A LA SALA DE LO C!\I!L y DE LO ADMINISTRA 11\10 DEL TRIBUNALPROVtNCIAL POPULAR DE CiUDAD O~ LA HAB/\N¡\,
REF. PENO. RADiCACION,
UC. V'ñlFRED() VAlUN ALfViEIOA! ciudadano cubano, mayor deedad, con identidad permanente No. 46101200684, vecino de calle~ .""1""'" fofO R.F¡, f ."'
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Octuhre: Ciudad de fa Habana, UCENCIADO EN DERECHOfnumerode inscripción en el Registro General de ,Juristas del Ministerio déJ I1~t .. ¡f+" 11'i74. i"\:Ártir- l 1i;;;;r !"l ip :;;\l"".re.cjir
-O co n I.:;a rn rr&i~pnf,-¡ ( iic.f, t .a.
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certificación éxpüdido por ese Registro~ que se acompaiía y quese rnarca corHO document.o No. UNO, Presidente y Re¡Jresentantet egal de ia ASOCiACiON JURIOICA CUBANA; a nombre y enrepresentación de le:cHal, conforme lo establece el Articulo 64 de~..;,' ,s .-Je<P fo ."n.r(:n.':c.. l 'o~ r:"
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Que siguiendo expresas instrucciones de la Asociación queLegahnente Represento y de conforrnidad con fo dispuesto en elarticulo 6,6 anartado 1t de ia. Ley de Procedirniento Civii.
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l\dminisfratjvo. f ahora' v Fr.:onomko v en esoedaf confonne ti- .z 4 t.
lo establecido en el párrafo inicial e inciso 1); del Articulo 666 delpropio ;exto leg~l. vengo por rnedia de este escrito y dentro deltórmino previsto en el articulo 612 de ia citada ley, el de trascurridoCUARENTAy CINCODIASNl\TURALES1sin que haya sido resueltocualütder recurso nor la Autoridad Administrativa. en relación al
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artículo 91 de 1(1ResoluciÓn Nu. ~¡3 de .14 de julio de 1986,delMinistro de Jw~tkiaf .. Reglamento de la ley de Asociaciones =e,aintefDoner DE.'\tiANDA EN PROCESO ADMI~jISTRA llVO contra elMINISTERIO DE JUSTiCIA en la persona. de la MINISTRA ORA.MARIA ESTHER REUS GONZALEl. Ministerio el cual tiene su sedeen GaneO numero 216 entre 73 y 2\ PJala de fa Revolución. Ciudadde ,a Habanaf (1 fin de que tJor la SaJa ~e dicte sentencia en su díarevoc(tndo y dejando sin efecto en todas .sus partes I~ DISPOSlCIONo OEt-AEGACHJNPRESUNTA,( SllEt'¡CIO ADMINISTRAllVO), emitidapor es~ ORGAtJISMO DE LA J\DMINISRACION CENTRAL DELP';: T{\ r"CJ Or:5..J Ehi\ 1
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C1Rt i\ l.""" R:rri fR C""O DE 1\ LZAOA i-- terp - -;::.--t -:i-- #.LJ ; Li~ JI. L, :: c_o_\- ~ # ¡'I. - o.ft - u~~ u
por quien suscribe y ti esos efectos ronsignü íos particuia.ressiguientes,
1.- La denegadón presunta la heH~OStornado corno notificada a estaparte~ con fecha 13 de jlmiü de 201U:,puesto que el termino de los~Harenta y ~;nc() dj~5 naturales a que se refiere el articuio 612 de fat ey Prof:p.!'td! hubo rfe p.xpirar el dia anfe!', nevando esfe escrito faf~cha d~ su pn~~a:~ntfidón. por lo que to demanda se interpone
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dentro del térrnino de 30 dias hábiles subsiguientes a sunotificación. lo <Iue justifico con copia autorizada del Recursode Alzada. intemuesto oara ante la Ministra de Justicia. con fecha 28, J J il
de abril de I010,segÚn Registro de Entrada en ese Ministerio, No.334L\ qUe aCOiTipaiio a esta promoción '1/ que Se i'HarCa comodo r.. 'm ~~~t.{. 1..1.-, DOS
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\...U. ~II.; nv.. ~ .
