos por el Presidente Roosvelt, por orientacin y asesora del economista ingls Keynes, premio Nobel en economa, que en 1926, en un libro denominado "El fin del dejar hacer" (The end of the laisser faire), afirmaba que "Los principales defectos de la sociedad en que vivimos son su incapacidad para proporcionar pleno empleo y su arbitraria y desigual distribucin de las riquezas y de las rentas". Y para corregir esto, en su libro "Teora General del Empleo, del Inters y de la Moneda", propuso un papel ms activo por parte del Estado, convirtiendo a ste en un ente generador de empleos a travs de grandes inversiones pblicas y adems hacindolo un agente protagnico en el proceso de redistribucin de las rentas, a travs de los impuestos progresivos.Con estas poltica del New Deal en los Estados Unidos, se dio inicio a lo que despus se denomin "economa mixta", es decir, a economas nacionales basadas en la combinacin o coexistencia de dos tipos de agentes econmicos: la iniciativa privada y el Estado Nacional. En Amrica Latina, como lo veremos ms adelante, a esta economa mixta tambin se le llam "capitalismo de Estado"."El New Deal del Presidente Roosvelt (1933-38) constituye el primer ensayo histrico exitoso en el desarrollo del Welfare State. En efecto, Keynes demostr objetivamente que el capitalismo no podra sobrevivir si segua orientndose por los mecanismos automticos del mercado, tal como lo prescriba la teora clsica." Allan Brewer Caras. Los Partidos Social DemcratasEste es otro de los factores que contribuyeron en forma determinante a la gestacin del Estado Social de Derecho. Con motivo de las disputas internas entre Lenin y Kautsky principalmente, Lenn divide el movimiento socialista al crear la III Internacional en el ao 1919, con el propsito de promover la revolucin mundial. La consecuencia fue la creacin de dos vertientes en el movimiento socialista: la vertiente socialdemcrata (antigua II Internacional) y la vertiente comunista (la III Internacional).Segn R. Garzaro (Diccionario Poltico) "La socialdemocracia abandona la va revolucionaria y se convierte en reformista. Tericamente conserva varios puntos del socialismo revolucionario, pero prcticamente los abandona, tales como la interpretacin econmica del Estado, la lucha de clases, la dictadura del proletariado, la abolicin de la propiedad privada de los medios de produccin, la desaparicin del Estado, etc. En resumen, la socialdemocracia conserva del socialismo marxista los programas amplios de beneficio social, pero mantiene la esencia del capitalismo"R. Conbellas, por su parte, afirma: "En efecto, la socialdemocracia adopta una visin positiva del Estado para alcanzar el poder, lo cual implica: en primer lugar, el reconocimiento del Estado como instrumento adecuado para realizar la reforma social."La concepcin del Estado de la socialdemocracia es la de promotor del desarrollo y su programa plantea la lucha por construir sociedades donde haya democracia poltica y democracia econmica, desarrollar y extender la propiedad pblica, sobre todo en las reas o sectores estratgicos y desarrollar formas de propiedad social tales como cooperativas de produccin y de consumo.Es la reconstruccin de Europa Occidental despus de la 2 Guerra Mundial la que da la oportunidad a los Partidos Socialdemcratas y Demcrata Cristianos de aplicar su visin y concepcin del Estado: El Estado Social de Derecho.Como ya se seal antes, el Estado de Bienestar dio sus primeros pasos en la Alemania de Bismarck, continu en Inglaterra despus de a 1a Guerra Mundial con las leyes sociales de Lord Beveridge, le sigui el Estado del "New Deal" en 1929 en USA y de alguna manera se consolid con los partidos socialdemcratas cuando asumieron el poder en la mayora de los pases de Europa Occidental, despus de la 2 Guerra Mundial. NATURALEZA Y CARACTERSTICAS DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHORicardo Petrella, del Grupo de Lisboa, en su libro "Los Lmites de la Competitividad": dice lo siguiente: "El Estado de Bienestar es un sistema basado en un contrato social escrito y tcito que garantiza la seguridad social, individual y colectiva, que promueve la justicia social y que propone frmulas eficaces de solidaridad entre los hombres y las generaciones."El Contenido del contrato social implcito o explcito en el Estado de Bienestar, se puede visualizar de la siguiente manera:

* Pleno empleo

* Empleo para toda la vida activa

DERECHO AL TRABAJO * Mejora de las condiciones de trabajo.

* Convenios Colectivos.

* Salario mnimo

LUCHA CONTRA LA POBREZA

* Asistencia contra la pobreza.

CONTRATO SOCIAL: * Enfermedad

* Accidentes

RIESGOS SOCIALES * Desempleo

* Muerte

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES *Ayuda Pblica * Apoyo a minoras y zonas deprimidas.

