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1. Realice un cuadro sinóptico sobre “EL REGIMEN JURIDICO MUNICIPAL

ECUATORIANO”, en donde se referirá a: concepto, fines, y autonomía.

DEFINICION

COMCEPTO

Es una ley proclamada en el registro Oficial 680 del 31 de

enero de 1996, es una notable evolución al

fortalecimiento del municipalismo, traducido en la solidez

de su autonomía gubernativa y legislativa.

Dicha ley está orientada por un sano criterio de robustecer

al máximo la entidad municipal y atienda las crecientes

demandas de servicios públicos

AUTONOMIA

Poseen adecuada garantía, protección a los actos

fundamentales del gobierno.

Reclamar por cualquier violación de la autonomía

municipal, ante el congreso o consejo de estado.

Una persona jurídica con facultad para los servicios

y actividades a su cargo y patrimonio propio para

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impulsar el progreso de los municipios.

Coadyuvar a la realización de los fines del Estado

Prevé mecanismos para una adecuada integración

de los planes nacionales y regionales del desarrollo

económico

FINES

Satisfacer las necesidades colectivas del

vecindario.

Procurar el bienestar material de la colectividad.

Contribuir al fomento y protección de los interese

locales.

Planificar e impulsar el desarrollo físico del cantón

y sus áreas rurales.

Acrecentar el espíritu de nacionalidad, el civismo y

la confraternidad de los asociados para lograr el

creciente progreso.

2. Elabore un ensayo sobre “LA DESCENTRALIZACION ESTATAL”, en las que

hará constar: origen, concepto, finalidad, y sobre todo su criterio jurídico.

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Entendemos por descentralización estatal a la transferencia definitiva de las

funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos principalmente financieros,

materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero los mismos que serán

distribuidos hacia los gobiernos seccionales autónomos de acuerdo a las

necesidades de cada una de las circunscripciones territoriales a su cargo.

La constitución vigente en su reformatoria ha designado a los gobiernos

autónomos descentralizados la potestad para su participación como

representantes legitimados del gobierno central en las diferentes áreas de su

administración, con la finalidad de que estas entidades contribuyan a una mejor

administración y ordenamiento del cantón de su circunscripción.

En la cual determina que ningún funcionario o autoridad extraños puedan

intervenir en su administración, posee autonomía funcional y económica para

crear sus propias leyes siempre y cuando estén dentro del marco constitucional y

de igual forma en beneficio de las necesidades de sus miembros, garantizando

sus derechos deberes y responsabilidades.

Entre los fines más importantes de la descentralización del Estado podemos

mencionar lo siguiente:

Lo que se ha venido manifestando desde el gobierno central, es lograr una

equidad tanto en la participación y distribución de los recursos financieros,

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materiales, y tecnológicos desde la función ejecutiva serán distribuidas a los

diversos gobiernos descentralizados con el fin de mejorar su administración y

cumplimiento de las necesidades requeridas por los habitantes de dichas

comunidades.

Asimismo con esta descentralización se podrá optar medidas cautelares para

buscar el ordenamiento jurídico, la paz, el orden y la seguridad de sus

habitantes, de la misma manera a la prestación de servicios de optima calidad a

favor de las comunidades que aseguren en bienestar y el buen vivir de sus

habitantes.

Otro de los fines importantes es el de realizar una transformación integral con los

recursos destinados a estos pueblos para la realización de proyectos en beneficio de

sus habitantes en el ámbito educativo, salud, alimentación, social y político, dichos

recursos estarán regulados por la constitución y la ley , cuyos recursos se asignaran

de acuerdo al tamaño y densidad de la población y a las diversas necesidades

básicas insatisfechas y de esta manera alcanzar el adelanto de la ciudadanía como

también del Estado.

Los gobiernos autónomos descentralizados para cumplir con sus competencias,

deberán planificar anticipadamente la realización de proyectos públicos en beneficio

de sus habitantes cuyas normas estarán reguladas por la constitución y la ley, su

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objetivo alcanzar el mejor desarrollo de la colectividad que están bajo su jurisdicción.

El presupuesto se ajustara al marco legal del Plan Nacional de Desarrollo.

