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7/31/2019 DECRETO SUPREMO N 148
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DECRETOSUPREMO N
148REGLAMENTO SANITARIO SOBRE
MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS
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Aprobado el 12 DE junio de 2003
Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mnimas para:
La generacin Tenencia TransporteAlmacenamiento
ReusY otras formas de
eliminacin.Disposicin finalReciclaje
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Quin fiscaliza, controla y
establece los procedimientos
de manejo de residuos
peligroso?
La autoridad sanitaria
(SEREMI)
Debern identificarse y
etiquetarse de acuerdo a laclasificacin y tipo de riesgo
que establece la NCh 2.190
Durante el manejo se
deber tomar medidas
de precaucin para:
- Inflamacin o
reaccin
- Derrames
- Descargas
- O emanaciones de
sustancias
peligrosas al medio
ambiente
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Los contenedores deresiduos debern
cumplir con los
siguientes requisitos:
- Estar construido con materiales y
espesor adecuado.- Estar diseados para resistir a los
golpes de carga y descarga.
- los contenedores debern estar enbuenas condiciones en caso contrario
sern reemplazados.
Los contenedores solo podrn ser movidos manualmente si su peso total
no es mas de 30Kg.
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TITULO II: De la identificacin y
clasificacin
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Un residuo o una mezcla de residuos es peligrosa si presenta riesgo
para la salud publica y/o efectos adversos para el medio ambiente.
Caractersticas depeligrosidad
Toxicidad agudaEs letal en bajas dosis. aparicin de un cuadro clnico
patolgico dentro de las primeras 24 hrs. despus del contactocon un agente.
Toxicidad crnica
es la consecuente por repetidas exposiciones(recidivantes). Suele presentar cuadros clnicos difusos,
pocos claros.
Toxicidad extrnseca Su eliminacin produce efectos agudos o crnicos
Inflamabilidad
- Punto de inflamacin inferior a 61C
- Gras comprimido inflamable
- No es liquido y bajo condiciones estndares provocaexplosiones
Reactividad
- Es inestable y sufre violentos cambios
- Reacciona y forma mezclas explosivas con el agua
- Contiene cianuros y sulfuros, generando gases que son un peligro para la salud
Corrosividad- Es acuoso y tiene un Ph entre 2 y 12.5
- Es capaz de corroer el acero
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Toda instalacin, equipo o contenedor, que haya
estado en contacto directo con residuos
peligrosos no podr ser destinado a otro uso sin
que haya sido previamente descontaminado
Los envases de plaguicidas se consideran residuospeligrosos a menos que sean sometidos a
procesos de triple lavado y manejado conforme a
un programa de eliminacin
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TECNICA DEL TRIPLE LAVADO.
REALICE ESTEPROCEDIMIENTO
3 VECESCierre el envase; AgiteDurante 30 segundos
Vierta el agua del envaseen el equipo pulverizador.
Mantenga el envase en posicin
de descarga durante 30 segundos
Vace el envase en el tanquepulverizador en posicin de
descarga durante 30 segundoshasta agotar su contenido.
Agregue agua hasta 1/4 dela capacidad del envase.
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TECNICA DEL TRIPLE LAVADO.
Perfore el Envase
para evitar suRe - Utilizacin
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TITULO III: De la Generacin
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Las empresas o establecimientos quegeneren residuos txicos ya sean agudos ocrnicos, debern contar con un plan demanejo de peligrosos y el generadordeber presentado ante la autoridadsanitaria. Adems, estas empresasdebern estar identificadas mediante unnumero identificatorio.
El plan deber estar diseado por un profesional e
incluir los procedimientos tcnicos y
administrativos para lograr que la eliminacin se
realice con el menor riesgo posible.
El plan de manejo de residuos peligrosos tiene como objetivo reducir la peligrosidad, cantidad y/o
volumen de residuos que van a disposicin final y deber contemplar los siguientes aspectos:
- Descripcin de las actividades.
- Identificacin de las caractersticas de peligrosidad.
- Alternativas de minimizacin de la generacin
- Detalles de los procedimientos de internos para recoger, transportar, embalar, etiquetar y
almacenar los residuos.
- Definicin de los equipos, rutas y sealizaciones para el manejo interno de los residuos.
- Hojas de seguridad para el transporte.- Capacitacin al personal
- Plan de contingencia.
- Proceso de eliminacin.
- Sistema de registro de los residuos, donde al menos se consigne:
. Cantidad y/o volumen de lo que se genere.
. Cantidad y/o volumen de lo que ingresen o egresen del almacenamiento.
. Cantidad y/o volumen de lo que se recicle.
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TITULO IV: Del Almacenamiento
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Todo sitio destinado al almacenamiento de residuos
peligrosos deber contar con la correspondiente
autorizacin sanitaria de instalacin.
Cualquier tipo de construccin, ampliacin y/o modificacin de
un almacn de residuos txicos deber contar con un proyecto
previamente aprobado por la autoridad sanitaria
El periodo de almacenamiento no podr exceder de 6 meses, encaso justificado, se podr solicitar a la autoridad sanitaria la
ampliacin por el mismo tiempo.
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Condiciones
paraalmacenamiento
Tener una base continua, impermeable, resistentequmicamente.
Contar con una entrada de 1.80m de altura.
Protegerlos de las condiciones ambientales.
Contar con sealizacin de acuerdo a la NCh 2.190of 93.
- El acceso deber ser restringido, de modo que solo entre personalautorizado.
- El almacn de residuos deber estar a 15m, a lo menos, de los
deslindes de la propiedad.
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TITULO V: Del Transporte
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Segn D.S
N 298Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones
Sus exigencias:
Solo podrn transportarresiduos peligrosos porcalles y caminos pblicoslas personas naturales ojurdicas que hayan sidoautorizada por la autoridadsanitaria.
TRANSPORTE
Se le asignara un numerode identificacin almomento de laautorizacin.
Los vehculos de transporterequerir de unaautorizacin especifica.
AUTORIZACION
La solicitud debercontener las autorizacionescorrespondientes y lascaractersticas de lostransportes y de los
equipos dedescontaminacin.
SOLICITUD
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PLAN DECONTINGENCIA
Medidas de control
y mitigacin.
Capacitacin de
personal.
Identificacin de
responsabilidades.
Sistema de
comunicacin.
Disponibilidad de
personal de
emergencia
Listado de
organismo.