Estado Social de Derecho no es lo mismo que Estado de Bienestar"Sin embargo, en algo estn de acuerdo todos los autores: el concepto de Welfare State comienza a adquirir relevancia en los pases en proceso de industrializacin en Europa y Norteamrica, desde el momento en que el Estado comienza decididamente a intervenir en la sociedad a fin de corregir, tanto los desajustes econmicos como las desigualdades sociales producidos por el capitalismo. Las siguientes medidas contribuyeron a la consolidacin del concepto: El perfeccionamiento de los sistemas de seguridad social

El desarrollo de la tributacin progresiva.

La asuncin de polticas fiscales y monetarias (acordes al modelo keynesiano).

Sin embargo, el Estado de Bienestar es un concepto definido de poltica econmica y social, delimitado por notas econmicas y sociales. El Estado Social de Derecho, por el contrario, es un concepto ms amplio al integrar en su seno aspectos polticos, ideolgicos, y jurdicos. En este sentido podemos afirmar con Garca Pelayo que " la idea y el concepto de ESD se extiende a aspectos ms generales que hacen de l una forma poltica concreta sucesora del Estado Liberal de Derecho, aunque no en contradiccin irresoluble con l.Como dice Brewer Caras: "El Estado de Bienestar es una poltica que emprende el Estado enfrentando una situacin de crisis. El Estado aparece como la nica institucin capaz de establecer los correctivos necesarios para salvar al capitalismo de sus agudas crisis. El Estado Social de Derecho es un concepto elaborado conscientemente, pues persigue dar una direccin racional al proceso histrico; programtico, al implicar un programa de accin; y proyectivo, en la medida que intenta guiar al Estado, anteponindose y moldeando a los acontecimientos, en atencin a una estrategia construida en funcin de la realizacin de valores.".El Estado es un ente de derecho:El derecho, si se quiere, el orden jurdico, se configura, ms bien, como el instrumento establecido, tanto para permitir l Estado su labor de conformacin de la realidad econmica y social, como de aseguramiento del goce de las libertades pblicas." (Pg. 189) LA DIMENSIN POLITICA, ECONOMICA Y SOCIAL DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO. Las tareas del Estado en el campo polticoEl Estado es un ente que debe perfeccionar la democracia: "Para perfeccionar la democracia el Estado debe ser un ente organizador y para ello debe hacerla participativa. El Estado en tal sentido, debe promover, por ejemplo, la organizacin de las Juntas o Comits de Vecinos, de usuarios o de consumidores, tal como ha promovido y alentado las organizaciones gremiales, sindicales, profesionales y de industriales y de comerciantes".La soberana reside en el pueblo y ste debe ejercerla. Pero para ello debe dejar de ser masa y convertirse realmente en pueblo. Este es el reto del ESD, organizar al pueblo y ese es el temor tradicional del populismo y de la social democracia criolla. Le temen al pueblo organizado pues a ste no se le engaa; prefieren engaar y manipular la masa." El Estado debe ser un ente promotor de libertades: "Cuando hablamos del Estado de libertades en el mundo contemporneo, se destaca su contenido material de libertades econmicas y sociales, adems de las polticas e individuales. El ESD en esta forma, es la va para la realizacin de las libertades y no el ente ante el cual se oponen las libertades. (Pg. 189)El Estado Social de Derecho es un Estado democrtico. La democracia entendida en dos sentidos armnicamente interrelacionados: democracia poltica como mtodo de designacin de los gobernantes; y democracia social como la realizacin del principio de igualdad en la sociedad. Las tareas del Estado en el campo econmicoLa mayora de los constitucionalistas promotores y defensores del Estado Social de Derecho estn de acuerdo que ste tiene las siguientes tareas en el campo econmico:El Estado es un ente regulador en el sentido de que al mismo le corresponde establecer las reglas de juego de la economa privada, de manera de garantizar a todos el ejercicio de la libertad econmica.El Estado es un ente de control del ejercicio de la libertad econmica para proteger a los dbiles econmicos, evitando la indebida elevacin de precios y las maniobras abusivas tendentes a obstruir el ejercicio de la libertad econmica por aqullos.El Estado es un ente de fomento en el sentido de que, al protegerse constitucionalmente, la iniciativa privada, el Estado debe promover, estimular, en definitiva, fomentar el desarrollo de actividades econmicas por el sector privado. Dentro de esas actividades de fomento tiene que realizar actividades de infraestructura y de equipamiento.El Estado es un ente empresario y como tal debe desarrollar una actividad industrial, monoplicamente en las reas econmicas que se ha reservado por razones de conveniencia nacional. Debe adems desarrollar la industria bsica pesada y debe asumir empresas, an en concurrencia con los particulares, en aquellas reas donde sea necesario segn la poltica econmica.En el Estado Social de Derecho el Estado dirige no solo el proceso econmico sino que tiene como fin el desarrollo integral, es decir del desarrollo econmico, poltico, social y cultural. Este fin del Estado tiene ya rango constitucional en la mayora de los pases.La dimensin socialEl Estado Social de Derecho es el Estado que procura satisfacer, por intermedio de su brazo administrativo, las necesidades vitales bsicas de los individuos, sobre todos de los ms dbiles. Distribuye bienes y servicios que permiten el logro de un standard de vida ms elevado, convirtiendo a los derechos econmicos y sociales en conquistas en permanente realizacin y perfeccionamiento. Adems es el Estado de la integracin social en la medida en que pretende conciliar los intereses de la sociedad. LA REFORMULACIN DE LOS PRINCIPIOS EN EL ESTADO SOCIAL DE DERECHOUna nueva concepcin de los derechos fundamentalesEl Estado social de derecho liga en los textos constitucionales, a los derechos fundamentales individuales, herencia del liberalismo, con los derechos econmicos y sociales. Estos derechos fundamentales econmicos y sociales se convierten, de alguna manera, en programas de accin. 