Es importante también destacar que existen distintas formas de descentralización,

considerado como un proceso social de transferencia de competencias desde la

administración central a las administraciones intermedias y locales.

En lo administrativo el gobierno central supone el traslado de competencias a nuevas

personas jurídicas de derecho público, las mismas que están dotadas de un

patrimonio propio, sin embargo, estas se encuentran bajo un control muy limitado por

parte del gobierno central y así cumplir con los objetivos planteados y lograr una

gestión administrativa más ágil y efectiva.

Surge el interés social y político de convertir a los municipios en entidades

autónomas y autosuficientes, capaces de generar sus propios recursos, manejar sus

propios recursos y ejecutar acciones que correspondan a las necesidades colectivas,

respecto de un gobierno central del que han dependido históricamente en términos

financieros.

La descentralización tiene como objetivos proporcionar asistencia técnica,

capacitación y posibilidades de desarrollo institucional para fortalecer la gestión

municipal, mejorar los servicios, incrementar los ingresos propios y lograr la

eficiencia de los municipios.

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3 Realice un estudio analítico sobre la evolución de la autonomía de acuerdo a

cada uno de las constituciones señaladas en el texto básico.

Dando cumplimiento con lo solicitado sobre autonomía entiendo que es la facultad

de una comunidad para gobernarse por sí misma, mediante sus propias leyes y por

sus autoridades elegidas para su administración.

Este concepto ha ido evolucionando constantemente y a partir de la constitución de

1967 en donde se definió que los consejos provinciales gozan de autonomía

funcional y económica para dar cumplimiento con los fines a su cargo, incluye

además a los consejos municipales y de igual manea a las juntas parroquiales como

instituciones autónomas con personaría jurídica para logra el fortalecimiento y

desarrollo de cada una de sus comunidades que las conforman, y de esta manera

atender con eficiencia sus necesidades, cuyos fondos eran distribuidos

considerando su capacidad y necesidades respectivas.

En la constitución de1979 se dio una reforma a la ley, concediendo a los consejos

provinciales y municipales no solo autonomía funcional y económica sino también en

lo administrativo dando el nombre de regímenes seccionales autónomos.

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En esta constitución se mantenía la expresión de que “ningún funcionario o autoridad

extraños intervendrán en su administración”, es decir personas que no formen parte

de esta institución.

Además otorgó al consejo municipal las funciones y deberes que deberá cumplir en

sus respectivas áreas de administración, en lo referente a servicios públicos en

zonas urbanas y rurales respectivamente en coordinación con los consejos

provinciales.

La constitución de 1996 en su reformatoria define asimismo que los gobiernos

seccionales autónomos lo conforman los consejos provinciales y municipales, los

mismos que conjuntamente con el gobierno central coordinaran las actividades para

el desarrollo armónico de todo su territorio, garantizando el futuro de sus habitantes

otorgando servicios en todas sus áreas que aseguren el bienestar de su pueblo.

En la constitución de 1997 considera que los consejos provinciales y cantonales

gozan de autonomía funcional, administrativa y económica en sus respectivas

circunscripciones correspondientes y que además la constitución y la ley señalaran

las funciones que deberán cumplir estas instituciones en sus respectivas áreas de

administración.

En el año de1998 se realizo una convocatoria a elecciones para realizar una nueva

Asamblea Nacional, la cual fue aprobada en referéndum con mayoría absoluta, de

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esta manera se llevo a cavo una nueva ley, que tuvo como vigencia diez años, es

decir, hasta 2008 en que fue remplazada por la que se encuentra en actual vigencia.

En esta nueva reforma considera como gobiernos seccionales autónomos a los

consejos provinciales, municipales y las juntas parroquiales y demás órganos que

determine la ley, establece además que gozaran de plena autonomía para el

cumplimiento de sus funciones cuyo objetivo es el de atender a todas las culturas de

nuestro territorio ecuatoriano.

4. Realice un resumen sobre la Facultad Legislativa de los gobiernos

Autónomos descentralizados. Deberá constar la jerarquía normativa y

competencia administrativa.

