El control constitucionalde los actos delde los actos del
Ministerio PúblicoMinisterio Público
Camilo Suárez López de Castilla
Esquema de la exposición I. Introducción
Presupuestos del controlPresupuestos del control constitucional
II. Primera ParteHábeas corpus contra el MinisterioHábeas corpus contra el Ministerio
Público III. Segunda Parte
Algunos aspectos relevantes delAlgunos aspectos relevantes del control constitucional
IntroducciónEstado Constitucional
IntroducciónEstado Constitucional
Constitución sustantivaConstitución sustantivaConstitución garantizadagRigidez constitucional g
IntroducciónMarco constitucional Introducción
PermitidoObligadog
Prohibido
1.HC contra MinisterioPúbli
C it i lArt. 200 de la ConstituciónMinisterio Público no
PúblicoCriterio general Ministerio Público no
restringe la libertad Ne bis in idem: 5090-2008-PHC/TC (Martín del Pomar)2725-2008-PHC/TC (Chauca Temoche)1887-2010-PHC/TC (Mejía Valenzuela)2110 2009 PHC/TC (M di B )
Excepciones 2110-2009-PHC/TC (Medina Barcena)
Plazo razonable 5528-2006-PHC/TC (Gleiser Katz)6079-2008-PHC/TC (Abanto Verastegui)3245-2010-PHC/TC (Sánchez Paredes)3987-2010-PHC/TC (sanchez Miranda)
Caso Chaves Sibina 6204-2006-PHC/TC
1.HC contra MinisterioPúbliC it i t l
Art. 200 de la Constituciónú
PúblicoCriterio actual Ministerio Público no incide en
la libertad
Artículo 66,1 del Cod. P l P l
Código Procesal Penal
Procesal Penal:“En caso de inconcurrencia auna citación (…), el M.P.Penal ( ),dispondrá la conduccióncompulsiva del omiso por laPolicía Nacional”Policía Nacional .
1.HC contra MinisterioPúbliPúblico
¿Hàbeas corpus clásico?
¿Hàbeas corpus preventivo?p p
1.HC contra MinisterioPúbli
Seguimientos arbitrarios
PúblicoSeguimientos arbitrarios
(art.25, 13 CPConst)
Otras situaciones que merecen protección mediante hábeas corpus
Plazo razonable de la investigación
(Exp Nº 5228 2006hábeas corpus (Exp. Nº 5228-2006-PHC/TC)
C b dContar con abogado (art.25, 12 CPConst)
1. HC contra MinisterioPúbli
Videovigilancia
Público
Ot as sit aciones q e me ecen
g(art. 207 C Procesal Penal)
Retenciones (art.209Otras situaciones que merecen protección mediante hábeas corpus
C t l d id tid d
Retenciones (art.209 C Procesal Penal)
(Código Procesal Penal) Control de identidad policial
(art.205 C Procesal (Penal)
Intervenciones corporales (art.211 C Procesal Penal)
1. HC contra MinisterioPúbliHábeas corpus y audiencia de tutela Público
p y(Código Procesal Penal: Artículo 71, inciso 4)
La audiencia de tutela no constituye vía previa La audiencia de tutela no constituye vía previade la demanda de hábeas corpus(puede ser interpuesta de inmediato)(puede ser interpuesta de inmediato)
En el proceso de hábeas corpus no se aplica laimprocedencia por existencia de medioimprocedencia por existencia de medioprocesal igualmente efectivo (5,2 CPConst).
1. HC contra MinisterioPúbliPúblico
Hábeas Audiencia
Acto que incide en la
corpus Puede no incidir en
Audiencia de tutela
libertad libertad
Contenido constitucionalmente
No precisa de contenido
tit i lmente protegido constitucional
2.Aspectos relevantes del t l tit i lcontrol constitucional
1. Relevancia constitucional2. Vulneración de la tutela
procesal efectivaprocesal efectiva 3. Nuevo R.A.C.3. Nuevo R.A.C.
2.1 Relevanciatit i lconstitucional
Suficiencia
Excluye I t t ió
Suficienciaprobatoria
Excluye Interpretación(legal) de la ley
interpretación(constitucional)de la ley
No excluye(constitucional)de la ley
Desarrollo legal de losDesarrollo legal de losderechos
2.1 Relevanciatit i l
Desarrollo legal de un derechoconstitucional
gfundamental
D h l lib t d l-Derecho a la libertad personal(Constitución, artículo 2.24)
-Artículo 137 CPP 1991
-Artículo 272 NCPP 2004
2.1 Relevanciatit i l
Interpretación de la ley conforme a laconstitucional
p yConstitución:
Inciso a) art. 13 DL 25475:
“ Juez Penal ( ) dictará el auto apertorio…Juez Penal (…) dictará el auto apertoriode instrucción con orden de detención…”.