4.2. Los derechos fundamentales econmicos y sociales derivan de la Constitucin y no de la ley, por tanto vinculan no solo al Ejecutivo, sino tambin al legislador."En palabras de Garca Pelayo, " dos subsistemas de derechos fundamentales a veces conflictivos, pero que no estn en relacin de predominio unilateral de uno sobre otro, sino de retroaccin, es decir, en una relacin en la cual los nuevos derechos contribuyen a la configuracin concreta, hinc et nunc, de los tradicionales, al tiempo que stos configuran los lmites, forma y operacionalizacin de aqullos. La proteccin de los derechos fundamentales en el Estado Social de Derecho"La necesidad de proteccin del sistema de derechos fundamentales ha visto aparecer instituciones que se constituyen en sus defensores permanentes. En este sentido la figura del Ombudsman escandinavo se ha convertido en modelo que inspira la necesidad de defender las garantas constitucionales de los atropellos del creciente poder administrativo del Estado Social de la actualidad." (Ricardo Conbellas)La divisin de poderes ha sufrido una reformulacin en el ESDEn la prctica y an en algunos textos constitucionales el poder legislativo ha perdido su poder monoplico y cada vez delega ms funciones al poder ejecutivo, que acta y legislan a travs de decretos leyes. "De centro integrador de las resoluciones de conflictos, el Parlamento se convierte en ratificador formal de las decisiones tomadas de antemano por los partidos y grupos fuera de su seno. Todo esto hace que el Gobierno tenga una hegemona cada vez mayor frente al Parlamento.Ante la autonoma creciente del Poder Administrativo se presenta una reformulacin de las relaciones entre Estado y Sociedad. El rgano de transmisin ente el Estado y la Sociedad es fundamentalmente la administracin y, a la inversa, les rganos de transmisin entre la Sociedad y el Estado son, en el Estado Social de Derecho, no slo los partidos, sino tambin y cada vez ms "los grupos de inters".El poder judicial asume un nuevo rol en el ESD.Uno de los fenmenos ms resaltantes del Estado Social de Derecho contemporneo, lo constituye la paulatina importancia adquirida por el Poder Judicial en el sistema de distribucin de poderes del Estado. La evolucin de las funciones del Poder Judicial viene marcada por tres grandes desarrollos: en primer lugar el control judicial de los actos de la Administracin Pblica; en segundo lugar, el control de la constitucionalidad de las leyes, y en tercer lugar, profundizacin de los dos desarrollos anteriores, la relevancia de la funcin de guardianes de la Constitucin reservada fundamentalmente a los jueces en el Estado Social de Derecho. Esto es lo que dicen los textos constitucionales, sin embargo la realidad es otra y en la prctica el Poder Ejecutivo es el que prevalece.Los Poderes Sociales tienen rango de Poderes Polticos en el Estado Social de Derecho.Dada la naturaleza simbitica del Estado Social, los poderes sociales se han convertido en podares polticos. Como lo ha destacado Habermas en una frase feliz, el poder social es hoy eo ipso poder poltico. Tal poder poltico se encauza en el Estado Social de Derecho a travs de los partidos polticos y de los grupos de inters.Los partidos polticos constituyen las organizaciones que ms han contribuido a romper el esquema de la divisin de poderes. "Los partidos polticos diluyen el principio de la divisin de poderes, dada la victoria electoral que permite al partido gobernante (o coalicin de partidos) generalmente controlar el Gobierno, el Parlamento y, a veces, el Poder Judicial.Los grupos de inters constituyen el ESD organizaciones que necesariamente deben ser consultadas sobre todas las decisiones que afecten sus intereses. Y en algunos caso estas organizaciones deciden y a las instituciones gubernamentales solo les queda el papel de refrendarlas.El Estado Social de Derecho es la interaccin Estado-SociedadEl Estado Social de Derecho parte de un supuesto bsico: la interaccin (simbiosis dira Conbellas) Estado - Sociedad, la cual significa un doble proceso en el cual el Estado interviene en la sociedad, coadyuvando a su configuracin, y la sociedad interviene en el Estado, convirtiendo los poderes de la sociedad en inmediatamente polticos. Ya no se interpretan como sistemas distintos y con mnimas relaciones entre s, sin como subsistemas interconectados dentro de una misma totalidad, como unidades fuerte y complejamente imbricadas, cuyos lmites definitorios tienden a borrarse. "El concepto de Estado Social de Derecho supone e implica el entrecruzamiento, interaccin o simbiosis de Estado y Sociedad.EL ESTADO VENEZOLANO Y SU ESTRUCTURA FEDERALEn un sistema aplicable y compatible con todas las formas de gobierno, solo proviene de la federacin de dos o ms estado que transformen una relacin de ndole constitucional, para dar nacimiento a un nuevo organismo estatal. El federalismo al reconocer el derecho de todos, realiza el derecho y ha de aspirar a la federacin de las naciones creando un nuevo organismo que dejando autnomas a las naciones, regula a estas naciones mutuas de manera que el derecho se realice en la humanidad que es una sola.

