Derecho de la Seguridad
Social
Lectura No.10 El seguro de retiro, cesantía en edad avanzada
y vejez. Guarderías y prestaciones sociales.
Contextualización
El tema que estudiaremos en esta semana es el del Seguro de retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez. Para tener derecho a este tipo de prestaciones cabe señalar que el o
los trabajadores o sus familiares, deberán cumplir primero con los requisitos
previamente establecidos por Ley del IMSS, cumpliendo además de periodos de
espera, es decir determinado tiempo, traducidos en semanas de cotización para con el
Instituto y con base en la cantidad de años cumplidos, es que podremos determinar el
tipo de pensión que corresponda a dicho trabajador.
Así mismo, resulta importante también señalar que desde su creación y a lo largo de su
historia, el Instituto Mexicano del Seguro Social, ha procurado aumentar la calidad y
cantidad de sus servicios a sus derechohabientes, es por ello que cada trabajador
inscrito en este sistema de seguridad social, ha tenido y aún conservan el derecho de
gozar de algunos servicios tales como Unidades Habitacionales, centros deportivos,
clínicas, centros vacacionales, tiendas, teatros y guarderías entre muchos otros, en
esta sesión hablaremos de los derechos de guardería que tienen los padres
trabajadores inscritos en este Instituto de Seguridad Social para salvaguardar la
integridad y salud de sus pequeños mientras ellos laboran.
¿Cuáles son los beneficios de contar con el seguro de
retiro, cesantía en edad avanzada y vejez como
trabajador?
La ley del Seguro Social (LSS) tiene un capitulo (VI) que
refiere a los riesgos protegidos, como lo es el retiro, la
cesantía en edad avanzada y la vejez.
Es por ello importante citar que para hacerse acreedor o
beneficiario de las prestaciones establecidas en el presente
capítulo, es necesario que el o los trabajadores o sus
familiares, cumplan con determinados requisitos
previamente normados por la Ley del Seguro Social (LSS),
en este caso el trabajador, debió haber estado cotizando
una determinada cantidad de semanas, obviamente
reconocidas por el propio Instituto en el transcurso del
tiempo que el trabajador haya estado laborando y cotizando
al Instituto así como cumplir con ciertos requisitos de edad.
Introducción
http://www.cnnexpansion.com/midi
nero/2008/07/24/seguros-de-vida-
serian-deducibles-de-isr
¿Qué derechos otorga el seguro de retiro?
Una vez ubicándonos en el supuesto de las semanas
cotizadas y reconocidas ante el Instituto Mexicano del
Seguro Social, el asegurado tendrá derecho a las
siguientes prestaciones:
Pensión.
Asistencia médica, en los términos del capítulo IV de
la LSS.
Asignaciones familiares.
Ayuda asistencial.
Derechos que otorgan
http://www.asistenciamedicadelsur.com/at
encion%20medica.html
Otro de los derechos con que cuenta el
asegurado es que puede disponer de su
cuenta individual cierta cantidad de su
dinero ahorrado y esto hacerlo a través de
alguna institución de seguros a su elección
definiendo con base en su capital ahorrado
una cantidad mensual vitalicia.
Además tienen el derecho de organizarse y
programar sus retiros con base en sus
necesidades y realizar retiros parciales,
manteniendo el saldo de su propia cuenta
individual.
Derechos que otorgan
http://imcp.org.mx/servicios/sintesis-
informativa/diputados-aprueban-seguro-de-desempleo
¿Cuáles son los requisitos para las prestaciones
del seguro de retiro?
Cesantía en edad avanzada: Que el
asegurado tuviera la edad de 60 años y haya
causado baja del régimen obligatorio del
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Vejez: Que el asegurado tuviera la edad de
65 años y haya causado baja del régimen
obligatorio del Instituto Mexicano del
Seguro Social.
Requisitos para tener derecho a las
prestaciones que otorgan
http://economia.terra.com.mx/noticias/noticia.aspx?i
dNoticia=201310242110_NMX_82572161
¿Qué son las Prestaciones Sociales y las Guarderías del
IMSS?
En primer lugar entenderemos el término de prestación
social, como aquel mecanismo que tiene la Autoridad
Social (en este caso el Seguro Social) respecto a sus
asegurados y que tiene por objeto fomentar la salud, la
prevención de enfermedades y accidentes, además de
contribuir en mejorar la calidad de vida de sus
asegurados.
Es por ello que el Instituto otorga a sus
derechohabientes a través de servicios y programas
continuos, mejoras en la calidad de vida, impartiendo
desde la realización de talleres, o promoviendo la
participación en actividades deportivas o culturales.
Guarderías y prestaciones sociales
http://chihuahuanoticias.com/?p=27479
¿Qué servicios contempla las prestaciones sociales?
Tal y como lo contempla la Ley del Seguro
Social en la sección segunda de su capítulo VII,
las prestaciones sociales serán puestas al alcance
de sus derechohabientes a través de programas
como: (art. 210 LSS)
• Promoción de la Salud: difundiendo los
conocimientos necesarios a través de cursos o
conferencias y por medio de campañas
deportivas o culturales en medios masivos de
comunicación.