Interpretación conforme a la Constitución (STC 010-2002-AI)( )
2.1 Relevanciatit i l
Excluye pretensiones de mera
constitucionalExcluye pretensiones de meralegalidad:
Interpretación (legal) de la ley
La correcta subsunción de unaconducta en un determinado tipoppenal
La mejor interpretación de unanorma procesal
2.1 Relevanciatit i l
Exclusión de controversia sobre laó
constitucionalmejor interpretación de una normaprocesal:
Exp. Nº 1160-2007-HC(requisitos delrecurso de nulidad concordados con elrecurso de nulidad concordados con elcodigo procesal civil)
Exp. Nº 1759-2010-AA (recurso dequeja en proceso sumario)
Exp. Nº 7786-2005-HC (secretario noreunía requisitos de ley)
2.1 Relevanciatit i l
Derecho al procedimiento
constitucionalDerecho al procedimientopreestablecido:
“Art. 139. Ninguna persona puedeser desviada de la jurisdicciónser desviada de la jurisdicciónpredeterminada por la ley, nisometida a procedimiento distinto desometida a procedimiento distinto delos previamente establecidos,(…)”
2.1 RelevanciaconstitucionalDerecho al procedimiento preestablecido:constitucional
No garantiza que se respeten todas y cadauna de las disposiciones legales que regulan elp g q gprocedimiento.
Las normas con las que se inició unLas normas con las que se inició undeterminado procedimiento no seanmodificadas con posterioridadmodificadas con posterioridad.
(Exp. 2928-2002-AA, 1593-2003-HC; 1594-( p , ;2003-HC.)
2.1 Relevanciatit i lconstitucional
Casos problemáticos
Legalidad penal (lex stricta)Prescripión de la acciónPrescripión de la acciónpenal
2.1 RelevanciaconstitucionalLegalidad penal constitucional
Elementos:Lex previa (3201-2003-HC)Lex scripta (0010-2002-AI)Lex scripta (0010-2002-AI)Lex certa (0010-2002-AI)Lex stricta (2758-2004-HC)
2.1 Relevanciatit i l
Prescripción de la acción penalconstitucionalPrescripción de la acción penal
S t t d t d¿Se trata de un asunto de mera legalidad?legalidad? ¿tiene contenido constitucional?
2.1 Relevanciatit i l
Prescripción de la acción penal constitucional
p pResoluciones del TC sobre el fondo:
Prescripción sin contenido constitucional:
- 3308-2006-PHC/TC- 2506-2005-PHC/TC
4900 2006 PHC/TC
- 3668-2007-PHC/TC- 1177-2006- PHC/TC
3668 2007 PHC/TC- 4900-2006-PHC/TC - 3668-2007-PHC/TC
Nuevo criterio del TC: Sí ti t id tit i l-Sí tiene contenido constitucional
-Juez constitucional no puede determinar aspectos reservados a la justicia ordinariaExp. Nº 2203-2008-PHC/TC Exp. Nº 0616-2008-PHC/TC
2.2 Tutela Procesalf ti
T t l l f ti
efectivaTutela procesal efectiva: tutela judicial + debido proceso
¿Es posible cuestionar la vulneración de-¿Es posible cuestionar la vulneración de otros derechos que vayan más allá de lo estrictamente procesal?estrictamente procesal?
2.2 Tutela procesalf tiC tit ió Lib t d i di id l
efectiva- Constitución: Libertad individual y
derechos conexos - Código Procesal Constitucional:
Derechos protegidos por el amparoDerechos protegidos por el amparo y hábeas corpus (Lista enunciativa)
2.2 Tutela procesalf ti
Ej l
efectivaEjemplos:- Legalidad penal (2758-2004-PHC/TC)- Resolución que deniega sustitución de
pena (9810-2006-HC/TC)pena (9810 2006 HC/TC)- Principio de igualdad (2593-2006-
PHC/TC; 6450-2007-PHC/TC)PHC/TC; 6450-2007-PHC/TC)- Control de constitucionalidad de ley
lpenal
2.3 Nuevo R.A.C.Legitimados para interponer recurso:
2.3 Nuevo R.A.C.g p p
- Exp.Nº 2748-2010-HC (Mosquera p ( qIzquierdo) se refiere expresamente a los procuradores.p- Exp Nº 569-2011-HC recurso fue interpuesto por Procurador del PJ, MP y juezp p , y jdel Segundo juzgado Penal Supraprovincial.
2.3 Nuevo R.A.C.Constitución Política del Perú: art. 202,2
2.3 Nuevo R.A.C. ,
Resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y cumplimiento.p , , y p
Código Procesal Constitucional: art. 18 g“Contra la resolución de segundo grado que declara infundada o improcedente la demanda, p ,procede recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional”el Tribunal Constitucional
2.3 Nuevo R.A.C.Exps. Nº 2663-2009-HC (Mosquera
2.3 Nuevo R.A.C.p ( q
Izquierdo); 2748-2010-HC (Martínez Moreno)TC habilita la posibilidad de interponer R.A.C. p pcontra resoluciones estimatorias relacionadas a procesos relativos a TID o lavado de activos. p
Exp. Nº 3170-2010-HC (y aclaración) p (y )Procuradores (TID) pueden participar en procesos constitucionales.p
2.3 Nuevo R.A.C.Plazo para interponer el recurso
2.3 Nuevo R.A.C.p p
- Exp. Nº 2748-2010-HC (caso Mosquera p ( qIzquierdo) se habilitó la posibiliad para interponer el recurso “independientemente p pdel plazo”.- Exp. Nº 3245-2010-HC (Sánchez Paredes) p ( )se especificó que el plazo es el previsto en el art. 18 del CPConst.art. 18 del CPConst.