Entendemos por facultad legislativa de los gobiernos autónomos descentralizados la

capacidad que ostentan dichos órganos, para expedir sus propias normas jurídicas

en el ámbito de sus competencias y en sus respectivas circunscripciones

territoriales, cuyo objetivo es ejecutar dichas competencias protegiendo los intereses

generales de los territorios donde ejerce su jurisdicción en beneficio de la sociedad.

Dentro de los gobiernos autónomos descentralizados tenemos a los consejos

provinciales, las municipalidades y las juntas parroquiales, quienes son elegidas por

votación popular para un periodo determinado de cuatro años, en el que

desempeñaran sus funciones de acuerdo a las necesidades de sus habitantes,

además de las competencias que determine la constitución y las leyes.

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Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,

de provincias y cantones tendrán facultad legislativa en el ámbito de sus

competencias, dictar ordenanzas acuerdos y resoluciones, siempre que no estén en

oposición con la constitución y la ley, mientras que las juntas parroquiales rurales

solamente tendrán facultades reglamentarias.

Esta facultad legislativa les permitirá crear sus propias leyes modificar, suprimir

tasas y contribuciones de mejoras, dentro de cada una de las circunscripciones

territoriales a su cargo.

De acuerdo a la jerarquía normativa todos los gobiernos autónomos descentralizados

deberán acatar la jerarquía de las leyes, sin irrumpir en ellas, porque estas exigen

respeto que será además la que determine las competencias exclusivas de cada

uno de estos órganos.

Asimismo dentro del orden jerárquico de las leyes, la constitución es la que

prevalece sobre cualquier otra norma legal, y en el caso de los gobiernos autónomos

descentralizados: los consejos provinciales y municipalidades tienen la facultad de

expedir ordenanzas, acuerdos y resoluciones en el ámbito de sus competencias y al

bien común local.

En el desarrollo de sus competencias los gobiernos descentralizados deberán así

mismo acatar las que la constitución y demás leyes les asignen para un mejor

desarrollo de las comunidades, supliendo de esta manera las necesidades

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requeridas por dichas comunidades en lo que corresponde a servicios públicos.(

salud, alimentación, educación, vivienda, vialidad) entre otras.

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1. Elabore un análisis de la clasificación del domicilio.

Dentro de la clasificación de domicilio tenemos las siguientes:

El artículo 46 determina como domicilio político: Al territorio del Estado en

general

Art .47, El domicilio civil: Es relativo a una parte del territorio del Estado.

Art. 48.-Peterminacion del domicilio civil: Es un lugar en donde el individuo esta

de asiento, o donde ejerce habitualmente su profesión u oficio.

Art. 49.- Presunción del ánimo del no permanecer: No se presume el ánimo de

pertenecer,

Art. 50.- Presunción del ánimo de avecindarse: Al contrario, se presume desde

luego el ánimo de permanecer y avecindarse en un lugar, por el hecho de abrir en el

tienda, botica, fábrica, taller, posada, escuela u otro establecimiento durable, por el

hecho de aceptar en dicho lugar un cargo.

Art. 51.- Conservación del domicilio: El domicilio civil no se muda por el hecho de

residir el individuo en otro lugar, voluntaria o forzadamente.

Art.52.- Pluralidad de domicilio: Cuando concurran en varias secciones

territoriales, con respecto a un mismo individuo, circunstancias constitutivas de

domicilio civil, se entenderá que en todas ellas lo tienen.

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Art.53.- Domicilio de los militares: domicilio de los individuos de la fuerza pública

en servicio activo, será el lugar en que se hallaren sirviendo.

Art. 54.- Suplencia del domicilio: La mera residencia hará las veces de domicilio

civil respecto de las personas que no lo tuvieran en otra parte.

Art.55.- Domicilio contractual: podrá en un contrato establecer, de común acuerdo,

un domicilio civil especial para los actos judiciales o extrajudiciales a que diere lugar el

mismo contrato.

Art.56.-Domicilio relativo a una sección del territorio: el domicilio parroquial,

cantonal, provincial o cualquier otra sección del territorio,

Art.57.- Domicilio relativo a una sección del territorio: respecto a este artículo el

domicilio puede ser parroquial, cantonal, provincial o relativo a cualquier otra sección

del territorio.

Art.58.- Domicilio de los cónyuges: establece que tendrán como domicilio original el

del lugar del matrimonio.