• Educación higiénica, materno infantil,
sanitaria y de primeros auxilios: buscando la
prevención de accidentes y enfermedades.
Servicios que contemplan las
prestaciones sociales
http://sipse.com/milenio/mayor-seguridad-en-
guarderias-del-imss-16841.html
• Mejoramiento de la calidad de vida buscando la
integración familiar, la equidad de género, con la
finalidad de lograr una mejor integración social y
familiar, adoptando estrategias, costumbres que les
permitan mejorar sus sistemas de vida y estilos de
una forma más saludable.
• Impulso de actividades culturales, deportivas,
recreativas y de educación física, mejorando así la
calidad de vida de las personas, cabe señalar que
algunos de estos servicios son incluyentes con
personas que no se encuentran afiliadas al Instituto
Mexicano del Seguro Social.
• Promoción a la regularización del estado civil,
buscando otorgarles mayor certeza jurídica y legal a
las personas que no cuenten con esta documentación
en regla.
Servicios que contemplan las
prestaciones sociales
http://nuevosemanario24.com.mx/noticias/Articulos
/nacionales/promueve-seguro-social-activacion-fisica-
y-deporte-con-la-primera-carrera-padres-e-hijos-imss-
2013.html
• Centros vacacionales, que tendrán por objeto
además de una sana convivencia, buscar la
integración familiar de manera sustentable y
sana.
• Cursos de Adiestramiento técnico y de
capacitación para el trabajo, es decir buscar en
todo momento la capacitación continua para la
mejor obtención de ingresos.
• Establecimiento de Velatorios, preocupándose
también por el asegurado y sus seres queridos,
otorgándoles en todo momento la facilidad
necesaria por este tipo de acontecimientos si
fuera el caso.
Servicios que contemplan las
prestaciones sociales
http://www.metronoticias.com.mx/nota.cgi?id
=383587
¿Cuál es la cobertura del seguro?
Éstas se encuentran contempladas en la primera
parte del capítulo VII de la Ley del Seguro Social y
fueron creadas derivadas de la necesidad que tienen
los padres trabajadores al no tener con quién dejar a
sus hijos mientras ellos trabajan, así se tratare del
hombre que trabaja o la mujer que trabaja o si
ambos trabajan; de la mujer viuda y hombre viudo
o aquel que se viera beneficiado mediante
resolución judicial por ejercer la patria potestad o la
custodia de un menor, encontrándose en la
necesidad de trabajar y no tener quien le cuide a su
hijo o hija.
Cobertura del seguro
http://www.oem.com.mx/elsoldelbajio/nota
s/n1550275.htm
Cabe reiterar que esta prestación de guardería
tendrá como objetivo cuidar y fortalecer la salud
del niño, su buen desarrollo futuro, así como la
formación de sentimientos a la adhesión familiar,
elementos sin duda necesarios para una
integración y adaptabilidad del menor, tanto a la
familia como a la sociedad.
Dicho servicio incluirá el Aseo, la alimentación y
el cuidado a la salud, la educación y recreación,
esto a través de instalaciones especiales reguladas
y autorizadas por el propio Instituto. Es
importante mencionar que el asegurado podrá
gozar de este servicio o prestación desde el
momento en que se encuentre dado de alta ante
el Instituto y una vez dado de baja contará con el
servicio hasta 4 semanas posteriores a dicha baja.
Cobertura del seguro
http://www.ultra.com.mx/noticias/estado-de-
mexico/Local/20440-guarderias-del-imss-edomex-de-las-
mas-seguras.html
Es así como el Seguro Social se preocupa además de por la salud, por la
calidad de vida de sus asegurados, impulsándolo en todo momento a
través de diferentes actividades la integración de los trabajadores a la
sociedad, en la continua tarea de hacerlos mejores personas para una
sociedad, más sana y justa.
Después de analizar los requisitos que establece la ley, es que podremos
definir qué tipo de pensión tendrán los trabajadores que cotizan ante el
Instituto Mexicano del Seguro Social. Sin duda un capitulo que es
importante conocer y difundir con la intención de que los adultos mayores
y sobre todo las personas que tienen muchos años cotizando al Instituto,
reconozcan a qué tienen derecho y cuáles son las prestaciones a las que sus
beneficiarios tienen también dichos beneficios.
Conclusión
Referencias
• Cámara de Diputados (2012). Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado, Diario Oficial de la Federación, obtenido de:
http://www.poi.ipn.mx/Documents/Normateca/leyes/LISSSTE.pdf.
• Cámara de Diputados (2012). Ley del Seguro Social, Diario Oficial de la Federación,
obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92.pdf
• CONSAR. (2012). Comisión Nacional del Sistema de ahorro para el retiro.
Recuperado el 01 de marzo de 2013, de http://www.consar.gob.mx/
• IMSS. (2013). Instituto Mexicano del Seguro Social. Recuperado el 30 de marzo de
2013, de: http://www.imss.gob.mx/Pages/default.aspx