En el estado federal, existen los representantes federales de cada estado que elaboran las leyes de acuerdo a la constitucin federal y dems representantes en las asambleas de cada estado o asambleas legislativas que crean las leyes de cada colectividad particular. El estado federal se funda en la constitucin, acto derecho interno. La formacin se basa en:

Un pacto o tratado internacional por el que comprende los estados en fundar una federacin y a regirse por una constitucin, en este caso el de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

La aprobacin de esos proyectos constitucionales y regidos por un ordenamiento jurdico comn.

El funcionamiento de los rganos del Estado federal venezolano, creados ya por la Carta Magna y los legisladores pertenecientes a los rganos federales, por la cual estos debern regirse.Estado venezolano y su estructura

Poder NacionalEl Poder Pblico est constituido por todas aquellas instituciones u rganos del Gobierno sealadas en Nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Nacional; as se detallan la existencia del Poder Legislativo (Asamblea Nacional), Ejecutivo (Presidente o Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta), Judicial (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunales y Juzgados), Ciudadano (Fiscala General de la Repblica, Contralora General de la Repblica y Defensora del Pueblo) y Electoral (Consejo Nacional Electoral).

El Poder Pblico Nacional se divide en:

Poder Legislativo

El Poder Legislativo est compuesto por una cmara en la Asamblea Nacional; representada por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indgenas de la Repblica; en los estados representa este poder el Consejo Legislativo.

Este poder est constituido por los siguientes organismos:

Asamblea Nacional

Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente o Presidenta de la Repblica, Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y dems funcionarios.

Poder Judicial

El Poder Judicial es el encargado de administrar justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la Repblica por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los dems tribunales que determine la ley, el Ministerio Pblico, la Defensora Pblica, los rganos de investigacin penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados autorizados por el ejercicio.

Este poder est constituido por el siguiente organismo: Tribunal Supremo de Justicia

Poder Ciudadano

El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la Repblica y el Contralor General de la Repblica; los cuales tienen a su cargo prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la tica pblica y moral administrativa; velar por la buena gestin y la legalidad en el uso del patrimonio pblico, el cumplimiento y la aplicacin del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educacin como proceso creador de la ciudadana, as como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

Este poder est constituido por los siguientes organismos: Defensora del Pueblo Fiscala General de la Repblica (Ministerio Pblico) Contralora General de la Repblica Poder Electoral

El Poder Electoral lo ejerce el Consejo Nacional Electoral como ente rector y como organismos subordinados a ste, la Junta Electoral Nacional, la Comisin de Participacin Poltica y Financiamiento.

Este poder est constituido por los siguientes organismos: Consejo Nacional Electoral Junta Electoral Nacional Comisin de Registro Civil y Electoral Comisin de Participacin Poltica y Financiamiento

Poder Estadal

Es aquel constituido por todas aquellas instituciones u rganos del Gobierno sealadas en Nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Estadal, as se detallan la existencia del Poder Legislativo Estadal (Consejo Legislativo), Ejecutivo (Gobernador), Judicial (Direccin Ejecutiva de la Magistratura con sus oficinas regionales), Ci


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