El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
Dirección de Salud Sexual y Reproductiva
• Aspectos Legales en Prevención delEmbarazo en Adolescentes.
• Aspectos Legales en Anticoncepción deEmergencia
Índice de la Presentación
El derecho a la salud sexual y reproductiva de las y los adolescentes
1.¿Los y las adolescentes tienen derecho a la saludsexual y reproductiva?
2.¿Cuál es el contenido del derecho a la salud sexualy reproductiva de los y las adolescentes?
3.¿Se debe atender a los y las adolescentes queacuden solos/as a servicios de salud sexual yreproductiva o deben ir siempre acompañados delos padres o responsables? ¿Por qué?
4.¿Cómo debería actuar el profesional de la Salud?
Algunas preguntas clave:
¿Las y los adolescentes tienen derecho a la salud
sexual y reproductiva?
El derecho a la salud implica
proteger las siguientes
dimensiones
- Salud física- Psicológica- Sexual- Reproductiva, etcétera
Sí, si tienen derecho a la salud sexual y
reproductiva
El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
Instrumentos Internacionales Órganos de seguimiento
Convención sobre los
Derechos del Niño:
• Artículo 6: derecho a la vida,
supervivencia y desarrollo
• Artículo 24: derecho a la
salud
Protección internacional del derecho a la salud
sexual y reproductiva
El Comité de los Derechos del Niño
• Observación General N° 4: La salud y el
desarrollo de los adolescentes en el contexto
de la Convención sobre los Derechos del
Niño (2003).
• Observación General N° 15: El derecho del
niño al disfrute del más alto nivel posible de
salud (2013).
• Observaciones finales al Estado peruano
(2006 y 2016).
• Informe del Relator Especial sobre el derecho
de toda persona al disfrute del más alto nivel
posible de salud física y mental (2016)
El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
Instrumentos Internacionales Órganos de seguimiento
Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales:
• Artículo 12: derecho a la salud
Convención sobre la eliminación
de todas las formas de
discriminación contra la mujer -
CEDAW:
• Artículo 12: derecho a la salud
Protección internacional del derecho a la salud sexual y
reproductiva
El Comité de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
• Observación General N° 14: El derecho al disfrute
del más alto nivel posible de salud (2000).
El Comité para la eliminación de la
discriminación contra la mujer
• Recomendación General N° 24: La mujer y la
salud (1999).
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El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
Marco normativo del derecho a la salud sexual y reproductiva
El derecho a la salud sexual y reproductiva constituye una dimensión del derechofundamental a la salud
Artículo 7° de la Constitución Política.
Artículo 21° del Código de los Niños y Adolescentes
El derecho a la salud sexual y reproductiva forma parte de las políticas públicasnacionales
Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia – PNAIA 2012 - 2021
Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021
Marco normativo nacional del derecho a la salud sexual
y reproductiva
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El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
¿Cuál es el contenido del derecho a la salud sexual
y reproductiva de las y los adolescentes?
El derecho a la salud sexual y reproductivapermite acceder a información, orientación yservicios de salud sexual y reproductiva, incluidoel acceso a insumos anticonceptivos.
El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
¿Se debe atender a los y las adolescentes que acuden solos/as a
servicios de salud sexual y reproductiva o deben ir siempre
acompañados de los padres o responsables? ¿Por qué?
Sí, si se debería atenderlos aunque estén solos, salvo casos
excepcionales.
Fundamento: - sujeto de derechos
- interés superior del niño
- evolución de facultades
Los y las adolescentes pueden tomar sus propias decisionescon relación a su salud sexual y reproductiva
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El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
De acuerdo a la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída
en el Exp. N° 0008-2012-AI/TC, se debería:
Brindar información relacionada con el ejercicio de la
sexualidad saludable y responsable (consejería en métodos
anticonceptivos, ITS y VIH).
Respetar la intimidad de los y las adolescentes, en aspectos
vinculados con el ejercicio de su sexualidad.
Prestar atención a la salud de los y las adolescentes en los
aspectos vinculados con el ejercicio de su sexualidad.
¿Cuál es la función del profesional de la salud?4
El derecho a la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes
Derechos Fundamentales Afectados
Se ha evidenciado la violación de Derechos Humanos
SALUD
Art 7Condición humana saludable y digna.
IGUALDAD
Art 2.2STC N° 0009-2007-PI/TCFundamento 20“La igualdad será vulnerada con cuando el trato desigual carezca de una justificación”
-Objetiva-Razonable
LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD
Art.2.1
AUTODETERMINACION REPRODUCTIVA Exp 2864-2004.
Contenido Constitucionalmente Protegido
1.Derecho a elegir libremente el momento adecuado u oportuno de reproducción.
2.Decidir la forma o método para
impedirlo.
la Constitución Política establece comouno de los deberes fundamentales delEstado Peruano:
“(…) garantizar la plenavigencia de los derechos humanos () Lo que
comprende no sólo accionesde abstención por parte del Estado, sino
también acciones afirmativastendientes a promover y proteger los derechos
humanos”.
Aspectos Legales en Anticoncepción de Emergencia
La Protección a la vida humana en el Derecho Penal
• En el presente caso el límite mínimo de protección es elmomento de la fecundación del óvulo por el espermatozoideo anidación del óvulo fecundado en el útero. En el derechopenal peruano es dominante el segundo criterio, toda vez quea partir de ese momento hace merecedor a la vida humana deprotección a través del delito de aborto, por ello los atentadoscontra la vida que se produzcan antes de la anidación noencajan en el tipo penal - aborto.
Aspectos Legales en Anticoncepción de Emergencia
LOS EFECTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR
Acuerdo Plenario contenido en el Expediente N° 0023-2005-PI/TC, que interpretolos alcances del artículo 15° de Código Procesal Constitucional,
“(… )Se pueden conceder medidas cautelares y de suspensión del actoviolatorio en los procesos de amparo, hábeas data y cumplimiento. Para suexpedición se exigirá apariencia del derecho, peligro en la demora y que elpedido cautelar sea adecuado para garantizar la eficacia de la pretensión. Sedictan sin conocimiento de la contraparte y la apelación sólo es concedida sinefecto suspensivo. Su procedencia, trámite y ejecución dependen delcontenido de la pretensión constitucional intentada y del aseguramiento de ladecisión final”, y “El juez al conceder la medida atenderá al límite deirreversibilidad de la misma”.
En ese contexto la vida humana del concebido se estima como bien jurídicodigno de protección penal cuando exista la unión del óvulo y elespermatozoide implantado en el útero, es ahí valorativamente donde existe“en potencia un futuro ser humano” ello de acuerdo al principio desubsidiariedad penal.*
Aspectos Legales en Anticoncepción de
Emergencia