Art. 59.- Domicilio de los incapaces.- tendrán como domicilio el lugar de quien tenga

la patria potestad.

Art. 59.- Domicilio de los criados y dependientes: estas personas tendrán como

domicilio el lugar donde esta de oficio, o desarrolla su profesión u oficio como los

empleados domésticos y dependientes que residan en la misma casa.

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2. Realice un esquema del procedimiento para la declaración de la muerte

presunta.

DIAGRAMA DE SECUENCIA:

MUERTE PRESUNTA

Art. 64, Fin de la

existencia de las

personas: la persona

termina con la muerte.

Art.65, Regla de los

conmurientes: si dos o

más personas hubiesen

perecido en un mismo

acontecimiento, no se

podrá saber el orden de

su deceso.

Art.66, Presuncion de

muerte por

desaparecimiento: se

presume muerto el

individuo que ha

desaparecido

ignorándose si vive

Art.67, Reglas de la

presunción de muerte:

la presunción de muerte

se dará por el juez del

último domicilio que el

desaparecido haya tenido

en el Ecuador.

Art.68, Concesión de la

posesión definitiva: el

juez concederá la

posesión definitiva en

lugar de la provisional.

Art.69, Periodo de la

mera ausencia: si

durante los tres o seis

meses se mirara el

desaparecimiento por

mera ausencia y

cuidaran de sus

interese sus

proveedores.

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Art. 72, Obligaciones

de los poseedores

provisionales,

formaran ante todo un

inventario, solemne de

los bienes.

Art. 73

Representación del

desaparecido, los

poseedores

provisionales

representaran a la

sucesión en las

acciones y defensa

contra terceros.

Art.74 Facultades de

los poseedores

provisionales, vender

una parte de los

muebles o parte de

ellos, bienes raíces no

podrán enajenarse ni

hipotecarse sin la

posesión definitiva.

Art.75 Caución y

usufructo de los

poseedores

provisionales, cada uno

prestara caución de

conservación y restitución

y hará suyos los

respectivo frutos e

intereses.

Art.70, efectos de la

posesión provisional:

quedara disuelta la

sociedad conyugal, si la

hubiere con el

desaparecido, se

procederá a la apertura y

publicación del

testamento.

Art.71, herederos

presuntivos: se

entiende por herederos

presuntivos del

desaparecido los

testamentarios o

legítimos que lo eran a

la fecha de la muerte

presunta.

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Art.76 Posesión

definitiva, si durante

la posesión provisional

no volviere el

desaparecido, según

las reglas generales,

se decretara la

posesión definitiva.

Art.77 Efecto de la

posesión definitiva,

propietarios y

fideicomisarios de

bienes usufructuados y

poseídos

fiduciariamente, podrán

hacerlos valer como en

el caso de verdadera

muerte.

Art.78 prueba de la muerte

por desaparecimiento,

reclama un derecho, para

cuya existencia se suponga

que el desaparecido ha

muerto en la fecha de la

muerte presunta, no estará

obligado a probar que éste

ha muerto verdaderamente

en esa fecha.

Art.79 revocatoria de la

posesión definitiva, podrá

revocarse a favor del

desaparecido si volviere, o se

sus legitimarios habidos durante

el desaparecimiento.

Art.80 Reglas de revocatoria de la

posesión definitiva, el desaparecido podrá

pedir la revocatoria en el tiempo que se

presente, las demás persona no podrán sino

después del plazo que se haya declarado la

verdadera muerte, uso de la mala fe.

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3. Elabore un cuadro sinóptico estableciendo las diferencias entre los

impedimentos dirimentes y los impedimentos impedientes.

CONCEPTO

DIFERENCIAS

IMPEDIMENTOS

DIRIMENTES DEL

MATRIMONIO

Es nulo el matrimonio cuando:

El cónyuge sobreviviente con el autor o cómplice del

delito de homicidio o asesinato de la mujer o marido.

Los impúberes.

Los ligados por vínculo matrimonial no disuelto.

Los parientes por consanguinidad en línea recta.

Los parientes colaterales en segundo grado.

Los impotentes.

Los dementes.

Los parientes en primer grado civil de afinidad.