Siguiendo el ritualisrno procesal del caso consigno seguidamentelos Hechos y Fundamentos de Derechos en ios que se basa estapromoción y que son '05 siguientes.
HECHOS
PRIMERO:Que con fecha 1 de abril del 2009, quien slIscribe sedirigió por escrito a( .Jefe del Oepartarnento de Asociaciones delf\olfinisteriode Justicia, solidhJndoJe a tenor de lo preceptuado ~n el~rtkuio 68 del Ueg.arne.nto de la ley de Asociaciones, que expidierac~rtifkadón con los datos siguientes: 1.- Si existia o no en el país~Iguna orgl!nizadón no gubernarnental (ONG), ti oficial con el- nOf"t.i b r,a, rtfi A.~nr-i,;,u'-¡l\.~ .. .Iurídic--;;t Cul :.n.,:;cJ - ~ ~'iii¡;::;ti~ ~n ~j n-A" ~~ . .~ 'S.I!O~~ '&.~l." :...",'W"'._J -- .'7 ,..., ru..u,_:- -- -~I'._~a..." _1 rU ~
alguna organización no gubernamentai(ONG) ti otic:iai, cuyospropósitos sean: contribuir mediante seluinarios. círculos deestudios ~I otros de esa naturaieza.. a la elevación del nivel deconciencia y conocimientos jurídicos de la sociedad d vil cubana,poner en eonudrniento de la sociedad d'YiI, el contenido,. .' .. . I P d N
. U 'd,t "}n!1rrr~,'Ir-~:~ \! T;::¡~r-¡:;.nf' Po' r'~ rtp. e : . .- ..,t'fJ~' ~.'-" f t. ~''':~-~' aL..1~Hn .~~- 0-..: actos e (lclones nI as,
t!nnadOS por el Gobierno de ta República de Cuba, en partkular elPacto de Derechos Civiles v Políticos \f el Pacto de Derechos.. oÍ
Econótnicosf Sodafes y Ctlfturafesr asesorar c:onvenientemente alos Giudadanos en Jn~ nf"oh'ewas de ¡ndofe iuridkii en que se veaninvülucrrtdu5 V dSI lo soHdhm! que todo ló anterior se reaHza defonna totGhnent~ gratuita, {}sea sin ánirno de lucro de ningunaespecie. Que en franca y abierta violación de la garantiacon~titud ona'. prevista en ~i articulo 63 de la RepÚblica de Cuba,que obliga a h-;¡saUforid~ides CÍofrecer a ¡os ciudadanos, ante suspetidom:~s! Id aiendón y respuestas pertinentes y en plazoadec:ui:ulü LonfOlrne d Id h:~YJel Jefe del DepartaHiento del\sodadoHcs del fll1inistcrio de Justicia, prcsto oidos sordos. anUf}Btrapf}tkión, de qtm expidiera f~ certificación soHeitada; por [o(fue ('~S¡ un mlo rf€'sm.~és"~x~ctamente e' dia 4 de marzo de'r"
íO'tn:R/F No./! t;{¡ rp-it~ram05 {"i}fsolicitud, haciendo pleno ejercidotifo!~s~ dp.n:~ehn (:on~titudnni1i, pero de igual rnodo no recibimosdt~ndón á; (t!sfHies;'a alguna. Se ~diunti1 cúph:...¡fotostittka de faref~rida solicitud. rnarctJda corno documento No. TRES.