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IMPEDIMENTOS

IMPEDIENTES

DEL MATIMONIO

Es causa de nulidad del matrimonio:

Error en cuanto a la identidad del otro contrayente.

Enfermedad mental que prive del uso de razón.

Rapto de la mujer, siempre que esta, al momento de

celebrarse el matrimonio, no haya recobrado la libertad.

Amenazas graves y serias, capaces de infundir un terror

irresistible.

4. realice un esquema sobre los causales del divorcio explicando cada una de

estas.

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DIAGRAMA DE SECUENCIAS:

CAUSALES DEL DIVORCIO

Adulterio de uno

de los cónyuges:

acto impúdico que

pueda ofender el

pudor el otro.

Sevicia: injuria,

maltrato

extremadamente

grave.

Injurias graves: toda

palabra o actitud que

ataca el honor la honra o

buena forma de una

persona, falta de

armonía.

Amenazas graves

de un cónyuge

con la vida del

otro: maltrato

verbal y amenaza

de muerte.

Tentativa de uno de

los cónyuges contra

la vida del otro, como

autor o cómplice:

intento de cometer

una infracción o delito

no conseguido

El hecho de que la

mujer, durante el

matrimonio, dé a luz un

hijo concebido antes del

matrimonio: falta de

fidelidad y sinceridad en

la mujer.

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Los actos ejecutados

por uno de los

cónyuges con el fin de

corromper al otro, o

con uno o más de sus

hijos:

El hecho de adolecer

uno de los cónyuges de

enfermedad grave

consideradas por tres

médicos designados

por el juez, como

incurables o

contagiosas.

El hecho de que uno de los

cónyuges sea ebrio

consuetudinario: que da

motivo a una interdicción de

quien incurra en ella.

La condena ejecutoriada a

reclusorio mayor: se

cumplirá en los centros de

rehabilitación social del

estado.

El abandono voluntario e

injustificado de uno de los

cónyuges, por un año

ininterrumpidamente,

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1 Elabore un ensayo sobre la importancia del derecho romano en la actualidad

El derecho romano es una expresión que hace referencia al derecho privado que

designa el ordenamiento jurídico de la población romana, y que posteriormente se

difundió por todos los pueblos que cobijaba el imperio romano, esta ley se difundió

poco a poco por todo el mundo

Cabe mencionar también que el derecho romano se dio a causa de de la división

existente entre los patricios y los plebeyos, los primeros gozaban de todo privilegio

poderosos, mientras que los plebeyos eran ciudadanos que carecían de todo recurso

para suplir sus necesidades y se veían obligados a buscar protección en los

Patricios a manera de clientes.

Cabe destacar también que el derecho romano es un conjunto de normas jurídicas

positivas y consuetudinarias, que han regido en roma y territorios que estaban bajo

su jurisdicción desde tiempos primitivos hasta la muerte del emperador Justiniano.

Es un proceso de cambios significativos que se inicia con la expansión, tanto de los

territorios como del militarismo romano que llevan a otros pueblos sus culturas,

principalmente la lengua y el derecho.

Se precisa que el derecho romano tuvo sus inicios en el año 753 A.C, denominado

como la edad antigua, hasta el 1453 D.C. época en que ocurrieron dos grandes

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hechos históricos en la historia de Roma, la fundación de Roma como imperio y la

caída del Bizancio, es decir , el imperio romano.

Fue un largo periodo de once siglos en el que fueron mejorando las leyes de acorde

a las necesidades que surgían, y así regular un mejor funcionamiento de las

diferentes instituciones en el ámbito de sus competencias para mejorar la calidad de

vida de sus habitantes.

El derecho romano poco a poco se difundió por todo el mundo, el inicio de una nueva

forma para interpretar las leyes, en la actualidad el derecho romano es objeto de

estudio de una disciplina jurídica internacional, y que prevalecen en nuestra leyes, en

gran parte con una serie de cambios y en otras permanecen ciertos términos

inalterables y por ende, precisan de una forma clara y pura.

Además se destaca que somos parte de esa civilización occidental, de esos cambios

cuantiosos, de ahí se originaron las instituciones existentes en la actualidad que

regulan la vida social de de sus habitantes principalmente en el derecho civil.