SEGUNDO: Que ~nte (~JSILErJCIO ADl\1l1NJSTRATlVO, del Jefe delUepartarnento de Asociaciones del Ministerio dé Justicia$ réspec:to a
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nuestra solicitud, de que se expidiera la certificación pedida,estímanos OE:NEGAO/\, la autorización para la constitución denuestr~ _Asociación e interpusirnos para ante la Ministra de Justicia,al amparo del articulo 81 del Reglarnento de fa Ley de AsodacioneR,Recurso de Alzad(1, en fecha 28 de abril de 2010, según Registro deEntrada a ese Ministerio t~o. 3342, que habiendo trascurrido eltennino de los CUARENTA Y CINCO OlAS NATURAlE~ a (fue sec:ontnie el articulo 612 de ia Ley de Proceditniento Civil,Adfl1inistrativo, Laboral y Económico, sin que haya sido resuelto porla Ministra el Recurso de Alzada, lo heHlos estimadoPRESUNTAMENTEDENEGAD01poniendo fin a I~ \lia adrninistrativa,haciendo irnposible su continuación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: Artículos 654,655.1 y 656 de la ley de ProcedimientoCivil; Adfninistr~tivo, Laboral y Económico y 91 del Reglamento defa Ley de Asociaciones, sobre el ejercido de ia acciónadrninistrativa.
SEGUNDO: Artkut03 659,2 y 663 de la. Ley de Proceditl1iento Civil,Administrativo, laboral y Econórnko, referidos a la cornpetenda. defa Sala de lo t:-:::iviJ'! de lo l\dministra.tivo del rribuna( Provincia!Popular de Ciudad de fa Hah~na, par~ conocer del asunto.
1t.RCERO: Articulo 666 inciso 1) de la Ley de Procedin,iento Civil,Adrninistrativü:. laborai y Econórnko, sobre legitirnadón activapara prmnover este proceso.
CUARTO: Articulo 670 inciso 2) de la Ley de Procedin1iento Civil,Adrninistrativo, laboral y Econórnko; sobre el I-\.ctofrnpugnado.
QUiNTO: Artículos del 674 al 691 de la Ley Procesa.l Civil, en cuantoa tos tránl!tes a seguir en fa sustandadón de este Proceso.
SEXTO: Articulos 10 y 12 del Regian\ento de la Ley de Asociaciones,en cuanto a que; son considerados fÜndadores o iniciadores de unaasociación. JQ~oue ~e orüüonaan constituiría orornoviendo ante las
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"Iutorid?de~ ~u reconodrniento jurídico, así como que fa~erHfkadón del .Jefe del Departarnento de Asociaciones delMinisterio de Justicia. acreditativd de que no existe inscrita otraidéntica () de sirnHar denorninadón o con iguales objetivos,constituye uno de los p~rtku!ares que ha de contener la solieitud dec:onstit.ud ón.
SEPllMO: Articulos: 36 inciso ch) y 68 del Reglamento de la Ley deAsociaciones; o;obre el derecho de toda person~ a solicitarcertificadones de tos f'lsientos obrantes en las oficinas registrales oneaaHva!' de ¡os mi!'rnos. {tiS oue nueden ser expedidas en forma
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rnanuai, rnec~jnic(;l n autüíliaHz~dtj, así corno If.is Ondnd~ de losregistro~, tienen fa atribución de expedirías,
OCTAVO:J\rtkuio 72 del Regiarnento de !a Ley de J\sociadones, encuanto a los datos generales que han de contener lasc~rhtkadones exnedidas nOf las olidnas reaistrales.p. ......-
PRETENSiON COtJCRETA QUE SE DEDUCE: Que confonne a loestabl~ddü en los ~rtkuJüs 10;11 inciso 9)i 36 inciso Ch)i 68 y 1"1.1~~. i)= { i;'-~' 1~~.- t ~
{ 'la i-~ _t' -'~f IU~ ~,.f -.~e 'Y' ,'" rtA ( ~i'C'i].n.h"' e ~:t~ "" 9Q 5 n 1""U
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a~ Aauc.la..-Il¡fk:!j > S~ dg..e S"'I tr~n(~lcc t) r 1 <:Alnj (j"" In eA j CA
vioiadón del derecho, de quien suscribe, ~ solicitar certificacionesde los 4:mientüs übiant€:s en I~'müfkinas n:~gjstrales ü negativas deIr>~ n~h~:n"}n.~ \1 rH'~ r""'-~f'IorJ J"'f'ltp'n~nt,... r-nn ~~p rJ e ;-~r-~10 ~~ ( Ji~ pO 'l rl"'".'-2'~ .'I' ~kv- "E 'I:-"Z...Ii=-:..r't.-:"v.,"'-I"' "-"'': ~!:.'S.~c:cc'=-..II=,:01;J' ---V.I: '-- ~I I'..."'-.rl: ~ ~-r'C../" ,t\- z ~iUf3 . ~
por conducto de la Mini4:Jtra de .Justkia ) que el .Jefe delj}~n~rto;-nento de .A~odadnnes de ese Ministerio, eXDid~. . r
c~ffiti\-a(:ión! haf:i-p.ndn emlstar si exisr~ o no en el país algunaasodt=.1dón(ONG), denomiuadi?t ASOCIACIONJURID'CA CUBA.NA,coyos pr(JfJb5Ho~ ~~on; contribuir in~diant~ seininariü~, drctifü5 dee~tudios }f otros de esa naturaleza, rl la elevación del nivel deeonciend~ y eünüdrniento~ jurídicos de lasodedad dvil cubana,poner en ~onOdnl~i2i,ntf} de esa sociedad c:ívii, el contenido;importancia ;.t traseendP-nd(í de ¡os Pactos de Naciones Unidas,c... . .'~_.- P
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mm,=1Üü~ .'~.ii e! uOi)í~Hiú \.}1;;kf rt~PHi}Ü(.d cm t..tn_hA; en par ¡CU tU, e,P:1ctc de Derechos CivHcs y PQHtko~ y d Pacto de DerechosFcünónlkü3) Soci;.~fcsy CtdturalcB y asesorar eonvenienten:lente a'05 dudadano.~ ~n los nroNernas de indofe iurídica en oue sean
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con sus cop!as y docurnentos ac:oHlpaÜado§) Se sirva tener porc. hfa'rl' a "0 i'" ,... pi.:itJÍ A-~'-" A' FN -~-.; , '~ E---'f'eAa~_I.hCLa ~n tk0100 \J f().ma ...d..JIJ' NU PK\JC;jJ. 3
Anr1fUNiSl'RJ1,HV(1 r:ontra P.eMinisterio de ,Justicia, en fa pp-rsona dp-su n~p..t!s~nhulH~ lega', MinisH'~ rIr'd, MARtA FSTHER REUSGONlALEl, tenerm~ por personado en Id misma o nü.nbre V enrepresentación de por quién cmnparezco, disponiendo se entiendan¡-or'''f r--ni...o '-:;>Oc nnt.4:Fh"",ro' ¡""EA"" "-i 1.
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t-fié ~.{..j" l it.-f 1':;0
.;r..'wJ~ J"":;-l Jc:,!!:_" ~.t~4JjJ\...i:.'L. y.J.I~.:...~ }: ~ f:-&....~: ...'U,,-- i:.UI. ~i>1 tJL.Jt., J L-t
(~ernanda. disnoner se oef8onen \f contesten dentro del ténnino.,. ? .1
íegaí conc~dido> redarnaf de la Adrninistr~dón la rernisión delExpedieute en el que se dicto la irnpugnada decisión, ordenar la
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sustanciación procedente y en definitiva dictar sentenciadeclarando CON LUGAR la dernanda y devuelvan las actuaciones ala Administra.ción Demandada. a fin de que dicte Resoluciónconforme a derecho.
OTROSI PRII\1fERO:(Jue solicito la apertura a prueba de esteproceso; la que deberá recaer sQbre IQShechos aquí articulados.
OTROS! SEGUNDO: Que intereso que el en~plazamiento a c.ualquierPersona Natural o Jurídica, que tenga interés en los planteatníentosque se solicitan con esta dernanda, se realice por Hiedio de avisof"luese fijara en la Tablilla de la Sala.
C'T R -"51 T ERCr-DCh () . ~ i"' d ! 1\11' e du. ti . . . -t: \..I. _ue mtere""Q se SOticlte r e. {'Í~tm~eno e
Justicia} e( expediente (iue al efecto de dar solución a nuestrafe{'f~madón huho de incoars~.