En antecedente del derecho civil su estudio acostumbra a la mente a ir adquiriendo

un sentido jurídico, que nos ayudara a resolver los problemas que posteriormente se

presenten en la vida profesional.

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Su estudio ha influenciado en muchos aspectos como: culturales, religiosos,

académicos, etc. Y ha estado vigente por muchos años

Por derecho romano se entiende a las diversas disposiciones, normas e instituciones

y principios jurídicos que regulan de manera eficaz la organización en ese entonces

del imperio y en la actualidad a todos los pueblos en los cuales se difundió esta ley

que surgió en los años 753 A.C y 1453 D.C, primeramente en Europa, áfrica, Asia y

posteriormente en América.

2 .Realice un cuadro sinóptico sobre los periodos clasificatorios del Derecho

Romano.

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PERIODOS CARACTERISTICAS

Derecho quiritario (consuetidunario-

descenviral)

Derecho de los quiritarios,

primeros pobladores de Roma.

Inicia con la fundación de Roma

hasta la creación de los cargos de

pretores.

Esta dictado por y para todos los

ciudadanos, plebeyos extranjeros

y esclavos.

Derecho basado en la costumbre.

Las XII tablas, primeras normas

escritas en la historia de Roma.

Derecho honorario o de gentes Poseían una magistratura

especial: la pretura

Los pretores corregían las

injusticias del derecho quiritario

Suplían las omisiones en que

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incurrían estas normas respecto

a derecho de los plebeyos.

Derecho jurisprudencial

Presencia de varios pensadores

Sentaron bases perdurables para l

ciencia del derecho.

Derecho de la codificación (prejustiniano-

justinianeo)

Etapa histórica.

El material jurídico comenzó a

recogerse y compilarse para

facilitar su comprensión y su uso

diario.

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1. Realice una consulta sobre los métodos que se aplican en el Ecuador para la

creación legislativa del derecho.

En nuestro país para la creación legislativa del derecho, existen reglas a seguirse y

en ello determinar para la creación de una ley que regule la vida social de todos sus

habitantes, y satisfacer las necesidades de la sociedad ecuatoriana.

Esta ley será elaborada por los miembros de la función legislativa, quienes trabajan

arduamente para cumplir con este propósito, pero también para la creación de esta

ley se deberá tomar en cuenta la opinión de la ciudadanía, quienes darán su opinión

si están o no de acuerdo con lo propuesto por los órganos de la Asamblea Nacional,

a la vez trabajar conjuntamente para coordinar administración del Estado.

El legislador juega un papel muy importante para la creación de una ley, esto es el

producto de la razón, y el resultado del pensamiento humano que deberá mediarse

sobre el fin y el destino al que ha sido creada dicha ley.

Dentro de este proceso existen varios factores generadores del derecho, partiendo

del concepto de ley que se manifiesta como fuente formal del derecho, y como se

manifiesta en el texto básico de introducción al derecho, que fuentes formales del

derecho son:” la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina”.

Entendemos como ley a una expresión de las relaciones existentes entre los hechos

o grupo de hechos aceptados voluntariamente y orientados al bien común, este

derecho se forma por los usos sociales y aparece o se manifiesta bajo la forma de

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costumbre e ira evolucionando por medio de la técnica, es decir, por obra científica

de los juristas, quienes la desarrollan, analizan y sistematizan.

Dentro de los elementos generadores del derecho esta la voluntad y conciencia de la

humanidad, del pueblo que busquen una mejor forma para elaborar una ley en

beneficio de todos.

El derecho no adquiere una forma coactiva que lo caracteriza, sino después de la

promulgación de la ley positiva que lo consagra. La ley va reconociendo

Expresa BONNECASA, como factores generadores del derecho el factor

experimental y el factor racional que a continuación detallare.

El factor experimental, es aquel que engendra de manera inmediata el derecho

constituido por las aspiraciones a la armonía social, cuyo origen se produce en el

medio social y en la naturaleza permanente del hombre.

Como medio social es el medio viviente y las necesidades que deben ser satisfechas

y servidas por el derecho positivo, y por lo tanto, el legislador debe siempre tener en

cuenta estos aspectos.

Manifiesta Geny, “para elaborar las reglas del derecho debemos partir de los datos

reales o estrictamente naturales del derecho positivo”, es decir, las condiciones de

hecho en las que se encuentran colocada la humanidad.

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Dentro de la naturaleza permanente del hombre tenemos las aspiraciones del medio

social, las mismas que se encuentran bajo el imperio de las necesidades sociales e

individuales de toda índole.

Como segundo factor tenemos el racional, el cual está traducido por la noción del

derecho, el mismo que tiene como misión inspirar y dirigir el elemento experimental,

y filtrar o controlar en cierta forma los datos suministrados por este.

Bonnecase manifiesta “que el medio social abandonado podrá postular reglas de

derecho de contradicción absoluta, tanto con los intereses del medio social como con

la dignidad del hombre”.

La técnica que usa el legislador al redactar las normas jurídicas es muy importante,

este tiene por objeto concebir o descubrir el contenido del derecho con miras a la

elaboración de las normas o preceptos jurídicos, posteriormente se realizara un

proceso técnico, un arreglo, organización y formulación de de dichas reglas y obtener

la utilidad y aplicabilidad de dichas leyes.

Es necesario e indispensable saber redactar las leyes haciendo uso de los conceptos

jurídicos, con claridad para que sea entendida por la ciudadanía a la cual se pretende

organizar, de igual forma su contenido deberá ser distribuido ordenadamente por

orden cronológico, por número o por materias a fin de evitar confusiones que

perjudique a la población a la cual va dirigida esta norma jurídica.

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Para la elaboración de una ley el legislador deberá conocer el fin de las reglas

jurídicas a expedirse, los hechos de la vida social de la ciudadanía a la que se

pretende regular a fin de que no incurra en una laguna jurídica.

DABIN, con relación al fin del ordenamiento jurídico expresa que “si el derecho es

consustancial con la idea de sociedad, el fin de la regla del derecho no podrá ser otro

que el fin de la misma sociedad: el bien común”. Es decir, todos los valores humanos

que se manifiestan de distintas clases: económicas, morales, intelectuales, físicas y

psicológicos.

El derecho como toda regla jurídica exige que sea practicable, esto se dará

mediante el respeto a ciertas reglas, en caso de que se contrarié estas reglas el

derecho no es practicable.

2. Elabore un cuestionario de una entrevista estructurada sobre los procesos

de migración interna que se presenta en el Ecuador.

Para el desarrollo de esta actividad he procedido a entrevistar a un número de cuatro

personas, que han experimentado la situación de migrar de sus lugares de origen y

que tienen conocimientos sobre el tema propuesto a investigarse.

DESARROLLO DE LA ENTREVISTA:

En calidad de estudiante de la facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad

Técnica Particular de Loja, les hago extensivo el saludo dándoles la bienvenida a la

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participación de esta entrevista, solicitando se dignen participar activamente en la

misma, con el objetivo de conocer e identificar la realidad del proceso migratorio y

las condiciones favorables y desfavorables que a ello conlleva la migración interna

en nuestro país.

FORMULARIO SEMIESTRUTURADO DE PREGUNTAS

1. ¿Cuál fue la situación que a Uds. Les obligo a migrar de su comunidad natal?

2. Para Uds. ¿Cuál fue la situación más grave que tuvieron al emigrar del

campo a la ciudad?

3. Mejoraron eficazmente sus condiciones de vida al migrar a la ciudad.

4. ¿Qué cambios surgieron en sus vidas al encontrarse en una comunidad

extraña?

5. ¿cómo se sintieron antes y después de de abandonar su comunidad natal?

6. Desde su punto de vista ¿Cuáles creen que son los factores que más están

incidiendo en el proceso migratorio interno de nuestro país?

7. ¿Están de acuerdo con las políticas y leyes migratorias que actualmente se

están dando en nuestro país?

8. ¿Qué opinión tienen respecto a la llegada de migrantes extranjeros a nuestro

país?

9. Han pensado emigra a otro país en algún momento

10. Para concluir, que mensaje pueden dar Uds. acerca de la migración actual que

se está produciendo en nuestro país.

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Señores participantes, gracias por su colaboración en la entrevista y por haber

tenido la benevolencia de haber asistido a la realización de la misma.


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